universidad central del ecuador facultad de …€¦ · yo, daniela estefanía lima pita, ......

115
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO PORTADA Trabajo de Titulación Modalidad Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de Abogada de los Tribunales y Juzgados de la República AUTORA: Lima Pita Daniela Estefanía. Quito, 2020 TUTORA: MSc .Herrera Garcés Solimar El Teletrabajo como garantía para la inclusión laboral de las personas privadas de libertad en los Centros de Rehabilitación Social

Upload: others

Post on 27-Sep-2020

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

PORTADA

Trabajo de Titulación Modalidad Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título

de Abogada de los Tribunales y Juzgados de la República

AUTORA: Lima Pita Daniela Estefanía.

Quito, 2020

TUTORA: MSc .Herrera Garcés Solimar

El Teletrabajo como garantía para la inclusión laboral de las personas privadas de libertad

en los Centros de Rehabilitación Social

Page 2: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

ii

DERECHOS DE AUTORA

Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, en calidad de autora y titular de los derechos morales y

patrimoniales del trabajo de titulación, EL TELETRABAJO COMO GARANTÍA PARA

LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD EN

LOS CENTROS DE REHABILITACIÓN SOCIAL, modalidad Proyecto de

Investigación de conformidad con el Art. 114 del CÓDIGO ORGÁNICO DE LA

ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E INNOVACIÓN,

concedo a favor de la Universidad Central del Ecuador una licencia gratuita, intransferible y

no exclusiva para el uso no comercial de la obra, con fines estrictamente académicos.

Conservo a mi favor todos los derechos de autor sobre la obra, establecidos en la norma

citada.

Así mismo autorizó a la Universidad Central del Ecuador para que realice la digitalización y

publicación de este trabajo de titulación en el repositorio virtual, de conformidad a lo

dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.

La autora declara que la obra objeto de la presente autorización es original en su forma de

expresión y no infringe el derecho de autor de terceros, asumiendo la responsabilidad por

cualquier reclamación que pudiera presentarse por esta causa y liberando a la Universidad de

toda responsabilidad.

En la ciudad de Quito, al primer día del mes de Enero del 2020.

Firma:

Daniela Estefanía Lima Pita

C.C.1718059312

Dirección electrónica: [email protected]

Page 3: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

iii

Page 4: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

iv

DEDICATORIA

Esta dedicatoria la hago en honor a todos aquellos quienes velaron por mi bienestar y

supieron guiarme a su manera, primero dándome la vida y convirtiéndome en el ser

maravilloso que ahora soy, una mujer luchadora, alegre, perseverante; que día a día se ha

esforzado para conseguir el título universitario en la prestigiosa Universidad Central del

Ecuador.

Este honor le otorgó a Mi MADRE Gina Martyka Pita Rodríguez, por su esfuerzo, a quién

admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

amor y tenacidad ha sido el motor de mi vida. El fiel reflejo que cristaliza el clásico adagio

“el que persevera, alcanza”.

También le dedico este apartado a mi padre René Alejandro Lima Pita, quien me enseño el

hábito de la lectura, a quien considero sinónimo de guía para continuar preparándome.

Ellos lograron convertirme en la mujer que soy, que paso a paso, he ido formándome en

carácter, llegando a conseguir que el amor propio y la constancia en querer superar mis

propias expectativas como estudiante, logró no solo reconocimiento en los patios de la

Facultad por medio de la entrega y ayuda a mis compañeros cuando ejercí el cargo de

Representante Estudiantil al Honorable Consejo Directivo, sino por mi mérito académico

accediendo a una beca.

Por último, pero más importante dedico este apartado también a mis hermosas hermanas

Sofía Lima y Katherine Sarango a quiénes amo mucho, les agradezco por estar siempre

dándome consejos, apoyándome en mis locuras, no sé qué podría hacer sin ustedes las admiró

mucho y quiero verlas triunfar siempre.

Page 5: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

v

AGRADECIMIENTOS

Agradezco mucho a Dios por bendecirme en cada paso de mi vida, para llegar a culminar

esta etapa profesional, le pido que continúe haciéndolo porque apenas es el inicio de una

meta cumplida.

Gracias a mis queridos profesores quienes me guiaron con su conocimiento en mi Carrera ,

en especial a la Dra. Solimar Herrera Garcés, mi tutora, quien me brindó su tiempo y

conocimiento, guiándome en mi tema, haciendo los correctivos necesarios para culminar mi

Tesis.

Mi agradecimiento inmenso a mí querida Dra. Margarita Medina que por su paciencia me

apoyo en este largo camino en el desarrollo de mi Tesis.

Mi admiración y mi eterno cariño al Dr. Edwin Argoti, por sus enseñanzas a nivel profesional

y ser como un padre para mí.

Mi aprecio y estimación a mis queridos docentes Dr. Patricio Sánchez Padilla, Dr César

Muñoz, Dr Patricio Salazar, ejemplo de entereza y dedicación.

Page 6: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

vi

AGRADECIMIENTOS

A las personas luchadoras que colaboraron en la realización de mi tesis como son las personas

que se encuentran en etapa de prelibertad en la Casa de Confianza Número Uno de Quito, Ex

Penal García Moreno, quienes se encuentran día a día luchando por superarse en medio de la

discriminación laboral que sufren en la sociedad.

Al Psicólogo Miguel Sandoval por ayudarme con la entrevista a las personas en prelibertad,

quien labora en la Casa de Confianza Número Uno de Quito.

Al Dr. Ernesto Pazmiño ex Director Nacional del Servicio de Rehabilitación Social, quien

me brindó una entrevista sobre la vida de las personas privadas de libertad, y me hizo

entender la realidad en la que viven las personas privadas de libertad.

Page 7: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

vii

AGRADECIMIENTOS

A la prestigiosa Universidad Central del Ecuador, Facultad de Jurisprudencia, Carrera de

Derecho; la mejor Universidad del país, quién me acogió en sus aulas, para forjarme

intelectualmente como una profesional al servicio de la sociedad.

Mi eterno agradecimiento a mis apreciados docentes de la Carrera de Derecho, quienes con

ahínco y empeño me han otorgado su sabiduría y cariño.

Y como no podían faltar mis mejores amigas de toda la vida Emilia Alejandra García, Naty

Guerrón, Melissa Trujillo, Juliana Pulles, Cynthia Martínez, y mi gran colega Luis Bryan

Garcés Morocho, quienes con su amistad incondicional y consejos me han empujado a ser

valiente.

Page 8: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

viii

ÍNDICE DE CONTENIDO

PORTADA ............................................................................................................................. i

DERECHOS DE AUTORA .................................................................................................. ii

APROBACIÓN DE LA TUTORA .....................................

................................................................................................................... iv

AGRADECIMIENTOS ......................................................................................................... v

AGRADECIMIENTOS ........................................................................................................ vi

AGRADECIMIENTOS ....................................................................................................... vii

ÍNDICE DE CONTENIDO ................................................................................................ viii

RESUMEN ........................................................................................................................... xi

ABSTRACT ........................................................................................................................ xii

1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................. 1

2. METODOLOGÍA .............................................................................................................. 4

2.1. Método de Investigación Utilizado................................................................................. 4

2.1.1 Método Analítico Sintético: ......................................................................................... 4

2.1.2 Método Hipotético Deductivo: ..................................................................................... 4

2.2. Técnicas e Instrumentos de Investigación ...................................................................... 5

2.2.1 Revisión Documental: .................................................................................................. 5

2.2.2 Entrevista: ..................................................................................................................... 5

2.2.2.1 Cuestionario: .............................................................................................................. 5

3.MARCO TEÓRICO ........................................................................................................... 7

3.1. Fundamentación Teórica y Doctrinal ............................................................................. 7

3.1.1. Situación laboral de las personas privadas de libertad en los Centros de

Rehabilitación Social. ............................................................................................................ 7

3.1.1.1Reconocimiento y Aplicación del Régimen Jurídico Laboral para las personas

privadas de libertad. ............................................................................................................... 7

3.1.1.2 Aportes e intervención del Estado a través de sus diferentes Instituciones para la

implementación del trabajo ................................................................................................. 11

3.1.1.3. Modalidades de Trabajo implementadas en el Ecuador para las personas privadas

de libertad en los Centros de Rehabilitación Social ............................................................ 14

.................................................iii

DEDICATORIA

Page 9: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

ix

3.1.1.4. Finalidad de la Rehabilitación Social e Inclusión Laboral en el Ecuador .............. 18

3.1.1.5. Problemas de la Rehabilitación Social e Inclusión Laboral en el Ecuador. ........... 20

3.1.1.6. Deficiencia del Fortalecimiento de la Política Penitenciaria en el Ecuador. .......... 22

3.1.2. El teletrabajo como garantía para la inclusión laboral. ............................................. 25

3.1.2.1 El teletrabajo modalidad de trabajo innovadora. ..................................................... 25

3.1.2.2 El teletrabajo como garantía. ................................................................................... 28

3.1.2.3 Experiencia legal de otros países en la implementación del teletrabajo en las

cárceles. ............................................................................................................................... 29

3.1.2.4. Criterios Jurídicos garantistas del Teletrabajo como modelo de inclusión laboral de

las personas privadas de libertad. ........................................................................................ 31

3.1.2.5 Elementos legales para el desarrollo del teletrabajo en el Ecuador. ........................ 33

3.1.2.6 Hacia una rehabilitación e inclusión laboral de las personas privadas de libertad. . 35

3.1.3. Implementación del teletrabajo para las personas privadas de libertad en la inclusión

laboral. ................................................................................................................................. 36

3.1.3.1 Aspectos para la implementación del teletrabajo en los centros de rehabilitación

social. ................................................................................................................................... 36

3.1.3.2. Ventajas de la Implementación del Teletrabajo para las personas privadas de

libertad. ................................................................................................................................ 37

3.1.3.3. Ventajas de la Implementación del Teletrabajo para el Estado. ............................. 39

3.1.3.4. Ventajas de la Implementación del Teletrabajo para las Empresas Privadas. ........ 40

4.RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN4 ................................................................. 41

4.1. Análisis y discusión de los resultados. ......................................................................... 41

4.1.1. Respecto a la Realidad de las Modalidades de Trabajo que realizan los privados de

libertad en los Centros de Rehabilitación. ........................................................................... 41

4.1.2. .... Acceso a la Educación y medios tecnológicos por parte de los privados de Libertad

en los Centros de Rehabilitación. ........................................................................................ 45

4.1.3. ........ Intervención del Estado en el dictamen de las políticas públicas con respecto a la

inclusión laboral. ................................................................................................................. 47

4.1.4 Teletrabajo como mecanismo de inclusión laboral para las personas privadas de

libertad. ................................................................................................................................ 49

Page 10: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

x

4.1.5 Recomendaciones para establecer políticas laborales de Rehabilitación Social. ....... 51

4.1.6 Viabilidad de la Implementación del Teletrabajo en los Centros de Rehabilitación del

Ecuador. ............................................................................................................................... 54

4.1.7 Creación de un Plan Piloto. ........................................................................................ 55

4.1.7.1 Aspectos Económicos. ............................................................................................. 57

4.1.7.2 Aspectos Recursos Humanos................................................................................... 58

4.1.7.3 Aspectos tecnológicos ............................................................................................. 58

4.1.7.4 Tipos de actividades de teletrabajo que realizarían los privados de libertad en los

Centros de Rehabilitación Social. ........................................................................................ 58

4.1.8 Reconocimiento de Derechos laborales para los privados de libertad en desarrollo del

teletrabajo. ........................................................................................................................... 59

4.1.9 Análisis del mecanismo para la Implementación del Teletrabajo para las personas

privadas de libertad en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. ............................................ 60

4.1.10 Teletrabajo como mecanismo de Redención de la Pena. ......................................... 63

5.CONCLUSIONES ............................................................................................................ 65

6.RECOMENDACIONES .................................................................................................. 67

REFERENCIAS .................................................................................................................. 69

BIBLIOGRÁFICAS ............................................................................................................ 69

NORMATIVAS .................................................................................................................. 72

DIGITALES ........................................................................................................................ 73

ANEXOS ............................................................................................................................. 76

ANEXO A: Cuestionario empleado para la entrevista estructurada a personas privadas de

libertad. ................................................................................................................................ 76

ANEXO B: Cuestionario empleado para la entrevista estructurada a la Subsecretaria del

Ministerio del Trabajo. ........................................................................................................ 76

ANEXO C: Cuestionario empleado para la entrevista estructurada al ex funcionario del

Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y

Adolescentes Infractores...................................................................................................... 77

ANEXO D: Validación de instrumentos de investigación de los profesionales entrevistados

mediante el juicio de expertos ............................................................................................. 80

Page 11: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

xi

TÍTULO: El Teletrabajo como garantía para la inclusión laboral de las personas privadas

de libertad en los Centros de Rehabilitación Social.

Autora: Daniela Estefanía Lima Pita

Tutora: Dra. Solimar Herrera Garcés.

RESUMEN

El presente proyecto de Investigación titulado “El teletrabajo como garantía para la inclusión

laboral de las personas privadas de libertad en los Centros de Rehabilitación Social” como

trabajo de Titulación; hace un análisis profundo y comparativo sobre el teletrabajo como

modalidad de trabajo; que no ha recibido un estudio adecuado en la Legislación Ecuatoriana,

encaminándose a la implementación de políticas laborales adecuadas para las personas

privadas de libertad al estar recluidos en los Centros de Rehabilitación Social. La obtención

de información se hará mediante la aplicación del método analítico sintético e hipotético

deductivo, estableciendo las variables que ayuden a desarrollar la hipótesis inicial

encaminada a cumplir con el objetivo que es establecer cuáles son los beneficios del

teletrabajo para las personas privadas de libertad en los Centros de Rehabilitación Social del

Ecuador para garantizar su inclusión laboral como grupos de atención prioritaria, secundando

la existencia de una verdadera rehabilitación social; determinando que elementos legales y

criterios jurídicos viabilizan su implementación; a través de bibliografía adecuada, derecho

comparado, entrevistas a las personas privadas de libertad, a funcionarios del Ministerio de

Trabajo, y al ex secretario del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas

Privadas de Libertad y Adolescentes Infractores.

PALABRAS CLAVE: IMPLEMENTACIÓN, TELETRABAJO, PERSONAS PRIVADAS

DE LIBERTAD, GARANTÍA, INCLUSIÓN LABORAL, CENTROS DE

REHABILITACIÓN SOCIAL, REHABILITACIÓN SOCIAL, REINCIDENCIA,

POLÍTICAS PÚBLICAS, MODALIDAD DE TRABAJO

Page 12: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

xii

TITLE: Teleworking as a guaranty for labor inclusion of people deprived from their liberty

in Social Rehabilitation Centers.

Author: Daniela Estefanía Lima Pita

Advisor: Dr. Solimar Herrera Garcés

ABSTRACT

This investigation work on “Teleworking as a guaranty for labor inclusion of people deprived

from liberty in Social Rehabilitation Centers” as a degree work deeply and comparatively

analyzed teleworking as a working modality, that has not been extensively considered in the

Ecuadorian Legislation, intended to the implementation of adequate work policies for people

deprived from their liberty, while staying in Social Rehabilitation Centers. Information shall be

compiled by applying the analytic-synthetic and hypothetic-deductive method, by establishing

variables that help develop the initial hypothesis intended to comply with the objective,

establishing benefits of teleworking for people deprived from their liberty in social

Rehabilitation Centers in Ecuador, in order to assure labor inclusion as proprietary attention

groups, by supporting the existence of a true social rehabilitation, by finding out legal elements

and legal criteria enabling implementation, through an adequate bibliography, compared law,

interview to people deprived from their liberty, and officials from the Work Ministry and the

ex-secretary of the National Service for Integral Attention to Adult People Deprived from their

Liberty and Infringing Teenagers.

KEYWORDS: IMPLEMENTATION, TELEWORKING, PEOPLE DEPRIVED FROM

THEIR LIBERTY, GUARANTY, LABOR INCLUSION, SOCIAL REHABILITATION

CENTERS, SOCIAL REHABILITATION, RE-INCIDENCE, PUBLIC POLICIES, WORK

MODALITY.

Page 13: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

1

1. INTRODUCCIÓN

El teletrabajo es una modalidad de trabajo que no ha recibido un estudio adecuado en la

Legislación Ecuatoriana. El problema radica en que las modalidades de trabajo

implementadas en los Centros de Rehabilitación Social de Ecuador, no se consideran

eficaces para una verdadera inclusión laboral. Es por esta razón que se deberían implementar

nuevas modalidades de trabajo para las personas privadas de libertad utilizando herramientas

tecnológicas, que permitirán realizar un trabajo de manera ágil, recibir un salario acorde a la

ley para la manutención de las personas privadas de libertad; así como reducir los niveles de

reincidencia que afectan a la sociedad en general.

Se deberían tomar en consideración las políticas implementadas en otros países con respecto

a la inclusión laboral, el cual permitirá el desarrollo personal de los reos; con una

investigación sobre las diferentes legislaciones que han incluido el teletrabajo detallando

como ha incidido su reconocimiento.

Sin embargo, en el caso ecuatoriano, los acuerdos ministeriales que han sido firmados por el

ministro del Ramo (siendo en este caso el Ministerio del Trabajo), sólo han beneficiado al

sector privado y público con el reconocimiento de los Acuerdos No. MDT-2016-0190 y el

Acuerdo No. MDT-2017-0090; sin tomar en cuenta a los grupos de atención prioritaria para

su inclusión, como son las personas privadas de libertad, y sin considerarse que esta

modalidad sea reconocida en una normativa legal superior (como el Código de Trabajo) para

una implementación eficaz. En este apartado se visibiliza las principales problemáticas y

ventajas del reconocimiento del teletrabajo, para una adecuada reinserción y rehabilitación

de las personas privadas de libertad.

