medidas de dinamización de la inversion

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MEDIDAS PARA PROMOVER Y DINAMIZAR LA INVERSIÓN 19 de Junio 2014 Ministerio de Economía y Finanzas

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Presentacion de Medidas del MEF Perú

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Page 1: Medidas de dinamización de la inversion

MEDIDAS PARA PROMOVER Y DINAMIZAR LA INVERSIÓN

19 de Junio 2014

Ministerio de Economía y Finanzas

Page 2: Medidas de dinamización de la inversion

Contenido

1. Diagnóstico

2. Paquete de medidas para:

a) Apuntalar el crecimiento potencial en el mediano plazo.

b) Reactivar las expectativas de los agentes económicos en el corto plazo.

Page 3: Medidas de dinamización de la inversion

1. Diagnóstico

Page 4: Medidas de dinamización de la inversion

Nuevo “equilibrio” en el entorno internacional: menor crecimiento, mayores costos de financiamiento y precios de materias primas bajas

25 000

30 000

35 000

40 000

45 000

50 000

55 000

60 000

2000 2003 2006 2009 2012 2015

Tendencia pre-crisis

Pérdida de Mercado

2017

PBI Economías Avanzadas(Miles de Millones Dólares PPP)

Economía Mundial: Principales Indicadores Económicos

Fuente: FMI, MEF MMM 2015-2017, Bloomberg.

China: Proyección PBI 2014 - Bloomberg(Var. % anual)

2003-2007 2012-2013

PBI Mundial (Var. % anual) 4,8 3,1

PBI China (Var. % anual) 11,7 7,7

Cobre (Var. % anual) 38,4 -8,9

Oro (Var. % anual) 17,9 -4,6Spread de los Bonos del Tesoro EE.UU. en % (10 años - 2 años)

1,5 1,8

Promedio

52

55

52

4948

50

52

54

56

58

60

Mundo EE.UU. Zona Euro China

Marzo Abril Mayo

Expansión

Contracción

Mundo: PMI Manufacturero (Puntos, maryor a 50: expansión y menor a 50: contracción)

8,0

7,3

6,8

7,0

7,2

7,4

7,6

7,8

8,0

8,2

Ene-13 May-13 Sep-13 Ene-14 May-14

4

Page 5: Medidas de dinamización de la inversion

0

1

2

3

4

5

6

7

BOL BRA CHL COL ECU PER URY

2003-2011 2012-2013 2014-19 (precios estables)

América Latina 71 (AL7): Crecimiento Promedio proyectado del PBI

(Var. % anual promedio)

América Latina 71(AL7): Crecimiento Promedio proyectado del PBI

(Var. % anual promedio)

FMI: nuevo entorno internacional pone un “piso” de crecimiento más bajo para los próximos años

En Perú 2014-19: -2,0 pp respecto del boom de

materias primas (2003-2011)

1/ Países: Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Perú y Uruguay.Fuente: REO-FMI, abril 2014.

En AL7 2014-19: -0,9 pp respecto del prom. 2012-13-1,3 pp respecto del prom. 2003-11

0

1

2

3

4

5

2003-11 (Boom materias

primas)

2012-13 2014-19

Crecimiento registrado

2014-19 (precios estables)

Page 6: Medidas de dinamización de la inversion

Respuesta fiscal expansiva por el lado de la demanda ya está en curso

Impulso Fiscal(en puntos porcentuales del PBI)

Gasto No Financiero (GNF) del Gobierno General

(Var. en Miles de millones de Nuevos Soles)

• El PIA 2014 crece 9,7% nominal respecto de PIA 2013, por encima del crecimiento de la economía.

• Con la aprobación del crédito suplementario (CS) de S/. 3 100 millones, el impulso fiscal 2014 pasaría a 1,2% del PBI (MMM: 0,7% del PBI).

• El 86% del CS va dirigido a inversión pública, componente del gasto público con mayor multiplicador fiscal y más persistente; el 80% de los recursos autorizados va a Gobierno Nacional.

-0,1 -0,2

-1,0

0,8 0,9

2,0

0,5

-1,3

-0,5

0,6 0,7

1,2

-4

-3

-2

-1

0

1

2

3

4

2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014

Impulso Fiscal MMM Impulso Fiscal con CS

3

5 4

6

10 9 10

5

10

14

12

15

0

2

4

6

8

10

12

14

16

2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014

GNF MMM GNF con CS

Fuente: MEF, BCR.6

Page 7: Medidas de dinamización de la inversion

Elevado déficit en cuenta corriente e inflación por encima de meta del BCR limita una mayor expansión fiscal

Inflación e Inflación Subyacente (Var. % anual)

Cuenta Corriente y Financiamiento Externo de L/P1

(% del PBI, Prom. Móvil 4 meses)

1/ Un valor positivo en cuenta corriente en este caso es déficit. El financiamiento externo de largo plazo es la suma de la Inversión Extranjera Directa (IED) y los préstamos de L/P.Fuente: BCRP, INEI.

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1

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6

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8

9

I-12 II-12 III-12 IV-12 I-13 II-13 III-13 IV-13 I-14

Financiamiento externo de largo plazo

Cuenta corriente

• Déficit en cuenta corriente del 1T2014 es el mayor desde inicios de 1998.

• Por primera vez desde el 2003, los flujos de capitales de largo plazo no fueron suficientes para financiar el déficit en cuenta corriente.

• Inflación por encima del rango objetivo del BCR por quinto mes consecutivo.

• En lo que va del año, las expectativas inflacionarias se han revisado al alza aunque se mantienen dentro del rango meta de BCR (de 2,6% a 2,8%).

7

3,73,6

0

2

4

6

8

May-07 May-08 May-09 May-10 May-11 May-12 May-13 May-14

IPC Subyacente

IPC Lima

Page 8: Medidas de dinamización de la inversion

Entorno de negocios con mayores costos

Ratio Costo/Ventas1/ (%)

1/ Muestra de 90 empresas representativas listadas en la Bolsa de Valores de Lima (BVL), perteneciente a diversos sectores de la producción, según clasificación establecida por el INEI.2/ Considera a las diez empresas más representativas del sector, listadas en la BVL.FUENTE: BVL, ECONOMÁTICA.

Sector Minero Resto de Sectores

Utilidades Netas - Sector Minero1/,2/

(Millones de S/.)

2 339

1 903 1 707

1 252

0

500

1 000

1 500

2 000

2 500

3 000

2011 2012 2013 2014

52 52

56

52

62 61

65 65

68

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50

60

70

2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014

1,3 veces

3229 29

57

38

43

47

53

57

20

30

40

50

60

2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014

1,8 veces

Efecto Crisis(caída de Px)

8

Page 9: Medidas de dinamización de la inversion

Sector público genera sobrecostos al entorno de negocios

Fuente: Apoyo Consultoría. 9

Percepción de empresarios sobre la facilidad para hacer negocios respecto de hace 5 años

(% de encuestados)

17

33

50

0 10 20 30 40 50 60

Mejorado

Mantenido Igual

Empeorado

Según encuesta realizada entre el 21 y 24 de abril a más de 280 empresas clientes de APOYO Consultoría:• 60% de encuestados considera que la gestión de trámites y permisos de las municipalidades, Gobierno Central y el Instituto Nacional de Defensa Civil es peor hoy que hace cinco años.

• 70% considera que la Ley de Consulta Previa tiene un impacto negativo sobre la actividad económica formal.

• 60% afirma que la implementación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) tiene un impacto negativo sobre la actividad económica formal.

