pliego de prescripciones tÉcnicas particulares del ... · el servicio de dinamización de espacios...
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ÁREA DE GOBIERNO DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DENOMINADO “SERVICIO DE DINAMIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS ( 01/01/2009- 30/09/2010)”.
1.- INTRODUCCIÓN
La inmigración como fenómeno social, se ha convertido en los últimos años en
el centro de atención de los medios de comunicación y en un reto social para
representantes políticos, profesionales municipales de servicios sociales,
organizaciones no gubernamentales y para las propias comunidades de inmigrantes
implicadas en el proceso.
La llegada de inmigrantes a una zona urbana produce unos importantes efectos
transformadores sobre la misma. En el origen de todos ellos está la implantación de
nuevas pautas culturales, que, si bien son percibidas como socialmente
desestabilizadoras, pueden convertirse en un factor de riqueza y progreso para todos.
Condición indispensable para ello es que la variedad y pluralidad étnica,
cultural y social que se da en los barrios, pueda ser debidamente gestionada por los
vecinos y por las administraciones publicas competentes.
Con el fin de responder de la forma más eficaz posible al fenómeno de la
inmigración, se hace necesario desarrollar programas que no sólo actúen sobre el
conflicto sino también preventivamente, para evitar que los problemas se manifiesten y
consoliden.
Por ello, desde el Ayuntamiento de Madrid, como Administración más cercana
al ciudadano del municipio, se ha considerado necesario el diseño y la puesta en
marcha de un nuevo Programa de Dinamización de espacios públicos, que tenga por
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finalidad la consecución de la convivencia armónica entre todos los vecinos, con
criterios de prevención e integración dentro del marco que establece el II Plan
Municipal de Convivencia Social Intercultural, instrumento que articula todas las
medidas municipales en esta materia.
2.- DEFINICIÓN Y OBJETIVO DEL DISPOSITIVO
SERVICIO DE DINAMIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID El objeto del presente contrato consiste en la prestación a los vecinos de la
Ciudad de Madrid de aquellas actividades, acciones y trabajos orientados a favorecer
la convivencia ciudadana fomentando las relaciones sociales interculturales,
sensibilizando a los vecinos en el uso correcto de espacios públicos, en el respeto
mutuo entre las culturas y en la necesidad de construir un espacio común en que
todos los ciudadanos puedan adecuadamente convivir.
Entendiendo por espacio público los lugares de encuentro cuyo mantenimiento
corresponde al ámbito de la administración municipal: plazas, zonas verdes, parques,
jardines, calles, etc...
3.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
Actividades a realizar:
Realizar labores de prevención de conflictos de convivencia.
Favorecer la convivencia entre los grupos que comparten los espacios
comunitarios.
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Observar y detectar los patrones de comportamiento que pueden derivar en
conflictos interculturales.
Trabajar la observación del entorno en colaboración con los comerciantes de la
zona de actuación.
Intervenir, informar y orientar a las personas extranjeras que se encuentren en
asentamientos, ocupen la vía pública o edificios deshabitados.
Intervenir en la resolución de conflictos que surjan en el ámbito comunitario:
zonas verdes y espacios de ocio, espacios deportivos, plazas y calles.
Fomentar colaboraciones con redes de trabajo formales e informales.
Dar a conocer el servicio a la ciudadanía, a través de vías cercanas al
ciudadano: iniciativa social, comunidades de propietarios, usuarios de espacios
comunitarios.
Ofrecer alternativas de ocio saludables, facilitando información y acceso a los
programas municipales y de la iniciativa social.
Recopilar y actualizar la normativa vigente en materia de uso y mantenimiento
de espacios públicos y normas de convivencia en espacios vecinales.
Difundir e informar, por distintos medios, sobre la normativa vigente a la
población inmigrante y autóctona.
Realizar funciones de interpretación lingüística adaptada a la cultura de origen
de la persona a la que se informa.