A nivel mundial, con la recopilación de experiencias internacionales en su mayoría prácticas

europeas, se puede percibir el interés por acoplar en los actuales programas de reinserción

social y laboral elementos que hoy día son factores decisivos en la búsqueda y mejora de

condiciones laborales para la persona privada de la libertad denominadas “herramientas

TIC”, las cuales configuran un eslabón para que al individuo se le favorezca en su proceso

Page 14: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

2

de reinserción social-laboral y a su vez pueda disminuir la brecha digital por las diferentes

limitaciones tecnológicas durante su encierro. (…) A nivel de Latinoamérica Colombia es

el líder en la región por los avances en materia de Teletrabajo, que actualmente se encuentra

fortaleciendo su marco legal para promover alianzas entre el sector público y privado, con

el fin de potencializar el Teletrabajo no solo en materia laboral, sino como gestor de inclusión

para personas privadas de la libertad. (Ávila Liney, 2016).

Actualmente en el Ecuador para las personas privadas de libertad se aplican otras

modalidades de trabajo de tipo artesanal, intelectual y de limpieza, que no han logrado su

objetivo de rehabilitación social, debida a que existe reincidencia de delitos una vez que son

puestos en libertad. De la misma forma no se ha logrado implementar adecuadamente el

teletrabajo con las reformas enunciadas anteriormente; existiendo una fuerte escisión en los

procesos de rehabilitación y fomento del caos.

Es por ello, que en este trabajo se trata de alcanzar esa correcta armonía entre los

procedimientos de teletrabajo con la rehabilitación social para las personas privadas de la

libertad, la misma que se halla plasmada en cuatro capítulos; siendo los dos primeros,

cuestiones doctrinales y legales en los que se apoya el teletrabajo. En el tercer capítulo abarca

el resultado del análisis realizado respecto de las entrevistas realizadas a expertos para la

comprobación de la hipótesis, y el cuarto capítulo expone las conclusiones obtenidas de esta

investigación.

Con los antecedentes se puede visibilizar el insuficiente análisis del teletrabajo como

garantía para la inclusión laboral de los privados de libertad; con los resultados obtenidos de

la investigación se pretende dar respuesta a los mismos, aferrándose a los fundamentos

legales, doctrinales de manera lógica, examinando su implementación a nivel internacional

para una posible aplicación a nivel nacional.

Dichas respuestas dan pautas a diferentes personas o instituciones tales como los legisladores

para que promuevan reformas o proyectos de ley útiles para el manejo de la figura del

teletrabajo en aplicación para los privados de libertad; de la misma forma para los

Page 15: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

3

gobernantes de turno para que puedan iniciar campañas de concientización para la aplicación

de esta novedosa figura en materia de rehabilitación social.

Estas temáticas son descritas con el soporte bibliográfico expuesto en los anteriores párrafos,

más las explicaciones de funcionarios del Ministerio de Trabajo, personas relacionadas con

el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y

Adolescentes Infractores, y demás sujetos que se encuentran en pre libertad de los Centros

de Rehabilitación Social en la Casa de Confianza número 1 de Quito (Ex Penal García

Moreno), que fueron seleccionados conforme a la muestra obtenida, mediante las

modalidades teórica y decisional.

Page 16: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

4

2. METODOLOGÍA

La presente investigación fue realizado en el Distrito Metropolitano de Quito, entre el mes

de junio del 2019 hasta el mes de diciembre del 2019. El cumplimiento de los objetivos de

investigación fue gracias a su tratamiento en los siguientes lugares:

Dirección de Comunicación Social del Ministerio de Trabajo del Ecuador.

Ex privados de libertad en el Centro de Rehabilitación Social (Casa de Confianza

Número 1 de Quito). Ex Penal García Moreno.

Ex Secretario del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas

de la Libertad y Adolescentes Infractores y personas privadas de libertad Dr. Ernesto

Pazmiño.

2.1.Método de Investigación Utilizado.

2.1.1 Método Analítico Sintético:

En este caso se analizará los elementos del teletrabajo en Ecuador, así como las modalidades

de trabajo en los Centros de Rehabilitación Social, por separado para luego de ello conocer

su esencia para aplicar el teletrabajo en los Centros de Privación de Libertad, conociendo a

través de fuentes bibliográficas las experiencias de aplicación en otros países.

2.1.2 Método Hipotético Deductivo:

Al final del proyecto, para comprender la fomentación del teletrabajo en las personas

privadas de libertad, se precisará argumentos que beneficien su aplicación en nuestro

ordenamiento jurídico; por medio de las ventajas a las personas privadas de libertad, y al

Estado.

Page 17: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

5

2.2. Técnicas e Instrumentos de Investigación

2.2.1 Revisión Documental:

Para el análisis jurídico e implementación del teletrabajo para las personas privadas de

libertad, se accederá a fuentes bibliográficas que aporten en la investigación, que den

respuesta a las variables, sus características y experiencias internacionales.

2.2.2 Entrevista:

Para desarrollar el proyecto de Investigación, se empleará la entrevista estructurada, dirigida

a los profesionales del derecho, Ministerio de Trabajo, al Servicio Nacional de Atención

Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores y personas

privadas de libertad los cuales brinden opiniones sobre el tema, tomando en cuenta las

variables, para llegar a las conclusiones sobre la viabilidad de la implementación del

teletrabajo en los Centros de Rehabilitación Social. Para ello se hará uso del siguiente

instrumento:

2.2.2.1 Cuestionario:

Este instrumento será útil para las entrevistas a los diferentes profesionales y conocedores

de la temática, ya que en ella se fijarán las preguntas que permitan obtener la información

jurídica y la experiencia sobre el teletrabajo y su implementación en los Centros de

Rehabilitación Social para personas privadas de libertad.

Los métodos permitieron el cumplimiento de los objetivos de la investigación, el método

analítico sintético en la creación de las variables y en la recolección de la información

concerniente a los dos primeros objetivos de investigación; el primero de cómo se viene

aplicando el régimen jurídico que regula la inclusión laboral de las personas privadas de

libertad en los Centros de Rehabilitación Social, y el segundo sobre cuáles son los criterios

jurídicos para determinar que el teletrabajo garantiza la inclusión laboral de los privados de

libertad.

Page 18: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

6

El método Hipotético Deductivo logró el desarrollo de los dos últimos objetivos relativos a

qué elementos legales deben desarrollarse para aplicar el teletrabajo en los Centros de

Rehabilitación Social, y cuán viable es la implementación del teletrabajo para las personas

privadas de libertad que determinen la inclusión laboral en los Centros de Rehabilitación

Social. Esto permitió desarrollar los posibles contextos sobre el teletrabajo aplicado a las

personas privadas de libertad, sus soluciones y vacíos legales.

El análisis de las fuentes bibliográficas y la aplicación de la entrevista por medio del

cuestionario permitieron obtener pruebas sobre el desarrollo de las temáticas sobre los

objetivos de investigación.

Page 19: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

7

3. MARCO TEÓRICO

3.1. Fundamentación Teórica y Doctrinal

El teletrabajo en el Ecuador es una modalidad especial de trabajo que se debe regular

mediante políticas públicas por medio del Estado y sus Instituciones encargadas de evaluar

la viabilidad de su aplicación para el cumplimiento de los fines de la pena, como la

rehabilitación social y la inexistencia de la reincidencia, beneficiando tanto a la sociedad

civil, disminuyendo los índices de delincuencia, acortando los gastos por cada persona

privada de libertad dentro de las cárceles, ya que estos formarían parte de la población

económicamente activa.

3.1.1. Situación laboral de las personas privadas de libertad en los Centros de

Rehabilitación Social.

3.1.1.1Reconocimiento y Aplicación del Régimen Jurídico Laboral para las personas

privadas de libertad.

El régimen jurídico que regula el trabajo para las personas privadas de libertad arranca con

la Constitución garantista de derechos humanos, la cual se forma por medio de tratados

internacionales en el caso de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento

de los Reclusos Reglas Nelson Mandela (2015); que posee 122 reglas, cuyo reconocimiento

de un trabajo digno para los reos se estipulan en las reglas: 4,91,92.96,98, y 103;

determinando varios puntos importantes como la tutela del derecho al trabajo por medio del

Estado, su tratamiento dentro de las cárceles, el derecho a la vida y el trabajo dignos, el

asesoramiento laboral, la remuneración justa, y la finalidad del trabajo como es la

rehabilitación social y la reinserción de los ex reclusos para vivir conforme la ley.

Page 20: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

8

La regla número 4 determina el compromiso de las administraciones penitenciarias que

deben ofrecer educación, formación profesional y trabajo a través de programas actividades;

además de efectivizar el principio de reinserción de los ex reclusos para que tengan una vida

digna por medio del trabajo. La regla número 91 específica sobre el tratamiento de las

personas condenadas para que se mantengan con el producto de su trabajo.

La regla número 92 determina sobre la instrucción laboral que debe recibir el recluso por

parte del Estado, analizando cada una de sus aptitudes, duración de la pena y perspectivas

después de su liberación. Es decir, el Estado intervendrá no solo en la capacitación laboral,

sino después del cumplimiento de la pena, en la cual deberá continuar evaluando si el preso

en su rol de rehabilitación sigue laborando, evitando la reincidencia.

La regla número 96 habla sobre la jornada laboral del trabajo que en este caso vendrían a ser

8 horas diarias; así mismo la regla 98 establece la capacidad de educar a los jóvenes, quienes

pueden tener conocimiento del uso de las herramientas informáticas especificando que deben

formarlos profesionalmente y que sea un oficio útil; que, en un mundo globalizado, podría

ser de gran ayuda para cuando salgan en libertad.

Por último, se destaca la regla 103 que determina la remuneración, siendo una parte destinada

a los artículos de uso personal y envío a sus familias; así mismo la idea de la formación de

un fondo para cuando los privados de libertad sean liberados. En el Ecuador no existe

regulación de esta modalidad aplicada para las personas privadas de la libertad, que se

empate con tales criterios en su totalidad, sin embargo, en su Constitución, en su art. 33

reconoce el derecho al trabajo y el rol del Estado frente a los ciudadanos (en especial los

reclusos) de la siguiente forma:

Es un derecho, un deber social, y un derecho económico, fuente de realización

personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el

pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas

y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.

(Constitución de la República del Ecuador, 2008)

Page 21: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

9

Además el Estado reconoce a las personas privadas de la libertad como personas y grupos

de atención prioritaria, debiendo tener un especial tratamiento con ellos para cumplir con la

finalidad de la rehabilitación y reinserción en el artículo 35; así como su artículo 201, que

establece otra cuestión, que dice: “la finalidad de la rehabilitación integral de las personas

sentenciadas penalmente para reinsertarlas en la sociedad, (…) y la garantía de sus

derechos, como es el derecho constitucional de trabajo”;: esto se relaciona con el artículo

203 numeral 2 y 5 del referido cuerpo legal el cual sostiene:

2.- En los centros de rehabilitación social y en los de detención provisional se

promoverán y ejecutarán planes educativos, de capacitación laboral, de producción

agrícola, artesanal, industrial o cualquier otra forma ocupacional, de salud mental y

física, y de cultura y recreación.

5.- El Estado establecerá condiciones de inserción social y económica real de las

personas después de haber estado privadas de la libertad. (Constitución de la

República del Ecuador, 2008).

Estos criterios jurídicos resultan concomitantes con el numeral 4 del artículo 12 del Código

Orgánico Integral Penal, el cual reza lo siguiente: “Reconoce el derecho al trabajo,

educación, cultura y recreación de las personas privadas de libertad y garantiza las

condiciones para su ejercicio. El trabajo podrá desarrollarse mediante asociaciones con

fines productivos y comerciales”. (Código Orgánico Integral Penal, 2014).

Esta es una de las razones por las cuales se debe prestar atención y considerar el teletrabajo

como una modalidad de trabajo en su Código de Trabajo que logre cumplir con todos los

cimientos ontológicos y deontológicos que plasma la Constitución, de la misma forma

debería ser introducido dentro del Código de Trabajo, para que tenga mayor peso legal y

eficacia, antes que un acuerdo emitido por el Ministro de Trabajo en reconocimiento al

teletrabajo, que puede ser revocado bajo cualquier mérito.

Esta falacia jurídica es la causante por la que no se toma relevancia y envergadura a la

modalidad del teletrabajo dentro del territorio ecuatoriano, siendo este un criterio esencial

parte del derecho al trabajo reconocido por la Constitución y expuesto en reiteradas

ocasiones, en los párrafos anteriores.

Page 22: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

10

La triste realidad es que no existe una ley superior que reconozca la modalidad del

teletrabajo, al no estar incluido en el Código de Trabajo. Mas solo en acuerdos ministeriales

que según el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador

establece que corresponde a las ministras y ministros de Estado expedirlos para el ejercicio

de su gestión. Por ello existe un acuerdo implementado por el Ministerio de Trabajo No.

MDT-2016-0190 del 24 de agosto 2016, aplicable para el sector privado que define al

teletrabajo como:

Una forma de prestación de servicios de carácter no presencial en jornadas ordinarias

y especiales de trabajo a través de las cuales el trabajador/a realiza sus actividades

fuera de las instalaciones del empleador siempre que las necesidades y naturaleza del

trabajo lo permitan, haciendo uso de las tecnologías de la información y

comunicación (TIC).

Según el Acuerdo No. MDT-2017-0090 de 2017 denominado Norma Técnica para Regular

el Teletrabajo en el Sector Público, aplicable al sector público define al teletrabajo como “la

prestación de carácter no presencial en jornadas ordinarias o especiales de trabajo, a través

de la cual la o el servidor público realiza actividades fuera de las instalaciones de la

institución pública para la que labora (…)”

En el Acuerdo interministerial entre el M.J.C.D.H y el M.T estipulado en el Registro Oficial

N° 524 (17 de Junio 2015) MDT-15-0004 se expide el Reglamento que regula la relación

especial de trabajo en relación de dependencia de las personas que se encuentren cumpliendo

una pena privativa de libertad. En cuyo artículo 2, hace hincapié de manera sutil, sobre su

relación con el entorno laboral, de la siguiente forma:

Art. 2 De las actividades laborales. - Las personas que se encuentren cumpliendo una

pena privativa de libertad podrán desarrollar actividades de trabajo en relación de

dependencia de carácter artesanal, intelectual, artístico, de manufactura, o

productivo, de acuerdo a sus conocimientos, capacidades y habilidades, durante el

cumplimiento de la pena; y, gozarán de los derechos derivados de dicha relación, con

las limitaciones propias del régimen de privación de libertad. Adicionalmente,

podrán prestar servicios auxiliares al interior de los Centros de Privación de Libertad,

en actividades relacionadas con la limpieza de los espacios comunales del centro, en

Page 23: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

11

la preparación de alimentos para las personas privadas de libertad y el mantenimiento

de la infraestructura, patios, jardines y demás actividades que se disponga por parte

del Ministro o Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, en el nivel de

seguridad al que pertenece la persona. Para acceder a estas actividades, la persona

que está cumpliendo una pena privativa de libertad deberá cumplir al menos el (5%)

de la pena, estar capacitado para el desarrollo de la actividad laboral y, obtener una

calificación de convivencia mínima de muy buena. (M.J.C.D.H; M.T, 2015).

A ello se agrega, el Acuerdo Interministerial celebrado entre el Ministerio de Trabajo y el

Ministro de Justicia Derechos Humanos y Cultos mediante el cual se expide la “Norma que

Regula la Modalidad Contractual especial por servicios para las personas privadas de

libertad”, donde se manifiesta el tipo de contrato que desarrollará el recluso; así como el

perfil ocupacional, el registro del contrato y el pago de remuneración o precio pactado.

(Acuerdo Interministerial Celebrado entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de

Derechos Humanos y Cultos, 2018).

En lo que respecta a la aplicación del régimen jurídico laboral ecuatoriano se puede entrever

que “las personas privadas de libertad tienen derechos sin garantías”. (Sarre, 2013); en

función de diferentes problemas como corrupción en las cárceles, sobrepoblación, escases

de presupuesto para fomentar educación y trabajo. Esto demuestra, que los acuerdos

ministeriales en si no logran penetrar sobre el Universo que representa el tema de la

rehabilitación social ni mucho paliar las condiciones adversas que atraviesa el mismo, en los

últimos diez años.

3.1.1.2 Aportes e intervención del Estado a través de sus diferentes Instituciones

para la implementación del trabajo

El Estado al ser el ente que crea políticas públicas para la gestión de su gobierno; debe

encontrar las principales problemáticas en los Centros de Rehabilitación Social, a través de

un estudio pormenorizado sobre la realidad laboral de las personas privadas de libertad,

Page 24: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

12

marcando su eje para la creación del Plan de gobierno (en este caso, Plan Nacional de

Desarrollo Todo una Vida). Es por ello que se debe verificar el compromiso del Estado para

el mejoramiento del sistema, tal y como lo decía el tratadista (Matehus, 2011)de la siguiente

forma. “El desarrollo y mantenimiento de un sistema de prisiones adecuado y profesional

es percibido como un compromiso social a la hora de incrementar la legitimación de las

políticas públicas”.

