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1 Guía sobre legislación alimentaria

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Guía sobre legislación alimentaria

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La manipulación de alimentos está sujeta a una abundante y exigente normativa cuyo objetivo es garantizar la seguridad de los consumidores. Existe una ingente cantidad de textos que conforman la legislación alimentaria sometidos a continuas actualizaciones. Para los establecimientos alimentarios resulta fundamental estar informado de las disposiciones legales que afectan a sus productos en relación con:

• La composición. • El etiquetado y publicidad. • Los establecimientos de producción y almacenado. • El transporte. • El control, • Etc.

Igualmente es fundamental para los Servicios Oficiales de Salud Pública, que desarrollan diversas actividades relacionadas con la protección de la salud, la seguridad alimentaria y la sanidad ambiental, conocer y manejar las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus funciones y competencias. La “Guía sobre legislación alimentaria”, elaborada por el Servicio de Sanidad Alimentaria de la Dirección General de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo, pretende ser una herramienta que facilite, tanto a los establecimientos alimentarios como a los Servicios Oficiales de Salud Pública, un rápido y cómodo acceso a esta compleja legislación.

Manuel Tordera Ramos DIRECTOR GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

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Índice 1. ALIMENTOS ESTIMULANTES Y DERIVADOS ............................................. 5

a) Achicoria y otros sucedáneos del café: ...................................................... 5 b) Cacao, chocolate, derivados y sucedáneos ............................................... 5 c) Café ............................................................................................................ 6 d) Especies vegetales para infusiones de uso en alimentación ...................... 6

2. AZUCARES Y DERIVADOS .......................................................................... 6

a) Azúcares ..................................................................................................... 6 b) Caramelos, chicles, confites y golosinas .................................................... 7 c) Jarabes ....................................................................................................... 7 d) Mermelada de frutas ................................................................................... 7 e) Turrones y mazapanes ............................................................................... 7

3. BEBIDAS ........................................................................................................ 7

a) Bebidas alcohólicas .................................................................................... 7 b) Bebidas refrescantes ................................................................................ 12 c) Horchatas de chufa ................................................................................... 12 d) Zumos ....................................................................................................... 13

4. CONDIMENTOS Y ESPECIAS .................................................................... 13

a) Sal y salmueras comestibles .................................................................... 13 b) Salsas de mesa ........................................................................................ 14 c) Vinagre ..................................................................................................... 14

5. FRUTAS, VERDURAS Y DERIVADOS ........................................................ 14

a) Brotes y semillas destinadas a la producción de brotes ........................... 14 b) Aceitunas de mesa ................................................................................... 14 c) Confituras, jaleas y marmalade de frutas, crema de castañas ................. 15 d) Conservas vegetales ................................................................................ 15 e) Horchatas ................................................................................................. 15 f) Mermelada de frutas .................................................................................. 15 g) Setas ........................................................................................................ 15 h) Zumos ....................................................................................................... 15

6. GRASAS COMESTIBLES ............................................................................ 16

a) Aceites comestibles .................................................................................. 16 b) Aceites y grasas calentados ..................................................................... 17 c) Grasas comestibles .................................................................................. 17

7. HARINAS Y DERIVADOS ............................................................................ 17

a) Confitería, pastelería, bollería y repostería ............................................... 17 b) Galletas .................................................................................................... 18

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c) Harinas ..................................................................................................... 18 d) Masas fritas .............................................................................................. 18 e) Pan y panes especiales ............................................................................ 18 f) Pastas alimenticias .................................................................................... 19

8. OTROS PRODUCTOS ................................................................................. 19

a) Caldos, consomés, sopas y cremas ......................................................... 19 b) Cereales en copos o expandidos ............................................................. 19 c) Comidas preparadas / restauración .......................................................... 19 d) Comidas preparadas / restauración .......................................................... 20 e) Helados .................................................................................................... 20 f) Patatas fritas y productos de aperitivo ....................................................... 20

9. PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL ........................................................... 20

a) Ancas de rana y caracoles ....................................................................... 20 b) Carne y derivados .................................................................................... 21 c) Huevos y ovo productos ........................................................................... 22 d) Leche y productos lácteos ........................................................................ 23 e) Miel ........................................................................................................... 25 f) Moluscos bivalvos vivos ............................................................................ 26 g) Productos de la pesca .............................................................................. 27

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1. ALIMENTOS ESTIMULANTES Y DERIVADOS Reglamento (CE) Nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de

diciembre de 2006, sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos.

Reglamento de ejecución (UE) Nº 307/2012 de la Comisión, de 11 de abril de 2012, por el que se establecen normas de desarrollo para la aplicación del artículo 8 del Reglamento (CE) Nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la adición de vitaminas y minerales y de otras sustancias determinadas a los alimentos.

a) Achicoria y otros sucedáneos del café: Real Decreto 2323/1985, de 4 de Diciembre, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización de sucedáneos de café.

Directiva objeto de transposición:

⇒ Directiva 1999/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de febrero de 1999.

Modificado por Real Decreto 1232/1988, de 14 de octubre.

Modificado por Real Decreto 943/2001, de 3 de agosto. b) Cacao, chocolate, derivados y sucedáneos: Real Decreto 1055/2003, de 1 de agosto de 2003, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre los productos de cacao y chocolate destinados a la alimentación humana.

Directiva objeto de transposición:

⇒ Directiva 2000/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de junio de 2000, relativa a los productos de cacao y de chocolate destinados a la alimentación humana.

