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CONCLUSIONES DE LOS CUESTIONARIOS REMITIDOS A LAS DIPUTACIONES
PROVINCIALES, CABILDOS Y CONSEJOS INSULARES. 2010-2011
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Índice
1. Introducción. ........................................................................................................................... 3 2. Objetivos del estudio. .............................................................................................................. 3 3. Metodología. ........................................................................................................................... 4 4. Resultados............................................................................................................................... 6 4.1. La atención a la dependencia en el sistema público de los servicios sociales de la comunidad. 6 4.2.- análisis de la gestión de los procedimientos. ...................................................................... 14 4.3.- acciones y programa en materia de autonomía personal y atención a la dependencia. ........ 15 4.4.- análisis del impacto de la ley sobre los profesionales. ......................................................... 21 4.5 financiación. ........................................................................................................................ 22 5. Conclusiones. ........................................................................................................................ 27
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1. INTRODUCCIÓN.
Desde la Comisión de Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, en 2008, se
ponen en marcha 11 Grupos de Trabajo sobre diferentes materias de incidencia directa en
los Gobiernos Locales intermedios.
En este contexto, nace el Grupo de Trabajo sobre la Ley de Autonomía Personal y Atención
a la Dependencia: su repercusión en los Gobiernos Locales intermedios, que queda
compuesto por representantes políticos y técnicos de las Diputaciones de Sevilla, Valladolid,
Barcelona y Consell Insular de Mallorca. Actuando como coordinadora del Grupo de Trabajo
la Diputación de Sevilla.
En la reunión de constitución del Grupo de Trabajo de la Ley de Autonomía Personal y
Atención de la Dependencia: su repercusión en los Gobiernos Locales intermedios, quedaron
fijados los objetivos de dicho Grupo de Trabajo:
1. Foro de análisis y debate de los distintos aspectos de la Ley de la Autonomía Personal
y Dependencia que afectan tanto a los Gobiernos Locales intermedios como a la
Administración Local en general.
2. Homogeneización de las actuaciones y establecimiento de líneas comunes de
trabajo.
3. Se plantea al Grupo de Trabajo como elemento difusor de buenas prácticas
desarrolladas desde las distintas Administraciones intermedias hacia el resto de
Administraciones locales.
2. OBJETIVOS DEL ESTUDIO.
Para la consecución de los objetivos planteados, el Grupo de Trabajo acordó, entre otras
actuaciones, la elaboración de un análisis específico de la implantación de la Ley de
Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en cada territorio, y en consecuencia, cuál
es el papel desempeñado por los Gobiernos Locales intermedios.
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3. METODOLOGÍA.
Para la elaboración del presente informe, en 2009, se remitió un cuestionario al conjunto de
Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares.
A fecha del presente informe, las Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares que han
cumplimentado y remitido el cuestionario han sido:
• Diputación Provincial de A Coruña.
• Diputación Provincial de Albacete.
• Diputación Provincial de Badajoz.
• Diputación Provincial de Barcelona.
• Diputación Provincial de Burgos.
• Diputación Provincial de Ciudad Real.
• Diputación Provincial de Córdoba.
• Diputación Provincial de Cuenca.
• Diputación Provincial de Guadalajara.
• Diputación Provincial de Girona.
• Diputación Provincial de Granada.
• Diputación Provincial de Huelva.
• Diputación Provincial de Huesca.
• Diputación Provincial de Jaén.
• Diputación Provincial de Lleida.
• Diputación Provincial de Ourense.
• Diputación Provincial de Pontevedra.
• Diputación Provincial de Salamanca.
• Diputación Provincial de Segovia.
• Diputación Provincial de Sevilla.
• Diputación Provincial de Tarragona.
• Diputación Provincial de Toledo.
• Diputación Provincial de Valladolid.
• Diputación Provincial de Zamora.
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• Diputación Provincial de Zaragoza.
• Cabildo Insular del Hierro.
• Cabildo Insular de la Gomera.
• Cabildo Insular de Tenerife.
• Cabildo Insular de Lanzarote.
• Consell Insular de Mallorca.
• Consell Insular de Menorca.
En total se dispone de 31 cuestionarios cumplimentados, resultando el grado de
participación de un 65%.
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4. RESULTADOS.
4.1. LA ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA EN EL SISTEMA PÚBLICO
DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE LA COMUNIDAD.
4.1.1.- Marco competencial de los Gobiernos Locales intermedios.
Muchos de los Gobiernos Locales intermedios encuestados responden que tienen
competencias en la atención a la dependencia.
En el caso de la Diputación de Sevilla, los procedimientos de Evaluación y Elaboración del PIA
se realizan conjuntamente con el Ayuntamiento. Asimismo, la Diputación de Sevilla cuenta
con un equipo de Trabajadores Sociales de apoyo en las distintas zonas de Trabajo Social
lleva a cabo el proceso de elaboración de los PIAS, en colaboración directa con los
Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes.
En el caso de los Cabildos y Consejos Insulares, encontramos el caso del Hierro que expone
que se comparte con la Comunidad Autónoma y La Gomera se comparte con los
Ayuntamientos.
En Tenerife, no realizan estos procedimientos, los gestionan la Dirección General de Bienestar
Social del Gobierno de Canarias y los Cabildos.
En Mallorca la gestión está concentrada en el Gobierno de la Comunidad Autónoma, en
concreto con la Consejería de Asuntos Sociales y se realiza a través de una Fundación. En la
actualidad están en proceso de descentralización.
En la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, las Diputaciones no realizan
procedimientos de gestión, le corresponde a la Junta de Castilla- la Mancha y a los
profesionales del equipo de valoración de la propia Junta. No obstante, todas las
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Diputaciones comparten los procedimientos con la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta
de Castilla- la Mancha.