La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo - Senplades (2017) Institución

encargada de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021. Toda una Vida del

actual gobierno, rige, en lo concerniente a los privados de libertad, la siguiente meta:

Para conseguir una vida digna para todos, es necesario que un sistema de justicia

eficiente y un modelo de gestión penitenciaria garanticen la rehabilitación y

reinserción social de las personas privadas de libertad, con un enfoque de derechos

que promueva procesos formativos y de capacitación, así como condiciones de

convivencia digna en los centros de privación de libertad. Los adolescentes

infractores deben recibir una atención especial, no se deben confundir sus dinámicas

y problemáticas particulares con las de los adultos.

Entre las políticas públicas del gobierno se reconoce “la implantación de un sistema penal

que fomente la efectiva rehabilitación y reinserción social y familiar, así como la aplicación

de penas no privativas de libertad para delitos de menor impacto social”. (SENPLADES,

2017). Detallando un enfoque netamente de derechos humanos que permita el desarrollo

personal de los privados de libertad a través de capacitaciones y formación de profesionales.

Entre las Instituciones del Estado encargadas de la rehabilitación social y reinserción de las

personas privadas de libertad, tenemos: El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas

Adultas Privadas de Libertad y Adolescente Infractores, Ministerio de Trabajo y para la

formación y capacitación el Ministerio de Educación.

El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y

Adolescentes Infractores, antiguamente se denominaba Ministerio de Justicia y Derechos

Page 25: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

13

Humanos creada el 27 de noviembre de 2007, mediante decreto ejecutivo No. 748, publicado

en el Registro Oficial Suplemento No.220, en el mandato de Rafael Correa Delgado; luego

paso a denominarse Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos el 14 de julio de

2010 mediante decreto ejecutivo No. 410 publicado en el registro oficial No.235, asumiendo

las competencias del Ministro de Gobierno, Policía, Cultos y Municipalidades en lo referente

a cultos; cuya finalidad era:

Mejorar la rehabilitación y su reinserción social en las personas adultas privadas de libertad

y el desarrollo integral en adolescentes infractores o en conflicto con la ley penal, mediante

normas, políticas, programas, proyectos y actividades coordinadas con sus unidades

territoriales desconcentradas y las instituciones relacionadas.(Ministerio de Justicia,

Derechos Humanos y Cultos, 2016).

Actualmente el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de

Libertad y Adolescentes Infractores creada por medio del decreto ejecutivo No. 560 el 14 de

noviembre del 2018 ejerce las atribuciones sobre rehabilitación, reinserción, seguridad,

indultos, conmutación o rebaja de penas y medidas cautelares para personas adultas privadas

de la libertad, con su actual director Edmundo Moncayo.

Existe la intervención del Ministerio de Trabajo como ente regulador de la relación

contractual entre el empleador y el empleado (en este caso las personas privadas de libertad)

con la existencia de los diferentes acuerdos ministeriales, un ejemplo es la Norma que regula

la modalidad contractual especial por servicios para las personas privadas de libertad y su

Reglamento. La relación especial de trabajo se determina así, porque las personas privadas

de libertad por su condición, merecen un tratamiento diferente en la realización de

actividades laborales, mas no que se pretenda menoscabar sus derechos laborales.

En lo que respecta al cumplimiento de la normativa analizada, según el Boletín Estadístico

correspondiente al mes de enero de 2017, la población penitenciaria adulta en Ecuador

asciende a 34.778; de ellas como se anotó anteriormente, existen 10.121 personas privadas

de su libertad que participan en capacitaciones de servicios auxiliares, talleres productivos y

terapia ocupacional y únicamente, tal como consta en el último Informe de Gestión del

Page 26: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

14

Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, apenas se han firmado 41 contratos

laborales, de los cuales aún se están negociando entre las autoridades competentes aspectos

esenciales como son: la apertura de cuentas bancarias o las emisiones de facturas para efectos

tributarios. (Gordón, 2017).

Esto sienta una posible vulneración del Reglamento que regula la relación especial de

Trabajo en relación de dependencia de las personas que se encuentran cumpliendo una pena

privativa de libertad, ya que no existe un contrato celebrado por escrito, vulnerando el Art.

5 de la Norma que regula la modalidad contractual especial por servicios para las personas

privadas de libertad, expuesta anteriormente

En cuanto a la intervención del Ministerio de Educación, según Diario el Telégrafo (2019),

existe la capacitación y educación de las personas privadas de libertad; El SNAI apoya en la

graduación para 150 privados de libertad (2019, 27 de julio), se afirma que, en temas de

educación y capacitación, existen 434 personas privadas de libertad (ppl) participan en

distintas carreras en educación superior, en modalidades presencial y a distancia. Además,

5.412 internos reciben educación escolarizada a nivel nacional y 12.695 reos están

involucrados en la educación no escolarizada.

Aquí se vislumbra ciertas fallas en la implementación del régimen laboral y educativo para

las personas privadas de la libertad, mismas que requieren un tratamiento urgente, para que

no se sigan vulnerando derechos inalienables y adherentes a la dignidad de los presos.

3.1.1.3. Modalidades de Trabajo implementadas en el Ecuador para las personas

privadas de libertad en los Centros de Rehabilitación Social

Las modalidades de trabajo que se ha configurado en el Ecuador como el tipo de contrato

individual de trabajo que se rige por el Código de Trabajo, no se aplica para las personas

privadas de libertad, en su lugar existe una “modalidad especial de trabajo” determinada en

Page 27: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

15

el Reglamento la cual (Raso. 2008), la define como: “Aquella que ha nacido bajo el signo

de una mayor flexibilización frente a la relación de trabajo típica”

Se entiende que la flexibilización se basa en que los privados de libertad no pueden

transportarse a un lugar de trabajo diferente que no sean los Centros de Rehabilitación Social.

Según el Art 2 del Reglamento que regula la relación especial de Trabajo en relación de

dependencia de las personas privadas de libertad, dicha relación se sujeta a los criterios que

de la Cueva (1974) impone de la siguiente forma:

La relación de dependencia estructurada en dos elementos: una facultad Jurídica del

patrono en virtud de la cual puede dictar los lineamientos, instrucciones u órdenes

que juzgue convenientes para la obtención de los fines de la empresa; y otra

obligación igualmente jurídica del trabajador de cumplir esas disposiciones en la

prestación de su trabajo.

Es decir, la relación de dependencia o subordinación que tiene el privado de libertad ante el

cumplimiento de las obligaciones o trabajo designado por el empleador, la cual, el Art 5 del

Reglamento que regula la relación especial de Trabajo en relación de dependencia de las

personas privadas de libertad complementa con otro criterio, en lo atinente al contrato, de

carácter especial, debiéndose extender una copia al Centro de Rehabilitación Social y a la

persona trabajadora, cuya remuneración no podrá ser menor al salario básico unificado en

general, o a la parte proporcional de acuerdo con la modalidad de contratación.

Según el Reglamento que regula la relación especial de Trabajo en relación de dependencia

de las personas que se encuentran cumpliendo una pena privativa de libertad. (2015), las

personas privadas de libertad deben cumplir con ciertos requisitos para acceder al trabajo

como son: Haber cumplido al menos el 5% de la pena y obtener una calificación de

convivencia mínima de muy buena.

Se determinará el cumplimiento de rehabilitación de las personas privadas de libertad a partir

de la creación de estas fuentes de trabajo, misma que conlleven a la finalidad señalada por

Page 28: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

16

el tratadista Mosquera (2017), que reza lo siguiente: “Gracias al trabajo realizado dentro

de la cárcel, capaz de reformar “los malos hábitos” dentro del tiempo de encierro”.

Existen actividades de trabajo delimitadas en el Acuerdo Interministerial Celebrado entre el

Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Derechos Humanos y Cultos No. 1-A publicado en

el Registro Oficial No. 278 (2018), para que las personas privadas de libertad realicen bajo

la modalidad de contrato especial de servicios actividades como son de tipo: artesanal,

intelectual, artístico, de manufactura, o productivo, de acuerdo a sus conocimientos,

capacidades y habilidades, durante el cumplimiento de la pena; y, gozarán de los derechos

derivados de dicha relación, con las limitaciones propias del régimen de privación de

libertad.

Adicionalmente, podrán prestar servicios auxiliares al interior de los Centros de Privación

de Libertad, en actividades relacionadas con la limpieza de los espacios comunales del

centro, en la preparación de alimentos para las personas privadas de libertad y el

mantenimiento de la infraestructura, patios, jardines y demás actividades.

La jornada laboral del trabajo según lo estipula el Art 7 del Reglamento que regula la relación

especial de Trabajo en relación de dependencia de las personas privadas de libertad depende

del pabellón de seguridad así: de máxima seguridad hasta 4 horas de trabajo diarias, mediana

seguridad hasta ocho horas de trabajo diarias, mínima seguridad hasta 8 horas de trabajo

diarias. En ningún caso la jornada de trabajo excederá las 40 horas semanales.

En lo que se refiere a la terminación del contrato individual del trabajo se puede determinar

5 causales en el Art 10 del Reglamento que regula la relación especial de Trabajo en relación

de dependencia de las personas privadas de libertad, entre las que se encuentran:

a) por imposición de una sanción disciplinaria que impida cumplir la labor por

más de 15 días consecutivos.

b) fuga del privado de libertad.

c) traslado a otro Centro de Rehabilitación.

Page 29: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

17

d) razones de orden y seguridad que impidan cumplir las actividades por un

tiempo superior a 15 días.

e) por cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta en la sentencia.

La quinta causal vulnera el principio de la reinserción social y laboral de la persona privada

de la libertad, debido a que le imposibilita elegir, sí decide o no continuar con el contrato

escrito de trabajo, ya que al salir del Centro de Rehabilitación Social tal vez no pueda

conseguir un empleo que le permita un sustento para su familia y no volver a reincidir.

Según el Art 10 del Acuerdo Interministerial Celebrado entre el Ministerio de Trabajo y el

Ministerio de Derechos Humanos y Cultos No. 1-A publicado en el Registro Oficial No. 278

(2018), en lo que se refiere a la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, esta

debe ser cubierta por la persona privada de libertad en calidad de prestador de servicios.

Aquí se vulnera el derecho que tienen todos los trabajadores a la afiliación por parte del

empleador según lo prescribe el Art. 371 de la Constitución de la República del Ecuador del

2008: “Las prestaciones de la seguridad social se financiarán con el aporte de las personas

aseguradas en relación de dependencia y de sus empleadoras o empleadores; con los

aportes de las personas independientes aseguradas”.

Cabe recalcar que en el acuerdo Ministerial antes mencionado, la afiliación sólo es cubierta

por el privado de libertad y no por el empleador, yendo en contra del Art 371 de la

Constitución de la República del Ecuador.

Según el Informe Anual de la Defensoría del Pueblo del Ecuador “Dirección Nacional del

Mecanismo de Prevención de la Tortura Tratos Crueles y Degradantes” de 2016, se ve otras

modalidades de trabajo diferentes a las prescritas en la normativa señalada anteriormente, la

cual para su entendimiento, se lo citará en su totalidad, de la siguiente forma:

El personal que labora en el CRS Regional de Cotopaxi, dentro del mismo se

desarrollan diversas actividades laborales en las distintas etapas de nivel de

seguridad, se clasifican en mínima, mediana y máxima seguridad y en áreas

específicas destinadas para tales efectos, las personas ubicadas en la etapa de

Page 30: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

18

seguridad máxima no tienen acceso a las actividades laborales impulsadas por el

centro. Las actividades laborales que se desarrollan dentro del centro se enmarcan en

las áreas de carpintería, origami, manualidades, chocolatería, bisutería, costura, entre

otros. La materia prima y las herramientas son provistas por el centro o a través de

donaciones; por ejemplo, para el caso del taller de carpintería, la madera utilizada es

aquella incautada por el Ministerio de Ambiente”.

Según los datos proporcionados, alrededor del 60% de las PPL se encontrarían inscritas y

participarían en alguna actividad laboral. La modalidad aplicada para que las personas

puedan participar en las mismas, es la rotación de los grupos en distintas actividades cada

tres meses. Señalaron que no todos pueden acceder a las actividades que se desarrollan en el

centro debido al limitado número de cupos, pues no abastecen a la cantidad de

PPL.(Rivadeneira, 2016).

3.1.1.4. Finalidad de la Rehabilitación Social e Inclusión Laboral en el Ecuador

En el Ecuador la finalidad de la Rehabilitación Social se ve plasmada en la Constitución de

la República del Ecuador, así como en el Código Orgánico Integral Penal. Se establece que

medidas podrán fortalecer la Institucionalización de los Centros de Rehabilitación Social

donde debe existir una administración adecuada para que la rehabilitación se dé en el

momento en que el reo se encuentra recluido; el Estado es quien debe garantizar a través de

sus políticas públicas que el reo no reincida en los delitos.

Primero se estudiará la realidad de las cárceles tomando en cuenta que la finalidad de la

rehabilitación no es el castigo; sino más bien que el reo a través del apoyo de su familia y

del trabajo que lo mantiene ocupado, se rehabilite en la sociedad, misma sin que exista

reincidencia. Así nos plasma Mosquera (2017) “De rehabilitación, resocialización,

readaptación, es contradicha con la realidad, pues no se conocen con certeza tratamientos

con resultados positivos que impidan la reincidencia”.

Page 31: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

19

La rehabilitación tiene como finalidad la restauración total del individuo, sometido a un

tratamiento que le ayude a su reintegración social, familiar y económica, considerándose

independiente en la vida cotidiana bajo el cumplimiento de un rol óptimo, sin que vuelva a

delinquir. Las finalidades del Sistema de Rehabilitación Social se encuentran estipuladas en

el Código Orgánico Integral Penal, en el Artículo 673, (COIP, 2014), el cual prevé lo

siguiente:

El Sistema tiene las siguientes finalidades:

1. La protección de los derechos de las personas privadas de libertad.

2. El desarrollo de las capacidades de las personas privadas de libertad para ejercer sus

derechos y cumplir sus responsabilidades al recuperar completamente su libertad.

3. La rehabilitación integral de las personas privadas de libertad, en el cumplimiento de

su condena.

4. La reinserción social y económica de las personas privadas de libertad. (p.256).

Sin embargo, el tratadista García (2001), veía que la norma por sí sola no era suficiente y

valía grandes cambios que reivindiquen la operación de la misma, plasmada en un extracto

de su autoría, de la siguiente forma:

Entonces, no es tanto el hecho de poseer normas que direccionen todo nuestro sistema

jurídico a un proceso de resocialización del reo, sino de fortalecer las opciones de

este, donde el Estado proporcione los instrumentos precisos para un ambiente que

permita esta finalidad y que además incentive al privado de libertad a cooperar dentro

de estos procedimientos.

Aquí se entiende que la inclusión laboral se desarrolla cuando un grupo vulnerable o atención

prioritaria como las personas privadas de libertad, mediante la implementación de procesos

sociales, son los que permiten que los reos mejoren su calidad de vida y consigan un trabajo;

que con el tiempo debe ser estable, para que cuando salgan de cumplir su condena accedan

a un mercado laboral sin ser excluidos.

Page 32: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

20

El tema de la rehabilitación social, no solo debe ser figurado en la normativa sino enriquecido

con fuertes métodos de carácter médico, científico, social, doctrinario y practico que logre

aquella reinserción en todos los planos, siendo el primordial, el laboral, aunque en el capítulo

siguiente se verá que tal sistema presenta ciertas vicisitudes.

3.1.1.5. Problemas de la Rehabilitación Social e Inclusión Laboral en el Ecuador.

La rehabilitación social a través del acceso al trabajo de las personas privadas de libertad se

ha visto dificultada por diferentes causas, entre ellas las de índole normativo, sin que exista

fortalecimiento de políticas penitenciarias; así mismo de índole económico; y su descuido o

inoperancia por la corrupción impregnada dentro de los Centros de Rehabilitación Social.

Así lo manifiesta el tratadista Reina F. (2016) de la siguiente forma:

Los sistemas penitenciarios de Colombia y Latinoamérica se encuentran ante una

profunda crisis, reflejada en la sobrepoblación, la densidad de ocupación, el espacio

físico en las prisiones, y la cantidad, selección y formación del personal

penitenciario; lo que ha dificultado las tareas de rehabilitación y promoción de la

inclusión social de las personas en conflicto con la Ley. Estos fenómenos se deben

tanto al deterioro de la situación de seguridad ciudadana, el crecimiento del crimen

y la violencia, así como a la promoción de políticas punitivas que se basan en un

mayor uso de la justicia penal y la prisión”.

La rehabilitación social actual ha tenido consecuencias contrarias a las que se plasman en el

Código Orgánico Integral Penal en su Art. 673, siendo la cárcel un lugar de

perfeccionamiento del delito, de vulneración de derecho humanos y fundamentales como el

derecho a la vida, y al trabajo digno con el respeto de los derechos laborales por parte del

Estado y de los empleadores, llegando a notarse el dolor de las personas privadas de libertad,

su familia y entorno social, siendo un problema económico y social del país; ya que no existe

un adecuado control de la delincuencia.

Page 33: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

21

El autor Paladines (2008) menciona que “La expresión no ha variado mucho en la

actualidad, ya que no es novedad que las cárceles en general no poseen las condiciones, ni

de infraestructura, mucho menos de ambiente, para que un tratamiento resocializador

resulte efectivo”.

