transmision y extincion de la obligacion tributaria

Upload: dante-goco

Post on 14-Apr-2018

258 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    1/22

    DERECHO TRIBUTARIO I: PRINCIPIOS GENERALES Y CODIGO TRIBUTARIO

    Por:Barrera Balden , Juan K.

    Benancio Rutty, Beleando R.Cndor Curilla, Wilmer C.Povez Valladares Liliana C.Palacios Jurado WilliamChumbes Ramos, Manuel

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    2/22

    Es una relacin jurdica entre 2 o ms personas determinadas o indeterminadas, envirtud de la cual una de ellas llamada acreedor, tiene la facultad de exigir a otra llamadadeudor, y sta la necesidad de cumplir, una prestacin a una abstencin.

    Una obligacin o deber es la situacin en la cual una persona tiene que dar.

    ACREEDOR DEUDOR

    RELACION JURIDICA

    Obligacin

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    3/22

    A BAcreedor Deudor

    S. Activo S. Pasivo

    Creditium Prestacin DebitumPoder de exigir Dar Poder de Cumplir

    Sujetos: Las partes A y BObjeto: Prestacin (Conducta o comportamiento positivo o negativo)

    Vinculo: es la obligacin misma, elemento no material

    Vinculo

    Elementos Esenciales

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    4/22

    TRANSMISIN DE LA OBLIGACIN TRIBUTARIA: (Art. 25 CT )

    La obligacin tributaria se transmite a los sucesores y dems adquirentes a ttulo universal.En caso de herencia la responsabilidad est limitada al valor de los bienes y derechos que se reciba.

    En el Cdigo Tributario permite nicamente la transmisin de laobligacin tributaria a ttulo universal

    Es decir, la obligacin tributaria susceptible de transmitirse a losherederos o sucesores es a titulo universal, de la misma forma de la

    establecida para la responsabilidad sucesoria

    Considerando que la sucesines una sustitucin de una

    persona en el lugar que otraocupaba

    En materia tributaria significaque uno o varios sujetos pasana ocupar la situacin jurdicaque ostentaban otro u otros

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    5/22

    De acuerdo con el Art. 25 C.T., y considerando lo dispuesto por el Art 1 de mismo Cd. o(concepto de obligacin tributaria), en caso de fallecimiento del deudor tributario, laobligacin tributaria que se transmite a los sucesores y dems adquirientes a titulo universal,es la obligacin sustantiva (la obligacin tributaria en si misma), es decir, el pago de tributos

    (y sus accesorios - intereses) y no las obligaciones formales (deberes formales), como porejemplo la exhibicin de documentos (RTF N 993-2-2001) o la presentacin dedeclaraciones (RTF N 5964-2-2004).

    De conformidad al numeral 1 del Art. 17 del C.T., los herederos son consideradosresponsables solidarios en calidad de adquirientes, hasta el limite del valor de los bienes quereciban. En ese entendido, las obligaciones tributarias generadas hasta la muerte del titular

    de la empresa unipersonal se entienden transmitidas a los herederos en la fecha del deceso,los cuales, a partir de dicha oportunidad, estn obligados a su cumplimiento ante el fisco encalidad de responsables solidarios, pero hasta el limite del valor de los bienes que conformanla herencia (Informe N 278-2003-SUNAT/2B0000).

    Para proseguir la cobranza contra esos nuevos deudores tributarios debe atribuirse o

    determinarse, con un acto administrativo, la calidad de responsables solidarios (RTF N s1050-1-2006 y 3740-5-2006).

    La obligacin tributaria no se transmite al legatario, pues este es sucesor a ttulo particular;no obstante, este si ser responsable solidario como adquiriente hasta el limite del valor delos bienes que reciba; en esta medida, en caso l realice el pago, puede repetir contra losherederos (pues a estos si se les ha transmitido la obligacin tributaria).

    Sentencias del tribunal Fiscal

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    6/22

    Deuda Tributaria

    Constituye la obligacin

    legal, a favor de un entepublico, en cuya virtud,y a titulo de tributo, unapersona fsica o jurdica

    debe entregar

    pagoefectivo

    Empleo

    Bienes previstos por la ley

    Artculo 7.- DEUDOR TRIBUTARIODeudor tributario es la persona obligada al cumplimiento de la prestacin tributaria comocontribuyente o responsable.

    GONZALES Y LEJEUNE: Constituida por la prestacin o conjunto de prestaciones pecuniarias a

    que un sujeto pasivo resulta obligado frente a la hacienda publica en virtud de distintas

    situaciones jurdicas derivadas de la aplicacin de tributos.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    7/22

    Estructura Art. 28 C.T.

    Intereses

    MultasTributo

    Monto del tributo enestricto.Objeto o contenido de laObligacin tributaria.Suma de dinero objeto de la

    prestacin tributaria (dedar). IGV y RENTA

    Tributo Debido

    Consiste en una obligacinde dar dinero a un ente

    publico a titulo de tributo.

    Sancin pecuniaria que seaplica por la comisin de

    algunas infraccionestributarias.