En el caso de Aragón, estos procedimientos los gestiona la Diputación General de Aragón.
Galicia, los procedimientos se inician desde los Servicios Sociales Municipales, o directamente
en las Delegaciones y se gestionan por las Delegaciones Provinciales de Vicepresidencia de
Igualdad y Bienestar de la Xunta.
En Cataluña, los procedimientos del proceso de atención a la dependencia se realiza de
forma compartida, por un lado, las corporaciones locales (ayuntamientos y consejos
comarcales) realizan las tareas de información, elaboración de PIA y gestión de servicios
básicos. Y, por otro lado, el Departamentote Bienestar Social y Familia de la Generalitat de
Cataluña realiza la valoración y la gestión de los servicios especializados.
4.1.2.-La gestión y registro de entrada.
En relación con la gestión, se ha preguntado a los Gobiernos Locales intermedios si disponen,
en la actualidad, de algún tipo de administración de entrada de solicitudes. Las respuestas, a
nivel general son muy dispares, pero en la mayoría de los casos, son los Ayuntamientos
quienes realizan esta tarea.
En Córdoba, Jaén y Huelva disponen de registro. En Granada recogen las solicitudes de los
Ayuntamientos y en Sevilla, las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Igualdad y
Bienestar Social de la Junta de Andalucía.
Los Cabildos y Consejos Insulares, hay tres que disponen de registro; El Hierro, La Gomera y
Menorca. Mientras que Tenerife no realiza este tipo de procedimientos, los gestiona la
Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias.
En Mallorca esta tarea la realiza la Dirección General de Atención a la Dependencia,
perteneciente a la Conserjería de Asuntos Sociales del Gobierno de la Comunidad Autónoma.
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En la Comunidad Autonómica de Castilla la Mancha, ninguna de las Diputaciones dispone de
registro. En Ciudad Real y Guadalajara se recogen en el registro de la Junta de la Comunidad
de Castilla La Mancha. Cuenca señala que la Diputación no tiene competencias en la Ley de
Dependencia.
En Aragón, ninguna de las Diputaciones dispone de registro sino que se registran en la
Diputación General de Aragón.
En Galicia, ninguna de las Diputaciones dispone de registro. A Coruña, Ourense y Pontevedra,
lo recogen las Delegaciones Provinciales de Vicepresidencia de Igualdad y Bienestar de la
Junta de Galicia y en Pontevedra también los Ayuntamientos.
Finalmente, en Cataluña las Diputaciones no disponen de registro específico, Barcelona
señala que éstos se realizan por los Ayuntamientos y por las Oficinas de la Generalitat de
Cataluña.
4.1.3.- La valoración.
Otro de los aspectos que se ha estudiado en función de los cuestionarios cumplimentados
han sido las competencias técnicas de los Gobiernos Locales intermedios, en cuanto a la
valoración, informe, resolución y revisión.
La mayor parte de los que han respondido a la encuesta, indican que es el Gobierno de la
Comunidad Autónoma quien tiene la potestad.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía la valoración siempre se realiza a través de la
Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. No obstante, la
elaboración del PIA, se realiza mediante la intervención de los Servicios Sociales Comunitarios
del municipio, en el caso de Sevilla, con el apoyo de equipos dependientes de la Diputación.
La Delegación Provincial correspondiente, de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de
la Junta de Andalucía realiza el seguimiento, control y revisión de casos, se realiza desde los
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Servicios Sociales Comunitarios y de manera complementaria por los Servicios de Inspección
de la Comunidad Autónoma.
En los Cabildos, la valoración, la elaboración del PIA y el seguimiento y control siempre se
realiza a través de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias.
En cuanto a Baleares, actualmente realiza las funciones expresadas la Fundación Balear de
Atención a la Dependencia (pendientes de transferir los equipos de valoración al Consell
Insular en el 2009).
En Castilla la Mancha, encontramos que Cuenca no contesta el cuestionario aduciendo que
no tienen competencias en la Ley de Dependencia. Ciudad Real y Guadalajara, en cuanto a la
valoración, siempre se realiza a través de los equipos de valoración de la Comunidad
Autónoma de Castilla La Mancha. Respecto a la elaboración de la PIA se realiza mediante la
intervención de los Servicios Sociales Comunitarios de municipio junto con los Equipos de
Valoración de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha. Guadalajara, en cambio no
menciona en este proceso la intervención de los servicios sociales comunitarios.
En la Comunidad Autónoma de de Aragón, ninguna de las Diputaciones provinciales tiene
intervención en el procedimiento, todo le corresponde a la Diputación General de Aragón.
En Castilla y León, la valoración, en Valladolid son los CEAS (Centros de Acción Social) que son
Servicios Sociales Básicos, dependientes de las Corporaciones Locales y también los Equipos
de Atención Primaria de los Centros de Salud, que dependen SACYL (Sanidad de Castilla y
León) y la Gerencia Territorial de Servicios Sociales para personas que están en centros de
Mayores, tanto públicos como privados. En Burgos, la Valoración la realiza la Diputación a
través de los Servicios Sociales de Base para los expedientes de usuarios en municipios
menores de 20.000 habitantes y centros propios, y la Gerencia de Servicios Sociales, para
expedientes de usuarios que se encuentran en centros de su dependencia.