A nivel normativo la realidad de la rehabilitación se ve fraguada en que la teoría no se

encamina a la práctica. Por ello para que el Estado encamine la rehabilitación social debe

fortalecer sus políticas públicas, determinando tales lineamientos como los conceptualiza

Aguilar Villanueva en 1996 como un “Curso de acción deliberadamente diseñado y el curso

de acción efectivamente seguido”. Con ello debe ser primordial, establecerse un estudio

adecuado sobre la realidad de implementación de políticas labores en los Centros de

Rehabilitación.

Esta realidad, dificulta la inclusión social post penitenciaria, ya que las posibilidades de

mejorar su calidad de vida resultan nulas, ante políticas públicas no acondicionadas para

solventar los requerimientos laborales post penitenciarios de quienes recobran su libertad.

(Aguilar, 1996).No existe una base de datos que pueda determinar los niveles de

reincidencia de las personas privadas de libertad, pero según el ex Ministro del Interior

César Navas en el año 2017, el 20% de las personas que salen en libertad vuelven a delinquir.

Se determina que “la medición de la reincidencia es utilizada por distintos países como una

forma de evaluar la eficiencia de las políticas públicas en materia de control del delito”

(Fundación Paz Ciudadana, 2012:11). Es decir en nuestro país son nulas o malas las políticas

públicas implementadas, dados los niveles de reincidencia que existe y la gran cantidad de

hacimiento penitenciario.

En cuanto la situación de índole económica, se puede visibilizar que la inversión en los temas

de educación y acceso al trabajo de los privados de libertad, por medio de la creación de

infraestructura es escasa, dada la inversión que hace el Estado a los Centros de

Rehabilitación Social. Por ello debe considerarse diferentes alternativas de inversión a la

creación de dicha infraestructura o la utilización de los espacios que ya no son ocupados

como lo es el Ex Penal García Moreno que actualmente funciona como museo, pudiendo ser

Page 34: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

22

un área donde los privados de libertad o las personas que se encuentran en pre libertad

laboren.

Para el año 2016 solo se destinaron 2, 834,172.87 dólares para la adecuación, equipamiento

y mantenimiento de la red de Centros de Privación de Libertad; y, 1, 889,684.08 dólares para

la capacitación de guías penitenciarios. (Quinatoa, G. 2017). La inadecuada distribución de

los recursos económicos, permiten que se creen los diversos problemas que existen en los

Centros de Privación de Libertad, como son la falta de oportunidades laborales, falta de

educación y vulneración de derechos para las personas privadas de libertad.

Existe otro problema que es el déficit de guardias y la capacitación de los mismos según

Edmundo Moncayo, Director General del Servicio de Atención Integral a Personas Adultas

Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, existe un déficit de guardias de

aproximadamente 2500 guías penitenciarios, que no cumplen con las normas Internacionales

que deben existir un agente por cada 10 Personas Privadas de Libertad. En Agosto de 2019

se postularon 2.800 personas para convertirse en guías penitenciarios, de los cuales en el

2020 sólo se reintegrarán en los Centros de Rehabilitación Social 500 guardias. Es decir,

faltarían 2000 guías penitenciarios para cumplir con la normativa internacional.

3.1.1.6. Deficiencia del Fortalecimiento de la Política Penitenciaria en el Ecuador.

El sistema penitenciario trata con personas que se encuentran privadas o restringidas en el

ejercicio de sus derechos y que, en consecuencia, requieren de una protección específica por

parte del Estado (Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1998; United Nations

Office on Drugs and Crime, 2007).

La deficiencia de la implementación de política penitenciaria en el Ecuador se ve reflejada

en la crisis carcelaria determinada como de “emergencia” en el que el Presidente Lenin

Page 35: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

23

Moreno interpuso el estado de excepción, implementando diversas medidas se seguridad, lo

que llama a entender que se debe reforzar su institucionalización así como sus políticas

públicas. Y para razonar esto es necesario que:

Para fortalecer la resocialización es importante instituir políticas y lineamientos de

educación acordes a respetar la dignidad y los derechos humanos del personal

privado de la libertad, así mismo tener el convencimiento y la certeza del personal de

custodia y vigilancia, de tratamiento penitenciario, del personal de seguridad de los

establecimientos penitenciarios que el interno puede readaptarse socialmente, para

convertirse en un ciudadano respetuoso de la ley.(Reina F, 2016).

El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y

Adolescentes Infractores actual encargado de la creación de políticas públicas carcelarias;

prevé que para que exista una verdadera rehabilitación social, debe verse reflejada en la no

reincidencia de las personas que son puestas en libertad, entendiendo que la inversión pública

hasta el momento no ha fortalecido la educación de las personas privadas de libertad y por

ende el trabajo como prioridad para la rehabilitación social.

La cárcel, bajo este análisis, sería un instrumento para reformar la conducta de los internos

considerados seres inanimados mediante un esquema ideal, ubicados espacialmente en un

lugar administrado formalmente, en donde mantienen y comparten su vida, sus rutinas, bajo

el precepto “un delincuente defectuoso”, un error del sistema, el marginal al que hay que

curar, corregir. (Ruiz M, 2016).

De acuerdo a la concepción de Mateus Kent en el año 2011, se puede conseguir mejorar las

situaciones de las cárceles de Latinoamérica, mediante el planteamiento de diez puntos a

trabajarse, donde se requiere política de Estado y no de gobierno para evitar fracasos y gastos

vanos, siendo los principales los siguientes:

1.- Eliminación o reducción del hacinamiento en las prisiones.

2.-Maximización del personal de seguridad.

3.-Protección de los derechos fundamentales de los presos.

Page 36: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

24

4.-Instauración de un sistema de formación y trabajo que tenga sentido con la realidad social

de la población penitenciaria.

5.-La apertura de las prisiones a la ciudadanía y a las agencias sociales.

6.-Desarrollo de un justo, consistente y apropiado procedimiento disciplinario.

7.-Instauración de fiscalizaciones regulares a través de inspectores independientes.

8.- Desarrollo de efectivos programas de rehabilitación

9.- Instauración de formas de custodia intermitentes (arrestos de fin de semana o

Reclusión nocturna) (Matehus, 2011)

Según dicho autor para mejorar los Centros de Rehabilitación Social deben implementarse

estas 10 recomendaciones en una política de Estado, por ello debemos diferenciar lo que es

una política de Estado a la de gobierno, determinando que su continuidad es su característica

principal en la política de Estado, tomando como prioridad la realidad y necesidad social en

este caso del trabajo de los privados de libertad y tiene una duración de muchos años, que

no podría ser manipulada por los partidos políticos de los gobierno de turno, como lo es la

política de gobierno que son prometidas cuando existen elecciones de algún tipo.

Es decir la rehabilitación social e inclusión laboral de los privados de libertad es un problema

latente, que debe ser tomado en cuenta no sólo por un determinado gobierno de turno; sino

debería ser determinada como una política de Estado instaurada en una normativa imperante

como la Constitución del Ecuador o el Código del Trabajo.

Estás 10 recomendaciones nos permiten visibilizar que desde el año 2011 que se hicieron,

no ha existido un mayor avance, mas sólo en infraestructura; existiendo el traslado de los

privados de libertad del Ex Penal García Moreno (actual Casa de Confianza Número 1 de

Quito) al Centro de Rehabilitación Social de Cotopaxi, en la ciudad de Latacunga en el año

2014. Se ha incrementado el hacimiento en los Centros de Rehabilitación Social; en lo que

respecta a la “Instauración de un sistema de formación y trabajo que tenga sentido con la

realidad social de la población penitenciaria” es decir el Servicio Nacional de Atención

Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y Adolescentes Infractores deberían revisar

las hojas de vida de los privados de libertad, creando un archivo sobre las actitudes de trabajo

de los privados de libertad.

Page 37: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

25

3.1.2. El teletrabajo como garantía para la inclusión laboral.

3.1.2.1 El teletrabajo modalidad de trabajo innovadora.

El teletrabajo tuvo sus orígenes en los años 70 en EEUU, como una nueva forma de

contratación laboral, la causa específica que dio origen al teletrabajo fue la crisis petrolera

que sufrió Estados Unidos en esa época, las y los trabajadores carecían de la posibilidad real

de trasladarse a sus puestos de trabajo y el Estado tuvo que implementar el teletrabajo como

forma de contratación para dar una solución inmediata a esta problemática, puesto que el

teletrabajo consiste en una forma de organizar y realizar el trabajo a distancia” mediante la

utilización de las TIC’s en el domicilio del trabajador o en lugares o establecimientos

distintos a las instalaciones de las empresas. (Argentina, Ministerio de Trabajo, Empleo y

Seguridad Social, 2010, p. 1)

En la región latinoamericana, los primeros pasos para el reconocimiento e implementación

del teletrabajo se dio a inicios del siglo XXI. Los primeros países en crear políticas o

normativas para su implementación son:

1. Argentina que contempló aspectos relacionados al teletrabajo para la inserción

laboral y el mejoramiento del empleo de las personas con discapacidad en 1999;

2. Chile que reformó el Código de Trabajo para incluir la posibilidad del teletrabajo en

el año 2001 en la ley 19.759, reconociendo esta modalidad de trabajo que garantiza

el contrato de trabajo, descanso, colaciones, seguridad personal, sindicato, horarios

de trabajo, en igualdad con las otras modalidades de trabajo; sin embargo no existió

mucha protección del teletrabajo por ello el gobierno envió al Congreso, el proyecto

de ley que regula el Teletrabajo en Chile y el 20 de noviembre de 2018, la Cámara

de Diputados aprobó el proyecto en general, con la característica que el teletrabajo

sería implementado según los acuerdos que pacten el trabajador y empleador. Así

mismo el nuevo Artículo 152, dice que se debe especificar “la fórmula de

combinación entre trabajo presencial o teletrabajo”. En el mismo artículo se

Page 38: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

26

determina que los gastos de los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento

y reparación serán de cargo del empleador.

3. Colombia que en el año 2008 creó una Ley especial de Teletrabajo, Ley 1221 de

2008: Establece el reconocimiento del Teletrabajo en Colombia como modalidad

laboral en sus formas de aplicación, las bases para la generación de una política

pública de fomento al teletrabajo y una política pública de teletrabajo para la

población vulnerable. Crea la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo, con el fin de

promover y difundir esta práctica en el país e incluye las garantías laborales,

sindicales y de seguridad social para los Teletrabajadores.

Para posteriormente en 2012 crear la coordinación de teletrabajo para trabajar en el

apoyo a la masa trabajadora a esta modalidad, las condiciones laborales que rigen

el teletrabajo en relación de dependencia, las relaciones entre empleadores y

teletrabajadores, las obligaciones para entidades públicas y privadas, las ARLs y la

Red de Fomento para el teletrabajo. Así mismo establece los principios de

voluntariedad, igualdad y reversibilidad que aplican para el modelo.

4. A nivel del istmo centroamericano, el único país que cuenta con una normativa

específica sobre teletrabajo es Costa Rica, quién mediante decretos ejecutivos de

2008, 2013 y 2015 se dio a la tarea de regular la implementación del teletrabajo en

el sector público del país. A la fecha existen algunos avances en este proceso que se

encuentra en algunas instituciones en fase de diseño, y en otras, en fase de ejecución.(

Castillo. J, 2016)

El teletrabajo, considerado una modalidad especial de trabajo donde las partes como son el

teletrabajador y el teleempleador, bajo subordinación celebran un contrato de trabajo; el cual

es reconocido en el Ecuador para las Instituciones públicas y privadas a través del Acuerdo

Interministerial entre el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Derechos Humanos y

Cultos.

Existen muchas definiciones de teletrabajo según Correa (2015) “El teletrabajo, entendido

como “trabajo que se realiza fuera del centro laboral, pero, en contacto continuo con él por

medios telemáticos”, se configura como una de las nuevas formas de organización del

Page 39: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

27

trabajo que encuentra su origen en la implementación de las TIC’s en el marco socio

laboral. Es decir, se establecerá qué componentes son necesarios para la existencia de esta

relación especial de trabajo; como la utilización de herramientas telemáticas o informáticas

el uso del internet, correo electrónico, teléfono, etc. Así mismo para que se implemente dicha

modalidad qué elementos del Derecho laboral priman como: que sea personalísimo, la

subordinación laboral entre el teleempleador y el teletrabajador, y una remuneración justa.

Al analizar sobre los componentes que configuran la modalidad del teletrabajo podemos

visualizar que el lugar o entorno del trabajo no es el de una oficina donde se encuentra el

teleempleador, sino más bien fuera del sitio habitual de trabajo, lo que se podría cumplir

dado que se deberían crear espacios dentro de los Centros de Rehabilitación Social

denominados Telecentros, cuya infraestructura se encuentre adecuada con las debidas

herramientas tecnológicas o telemáticas como computadoras o teléfonos, dependiendo de la

actividad que realice el teletrabajador o privados de libertad.

La importancia de la implementación del teletrabajo en los diferentes países radica en una

expresión utilizada por el tratadista Castillo J (2016), de la siguiente forma:

Se ha generado cambios positivos y de significantes ventajas en muchos aspectos

dirigidos principalmente a la economía nacional, a la flexibilidad laboral y

productividad del personal; inclusive, se puede afirmar que la implementación del

teletrabajo se ha traducido en ventajas para las empresas en sus diferentes

clasificaciones: privadas, públicas y mixtas”.

Es decir el beneficio no sólo es para el Estado, sino para las diferentes empresas que inviertan

en el teletrabajo, siendo este mecanismo innovador y esencial para los vertiginosos cambios

que presenta el siglo XXI en materia laboral y empresarial.

Page 40: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

28

3.1.2.2 El teletrabajo como garantía.

Se debe determinar primero que es una garantía, de acuerdo con el profesor Peces-Barba

(1999) las garantías son de dos clases, citadas a continuación:

La una de carácter general, y se refiere a la caracterización del estado en la

Constitución, del que se desprende, como garantía de derechos, la finalidad del

estado como el principal promotor y garante de derechos. Las otras garantías son

las específicas, que en el caso ecuatoriano serían las normativas, políticas y

jurisdiccionales, que tienen que ver con ámbitos de poder: legislativo, ejecutivo y

judicial.

Se debe analizar el teletrabajo como un derecho laboral garantizado por parte del Estado

Ecuatoriano, a su vez como garantía de inclusión laboral de los privados de libertad. El cual

determina la finalidad univoca de justicia social, protegiendo a la parte de la relación laboral

más débil, en este caso la persona privada de libertad.

El mismo va de la mano con otros principios, como el de igualdad relacionándolo con el

derecho al trabajo, es decir a igualdad de trabajo igual remuneración, e igualdad de

condiciones sin discriminación alguna, sin hacer diferencia o menoscabo de derechos debido

a su primacía de la realidad, al encontrarse privados de libertad en un Centro de

Rehabilitación Social otorgando libertad de elección de trabajo y seguridad jurídica al

teletrabajador (en este caso las personas privada de libertad).

El diccionario de la Real Academia Española, (2014) determina que una garantía es “un

aseguramiento de un derecho o una obligación”, considerando que el teletrabajo es una

modalidad de trabajo especial que asegura o garantiza el establecimiento de la política del

trabajo como medio de rehabilitación social.

El artículo 33 de la Constitución de la República del Ecuador (2008), señala por un lado que

el trabajo es un derecho y un deber social, un derecho económico y fuente de realización

personal; y por otro lado impone la obligación al Estado de garantizar a las personas

Page 41: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

29

trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa con retribuciones justas y un

trabajo saludable, libremente escogido o aceptado.

El teletrabajo es una garantía de generación de plazas de trabajo debido a la gran cantidad

de hacimiento de personas privadas de libertad y el mejoramiento de las condiciones de vida

de ellos. En el trabajo existen ciertas garantías como el derecho a una remuneración justa y

digna que le permita vivir con decoro al teletrabajador y pueda cubrir sus necesidades básicas

y las de su familia.

Así mismo En el artículo 330, consagra derechos y garantías en favor de las personas con

discapacidad, sin olvidar que se trata de un grupo de atención prioritaria como son los

privados de libertad por su situación de vulnerabilidad, garantizando su inserción y

accesibilidad en igualdad de condiciones laborales, prohibiendo la disminución de la

remuneración por su condición.

En Colombia para proteger al teletrabajador considerando la naturaleza de sus labores no se

les aplica las horas extraordinarias y trabajo nocturno que es controlado y vigilado por un

órgano externo como es el Ministerio de Salud y Protección Social(Palacios, M. 2017)

primando la salud de los teletrabajadores, sin que se pongan en riesgo pasando muchas horas

frente al computador o algún otro riesgo laboral.

3.1.2.3 Experiencia legal de otros países en la implementación del teletrabajo en las

cárceles.

Se diferenciará la aplicación del teletrabajo para las personas privadas de libertad en

ordenamientos jurídicos como ejemplos se tiene: Inglaterra en el año de 1995, se aplicó el

teletrabajo para mujeres privadas de libertad, mediante alianzas entre el Ministro del Interior

y el Ministro de Educación, llegando a crear plataformas de gobierno como JobCentre Plus

en el año 2005, así mismo con One3OneSolutions. Entidad que promocionaba servicios y

ocupaciones de los internos con empresas de diferentes sectores, como ingeniería

Page 42: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

30

innovadora, servicios de impresión, carpintería, marketing en internet, fabricación, servicio

al cliente y logística, entre otros. (Ávila, 2016).