• Real Decreto 822/1990, de 22 de junio, por el que se aprueba la Reglamentación

Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio del cacao y chocolate.

⇒ Corrección de errores.

⇒ Derogado por el Real Decreto 1055/2003, de 1 de agosto, salvo el

título VI relativo a métodos de análisis.

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• Real Decreto 823/1990, de 22 de junio, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de productos derivados de cacao, derivados de chocolate y sucedáneos de chocolate.

⇒ Corrección de errores.

⇒ Real Decreto 145/1997, de 31 de enero, por el que se derogan los

apartados 3.2 y 3.4 del artículo 3º del Real Decreto 823/1990

⇒ Modificado por Real Decreto 1055/2003, de 1 de agosto.

c) Café: • Real Decreto 1676, de 14 de diciembre, por el que se aprueba la norma de

calidad del café .

Directiva objeto de transposición:

⇒ Directiva 1999/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de febrero de 1999, relativa a los extractos de café y los extractos de achicoria.

d) Especies vegetales para infusiones de uso en alimentación: • Real Decreto 3176/1983, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la

reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de especias vegetales para infusiones de uso en alimentación.

• Real Decreto 1354/1983, de 27 de Abril, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de té y derivados.

⇒ Modificado por Real Decreto 1256/1999 , de 16 de julio.

2. AZUCARES Y DERIVADOS a) Azúcares: • Real Decreto 1052/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre determinados azúcares destinados a la alimentación humana.

⇒ Modificado por Real Decreto 1488/2009, de 26 de septiembre .

Directiva objeto de transposición:

⇒ Directiva 2001/111/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2001, relativa a determinados azúcares destinados a la alimentación humana.

• Real Decreto 1261/1987, de 11 de Septiembre, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización de los azúcares destinados al consumo humano.

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b) Caramelos, chicles, confites y golosinas: • Real Decreto 1601/2010, de 26 de noviembre , por el que se aprueban las

materias básicas para la elaboración de la goma base del chicle o goma de mascar.

⇒ Modificado por Decisión de Ejecución de la Comisión

(2011/882/UE) de 21 de diciembre de 2011, relativa a la autorización de comercialización de una nueva base para chicle como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) Nº 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo.

c) Jarabes: • Real Decreto 380/1984, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación

Técnico-Sanitaria para la elaboración y venta de jarabes.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero , por el que se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

d) Mermelada de frutas: • Real Decreto 670/1990, de 25 de mayo, por el que se aprueba la norma de

calidad para confitura, jaleas y marmalade de frutas, crema de castañas y mermelada de frutas.

e) Turrones y mazapanes: • Real Decreto 1787/1982, de 14 de mayo, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y venta de turrones y mazapanes.

⇒ Modificado por Real Decreto 1167/1990 , de 21 de septiembre. ⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010 , de 12 de febrero, por el que

se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

3. BEBIDAS a) Bebidas alcohólicas: Aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales: • Real Decreto 1347/1990, de 26 de octubre, por el que se regula el

establecimiento y la actividad de las instalaciones de envasado de bebidas espirituosas y demás bebidas derivadas de alcoholes naturales no dependientes

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de una industria o agrupación de industrias elaboradas. • Real Decreto 1908/1984, de 26 de septiembre, por el que se modifican algunos

de los artículos y epígrafes de determinadas Reglamentaciones para la elaboración, circulación y comercio de bebidas derivadas de alcoholes naturales.

• Real Decreto 1416/1982, de 28 de mayo, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales.

⇒ Modificado por Real Decreto 250/1988 , de 11 de marzo. Anís: • Real Decreto 1908/1984, de 26 de septiembre, por el que se modifican algunos

de los artículos y epígrafes de determinadas Reglamentaciones para la elaboración, circulación y comercio de bebidas derivadas de alcoholes naturales.

• Real Decreto 644/1982, de 5 de Marzo, por el que se aprueba la Reglamentación

especial para la elaboración, circulación y comercio de anís.

⇒ Modificado por Real Decreto 1424/1988 , de 25 de noviembre.

⇒ Modificado por Real Decreto 861/1994 , de 29 de abril. Brandy: • Real Decreto 1908/1984, de 26 de septiembre , por el que se modifican algunos

de los artículos y epígrafes de determinadas Reglamentaciones para la elaboración, circulación y comercio de bebidas derivadas de alcoholes naturales.

• Resolución, de 15 de febrero de 1977, de la Dirección General de Industrias

Alimentarias y Diversas, por la que se autoriza el empleo de infusiones o extractos hidroalcohólicos de materias naturales en la elaboración del Brandy.

• Real Decreto 2484/1974, de 9 de agosto, por el que se aprueba la

Reglamentación especial para la elaboración, circulación y comercio del Brandy. Cerveza: • Real Decreto 53/1995, de 20 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación

Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de la cerveza y de la malta líquida.