En Salamanca, la valoración se divide en dos, por un lado la valoración funcional y por otro la
social. Se refiere a valoración funcional:
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• Personas que residen en domicilios; Diputación Provincial; Trabajadores Sociales de
los CEAS y de los Ayuntamientos que cuentan con Convenios suscritos con la
Diputación para la prestación de servicios sociales básicos. Las personas que se
encuentran en Programa de Inmovilizados de la Cartera de Servicios de SACYL, son
valoradas por profesionales de enfermería de los Centros de Atención Primaria.
• Personas que residen en centros residenciales: Centros públicos de titularidad
Gerencia de Servicios Sociales y centros privados: Valoradores de la Gerencia
Territorial de Servicios Sociales. Centros residenciales de titularidad de la Corporación
Local: Valoradores de la Diputación.
• Menores de tres años: valoran profesionales del Centro Base de la Gerencia Territorial
de Servicios Sociales
Y la valoración social:
• Personas que residen en domicilios: Diputación Provincial: Trabajadores Sociales de
los CEAS y de los Ayuntamientos que cuentan con Convenio con la Diputación para
la prestación de servicios sociales básicos.
• Personas que residen en centros residenciales: Centros públicos de titularidad
Gerencia de Servicios Sociales y centros privados: Valoradores de la Gerencia
Territorial de Servicios Sociales. Centros residenciales de titularidad de la Corporación
Local: Valoradores de la Diputación.
En Zamora, el CEAS en la Valoración de los solicitantes que están en su domicilio y el SACYL
en los que están incluidos en el servicio de inmovilizados y la Gerencia de Servicios Sociales
en los Institucionalizados.
En cuanto a la elaboración del PIA, en Valladolid, las Gerencias Territoriales de Servicios
Sociales de la Junta de Castilla y León (sobre la base de las informaciones elaboradas por
lo/as valoradores/s-BVD- y el informe social elaborado por CEAS, junto con otra
documentación propia del procedimiento).
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En Burgos, es la Diputación a través de los Servicios Sociales de Base- para expedientes de
usuarios con residencia en municipios menores de 20.000 habitantes-. En Salamanca, la
Gerencia Territorial de Servicios Sociales. Y en Zamora, CEAS y Gerencia de Servicios Sociales
de la Comunidad Autónoma. Como punto de referencia de los servicios sociales, el CEAS
suele conocer a la familia, y mantiene contacto con ella. Si hay alguna variación en la
situación económica, familiar o social o quieren realizar cualquier modificación en el PIA, se
les ayuda.
En lo referente a la emisión de Resolución de casos, en todas las provincias dicha
responsabilidad recae en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales de la Junta de
Castilla y León.
El seguimiento, control y revisión de casos, nos indican que en Valladolid, corresponde a Las
Gerencias Territoriales de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León y los CEAS. En
Burgos, lo realiza por un lado la Diputación-Servicios Sociales de Base- para expedientes de
usuarios con residencia en municipios de menos de 20.000 habitantes y centros propios
junto con la Gerencia de Servicios Sociales- para expedientes de usuarios que se encuentran
en centros de su dependencia. En Salamanca, el inicio del procedimiento de revisión
corresponde a la gerencia territorial de servicios sociales; el resto se realiza de acuerdo a lo
expuesto en apartados anteriores. Y en Zamora, la Gerencia de los Servicios Sociales de la
Comunidad Autónoma, con el apoyo para el seguimiento de las familias de los CEAS.
En la Comunidad Autónoma de Galicia, realizan estos tramites los equipos de valoración de la
dependencia de la Delegaciones Provinciales de Vicepresidencia de Igualdad y Bienestar de
la Junta de Galicia, y en el caso de Ourense y Pontevedra también la/os trabajadora/es
sociales de los Ayuntamientos comparten con los equipos anteriores el seguimiento, control
y revisión de casos.
En Cataluña, la valoración de la dependencia la realizan equipos especializados y
territorializados que dependen del departamento de Bienestar Social y familia de la
Generalitat de Cataluña. Mientras que la elaboración y prescripción de los PIAs la realizan los
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equipos de los servicios sociales básico de las corporaciones locales. Posteriormente, el PIA es
validado por el departamento de Bienestar Social y familia que emite una resolución oficial
final.
4.1.4.- Recomendaciones sobre la gestión.
Los Gobiernos intermedios de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Córdoba valora
como muy positivo el desarrollo y ampliación del recurso. Jaén, considera que se podría mejorar
la agilidad y eficacia del Sistema de Dependencia, así como la coordinación existente con la
Delegación Provincial de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social. Destacan el buen
conocimiento de la realidad y la cercanía a las personas implicadas de los que
intervienen en el proceso. En cuanto a las dificultades, el volumen generado por el sistema de
dependencia no está correlacionado con el aumento de personal, habiéndose resentido la red
de Servicios Sociales Comunitarios, que tendrían que contar con una estructura de personal
más sólida y numerosa para el sostenimiento del Sistema.
Granada señala la necesidad de una coordinación muy estrecha al compartir un mismo
procedimiento ante el ciudadano. En la misma línea, Sevilla destaca la necesidad de mejorar la
coordinación entre la Administración Local y Autonómica, especialmente en lo que se refiere a
la recepción de información actualizada sobre la situación de cada persona solicitante, así como
la necesidad de una mayor celeridad en la tramitación de expedientes. Huelva no emite
ninguna respuesta a esta pregunta.
Entre los Cabildos y Consejos Insulares, Tenerife, señala dificultades derivadas de la existencia
previa de Planes Sectoriales para la atención a personas dependientes, con recursos, normativa
y modelo de financiación que es preciso armonizar con lo establecido en la Ley. Hasta el
momento, la Consejería de Bienestar Social de Gran Canaria está llevando a cabo todo el
proceso de implantación. Aún no se ha establecido el marco de coordinación necesario con
los Cabildos Insulares que, por su parte, tienen las competencias de gestión en este ámbito.