    De a cuerdo a las tablasde infracciones ysanciones del C.T.

    Cantidades de dineropagada por concepto decrdito.

    Los interesesconsiderados comocomponentes dedeuda tributaria(como prestaciones

    accesorias de laobligacin tributaria),C.T. son:

    1. El inters moratorio por el pago extemporneo del tributo a que se refiere el Artculo 33;2. El inters moratorio aplicable a las multas a que se refiere el Artculo 181; y,

    3. El inters por aplazamiento y/o fraccionamiento de pago previsto en el Artculo 36.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    8/22

    Medios deExtincin dela obligacin

    Tributaria

    1. Pago

    2.Compensacin

    3. Condonacin

    4.Consolidacin

    5. ResolucinAdministrativa

    Tributaria

    Ultimo prrafoArt. 27 C.T. -Prescripcin

    Medios de Extincin de la obligacin Tributaria

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    9/22

    PAGO

    Cumplimiento exacto de unaprestacin cuantificada; sujeto

    pasivo y recepcionado por elacreedor tributario

    Requisitos1. Que haya nacido mediante la realizacin del supuesto de hechotributario.

    2. Su monto sea determinado.

    Sujetos 1. Deudores tributarios y/o representantes legales.

    Pago por

    terceros

    Los terceros pueden realizar el pago, salvo oposicin motivada por el

    deudor tributario.

    Pago indebidoeventual hecho

    por terceros

    Si el tercero paga la deuda identificndola (monto, concepto, tributo,numero de valor), a su nombre sin identificar al deudor tributario estaante un eventual pago indebido.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    10/22

    Situacin en quese entiendeefectuado el

    pago

    Se entender hecho el pago una vez que se haya efectuado enel lugar, dentro del plazo y en la forma que manda la ley.

    Forma de pago ylos errores en el

    pago

    Segn al Art. 32; el pago de la deuda tributaria se realizaren moneda nacional. Para efectuar el pago se podrnutilizar los siguientes medios: a) Dinero en efectivo;b)Cheques; c)Notas de Crdito Negociables; d)Dbito encuenta corriente o de ahorros; e) Tarjeta de crdito; y,f)Otros medios que la Administracin Tributaria apruebe.

    Lugar de Pago

    La SUNAT mediante resoluciones de Superintendencia aestablecido:1. Oficinas bancarias, usualmente Banco Nacin.2. Las dems administraciones Tributarias, podrn sealarel lugar de pago a su discrecin oficinas del propioacreedor tributario.

    Plazo para elPago

    Mediante resoluciones de superintendencia estableceperidicamente cronograma de pagos para que estos serealicen durante los 6 das hbiles posteriores al da devencimiento del plazo sealado para el pago.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    11/22

    Prorroga delplazo

    1. El plazo sealado o cronograma establecido no admite laposibilidad de prorrogas de carcter particular.2. Podr ser prorrogado con carcter general por la Adm. Trib. -justificada por fuerza mayor o caso fortuito.3. Va Resoluciones de Superintendencia hay prorroga ante

    desastres naturales, huelgas en los logares de incidencia.

    Clases de pago

    Dentro de losplazosestablecidos

    Pago Provisional

    Pago definitivo

    Pago parcial

    Pago liso y llano

    Pago indebido o enexceso

    Pago fraccionado

    Pago porconsignacin

    Pago bajo protesta

    Fuera de losplazosestablecidos

    1. Pago extemporneo.2. Pago que se realiza fuera del termino

    establecido por el C. T., en tributos queadministra la SUNAT.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    12/22

    Compensacin

    Modo de extincin en la que lossujetos de la obligacin tributaria

    resultan al mismo tiempo deudores yacreedores, neutralizando los crditosde los que son titulares.

    Requisitos

    1. Deuda tributaria (tributo, multas, intereses si hubiese) podr sercompensable total o parcialmente.

    2. Los crditos de los deudores tributarios deben corresponder a

    periodos no prescritos.3. Los crditos de los deudores deben ser administrados por el

    mismo rgano administrador.4. Que la compensacin sea declarada por el rgano Administrador

    de Oficio o a peticin de parte.

    Formas1. Compensacin automtica, nicamente en los casos establecidosexpresamente por ley; (el deudor puede compensar

    automticamente la deuda).2. Compensacin de oficio por la Administracin Tributaria.3. Compensacin a solicitud de parte (deudor tributario).

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    13/22

    EfectosEn la fecha en que la deuda tributaria y los crditos por tributos,sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso oindebidamente coexistan y hasta el agotamiento de estos ltimos.

    Caso espacial:compensaciones

    de credito porretenciones y

    percepciones

    En estos casos es de aplicacin la Decima Segunda DisposicinComplementaria final del Decreto Legislativo N 981.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    14/22

    Condonacin Forma de extincin de laobligacin

    Materia Tributaria

    El perdn o la remisin de deudas uobligaciones tributarias ya

    generadas

    Art. 41 C.T.Solo es posible lacondonacin en

    virtud a una ley onorma de igual

    rango

    En caso de gobierno locales; podrncondonar, con carcter general el inters

    moratorio y las sanciones, respecto a los

    impuestos que administre.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    15/22

    Consolidacin

    La deuda tributaria se extinguir por consolidacin cuando elacreedor de la obligacin tributaria se convierta en deudor de la

    misma como consecuencia de la transmisin de bienes o derechosque son objeto del tributo.