Ginebra: • Real Decreto 1908/1984, de 26 de septiembre de 1984, por el que se modifican

algunos de los artículos y epígrafes de determinadas Reglamentaciones para la

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elaboración, circulación y comercio de bebidas derivadas de alcoholes naturales. • Real Decreto 2297/1981, de 20 de agosto de 1981, por el que se aprueba la

Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio de ginebra. Métodos oficiales de análisis: • Orden, de 8 de mayo de 1987, por la que se aprueban los métodos oficiales de

análisis de anís. • Orden, de 16 de octubre de 1985, por la que se aprueban los métodos oficiales

de análisis de la ginebra. • Orden, de 15 de octubre de 1985, por la que se aprueban los métodos oficiales

de análisis de la cerveza. • Orden, de 15 de octubre de 1985, por la que se aprueban los métodos oficiales

de análisis del ron. • Orden, de 3 de abril de 1985, por la que se aprueban los métodos oficiales de

análisis del Whisky. • Orden, de 1 de diciembre de 1981, por la que se establecen métodos oficiales

de análisis de productos derivados de la uva y similares. • Orden, de 17 de septiembre de 1981, por la que se establecen métodos oficiales

de análisis de productos derivados de la uva y similares. • Orden, de 30 de junio de 1980, por la que se aprueban los métodos oficiales de

análisis de sidras y otras bebidas derivadas de la manzana. • Orden, de 31 de julio de 1979, por la que se establecen métodos oficiales de

análisis de aceites y grasas, productos cárnicos, cereales y derivados, fertilizantes, productos fitosanitarios, productos lácteos, piensos, aguas y productos derivados de la uva.

• Orden, de 31 de enero de 1977, por la que se establecen los métodos oficiales

de análisis de productos derivados de la uva. Ron: • Real Decreto 1908/1984, de 26 de septiembre de 1984, por el que se modifican

algunos de los artículos y epígrafes de determinadas Reglamentaciones para la elaboración, circulación y comercio de bebidas derivadas de alcoholes naturales.

• Real Decreto 2061/1977, de 17 de junio de 1977, por el que se dictan normas

complementarias al Decreto 1228/1975, de 5 de junio, por el que se establece la Reglamentación especial para la elaboración, circulación y comercio de ron.

• Real Decreto 1228/1975, de 5 de junio de 1975, por el que se establece la

Reglamentación especial para la elaboración, circulación y comercio del ron.

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Estatuto de la viña, del vino y de los alcoholes: • Ley 24/2003, de 10 de julio de 2003, de la viña y del vino. • Real Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre de 2003, por el que se desarrolla

el Reglamento (CE) Nº 753/2002 de la Comisión, de 29 de abril de 2002, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 1493/1999 del Consejo, en lo que respecta a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas.

• Real Decreto 1651/2004, de 9 de julio de 2004, por el que se establecen normas

de desarrollo para la adaptación de los reglamentos y órganos de gestión de los vinos de calidad producidos en regiones determinadas a la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la viña y del vino.

ORGANIZACIÓN COMÚN DEL MERCADO VITIVINÍCOLA: DISPOSICIONES COMUNITARIAS: • Reglamento (CE) 491/2009, de 25 de mayo de 2009, que modifica el Reglamento

(CE) Nº 1234/2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM).

• Reglamento (UE) 1022/2010 por el que se autoriza un incremento de los límites

del aumento artificial del grado alcohólico natural del vino producido con uvas cosechadas en 2010 en determinadas zonas vitícolas.

• Reglamento (CE) 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que

se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) no 479/2008 del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola.

⇒ Modificado por Reglamento (CE) 42/2009. ⇒ Modificado por Reglamento (CE) 702/2009.

⇒ Modificado por Reglamento (UE) 772/2010,

Vinos aromatizados, bebidas aromatizadas a base de vino y cócteles aromatizados de productos vitivinícolas: • Reglamento (CEE) 1601/91, del Consejo, de 10 de junio de 1991, por el que se

establecen las reglas generales relativas a la definición, designación y presentación de vinos aromatizados, de bebidas aromatizadas a base de vino y de cócteles aromatizados de productos vitivinícolas.

⇒ Modificado por Reglamento (CEE) 3279/92.

⇒ Modificado por Reglamento (CE) 3378/94.

⇒ Modificado por Reglamento (CE) 2061/96.

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⇒ Modificado por Reglamento (CE) 1882/2003.

⇒ Modificado por Reglamento (CE) 1334/2008. • Reglamento (CE) 122/94, de la Comisión, de 25 de enero de 1994, por el que se

establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) Nº 1601/91 del Consejo por el que se establecen las reglas generales relativas a la definición, designación y presentación de vinos aromatizados, de bebidas aromatizadas a base de vino y de cócteles aromatizados de productos vitivinícolas.

- Sangría y otras bebidas derivadas del vino: • Orden de 11 de Diciembre de 1986, sobre Reglamentación de Bebidas derivadas

del Vino. • Orden de 23 de Enero de 1974, por la que se reglamenta la Elaboración,

Circulación y Comercio de la Sangría y de otras bebidas derivadas del vino.

⇒ Modificado por Orden de 1 de marzo de 1975.

⇒ Modificado por Orden de 2 de enero de 1976.

⇒ Modificado por Orden de 31 de enero de 1984.

⇒ Modificado por Orden de 3 de noviembre de 1987.

⇒ Modificado por Real Decreto 1045/1990, de 27 de julio. - Vinos aromatizados y bitter-soda: • Orden de 31 de Enero de 1978, por la que se reglamentan los Vinos

aromatizados ye el bitter-soda.

⇒ Modificado por Orden de 2 de noviembre de 1982.

⇒ Modificado por Orden de 23 de marzo de 1984.

⇒ Modificado por Orden de 26 de septiembre de 1984.

⇒ Modificado por Orden de 4 de noviembre de 1986. Vinos espumosos naturales y gasificados: • Orden de 13 de julio de 1988, por la que se modifica el artículo 19 de la Orden

de 27 de julio de 1972 que reglamenta los vinos espumosos y los vinos gasificados.

• Orden de 13 de noviembre de 1987, por la que se modifica el artículo 41 de la

Orden de 27 de julio de 1972 que reglamenta los vinos espumosos naturales y los vinos gasificados.

