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¿Cómo estar preparado en caso de un accidente laboral o una enfermedad ocupacional? Roshermari Vargas Trejo [email protected]

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Ponencia LOPCYMAT Roshermari Vargas Foro Valeven LXVIII

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  • Cmo estar preparado en caso de un accidente laboral o una enfermedad

    ocupacional?

    Roshermari Vargas Trejo [email protected]

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    Diagnstico de las condiciones y medio ambiente del trabajo en materia de higiene y seguridad.

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    Notificacin de riesgos

    Cuando ingresa a la entidad de trabajo; De acuerdo al tipo de trabajo;

    Cuando cambia de cargo;

    Cuando se modifican los riesgos del cargo;

    Constancia por escrito.

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    Instruccin inicial y peridica

    Exmenes mdicos inicial, peridicos y post empleo

    Quin lo paga?

    Cules exmenes hacer?

    Confidencialidad Se puede negar?

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    Provisin de material de seguridad.

    Atencin primaria en accidentes

    Notificacin de accidentes laborales

    Comits de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Registro del proyecto.

  • Nuevos criterios jurisprudenciales del TSJ

    sobre la Lopcymat

    Roshermari Vargas Trejo [email protected]

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    la calificacin del origen de la enfermedad ocupacional no lleva aparejado necesariamente el establecimiento de la responsabilidad subjetiva del patrono, como pretende hacer ver la parte actora recurrente. (Sentencia 205 C.V.G. BAUXILUM, C.A, 10-04-15)

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    Ahora bien, como quiera que el accidente de trabajo in itinere se produce fuera del control directo del empleador, el mismo debe revestir ciertos requisitos indispensables para poder calificarlo como tal y que son: a) Que el recorrido habitual no haya sido interrumpido, es decir, haya concordancia cronolgica, y b) Que el recorrido habitual no haya sido alterado por motivos particulares, o sea, que exista concordancia topogrfica. (Caso MARISOL MOLINA DE ESSER vs. INVERSIONES PEROZO GARCA, C.A, REXON VENEZUELA, C.A., 26/02/15. Sala Social)

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    Por tanto, el objeto del informe de propuesta de sancin no ha debido radicar en una supuesta persistencia en los incumplimientos que fueron constatados en las inspecciones generales, al haberse verificado su cumplimiento, as hubiese sido fuera del lapso perentorio fijado por el rgano administrativo. (Sentencia GENERAL MILLS DE VENEZUELA, C.A, 12-08-14. Sala Social)

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    No obstante, la Sala aplic el criterio de la Sala Constitucional en el cual se declar al inconstitucionalidad del principio de solve et repete (pague y despus reclame) y en cual se sostiene que exigir el pago de una multa como requisito de admisibilidad para solicitar su nulidad deja patente la evidente inconstitucionalidad que acarrea el establecimiento de tal requisito, el cual impide el acceso de los ciudadanos a los rganos de administracin de justicia.. (Sentencia TEXTILANA Vs. INPSASEL, 12-03-15. Sala Social)

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    esta Sala considera que con dicha prueba(de experticia), la empresa recurrente trata de demostrar sus alegatos, los cuales en todo caso sern valorados en la definitiva, una vez contrastados con el resto del material probatorio cursante a los autos y por lo tanto se concluye que el juzgador de la causa debi admitir el medio probatorio promovido, por resultar legal, pertinente y conducente. As se decide. (Sentencia ALIMENTOS CALIFORNIA, C.A., Vs. INPSASEL, 03-11-14. Sala Social)

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    En efecto, mientras la discapacidad total permanente permite que el trabajador pueda desempear otras actividades laborales distintas a las que vena realizando, la discapacidad absoluta permanente, no lo permite. En consecuencia, la Sala concluy que en el presente caso se debi reubicar al demandante para que cumpliera con otras actividades y no dar por terminada la relacin de trabajo y otorgar el beneficio de jubilacin. SCS/TSJ N 61 de fecha 6-03-2015 (OCTAVIO RAMN NOROO FERNNDEZ vs. CADAFE

  • Roshermari Vargas Trejo [email protected]

    GRACIAS POR SU ATENCIN