Page 10: Medidas de dinamización de la inversion

0

500

1 000

1 500

2 000

2012 2013 2014 2015 2016 2017

0

2 000

4 000

6 000

8 000

10 000

2012 2013 2014 2015 2016 2017

Menor inversión en minería e hidrocarburos (25% de la inversión privada total) plantea espacio para mejoras en el marco normativo que impulsen la inversión privada

Minería: Inversión estimada(US$ Millones)

Hidrocarburos: Inversión estimada(US$ Millones)

• En el caso de la inversión minera, la reducción es parte de una tendencia mundial en un contexto de menores precios de metales. De acuerdo a estimados de Morgan Stanley, la inversión mundial en minería caería 12% en promedio anual en el periodo 2014-2017.

• En el caso del sector hidrocarburos, del total de contratos con obligaciones suspendidas por fuerza mayor, el 50% se debe a la “permisología” ambiental.

0

2

4

6

8

10

12

Elaboración de

Instrumentos Ambientales

Aprobación de

Instrumento Ambiental

Permisos posteriores a

la aprobacion

EIA

Problemas Sociales

Otros Motivos

“Permisología”

Sector Hidrocarburos: N° de Contratos con obligaciones suspendidas por fuerza mayor

10Fuente: MINEM, PERUPETRO, Estimados MEF

Page 11: Medidas de dinamización de la inversion

Recuperación de las expectativas es más lenta que en otros episodios

1/ Porcentaje de empresarios encuestados que acelerarán sus planes de inversión en los próximos 6 meses. 2/ Al 17 de diciembre de 2004 el número de conflictos sociales activos en el Perú alcanzó la cifra de 47. Reporte N° 10 "Conflictos entre poblacción y autoridades o entidades públicas, conocidos por la Defensoría del Pueblo al 17 de diciembre de 2004" . Fuente: BCRP, Apoyo Consultoría.

11

Episodios de recuperación de las Expectativas de Inversión a 6 meses luego de registrar su

nivel mínimo(Puntos: 100=valor mínimo)

Índice de Confianza Del Consumidor(Puntos)

Episodios de recuperación de la Confianza del Consumidor luego de registrar su nivel

mínimo (Puntos: 100=valor mínimo)

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I-03 I-04 I-05 I-06 I-07 I-08 I-09 I-10 I-11 I-12 I-13 I-14

Elecciones Presidenciales (2006)

Crisis Finaciera Internacional (2009)

Elecciones Presidenciales (2011)

Volatilidad Externa (2013)

100

300

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700

900

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1300

1500

0 1 2 3 4 5

Crisis Financiera Internacional (2009)

Elecciones Presidenciales (2006)

Elecciones Presidenciales (2011)

Volatilidad Externa (2013)

Trimestres

Expectativas de Inversión a 6 meses1 (Puntos)

30

35

40

45

50

55

60

II-03 II-04 II-05 II-06 II-07 II-08 II-09 II-10 II-11 II-12 II-13 II-14

Conf lictos Sociales (2004)

Crisis Financiera Internacional (2008)

Volatilidad Externa (2012 - 2013)

100

102

104

106

108

110

112

114

0 1 2 3

Conf lictos Sociales2 (2004)

Crisis Financiera Internacional

(2008)Volatilidad Externa (2012)

Volatilidad Externa (2013)

Trimestres

Page 12: Medidas de dinamización de la inversion

País1

Año PBI Per Cápita US$ PPP

Brasil 2011 11 646 3,6 2,0Chile 1997 9 028 7,9 4,1México 2001 11 031 3,5 1,8

Corea 1996 13 319 9,2 4,9Malasia 1998 8 002 9,3 4,3

Promedio 10 651 6,2 3,4

Inicio de Reducción en el Crecimiento de Mediano Plazo

Crecimiento RealPromedio en los siguientes

10 años2

Crecimiento RealPromedio en los 10 años

Previos

1/ Se ha seleccionado experiencias de países con un nivel de PBI Per Cápita similar al nivel actual de Perú y que registraron caídas discretas en su crecimiento de mediano plazo. 2/ Para el caso de Brasil, se consideró el promedio 2011-2013.Fuente: FMI, BCRP, MEF.

Riesgo de una caída discreta en el crecimiento potencial

12

Experiencias de Crecimiento de Economías Emergentes seleccionadas

• Empíricamente se observa que la reducción en el crecimiento del PBI, luego de un periodo de rápido crecimiento, es en torno a 3,0 puntos porcentuales.

• En el 2013, el Perú alcanzó un PBI per cápita de 11 124 US$ PPP.

• En la última década (2004-2013), el Perú creció en promedio 6,4%.

Page 13: Medidas de dinamización de la inversion

Fuente: Moody´s, “Sovereign Outlook: Latin America and the Caribbean”, Nueva York. 25 de marzo 2014, FMI.

Se han dado avances en reformas “de segunda generación”…

13

Moody’s: Reformas - progreso y avances

Reformas de segunda generación: • Completar el papel del sector privado en la economía • Para mantener un buen estado de los sistemas

bancarios • Centrarse en los balances fiscales estructurales así

como en el mercado de trabajo y el servicio civil

Reformas de primera generación: • Liberalizar el comercio • Reducir el papel del Estado en la economía • Lograr la viabilidad de la balanza de pagos • Reducir el déficit del Gobierno

Venezuela (Caa1)

Argentina (Caa1)

Costa Rica (Baa3)

Panamá (Baa2)

Paraguay (Ba2)

Brasil (Baa2)

Uruguay (Baa3)

Colombia (Baa3)

Perú (Baa2)

México (A3)

Chile (Aa3)

Continuo desarrollo positivoEstancamientoDesarrollo negativo

Retroceso en las reformas Primera generación Segunda generación

Page 14: Medidas de dinamización de la inversion

…sin embargo, aún tenemos retos

Fuente: WEF 2013/2014

Educación: Calidad del Sistema de Educación (Ranking)

Investigación Científica: Calidad de Instituciones de Investigación Científica (Ranking)

14

109

28

3

Perú Chile Singapur

93

32

2

Perú Chile Singapur

134

74

3

Perú Chile Singapur

119

47

11

Perú Chile Singapur

Infraestructura: Calidad de Infraestructura Portuaria (Ranking)

Institucionalidad: Instituciones(Ranking)

Page 15: Medidas de dinamización de la inversion

2. Medidas para: a) Apuntalar el crecimiento potencial en

el mediano plazo. b) Reactivar las expectativas de los

agentes económicos en el corto plazo.

Page 16: Medidas de dinamización de la inversion

TRIBUTARIO 1

Page 17: Medidas de dinamización de la inversion

ACTUALIZACIÓN EXCEPCIONAL DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS

Situación Actual:

De la deuda tributaria pendiente de pago registrada por SUNAT, existe un incremento considerable durante el periodo 31/12/1998 hasta el 31/12/2005, debido a que se aplicó la capitalización de intereses anual, cuya vigencia se dio hasta el 31/12/2005.

La parte de la deuda que contiene importes por capitalización de intereses sería un factor relevante que desincentiva que el contribuyente regularice su deuda.

Propuesta:

Se propone eliminar el efecto desincentivador de la aplicación de la capitalización de intereses planteando su eliminación por el periodo 31/12/1998 hasta el 31/12/2005 mediante la actualización de la deuda tributaria de forma excepcional.

Esta propuesta no da a lugar a compensación ni devolución de monto alguno.

