libertad religiosa, derechos humanos y democracia en el sistema jurÍdico peruano
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LIBERTAD RELIGIOSA, DERECHOS HUMANOS Y DEMOCRACIA EN EL SISTEMA JURÍDICO PERUANO. Profesor: Moisés Arata Solís. LA ACTUALIDAD DEL FENÓMENO RELIGIOSO. Pluralismo religioso Religiosidad del pueblo, cualquiera sea su creencia (97.1% CENSO 2007) - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
LIBERTAD RELIGIOSA, DERECHOS HUMANOS Y DEMOCRACIA EN EL
SISTEMA JURÍDICO PERUANO
Profesor: Moisés Arata Solís
LA ACTUALIDAD DEL FENÓMENO RELIGIOSO
O Pluralismo religiosoO Religiosidad del pueblo, cualquiera
sea su creencia (97.1% CENSO 2007)
O Institucionalización de las «entidades religiosas»
O Trascendencia de las religiones en la vida de la sociedad civil
O Relevancia política de los grupos religiosos
LIBERTAD RELIGIOSA Y DERECHOS HUMANOS
O La libertad religiosa es anterior al reconocimiento de los derechos humanos
O La libertad religiosa es parte de la gestación del Estado liberal e individualista
O El fondo común: la dignidad humana O Ha habido libertad religiosa, pero no respeto
a los demás derechos humanos. Ej. Gobiernos de facto
O La Constitución y los Tratados suscritos por el Perú reconocen la libertad religiosa, como derecho humano o fundamental, en su dimensión individual y colectiva
EL TRINOMIO: LIBERTAD RELIGIOSA, DERECHOS HUMANOS Y DEMOCRACIAO Convergencia histórica pero no
necesariaO La democracia es el sistema de
gobierno más idóneo para el desarrollo de los derechos humanos y, en particular, de la libertad religiosa
O La libertad religiosa sin límites puede incubar riesgos para la democracia (fundamentalismos, resecularización del Estado, etc.)
EL TRINOMIO: LIBERTAD RELIGIOSA, DERECHOS HUMANOS Y DEMOCRACIA
O La libertad religiosa sin límites puede colisionar con los derechos humanos de otros
O La democracia meramente formal o eleccionaria puede representar el riesgo de colocar a los derechos humanos reconocidos en la condición de meras declaraciones formales y de desentenderse de los conflictos que la religión genera
O Los retos de la democracia deliberativa frente a la presencia relevante de las religiones en la organización de la sociedad civil
LIBERTAD RELIGIOSA EN EL SISTEMA DEMOCRÁTICO PERUANO (AVANCES)O Desarrollo normativo de los contenidos (no
taxativos) de lo individual y lo colectivo: Ley 29635 vigente desde el 22.12.10 y su Reglamento vigente desde el 28.07.12
O Reconocimiento y viabilización de beneficios tributarios y aduaneros a favor de las «entidades religiosas» reconocidas en un registro administrativo
O Posibilidad de las «entidades religiosas» de celebrar convenios de cooperación con el Estado
LIBERTAD RELIGIOSA EN EL SISTEMA DEMOCRÁTICO PERUANO (AVANCES)O Contenidos enunciativos de las facultades
individuales y colectivas que la libertad religiosa confiere y simultánea determinación de sus límites. Ej. Culto público ordinariamente en locales destinados a tal fin
O Reconocimiento de la objeción de conciencia: si imperativo religioso o moral es grave, ineludible y reconocido por la entidad. Caso del curso de religión, conmemoración dfestividades y día de descanso
O Caso Lucio Rosado vs. Essalud http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2003/00895-2001-AA.html
LIBERTAD RELIGIOSA EN EL SISTEMA DEMOCRÁTICO PERUANO (PENDIENTES)
O Derogación de requisitos reglamentarios antidemocráticos: acreditación de 10,000 miembros, presencia en el país por 7 años y acreditación de inmuebles en propiedad o uso
O Celebración de convenios de cooperación con el Estado con beneficios razonablemente equivalentes a los del concordato
O Reconocimiento de la participación de las entidades religiosas en la consulta necesaria para la adopción de leyes sensibles en aspectos relevantes para la moral y la religión
O Reconocimiento del valor civil de los matrimonios religiosos