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FORO INADE: “Daños en el Trabajo: La Responsabilidad del Empresario” (10/MARZO) PRESENTACIÓN: MAPFRE 1 EL RIESGO LABORAL : SU TRATAMIENTO ASEGURADOR EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR RIESGO LABORAL ¿Qué? ¿Dónde? ¿Por qué? ¿Cuándo?

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FORO INADE: “Daños en el Trabajo: La Responsabilidad del Empresario” (10/MARZO)PRESENTACIÓN: MAPFRE

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EL RIESGO LABORAL : SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

RIESGO LABORAL

¿Qué?

¿Dónde?

¿Por qué?

¿Cuándo?

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FORO INADE: “Daños en el Trabajo: La Responsabilidad del Empresario” (10/MARZO)PRESENTACIÓN: MAPFRE

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

ASEGURAMIENTO

RIESGO LABORALRESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

ASEGURAMIENTOAMINORAR

RIESGO

PROTECCIÓN PATRIMONIO EMPRESARIO

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SOLUCIONES ASEGURADORAS

� SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES

� SEGURO RC. ACCIDENTES DE TRABAJO

� SEGURO DE D&O

�SEGURO PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

� EL PAPEL DE LAS MUTUAS

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGURO DE ACCIDENTES

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

� Garantiza la obligación que tienen las empresas de indemnizar a las trabajadorescontra las consecuencias económicas de lesiones corporales derivadas de una causaviolenta, súbita y externa ajena a la voluntad del Asegurado, que produzca invalideztemporal o permanente o incluso la muerte y que precise asistencia sanitaria.

� Cada empresa está acogida a un convenio Colectivo en función del sector deactividad de la misma, que regula las relaciones laborales con sus trabajadores.

� Van dirigidos a grupos de asegurados que están unidos a la empresa/Tomadormediante una relación laboral ( TC1 y TC2).

� Establece unas garantías y capitales diferentes en función de cada convenio� De obligación contratación para toda empresa si así se exige.� Cumplimiento de exigencias estatales, autonómicas, provinciales o locales.

SEGURO DE ACCIDENTES

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGUROS COLECTIVOS:

Coberturas contratables:

� Fallecimiento por accidente.� Fallecimiento por accidente de circulación del Asegurado.� Invalidez permanente y total para la profesión habitual por accidente del

Asegurado.� Invalidez Permanente y absoluta por accidente del Asegurado.� Gran invalidez.� Invalidez Permanente Parcial por accidente.� Asistencia Sanitaria.� Gastos de sepelio.

SEGURO DE ACCIDENTES

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGUROS COLECTIVOS:

La Ley fija las condiciones y límites de las indemnizaciones que, en general estánreferidas a los siguientes aspectos:

� La indemnización diaria en caso de incapacidad temporal. Si esta excede de untiempo pasa a considerarse como incapacidad permanente.

� Renta vitalicia en caso de incapacidad parcial o total permanente para la profesiónhabitual o en caso de incapacidad permanente y absoluta para todo tipo de trabajo.

� Indemnización por las lesiones definitivas o mutilaciones que pueda sufrir eltrabajador.

� Renta pagadera a los derechohabientes del trabajador en los casos y condicionesque señale la legislación.

� Asistencia médica y farmacéutica del trabajador lesionado, hasta su total curación.

SEGURO DE ACCIDENTES

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGURO RC. ACCIDENTES DE TRABAJO

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

Ampara las reclamaciones por las lesiones corporales sufridas por lostrabajadores que tengan su causa en accidentes de trabajo en los que elempresario haya incurrido en culpa o negligencia y por tanto sea civilmenteresponsable por actos propios o de personas por las que realmente deberesponder.

Se garantiza la RC. por daños corporales a:

� Los asalariados del asegurado incluidos en nómina y dados de alta el Segurode Accidentes de trabajo, los trabajadores con relaciones de trabajotemporal o de duración determinada, los contratados por empresas deTrabajo Temporal y otros dependientes del Asegurado al margen de larelación laboral.

� Los empleados del contratista y subcontratistas siempre que se encuentrenincluidos en nómina y registrados a los efectos de este seguro.

SEGURO RC. ACCIDENTES DE TRABAJO

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

Exclusiones:

� Las no calificadas como Accidentes de Trabajo.

� Las indemnizaciones y gastos de enfermedad profesional o bien por enfermedades no profesionales: infarto de miocardio, hemorragia cerebral, trombosis…

� Cualquier género de multas y sanciones y los recargos económicos del sistema de la Seguridad Social.

� Reclamaciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales.

� Resarcimiento de daños materiales.

� Responsabilidad de contratistas y subcontratistas que no tengan la consideración de Asegurados por la póliza.

� Reclamaciones por asbestosis o dolencia relacionada con el amianto.

� Reclamaciones por alteraciones psicofísicas de la salud que tenga su origen o estén relacionados con acciones u omisiones en el ámbito laboral que vulneren los derechos

constitucionales básicos de la persona en relación al trabajo, discriminación…

SEGURO RC. ACCIDENTES DE TRABAJO

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGURO RC. ACCIDENTES DE TRABAJO

RESPONSABILIDAD CIVIL

DAÑOS

ACCIÓN OMISIÓN

CULPA NEGLIGENCIA

RELACIÓN CAUSAL

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGURO D&O

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

Se garantiza la RC. derivada de las actuaciones y prácticas deempleo por daños personales o morales causados a susempleados por sus representantes o por otros empleados de laempresa:

� Discriminación� Acoso moral� Difamación� Invasión de la privacidad� Rechazo discriminatorio o injusto en el empleo.� Prácticas discriminatorias o injustas de promoción� Acoso sexual

SEGURO D&O- PRÁCTICAS DE EMPLEO INBEBIDAS

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGURO D&O- PRÁCTICAS DE EMPLEO INDEBIDAS

Exclusiones:

�Indemnizaciones pactadas contractualmente, tasadas en la normativa aplicable,recargo de prestaciones derivadas de mejoras voluntarias ( planes de pensiones…)�Incumplimiento de relaciones precontractuales.�Reclamaciones relacionadas con la propiedad intelectual, patentes…�Reclamaciones que tienen su casusa en riesgos empresariales como fusiones,adquisiciones, reestructuraciones, expedientes disciplinarios…�Reclamaciones de personas no sometidas al Convenio Colectivo del sector /empresa.�Reclamaciones por calumnias o injurias�Las consecuencias fiscales del siniestro.�Indemnizaciones por despido.�Reclamaciones derivadas de incumplimiento contractual.�Actos anteriores a la entrada en vigor de la póliza.

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGURO PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

Toda empresa, independientemente de su tamaño, sector oactividad , tiene la obligación legal de disponer de unaorganización para garantizar la seguridad y salud de lostrabajadores a su cargo .

( Ley 31/ 1995 de Prevención de Riesgos Laborales).

SEGURO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

INCUMPLIMIENTO NORMATIVA

RESPONSABILIDAD SEGURO/SERVICIO

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

SEGURO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

El Servicio de Prevención puede ser propio o AJENO.El SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO: Proporciona un asesoramiento y apoyopermanente a la empresa para cualquier actividad en prevención de riesgoslaborales que necesite que necesite: Requerimientos de la Inspección del trabajo,demandas de los trabajadores o de sus representantes, gestión de compras, equiposde compras, equipos de protección individual…

Se diseña un servicio a las medidas de las necesidades del empresarioproporcionándole un plan de trabajo con tareas a realizar y plazos de ejecución.Está acreditado en 4 especialidades preventivas:�Seguridad en el Trabajo.�Higiene Industrial�Ergonomía y Psicosociología Aplicada�Vigilancia de la salud.

EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

EL PAPEL DE LAS MUTUAS

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EL RIESGO LABORAL: SU TRATAMIENTO ASEGURADOR

El sistema de la Seguridad Social en España contempla la posibilidad de que paralas prestaciones asistenciales y económicas de Accidentes de trabajo yenfermedades profesionales y para las económicas por enfermedad común yaccidente no laboral, los empresarios pueden asociarse para cubrir ellosmismos dichas contingencias. Estas asociaciones constituyen las MUTUAS DEACCIDENTES DE TRABAJO:

� Tuteladas por el Ministerio de Trabajo.

� Voluntaria: La empresa puede elegir libremente a qué mutua asociarse oincluso si quiere que estas contingencias sean cubiertas por la propia entidadgestora de la Seguridad Social.

Función Preventiva

� Servicios Asistencia Sanitaria

Prestaciones económicas

MUTUAS

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MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN

Silvia Fernández Díaz

Coordinadora de Emisión y Suscripción EMPRESAS

MAPFRE- DIVISIÓN DE SEGUROS ESPAÑA Y PORTUGAL

[email protected]