17

Page 18: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Existen dos tipos de Contratos de Estabilidad Tributaria – CET:1. Contrato con plazo de 10 años para los titulares de actividades mineras

que inicien o estén realizando operaciones mayores de 350 TM/día y hasta 5,000 TM/día o realicen una inversión de US$ 2 000 000,00.

2. Contrato con plazo de 15 años para los titulares de actividades mineras que: i) tengan proyectos mineros con capacidad inicial no menor de 5,000 TM/día, o ii) ampliaciones destinadas a lograr una capacidad no menor de 5,000 TM/día referentes a una o más Unidades Económicas Administrativas. También deberán contar con programas de inversión no menores a US$ 20 000 000,00 para el inicio de actividades de la industria minera y con programa de inversiones no menor a US$ 50 000 000,00 para las empresas mineras existentes.

En los últimos años las inversiones en el sector minero han sobrepasado ampliamente los montos mínimos de inversión y de producción previstos en la Ley.

NUEVA ESTRUCTURA DE LOS CONTRATOS DE ESTABILIDAD TRIBUTARIA (CET) EXISTENTES E INCORPORACIÓN DE UN NUEVO TIPO DE CET (1)

Page 19: Medidas de dinamización de la inversion

Propuesta:

Modificar el monto de inversión y el plazo en los tipos de CET aplicable únicamente para concesiones.

Incorporar un nuevo tipo de CET que permita procedimientos administrativos transparentes, rápidos y eficientes, para incentivar las inversiones de proyectos mineros con capacidad inicial no menor de “15,000” TM/día o de ampliaciones destinadas a llegar a una capacidad no menor de “20,000” TM/día referentes a una concesión minera.

En el nuevo tipo de CET se permitirá ampliar sus efectos a las actividades adicionales posteriores a la ejecución del programa de inversiones bajo determinadas condiciones, entre ellas:1. Que la ampliación del proyecto se realice dentro de la misma concesión

donde se desarrolle el proyecto de inversión materia del CET; 2. Se ejecuten dentro del plazo de estabilidad garantizada en el CET; 3. Esté vinculado al objeto del proyecto de inversión y la inversión

adicional sea no menor a US$ 250 Millones y sean aprobadas previamente por el MINEM.

NUEVA ESTRUCTURA DE LOS CONTRATOS DE ESTABILIDAD TRIBUTARIA (CET) EXISTENTES E INCORPORACIÓN DE UN NUEVO TIPO DE CET (2)

Page 20: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Los modelos para suscribir los CET son elaborados por el Ministerio de Energía y Minas – MINEM.

Los CET son suscritos por las autoridades del MINEM de acuerdo al tipo de contrato.

Los CET contienen normas tributarias que son pasibles de ser estabilizadas. El Ministerio de Economía y Finanzas es el encargado de ver lo referente a materia tributaria.

Propuesta:

Se propone que el MINEM y el MEF elaboren el modelo de los tipos de CET.

Se propone que las cláusulas tributarias de los tipos de CET sean revisadas por el MEF cada vez que se modifique el sistema tributario.

Se propone que previo a la suscripción de un CET, se derive al MEF para su conformidad.

REVISIÓN Y CONFORMIDAD DE LOS CET POR PARTE DEL MEF

Page 21: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

La SUNAT requiere contar con información oportuna respecto de los CET, dado que se estabilizan normas tributarias.

Como consecuencia de la ampliación de la estabilidad a las actividades adicionales posteriores a la ejecución del programa de inversiones, se requiere que la SUNAT cuente con la información correspondiente.

 Propuesta:

Se propone que los titulares de la actividad minera que suscriban los CET, proporcionen a la SUNAT la inversión total por cada proyecto minero así como de las ampliaciones vinculadas a éste.

OBLIGACIÓN DE INFORMAR A LA SUNAT

Page 22: Medidas de dinamización de la inversion

APLICACIÓN DE LA NORMA XVI DEL TITULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

Situación Actual:

La “cláusula antielusiva” requiere para su correcta implementación un marco normativo adecuado.

Por ello, resulta razonable que la SUNAT aplique la mencionada norma a partir de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1121.

Propuesta:

Se propone suspender la facultad de la SUNAT para aplicar la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario (cláusula antielusiva), a los actos, hechos y situaciones producidas con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1121.

Page 23: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Al tributo no pagado se le aplica la Tasa de Interés Moratorio (TIM) hasta la fecha de pago inclusive. No obstante, se suspende la aplicación de la TIM cuando la deuda se encuentra reclamada y se vence el plazo para resolver por parte de la Administración Tributaria.

Tal suspensión no procede cuando se vence para el Tribunal Fiscal el plazo para resolver, por lo que se perjudica al deudor tributario por causas no imputables a él.

Propuesta:

Establecer que vencido el plazo para resolver la apelación ante el Tribunal Fiscal, se suspende la aplicación de la TIM, correspondiendo aplicar el Índice de Precios al Consumidor – IPC.

SUSPENSIÓN DE INTERESES EN ETAPA DE APELACIÓN – ARTÍCULO 33 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

Page 24: Medidas de dinamización de la inversion

Pronunciamiento de la SUNAT respecto de la solicitud de medida cautelar

Situación Actual:

Cuando el deudor tributario solicita una medida cautelar al juez, está obligado a correr traslado a la Administración Tributaria, a fin de que se pronuncie respecto a los fundamentos y señale el monto de la deuda tributaria impugnada.

La norma no precisa los aspectos sobre los cuales la Administración Tributaria se debe pronunciar.

Propuesta:

Establecer expresamente que la Administración Tributaria debe informar al juez sobre la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora del proceso.

MEDIDAS CAUTELARES EN PROCESOS JUDICIALES – ARTÍCULO 159

Page 25: Medidas de dinamización de la inversion

Cobertura al 60% de las garantías ofrecidas por el deudor tributario

Situación Actual:

El juez en ningún caso acepta como contracautela la caución juratoria (promesa de pago) y la contracautela ofrecida, debe ser por un importe igual al 100% del monto por el cual se concede la medida cautelar actualizado a la fecha de notificación con la solicitud cautelar.

El Poder Judicial falló a favor de la Administración Tributaria en más del 50% de las deudas en litigio; alta heterogeneidad de las tasas de recuperación al finalizar el proceso contencioso administrativo, que oscilan entre 1,5% y 97%.

Propuesta:

Establecer que los instrumentos que garantizan el pago de la deuda ofrezcan una cobertura igual al 60% de los montos en litigio.

MEDIDAS CAUTELARES EN PROCESOS JUDICIALES – ARTÍCULO 159

Page 26: Medidas de dinamización de la inversion

Monto máximo de la deuda tributaria que podrá garantizarse con caución juratoria

Situación Actual:

Para que el juez otorgue una medida cautelar a favor del deudor tributario, el juez no podrá aceptar como contracautela la promesa de pago. La contracautela debe ser una garantía real o personal por un importe igual al 100% del monto en litigio.

El otorgamiento de las cartas fianza, bancaria o financiera, supone pago de portes y comisiones por emisión, renovación, entre otros, y, además, una calificación financiera previa del contribuyente, por lo que podría afectar desproporcionadamente a los pequeños contribuyentes que buscan obtener una medida cautelar ante el Poder Judicial.

Según las estadísticas: i) Los pequeños contribuyentes llegan muy excepcionalmente a litigar al Poder Judicial y ii) No hay una correlación necesaria entre monto de la deuda y el tamaño del contribuyente (muchos contribuyentes grandes litigan en el Poder Judicial deudas pequeñas o no muy grandes.

