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LOPCYMAT 2005 OBJETO DE LA PRESENTE LEY (Art. 1) Establecer las instituciones, normas lineamientos en materia de seguridad y salud. Regular derechos y deberes de trabajadores y empleadores. Establecer sanciones por incumplimiento de esta normativa.

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LOPCYMAT 2005

OBJETO DE LA PRESENTE LEY

(Art. 1)

Establecer las instituciones, normas

lineamientos en materia de seguridad y salud.

Regular derechos y deberes de trabajadores y

empleadores.

Establecer sanciones por incumplimiento de

esta normativa.

LOPCYMAT 2005AMBITO DE APLICACION

(Art. 4)

Empresas públicas o privadas, persigan o no

fines de lucro.

Cooperativas u otras formas asociativas,

comunitarias de carácter productivo o de

servicio.

Se exceptúan los miembros de la Fuerza

Armada Nacional de conformidad con el art.

328 CRBV

LOPCYMAT 2005

Derechos y Deberes de los

Trabajadores y Trabajadoras y

Empleadores

LOPCYMAT 2005DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y

TRABAJADORAS (ART. 53)

Ser informados al inicio de su actividad, de las

condiciones en esta se va a desarrollar, medios

de prevención.

Recibir formación teórica y práctica en la

prevención de accidentes de trabajo y

enfermedades ocupacionales.

Rehusarse a trabajar o interrumpir una tarea o

actividad, cuando exista un peligro inminente que

ponga en riesgo su vida.

LOPCYMAT 2005

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y

TRABAJADORAS (ART. 53)

Denunciar condiciones inseguras o insalubres

de trabajo.

Ser reubicados en sus puestos de trabajo o a la

adecuación de sus tareas por razones de salud,

rehabilitación o reinserción laboral.

Que se le realicen periódicamente exámenes de

salud preventivos y sea informado de sus

resultados.

LOPCYMAT 2005DEBERES DE LOS TRABAJADORES Y

TRABAJADORAS (ART. 54)

Ejercer las labores derivadas de su contrato con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo.

Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los Equipos de Protección Personal (EPP) e instalaciones de trabajo.

Mantener condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo.

Informar de inmediato, de la existencia de una condición insegura capaz de causar daños a la salud o a la vida.

Participar activamente en forma directa o a través de la elección de representantes, en los Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL).

LOPCYMAT 2005

Derechos de los Empleadores y Empleadoras

(Art. 55)

Exigir a sus trabajadores y trabajadoras el cumplimientode las normas de higiene, seguridad, ergonomía, laspolíticas de prevención y el uso de las instalaciones yEPP.

Recibir información y capacitación en materia de salud,higiene, seguridad, por parte de los organismoscompetentes.

Proponer en el CSSL las amonestaciones a lostrabajadores (as) que incumplan con los deberesestablecidos en el art. 54 de la presente ley.

Ejercer la defensa en caso de imputaciones o denunciasque puedas acarrearle sanciones en virtud de loestablecido en la presente ley.

LOPCYMAT 2005Deberes de los Empleadores y Empleadoras

(Art. 56) Informar por escrito a los trabajadores (as) y al CSSL de las

condiciones inseguras.

Elaborar con la participación de los trabajadores(as), el Programa deSeguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.

Notificar al Instituto Nacional de Prevención Salud y SeguridadLaborales (INPSASEL), con carácter obligatorio, las enfermedadesocupacionales, los accidentes de trabajo dentro del ámbito laboralprevisto por esta Ley. (Art. 56)

Llevar un registro actualizado de las condiciones de prevención,seguridad y salud laborales.

Organizar y mantener los Servicios de seguridad y Salud en el Trabajoprevistos en esta ley.

LOPCYMAT 2005

Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo

(Art. 39)

Los empleadores deben organizar unservicio propio o mancomunado deseguridad y salud en el trabajo,conformado de manera multidisciplinaria,de carácter especialmente preventivo.