En Argentina el reconocimiento del Teletrabajo se da en el año de 2010 a través de

resoluciones del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, primero para fomentar

el empleo para personas mayores de 45 años (Resolución 632, 2010). Durante el año 2010,

Argentina se dedicó a la capacitación de jóvenes privados de libertad en internet y en

teletrabajo, es así que el Ministerio de Justicia y Ministerio de Trabajo firmaron un convenio

con el fin de mejorar la empleabilidad para personas privadas de la libertad en unidades

federales y con los que estaban pronto a retornar a su libertad, (Ávila, 2016).

En Colombia entre la normativa vigente existe la Ley 1221 de 2008 dictada por el Congreso

de Colombia. Por la cual se establece normas para promover y regular el Teletrabajo y se

dictan otras disposiciones, tales como el Código Penitenciario y Carcelario. La resolución

3768 del 2015, reconoce al teletrabajo como programa ocupacional válido para la evaluación

y redención de pena. (Ávila, 2016). Se visibiliza la existencia de normas donde el Ministerio

de Trabajo de Colombia firma convenios con entes administrativos públicos, empresas

privadas y la sociedad civil, es por ello que en Colombia, además recalcando la importancia

del Ministerio TIC quien ejecuta convenios en las cárceles de Colombia.

En Colombia existe un programa denominado Punto Vive, el cual fue implementado en el

año 2015, mediante alianzas entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y

Comunicaciones, Ministerio de Justicia, Ministerio de Trabajo, Unidad de Servicios

Penitenciarios y Carcelarios y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario para capacitar

a las personas privadas de libertad sobre el internet digital en Word, Excel, Seguridad

informática e informática básica; instalándose 5 puntos Vive hasta el 2017.

Actualmente en reconocimiento de los derechos de los trabajadores privados de libertad,

existe un proyecto de Resolución, por medio del cual se establecen los parámetros de

afiliación de las personas privadas de la libertad, con convenio u orden de Trabajo, y se

adoptan otras disposiciones donde se incluyen a las personas que laboran en teletrabajo.

Page 43: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

31

En Colombia el teletrabajo es utilizado como mecanismo de opción de trabajo y redención

de la pena en las que se capacita en herramientas informáticas a los privados de libertad y a

los militares que han sido condenados con el retiro de las Fuerzas Armadas.

Al analizar la implementación del teletrabajo para las personas privadas de libertad en los

países como Inglaterra, Argentina, y Colombia podemos determinar que no ha sido reciente

su reconocimiento en sus legislaciones ya sea por medio de alianzas o convenios, al cual

accedieron diferentes grupos de atención prioritaria que cumplían su condena como mujeres,

jóvenes, personas mayores de 45 años; en diferentes actividades como ingeniería

innovadora, marketing, servicio de logística.

Pero un ejemplo claro del país que ha tenido mayor evolución en la modalidad laboral

estudiada es Colombia que ha utilizado el teletrabajo como mecanismo de redención de la

pena, que podría usarse de ejemplo para su implementación en el Ecuador. Además existe

un Ministerio de Tecnología de Información y Comunicaciones que trabaja conjuntamente

con el Ministerio de Justicia y de Trabajo para crear diferentes programas de acceso al

teletrabajo.

Existe la creación del Decreto Reglamentario 884 de 2012 que se denomina el “Libro Blanco

El ABC del Teletrabajo En Colombia” documento que orienta al empleador a incorporar el

teletrabajo en su organización, además pueden solicitar asesoría a la Comisión Asesora del

Trabajo o a la Red del Fomento del Teletrabajo que cuentan con un grupo interdisciplinario

y especialista en esta labor. (Buitrago. J,2015).

3.1.2.4. Criterios Jurídicos garantistas del Teletrabajo como modelo de inclusión

laboral de las personas privadas de libertad.

Se mencionará la posición de algunos autores con respecto a cómo el teletrabajo puede ser

reconocido en nuestro ordenamiento jurídico, y de qué manera favorecen a las personas

Page 44: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

32

privadas de libertad; indicando como prioridad en este capítulo, los beneficios que trae

consigo el teletrabajo expuestos por Ávila (2016) de la siguiente forma:

El interés por acoplar en los actuales programas de reinserción social y laboral

elementos que hoy en día son factores decisivos en la búsqueda y mejora de

condiciones laborales cuando la persona privada de la libertad se reincorpora a la

sociedad, denominadas, herramientas TIC que configuran un eslabón para que al

individuo se le pueda favorecer su proceso de reinserción social-laboral y a su vez

pueda disminuir la brecha digital por las diferentes limitaciones tecnológicas durante

su encierro.

Se puede visibilizar por un lado el avance y acceso a las herramientas tecnológicas,

disminuyendo las brechas de desigualdad y exclusión social de los privados de libertad

quienes accederían a capacitaciones y certificaciones del teletrabajo.

En cuanto al reconocimiento del teletrabajo en el ordenamiento jurídico nacional se

identificará las principales problemáticas como lo sintetiza Herrera Patricia (2015) de la

siguiente forma:

Se inclina por esta alternativa, antes que entender que ha surgido una nueva categoría

de trabajadores necesitados de una autónoma regulación específica, a la vista de la

gran variedad de tipos de teletrabajo, la legislación actual permite, como regla

general una respuesta adecuada a la casi totalidad de los problemas planteados, por

lo que el teletrabajo, no precisa de un estatuto jurídico propio. Existen no obstante

dificultades no resueltas (el poder directivo del empresario, seguridad y salud en el

trabajo, costes, soporte informática, relaciones colectivas que han de ser solucionados

a través de la contracción individual o colectiva.) y quizás con algún tipo de

regulación no creadora de tipos segmentados de trabajadores.

El teletrabajo aún es un tema nuevo en el Ecuador, es por ello que no existe reconocimiento

para beneficios del teletrabajador como su mención dentro del Código de Trabajo, o alguna

norma superior en materia de derechos laborales y sociales

Page 45: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

33

3.1.2.5 Elementos legales para el desarrollo del teletrabajo en el Ecuador.

Se diferenciará el teletrabajo con otras modalidades de trabajo implementadas para las

personas privadas de libertad; debido a que el teletrabajo es considerado como una

modalidad especial de trabajo. Cada país ha implementado el teletrabajo de diversas formas

como leyes, reglamentos, acuerdos, resoluciones, alianzas y jurisprudencia, siempre mirando

por el bienestar del trabajador.

La Constitución de la República del Ecuador (2008), señala criterios que ninguna autoridad

o ente privado, así mismo decisión o legislación dictada vulnere o afecte en parangón con el

desarrollo integral, digno y fundamental del ser humano, tal es el caso del Art.11 que señala

lo siguiente:

El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: (…)

6. Todos los principios y los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles,

interdependientes y de igual jerarquía. (…)

8. El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las

normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizará

las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio. Será

inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya,

menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos (…).

En base a lo analizado anteriormente y conforme los criterios constitucionales vertidos en

este apartado, se deducen 3 mecanismos que podrían fomentar la implementación del

teletrabajo para las personas privadas de libertad tales como lo son las normas, la

jurisprudencia y las políticas públicas, pero estas deben ser de Estado.

En la legislación ecuatoriana el teletrabajo se ha reconocido por medio de Acuerdos

Ministeriales, siendo está una normativa jerárquicamente inferior como lo determina la

Constitución en su Art. 425, tomando en consideración que por ello se restringe su ámbito

Page 46: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

34

de aplicación, existiendo una vulneración de derechos. Sin embargo, por su categoría de

derechos, debió ser reconocida como una Ley. Existe un antecedente en el Ecuador en el

año 2013, donde el teletrabajo iba a ser regulado en el Proyecto de Código Orgánico de

Relaciones Laborales, pero no fue aprobado.

Para determinar que el teletrabajo es considerado una modalidad especial de trabajo, por lo

tanto; debería ser reconocida en el Código de Trabajo, es necesario evaluar todos los

elementos que integran un contrato de trabajo, para la existencia de la relación laboral como

son: el carácter personalísimo del derecho, el criterio de subordinación plasmado en la

relación, el objeto del contrato enmarcado en la relación, y el concepto de la remuneración

y su incidencia en los efectos venideros.

La dependencia o subordinación se refiere a que el empleador es quien asigna y distribuye

el trabajo, imparte instrucciones para su realización y controla el inicio y fin del mismo. Por

tanto, el teletrabajador queda sujeto a las instrucciones de la empresa aunque no haya

imposición de jornada, horario o trabajo exclusivo. (Morales. A, 2001).

Así mismo se establecerá los principios que favorezcan al trabajador en este caso las

personas privadas de libertad como: in dubio pro-operario, principio de irrenunciabilidad de

derechos, principio de buena fe, entre otros.

Para que el teletrabajo sea reconocido como una modalidad de trabajo implementada para

las personas privadas de libertad primero debe tomarse en cuenta el horario de trabajo, su

remuneración, la afiliación al seguro social, entre otras cuestiones. Está modalidad debería

implementarse, mirando los resultados del trabajo de las personas privadas de libertad que

deben cumplir determinada función.

Estas sugerencias normativas y dogmáticas permitirán que la modalidad: “A partir de su

implantación, se comenzará a trabajar para objetivos, y la remuneración dependerá en la

mayoría de los casos de los resultados obtenidos”. Como bien lo manifestó el tratadista

Morales. A (2001).

Page 47: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

35

Colombia es el único país que sigue ese ejemplo, y además posee jurisprudencia importante

en reconocimiento de los derechos del teletrabajador privado de libertad, haciendo un

recordatorio que la jurisprudencia “Son las decisiones emitidas por los jueces en el momento

que resuelven un conflicto de carácter laboral, en caso de que las leyes no sean claras, es

el juez el encargado de resolver la situación según su criterio, en apego a lo legal; según lo

determinado por el tratadista Sánchez, M (2017); a la vez que la jurisprudencia es la fuente

del derecho laboral.

3.1.2.6 Hacia una rehabilitación e inclusión laboral de las personas privadas de

libertad.

Como idea se planteará que la inversión para mejorar la inclusión laboral no solo sea pública,

ya que por medio de instituciones privadas puede generar más fuentes de trabajo.

Esto se vería reflejado a través de reinsertar a la persona privada de libertad a la sociedad

por medio de políticas de educación, aprendiendo el uso de herramientas tecnológicas; en

Colombia se creó el denominado Punto Vive que tiene como objetivo acceder y capacitarse

con herramientas tecnológicas. Por medio de Instituciones Estatales, se implementan

acuerdos laborales con entidades públicas y privadas sobre teletrabajo en los Centros de

Rehabilitación Social y además se dé seguimiento sobre el desarrollo laboral fuera de estos.

Se debe capacitar igualmente a la sociedad civil para que no exista ningún tipo de

discriminación con las personas privadas de libertad, a quienes no se les puede juzgar por su

pasado judicial, según los criterios del Art. 11 de la Constitución de la República del

Ecuador. Para que los privados de libertad pretendan ingresar al teletrabajo, primero debe

existir la voluntad de ellos, y los Centros de Rehabilitación Social deberían tener una base

de datos para adecuar su perfil laboral y capacidades para realizar actividades de teletrabajo

mediante el uso de herramientas informáticas.

Page 48: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

36

Así mismo que exista un adecuado control del cumplimiento de las funciones del personal

administrativo, guardias penitenciarios y Directores del Sistema Carcelario.

3.1.3. Implementación del teletrabajo para las personas privadas de libertad en la

inclusión laboral.

3.1.3.1 Aspectos para la implementación del teletrabajo en los centros de

rehabilitación social.

Para que pueda ser viable la implementación del teletrabajo en los Centros de Rehabilitación

Social del Ecuador se entreverá 3 aspectos como son: normativo, económico y

administrativo. Entiéndase el reconocimiento normativo del teletrabajo para las personas

privadas de libertad, en casos específicos como son para personas que se encuentra en pre

libertad, o que se encuentren en el área de mínima seguridad dentro de los Centros de

Rehabilitación Social.

En el aspecto económico, como la inversión del Estado y el fomento de acuerdos con la

empresa privada, los cuales permitan el mejoramiento de la calidad de educación y fomento

del empleo, para que a través de herramientas informáticas se capaciten profesionalmente

las personas privadas de libertad.

Mientras que en el aspecto administrativo, el Estado por medio de sus Instituciones como el

Ministerio de Trabajo, deben evaluar el historial profesional de las personas privadas de

libertad, para ubicarlos en un puesto acorde a sus capacidades; tarea primordial para la

Secretaria Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes

Infractores.

Para que la ejecución del teletrabajo sea viable se necesita de recursos humanos,

infraestructura y tecnología, la cual se debería buscar diversos mecanismos para que la

Empresa privada invierta en esta actividad.

Page 49: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

37

Sobre los recursos humanos se determina primero que se necesita una autoridad que regule

el Teletrabajo en los Centros de Rehabilitación Social, como puede ser la intervención del

Ministerio de Trabajo en coordinación con la Secretaria Nacional de Atención Integral a

Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, no se puede negar la

posibilidad de la creación de un Ministerio de Tecnologías que intervenga en la

Implementación de las herramientas tecnológicas. Así mismo para la seguridad de las

maquinarias se debería contratar personal de seguridad o guardias carcelarios. Para la

educación de los privados de libertad sobre el funcionamiento de los equipos tecnológicos,

necesitan de profesores que los capacite.

Sobre la infraestructura o espacio donde se implemente el teletrabajo, sería indispensable

evaluar el desperdicio de espacio físico como es el ex Penal García Moreno, actualmente la

Casa de Confianza Número 1 de Quito, así mismo otro espacios donde se encuentren las

personas privadas de libertad o en prelibertad. Existen los telecentros que según Villa y

Altisen (2012): “Es una oficina de recursos compartidos que dispone de las instalaciones

de telecomunicaciones y de los equipos informáticos necesarios para desarrollar

actividades de teletrabajo”. Aquí se deduce que los telecentros son los centros o lugares de

trabajo que cuentan con el equipamiento necesario para teletrabajar.

Así mismo se debe fortalecer la inversión de las Empresas Privadas con intervención del

Estado, tanto en la infraestructura como en los recursos tecnológicos; se le debe otorgar todas

las herramientas necesarias para que realice su labor como son internet, una computadora

financiada por el Estado o por la empresa privada donde realizan el trabajo.

3.1.3.2. Ventajas de la Implementación del Teletrabajo para las personas privadas

de libertad.

En pleno siglo XXI, con el desarrollo de las tecnologías se explicará cuáles son los beneficios

que tendrían las personas privadas de libertad con la práctica del teletrabajo; al haber sido

Page 50: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

38

recluidos en los Centros de Rehabilitación Social existe ya una desventaja frente la sociedad;

por ello se busca su desarrollo personal por medio del acceso a la educación, y por ende a

un trabajo bien remunerado; que cumpla con el principio de inclusión laboral para cuando

salgan al mercado laboral. Así como manifiesta Corrales, C. (2017) de la siguiente forma:

“La aplicación de esta estrategia permitirá a los beneficiados participar activamente en el

ámbito laboral aportando económicamente a su núcleo familiar y mejorando su

autoestima”.

Toda actividad que realicen los privados de libertad tiene como finalidad la rehabilitación

social e inclusión laboral, para ser un sustento económico para sus familias. Es importante

resaltar que una persona que se encuentra bien anímicamente en su desarrollo personal es

capaz de sobresalir en la sociedad. No se debe olvidar que las personas privadas de libertad

son consideradas la escoria de la sociedad, sufriendo siempre diversos tipos de

discriminación; tienen problemas por conseguir un trabajo estable debido a que su pasado

judicial no es borrado una vez que han cumplido su pena en prisión.

El teletrabajador privado de libertad debe ser informado sobre las condiciones de trabajo, la

duración de la jornada, las vacaciones, la posibilidad de tener días en caso de enfermedad,

entre otras garantías laborales. Es decir no se deben menoscabar sus derechos como

trabajadores.

Les permiten acceder a la educación, eliminando la barrera del desconocimiento y manejo

de herramientas tecnológicas, determinando que la educación en establecimientos

penitenciarios tiene tres objetivos inmediatos: en primer lugar, mantener a los presos o

internos ocupados; en segundo lugar, mejorar la calidad de la vida en la cárcel; y en tercer

lugar, conseguir un resultado útil (oficio, conocimientos, comprensión, actitudes sociales y

comportamiento) que perdure más allá de la cárcel y permita el acceso al empleo o a una

capacitación superior. (Scarfó. F, 2000).

El Ministerio del Trabajo debería invertir el dinero del presupuesto en la educación sobre

herramientas tecnológicas para capacitar a los privados de libertad, además debería crearse

Page 51: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

39

una Dirección o Coordinación sobre el Teletrabajo, en dicha entidad que permita alcanzar

tales objetivos y ser ejemplo para otros modelos de rehabilitación a nivel internacional.

3.1.3.3. Ventajas de la Implementación del Teletrabajo para el Estado.

Es primordial la comparación de cuanto invierte el Estado por una persona privada de

libertad, que por cada interno está entre 400 a 500 dólares mensuales, haciendo un

aproximado, que conforme lo predice el excelentísimo Dr. Ernesto Pazmiño: <<para el

año 2020 se terminarían con 50000 presos>>.

También manifiesta que: “La inversión que haría el Estado por los medios electrónicos,

inmobiliarios para crear los telecentros en los Centros de Rehabilitación Social serviría

de ayuda para capacitar a las personas privadas de libertad, evitando posiblemente su

reincidencia ya que formaría parte de la población económicamente activa”.