Se requiere ponderar el derecho de los pequeños contribuyentes con el interés de cobro de la Administración Tributaria.

Propuesta:

Incrementar el monto máximo de la deuda tributaria que podrá garantizarse con simple caución juratoria de 5 a 15 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). A partir de dicho monto la deuda tributaria deberá ser garantizada con garantía personal (carta fianza, bancaria o financiera) o real.

MEDIDAS CAUTELARES EN PROCESOS JUDICIALES – ARTÍCULO 159

Page 27: Medidas de dinamización de la inversion

MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 29173, QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV (1)

Situación Actual:

Mediante Ley N° 29173 se reguló el Régimen de Percepciones del IGV, por el cual los sujetos del IGV deberán efectuar un pago por el impuesto que causarán en sus operaciones posteriores cuando importan y/o adquieran bienes, el mismo que será materia de percepción.

La finalidad del Régimen de Percepciones es combatir los altos niveles de incumplimiento en el pago del IGV, la evasión y la informalidad detectados en determinados sectores de la economía.

El Régimen ha sido objeto de permanente evaluación a efectos de perfeccionar su aplicación, habiéndose efectuado una serie de modificaciones.

A efecto de dar una mayor flexibilización en su aplicación, así como otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes, sin perjudicar el cumplimiento de los objetivos del Régimen, se proponen las siguientes modificaciones:

27

Page 28: Medidas de dinamización de la inversion

Propuesta:

Incorporar en la Ley criterios adicionales a tener en consideración para la designación de Agentes de Percepción, tales como: la participación de dichos sujetos en el mercado y su ubicación dentro de la cadena de producción y distribución de los bienes sujetos al Régimen, garantizando el cumplimiento de su finalidad.

Establecer la posibilidad de fijar importes diferenciados por tipo de bien adicionales a los montos previstos, para ser considerado como consumidor final (actualmente monto mínimo es S/. 1 500 aplicable a todo tipo de bien), así como la facultad de eliminar la percepción a las compras con boleta, y de este modo, estar excluido del Régimen aplicable a las operaciones de venta.

28

MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 29173, QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV (2)

Page 29: Medidas de dinamización de la inversion

DISPOSICIONES PARA TASAS POR TRÁMITES, DERECHOS Y LICENCIAS MUNICIPALES (1)

Situación Actual:

Los ciudadanos se encuentran sometidos al cobro de tasas arbitrarias, sin tener mayor justificación técnica y legal. Dichas tasas no se estructuran en base a las normas legales vigentes evidenciándose la utilización de criterios desiguales basados en la discrecionalidad de los funcionarios.

Teniendo en consideración el marco normativo a nivel constitucional y legal, es necesario establecer en la Ley de Tributación Municipal, las disposiciones que enfaticen la obligatoriedad por parte de las municipalidades, de aplicar los parámetros establecidos para la determinación de tasas por trámites, derechos y licencias, a fin de uniformizar sus disposiciones con las demás normas de rango legal.

Page 30: Medidas de dinamización de la inversion

DISPOSICIONES PARA TASAS POR TRÁMITES, DERECHOS Y LICENCIAS MUNICIPALES (2)

Propuesta:

Fortalecer el marco normativo de la Ley de Tributación Municipal a fin de uniformizar los parámetros que vienen utilizando las municipalidades.

Las modificaciones enfatizan el cobro de tasas de acuerdo a parámetros técnicos que se aproximen al costo en que incurre la municipalidad para brindar sus servicios.

Se dispone que las tasas que se establezcan sin considerar los parámetros establecidos, no surtirán efecto, lo que involucra una mayor responsabilidad de la municipalidad para establecer las tasas dentro del tope permitido, regular los requisitos en su TUPA correspondiente y sustentar el debido análisis técnico que corresponda.

Se establece que el incumplimiento de esta obligación constituye una barrera burocrática ilegal sancionable por el INDECOPI.

Page 31: Medidas de dinamización de la inversion

31

Situación Actual:

Actualmente, el artículo 25° de la LGA, establece que los agentes de aduana están obligados a conservar por 5 años la documentación original de los despachos en que hayan intervenido y que deben entregarla a la SUNAT al vencimiento de este plazo, o cuando su autorización sea cancelada o revocada.

Con el transcurso del tiempo y del incremento de las operaciones de comercio exterior, se ha originado una saturación de los archivos, tanto para los operadores de comercio exterior como para la SUNAT; así como altos costos de mantenimiento y conservación de la documentación física; y sanciones por incumplimiento de la entrega por parte de los agentes de aduanas.

MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 25° DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS (1)

Page 32: Medidas de dinamización de la inversion

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Propuesta:

Modificar el literal a) del artículo 25° de la LGA a fin de: establecer que el plazo de conservación de los documentos es de 5 años, contados a partir del 1° de enero del año siguiente de la fecha de numeración de la declaración; y que transcurrido dicho plazo, la documentación podrá ser destruida, salvo excepciones que serán determinadas por Reglamento (cuando sean parte de un proceso de fiscalización, administrativo, judicial, entre otros), en cuyo caso se deberá entregar a la SUNAT. En caso de cancelación o revocación, el agente debe entregar la información que se encuentre dentro del plazo de conservación.

MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 25° DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS (2)

Page 33: Medidas de dinamización de la inversion

REDUCCIÓN DE COSTOS REGULATORIOS Y PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN MATERIA AMBIENTAL

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Page 34: Medidas de dinamización de la inversion

REGULAR EL FINANCIAMIENTO DE LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS POR CONCEPTO DE MULTAS

Situación Actual:

El actual esquema de financiamiento de entidades fiscalizadoras vía recursos directamente recaudados (RDR) por concepto de multas genera 2 distorsiones: 1. Incertidumbre en la disponibilidad de recursos, que afecta su

operatividad; y,2. Incentivos perversos respecto de la discrecionalidad para imponer

multas, generando sobrecostos a las empresas fiscalizadas.

Propuesta:

Se cambia la fuente de financiamiento de RDR a Recursos Ordinarios (asignación a través del Tesoro Público)

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Page 35: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Diversas entidades del Gobierno Central y de los Gobiernos Regionales y Locales se demoran en adecuar sus procedimientos (contenidos en sus respectivos TUPAs) a los nuevos requisitos que se establecen mediante normas legales, demorando o impidiendo la emisión de autorizaciones, licencias y permisos y, en consecuencia, la ejecución de inversiones.

Propuesta:

Establecer la obligación de las entidades de modificar sus respectivos TUPAs en un plazo de 30 días hábiles, adecuando sus procedimientos a los nuevos requisitos aprobados mediante normas legales (45 días hábiles cuando se trate de 100 o más procedimientos).

Establecer que incurre en responsabilidad administrativa el funcionario que solicita o exige el cumplimiento de requisitos no vigentes o aplica tasas que no han sido ratificadas por la Municipalidad Provincial correspondiente.

MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 38 DE LA LEY N° 27444

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Page 36: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Diversas entidades no evalúan de manera integral las solicitudes y realizan rondas de observaciones, generando ineficiencia en la Administración Pública, incrementando los costos de los administrados, demorando los procedimientos administrativos y, en consecuencia, retrasando la ejecución de inversiones en el país.

Propuesta:

Prohibir las rondas de observaciones, estableciendo expresamente la obligación de realizar una revisión integral de las solicitudes de los administrados y precisando que el incumplimiento de esta obligación constituye una falta administrativa y, además, una barrera burocrática ilegal sancionable por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi.

MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 126 DE LA LEY N° 27444

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Page 37: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

El OEFA es una entidad con competencias para imponer sanciones ante el incumplimiento de obligaciones ambientales. Es necesario que el ejercicio de estas competencias se complemente con acciones prioritarias de educación y difusión de la normativa.

Las normas ambientales deben tener como prioridad corregir situaciones que vulneran el ordenamiento legal, pero promoviendo la función promotora y orientadora, para así alinear los intereses de la sociedad y los agentes económicos.

La imposición de sanciones por entidades fiscalizadoras recientemente creadas requiere de una etapa previa de educación y concientización de los agentes, la población y las autoridades. Con esto se logra legitimar las acciones futuras de fiscalización, generando un ambiente de confianza para el efectivo cumplimiento de las obligaciones ambientales de los administrados.

ARTÍCULO QUE REGULA FUNCIONES DE OEFA (1)

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Page 38: Medidas de dinamización de la inversion

Propuesta:

Otorgar un plazo de tres (3) años durante el cual el OEFA privilegie la prevención y corrección de conductas infractoras, a través del acompañamiento a las empresas.

Durante dicho periodo, el OEFA declarará la existencia de una infracción y ordenará la realización de medidas correctivas destinadas a revertir la conducta infractora.

Se dispone que en caso el denunciado incumpla las medidas correctivas, el OEFA impondrá la sanción respectiva.

Durante 3 años, las multas no podrán ser superiores al 35% de la multa respectiva. Se establecen tres excepciones:1. Infracciones muy graves, que generen un daño real y muy grave a la vida y

la salud de las personas. 2. Actividades que se realicen sin contar con el instrumento de gestión

ambiental o la autorización de inicio de operaciones correspondientes, o en zonas prohibidas.

3. Reincidencia, entendiéndose por tal la comisión de la misma infracción dentro de un periodo de seis (6) meses desde que quedó firme la resolución que sancionó la primera infracción.

ARTÍCULO QUE REGULA FUNCIONES OEFA (2)

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Page 39: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Las zonas reservadas se crean mediante Resolución Ministerial de un solo sector. Dicha disposición no permite que los demás sectores productivos evalúen el impacto económico que podría tener.

En la práctica, la creación de zonas reservadas genera incertidumbre y puede paralizar importantes proyectos de inversión.

Propuesta:

Modificar el artículo 7 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, para que la creación de las Zonas Reservadas se realice mediante Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.

MODIFICACIÓN A LA LEY DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

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Page 40: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

Para la aprobación de un ElA, la entidad competente solicita opiniones vinculantes y no vinculantes a distintas entidades del Estado. Dichas entidades no responden en forma oportuna y, además, la entidad que solicita las opiniones y que se limita a remitir los pronunciamientos a los usuarios en distintos tiempos, sin una mínima sistematización que le permita al usuario absolver las observaciones en un solo acto.

Propuesta:

Se propone que todas las opiniones vinculantes y no vinculantes se emitan en un periodo no mayor de 30 días hábiles.

En el caso de las entidades que no emitan una opinión vinculante se considerará una falta grave. En el caso de las entidades que no continúen el procedimiento por no contar con una opinión no vinculante también, se considerará falta grave. Asimismo, la entidad responsable de pedir las opiniones, deberá consolidar todas las opiniones y enviar en un solo acto un informe al administrado.

OPINIONES VINCULANTES Y NO VINCULANTES PARA EIA

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Page 41: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

La Ley General de Ambiente crea el mecanismo de ordenamiento territorial ambiental que forma parte de la Política de Ordenamiento Territorial, que no es explícitamente asignada al Ministerio de Ambiente. Asimismo, la mencionada Ley establece que la OAT es un mecanismo de descentralización ambiental.

De otro lado, en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de creación del Ministerio de Ambiente, establece que es competente para establecer la política, herramienta y criterios para el ordenamiento territorial. Si bien, la LOF menciona que hay competencia en Ordenamiento Territorial, este debe interpretarse como ordenamiento territorial ambiental, y que MINAM participa como los otros sectores en el ordenamiento territorial nacional.

Actualmente, la decisión de ZEE no son consultadas con los sectores o con las personas interesadas.

ORDENAMIENTO TERRITORIAL (1)

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Page 42: Medidas de dinamización de la inversion

Propuesta:

Se precisa que el Ordenamiento Territorial es un proceso político y técnico y administrativo destinado a orientar la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, sobre la base de identificación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios económicos, socios culturales, ambientales e institucionales.

Se precisa que la política nacional de Ordenamiento Territorial es aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente de Consejo de Ministros y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y que ni ZEE ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de usos.

ORDENAMIENTO TERRITORIAL (2)

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Page 43: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

Actualmente, para la aprobación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA), solo es necesario contar con un Decreto Supremo sin el refrendo de otros sectores productivos. Al no tener la opinión de otros sectores, en algunas oportunidades, se ha impuesto niveles sumamente exigentes, sin tomar en cuenta en impacto regulatorio para el mercado.

Esta última problemática también se ha evidenciado en el caso de los Límites Máximos Permisibles (LMP), puesto que al momento de establecerse no toman en consideración el impacto regulatorio de los mismos.

Propuesta:

Se propone que para aprobar los ECA sea necesario contar con el refrendo de los sectores productivos para así asegurar una política coherente de promover la inversión mientras se resguardan los estándares ambientales internacionales.

Se propone que en el establecimiento de los ECA y LMP se considere el  impacto regulatorio que ello puede generar para el mercado.

ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL Y LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES

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Page 44: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

Actualmente existe una gran duplicidad de requerimientos por las entidades que aprueban procedimientos.

Esta situación genera demoras a los inversionistas y poca predictibilidad en los procesos de inversión.

Propuesta:

Mediante Decreto Supremo del MINAM y el MINAG se establecerán disposiciones orientadas a integrar los procedimientos de evaluación y otorgamiento de autorización de desbosque, autorización de vertimientos y rehúso de aguas residuales, tratadas con el sistema nacional de evaluación de impacto ambiental.

ELIMINACIÓN DE DUPLICIDADES

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Page 45: Medidas de dinamización de la inversion

SEGUIMIENTO Y LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA

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Page 46: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Si bien las normas relacionadas con el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EEI) ya establecen la obligación general de las entidades de atender sus requerimientos de información, no se ha precisado la implicancia del incumplimiento ni se ha establecido esta facultad respecto de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas (DG).

Propuesta:

Establecer la facultad del EEI de realizar requerimientos de información a las entidades públicas.

Disponer la obligación de las entidades públicas de atender los requerimientos de información del EEI en un plazo de 20 días hábiles.

Establecer que el incumplimiento de esta obligación constituye falta administrativa y que la Contraloría verificará su cumplimiento.

Disponer que cada entidad designará a un responsable (Director General o equivalente), mediante Resolución Ministerial.

SEGUIMIENTO Y PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN

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Page 47: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

La Ley N° 30025 ha reforzado las competencias del ejecutor coactivo, las cuales sin embargo podrían verse limitadas por la presentación de demandas orientadas a dilatar los procesos expropiatorios o de adquisición mediante la suspensión de la ejecución.