Recientemente se ha constituido una Comisión Técnica formada por los siete Cabildos Insulares
y el Gobierno Canario a fin de desarrollar un Plan Canario de Atención a la Dependencia que,
entre otros objetivos, establezca los cauces de coordinación y participación de las
administraciones insulares en la aplicación de la Ley.
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La Gomera plantea que los Cabildos Insulares deberían tener atribuidas más competencias y
participar en las valoraciones y PIAS.
El Hierro y Menorca no plantean ninguna propuesta.
En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Ciudad Real señala la necesidad de mejora
en la orientación y derivación hacia las Unidades de Gestión. Mientras que Guadalajara, no
aporta ninguna propuesta.
En Castilla y León, Valladolid, plantea la necesidad de apoyo de profesionales especializados
en las valoraciones funcionales-BVD- de especial dificultad como son las personas con
discapacidad por enfermedad mental y por discapacidad intelectual, mayor apuesta por los
Servicios (en detrimento de las prestaciones económicas, consideradas en la Ley como
excepcionales): servicios de carácter comarcal o distribuido geográficamente por la provincia
llegando a todas las localidades. Zamora, propone minimizar el tiempo de resolución del
trámite y mayor coordinación con todas las administraciones intervinientes.
En Galicia, Pontevedra destaca la necesidad de mejorar la información, formación y
coordinación.
En Cataluña, la Diputación de Barcelona pone el acento en los siguientes ejes de actuación que
deberían implementarse en el sistema de atención a la dependencia para mejorar su
despliegue y consolidación:
• Acceso al sistema: la coordinación y armonización de procedimientos por parte de las
diferentes administraciones competentes son requisito indispensable para garantizar los
derechos reconocidos por la Ley.
• Fomento de servicios: Como es sabido, el espíritu de la ley define la preeminencia de la
oferta de servicios a las personas sobre las prestaciones económicas. La realidad ofrece un
panorama distinto que puede generar efectos no deseados en el sistema: calidad, personas
cuidadoras, economía sumergida, etc. Especial interés tiene el caso de la atención a domicilio
que adquiriría mayor importancia en el futuro, con la necesaria calidad y financiación del
servicio.
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• Financiación: La falta de financiación suficiente es un tema reconocido por todo el
sector y que ha acompañado el despliegue de la LAPAD. Obviamente, si se quiere cubrir los
objetivos de dicha Ley y dar respuesta a todas las personas que tienen derechos adquiridos,
sólo se podrá alcanzar con una financiación suficiente.
• Sistemas de información y comunicación: En lo que respecta a la comunicación, es
necesario reforzar las puertas de acceso al sistema, dotando a los profesionales que reciben las
demandas de información suficiente y real para dar inicio a los procedimientos que se deriven y
dando seguimiento a los casos que se atienden. En cuanto a los sistemas de información, el
grado de dispersión de la información originada en los registros de diferentes administraciones
necesita actualizar las fuentes de información con datos que permitan orientar decisiones en
base a la situación real de prestaciones del sistema.
En resumen, los Gobiernos Intermedios señalan como elementos a mejorar:
1.- Personal especializado y que pueda dar cobertura a las necesidades.
2.- Coordinación entre los agentes implicados; Administraciones Públicas.
3.- Rapidez en la gestión de orientación y derivación, y canales claros.
4.- Sistemas de información y comunicación.
5.- Financiación.
4.2.- ANÁLISIS DE LA GESTIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS.
4.2.1.- La gestión de la satisfacción.
En este punto del cuestionario se requería a los Gobiernos Locales intermedios que se
especificaran qué mecanismos suelen utilizar para valorar la gestión por parte de los usuarios.
En general, pocos Gobiernos Locales intermedios dicen evaluar la satisfacción de los usuarios,
únicamente, Huelva, Sevilla, Jaén, La Gomera y Guadalajara dicen disponer de estos datos.
Girona recoge datos de valoración referentes a la teleasistencia. Y Barcelona recoge los datos
de satisfacción de usuarios relacionados con el servicio de atención domiciliaria
(teleasistencia y servicio de ayuda a domicilio-SAD), pero estos programas no están
vinculados formalmente al despliegue de la Ley, sino que ya existían previamente.
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4.2.2.- La gestión de la información
Otro elemento sobre el que se centró el cuestionario hace referencia a la tarea de gestión de
la información relacionada con la Ley.
En Andalucía, todas las provincias excepto Granada utilizan el módulo específico sobre
dependencia del SIUSS. Granada dispone de un sistema de información propio para la
gestión.
Cabildos y Consejos Insulares, no utilizan el módulo específico del SIUSS, sólo Mallorca dice
utilizarlo, limitándose su uso al acceso a la información.
Castilla y León, todas tienen un sistema de información propio para la gestión, denominado
SAUSS.
En Cataluña, ninguna de las Diputaciones gestiona directamente trámites relacionados con la
dependencia.
4.3.- ACCIONES Y PROGRAMA EN MATERIA DE AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A
LA DEPENDENCIA.
En este apartado quedan recogidos las tareas, acciones y/o programas que en materia de autonomía personal y dependencia realizan las Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares.