• Resolución de 11 de julio de 1973, del Instituto Nacional de Denominaciones de

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Origen, por la que se publica el acuerdo del consejo regulador de los vinos espumosos y de los vinos gasificados sobre condiciones que deben cumplir los tapones de expedición de los vinos espumosos y de los vinos gasificados y los tapones de tiraje de los vinos espumosos.

• Resolución de 11 de julio de 1973, del Instituto Nacional de Denominaciones de

Origen, por la que se publica el acuerdo del Consejo Regulador de los vinos espumosos y de los vinos gasificados en relación con el trasvase de los vinos de cava.

• Orden de 27 de julio de 1972, por la que se reglamentan los vinos espumosos

naturales y los vinos gasificados. Sidras y otras bebidas derivadas de las manzanas: • Orden de 1 de agosto de 1979, por la que se reglamentan las sidras y otras

bebidas derivadas de la manzana.

⇒ Modificado por Orden de 27 de julio de 1984.

⇒ Modificado por Orden de 24 de septiembre de 1985. Whisky: • Real Decreto 3137/1982, de 12 de Noviembre, por el que se establecen las

condiciones exigibles a los productos de importación, que bajo la denominación genérica de Whisky, no responden a las características establecidas en el Decreto 644/1973, de 29 de marzo.

• Real Decreto 644/1973, de 29 de Marzo, por el que se establece la

Reglamentación especial para la elaboración, circulación y comercio de Whisky.

⇒ Modificado por Real Decreto 665/1983.

⇒ Modificado por Real Decreto 1613/1987.

⇒ Modificado por Real Decreto 1346/1990. b) Bebidas refrescantes: • Real Decreto 650/2011, de 9 de mayo, por el que se aprueba la reglamentación

técnico-sanitaria en materia de bebidas refrescantes. c) Horchatas de chufa: • Real Decreto 1338/1988, de 28 de octubre, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y venta de horchatas de chufa.

⇒ Modificado por Real Decreto 1410/1991 , de 27 de septiembre.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010 , de 12 de febrero, por el que

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se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

d) Zumos: • Real Decreto 1050/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico Sanitaria de zumos de frutas y de otros productos similares destinados a la alimentación humana.

Directiva objeto de transposición:

⇒ Directiva 2001/112/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2001, relativa a

los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana.

⇒ Directiva 2009/106/CE de la Comisión, de 14 de agosto de 2009 , por la

que se modifica la Directiva 2001/112/CE del Consejo relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana.

• Real Decreto 1044/1987, de 31 de Julio, por el que se regula la elaboración de

zumos de uva en armonización con la normativa comunitaria.

⇒ Modificado por Real Decreto 1071/1991 , de 14 de junio. • Real Decreto 667/1983, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación

Técnico Sanitaria para la elaboración y venta de zumos de frutas y de otros vegetales y de sus derivados.

4. CONDIMENTOS Y ESPECIAS • Real Decreto 2242/1984, de 26 de Septiembre, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de Condimentos y Especias.

⇒ Modificado por Real Decreto 40/2010, de 15 de enero, por el que se

modifica el Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre, por el que se aprueba la reglamentación técnico sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

a) Sal y salmueras comestibles: • Real Decreto 1424/1983, de 27 de abril, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la obtención, circulación y venta de la sal y salmueras comestibles.

⇒ Modificado por Real Decreto 1095/1987, de 10 de julio. ⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero.

⇒ Modificado por Real Decreto 1634/2011, de 14 de noviembre.

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b) Salsas de mesa: • Real Decreto 1254/1991, de 2 de agosto, por el que se dictan normas para la

preparación y conservación de la mayonesa de elaboración propia y otros alimentos de consumo inmediato en los que figure el huevo como ingrediente.

• Real Decreto 858/1984, de 28 de marzo, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de salsas de mesa.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero.

c) Vinagre: • Real Decreto 661/2012, de 13 de abril, por el que se establece la norma de

calidad para la elaboración y la comercialización de los vinagres. 5. FRUTAS, VERDURAS Y DERIVADOS a) Brotes y semillas destinadas a la producción de brotes: • Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de

Mayo de 2003, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

• Reglamento (CE) Nº 2073/2005 de la Comisión, de 15 de Noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios

• Reglamento de Ejecución (UE) Nº 208/2013 de la Comisión, de 11 de marzo de 2013 sobre requisitos en materia de trazabilidad de los brotes y de las semillas destinadas a la producción de brotes.

• Reglamento (UE) Nº 210/2013 de la Comisión, de 11 de marzo de 2013 sobre la autorización de los establecimientos que producen brotes en virtud del Reglamento (CE) no 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.

• Reglamento (UE) Nº 211/2013 de la Comisión, de 11 de marzo de 2013 relativo a los requisitos de certificación aplicables a las importaciones en la Unión de brotes y semillas destinadas a la producción de brotes.

• Real Decreto 379/2014, de 30 de mayo por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de autorización de establecimientos, higiene y trazabilidad, en el sector de los brotes y de las semillas destinadas a la producción de brotes.

b) Aceitunas de mesa: • Real Decreto 1230/2001, de 8 de noviembre de 2001, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y venta de las

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aceitunas de mesa. c) Confituras, jaleas y marmalade de frutas, crema de castañas: • Real Decreto 863/2003, de 4 de Julio, por el que se aprueba la norma de calidad

para la elaboración, comercialización y venta de confituras, jaleas, marmalades de frutas y crema de castañas.

