sobre la libertad religiosa

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LEGISLACIÓN Y POLÍTICAS EDUCATIVAS FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS, SOCIALES Y DE LA EDUCACIÓN. LICENCIATURA EN EDUCACIÓN RELIGIOSA

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Page 1: Sobre la libertad religiosa

LEGISLACIÓN Y POLÍTICAS EDUCATIVAS

FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS, SOCIALES Y DE LA EDUCACIÓN.

LICENCIATURA EN EDUCACIÓN RELIGIOSA

Page 2: Sobre la libertad religiosa

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Artículo 18:

«Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de

cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza,

la práctica, el culto y la observancia».

Page 3: Sobre la libertad religiosa

CONSTITUCIÓN POLITICA DE 1886

PREAMBULO

“En nombre de Dios, fuente Suprema de toda autoridad, y con

el fin de afianzar la unidad nacional, una de cuyas bases es el

reconocimiento hecho por los partidos políticos de que la religión católica, apostólica y romana es la

de la Nación, y que como tal los poderes públicos la protegerán y harán que sea respetada como

esencial elemento del orden social..” (cf Const 1991)

Page 4: Sobre la libertad religiosa

CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA 1991

Artículo 18.

“Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será

molestado por razón de sus convicciones o

creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a

actuar contra su conciencia.”

Page 5: Sobre la libertad religiosa

CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA 1991

Artículo 19.

“Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a

difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones

religiosas e iglesias son igualmente libres ante la

ley.”

Page 6: Sobre la libertad religiosa

CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA 1991

Artículo 68.

“…Los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de

educación para sus hijos menores. En los

establecimientos del Estado ninguna persona

podrá ser obligada a recibir educación

religiosa…”

Page 7: Sobre la libertad religiosa

CONCORDATO SUSCRITO EN 1973 ENTRE EL ESTADO COLOMBIANO Y LA SANTA

SEDEArticulo 12

“La educación religiosa está dirigida únicamente a los alumnos de las

familias católicas. De esa educación quedan excluidos, por lo tanto, los

estudiantes cuyos padres pertenecen a otra religión o no

profesan creencia alguna. El Estado violaría la Constitución si obligara a un niño no católico a concurrir a las

clases de enseñanza confesional dictada "según el magisterio de la

Iglesia".

Page 8: Sobre la libertad religiosa

LEY 115 DE FEBRERO 8 DE 1994A

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les.

1. Ciencias naturales y educación ambiental.

2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia.

3. Educación artística.4. Educación ética y en valores

humanos.5. Educación física, recreación y

deportes. 6. Educación religiosa.7. Humanidades, lengua

castellana e idiomas extranjeros. 8. Matemáticas.9. Tecnología e informática

Page 9: Sobre la libertad religiosa

LEY 115 DE 1994

ARTICULO 24.

“Educación religiosa. Se garantiza el derecho a recibir educación religiosa; los establecimientos educativos la

establecerán sin perjuicio de las garantías constitucionales de libertad de conciencia, libertad de cultos y el derecho de los padres de familia de escoger el tipo de educación para sus hijos menores, así como

del precepto constitucional según el cual en los establecimientos del Estado ninguna persona podrá

ser obligada a recibir educación religiosa. En todo caso la educación religiosa se impartirá de acuerdo con lo

establecido en la ley estatutaria que desarrolla el derecho de libertad religiosa y de cultos”

Page 10: Sobre la libertad religiosa

LEY 133 DE 1994

• Por la cual se desarrolla el Decreto de Libertad Religiosa y de Cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política.

• El Congreso de Colombia, DECRETA: CAPÍTULO I

• Del Derecho de Libertad Religiosa

• Artículo 1º.- El Estado garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política.

• Artículo 2º.- Ninguna Iglesia o Confesión religiosa es ni será oficial o estatal. Sin embargo, el Estado no es ateo, agnóstico, o indiferente ante los sentimientos religiosos de los colombianos.

• Artículo 11º.- El Estado continúa reconociendo personería jurídica de derecho público eclesiástico a la Iglesia Católica y a las entidades erigidas o que se erijan conforme a lo establecido en el inciso 1 del artículo IV del Concordato, aprobado por la Ley 20 de 1974.

(tiene 16 artículos)

Page 11: Sobre la libertad religiosa

ESPAÑA (Ley Orgánica de Libertad

Religiosa de 1980)

• El Estado garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto, reconocida en la Constitución

• Ninguna confesión tendrá carácter estatal (Art.1, tres)

• Las creencias religiosas no constituirán motivo de desigualdad o discriminación ante la ley. No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad o el desempeño de cargos o funciones públicas. (Art. 1, dos)

COLOMBIA (Ley Estatutaria de Libertad Religiosa de 1994)

• El Estado garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política. Este derecho se interpretará de conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por la República. (art. 1)

• Ninguna Iglesia o confesión religiosa es ni será oficial o estatal. Sin embargo, el Estado no es ateo, agnóstico, o indiferente ante los sentimientos religiosos de los colombianos. (Art. 2 inc.1)

Page 12: Sobre la libertad religiosa

ESPAÑA (Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980)

• Recibir e impartir enseñanza a información religiosa de toda índole, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento; elegir para si, y para los menores no emancipados e incapacitados, bajo su dependencia, dentro y fuera del ámbito escolar, la educación religiosa y moral que este de acuerdo con sus propias convicciones. (art.2 uno, c)

• http://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere7/DEFINITIVA/TESIS%2013.pdf

COLOMBIA (Ley Estatutaria de Libertad Religiosa de 1994)

• De recibir e impartir enseñanza e información religiosa, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento, a quien desee recibirla; de recibir esa enseñanza e información o rehusarla; h) De elegir para sí y los padres para los menores o los incapaces bajo su dependencia, dentro y fuera del ámbito escolar, la educación religiosa y moral según sus propias convicciones... (Art. 6 lit.g y h)

Page 13: Sobre la libertad religiosa

REQUISITOS ACADEMICOS EXIGIDOS PARA OBTENER LA CERTIFICACION ECLESIASTICA DE IDONEIDAD EN LA DOCENCIA

DE EDUCACION RELIGIOSA

• La normativa Eclesiástica:I. Del Código de Derecho Canónico:

• "el Profesor de Religión se debe destacar por su recta doctrina; testimonio de vida cristiana y aptitud pedagógica"

• "El Ordinario (Obispo) del lugar, dentro de su diócesis, tiene el derecho de nombrar y aprobar los Profesores de Religión, así como exigir que sean removidos cuando así lo requiera una razón de religión o moral"

Page 14: Sobre la libertad religiosa

REQUISITOS ACADEMICOS EXIGIDOS PARA OBTENER LA CERTIFICACION ECLESIASTICA DE IDONEIDAD EN LA DOCENCIA

DE EDUCACION RELIGIOSA

El Decreto Supremo de Educación 924 de 1983

del Ministerio de Educación, en su Art. 9, indica: “El Profesor de

Religión, para ejercer como tal, deberá estar en posesión de un

certificado de idoneidad otorgado por la autoridad religiosa que

corresponda, cuya validez durará mientras ésta no lo revoque y acreditar además los estudios

realizados para servir dicho cargo”

Page 15: Sobre la libertad religiosa

¡¡¡…Gracias …!!!