ANDALUCÍA
Diputación de Córdoba
Acción y/o programa Programas de ayudas. Programas Complementarios. Apoyo Técnico. Diputación de Jaén Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Servicio de Ayuda a Domicilio Unidad de Mayores Teleasistencia Domiciliaria Unidad de Mayores Programas de Envejecimiento Activo Psicólogo Atención Residencial Dirección del Área
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Diputación de Granada
Acción y/o programa Acogimiento Familiar. Programa Navidad. Diputación de Sevilla
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Prevención de Dependencia Área de servicios a personas
dependientes y derechos sociales Residencias de Mayores Área de servicios a personas
dependientes y derechos sociales Residencias Personas con discapacidad psíquica
Área de servicios a personas dependientes y derechos sociales
Centro de Día/Estancia diurna de Alzheimer
Área de servicios a personas dependientes y derechos sociales
Formación Familias Cuidadoras Área de servicios a personas dependientes y derechos sociales
CABILDOS Y CONSEJOS INSULARES
Cabildo Insular de Tenerife
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Servicio de atención residencial para personas con discapacidad
Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS)
Servicio de atención residencial para personas mayores dependientes
Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS)
Servicio de atención diurna para personas con discapacidad
Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS)
Servicio de atención diurna para personas mayores dependientes
Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS)
Cabildo Insular de El Hierro
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Residencia de Mayores Consejería de Bienestar Social Servicio de Ayuda a Domicilio Teleasistencia Consell Insular de Menorca
Acción y/o programa
Acogimiento Familiar. Programa Navidad.
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Consell Insular de Mallorca Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable
Servicio de valoración para acceder a recursos
Coloma Poquet
Gestión de residencias propias y centros de Día concertados
Javier de Juan
Equipos de prevención de dependencia Coloma Poquet
CASTILLA LA MANCHA
Diputación de Ciudad Real Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Convocatoria de Ayudas a menores coDiscapacidad
Servicios Sociales e Igualdad de Género
Diputación de Guadalajara
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Formación Específica para personas dependientes
Área de Servicios Sociales
Diputación de Albacete
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Solicitud Ayuda a Domicilio Consorcio de Servicios Sociales Solicitud de Comidas a Domicilio Consorcio de Servicios Sociales Solicitud de Acompañamiento Personal Consorcio de Servicios Sociales Programa de Supervisión y Seguimiento Técnico Consorcio de Servicios Sociales Residencia Asistida “San Vicente de Paul” Servicios Sociales y Sanitarios
CASTILLA Y LEÓN
Diputación de Valladolid
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Programa de personas mayores Equipo técnico de animación
social (6 profesionales) Programas de Respiro Trabajadores/as sociales de los CEAS y
asistencia técnica de entidades especializad as contratadas
Servicio de Ayuda a Domicilio Trabajadores/as sociales Teleasistencia Domiciliaria Trabajadores/as sociales Residencia de personas mayores y Centro de Día
Equipo multiprofesional
Centros de Día para personas con discapacidad intelectual y enfermedad mental
Asistencia Técnica de entidades especializadas contratadas
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Diputación de Burgos Acción y/o programa
Ayuda a Domicilio. Teleasistencia. Apoyo a cuidadores de Personas Dependientes. Diputación de Salamanca
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Programa “Depende deTi” Coordinación de Acción Social Grupo de apoyo a Familias cuidadoras de personas dependientes
Coordinación de Acción Social
Programa de atención a domicilio de personas con demencia en el ámbito rural
Coordinación de Acción Social
Comidas a domicilio Sección de prestaciones Diputación de Zamora
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Programas de Prevención CEAS- Programa de Animación
socio-comunitaria Servicios de Ayuda a Domicilio y Servicio de Teleasistencia Domiciliaria
CEAS
Diputación de Segovia
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Programa de ejercicio físico y Alimentación saludable.
Servicios Sociales Básicos
Formación a cuidadores. Servicios Sociales Básicos Programa de circuitos biosaludables Deportes/Servicios Sociales Programa de ayuda a domicilio Servicios Sociales Básicos Programa de teleasistencia domiciliaria Servicios sociales básicos Centros residenciales para mayores y para discapacitados
Área de asuntos sociales y deportes
Programa especifico de atención a la dependencia y discapacidad
Área de asuntos sociales y deportes
ARAGÓN Diputación de Zaragoza
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Teleasistencia Bienestar Social y Desarrollo
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Diputación de Huesca Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable
Teleasistencia Régimen Interior y Bienestar Social.
GALICIA Diputación de Pontevedra
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Teleasistencia domiciliaria Formación en Dependencias Recursos Humanos
CATALUÑA
Diputación de Girona
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable
Servicio de teleasistencia Acción social y Cooperación al Desarrollo Diputación de Barcelona
Acción y/o programa Unidad/Área/Equipo técnico responsable Ámbito de Envejecimiento Activo (talleres de fomento de la autonomía personal y/o prevención de la dependencia, soporte técnico y económico a los municipios)
Oficina de Soporte Técnico a
Autonomía personal y Atención a Dependencia Servicio de Acción Social
Ámbito de Atención Domiciliaria (Soporte técnico y económico al Servicio de Ayuda a Domicilio, gestión de la Teleasistencia, programa de Mejoras técnicas en domicilios de personas mayores y soporte técnico y económico general a los municipios).
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Autonomía personal y Atención a Dependencia
Servicio de Acción Social
Ámbito de atención a la Dependencia (Programa Respiro a familias, soporte a la atención de personas discapacitadas, soporte a familias cuidadoras y soporte técnico a los municipios)
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Autonomía personal y Atención a Dependencia
Ámbito Inserción laboral en el sector de Servicios a las personas. (dependencia): Programa ILOQUID: Iniciativas Locales de Empleo para la Calidad y Dinamización del Sector del Servicios a las personas en el territorio.
