normativo de semiología médica ii 2014

7
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS MÈDICAS –CUM- FASE II, TERCER AÑO, CICLO 2014 UNIDAD DIDÁCTICA DE SEMIOLOGÍA MÉDICA II _____________________________________________________ NORMATIVO PARA TUTORÍAS GRUPALES Y PRÁCTICA CLÍNICA HOSPITALARIA DE LA UNIDAD DIDÁCTICA DE SEMIOLOGÍA MÉDICA II CAPITULO I CONSIDERACIONES GENERALES CONSIDERANDO Toda actividad académica universitaria debe regirse por normas establecidas y planificadas con base a reglamentos y acorde con la actividad especifica de los individuos en su ámbito de desempeño. CONSIDERANDO Que en el área de Ciencias Clínicas se prepara al estudiante de grado para llegar a ser Médico y Cirujano, que interactúa en su quehacer cotidiano con seres humanos, todos estos con personalidades diferentes, merecedores de nuestro mayor respeto a su dignidad humana. CONSIDERANDO Que es indispensable que el estudiante de medicina se rija por lineamientos de observancia general, que dirijan su actividad con la mayor calidad científico-humanista-profesional de respeto y cultura que le permitan el desarrollo de actitudes acordes al momento académico en que se encuentra, enriqueciendo cada día las relaciones humanas que le serán de gran utilidad en el futuro de su carrera. CONSIDERANDO 1

Upload: hans-ronald-martinez-sum

Post on 08-Mar-2016

221 views

Category:

Documents


5 download

DESCRIPTION

Normativo de semiología médica II 2014

TRANSCRIPT

Page 1: Normativo de semiología médica II 2014

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALAFACULTAD DE CIENCIAS MÈDICAS –CUM-

FASE II, TERCER AÑO, CICLO 2014UNIDAD DIDÁCTICA DE SEMIOLOGÍA MÉDICA II

_____________________________________________________

NORMATIVO PARA TUTORÍAS GRUPALES Y PRÁCTICA CLÍNICA HOSPITALARIA DE LA UNIDAD DIDÁCTICA DE SEMIOLOGÍA MÉDICA II

CAPITULO ICONSIDERACIONES GENERALES

CONSIDERANDO

Toda actividad académica universitaria debe regirse por normas establecidas y planificadas con base a reglamentos y acorde con la actividad especifica de los individuos en su ámbito de desempeño.

CONSIDERANDO

Que en el área de Ciencias Clínicas se prepara al estudiante de grado para llegar a ser Médico y Cirujano, que interactúa en su quehacer cotidiano con seres humanos, todos estos con personalidades diferentes, merecedores de nuestro mayor respeto a su dignidad humana.

CONSIDERANDO

Que es indispensable que el estudiante de medicina se rija por lineamientos de observancia general, que dirijan su actividad con la mayor calidad científico-humanista-profesional de respeto y cultura que le permitan el desarrollo de actitudes acordes al momento académico en que se encuentra, enriqueciendo cada día las relaciones humanas que le serán de gran utilidad en el futuro de su carrera.

CONSIDERANDO

Que el desarrollo de actitudes es necesario no solo con los pacientes, que en primera instancia son el ser de la medicina, sino también con sus profesores, compañeros y todo el personal universitario, médico y paramédico que se encuentra en los servicios de salud y asistencia social.

POR TANTO:

Con base en lo anterior se establece el siguiente normativo de la Unidad Didáctica de Semiología, Tercer Año, Fase II de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

1

Page 2: Normativo de semiología médica II 2014

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALAFACULTAD DE CIENCIAS MÈDICAS –CUM-

FASE II, TERCER AÑO, CICLO 2014UNIDAD DIDÁCTICA DE SEMIOLOGÍA MÉDICA II

_____________________________________________________

CAPITULO II

TUTORIAS GRUPALES

Artículo 1. Hora de inicio. Las tutorías grupales iniciarán a las 8:00 A.M. en el lugar programado.