Colaborar en actividades de prevención e intervención social determinadas por
el jefe de Sección de programas en coordinación con otros profesionales
municipales en ese ámbito de actuación.
Elaborar, con carácter previo al desarrollo de su actividad, y presentar al
Departamento de Inmigración los Protocolos de Actuación a emplear. Éstos
serán elaborados siguiendo las indicaciones del Departamento de Inmigración.
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Informar al Departamento de Inmigración periódica y puntualmente (remitir al
Protocolo de Coordinación) y a los Servicios sociales distritales sobre los
fenómenos sociales detectados en el ámbito comunitario: asentamientos
ilegales, bandas juveniles, botellones, ...
Metodología: Se utilizará una metodología activa que, partiendo del análisis, conocimiento y
diagnostico de las características de la zona donde se vaya a operar, promueva la
participación de la población y combine los elementos de la mediación intercultural
con la dinamización comunitaria.
Las fases de la actuación del dinamizador comunitario serán:
1. Diagnóstico de la situación de convivencia del distrito.
2. Planificación del programa de actuaciones.
3. Puesta en marcha y ejecución del programa.
4. Evaluación continuada de la situación convivencial del Distrito.
La metodología se apoyará además en las siguientes características:
• Se actuará promoviendo siempre una línea transversal de acción: prevenir
actitudes racistas y xenófobas.
• En las actuaciones específicas que realicen los dinamizadores comunitarios
especializados en mediación se trabajará de acuerdo a los principios
generales: ayuda a las partes, protagonismo de éstas, equidistancia,
neutralidad del mediador. Asimismo se seguirán las principales técnicas de la
mediación: escucha activa, pregunta, reformulación positiva y negociación.
• La metodología y estilo de trabajo se adaptará a las características y
peculiaridades de cada distrito.
• Cada dinamizador comunitario elaborará mensualmente un plan de trabajo
individual, teniendo en cuenta las directrices trasmitidas por el Jefe de Sección
de Programas del Distrito, quien se encargará de su supervisión. Este plan,
que será entregado una semana antes de su realización, contendrá al menos:
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Objetivos
Actividades a realizar para el cumplimiento de los objetivos.
Cronograma
Previsión de horas de trabajo destinadas reuniones de
coordinación con otros profesionales en el Centro de Servicios
Sociales y con los coordinadores de la entidad adjudicataria, así
como la previsión de horas destinadas a trabajo comunitario.
La elaboración de este plan de trabajo mensual, se realizará en el tiempo
destinado a coordinación con el Centro de Servicios Sociales del Distrito.
Los Servicios sociales distritales podrán facilitar a los dinamizadores comunitarios
datos e informes que obren en su poder y sean de interés para su trabajo.
4.- ÁMBITOS DE ACTUACIÓN
El ámbito de actuación será preferentemente el Comunitario:
1. Zonas verdes y espacios de ocio (parques, jardines).
2. Espacios Deportivos: Los identificamos como puntos destinados al deporte que
están ubicados en espacios abiertos. En los polideportivos municipales el
trabajo preventivo lo desarrollaremos en los espacios colindantes.
3. Plazas y calles en las que por su naturaleza urbanística se configura como un
punto de encuentro o reunión.
5.- POBLACIÓN OBJETIVO
Vecinos de la ciudad de Madrid.
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6.- RECURSOS HUMANOS
1 COORDINADOR GENERAL: jornada a tiempo completo y libre disponibilidad,
Licenciado o Diplomado Universitario en cualquiera de las siguientes ramas de las
Ciencias Sociales: pedagogía, psicología, psicopedagogía, sociología, educación
social o trabajo social con conocimientos de interculturalidad y al menos 3 años de
experiencia en materia de intervención social comunitaria y en organización y
coordinación de actividades propias de entidades de carácter social y conocimientos
de inglés o francés.