Oficina de Soporte Técnico a Autonomía personal y Atención a Dependencia
Servicio de Acción Social Servicio de Tejido Productivo (Área d
Desarrollo Económico de la Diputació
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C/ Nuncio, 8 -28005 Madrid • Tfno 91 364 37 00 • Fax 91 365 54 82 • www.femp.es
de Barcelona) Ámbito Estancias Temporales RESPIR
Gerencia de Servicios Residenciales
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4.4.- ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LA LEY SOBRE LOS PROFESIONALES.
En todas las provincias de Andalucía se han creado unidades específicas y/o han ampliado las ya existentes en los Servicios Sociales comunitarios. En Andalucía, no se ha dispuesto de protocolos de contratación específico, sino que en todas las provincias se han seguido modelos de gestión de contratación acordes con la Ley y en todas se han efectuado contrataciones directas. En Sevilla y Huelva también se han realizado junto a las directas, contrataciones indirectas. La formación, en Andalucía, se ha realizado a través de través de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía y en la mayoría, excepto en Sevilla, los profesionales compatibilizan sus tareas de la dependencia con otras no vinculadas al desarrollo y aplicación de la Ley. En los Cabildos y Consejos Insulares ninguno ha creado unidades específicas. En el caso de Tenerife se ha realizado por parte de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias. El Hierro ha realizado contrataciones directas e indirectas, Menorca solo directas. Solo refieren planes de formación específicos en Menorca y Mallorca señalando este último su coste en 25.000 €, añadido al hecho de que se contemplaba integrado en un Plan de Formación para toda la Entidad. Los profesionales realizan solo las tareas de la dependencia en Tenerife y la Gomera. En El Hierro, Menorca y Mallorca la compatibilizan con otras. En la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha tampoco se han creado unidades específicas. Ni se ha dispuesto de protocolo de contratación ni de plan de formación específico. En Castilla y León, no se han creado unidades específicas, aunque si se han ampliado y reorganizado la estructura de los servicios. En Burgos se ha dispuesto de un protocolo de contratación específico. La tipología de contrataciones ha sido directa en todas las provincias. En Valladolid también se han realizado contrataciones indirectas. La formación se realiza en colaboración con la Junta de Castilla y León. En Burgos y Zamora los profesionales no compatibilizan las tareas de la dependencia con otras. Aragón, en ninguna de las Provincias, se ha creado unidades específicas ni se ha dispuesto de protocolo de contratación o Plan de formación específico. En Galicia, las provincias de A Coruña y Pontevedra no han creado unidades específicas, pero en Ourense si que ha creado una Oficina de Atención a la Dependencia para usuarios y Entidades Locales municipales. En ninguna caso se han empleado protocolos de contratación específicos. Pontevedra ha contemplado la formación específica a través de cursos de formación: presenciales y on-line. Los profesionales estos no compatibilizan las tareas de la dependencia con otras.
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Cataluña, en Tarragona no se han creado unidades específicas. En Girona se han creado Unidades Administrativas específicas especialmente desde los Consells Comarcals. En esta provincia, el tipo de contrataciones de profesionales para la Ley de Dependencia han sido indirectas, mediante prestación de ayudas económicas a los Consells Comarcales, contemplando la posibilidad de que los profesionales contratados puedan compatibilizar sus tareas con otras no vinculadas al desarrollo de la Ley de Dependencia. En el caso de la Diputación de Tarragona no contratan al no realizar ningún trámite relacionado con la Dependencia. En la Diputación de Barcelona se ha creado una oficina especializada de apoyo técnico y económico dirigido a los Ayuntamientos de la provincia de Barcelona, es la Oficina de soporte Técnico a la Autonomía personal y Atención a la Dependencia.
4.5 FINANCIACIÓN.
El aspecto de la financiación es distinto por completo en cada provincia, con un desarrollo, en cuanto a todos los aspectos señalados, muy diferente, en función tanto de la Normativa Autonómica vigente como la existencia de ordenanzas que permiten la recaudación del copago, siendo el nivel de implantación del mismo muy diferente en cada Comunidad Autónoma y entre las distintas provincias. La gran mayoría de las Provincias, señala que el presupuesto existente no cubre los servicios prestados y contemplados por la Ley. En el cuadro que a continuación se incluye, se puede ver la contribución a la Financiación de cada Gobierno Local intermedio, el nivel de desarrollo del copago y el Presupuesto/Cobertura del coste.
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ANDALUCÍA
Diputaciones Contribución a la Financiación Nivel de desarrollo del copago Presupuesto/Cobertura del coste Córdoba A través de programas
complementarios y financiando a municipios e iniciativas sociales
Muy alto, cumpliendo los baremos de la Comunidad Autónoma en materia de copago
No cubre el coste
Jaén Directamente no está contemplada cofinanciación de las entidades locales. Se han completado los créditos transferidos por parte de la Consejería para la igualdad para el refuerzo de la Red de S. Sociales
De acuerdo a la normativa que lo regula, los/las beneficiarios/as de la Ley hacen frente al copago correspondiente de acuerdo a su nivel de rentas.
Infraestructuras: La dotación de la provincia no es deficitaria. Las dificultades se tienen en cuanto a la ubicación del personal de refuerzo de la red de comunitarios y la ubicación del personal de la Consejería que realiza las valoraciones y que también se encuentran en los centros de Servicios .Sociales Comunitarios. Recursos humanos: Aún se hace necesario reforzar algunos centros de S. Sociales. Se está estudiando este refuerzo adicional. Transporte/accesibilidad: Se hace necesario hacer extensivo a todos los recursos la disponibilidad de un transporte, aunque en la actualidad son escasos los que no disponen de el. Dispersión Geográfica: No hay dificultades
Granada Contratación de personal, equipamientos informáticos, Formación e infraestructuras.