Directiva objeto de transposición:

⇒ Directiva 2001/113/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2001.

d) Conservas vegetales: • Real Decreto 2420/1978, de 2 de Junio, por el que se aprueba la Reglamentación

Técnico-Sanitaria para la elaboración y venta de conservas vegetales. e) Horchatas: • Real Decreto 1338/1988, de 28 de Octubre, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y venta de horchatas de chufa.

⇒ Modificado por Real Decreto 1410/1991 , de 27 de septiembre.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010 , de 12 de febrero, por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

f) Mermelada de frutas: • Real Decreto 670/1990, de 25 de mayo, por el que se aprueba la norma de

calidad para confitura, jaleas y marmalade de frutas, crema de castañas y mermelada de frutas.

g) Setas: • Real Decreto 30/2009, de 16 de enero, por el que se establecen las condiciones

sanitarias para la comercialización de setas para uso alimentario. h) Zumos: • Real Decreto 1050/2003, de 1 de Agosto, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico Sanitaria de zumos de frutas y de otros productos similares destinados a la alimentación humana.

Directiva objeto de transposición:

⇒ Directiva 2001/112/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2001, relativa

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a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana.

⇒ Directiva 2009/106/CE de la Comisión, de 14 de agosto de 2009, por la que se modifica la Directiva 2001/112/CE del Consejo relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana.

• Real Decreto 1044/1987, de 31 de julio, por el que se regula la elaboración de

zumos de uva en armonización con la normativa comunitaria.

⇒ Modificado por Real Decreto 1071/1991 , de 14 de junio. • Real Decreto 667/1983, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación

Técnico Sanitaria para la elaboración y venta de zumos de frutas y de otros vegetales y de sus derivados.

6. GRASAS COMESTIBLES a) Aceites comestibles: • Reglamento de ejecución (UE) Nº 29/2012 de la Comisión, de 13 de enero de

2012, sobre las normas de comercialización del aceite de oliva. • Orden, de 15 de noviembre de 2000, por la que se designa el organismo

encargado de verificar las características organolépticas del aceite de oliva. • Real Decreto 538/1993, de 12 de abril, por el que se modifica determinadas

disposiciones relativas a los requisitos industriales de elaboración, circulación y comercio de aceites vegetales comestibles.

• Real Decreto 702/1988, de 24 de junio, por el que se establece el período de

vigencia de las denominaciones y definiciones de los aceites de oliva y de orujo de oliva.

• Real Decreto 2551/1986, de 21 de noviembre, por el que se regula la

elaboración y comercialización de aceites de orujo refinado y de oliva. • Real Decreto 308/1983, de 25 de enero, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria de aceites vegetales comestibles.

⇒ Corrección de errores (B.O.E. 17.05.1983).

⇒ Modificado por Real Decreto 2813/1983 , de 13 de octubre.

⇒ Modificado por Real Decreto 259/1985 , de 20 de febrero.

⇒ Modificado por Real Decreto 1043/1987 , de 24 de julio.

⇒ Modificado por Real Decreto 475/1988 , de 13 de mayo.

⇒ Modificado por Real Decreto 494/1990 , de 16 de marzo.

⇒ Modificado por Real Decreto 98/1992 , de 7 de febrero.

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⇒ Modificado por Real Decreto 538/1993 , de 12 de abril.

⇒ Modificado por Real Decreto 1909/1995 , de 24 de noviembre.

⇒ Modificado por el Real Decreto 478/2007, de 13 de abril. b) Aceites y grasas calentados: • Orden, de 26 de enero de 1989, por la que se aprueba la norma de calidad para

los aceites y grasas calentados.

⇒ Modificado por Orden de 1 de febrero de 1991. c) Grasas comestibles: • Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de

abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

• Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el

que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas.

• Real Decreto 1011/1981, de 10 de Abril de 1981, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de grasas comestibles (animales, vegetales y anhidras) margarinas, minarinas y preparados grasos.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010 , de 12 de febrero.

⇒ Modificado por Real Decreto 218/1999 de 5 de febrero.

⇒ Modificado por Real Decreto 1904/1993 , de 29 de octubre.

⇒ Modificado por Real Decreto 1356/1991 , de13 de septiembre.

⇒ Modificado por Real Decreto 472/1990 , de 6 de abril.

7. HARINAS Y DERIVADOS a) Confitería, pastelería, bollería y repostería: • Real Decreto 2419/1978, de 19 de Mayo de 1978, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de productos de confitería, pastelería, bollería y repostería.

⇒ Modificado por Real Decreto 1355/1983 , de 27 de abril. ⇒ Modificado por Real Decreto 1909/1984 , de 26 de septiembre.

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⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero , por el que se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

⇒ Derogado por el Real Decreto 496/2010, de 30 de abril , por el que se

aprueba la norma de calidad para los productos de confitería, pastelería, bollería y repostería.

b) Galletas: • Real Decreto 1124/1982, de 30 de abril de 1982, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, fabricación, circulación y comercio de galletas.

⇒ Modificado por Real Decreto 2812/1983, de 13 de octubre .

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero , por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

c) Harinas: • Real Decreto 1286/1984, de 23 de mayo de 1984, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de las harinas y sémolas de trigo y otros productos de su molienda, para consumo humano.

⇒ Modificado por Real Decreto 1166/1990, de 21 de septiembre.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero , por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

d) Masas fritas: • Real Decreto 2507/1983, de 4 de Agosto de 1983, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y comercialización de masas fritas.

e) Pan y panes especiales: • Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo de 1984, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, circulación y comercio del pan y panes especiales.