Funciones del coordinador general:
1. Responsabilizarse de la marcha del Servicio de Dinamización de espacios
públicos y responder ante la Dirección General de Inmigración y Cooperación
al Desarrollo.
2. Mantener reuniones periódicas con el responsable designado a tal efecto por la
Dirección General de Inmigración y Cooperación para el diseño, seguimiento y
evaluación del Servicio.
3. Realizar una coordinación horizontal con otros Servicios del Ayuntamiento de
Madrid: Juntas Municipales, Área de Coordinación Institucional, Área de
Economía y Empleo, Área de Medio ambiente, Policía Municipal, Asociaciones
de Vecinos, Asociaciones de Inmigrantes, etc.
4. Diseñar, redactar y presentar, al Departamento de Inmigración, informes
mensuales del servicio en todos los distritos, así como las memorias
semestrales y final.
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5. Determinar, siempre en coordinación con la Dirección General de Inmigración y
Cooperación al Desarrollo, la composición del equipo de trabajo,
responsabilizándose de los procesos de selección (sustituciones, nuevas
incorporaciones, bajas por maternidad, etc.)
6. Deberá facilitar a la Dirección General de Inmigración y Cooperación al
desarrollo toda la información que se precise sobre la prestación objeto del
contrato .
7. Dar cuenta al Departamento de Inmigración de las reuniones de coordinación
mantenidas con los miembros del servicio y los contenidos.
2 COORDINADORES DE EQUIPOS DE TRABAJO: jornada a tiempo completo y libre
disponibilidad, Licenciado o Diplomado Universitario en cualquiera de las siguientes
ramas de las Ciencias Sociales: pedagogía, psicología, psicopedagogía, sociología,
educación social o trabajo social con conocimientos de interculturalidad y al menos
2 años de experiencia en materia de intervención social comunitaria y en organización
y coordinación de actividades propias de entidades de carácter social y conocimientos
de inglés o francés.
- Funciones de los coordinadores de equipos de trabajo:
1. Realizar la coordinación, supervisión individual, seguimiento, y posterior
evaluación del plan de trabajo y actividades de los dinamizadores.
2. Convocatoria y preparación de las reuniones de coordinación.
3. Colaborar en la labor del coordinador general en cuantas tareas sean
requeridos.
4. Servir de enlace entre la actividad desarrollada por el auxiliar
administrativo, los dinamizadores comunitarios y el coordinador general.
5. Garantizar la calidad general del servicio que se preste estimulando la
formación continúa y reciclaje de los dinamizadores comunitarios.
6. Apoyo en los procesos de selección de personal.
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7. Recibir y cursar las peticiones de vacaciones, días libres y otros
permisos.
8. Coordinar la posible incorporación de alumnos en prácticas a petición de
diferentes instituciones.
9. Recoger información y documentación que pueda ser útil para desarrollar
el Servicio de Dinamización de espacios públicos.
10. Dar cuenta al Departamento de Inmigración de las reuniones de
coordinación mantenidas con los miembros del servicio y los contenidos.
51 DINAMIZADORES COMUNITARIOS: a jornada completa, que tendrán la titulación
y experiencia indicada en los apartados a) o b) y la formación y conocimiento de
idiomas señalados en el apartado c):
a.- titulación mínima de formación profesional de grado superior (Animación socio
cultural, Integración social) o equivalente y con experiencia de 1 año en trabajo
comunitario de intervención social
b.- titulo bachiller o equivalente y con una experiencia mínima de 3 años en trabajo
comunitario de intervención social.
c.- Del total de dinamizadores comunitarios 9 tendrán formación en materia de
mediación social y en lo que respecta a idiomas: 4 conocerán el chino; 3 rumano; 3
árabe; 2 ucraniano; 3 búlgaro; 3 francés y 3 inglés. El resto tendrán conocimientos en
inglés o francés.
- Funciones de los dinamizadores comunitarios:
1. Observación y detección de las principales necesidades de los ciudadanos
en el ámbito comunitario (parques, jardines, plazas y otros espacios
públicos).