    Las condiciones aaplicarse segn el Art.

    42 del C.T. es:

    Que el acreedor de laobligacin (deuda)tributaria, sea gobiernocentral, regional o localo determinadasentidades del derechopublico, se convierta endeudor de la misma.

    Que la conversin delacreedor es deudortributario se origine como

    consecuencia de latransmisin de bienes yderechos que son objetodel tributo

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    16/22

    Resolucin de la AdministracinTributaria

    Resolucin emitida por la AdministracinTributaria en relacin a:

    Deudas de cobranzadudosa

    Recuperacinonerosa

    Que consten en las respectivas

    Resoluciones de determinacin,Resolucin de Multa u Ordenes depago.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    17/22

    Es un medio o modo por el cual , en ciertas condiciones, eldecurso del tiempo modifica sustancialmente una relacin jurdica

    Los derechos se extinguen cuando durante cierto tiempopermanecen inactivos o irreconocidos

    CARACTERSTICAS

    Puede oponerse aen cualquier estado del procedimientoadministrativo o judicial (Art. 49 C.T.) El pago voluntario de la obligacin tributaria prescrita no dadereccho a solicitar la devolucin de lo pagado (Art 49 - C.T.)

    PLAZOS DE PRESCRIPCIN ( Art. 43 - C.T.)

    La accin para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los 4 aos, y alos 6 aos para quienes no hayan presentado la decllaracin respectiva. Cuando el agente de retencin o, persepcin no ha pagado el tributoretenido o percibido las acciones prescriben a los 10 as.La accin para solicitar o efectuar la compensacin, y solicitar la devolucinprescribe a los 10 aos.

    LA PRESCRIPCION

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    18/22

    SOLICITUD DE PRESCRIPCIN0 Slo puede ser solicitada por quien tiene inters que ella se consume.

    0 El Cd.Trib. Considera que el nico interesado es el deudor tributario(Art.$/-C.T.)

    CMPUTO DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCIN

    1

    Desde el 1 deenero

    siguiente a lafecha

    en que vence el plazo para la presentacin de ladeclaracin anual

    2En que la obligacin sea exigible, respecto detributos que deban ser determinados por el deudortributario no comprendido anterior.

    3De nacimiento de la obligacin tributaria, en loscasos de tributos no comprendidos anterior.

    4En que se cometi la infraccin o, cuando no seaposible establecer cuando la A.T. detect

    5En que se efectu el pago indebido o exceso

    6

    En que nace el crdito por tributos cuya devolucin

    se tiene derecho a solicitar.

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    19/22

    INTERRUPCIN DE LA PRESCRIPCIN (Art. 45 del C.T.)

    1

    E

    lplazo

    de

    prescripc

    ind

    e

    la

    Facultad deadministracin tributariapara determinar laobligacin tributaria seinterrumpe por

    presentacin de una solicitudde devolucin el reconocimiento expreso dela obligacin tributaria

    2

    accin para exigir el pago de

    la Obligacin tributaria seinterrumpe por

    la notificacin de la orden de

    pago, resolucin de multa. el pago parcial de la multa.

    3

    De la accin de aplicarsanciones se interrumpepor

    La notificacin de cualquier actode la administracin tributaria. la presentacin de solicitud de

    devolucin

    4

    Accin para solicitar oefectuar la compensacin,as{i como para solicitardevolucin se interrumpe

    por

    la presentacin de devolucin ocompensacin. la notificacin del acto admin.que reconoce cuanta de un pago

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    20/22

    SUSPENSIN DE LA PRESCRIPCIN0 En la suspensin de la prescripcin hay un plazo que no se cuenta (Art. 46)

    1

    e

    pr

    escripcind

    e

    la

    accinp

    ara

    Determinar laobligacin yaplicarsanciones sesuspendedurante

    la tramitacin de l procedimientocontencioso tributario. la tramitacin de la demanda contenciosa-administrativa del proceso constitucional deamparo de cualquier proceso judicial.

    2

    Exigir el pago dela obligacintributaria sesuspende durante

    la tramitacin del proceso contenciosotributario. la tramitacin de la demanda contencioso-admin.El lapso que el deudor tributario tenga la

    condicin de no habido.El plazo que se encuentre vigente elaplazamiento

    Solicitar oefectuar lacompensacin,

    as como para

    el procedimiento de solicitud de compensacino de devolucin.La tramitacin del proced. Contencioso-

    tributario. -

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    21/22

    La prescripcin extingue la accinde la Administracin paradeterminar la deuda tributaria, ascomo la accin para exigir su pago yaplicar sanciones

  • 7/30/2019 Transmision y Extincion de La Obligacion Tributaria

    22/22

    FIN