⇒ Modificado por Real Decreto 2627/1985 , de 4 de diciembre.

⇒ Modificado por Real Decreto 285/1999 , de 22 de febrero.

⇒ Modificado por Real Decreto 1202/2002 , de 20 de noviembre.

⇒ Modificado por Real Decreto 1975/2004 , de 1 de octubre.

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f) Pastas alimenticias: • Real Decreto 2181/1975, de 12 de Septiembre de 1975, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de pastas alimenticias.

⇒ Modificado por Real Decreto 1771/1976 , de 2 de julio.

⇒ Modificado por Real Decreto 2811/1983 , de 13 de octubre.

⇒ Modificado por Real Decreto 1093/87 , de 19 de junio.

⇒ Corrección de errores (B.O.E. 13.9.1989).

⇒ Modificado por Real Decreto 1534/1991 , de 18 de octubre.

8. OTROS PRODUCTOS a) Caldos, consomés, sopas y cremas: • Real Decreto 2452/1998, de 17 de Noviembre de 1998, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, distribución y comercio de caldos, consomés, sopas y cremas.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero , por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

b) Cereales en copos o expandidos: • Real Decreto 1094/1987, de 26 de Junio de 1987, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de cereales en copos o expandidos.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

c) Comidas preparadas / restauración: • Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre de 2000, por el que se establecen

las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero , por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

• Real Decreto 1254/1991, de 2 de agosto de 1991, por el que se dictan normas

para la preparación y conservación de la mayonesa de elaboración propia y otros

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alimentos de consumo inmediato en los que figure el huevo como ingrediente. d) Comidas preparadas / restauración: • Real Decreto 618/1998, de 17 de Abril de 1998 , por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-sanitaria para la elaboración, distribución y comercio de helados y mezclas envasadas para congelar.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero , por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

e) Helados: • Real Decreto 618/1998, de 17 de Abril de 1998, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-sanitaria para la elaboración, distribución y comercio de helados y mezclas envasadas para congelar.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

⇒ Modificado por el Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se

derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios.

f) Patatas fritas y productos de aperitivo: • Real Decreto 126/1989, de 3 de Febrero de 1989, por el que se aprueba la

Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y comercialización de patatas fritas y productos de aperitivo.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero , por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

9. PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL a) Ancas de rana y caracoles:

• Reglamento (UE) 1079/2013 de la Comisión, de 31 de octubre de 2013, por el que se establecen medidas transitorias para la aplicación de los Reglamentos (CE) Nº 853/2004 y (CE) Nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.

• Reglamento 852/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

• Reglamento 853/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

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• Reglamento 854/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Reglamento (CE) 2073/2005, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.

• Reglamento (CE) 2074/2005, de 5 de diciembre de 2005, por el que se establecen medidas de aplicación para determinados productos con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y para la organización de controles oficiales con arreglo a lo dispuesto en los Reglamentos (CE) Nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y (CE) Nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, se introducen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifican los Reglamentos (CE) Nº 853/2004 y (CE) Nº 854/2004.

b) Carne y derivados:

• Real Decreto 1976/2004, de 1 de Octubre de 2004, por el que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Reglamento 852/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

• Reglamento 853/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

• Reglamento 854/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Reglamento (CE) 2073/2005, de 15 de Noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.

• Reglamento (CE) 2074/2005, de 5 de Diciembre de 2005, por el que se establecen medidas de aplicación para determinados productos con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y para la organización de controles oficiales con arreglo a lo dispuesto en los Reglamentos (CE) Nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y (CE) nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, se introducen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifican los Reglamentos (CE) Nº 853/2004 y (CE) Nº 854/2004.

• Reglamento de Ejecución (UE) Nº 2015/1375 de la Comisión, de 10 de agosto de 2015, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquina en la carne.

• Reglamento (CE) 1688/2005 de la Comisión de 14 de octubre de 2005 por el que se aplica el Reglamento (CE) 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a garantías especiales, con respecto a la salmonela, para los envíos destinados a Finlandia y Suecia de determinadas carnes y determinados huevos.

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http://aesan.msssi.gob.es/AESAN/web/legislacion/subdetalle/carne.shtml

• Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación.

• Real Decreto 1338/2011, de 3 de octubre, por el que se establecen distintas medidas singulares de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

• Real Decreto 463/2011, de 1 de abril, por el que se establecen para los lagomorfos medidas singulares de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

• Orden PRE/680/2011, de 23 de marzo, por la que se deroga la Orden de 16 de septiembre de 1994, por la que se dictan normas para la identificación individual de los hígados de bovinos.

• Real Decreto 361/2009, de 20 de marzo de 2009, por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio.

• Real Decreto 640/2006, de 26 de Mayo de 2006, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

• Real Decreto 1698/2003, de 12 de Diciembre de 2003, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos comunitarios sobre el sistema de etiquetado de la carne de vacuno.

• Real Decreto 1376/2003, de 7 de Noviembre de 2003, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor.

• Real Decreto 260/2002, de 8 de Marzo de 2002, por la que se fijan las condiciones sanitarias aplicables a la producción y comercialización de carnes de reses de lidia.

• Real Decreto 2551/1994, de 29 de Diciembre de 1994, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal y sanitarias aplicables a los intercambios e importaciones de productos no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normas específicas establecidas en el capítulo I del anexo A del Real Decreto 49/1993, de 15 de enero, y, por lo que se refiere a los patógenos, en el Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre.