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2. El dinamizador comunitario se coordinará con el responsable de programas
sociales del Distrito, quien diseñará y supervisará el trabajo comunitario en
el distrito correspondiente.
3. Elaboración de un plan mensual de trabajo, de acuerdo a las directrices
marcadas por el Jefe de Sección de Programas del Distrito y que será
presentado a éste la ultima semana anterior a la fecha de su realización.
4. Información y orientación sobre la normativa vigente en uso y
mantenimiento de los espacios públicos.
5. Información y orientación sobre las normas de convivencia en los espacios
vecinales y públicos.
6. Sensibilizar a los ciudadanos en el respeto a los valores de las culturas
presentes en la ciudad de Madrid.
7. Prevención y resolución de conflictos interpersonales y grupales a través de
la mediación intercultural.
8. Colaborar con otros profesionales municipales en el ámbito de las
actividades de prevención e intervención social.
9. Presentar un programa mensual al coordinador del servicio que recoja las
actividades determinadas por el jefe de programas del distrito de referencia
a realizar que incluya el itinerario.
1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO: a tiempo completo, con una experiencia mínima de 1
año en labores de tipo administrativo y conocimientos en Microsoft Office. Será el
responsable de la gestión administrativa del proyecto.
La distribución de los dinamizadores comunitarios será la siguiente:
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ZONA NORTE (17 dinamizadores) De los cuales 6 conocerán, respectivamente, chino, rumano, árabe, búlgaro, francés e inglés (*)
Distrito Nº agentes comunitarios
Moncloa 3
Fuencarral-El pardo 2
Hortaleza 2
Chamartín 2
Ciudad Lineal 3
Barajas 2
Tetuán 3
ZONA CENTRO (15 dinamizadores) De los cuales 6 conocerán, respectivamente, chino, rumano, árabe, búlgaro, francés e inglés (*)
Distrito Nº agentes comunitarios
Centro 3
Arganzuela 2
Salamanca 2
Chamberí 2
Moratalaz 2
San Blas 2
Retiro 2
ZONA SUR (19 dinamizadores) De los cuales 2 conocerán chino, y 5 respectivamente, rumano, árabe, búlgaro, francés e inglés (*)
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Distrito Nº agentes comunitarios
Puente de Vallecas 3
Villa de Vallecas 2
Latina 3
Carabanchel 3
Usera 3
Villaverde 3
Vicálvaro 2
(*) Se asignarán dos dinamizadores comunitarios con conocimiento de ucraniano a las tres zonas descritas.
Uno de los dinamizadores que hable rumano también llevará a cabo
labores de Intervención, información y orientación a las personas
extranjeras que se encuentren en asentamientos, ocupen la vía pública o
edificios deshabitados.
No obstante, se podrá proceder por la entidad adjudicataria, con el
consentimiento de la Dirección General de Inmigración y Cooperación al
desarrollo, a modificar la distribución de los agentes en los distritos en función
de la demanda que, en muchas ocasiones, podrá variar dependiendo de las
tendencias de ubicación residencial o concentraciones sociales de la población
inmigrante así como por otros motivos coyunturales.
COORDINACIÓN Y RÉGIMEN DEL PERSONAL
El personal descrito estará coordinado por un funcionario designado por la
Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo, para garantizar el
adecuado cumplimiento de los objetivos establecidos.
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Dicho personal no tendrá en ningún caso vinculación jurídico-laboral con el
Ayuntamiento de Madrid, con independencia de las facultades de control e inspección
que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.
El personal dependerá del contratista adjudicatario en todo el ámbito de
organización (retribuciones, horarios, etc.) y legal establecido, siendo éste el único
responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten
aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social,
prevención de riesgos laborales y tributaria.
Horario del servicio de dinamización de espacios públicos:
Los profesionales que componen el equipo de trabajo del Servicio de
Dinamización de espacios públicos, desarrollarán su actividad en jornada completa
conforme al convenio colectivo aplicable.