Desarrollo completo con la aprobación de ordenanzas que permiten su recaudación
No contestan
Sevilla Toda la financiación procede de la Junta de Andalucía
No está aún desarrollado Infraestructuras: Se han aprovechado infraestructuras anteriores Recursos humanos: Se han realizado esfuerzos a fin de cubrir el coste de esos servicios pero todavía no se ha alcanzado el 100%. Transporte/accesibilidad: No se cubren los gastos que ocasionan. Dispersión Geográfica: No
Huelva Poniendo a disposición de la aplicación de la Ley, toda la red de profesionales de Servicios Sociales Comunitarios
La Diputación , establece la Tasa para la prestación del SAD, la cual se rige por la Ordenanza fiscal de la Tasa reguladora del SAD de la Diputación de Huelva (BOP nº 249 de 30 de diciembre de 2008)
No pueden valorar si el coste del servicio final prestado al ciudadano cubre el gasto, esto lo valora Administración Autonómica. Se considera que lo que no está incluido en este coste del servicio en cuanto a los cuatro aspectos señalado serían: Infraestructuras: Necesarias para acoger a todos/as los/as profesionales que gestionan. Recursos humanos: El personal que desde el sistema público de S. Sociales, recepciona la demanda, tramita la valoración de grado y nivel de dependencia, realiza informes sociales y PIA, gestiona, pone en marcha algunos de los recursos del catálogo de la Ley (en el caso de las corporaciones locales el SAD). Transporte/accesibilidad: Sobre todo a los centros de estancia
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diurna ubicados en zonas rurales y que atienden a más de un municipio. Dispersión Geográfica: Se hace necesario elaborar un mapa de recursos de la dependencia sobre todo en las zonas rurales con criterios objetivos sobre el grado de necesidad, de dispersión geográfica, tiempos máximos de desplazamientos, gestión innovadora en estos territorios…
CABILDOS Y CONSEJOS INSULARES Diputaciones Contribución a la Financiación Nivel de desarrollo del
copago Presupuesto/cobertura del coste
Tenerife Aún no se han establecido mecanismos formales de coordinación para el despliegue de la Ley. Este cabildo tiene asumida la competencia de la gestión residencial y diurna para mayores y discapacitados y cofinancia al 50 % con el gobierno de Canarias las plazas actuales, creadas al amparo de planes Sectoriales de Mayores y Dicapacidad.
En estos momentos se sigue aplicando lo establecido en la normativa de la Comunidad Autónoma, que establece el copago en el caso de mayores dependientes, aunque no en discapacidad
Consideran que el presupuesto existente cubre el coste de los servicios prestados y contemplados por la Ley, en cuanto a los siguientes aspectos: Infraestructuras: La isla de Tenerife, y el conjunto de la Comunidad Canaria, necesita crear infraestructuras para la atención de personas dependientes, resultando totalmente insuficiente la dotación actual. En este terreno observamos una limitación importante en la financiación prevista. Recursos humanos. Transporte/ accesibilidad y Dispersión geográfica: (atendiendo a lo rural como aspecto diferencial). En nuestra opinión, la financiación para la aplicación de la Ley en Canarias no ha contemplado adecuadamente el coste de la insularidad ni la dificultad añadida de la fragmentación de nuestro territorio.
El Hierro Recursos propios 100% del Cabildo. Otro 50% compartidos con la Comunidad Autónoma
Ninguno Infraestructuras, recursos humanos transporte/ accesibilidad, y dispersión geográfica. Son escasos.
La Gomera En la prestación de servicios: Teleasistencia, Ayuda a domicilio, Plazas residenciales.
No contestan No contestan
Menorca No contestan No contestan Infraestructuras: No Recursos humanos: No, habría que considerar también la insularidad y la llamada doble insularidad (islas pequeñas como Menorca, Ibiza, Formentera) Transporte/ accesibilidad: No Dispersión geográfica: No
Mallorca Mediante la gestión de centros residenciales y otros recursos preventivos aportando un presupuesto de 41,5 millones de €, aproximadamente
Ya existía para las plazas de Residencia y Centro de Día concertados y propios del Consell Insular oscilando entre un 75%-85% del total de la pensión para Residencias y un 25% para los Centros de Día. Sobre el copago de la ley de dependencia, nuestra entidad no realiza PIAS.
Infraestructuras: No Recursos humanos: No Transporte/ accesibilidad: No Dispersión geográfica: No
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CASTILLA LA MANCHA
Diputaciones Contribución a la Financiación
Nivel de desarrollo del copago
Presupuesto/cobertura del coste
Ciudad Real No contribuye - - Cuenca “ - - Guadalajara “ - -
CASTILLA Y LEÓN
Diputaciones Contribución a la Financiación Nivel de desarrollo del copago
Presupuesto/cobertura del coste
Valladolid La normativa autonómica al respecto, derivada de los acuerdos estatales. En 2009, las corporaciones locales aprobaron la ordenanza para el servicio de ayuda a domicilio, consensuada y común en toda la Comunidad Autónoma. Se está trabajando en un sistema de ACCESO UNIFICADO a los servicios mediante acuerdos Comunidad Autónoma – Entidades Locales.
Infraestructuras: No Recursos humanos: No Transporte/ accesibilidad: No Dispersión geográfica: No
Burgos Con la prestación de los recursos anteriores a la Ley
Se preve modificar las ordenanzas del precio público del SAD, lavandería y teleasistencia.
Infraestructuras: No Recursos humanos: No Transporte/ accesibilidad: No Dispersión geográfica: No
Salamanca
En los términos del Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales.