• Orden, de 14 de Enero de 1986, por la que se aprueba la norma de calidad para carnes picadas de vacuno, ovino y porcino destinadas al mercado interior.

⇒ Modificado por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

c) Huevos y ovo productos: • Reglamento (CE) Nº 589/2008, de 23 de junio de 2008, por el que se establecen

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las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de los huevos.

• Reglamento (CE) Nº 1234/2007, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas.

• Decisión 2006/765/CE, de 6 de noviembre de 2006, por la que se derogan

determinados actos de aplicación relativos a la higiene de los productos alimenticios y a las normas sanitarias que regulan la producción y comercialización de determinados productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Reglamento (CE) 2074/2005, de 5 de diciembre de 2005, por el que se establecen

medidas de aplicación para determinados productos con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y para la organización de controles oficiales con arreglo a lo dispuesto en los Reglamentos (CE) nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y (CE) Nº 882/2004 del Parlamento. Europeo y del Consejo, se introducen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifican los Reglamentos (CE) Nº 853/2004 y (CE) Nº 854/2004.

• Reglamento (CE) 2073/2005, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios

microbiológicos aplicables a los productos alimenticios. • Reglamento 852/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios. • Reglamento 853/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

• Reglamento 854/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Real Decreto 226/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan las condiciones de

aplicación de la normativa comunitaria de comercialización de huevos. • Real Decreto 1254/1991, de 2 de agosto de 1991, por el que se dictan normas

para la preparación y conservación de la mayonesa de elaboración propia y otros alimentos de consumo inmediato en los que figure el huevo como ingrediente.

d) Leche y productos lácteos:

• Reglamento (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) Nº 922/72, (CEE) Nº 234/79, (CE) Nº 1037/2001 y (CE) Nº 1234/2007.

• Reglamento (CE) 2074/2005, de 5 de Diciembre de 2005, por el que se establecen medidas de aplicación para determinados productos con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y para la organización de controles oficiales con arreglo a lo dispuesto en los Reglamentos (CE) Nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y (CE) Nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, se introducen excepciones a

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lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifican los Reglamentos (CE) Nº 853/2004 y (CE) Nº 854/2004.

• Reglamento (CE) 2073/2005, de 15 de Noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.

• Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

• Reglamento (CE) 853/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

• Reglamento (CE) 854/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

http://aesan.msssi.gob.es/AESAN/web/legislacion/subdetalle/leche.shtml LECHE: • Real Decreto 1338/2011, de 3 de octubre, por el que se establecen distintas

medidas singulares de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

• Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra.

• Real Decreto 487/2010, de 23 de abril, por el que se establecen las modalidades de aplicación de la ayuda al suministro de leche y productos lácteos a los alumnos de centros escolares.

• Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

• Real Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche.

⇒ Modificado por Real Decreto 1728/2007, de 21 de diciembre.

⇒ Modificado por Real Decreto 1600/2011, de 4 de noviembre,

• Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana.

⇒ Modificado por Real Decreto 1472/2008, de 5 de septiembre.

• Orden de 20 de octubre de 1983, por la que se aprueba la Norma General de Calidad para la leche concentrada destinada al mercado interior.

⇒ Modificada por Orden 11 de febrero de 1987, por el que se modifica la Norma General de Calidad para la leche Concentrada.

⇒ Modificada por Orden de 6 de septiembre de 1995, por la que se modifica la Orden de 20 de octubre de 1983, por la que se aprueba

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la Norma General de Calidad para la leche concentrada destinada al mercado interior.

• Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

• Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios.

http://aesan.msssi.gob.es/AESAN/web/legislacion/subdetalle/leche.shtml PRODUCTOS LÁCTEOS: MANTEQUILLA • Real Decreto 200/2009 de 23 de febrero, por el que se derogan determinadas

disposiciones que inciden en las normas de calidad para la mantequilla destinada al mercado nacional.

CUAJADA • Real Decreto 1070/2007, de 27 de Julio de 2007, por el que se aprueba la norma

de calidad de la cuajada. QUESOS • Real Decreto 262/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la norma de

composición y características específicas para el queso "Ibérico". • Real Decreto 1113/2006, de 29 de septiembre de 2006, por el que se aprueban

las normas de calidad para quesos y quesos fundidos. YOGUR • Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o

parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios.

NATA • Orden de 12 de julio de 1983, por la que se aprueban las Normas Generales de

Calidad para la nata y nata en polvo con destino al mercado interior.

⇒ Modificada por Orden de 5 de octubre de 2001. ⇒ Modificada por Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se

derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.

⇒ Modificada por Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se

derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios.

e) Miel:

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• Reglamento (CE) 2074/2005, de 5 de Diciembre de 2005, por el que se establecen medidas de aplicación para determinados productos con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y para la organización de controles oficiales con arreglo a lo dispuesto en los Reglamentos (CE) Nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y (CE) nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, se introducen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifican los Reglamentos (CE) Nº 853/2004 y (CE) Nº 854/2004.

• Reglamento 852/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios. • Reglamento 853/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

• Reglamento 854/2004, de 29 de Abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Reglamento (CE) 2073/2005, de 15 de Noviembre de 2005, relativo a los criterios

microbiológicos aplicables a los productos alimenticios. • http://aesan.msssi.gob.es/AESAN/web/legislacion/subdetalle/miel.shtmlReal

Decreto 1049/2003, de 1 de Agosto de 2003, , por el que se aprueba la norma de calidad relativa a la miel.

f) Moluscos bivalvos vivos: • Decisión de la Comisión 2008/866/CE, de 12 de noviembre de 2006, relativa a

las medidas de emergencia para la suspensión de las importaciones de determinados moluscos bivalvos destinados al consumo humano procedentes de Perú.