El servicio de dinamización de espacios públicos se prestará en horario de
mañana y tarde, con el límite de las 22:00 horas, acomodándose a las características
de las actuaciones que se vayan a realizar, debiendo prestarse también durante al
menos 3 fines de semana al mes y todos los festivos del año.
7.- RECURSOS MATERIALES
• La entidad adjudicataria deberá contar con un local para la prestación del Servicio
de Dinamización de espacios públicos desde el que se dirigirá y coordinará el
proyecto.
• Los gastos derivados de agua, luz, teléfono, limpieza y de otros materiales
básicos (material fungible y didáctico) necesarios para su funcionamiento y
mantenimiento serán a cargo del adjudicatario
• La entidad adjudicataria tendrá que proveerse asimismo del mobiliario, equipos
informáticos y teléfonos móviles necesarios. La entidad adquirirá el material
adicional que se considere necesario para la ejecución de las tareas
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encomendadas, en función de las necesidades del servicio, contando, como
mínimo, con los siguientes equipos:
7 equipos informáticos portátiles. 12 PCs. 5 impresoras 1 fotocopiadora 1 fax 3 equipos telefónicos fijos . 53 teléfonos móviles.
• Los bienes muebles y el material informático inventariable que se adquieran
durante la ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Madrid,
debiendo revertir a éste una vez finalizado el mismo.
• Características del local: contará con una superficie de al menos 400 m2 y con los
siguientes espacios1:
Una sala de reuniones polivalente, donde tengan cabida todos los profesionales que componen el servicio.
Un despacho amplio, con capacidad para al menos 15 mesas de trabajo.
Tres despachos, destinados al uso de cada uno de los coordinadores
Dos cuartos de baño.
Una habitación, para archivo de documentación.
8.- SUMINISTROS Y LOGÍSTICA
Los gastos de suministro que, en su caso, pudieran existir (energía eléctrica,
agua, teléfono, etc) , así como otros gastos accesorios (p.ej, limpieza) serán por
cuenta de la entidad adjudicataria.
1 Ver apartado 21.a).1 del Anexo 1 del pliego de cláusulas administrativas particulares
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La entidad adjudicataria deberá atenerse en todo momento a las instrucciones
que en materia de logística, mobiliario, imagen pública, etc... le sea indicado por el
Ayuntamiento de Madrid.
9.- REQUISITOS MÍNIMOS DE LAS OFERTAS Todas las ofertas, junto con la descripción de infraestrucuturas, medios técnicos y
personales dedicados a la realización de los trabajos, deberán cumplir los siguientes
requisitos mínimos para ser valoradas técnicamente:
Las empresas licitadoras deberán presentar un proyecto descriptivo ( apartado 21.a.1)
del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares) de las prestaciones
propuestas de acuerdo con lo establecido en la apartado 3 de este Pliego de
Prescripciones Técnicas.
Este documento contendrá, al menos, los siguientes apartados:
- Memoria, justificada y motivada, descriptiva de los trabajos y actividades a desarrollar
en cada uno de los ámbitos en los que se solicita la prestación, de acuerdo con las
especificaciones recogidas en el presente Pliego.
- Determinación de la estructura organizativa del equipo de trabajo.
- Descripción de las medidas para asegurar la calidad de las actividades a desarrollar
y para evaluar el proceso y el resultado del proyecto presentado.
10.- CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del
contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999,
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de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en
su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano
de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio,
de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de
datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo
durante su vigencia .
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos,
informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso
con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia
o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el
presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la
legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de
que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios
objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar
cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD) . Esta obligación subsistirá aún después de
la finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos
descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores
destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa
adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad
vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan
acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de
seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias
municipales afectadas.