En concomitante a este criterio, aduce los integrantes de la Secretaría General Alta

Consejería Distrital del TIC en Colombia (2016) de la siguiente forma: “Las inversiones

necesarias para la aplicación de una estrategia de teletrabajo pueden ser consideradas

excesivas o costosas, sin embargo, éstas pueden ser recuperadas en el mediano plazo, vía

reducción de costos fijos”

Además con el fomento del teletrabajo se puede disminuir el índice de reincidencia,

ayudando a las políticas públicas de Estado carcelarias a cumplir con su garantía de

rehabilitación social. El teletrabajo ayudaría a la matriz productiva, que insertaría a las

personas privadas de libertad en la Economía del país y del conocimiento, generando

recursos para impulsar el desarrollo y crecimiento en todos los niveles.

El Estado cuando actúe como empleador podría generar ganancias para los fondos del Estado

o invertir como Empresa Pública buscando rentabilidad para la economía del país, es decir

Page 52: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

40

debería generar ciertas inversiones de base. Otra alternativa sería inducir educativamente a

las personas privadas de libertad.

También podrían incluir a las personas privadas de libertad en plataformas electorales y

apoyar con créditos blandos para las personas que inviertan en teletrabajo, o el descenso de

los precios de herramientas tecnológicas para que adquieran las Empresas Privadas y el

mismo Estado.

3.1.3.4. Ventajas de la Implementación del Teletrabajo para las Empresas Privadas.

Para ello se deben tener en cuenta ahorros económicos en infraestructura y espacio físico,

agua, luz, uso de inmobiliaria, además deberán tener seguridad jurídica por medio de la

impulsión de normativas por parte del Estado para así poder invertir en el teletrabajo para

las personas privadas de libertad, en sus capacitaciones para formar parte de la empresa ya

sea pública o privada, así como el teletrabajador deberá realizar las actividades en un tiempo

determinado. “En orden a conseguir incrementos en competitividad (por reducción de costes

o por una mejor respuesta al mercado) que se concreta en el empleo intensivo de las

Tecnologías de la Información para la relocalización de los trabajadores” (Morales, A,

2001).

Existen algunas ventajas que se podrían crear como beneficios fiscales, condonación de

deudas, impuestos, con tal de que inviertan en los Centros de Rehabilitación Social. En

Colombia existe un “descuento tributario en la determinación del impuesto sobre la renta y

complementarios”. (Ministerio de trabajo, 2013).

El beneficio que busca la Empresa es la protección y confidencialidad de la información que

le sería otorgada a las personas privadas de libertad, por ello debe buscarse la manera de

supervisar la labor del teletrabajador respetando su integridad. Para ello según el autor Julio

Téllez en el 2010 en su obra sobre el Teletrabajo “existen varios sistemas de encriptación de

la información suministrados por quien proporciona el trabajo. Por otro lado, la ingente

Page 53: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

41

cantidad de documentación que cada segundo transcurre por la red hace que sea

prácticamente imposible saquear dicha información”.

Reduce el espacio utilizado dentro de la empresa debido a que si contrata 200

teletrabajadores, deberían implementarse 200 puestos o áreas compartidas dentro de la

Empresa.

4. RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN

4.1. Análisis y discusión de los resultados.

4.1.1. Respecto a la Realidad de las Modalidades de Trabajo que realizan los

privados de libertad en los Centros de Rehabilitación.

Para la recolección de la Información se entrevistó a cinco personas que se encuentran en

calidad de prelibertad, en la Casa de Confianza Número 1 de Quito. Las personas que se

encuentran en calidad de prelibertad o régimen semiabierto estipulado en el Código Orgánico

Integral Penal, en el artículo 698 vigente desde el 10 de agosto del 2014, otorga este beneficio

a aquellos internos que han cumplido el 60% de la sentencia. Pero también hay presos

condenados con el Código de Ejecución de las Penas, y ellos deben cubrir el 40% de la

sanción. Según datos del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas

de Libertad y Adolescentes Infractores hasta septiembre de este año alrededor de 6.000

personas privadas de libertad ya cumplieron el tiempo y podían acogerse al régimen de

prelibertad. Las personas entrevistadas cumplen la prelibertad acercándose un día a la semana

a capacitarse en la Casa de Confianza Número 1 de Quito en el horario de la mañana o la

tarde. La capacitación que ellos reciben consiste en diferentes emprendimientos, que ellos

mismos realizan para mantenerse.

Page 54: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

42

Alejandro Ortiz persona que se encuentra en pre libertad quien tuvo una condena de 10 años

por venta de drogas, entrevistado el día 23 de Septiembre de 2019 en el ex Penal García

Moreno actualmente Casa de Confianza Número 1 de Quito de profesión bartender; explica

que él en su condena en la Cárcel de Latacunga, se capacitaba en diferentes cursos. Determina

que no le ha sido fácil conseguir trabajo porque su hoja de vida queda manchada con su

pasado judicial. Actualmente él se encuentra laborando como guía en la Casa de Confianza

Número 1 de Quito, recibiendo un salario que no le permite enviar dinero a su familia.

Gabriela Flores de 34 años de edad, mujer, madre de familia, que cumplió una condena por

robo en la Cárcel de Latacunga; no ha culminado el Colegio manifiesta que a las mujeres se

les capacitan en talleres como manualidades, elaborar mullos, aretes, trabajo en lana. Las

actividades que ella aprendió en el Centro de Rehabilitación de Latacunga no le permitieron

acceder a ningún trabajo ya que son discriminados por la sociedad, pide la creación de un

lugar de trabajo dentro del Centro de Rehabilitación Social y fuera de éste que les permita

estabilidad económica ya que no reciben un sueldo o salario por las actividades realizadas.

Las mujeres al ser el pilar de la familia, sustento de sus hijos; deben mantener su hogar; y es

por ello que a través del trabajo podrían obtener un sueldo y poder sobresalir. El desempleo,

la pobreza, la falta de educación y problemas familiares caracteriza la realidad social de las

mujeres

Las diferentes modalidades a desarrollarse en el Centro de Rehabilitación de Latacunga como

bisutería, carpintería, confección de uniformes, actividades de talleres menores en materiales

como origamí, madera en cosas pequeñas; pero sólo dan preferencia a las personas que tengan

conocimiento en estas actividades, es decir no todos los privados de libertad acceden; pero

las personas que no tienen experiencia en estas actividades toman talleres menores para

aprender. Existe un taller de mecánica que no se le da uso, es decir este espacio no utilizado

se podría crear un telecentro para que los privados de libertad laboren en el teletrabajo.

Salir del Centro de Rehabilitación con el aprendizaje del trabajo manual no les permite

conseguir trabajo porque las plazas ya están copadas, además de ello existe un etiquetamiento

de las personas que salen en libertad, no dándoles la oportunidad para laborar, ya que revisan

Page 55: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

43

su pasado judicial. Según el Acuerdo Ministerial del Ministerio de Trabajo Número 82 sobre

la Normativa Erradicación de la Discriminación en el Ámbito Laboral, en el Art. 5 se prohíbe

la exigencia de requisitos en la selección del personal como el pasado judicial para acceder a

un empleo digno.

Huáscar Figueroa quien se encontraba detenido por tráfico de personas, en el Centro de

Rehabilitación Social de Latacunga, actualmente se encuentra en pre libertad. Determina que

él junto con algunos compañeros realizaba un emprendimiento detallado en cómo generar

ingresos desde la cárcel denominada network marketing, también conocido como marketing

multinivel o con las siglas MLM (MultiLevel Marketing), es un modelo de negocio que

consiste en una empresa que comercializa sus productos a través de una red de distribuidores.

Estos vendedores obtienen beneficios a través de las ventas de los productos que ellos

mismos venden y un porcentaje de las ventas de los distribuidores que han reclutado y forman

parte de su equipo (Madurga Jesús, 2014).Es decir, el network marketing o ventas directas,

podría ser una forma en que las empresas inviertan en publicidad a través del teletrabajo que

podrían efectuar los privados de libertad promocionando los diferentes productos por las

redes sociales.

Jordán Gonzáles que fue detenido por el delito de tráfico de personas con fines de explotación

internacional, determina que no les enseñan una verdadera forma de rehabilitación, ya que

deberían de enseñarles a ganar dinero de manera legal, manifiesta que acceder al mercado

laboral es imposible ya que las personas no quieren dar trabajo por los antecedentes penales.

Hay personas que muchas veces no son capacitadas o no tienen un nivel de educación. La

idea debe ser del dueño de negocio, ya que un empleado es una persona que no va a cumplir

su sueño.

El Abogado Ernesto Pazmiño docente de la Facultad de Derecho y ex funcionario del

Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y

Adolescentes Infractores, organismo técnico encargado de la Rehabilitación Social,

determina que las personas que se encuentran recluidos, son personas que no tienen recursos

económicos, algunas realizan actividades en relación de dependencia como ejemplo el

Page 56: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

44

trabajo en la cocina de los Centros de Rehabilitación Social; debiendo recalcar que es una

empresa privada la Factoría, la cual da alimentos a los privados de libertad; les pagan el

salario básico y se encuentran afiliados en el IESS, pero la mayoría de trabajos son

autónomos, como carpintería, y las ganancias se distribuye para las personas que

desarrollaron dichas actividades, o se compra madera para distribuir entre los reos y que

puedan trabajar en ella.

Se debe determinar que la relación de dependencia se trata cuando el trabajador o el privado

de libertad trabajan para el empleador a cambio de una retribución económica o monetaria.

Según Vázquez Vialard (1995) la relación de dependencia se da “cuando uno de los

miembros pone su capacidad de trabajo a disposición del otro que lo recibe, dirige y

remunera”. Al encontrarse en relación de dependencia se encuentra protegido por el Código

de Trabajo y demás leyes, acuerdos, resoluciones que lo amparen del abuso de poder,

reconociendo el sueldo aceptado por el trabajador y empleador, las horas de trabajo, y demás

prestaciones.

El Ministerio de Trabajo es el encargado de que no se vulneren los derechos laborales al

trabajador hacia el empleador y viceversa, velando por la falta de protección social, sueldos

contrarios a la ley y condiciones precarias en las que labore el trabajador.

Nuestro Código de Trabajo ecuatoriano, (2012) menciona que existe una relación individual

de trabajo siempre que una persona natural o física presta servicios personales, por una

remuneración y bajo dependencia jurídica de otra persona natural o jurídica, cualquiera sea

el acto que le de origen.

El Doctor Ernesto Pazmiño recalca que <<El proceso de rehabilitación o trabajo es un

proceso fallido, debido a que las personas que se encuentran cumpliendo una pena son

pobres, que no tienen muchas veces algún tipo de educación y por ello se les enseña

trabajos precarios, criminalizando la pobreza>>.

Page 57: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

45

4.1.2. Acceso a la Educación y medios tecnológicos por parte de los privados de

Libertad en los Centros de Rehabilitación.

La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, señala que toda persona

tiene derecho a la educación bajo los principios de libertad, moralidad y solidaridad (OAS,

1948).

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida como Pacto de San José de

Costa Rica, entró en vigencia en 1978 obligando al Estado a crear la normativa necesaria

para el ejercicio de los derechos humanos, entre ellos, la Educación; complementada con el

Protocolo de San Salvador (1988) donde se agregó que el Estado debe garantizar el ejercicio

del derecho a la educación para todos (OEA, 1988).

La Declaración Universal de Derechos Humanos reza por el acceso a la educación de calidad

para todos, sin exclusión por condición social, raza, género u otros. (UNESCO, 2008).

Según la Constitución de la República del Ecuador (2008) manifiesta en suArt. 26 lo

siguiente:

La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible

e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la

inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable

para el buen vivir.

Este derecho, algunos entrevistados lo ven de la siguiente manera; tal es el caso de Alejandro

Ortiz persona que se encuentra en prelibertad en el ex Penal García Moreno (actualmente

Casa de Confianza Número 1 de Quito) de profesión bartender, habla sobre la educación con

medios tecnológicos, de la siguiente forma: <<Existe el Infocentro que les permitían

capacitarse, y él lo ha utilizado paras capacitarse sobre aspectos culturales e históricos

llegando a ser guía turístico en el Ex Penal García Moreno>>.

Page 58: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

46

Gabriela Flores persona que se encuentra en prelibertad, madre de familia, determina que

existe un Infocentro al que tienen acceso una vez a la semana, les enseñan los programas

básicos como Excel, Word, Point, o les capacitan sobre la cultura del Ecuador.

Una persona que se encuentra en prelibertad tiene acceso a la educación primaria, secundario

y universitaria, cuando se encuentran en los Centros de Rehabilitación, como ejemplos se

encuentra la Escuela y Colegio Unidad Educativa Leónidas Proaño, y Universidades como

la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, Universidad Técnica Particular de Loja,

Instituto Vicente León, las modalidades semi presenciales y virtuales les permiten que sigan

estudiando, siempre que la persona lo desee.

Jordán Gonzales detenido por el delito de tráfico de personas con fines de explotación

internacional, aprendió networked o redes de mercadeo, en un curso denominado CISCO

orientada a una certificación internacional en el manejo de equipos y conceptos de

conectividad de red e internet, seguridad, internet de las cosas, programación y sistemas

operativos. Es decir, existen programas educativos para el uso de herramientas tecnológicas

por parte de las personas privadas de libertad, que podrían utilizarse para el teletrabajo.

El Doctor en Derecho y Abogado Ernesto Pazmiño ex funcionario del Servicio Nacional de

Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y Adolescentes Infractores

manifiesta que el Ministerio de Educación dota de docentes para todos los niveles de

educación primarias, secundaria y Universitaria. Pero que existe una problemática debido

que la Educación Superior no supera un 30% de las personas privadas de libertad, ya que no

existe la tecnología adecuada y acceso a internet para las personas privadas de libertad. Con

ello se entiende que falta un aporte por parte del Estado para que los privados de libertad

puedan completar el ciclo Universitario.

Según Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación a inicios del año

2019, señaló que cuentan con un programa de nivelación de carrera para educación superior

en modalidad en línea que tiene una oferta para un total de 30.950 cupos en cinco (5)

Instituciones de Educación Superior públicas, sin embargo existen dificultades desde la

entidad responsable de los centros, ya que deben implementar al menos un laboratorio de

Page 59: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

47

computación que les permita a los estudiantes recibir las tutorías sincrónicas (en vivo),

conforme los horarios establecidos por las universidades para que puedan cumplir con las

horas mínimas de clase por asignatura.

Además, se debe tener en cuenta que los principales Centros de Rehabilitación Social deben

garantizar que los estudiantes puedan dedicar tiempo autónomo a cada asignatura (tareas,

lecturas, pruebas).(Defensoría del Pueblo del Ecuador, 2019).

4.1.3. Intervención del Estado en el dictamen de las políticas públicas con respecto

a la inclusión laboral.

El Estado interviene a través del Ministerio del Trabajo; mediante la Dirección de Atención

a Grupos Prioritarios, en coordinación con el Servicio Nacional de Atención Integral a

Adultos Privados de Libertad y Adolescentes Infractores desarrollan acciones orientadas a

fortalecer habilidades y aptitudes relacionadas a la búsqueda, acceso y sostenibilidad en el

empleo.

Desde el mes de febrero de 2019 se han realizado talleres sobre Acceso y Sostenibilidad en

el Ámbito Laboral, que tiene por objetivo fortalecer habilidades relacionadas a comunicación

asertiva, liderazgo, relaciones interpersonales, actitud proactiva en el ámbito laboral,

beneficiando a 498 personas privadas de libertad que pertenecen al régimen semiabierto.

Adicionalmente, la Red Socio Empleo del Ministerio del Trabajo, se ha constituido como

facilitador para los procesos de reclutamiento y selección de personal de forma gratuita,

promoviendo el vínculo efectivo y oportuno entre la oferta y demanda laboral, mediante la

innovación permanente en nuestros servicios, con el propósito final de implementar y vigilar

un nuevo modelo de gestión de procesos de selección inclusivos, transparentes y técnicos, de

acuerdo a las necesidades particulares de las empresas, instituciones y principalmente de los

ciudadanos que se encuentran en búsqueda de una plaza laboral en beneficio del núcleo

Page 60: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

48

familiar del país, con énfasis en los grupos de atención prioritaria, entre los que se encuentran

las personas privadas de la libertad.

Las personas que se encuentran en calidad de prelibertad como Alejandro Ortiz formulan la

idea de que el Estado podría fortalecerá los empleados a través de la creación de una Empresa

que les permita acceder a la mayoría de privados de libertad a un trabajo digno, siendo de

ejemplo para que las Empresas Privadas vean el beneficio e inviertan para darles trabajo.

Gabriela Flores, mujer que se encuentra en prelibertad determina que el trabajo debe formarse

de una manera en que perdure mientras se encuentran cumpliendo la pena como privados de

libertad en los Centros de Rehabilitación Social y cuando salgan en libertad los privados de

libertad.

Huáscar Figueroa que se encuentra en régimen semiabierto determina que el Estado debe dar

apertura a ciertos emprendimientos que no les genere gastos al mismo; a la par que les

permitan a sus familiares familia beneficiarse también con todos los resultados que

produzcan tales emprendimientos.

Jordán Gonzales que se encuentra en prelibertad, manifiesta que el Estado debe cambiar su

mentalidad, acoplarse a la era de la información, permitiendo la comunicación, ya que le

está privando de la información del conocimiento, para que cambie la mentalidad del

detenido.