Artículo 2. Asistencias a tutorías. El estudiante que se ausente a la ó las tutorías grupales programadas y correspondientes a cada unidad temática, sin causa justificada, no podrá realizar la práctica clínica respectiva y su nota correspondiente será computada con cero (0) puntos.

Artículo 3. Definición de Impuntualidad. Se considera impuntualidad cuando el estudiante llega a las tutorías después de la hora indicada en el calendario de actividades.

Artículo 4. Puntualidad en la tutoría. Si el estudiante llega con retraso a una de las tutorías grupales y ya se inició la comprobación de lectura, tendrá derecho a responder dicha prueba únicamente con el tiempo que reste para dar por finalizada la prueba.

Articulo 5. Impuntualidad por 3 veces a las tutorías. El estudiante no podrá realizar la siguiente práctica clínica y su nota será computada con cero (0) puntos. Si volviera a llegar 3 veces impuntual, no podrá realizar la práctica siguiente, su nota sería nuevamente cero (0) puntos y así sucesivamente.

Artículo 6. Publicación de nota de comprobación de lectura. La nota de la comprobación de lectura le será publicada el día de la práctica clínica.

CAPITULO III

PRACTICA CLINICA

Artículo 7. Distribución de los grupos estudiantiles en la Práctica Clínica. Los grupos serán divididos en 2 subgrupos fijos para toda la rotación, cada mitad se alternará para ser los primeros o segundos en asistir a la práctica. Dentro de cada subgrupo se organizarán por afinidad para formar parejas, ya que así será la forma de trabajo con el paciente estas parejas serán fijas para toda la rotación.

2

Page 3: Normativo de semiología médica II 2014

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALAFACULTAD DE CIENCIAS MÈDICAS –CUM-

FASE II, TERCER AÑO, CICLO 2014UNIDAD DIDÁCTICA DE SEMIOLOGÍA MÉDICA II

_____________________________________________________CAPITULO IV

REQUISITIOS PARA LA PRÁCTICA CLÍNICA

Artículo 8. Puntualidad. La práctica clínica dará inicio a hora indicada, según lo informe el docente encargado de la misma, con el objeto de no alterar el desarrollo de las actividades hospitalarias como visita médica, desayuno de pacientes, realización de exámenes especiales y otras. Esta información le será proporcionada con una semana de anticipación durante la tutoría grupal. El estudiante que no se presente puntualmente a la hora acordada, no podrá realizar la misma y su nota será computada con cero (0) puntos.

Artículo 9. Presentación y vestuario. Hombres: pantalón de vestir (no usar jeans), camisa de vestir, corbata, zapatos formales (no usar tenis ni casuales) y bata blanca (no sacos) de manga larga, limpia, planchada y que llegue mínimo hasta medio muslo. Deberán usar el pelo corto y estar debidamente afeitados. No se permite colas en el pelo ni pearcing visibles. Mujeres: vestido, falda o pantalón de vestir (no usar jeans ni pantalones ajustados como por ejemplo tights), blusa de vestir, zapatos formales (no usar tenis, ni casuales, ni zapatos abiertos) y bata blanca (no sacos) de manga larga, limpia, planchada y que llegue mínimo hasta medio muslo. No se permiten las faldas o vestidos por arriba de la rodilla, no se permite pearcing visibles, ni uso de joyas en las manos. Todos los estudiantes deberán llegar con uñas cortas y buena higiene.

Artículo 10. Forma de Identificación: Los estudiantes pueden identificarse con cualquiera de las formas siguientes:

1. Carné de la Universidad de San Carlos de Guatemala, dentro de un portagafete transparente, llevarlo colocado en un área visible.

2. Gafete formal (grabado) que incluya como mínimo la siguiente información: un nombre y un apellido, Facultad de Ciencias Médicas, USAC. No se permitirá el uso de gafetes improvisados.

3. Los mismos datos de identificación bordados con bordado industrial no a mano, en su bata.

Artículo 11. Equipo Médico. Deben asistir con su equipo médico completo, en perfecto estado de funcionamiento e individual. El equipo Médico mínimo consta de: estetoscopio, otorrinoscopio, oftalmoscopio, esfigmomanómetro aneroide, no digital, termómetro de mercurio, cinta métrica de tela o plástica, depresores linguales, martillo de reflejos, cartilla de Snellen y de Rosenbaum, lámpara personal pequeña con luz clara y sin sombras, alcohol, guantes desechables quirúrgicos del número adecuado a su mano, mascarilla y reloj.