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3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes
y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la
empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva
el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su
criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación
del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las
instrucciones que el (órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que
se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos
personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni
siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte
del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento
de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos
de Carácter Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o
alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten
para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el
Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se
registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones
determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de
los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2.
LOPD).
6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter
general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la
información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y
autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación
de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al
sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad
de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
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7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier
momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto
cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a
facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria
como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que
sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán
ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones
que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato
de carácter personal objeto del tratamiento.
10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el
artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de Protección de Datos de Carácter
Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de
las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento
respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del
pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos
de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la
totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como
consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la
confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada.
Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de
transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que
serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas
medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
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11.- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
La Entidad Adjudicataria llevará a cabo anualmente una evaluación de la
actividad realizada a lo largo del año.
Mensualmente, la entidad adjudicataria remitirá a la Dirección General de
Inmigración y Cooperación al Desarrollo información estadística que refleje las
actuaciones realizadas y el número de beneficiarios de las mismas.
El Departamento de Inmigración solicitará la cumplimentación de varios
documentos en los que se recogerán indicadores cualitativos y cuantitativos que
permitirán medir el grado de cumplimiento de los objetivos previstos.
Madrid, 17 de octubre de 2008 EL JEFE DE LA UNIDAD DE SENSIBILIZACIÓN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN RACIAL Y APOYO NORMATIVO Fdo. Fco. Javier Pérez Albarrán Conforme: LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE INMIGRACIÓN Fdo.: Amaia Gil Martínez
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ANEXO A
MODELO DE CURRÍCULO VITAE DE PERSONAL ∗ Puesto para el que se presenta el CV(1)
COORDINADOR GENERAL COORDINADOR DE EQUIPO DE TRABAJO
DINAMIZADOR COMUNITARIO AUXILIAR ADMINISTRATIVO
((1) MARCAR CON UNA X)
Don/ña(nombreyapellidos) con DNI……………………………… en representación de ………………………………………………………, NIF ……………………… con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ……………………………………………….. en la calle/plaza/avenida................................. ………………………………………………..…….C.P. ………………….….. oferta los siguientes profesionales para llevar a cabo el contrato para la prestación de la actividad de Servicio de Dinamización de Espacios Públicos (2009/10).
DATOS DE LA PERSONA PROPUESTA Nombrey apellidos:.............................................................................................................................................................................. Fecha de nacimiento: .................................................................. NIF/NIE ................................................ I. DATOS ACADÉMICOS:
TITULACIÓN CENTRO EMISOR FECHA OBTENCIÓN TÍTULO
(*)Se cumplimentará un modelo de currículo vitae por cada uno de los profesionales señalados en el Pliego de prescripciones técnicas.
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II.- FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
DENOMINACIÓN DEL CURSO ENTIDAD ORGANIZADORA DURACIÓN (nº horas)
III.- EXPERIENCIA PROFESIONAL
ENTIDAD CONTRATANTE
CATEGORÍA PROFESIONAL
SECTOR DE POBLACIÓN DESTINATARIO DE LA
ACTIVIDAD.
DURACIÓN CONTRATO (nº meses)
IV.- CONOCIMIENTOS DE IDIOMAS DE ACUERDO CON LO EXIGIDO EN PLIEGOS PRESCRIPCIONES
TÉCNICAS (MARCAR CON UNA x): IDIOMAS Nivel bajo Nivel medio Nivel alto inglés francés rumano árabe ucraniano búlgaro chino justificación del conocimiento de idiomas:
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V.- OTROS CONOCIMIENTOS (INFORMÁTICA, ETC...):
En ................................., a ....... de .............................. de 200… Sello de la empresa y firma autorizada REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD, Fdo:
CONFORME DE LA PERSONA PROPUESTA
Fdo.: Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el sistema informático del Ayuntamiento de Madrid y podrán ser cedidos de conformidad con la ley, pudiendo ejercer ante el mismo los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.