No obstante, considerando que en los procesos de expropiación o adquisición de bienes no se discute la viabilidad de la transferencia, esto es, de la propia facultad del Estado para llevar a cabo estos procesos, sino sólo el monto de la indemnización justipreciada, no existiría justificación para suspender la ejecución, lo cual sólo conllevaría a retrasar el cumplimiento de los cronogramas de obras y de las obligaciones del Concedente para la entrega de los terrenos requeridos.

Propuesta:

En tal sentido, se plantea exceptuar a los procesos ejecutados conformes la Ley N° 30025, de los alcances de las suspensiones que se puedan requerir al amparo de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva.

SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA

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Page 48: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual

La normativa actual no permite la aplicación de las normas de adquisición vía trato directo.

Propuesta:

Se propone que el MTC pueda culminar los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo.

MTC podrá utilizar el procedimiento de adquisición por trato directo de inmuebles aun cuando sean necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura vial de interés nacional.

APLICACIÓN DE NORMAS DE TRATO DIRECTO

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Page 49: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Es necesario establecer un procedimiento especial de contratación para la ejecución de obras, a fin de agilizar el cumplimiento de los plazos en diversos proyectos de inversión.

Propuesta:

Se faculta excepcionalmente a las entidades comprendidas en la Ley de Contrataciones del Estado, a contratar la ejecución de obras siguiendo el procedimiento especial de contratación previsto en el Anexo N° 4 de la Ley Nº 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre.

Para la aplicación de dicho procedimiento debe cumplirse con las siguientes condiciones: 1. Se debe tratar de proyectos declarados viables por el SNIP; 2. Debe tratarse de una Licitación Pública cuyo valor referencial no supere

los S/. 15 000 000,00; y, 3. Aplicable a los procesos de selección convocados hasta el 31 de diciembre

de 2014. El monto propuesto está acorde con los capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales suscritos por el país.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA EJECUCIÓN DE OBRAS

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Page 50: Medidas de dinamización de la inversion

Situación Actual:

Actualmente subsiste la necesidad de financiar proyectos en materia de servicios de saneamiento (agua y alcantarillado) y educación.

La demanda de estos servicios no ha podido ser atendida en los últimos años.

Propuesta:

Se autoriza al Ministerio de Vivienda y al Ministerio de Educación a realizar modificaciones presupuestarias a fin que depositen en la cuenta del FONIPREL, mediante Decreto Supremo, S/. 400,000,000 y S/. 250,000,000 respectivamente.

Estos recursos serán utilizados para el financiamiento o cofinanciamiento de la ejecución de los proyectos de inversión pública que sean competencia de los Gobiernos Regionales y Locales.

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y MINISTERIO DE EDUCACIÓN A FAVOR DE FONIPREL

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Page 51: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:• Las principales limitaciones para la competitividad empresarial están

relacionadas:• Acceso a crédito: falta garantías y afianzamientos, por un

desconocimiento de los riesgos reales que enfrentan las Mipymes. • Debilidades en los sistemas de gestión, problemas de acceso a

mercados, y debilidades para absorber tecnologías e innovar.

Propuesta:• Creación, a través de COFIDE, del Fondo MIPYME (hasta S/. 600 millones:

• Hasta S/. 500 millones para garantías y afianzamientos (factoring, garantías recíprocas)

• Hasta S/. 100 millones para instrumentos de difusión tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados.

Beneficio:• Mejorar condiciones de acceso a financiamiento de Mipymes.• Shock tecnológico positivo a Mipymes  

Fondo MIPYME

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Page 52: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

• El “Programa Especial de Apoyo Financiero a la micro y pequeña empresa” del Banco de la Nación viene canalizando recursos a través de las entidades financieras, hacia las Mypes en lugares alejados del país. Sin embargo, dichos créditos se destinan básicamente a capital de trabajo.

Propuesta:

• Se amplía el alcance del Fondo PROMYPE para la adquisición de bienes de activo fijo.

• Se incrementa el monto del Programa PROMYPE a S/. 1 200 millones, de acuerdo al Estatuto del Banco de la Nación.

Beneficio:

• Shock tecnológico positivo para Mypes al redireccionar los recursos del Fondo hacia la expansión del stock de capital.

Programa PROMYPE-BN para zonas alejadas

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Page 53: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

El proceso de saneamiento físico legal de predios retrasa y encarece los proyectos de inversión, debido a procedimientos engorrosos y lentos y a la limitada capacidad institucional para atender las demandas existentes: Proceso complejo para aclarar la titularidad de derechos de propiedad, resolver y rectificar

superposiciones de áreas en registros e identificación adecuada de los predios. Discrepancias en la información existente en registros públicos respecto de la realidad de

los predios entrampa y/o retrasa su saneamiento. Dificultades para garantizar el derecho de vía en la ejecución de proyectos de la red vial,

cuando existen muchos actores. Limitadas capacidades para garantizar buena administración y uso de los bienes estatales.

Propuesta:

Creación de procedimientos especiales que faculten a COFOPRI y a la SBN a realizar acciones de saneamiento físico legal de predios involucrados en proyectos priorizados de inversión pública o privada con inscripción ágil en SUNARP.

Inclusión de anotación preventiva para garantizar derecho de vía en registros públicos.

Se otorgan mayores capacidades a SBN para administrar más eficientemente los predios estatales.

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SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS

Page 54: Medidas de dinamización de la inversion

EIA PARA EDIFICACIONES

Situación actual:

Las autorizaciones de estudios de impacto ambiental para viviendas, oficinas y comercios exceden largamente los plazos legales. Las exigencias del EIA (como talleres participativos, cierres de operación, etc.) se sustentan en evitar impactos negativos en el ambiente (emisiones, residuos) generados fundamentalmente por actividades industriales, manufactureras o extractivas; sin embargo, estas se aplican por igual cuando se tratan de edificaciones destinadas a viviendas, oficinas y comercio

Propuesta:

• Las viviendas, comercios y oficinas en áreas urbanas no requieren certificación ambiental, y los impactos ambientales durante el proceso de construcción deben mitigarse o corregirse de acuerdo a los criterios de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano del Ministerio de Vivienda.

• Se obliga a los gobiernos locales que incorporen en sus planes urbanos (p.e. zonificación) criterios de ocupación sostenible del territorio.

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Page 55: Medidas de dinamización de la inversion

ESTUDIO DE IMPACTO VIAL

Situación actual:

• El Reglamento Nacional de Edificaciones establece la necesidad del estudio de impacto vial solo para algunos tipos de edificaciones. Sin embargo, las Municipalidades han aprobado ordenanzas por separado que regulan estudios de impacto vial:– Plazos legales de 45 -90 días Vs. tiempo real de 06 meses– Exigencia de planes de monitoreo posteriores a la realización de la

edificaciones y cuando entra en operación (hasta una año después). – Multa por no presentar un estudio de monitoreo: 0.5% del valor de la

obra. – Silencio administrativo negativo sin fundamento legal.

Propuesta:

Regular desde el gobierno central (mediante la Ley Nº 29090 y el Reglamento Nacional de Edificaciones) el contenido, necesidad e instancia para revisar el impacto vial de una edificación, para evitar vacíos y dispersión de regulaciones en los gobiernos locales.

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Page 56: Medidas de dinamización de la inversion

AUTORIZACIONES EN EDIFICACIONES CONSIDERADAS PATRIMONIO MONUMENTAL

Situación actual:

El Ministerio de Cultura establece en su TUPA la obligación de obtener autorización previa antes de obtener la licencia de edificación municipal para efectuar remodelaciones o intervenciones en patrimonio monumental. El cobro de la tasa de revisión de los planos es en función al valor de la obra y la autorización, en algunos casos demora mas de 700 días.