La exigencias de estos servicios se regirápor número de trabajadores y en unaevaluación técnica de las condiciones yriesgos específicos de cada empresa.

LOPCYMAT 2005

Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo

actividades que desarrolla

Elaboración del Programa de Seguridad ySalud en el Trabajo

La Atención Preventiva de Salud

Exámenes Médicos, Preempleo, Pre yPost vacacional.

Atención médica Primeros auxilio,emergencia y traslados.

Sistema de vigilancia epidemiológica deaccidentes y enfermedadesocupacionales.

LOPCYMAT 2005

Comité de Seguridad

Y

Salud Laboral

(CSSL)

LOPCYMAT 2005Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL)

(Art. 46)

Órgano paritario y colegiado de

participación destinado a la

consulta regular y periódica de

las políticas, programas y

actuaciones en materia de

Seguridad y Salud en el Trabajo.

LOPCYMAT 2005

Atribuciones CSSL (Art. 47)

Participar en la elaboración, aprobación, puesta

en práctica y evaluación del Programa de

Seguridad y Salud en el Trabajo.

Promover iniciativas, sobre métodos y

procedimientos para el control efectivo de las

condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo

la mejora de controles existentes o la correcciónde las deficiencias detectadas.

LOPCYMAT 2005

Facultades CSSL (Art. 48)

Aprobar el proyecto de Programa de Seguridady Salud en el Trabajo.

Vigilar las condiciones de seguridad y salud enel trabajo.

Supervisar los servicios de salud en el trabajode la empresa.

Denunciar las condiciones inseguras y elincumplimiento de los acuerdos que se logrenen su seno en relación a las condiciones deseguridad y salud en el trabajo.

LOPCYMAT 2005

¿Donde deben Constituirse?

En todo centro de trabajo, establecimiento, o unidad deexplotación de las diferentes empresas o deinstituciones publicas o privadas (Art. 46)

En Empresas de Trabajo Temporal, Intermediarias yContratistas. (Art. 46 y 50)

Quienes desempeñan labores en cooperativas u otraformas asociativas, comunitarias, de carácter productivoo de servicio estarán amparados por las disposicionesde esta Ley (Art. 4, 2º párrafo)

LOPCYMAT 2005

¿Cómo se Constituye?

A través de la elección de los

Delegados de Prevención por parte

de los trabajadores, y la designación

de los representantes de la empresa

por parte del empleador (ambos

constituirán el CSSL en partes

iguales). (Art. 46)

LOPCYMAT 2005Delegados de Prevención (Art.41)

Los delegados o delegadas de

prevención son los representantes de

los trabajadores en el CSSL, elegidos

por y entre estos, por medios

democráticos, con atribuciones

específicas en materia de Seguridad

y Salud en el Trabajo.

LOPCYMAT 2005Número de trabajadores y trabajadoras.

Aspectos a Considerar para la

Elección del Delegado de Prevención

La organización del trabajo.

Los turnos de trabajo.

Áreas, departamentos o ubicación de

los espacios físicos.

Peligrosidad de los procesos de

trabajo.

LOPCYMAT 2005

Cuadro Distribución Delegados CSSLNumero

de Trabajadores

Número de Delegadosde

Prevención

1 a 10 1

11 a 50 2

51 a 250 3

251 a 750 4

751 a 1250 5

1251 a 1750 6

1751 en adelante Se adiciona un representante por

cada 500 trabajadores

LOPCYMAT 2005Derechos y Garantías del

Delegado

Una vez electos el o los delegados (as) de

prevención y hasta tres (3) meses

después de vencidos los dos años que

debe durar en sus funciones, quedan

investido de la inamovilidad por lo tanto

No podrán ser despedidos trasladados ni

desmejorados en sus condiciones de

trabajo, sin justa causa previamente

calificada por el Inspector del Trabajo.