El Dr. Ernesto Pazmiño acota a ello, la recomendación por la cual, el Estado y sus respectivos

órganos administrativos deben crear conciencia en la ciudadanía, para que las personas

privadas de libertad salgan positivamente rehabilitadas. Es por ello que deben fomentar

Acuerdos entre la Empresa Pública y Privada para mejorar la educación y trabajo de los

privados de libertad.

Page 61: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

49

4.1.4 Teletrabajo como mecanismo de inclusión laboral para las personas privadas

de libertad.

El Ministerio del Trabajo desarrolló la normativa de teletrabajo tanto para el sector público

como para el privado, de la misma forma desarrolló acuerdos Ministeriales y sus reformas en

el Sector privado. El teletrabajo en el sector privado se encuentra regulado por el Acuerdo

Ministerial No. MDT-2016-190 de fecha 04de agosto del 2016, reformado con el Acuerdo

Ministerial No. MDT-2018-0002-A de fecha 11 de enero del 2018.

El teletrabajo en el sector público se encuentra regulado por el Acuerdo Ministerial No.

MDT-2017-0090-A de fecha 18 de mayo del 2017, reformado con el Acuerdo Ministerial

No. MDT-2018-0002-B de fecha 11 de enero del 2018 y otras cuestiones de carácter legal.

Al realizar Reformas a los Acuerdos Ministeriales MDT-2016-190 para el sector privado y

MDT-2017-0090-A sector público, tendrán preferencia para la aplicación y aprobación del

teletrabajo las siguientes personas: mujeres embarazadas, mujeres en periodo de lactancia,

personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas, adultos mayores y

personas que tengan bajo su cuidado familiares con enfermedades catastróficas.

Hasta el mes de Octubre de 2019 según datos proporcionados por la Dirección de

Comunicación Social del Ministerio de Trabajo, aproximadamente existen 12.300 registros

de personas que se han beneficiado de la modalidad de Teletrabajo, a nivel nacional la cifra

en el sector privado asciende a 12.050, mientras que en el público asciende a 250

aproximadamente.

De acuerdo a la Norma Técnica que regula el teletrabajo en el sector público Acuerdo

Ministerial 090 (07-feb-2018), configura la forma como debe llevarse a cabo esta modalidad

laboral, de la siguiente forma:

Page 62: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

50

DISPOSICIONES GENERALES.

PRIMERA.- El cambio a teletrabajo en relaciones contractuales existentes, modifica

únicamente la manera en que se efectúa el trabajo, sin afectar ni cambiar las

condiciones esenciales de la relación laboral, por tanto no altera derechos y no

constituye causal de terminación de la relación de trabajo.

De acuerdo a la Norma Técnica que regula el teletrabajo en el sector privado Acuerdo

Ministerial 190 (30-01-2018) establecen elementos que corroboran con la citación anterior,

expresa de la siguiente forma:

DISPOSICIONES GENERALES

Primera.- El cambio a teletrabajo en relaciones contractuales existentes, modifica

únicamente la manera en que se efectúa el trabajo, sin afectar ni cambiar las

condiciones esenciales de la relación laboral, por tanto no altera derechos y no

constituye causal de terminación de la relación de trabajo.

Segunda.- Las personas teletrabajadoras tienen los mismos derechos colectivos que

el resto de trabajadores/ras de la empresa, de conformidad con la ley. Se considerarán

teletrabajadores/as únicamente aquellos que hubieren sido contratados o cambiados a

esta modalidad mediante acuerdo escrito entre las partes.

A pesar del desconocimiento del teletrabajo por parte de las personas privadas de libertad;

existen algunos que determinan los beneficios que posee el teletrabajo en el desarrollo

personal, familiar y económico; tal es el caso del entrevistado Alejandro Ortiz, quien se

encuentra en prelibertad, quien determina que existiría una facilidad para que ellos tengan un

buen trabajo con el teletrabajo como empleo digno, y provechoso para su familia, mediante

el dominio de aparatos informáticos.

Gabriela Flores persona beneficiada con el régimen semiabierto, quién tiene hijos, menciona

que al acceder al teletrabajo, su beneficio sería económico, ya que tiene que alimentar a su

Page 63: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

51

familia, y esto podría alzar su autoestima como mujer, sin sentirse discriminada por los

empleadores.

Las ventajas que se visibilizan con la implementación del teletrabajo dentro de los Centros

de Rehabilitación Social es cuestión de tiempo, dado que las personas privadas de libertad

pierden tiempo con su familia, entonces serían dueños de su propio tiempo, accediendo a un

trabajo y recibiendo un salario para la manutención propia y de su familia, al mismo tiempo

comparte tiempo de calidad con estos últimos.

Huáscar Figueroa, otra de las personas que se encuentra en prelibertad, determina que las

ventajas del teletrabajo impulsan el acceso a la tecnología por medio de práctica, al mismo

tiempo, benefician para su futuro, sintiéndose gente preparada para afrontar los retos de la

era tecnológica.

Jordán Gonzales, una de las personas privadas de libertad, que se encuentra en el régimen

semiabierto, reconoce que el teletrabajo podría funcionar para tener estabilidad laboral, en

que se accede a la información, y mediante el apoyo del Estado y Empresa Privadas, se genera

un desarrollo económico y familiar al obtener ingresos que podrían apoyarlos, así también

tener comunicación, mediante la obtención de información.

El Abogado y Doctor Ernesto Pazmiño, insinúa que el desarrollo tecnológico necesita más

inversión, control e intervención de la empresa privada, buscando la finalidad del Estado que

es la rehabilitación social de las personas privadas de libertad teniendo como medio el

trabajo, para que sean personas económicamente activas, aportando positivamente para su

desarrollo personal y mejorando su autoestima.

4.1.5 Recomendaciones para establecer políticas laborales de Rehabilitación Social.

Al establecer que la educación y el trabajo generalmente van dirigida a las personas pobres

que han cometido un delito, debería empezar a realizarse un análisis sociológico de las

Page 64: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

52

personas que se encuentran en los Centros de Rehabilitación. Primero se debe empezar

analizando el perfil de la persona privada de libertad, lo que actualmente se conoce como el

protocolo de acceso a los ejes de tratamiento.

El pensamiento del Estado y sus políticas deberían ir dirigidas a no criminalizar la pobreza,

ya que se les mira como la escoria de la sociedad y lo único que se les enseñan son trabajos

precarios, debido a que es gente pobre, que la mayoría de ellos no han accedido a educación.

Por ello cuando salen de los Centros de Rehabilitación no tiene acceso a un trabajo estable y

digno.

Según determina el Doctor Ernesto Pazmiño <<Sí existe abandono por parte del Estado

Ecuatoriano, ya que los recursos empleados para la mayoría de actividades realizadas en

los Centros de Rehabilitación Social, son de autogestión de las familias y los presos,

solamente la maquinaria para los talleres es dotada por el Estado>>.

Uno de los problemas de hacimiento dentro de los Centros de Rehabilitación Social es el

excesivo número de reclusos, y con ello no existiría un verdadero tratamiento de

rehabilitación; esto va en contra de lo determinado en las Reglas Mínimas de las Naciones

Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela) de 2015, Regla número

89 establece que

Es conveniente evitar que en los establecimientos penitenciarios de régimen cerrado

el número de reclusos sea tan elevado que llegue a constituir un obstáculo para la

individualización del tratamiento. En algunos países se considera que el número de

reclusos en dichos establecimientos no debería pasar de 500.

Lo que debería hacer el Estado es la creación de Centros de Rehabilitación de menor tamaño;

y los que se encuentran actualmente, convertirlos en hospitales, dando espacio para la

creación de lugares como los telecentros para que los privados de libertad puedan trabajar.

El Estado al tener la perspectiva de esto, como una política no económicamente rentable, se

debería buscar otros mecanismos de inversión ya sea de la sociedad civil o empresas privadas,

Page 65: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

53

de igual manera se deberían incentivar la creación de políticas públicas de Estado que

perduren en el tiempo.

El Dr. Ernesto Pazmiño asegura que <<La pena de prisión no sólo se cumple encerrándolo,

sino cuando sale en la sociedad>>.La sociedad mira las personas que estuvieron en un

Centro de Rehabilitación Social como enemigos, por ello una de las políticas sería el

cumplimiento cabal de que los antecedentes penales sean borrados para conseguir un trabajo,

una vez que cumplan su condena.

Otra política pública que debería implementarse es velar por la estabilidad laboral de las

personas privadas de libertad primero en los Centros de Rehabilitación Social; considerando

el caso de España donde empresas privadas se dedican a preparar en los Centros de

Rehabilitación Social a las personas privadas de libertad sobre actividades que se necesitan

afuera y cuando cumplen su condena les otorgan un trabajo estable, pudiendo usarse de

ejemplo el teletrabajo.

Así mismo debe existir una autoridad que vele porque se cumpla la estabilidad laboral y que

no exista discriminación a la hora de buscar un empleo; ya sea creada en el Ministerio de

Trabajo o en la Secretaria Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad

y a Adolescentes Infractores. Así mismo los Ministerios deben incorporar en sus

presupuestos, la designación de dinero para la rehabilitación social de las personas privados

de libertad.

Una alternativa para que las Empresas Privadas inviertan en los Centros de Rehabilitación

social sería que, en vez de condonar multas a los grandes empresarios del Ecuador por casi

4.000 millones de dólares, un Estado responsable debía condonar cierta parte de la deuda

haciendo que el 50 por ciento ósea 2000 millones de dólares sean invertidos en los Centros

de Rehabilitación Social.

Falta visión y conciencia de políticas de rehabilitación social; ya que en el proceso de

rehabilitación que se maneja actualmente, en la mayoría de los casos existe reincidencia,

donde el preso emerge más vengativo y la familia entra en el círculo delictivo, a veces

Page 66: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

54

abandonando sus hijos pequeños los estudios debido a que deben salir a trabajar, o porque

sus madres han delinquido y no tienen recursos para la manutención de sus hijos.

Otra situación para evitar el hacinamiento carcelario, es evitar la captura de las personas por

delitos de bagatela, sino enfocarse a los que han cometido delitos mayores; ya que el 55% de

los presos son delitos contra la propiedad y consumo de drogas, es decir personas que son

pobres, y por eso han delinquido, es por ello que hay un mayor número de personas privadas

de libertad en los Centros de Rehabilitación Social.

4.1.6 Viabilidad de la Implementación del Teletrabajo en los Centros de

Rehabilitación del Ecuador.

La viabilidad según la Enciclopedia de la Real Academia de la Lengua Española RAE (2014)

“es la condición del camino o vía por donde se puede transitar”, en el Ecuador para que sea

implementado el teletrabajo para las personas privadas de libertad en los Centros de

Rehabilitación Social, debe adecuarse primero la normativa laboral, en cumplimiento con la

Constitución de la República del Ecuador sobre la no discriminación laboral, y estableciendo

políticas de Estado para la rehabilitación social. La realidad que se plasma en los Centros de

Rehabilitación es la de hacimiento enorme de personas privadas de libertad, en una

infraestructura donde no pueden habitar tantas personas; se visibilizó la no utilización de

áreas como el ex Penal García Moreno en Quito, y en Latacunga un Centro de Mecánica que

pudieran ser áreas para que las personas privadas de libertad se capaciten y laboren con

computadoras o teléfonos realizando teletrabajo. Por ello se debería implementar una política

de innovación tecnológica en Latacunga, con un servicio de 24 horas de Internet; así mismo

debe crearse un mecanismo de seguridad informática.

Los privados de libertad al trabajar en el teletrabajo ganarían su propio sueldo, y cubrirían

sus necesidades, eliminando el gasto al Estado que invierte en ellos. No se debe olvidar de la

prioridad de aplicación del teletrabajo para las mujeres, discapacitados y jóvenes, es decir

Page 67: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

55

grupos de atención prioritaria que deben continuar con su inclusión laboral, para manutención

y sustento de sus familias.

Para poder implementar el teletrabajo para las personas privadas de libertad en el Ecuador,

es indispensable primero contar con los recursos económicos y poder tomar como ejemplos

otras legislaciones (en el Caso de Colombia) con la creación de un plan piloto, implementado

primero a un grupo de privados de libertad en alguna de los Centros de Rehabilitación del

Ecuador para luego si es viable, implementarlo en los demás.

4.1.7 Creación de un Plan Piloto.

Un proyecto o plan piloto es un esfuerzo o riesgo temporal que se asume para probar la

viabilidad de una solución del sistema propuesto. En este caso la propuesta sería la

rehabilitación social e inclusión laboral de las personas privadas de libertad a través del

acceso al teletrabajo, y el riesgo que debe tomarse son la inversión de recursos económicos,

técnicos y humanos por parte del Estado y de Empresas privadas.

La implementación del teletrabajo demanda un lugar de trabajo diferente al acostumbrado,

por ello se debe tener en cuenta algunos aspectos como: sitio o telecentro para realizar la

labor, incorporar una infraestructura moderna, capacitación del personal, sistema de control

de metas, motivación para el personal teletrabajador.

Según (Buitrago Jhonny, 2015) en su tesis Propuesta del Plan Piloto Para la Implementación

del Teletrabajo en el Centro Militar Penitenciario de Puente Aranda como Opción de Trabajo

y Redención de Pena; existen 3 fases para la Implementación del Teletrabajo que son: Fase

de Estructuración, Fase de Implementación y Fase de Evaluación y Sostenimiento del Plan

Piloto.

En la Fase de Estructuración se debe crear un Comité Coordinador, quienes deben estar

debidamente capacitados sobre el proyecto, e intervenir directamente en este como son las

Empresas Públicas o Privadas, los funcionarios o Directores del Centro de Rehabilitación

Social, Ministerio de Trabajo o en la Secretaria Nacional de Atención Integral a Personas

Page 68: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

56

Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores. En el diseño del Plan Piloto se debe

considerar los beneficios, desventajas, matriz de riesgos, planes de contingencia, promoción

del programa con empresas del sector público y privado, descripción del alcance, tiempo,

costo; y realización de los perfiles del personal aspirante; para al final llegar con el último

elemento que aporta el tratadista Buitrago (2015 de la siguiente forma:

El comité coordinador, una vez que se adopte el teletrabajo, serán las personas que

coordinen y supervisen a los teletrabajadores, además orientaran al teletrabajador con

la planificación de la labor asignada, el control juega un papel importante facilitando

la resolución de dudas o conflictos y evaluando la consecución de los objetivos

trazados.

La Fase de Implementación consiste en la difusión del plan piloto para las Empresas Privadas

y Públicas, generando nuevos empleos y los beneficios fiscales que recibirán; así mismo esta

fase debe seleccionar a los teletrabajadores que de forma voluntaria quieren formar parte del

proyecto, con la creación de una base de datos a la cual tenga acceso el Comité Coordinador,

que contengan el perfil profesional de los privados de libertad, realicen entrevistas

profesionales a través de la psicóloga o trabajadora social. Sobre la capacitación de los

teletrabajadores deben existir entidades como el Ministerio de Trabajo que se encarguen de

otorgar diferentes Certificados, un ejemplo sería el CISCO.

La fase de Evaluación y Sostenimiento del Plan Piloto consiste en la obtención de los

resultados a través de la medición y cumplimiento de objetivos trazados en este caso sería la

finalidad de inclusión laboral y rehabilitación social de las personas privadas de libertad,

cumpliendo su condena en los Centros de Rehabilitación Social; así mismo para las Empresas

Privadas y Públicas verificándose su rentabilidad.

Page 69: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

57

El sostenimiento del Plan Piloto radica en la formalización del Plan Piloto a través de

Resoluciones del Ministerio de Trabajo y la Secretaria Nacional de Atención Integral a

Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores., su reconocimiento en el

Código de Trabajo o por medio de la Implementación de Políticas Públicas de Estado. La

siguiente tabla muestra la estructura del mencionado proyecto:

Fuente: Proyecto de implementación en modalidad de teletrabajo para personas con discapacidad motora (M.

Ríos, J. Flórez y L. Rodríguez, 2012. Modificado.

Para poner en vigencia el Plan Piloto es necesario contar con los recursos necesarios, como

los de carácter económico, tecnológico y humanos, detallados de la siguiente forma:

4.1.7.1 Aspectos Económicos.

Se evalúa los costes derivados por el consumo de energía eléctrica, iluminación,

funcionamiento de las computadoras, teléfono, material de oficina; equipo informático,

muebles de oficina, adaptación de sistemas de seguridad contra robo, incendio, instalación

de la luz eléctrica; estos costes deberían ser asumidos por la Empresa Pública y Privada.

Page 70: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

58

4.1.7.2 Aspectos Recursos Humanos.

Los recursos humanos para implementación del teletrabajo se dividiría en los

teletrabajadores, (que son las personas privadas de libertad), las autoridades que controlarían

el trabajo realizado (como son los Directores de los Centros de Rehabilitación Social), alguna

autoridad de la Empresa Pública o Privada; profesores que capacitan a los teletrabajadores

(como personal del Ministerio de Educación o Institutos de Educación Superior), entre otros

de carácter auxiliar como los trabajadores sociales y psicólogos que guíen a los privados de

libertad.

4.1.7.3 Aspectos tecnológicos

Se debe procurar garantizar la seguridad y confidencialidad de la información, por ello debe

efectuarse tecnología adecuada con servidores, plataformas de trabajo y sistemas de

interconexión. En el Libro Blanco el ABC del Teletrabajo en Colombia, (2013) nos establece

la tecnología necesaria para la implementación del telecentro que son:

1. Infraestructura: Elementos físicos que permiten la conectividad digital, por ejemplo

las redes de fibra óptica o las torres de telefonía celular.