• Decisión 2006/765/CE, de 6 de noviembre de 2006, por la que se derogan

determinados actos de aplicación relativos a la higiene de los productos alimenticios y a las normas sanitarias que regulan la producción y comercialización de determinados productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Reglamento (CE) 2074/2005, de 5 de Diciembre de 2005, por el que se

establecen medidas de aplicación para determinados productos con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y para la organización de controles oficiales con arreglo a lo dispuesto en los Reglamentos (CE) Nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y (CE) Nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, se introducen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifican los Reglamentos (CE) Nº 853/2004 y (CE) Nº 854/2004.

• Reglamento (CE) 2073/2005, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los

criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios. • Reglamento 852/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

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• Reglamento 853/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

• Reglamento 854/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Decisión 2002/226, de 15 de marzo de 2002, de la Comisión, por la que se

establecen controles sanitarios especiales para la recolección y transformación de determinados moluscos bivalvos con un nivel de toxina amnésica de molusco (ASP) superior al límite establecido en la Directiva 91/492/CEE del Consejo.

• Decisión 96/77/CEE, de 18 de enero de 1996,1996 por la que se establecen las

condiciones de recogida y transformación de algunos moluscos bivalvos procedentes de zonas donde los niveles de toxinas paralizantes superan el límite fijado por la Directiva 91/492/CEE del Consejo.

• Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios

de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos.

⇒ Modificado por Real Decreto 1590/2009, de 16 de octubre .

⇒ Corrección de errores (B.O.E. 306 20.12.2008)

• Real Decreto 345/1993, de 5 de marzo de 1993, por el que se establecen las

normas de calidad de las aguas y de la producción de moluscos y otros invertebrados marinos.

⇒ Derogación artículos 3 a 7, 13.2, disposiciones adicionales 2 y 4 y los

anexos I a III por Real Decreto 857/1999, de 9 de abril. ⇒ Corrección de erratas (B.O.E. 152 26.06.93).

⇒ Corrección de erratas (B.O.E. 134 05.06.93).

g) Productos de la pesca: • Decisión 2006/765/CE, de 6 de noviembre de 2006, por la que se derogan

determinados actos de aplicación relativos a la higiene de los productos alimenticios y a las normas sanitarias que regulan la producción y comercialización de determinados productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Reglamento (CE) 2074/2005, de 5 de diciembre de 2005, por el que se

establecen medidas de aplicación para determinados productos con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y para la organización de controles oficiales con arreglo a lo dispuesto en los Reglamentos (CE) Nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y (CE) Nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, se introducen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifican los Reglamentos (CE) Nº 853/2004 y (CE) Nº 854/2004.

• Reglamento (CE) 2073/2005, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los

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criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios. • Reglamento 852/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios. • Reglamento 854/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

• Reglamento 853/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del

Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

• Reglamento (CE) 2065/2001, de 22 de octubre de 2001, de la Comisión, por el

que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 104/2000 del Consejo en lo relativo a la información del consumidor en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.

• Reglamento 2406/96, de 26 de noviembre de 1996, por el que se establecen

normas comunes de comercialización para determinados productos pesqueros. • Reglamento 3703/85, de 23 de diciembre de 1985 , por el que se establecen las

modalidades de aplicación relativas a las normas comunes de comercialización para determinados pescados frescos o refrigerados.

• Real Decreto 1420/2006, de 1 de diciembre de 2006, sobre prevención de la

parasitosis por anisakis en productos de la pesca suministrados por establecimientos que sirven comida a los consumidores finales o a colectividades.

• Real Decreto 1822/2009, de 27 de noviembre, por el que se regula la primera

venta de los productos pesqueros.

⇒ Corrección de erratas (B.O.E 29.11.2004). • Real Decreto 121/2004, de 23 de enero de 2004, sobre la identificación de los

productos de la pesca, de la acuicultura y del marisqueo, vivos, frescos, refrigerados o cocidos.

• Real Decreto 1380/2002, de 20 de Diciembre de 2002, de identificación de los

productos de la pesca, de la acuicultura y del marisqueo congelados y ultracongelados.

⇒ Modificado por Real Decreto 1702/2004, de 16 de julio.

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Direcciones de interés Dirección General de Salud Pública y Consumo Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, Avda. de Francia, 4 45071-TOLEDO Email: [email protected] Direcciones Provinciales: DP de Sanidad en Albacete Avda. de la Guardia Civil, 5 02071-Albacete Teléfono: 967/557900 Fax: 967/557950 Email: [email protected] DP de Sanidad en en Ciudad Real C/ Postas, 20 13071-Ciudad Real Teléfono: 926/276000 Fax: 926/210722 Email: [email protected] DP de Sanidad en Cuenca C/ De las Torres, 61 16071-Cuenca Teléfono: 969/176800 Fax: 969/176959 Email: [email protected] DP de Sanidad en Guadalajara C/ Doctor Fernández Iparraguirre, 1 19071-Guadalajara Teléfono(s): 949/885500 949/885800 Fax(s): 949/216865 949/885866 Email: [email protected] DP de Sanidad en Toledo C/ Río Guadalmena, 2 45071-Toledo Teléfono: 925/266400 Fax: 925/248881 Email: [email protected]

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Consejería de Sanidad Avda. de Francia, 4

45071-TOLEDO