LOPCYMAT 2005

Responsabilidades

y

Sanciones

LOPCYMAT 2005

INFRACCIONES LEVES (Art. 118)

Sin perjuicio de las responsabilidades

civiles, penales, administrativas o

disciplinarias, se sancionara al

empleador o empleadora con multas

de hasta veinticinco unidades

tributarias (25 U.T) POR CADA

TRABAJADOR EXPUESTO cuando:

LOPCYMAT 2005INFRACCIONES LEVES (Art. 118)

Elabore sin la participación de lostrabajadores el Programa de Seguridad ySalud en el Trabajo.

No colocar de forma pública y visible en elcentro de trabajo los registrosactualizados de los índices de accidentesde trabajo y enfermedades ocupacionales.

LOPCYMAT 2005

INFRACCIONES GRAVES (Art. 119)

Sin perjuicio de las responsabilidades

civiles, penales, administrativas o

disciplinarias, se sancionara al empleador o

empleadora con multas de veintiséis a

setenta y cinco unidades tributarias (26 a 75

U.T) POR CADA TRABAJADOR

EXPUESTO cuando:

LOPCYMAT 2005

INFRACCIONES GRAVES (Art. 119)

No desarrolle o mantenga un sistema de

vigilancia epidemiológica de accidentes y

enfermedades ocupacionales.

No informe por escrito a los trabajadores y al

CSSL de los principios y de las condiciones

peligrosas del centro de trabajo.

LOPCYMAT 2005INFRACCIONES GRAVES (Art. 119)

No cree o mantenga actualizado un sistema

de información de prevención, seguridad y

salud laborales de conformidad con esta

Ley.

No diseñe o implemente una política de

seguridad y salud en el trabajo.

LOPCYMAT 2005

INFRACCIONES MUY GRAVES (Art. 120)

Sin perjuicio de las responsabilidades

civiles, penales, administrativas o

disciplinarias, se sancionara al empleador

o empleadora con multas de setenta y

seis a cien unidades tributarias (76 a 100

U.T) POR CADA TRABAJADOR

EXPUESTO cuando:

LOPCYMAT 2005INFRACCIONES MUY GRAVES (Art. 120)

No organice, registre o acredite unservicio de Seguridad y Salud en eltrabajo propio o mancomunado.

No informe la ocurrencia de losaccidentes de trabajo de formainmediata al INPSASEL y CSSL

LOPCYMAT 2005

INFRACCIONES MUY GRAVES (Art. 120)

No declare formalmente dentro de las 24horas siguientes de la ocurrencia de losaccidentes de trabajo o del diagnostico delas enfermedades ocupacionales alINPSASEL.

No constituya, registre o mantenga enfuncionamiento el CSSL

LOPCYMAT 2005

INFRACCIONES MUY GRAVES (Art. 120)

No incorpore o reingrese al trabajador quese haya recuperado de su discapacidad altrabajo que desempeñaba conanterioridad.

No reingrese o reubique al trabajador enun puesto compatible con suscapacidades residuales cuando se hayacalificado la discapacidad totalpermanente para el trabajo habitual.

LOPCYMAT 2005

INFRACCIONES MUY GRAVES (Art. 120)

No asegure el disfrute de Vacaciones y

descanso efectivo en la jornada de trabajo

No organice o mantenga sistemas de

primeros auxilios, transporte y atención

médica de emergencia.

LOPCYMAT 2005

Disposiciones Transitorias

Quienes hayan constituido conanterioridad a esta Ley:

Comité de Higiene y Seguridad Industrial

Comité de Seguridad y Salud Laboral

Servicio Médico

Servicio de Seguridad y salud en el Trabajo

Programa de Higiene y seguridad

Programa de Higiene y Seguridad en elTrabajo

120

Días

LOPCYMAT 2005

Dr. Alfredo E. Perroni P.

Telef. 0414-1780389

[email protected]