La Ley Nº 29090, creó la figura de los Delegados Ad hoc definiendo a los mismos como los acreditados por instituciones, con funciones específicas para la calificación de proyectos de habilitación urbana y de edificación ante la Comisión Técnica, ante los Revisores Urbanos o ante la entidad municipal competente, entre los cuales esta le representante del Ministerio de Cultura.

Propuesta:

Modificar la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, estableciendo que la revisión de planos para autorización de intervención en patrimonio monumental se realiza en el marco de la comisión técnica municipal, en un único proceso.

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Page 57: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

Tiempos largos en la emisión del certificado de inspecciones técnicas de seguridad, aún cuando el informe técnico del inspector sea favorable.

Autorización del Ministerio de Cultura antes de la licencia de funcionamiento en inmuebles considerados monumentos, aún cuando ya fueron revisados por dicho Ministerio en la etapa previa inmediata.

A los módulos, stands o puestos dentro de un mercado de abastos y galerías comerciales, se les vuelve a exigir el mismo tipo de inspección técnica que a todo el mercado o galería.

Propuesta:

Autorizar la emisión de licencia de funcionamiento, alternativamente al certificado de ITSE, con un informe favorable del inspector transcurridos 3 días hábiles sin que la municipalidad haya emitido el certificado ITSE .

Evitar copias en los requisitos para la Licencia de funcionamiento (poder vigente). No es necesaria autorización del Ministerio de Cultura en los casos en que el

Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la licencia del local por el cual se solicita la licencia.

A los módulos, stands o puestos les es exigible una inspección técnica de seguridad ex post, a menos que caigan en la tipificación establecida para otro tipo de IT.

 

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON INFORME FAVORABLE DE INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD

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Page 58: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

Tiempos largos y poca predictibilidad del procedimiento. Los empresarios se ven obligados a efectuar un solo proceso, mediante procedimientos partidos en el gobierno regional (Inspección técnica) y gobierno local (licencia de funcionamiento)

Los gobiernos regionales no tienen capacidad para realizar todas las inspecciones técnicas de detalle de la Región. A diferencia de los gobiernos locales que ya conocen el proceso de Inspecciones Técnicas, para los gobiernos regionales esta competencia recién les fue transferida como parte de la descentralización. En Lima Metropolitana para el año 2013 el promedio de una IT es de 120 días y el 54 % de los expedientes que no concluidos tiene un promedio de 230 días.

No existe entidad competente que pueda imponer sanciones a los inspectores.

Propuesta:

Pasar las competencias de las inspecciones técnicas de detalle y multidisciplinarias de los Gobiernos Regionales a Municipalidades, considerando criterios de capacidad:

Municipalidades provinciales: ITSE detalle y multidisciplinaria Municipalidades distritales: ITSE básica Caso Municipalidad provincial de Lima: Solo ITSE multidisciplinaria. Distritales

asumen las ITSE de Detalle. Atribuir la competencia de sancionar a los inspectores técnicos a CENEPRED.

INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD (ITSE)

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Page 59: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

No existe una normatividad específica que proteja la propiedad estatal de invasores de terrenos.

Dada la extensión de tierra que posee el Estado en los diferentes niveles de gobierno y entidades, la protección de la propiedad se hace difícil, sobre todo cuando las invasiones ya se han consolidado en la forma de viviendas temporales e instalaciones de material noble.

Propuesta:

Se establece un mecanismo específico para la recuperación extrajudicial de predios de propiedad estatal, con el auxilio de la Policía Nacional del Perú.

Se establece la obligación de las entidades y de sus funcionarios de iniciar las acciones para la recuperación de los inmuebles bajo responsabilidad.

SBN puede requerir a una entidad que inicie la recuperación extrajudicial, o en su defecto, deberá asumirla en su condición de rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales.

RECUPERACIÓN EXTRAJUDICIAL DE LA PROPIEDAD ESTATAL

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Page 60: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:

El artículo 920 del Código Civil requiere el ejercicio de la defensa posesoria de manera inmediata. Esto se ha interpretado como un plazo de 24 horas, lo cual genera problemas de aplicación efectiva.

La defensa posesoria requiere de un plazo razonable para ser ejercido ante la autoridad por ser un derecho de contenido patrimonial, cuyas acciones de defensa deben ser coordinadas en plazos razonables con las autoridades. De esa manera se hace efectivo el derecho y no se le vacía de contenido haciéndolo inútil.

El artículo además no considera que el propietario de inmuebles sin construir o en proceso de construir requiere de un mecanismo efectivo de protección de su posesión

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 920 DEL CÓDIGO CIVIL (1)

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Page 61: Medidas de dinamización de la inversion

Propuesta:

Para solucionar los problemas reales en la aplicación de la norma se propone modificar el artículo 920 del Código Civil a efectos de establecer que:o La acción de la defensa posesoria pueda ejercerse en un plazo de 15

días calendario;o Se presuma que el propietario de un inmueble que no tenga edificación

o esté en dicho proceso posee directamente y, en ese sentido, pueda invocar tal acción si es desposeído; y,

o No proceda la defensa posesoria si el poseedor directo a usufructuado el bien como propietario por 10 años.

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 920 DEL CÓDIGO CIVIL (2)

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Page 62: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:• Escasos servicios a las empresas sobre diagnósticos técnicos,

implementación de soluciones técnicas, conocimientos de aplicación productiva disponibles para mejorar su productividad.

• Actualmente no es posible la transferencia de recursos del sector público a los centro privados.   

Propuesta:

• Autorizar al Instituto Tecnológico de la Producción a otorgar subvenciones sujetas a convenios de desempeño. El objetivo es ampliar la capacidad de la MIPYME para adoptar y utilizar tecnologías disponibles para mejorar su productividad y competitividad.

Beneficio:

• Potenciar el rol de las CITE como impulsor de mejoras en productividad en el sector de las MIPYME, bajo un enfoque ex post de rendición de cuentas.

Fortalecimiento de los Centros de Innovación Tecnológicos (CITE)

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Page 63: Medidas de dinamización de la inversion

Situación actual:• Oferta de recursos desde el Gobierno Nacional (S/. 1 700 millones) para la

implementación de fondos, programas y proyectos de desarrollo productivo y empresarial desde diferentes sectores y con distintos mecanismos de asignación de recursos, enfoques y modalidades de operación.

• Estas intervenciones públicas no siempre son acompañados de evaluaciones periódicas que permitan determinar el impacto de la inversión.

• Se generan duplicidades en la atención de la demanda y compiten por los mismos usuarios, generando incentivos perversos en el uso de recursos públicos.

 Propuesta:• Autorizar al MEF a disponer la optimización gradual de los fondos, programas y

proyectos destinados al desarrollo productivo y empresarial, cuyos recursos provengan parcial o totalmente del Tesoro Público.

• Mediante Decreto Supremo, con voto aprobatorio de Consejo de Ministros, el MEF establecerá la estrategia, lineamientos o condiciones para la mencionada optimización, en un plazo de 180 días.

Beneficio:• Mejor optimización y ganancias de economías de escala de los recursos

públicos orientados de desarrollo productivo y empresarial.

Optimización de los recursos para el desarrollo productivo

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Page 64: Medidas de dinamización de la inversion

NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

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Page 65: Medidas de dinamización de la inversion

MARCO GENERAL: HACIA UNA GESTIÓN POR RESULTADOS

Situación actual:

Las modificaciones normativas de los últimos años se han concentrado en diseñar un régimen de contratación pública eminentemente formal enfocándose más en el procedimiento que en los resultados que deben obtenerse, todo ello con la finalidad de reducir la corrupción en la contratación pública.