Artículo 12. Se solicita que el equipo médico sea individual, ya que previamente a la práctica clínica el estudiante debe practicar con compañeros, familiares, amigos, etc.,

3

Page 4: Normativo de semiología médica II 2014

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALAFACULTAD DE CIENCIAS MÈDICAS –CUM-

FASE II, TERCER AÑO, CICLO 2014UNIDAD DIDÁCTICA DE SEMIOLOGÍA MÉDICA II

_____________________________________________________

las diferentes técnicas, maniobras o procedimientos del examen físico, de modo que el día de la práctica no sea la primera vez que lo hace.

Artículo 13. De no cumplirse totalmente los Artículos 9, 10,11 y 12 de este normativo, podrá realizar la práctica, pero su nota corresponderá al 50% de la nota obtenida, sumándole la nota de comprobación de lectura correspondiente a la unidad temática que se desarrolla.

CAPITULO V

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 14. Los estudiantes tienen derecho a que se revisen sus exámenes de comprobación de lectura, según lo establecido en el Artículo 40, Capítulo III, del Normativo de Evaluación y Promoción del Estudiante de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

Artículo 15. Después de transcurridos 3 días de la publicación de las notas, no se darán revisiones y no se realizará ningún cambio a las mismas.

Artículo 16. La ausencia a la práctica clínica será computada con cero puntos, salvo que exista causa justificada y comprobada. Si es por enfermedad, el estudiante deberá solicitar constancia a la Unidad de Salud, edificio de Bienestar Estudiantil, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la clínica del edificio “D” del CUM, o presentar Certificado Médico, firmado, sellado y timbrado que ampare su ausencia a dicha actividad, y presentarlo junto a una solicitud por escrito de reposición de la actividad, esta solicitud será dirigida a su docente y entregada al mismo docente o en la Secretaría de la Unidad Didáctica, en los 3 días hábiles siguientes a la ausencia.

Artículo 17. El estudiante que no asista a la práctica clínica, pero tenga una causa considerada justificada y que sea comprobada, podrá someterse a un examen teórico del contenido de la unidad temática correspondiente. La nota obtenida en ese examen será la que se le asigne a la práctica no realizada.

Artículo 18. El examen de reposición de práctica clínica lo realiza el Coordinador de la Unidad Didáctica, por lo que el estudiante deberá avocarse a él, inmediatamente que el Docente responsable de la práctica clínica le informe que su excusa a la inasistencia es aceptada, para ser informado del día en que se realizará el mismo.

Artículo 19. El estudiante que no asista o llegue tarde a la o las tutorías grupales pero tenga una causa considerada justificada y que sea comprobada, podrá someterse a un

4

Page 5: Normativo de semiología médica II 2014

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALAFACULTAD DE CIENCIAS MÈDICAS –CUM-

FASE II, TERCER AÑO, CICLO 2014UNIDAD DIDÁCTICA DE SEMIOLOGÍA MÉDICA II

_____________________________________________________examen de comprobación de lectura del contenido de la unidad temática correspondiente. El examen lo realizará el docente en el momento más oportuno y será acordado entre docente y estudiante.

CAPITULO VI

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 20. Los asuntos no contemplados en este normativo serán resueltos por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Médicas, de acuerdo a la legislación contemplada en la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala, los Reglamentos y Normativos de la misma.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 21. Aplicación del normativo. El campo de aplicación del presente normativo es de la Unidad Didáctica de Semiología, Fase II, de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

Articulo 22. Prohibiciones. Hacer discriminaciones por motivo de orden político, social, religioso, racial o de género.

Articulo 23. Vigencia. El presente Normativo entra en vigencia a partir de la fecha en la cual la normativa sea aprobada y el período en el cual será aplicable, por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Médicas.

5