El desarrollo en cuestiones relativas al copago viene determinado por normativa: ORDEN FAM/2044/2007, DE 19 DE DICIEMBRE, por la que se regulan provisionalmente los criterios para el cálculo de la capacidad económica, coeficiente reductor para prestaciones económicas, aportación del usuario en el coste de los servicios y régimen de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia en la Comunidad de Castilla y León.
No existe un presupuesto para los costes derivados de la aplicación de la Ley 39/2006 en la Diputación; es el general de los S. Sociales. Infraestructuras: No Recursos humanos: No Transporte/ accesibilidad: No Dispersión geográfica: No
Zamora Porcentaje correspondiente según el acuerdo marco de cofinanciación con la Gerencia de Servicios Sociales.
Orden FAM/2044/2007, de 19 de diciembre Corrección de errores a la Orden FAM/2044/2007. Orden FAM/323/2009, de 18 de febrero.
Infraestructuras: No Recursos humanos: Si, pero no en su totalidad no se dispone de los recursos humanos necesarios para la materialización de lamisca, requiere un sobreesfuerzo por parte de todos/as y porque hay que compatibilizarlo con el trabajo ya existente, que queda en segundo plano por la prioridad de la Dependencia Transporte/ accesibilidad: No Dispersión geográfica: No
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ARAGÓN Diputaciones
Contribución a la Financiación
Nivel de desarrollo del copago
Presupuesto/cobertura del coste
Zaragoza No contribuye, solo teleasistencia
- Estos datos no obran en nuestro poder
Huesca No contribuye - -
GALICIA Diputaciones Contribución a la
Financiación Nivel de desarrollo del
copago Presupuesto/cobertura del coste
A Coruña Mediante la financiación por
convenio municipal de los
servicios sociales de 69
municipios de la provincia
Se encuentra regulado por los municipios en sus Ordenanzas reguladoras
Infraestructuras: No Recursos humanos: No Transporte/ accesibilidad: No Dispersión geográfica: No Especialmente debido a la dispersión geográfica y a las dificultades de acceso a servicios por falta de transporte en el medio rural
Ourense No contestan No contestan No contestan Pontevedra En la formación de los
profesionales No contestan Infraestructuras: No
Recursos humanos: No Transporte/ accesibilidad: No Dispersión geográfica: No
CATALUÑA
Diputaciones Contribución a la
Financiación Nivel de desarrollo del
copago Presupuesto/cobertura del coste
Girona Dando soporte a las entidades que prestan el servicio, representando el 25% del total del presupuesto.
Estamos en fase experimental
No contestan
Tarragona No contestan No contestan No contestan Barcelona La Diputación de Barcelona
financia servicios municipales de atención a la dependencia tanto a nivel Servicios generales como en relación a los Servicios de Atención Domiciliaria y también diferentes programas vinculados a la autonomía personal.
Actualmente, el copago de los servicios sociales básicos es competencia de las corporaciones locales. La Diputación de Barcelona ha elaborado un modelo de copago consensuado con las entidades municipalistas para todos los Ayuntamientos de la provincia de Barcelona. Posteriormente, cada Ayuntamiento lo incorpora como reglamento municipal.
Infraestructuras, recursos humanos transporte/ accesibilidad, y dispersión geográfica: Existe un consenso en el sector de servicios sociales que considera los recursos económicos asignados para todas las administraciones públicas como insuficientes para cubrir las necesidades derivadas de la implementación de la Ley de la Dependencia. La Diputación de Barcelona coincide en este planteamiento.
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5. CONCLUSIONES.
o Se detecta una implicación importante de todos los Gobiernos Locales intermedios en la aplicación de la Ley de Dependencia.
o Mayoritariamente, la atención a la dependencia está integrada en el Sistema Público
de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma.
o La mayoría comparte los procedimientos con la Comunidad Autónoma y en algunas como La Gomera, con los Ayuntamientos.
o En cuestión de Registros de Entrada existe una diversidad dentro de las propias
Comunidades Autónomas y entre las distintas provincias.
o Los procedimientos parecen que están muy protocolizados y marcados por las Comunidades Autónomas, dejando poco margen de gestión a Entidades Locales.
o En pocas Administraciones se está llevando a cabo una evaluación de satisfacción de
usuario/as en relación a los procedimientos relacionados con la Ley de Dependencia.
o No existe uniformidad en la utilización del módulo específico sobre dependencia del
SIUSS para la gestión de los trámites. Existiendo incluso Comunidades Autónomas como Castilla y León que han desarrollado un sistema de información propio para la gestión de la misma (SAUSS).
o Casi todas las Administraciones refieren haber puesto en marcha tareas, acciones y/o
programas en materia de autonomía personal y dependencia. Resulta de interés disponer de una información más detallada, para poder llevar a cabo un intercambio de experiencias.
o En relación al impacto de la Ley sobre los profesionales, en la mayoría de las
Administraciones se ha ampliado el número de profesionales y se ha reorganizado la estructura de los servicios; pero esto no ha supuesto en todas la creación de Unidades Administrativas específicas.
o En cuanto al modelo de gestión de contratación de los profesionales relacionados
con la dependencia han sido tanto de tipo directas como indirectas.
o La formación se ha realizado fundamentalmente a través de las Consejerías, que tenían la competencia de desarrollar la Ley con la colaboración de las Diputaciones, siendo pocas las que han dispuesto de planes formativos con financiación propia.
o No existe uniformidad en cuanto a la realización de otras tareas por parte de los
profesionales contratados para el Desarrollo de la Ley de Dependencia.
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o El aspecto de la financiación es distinto por completo en cada provincia, con un
desarrollo en todos los aspectos señalados muy diferente, según tanto la Normativa Autonómica como la existencia de ordenanzas que permiten la recaudación del copago.