Propuesta:

Se propone generar una regulación enfocada en la gestión por resultados, la que permita a los órganos de supervisión y control, concentrarse en la eficiencia del proceso de compra, liberándolos de verificar formalidades que impidan o distraigan la finalidad de tales acciones, salvaguardando el cumplimiento de la Constitución Política del Perú, los acuerdos comerciales suscritos por el Estado Peruano y los principios generales de contratación.

Page 66: Medidas de dinamización de la inversion

ENCARGOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN

Situación actual:• Actualmente, las Entidades pueden encargar el desarrollo del

procedimiento de selección a Organismos Internacionales. • Existen organismos internacionales cuyos procedimientos no estarían

acordes con los principios en materia de contratación pública.

Propuesta: • Se elimina la opción de encargar los procedimientos de selección a los

organismos internacionales. • Podrá encargarse a otras Entidades, el desarrollo de la programación y

planificación de la compra, así como el procedimiento de selección.

Page 67: Medidas de dinamización de la inversion

HOMOLOGACIÓN DE REQUERIMIENTOS

Situación actual:

Las Entidades del Estado utilizan términos de referencia diferentes, pese a que los bienes y servicios materia de contratación cuentan con características afines y son regularmente adquiridos por estas, originando así una dilación en el desarrollo del proceso de contratación y una dispersión en la satisfacción de las necesidades, lo que demuestra serias deficiencias de gestión que atentan contra el sistema de contratación pública.

Propuesta:

Las Entidades del Poder Ejecutivo que formulen políticas nacionales y/o sectoriales podrán efectuar procesos de homologación, los cuales facilitan la implementación de dichas políticas mediante la uniformización de los requerimientos de bienes y servicios que se encuentren en el ámbito de sus competencias.

Page 68: Medidas de dinamización de la inversion

VALOR DE LAS CONTRATACIONES

Situación actual:

En el caso de bienes y servicios, el uso del valor referencial limita la competencia de precios, dado que somete a los postores a un precio fijo, el cual raras veces refleja una verdadera evaluación técnica, incrementando su incorrecta determinación y la litigiosidad del proceso.

Propuesta:• Eliminar el uso del valor referencial para las contrataciones de bienes y

servicios a fin de evitar la distorsión de los precios y reemplazarlo por un valor estimado que puede ser público, pero que no debe ser la base para rechazar o aceptar ofertas.

• Solo podrán descartarse las ofertas que susciten dudas razonables sobre la ejecución del contrato o cuando la Entidad no cuente con el presupuesto suficiente.

• Dicha medida no se considera en las contrataciones de obra debido a los problemas que presentan actualmente la elaboración de los expedientes técnicos de obra.

Page 69: Medidas de dinamización de la inversion

PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN

Situación actual:

Algunos de los procedimientos no se adecúan a las características de los bienes, servicios u obras a contratar. Adicionalmente, tenemos procedimientos que no se diferencian entre sí, y por el contrario causan confusión en los operadores, ello, además de la agilización que se requiere, hace necesario la incorporación de nuevos procedimientos.

Propuesta:• Crear nuevos procedimientos de selección que permitan seleccionar la

mejor propuesta según el objeto de contratación. • Así, se plantean nuevos procedimientos de selección, tales como:

- Selección de consultores individuales: Aplicado para la contratación de personas naturales que brinden servicios de consultoría y que no requieren equipos de personal.

- Comparación de precios: Procedimiento ágil para la contratación de bienes y servicios fáciles de obtener y que sean de disponibilidad inmediata.

Page 70: Medidas de dinamización de la inversion

JUNTA DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS

Situación actual:

El recurrir al arbitraje implica retrasos y paralizaciones en la ejecución de los contratos hasta que se emita el laudo arbitral, con el consecuente costo económico y social que implica el abandono de las obras.

Propuesta:

Se introduce la posibilidad de que las partes puedan utilizar como un medio de solución de controversias la Junta de Resolución de Disputas durante la ejecución de obras de gran envergadura, a fin de lograr la pronta y óptima solución de controversias que posibilite alcanzar, en las mejores condiciones de oportunidad y costo, el objeto de la contratación.

Page 71: Medidas de dinamización de la inversion

CONSEJO DE ÉTICA

Situación actual:• La norma de contrataciones ha previsto que frente a cualquier controversia

que surja durante la ejecución contractual, puede ser resuelta mediante conciliación o arbitraje.

• El arbitraje en nuestra regulación está visto en la contratación publica como un mecanismo más célere que el poder judicial.

• Se han advertido numerosos casos en los que los árbitros no cumplen con los principios y reglas básicas del arbitraje, ni su conducta se encuentra acorde con la trascendencia de la función que desarrolla.

Propuesta:

La determinación de la comisión de las infracciones y la imposición de las sanciones que correspondan impuestas a los árbitros son confiadas a un Consejo de Ética integrado por tres (03) miembros de reconocida solvencia ética y profesional.

Page 72: Medidas de dinamización de la inversion

ACTUACIÓN DISCRECIONAL DE LOS FUNCIONARIOS

Situación actual:

En una gestión por resultados, se debe reconocer la discrecionalidad en las decisiones que adoptan los funcionarios siempre que cuenten con la debida sustentación. Ello además debe ser reconocido por los órganos de control, tal como establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Propuesta:

Los funcionarios podrán actuar discrecionalmente para optar por la decisión administrativa debidamente sustentada que se considere más conveniente, dentro del marco que establece la ley, toda vez que en una gestión por resultados se debe garantizar que los procedimientos de compras permitan el cumplimiento de los fines y objetivos públicos, de forma oportuna y bajo las mejores condiciones de calidad y precio.

Page 73: Medidas de dinamización de la inversion

SANCIONES A LOS PROVEEDORES

Problemática: • Existe un reducido número de proveedores que participan en los procesos

de selección que convocan las Entidades del Estado. • Actualmente, los proveedores que cometen alguna infracción tipificada en

la norma pueden ser inhabilitados temporal o definitivamente. • Dado el reducido mercado en la contratación pública, el retirar

temporalmente a un proveedor del mercado puede generar un problema de desabastecimiento a las Entidades.

Propuesta:

Considerando que existen infracciones que no ameritan que ciertos proveedores sean retirados del mercado, reduciendo así el espectro de proveedores elegibles por las Entidades, dentro de las sanciones aplicables se ha previsto incorporar a las multas, las que no pueden ser menores del cinco por ciento (5%) ni mayores al quince por ciento (15%) de la propuesta económica o del contrato, según corresponda.

Page 74: Medidas de dinamización de la inversion

IMPLEMENTACIÓN DE PERÚ COMPRAS

Problemática: • El Estado peruano, no cuenta en la actualidad con una agencia de compras

al que se le pueda encargar la realización de compras estratégicas. • Se requiere implementar catálogos electrónicos de bienes y servicios, así

como promover las compras corporativas para beneficiarse de las economías de escala.

Propuesta:

Implementar la Central de Compras Públicas – Perú Compras, creada mediante Decreto Legislativo Nº 1018.

Page 75: Medidas de dinamización de la inversion

MEDIDAS PARA PROMOVER Y DINAMIZAR LA INVERSIÓN

19 de Junio 2014

Ministerio de Economía y Finanzas