2. Servicios: Son ofrecidos por los operadores, haciendo uso de la infraestructura, que

permiten desarrollar la conectividad digital, por ejemplo el servicio de Internet, el

servicio de telefonía móvil o el servicio de mensajes de texto (SMS).

3. Aplicaciones: Hacen uso de los servicios para interactuar con el usuario final, por

ejemplo los portales de redes sociales o sitios de noticias vía Internet, los sistemas de

audio-respuesta para telefonía móvil o la banca móvil para el servicio de SMS.

4.1.7.4 Tipos de actividades de teletrabajo que realizarían los privados de libertad

en los Centros de Rehabilitación Social.

Page 71: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

59

En Colombia tenemos algunos ejemplos de teletrabajo que realizan las personas privados de

libertar como call center, contabilidad, organización de personal, digitación de documentos.

Según Slesaransky (2002) están aquellas que convierten, gestionan, generan, difunden,

acceden y comparten la información, definidas de la siguiente forma:

“ en la información: traductores, transcriptores de datos, grabadores de

datos.

programadores...

por teléfono, soporte postventa...

prensa u otras publicaciones...

mparten información: relaciones cliente/proveedor, empresa colaboradoras,

relaciones central/sucursales... (Slesaransky, 2002)

4.1.8 Reconocimiento de Derechos laborales para los privados de libertad en

desarrollo del teletrabajo.

Entre las garantías que deben darse a los derechos laborales se encuentran la salud mediante

el cubrimiento de los riesgos profesionales con la afiliación al Instituto Ecuatoriano de

Seguridad Social, se debe proporcionar un salario digno el cual les permita ahorrar para su

futuro, se les debe otorgar una capacitación profesional, esto se ve reflejado en el artículo 23

de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “1. Toda persona tiene derecho al

trabajo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo

igual”. Es decir el trabajo en prisión debe tener los mismos privilegios o derechos que el

trabajo realizado por la comunidad que se encuentra en libertad.

Page 72: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

60

Como parte de la reintegración social de los reclusos privados de libertad debe considerarse

su derecho a la educación, debido a que la mayoría de la población privada de libertad es

analfabeta o no ha recibido la instrucción necesaria para conseguir un trabajo digno, es por

ello que el Estado como principal ente garantista de derechos debe promulgar dichos

beneficios.

4.1.9 Análisis del mecanismo para la Implementación del Teletrabajo para las

personas privadas de libertad en el ordenamiento jurídico ecuatoriano.

Se debe diferenciar el teletrabajo considerado como un régimen especial de trabajo y como

modalidad de trabajo a domicilio; dado que el teletrabajo no necesariamente debe ser

realizado en casa; sino en diferentes lugares que no sean la sucursal de la Empresa u oficina,

haciendo uso de la tecnología.

El mecanismo se determina como el proceso para la Implementación del Teletrabajo para

las personas privadas de libertad, considerándose que el teletrabajo es una modalidad especial

de trabajo, pero por ello no significa el menoscabo de derechos laborales. El teletrabajo no

puede ser reconocido simplemente como un Acuerdo del Ministerio de Trabajosino dada su

importancia merece el reconocimiento en el Código de Trabajo Ecuatoriano debido a que

posee característica esenciales del contrato individual de trabajo;otra de las alternativas es

que sea implementado como política pública, primero para reducir el índice de desempleo a

nivel Nacional y como mecanismo de rehabilitación e inclusión laboral para las personas

privadas de libertad.

El teletrabajo como contrato individual de trabajo: Se prevé que el contrato individual de

trabajo es un convenio en virtud del cual una persona se compromete para con otra u otras a

prestar sus servicios lícitos y personales, bajo su dependencia, por una remuneración fijada

por el convenio, la ley, el contrato colectivo o la costumbre. (Código de Trabajo del Ecuador,

2012).

Page 73: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

61

Para que el teletrabajo sea considerado como un contrato individual de trabajo debe

determinarse que este convenio realizado por el teletrabajador y el empresario Público o

Privado debe encontrarse con el reconocimiento de los derechos laborales en armonía con la

Constitución, Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos y el Código de Trabajo.

Debe ser considerada una modalidad de trabajo especial, debido a que el lugar de trabajo es

diferente a donde se encuentre la sede principal de la Empresa; así mismo varia la forma de

ejecutarse la labor, siendo la mejor manera por la estipulación de un tiempo determinado para

el cumplimiento de diferentes metas o actividades, un ejemplo sería el call center para

promocionar un producto, se determinará el número de llamadas hechas a usuarios por parte

de la persona privada de libertad en un tiempo determinado.

El teletrabajo como servicios lícitos y personales: El teletrabajo también debe ser visto al

tenor del Código del Trabajo, como servicios lícitos y personales que no contravengan la ley,

donde exista voluntad del teletrabajador de laborar con medios telemáticos en los Centros de

Rehabilitación Social para el empresario. La subordinación del contrato de trabajo permite

al teletrabajador acatar las órdenes del empleador, ahí se configura la relación laboral, siendo

el privado de libertad quien debe cumplir con la metas u órdenes encomendadas por el

Empresario. Debe darse el reconocimiento de la relación de trabajo por la dependencia

económica (al recibir un estipendio) y jurídica (al celebrarse o firmarse el contrato de trabajo

con determinadas clausulas), determinando la obligación de realizar el trabajo.

Se podría incluir en el Código de Trabajo Ecuatoriano como contrato por tarea determinada

en el Art 16 del mismo cuerpo legal que prescribe lo siguiente:

“En el contrato por tarea, el trabajador se compromete a ejecutar una determinada

cantidad de obra o trabajo en la jornada o en un período de tiempo previamente

establecido. Se entiende concluida la jornada o período de tiempo, por el hecho de

cumplirse la tarea”.

Es decir, al teletrabajador se le encomienda una tarea determinada que debe cumplirla por un

lapso de tiempo estipulado que no sobrepase el trabajo de 40 horas semanales y 8 horas

diarias.

Page 74: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

62

El teletrabajo como política pública de Estado: Antes que nada se debe visualizar este

aspecto con una cita del tratadista Boairov (2008) de la siguiente forma:

El fomento del teletrabajo, como una política pública, reviste gran importancia en

materia de productividad por la dinamización de la economía del país y por el impulso

que permite al emprendimiento productivo mediante formas asociativas de

organización empresarial, contribuye con el avance en materia de innovación tanto

desde el punto de vista de la adopción de tecnologías blandas (nuevas formas de

organización del trabajo), como de la incorporación de las tecnologías de la

información para la prestación de nuevos servicios productivos. (Boairov. S, 2008).

Las políticas de Estado son el cumplimiento de metas trazadas por el gobierno

visibilizándose la inclusión de grupos de atención prioritaria como son las personas privadas

de libertad, así mismo como mecanismo económico de inversión por parte de Empresas

Privadas determinando la reducción por parte del Estado en trabajo para las personas privadas

de libertad, efectuando la rehabilitación social.

La reinserción laboral de las personas que han infringido la ley es una tarea especializada,

debe basarse en diversos objetivos como reducir los niveles de reincidencia, y promover la

integración a la sociedad.

El Ecuador al ser un Estado Constitucional y Garantista de derechos entre ellos el derecho al

trabajo; debe respetar los Tratados Internacionales de Derechos Humanos a los cuales se haya

suscrito, así en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 en el Art 23

numeral 1 se determina que: “Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de

trabajo a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el

desempleo”. Cumpliendo con este articulado protegiendo el derecho al trabajo de las

personas privadas de libertad, sin que exista discriminación alguna.

Para que se pueda establecer una política pública se deben desarrollar elementos centrales

que para el autor Roth, 2002 son: “Implicación del gobierno, percepción de problemas,

definiciones de objetivos y proceso”. En este caso el gobierno debe centrarse en cumplir con

Page 75: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

63

lo que establece la Constitución del Ecuador en cuanto a rehabilitación social de las personas

privadas de libertad; percibiendo la problemática de reincidencia de delitos que existe por

parte de las personas que han salido en libertad, así mismo la gran cantidad de hacimiento

que existe en los Centros de Rehabilitación Social, y la falta o escasa inversión por parte del

mismo Estado en lo que se refiere a trabajo para las personas privadas de libertad.

4.1.10 Teletrabajo como mecanismo de Redención de la Pena.

Otro beneficio para las personas privadas de libertad es la redención de la pena, que es un

beneficio administrativo penitenciario cuando salen en prelibertad con la obtención del

teletrabajo. Uribe (2013), define la redención, de la siguiente forma:

Es el elemento neurálgico de la fase de ejecución de la pena privativa de la libertad

en un sistema que privilegia como fin la resocialización de los internos. A través de

este instrumento, los internos se ven motivados a tener un buen comportamiento

durante su reclusión y a practicar actividades artísticas, deportivas, de lectura,

trabajo, estudio, recreación o enseñanza, para recibir en contraprestación un abono

de pena adicional, con el que pueden reducir el tiempo efectivo de privación de la

libertad y, de acceder a los beneficios administrativos y judiciales propios de cada

fase del tratamiento penitenciario.

La redención de la pena sería importante por dos motivos: Primero fortalecería la

rehabilitación social de las personas privadas de libertad y ayudaría a la reducción de

hacimiento en los Centros de Rehabilitación Social, debiendo analizarse en qué casos puede

existir condonación o perdón de la pena.

En Colombia la redención de la pena se encuentra en el Código Penitenciario y Carcelario

(Ley 65 de 1993). La persona privada de su libertad puede redimir un día de prisión por dos

días de trabajo –8 horas diarias– (Artículo 82 CPCC) o por dos días de estudio, un día

Page 76: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

64

equivale a 6 horas aun cuando en días diferentes pero hasta 6 horas diarias (Artículo 97

CPCC).

También puede redimir pena por enseñanza, a razón de 4 horas de enseñanza como

equivalente a un día de estudio en cualquier tipo de instrucción o si el preso es reconocido

como instructor o educador acreditando las calidades necesarias (Artículo 98 CPCC), o por

la realización de actividades literarias, deportivas, artísticas y en comités de internos que se

asimilan a la actividad de estudio (Artículo 99 del CPCC).

También se prevé la posibilidad de redimir pena por la realización de trabajo comunitario

fuera de la prisión en el perímetro urbano o rural de la ciudad en la que se encuentra ubicada,

y para las personas condenadas a penas privativas de la libertad no mayores a 4 años, aunque

no se establece un cómputo al respecto sino un genérico, reenvío a este texto legal (Artículo

99A CPCC).

Ahora bien, en el caso colombiano el Juez de Ejecución Penal debe considerar la evaluación

que se haga del trabajo, la educación o la enseñanza del condenado para otorgar o no la

redención de pena y en dicha evaluación también considerará la conducta del interno, por lo

que esta medida penal está sometida a su criterio (Artículo 101 CPCC).

Al mismo tiempo, la redención de pena es considerada un derecho por parte de este texto

legal, que lo vuelve exigible por las personas privadas de su libertad (Artículo 103A CPCC).

En el caso de Ecuador se da como particularidad que la sanción del Código Orgánico Integral

Penal en 2014 implicó anular la preexistente institución, con cierta semejanza con las

discutidas en este apartado, de la “rebaja de pena”, que estaba prevista en Código de

Ejecución de Penas y Rehabilitación Social de 1982. (Sozzo, M. 2017).

Page 77: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

65

5. CONCLUSIONES

1. El teletrabajo es una modalidad de trabajo, que en el Ecuador en pleno siglo XXI y

con el avance de las herramientas tecnológicas, no ha sido reforzada tanto a nivel

normativo dado su escaso conocimiento por parte de la sociedad; como a nivel social

para la inclusión de diferentes sectores considerados como vulnerables o de atención

prioritaria para nuestra Constitución, excluyendo a las personas privadas de libertad,

sin que se tutele su derecho humano al trabajo y su rehabilitación integral a la

sociedad, pese a que este ha sido reconocido para el sector público y privado, aún

falta establecer la protección de diversos derechos laborales como la seguridad o

salud del teletrabajador, así como la prevención de riesgos.

2. La falta de oportunidad laboral a las personas privadas de libertad conduce a la

reincidencia de delitos dado los problemas como desempleo, pobreza e

inconvenientes familiares, esto refleja la mayor cantidad de hacimiento de personas

privadas de libertad en los Centros de Rehabilitación Social; y una vez que son

puestos en libertad se enfrentan a la discriminación laboral por parte de los

empleadores quienes no desean contratar a personas con un pasado judicial, aunque

la revisión del record policial sea inconstitucional.

3. El Estado al implementar políticas públicas sobre teletrabajo en inclusión para las

personas privadas de libertad cumple con la finalidad de rehabilitación social e

inclusión laboral para las personas privadas de libertad; y además se beneficiaría

económicamente ya que los reos al ser personas económicamente activas, tendrían

ingresos que les permitiría cubrir sus gastos en los Centros de Rehabilitación. Así

mismo podría tener mayor inversión por parte de la Empresa Privada quien tendría

beneficios fiscales, condonación de deudas, y reducción de impuestos para que tengan

seguridad jurídica y deseen incursionar en el teletrabajo.

4. La rehabilitación integral y desarrollo personal de las personas privadas de libertad

no obtiene los resultados que se busca dado el porcentaje de reincidencia, la

deficiencia de acceso a la educación por parte de las personas privadas de libertad se

debe a que no se cuenta con los recursos tecnológicos, ni personal suficiente para su

Page 78: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

66

capacitación, la única enseñanza es de trabajos precarios que no les permite obtener

oportunidades laborales dada la gran cantidad de competencia que existe al salir en

libertad.

Page 79: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

67

6. RECOMENDACIONES

1. La viabilidad de la implementación del teletrabajo en los Centros de Rehabilitación

para las personas privadas de libertad, aún es utópico dado que depende del desarrollo

normativo, económico, administrativo, y adecuación de la infraestructura, esto se

debe determinar con un análisis o diagnóstico de la realidad de la situación laboral

carcelaria, estudio del perfil de la persona privada de libertad, con profesionales que

intervengan en su capacitación.

2. Se debe establecer mecanismos normativos que implementen el teletrabajo para las

personas privadas de libertad; actualmente se encuentra en un posible acuerdo entre

el Ministerio de Trabajo y la Secretaria Nacional de Atención Integral a Personas

Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, pero dada su magnitud de

esparcimiento y que actualmente se fomenta en el sector público y privado al cual

tienen acceso las amas de casa y discapacitados, debería tener su reconocimiento

mediante una reforma al Código de Trabajo en el título III como una modalidad

especial de trabajo donde existe subordinación del teletrabajador al empresario o

empleador, ampliando su aplicación para las personas privadas de libertad.

3. Se debe desarrollar un plan piloto para determinar los beneficios del teletrabajo en las

personas privadas de libertad, dada la necesidad de la intervención e inversión por

parte del Estado, primero por parte de las Instituciones del Estado, Ministerio de

Trabajo, Ministerio de Telecomunicaciones, Ministerio de Salud, Secretaria Nacional

de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores,

y la creación de una Institución que vele por la estabilidad laboral de las personas

privadas de libertad una vez que cumplen su condena.

4. El Ecuador debe mejorar sus políticas públicas para impulsar el acceso de

herramientas telemáticas para brindar oportunidades a los diversos sectores de la

sociedad en especial grupos vulnerables como privados de libertad, mujeres, jóvenes

privados de libertad quienes por medio de convenios con Instituciones Públicas y

Privadas ayuden a su educación, junto con la intervención de la sociedad civil para

reducir su estigmatización brindándoles mecanismos de inserción en la comunidad,

Page 80: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

68

pudiendo ser utilizado el mecanismo de la redención de la pena para que intervengan

en estas actividades las personas privadas de libertad.

Page 81: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

69

REFERENCIAS

BIBLIOGRÁFICAS

1. Ávila, L. (2016). El Teletrabajo para personas en condición privada de la libertad

apalancado a los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible). Centro de Educación

Continua. Lima, Perú.

2. Barreiro, J. (1995). El enfermo mental delincuente y peligroso ante el CP de 1995.

Revista de Derecho Penal y Criminología. Madrid, España.

3. Boiarov, S (2008): Informe sobre legislación y normativa vinculada al teletrabajo en

América Latina y el Caribe. Documento de Grupo de Trabajo eLAC2007. Buenos

Aires, Argentina.

4. Buitrago, J. (2015). Propuesta del Plan Piloto para la Implementación del Teletrabajo

en el Centro Militar Penitenciario de Puente Aranda como opción de Trabajo y

redención de la pena.Universidad Militar de Nueva Granada. Bogotá- Colombia.

5. Castillo, J. (2016). El teletrabajo y la importancia de su adopción en los sistemas

jurídicos laborales de los países centroamericanos. Managua-Nicaragua

6. Correa, F. (2015). El teletrabajo: una nueva forma de organización del trabajo. Tesis

de pregrado en Derecho. Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Programa

Académico de Derecho. Piura, Perú.

7. De la Cueva, M (1974). Derecho Mexicano del Trabajo. Tomo II. Editorial Porrúa,

México D.F, México.

8. Defensoría del Pueblo del Ecuador, Dirección Nacional de Investigación e Incidencia

en Política Pública (2019). Defensoría del Pueblo del Ecuador. Informe sobre

situaciones violentas registradas en casos de privación de libertad. Quito, Ecuador.

9. García Falconí, J. (2001). Las garantías constitucionales en el nuevo código de

procedimiento penal y la responsabilidad extracontractual del Estado. Librería

Jurídica Cevallos. Quito- Ecuador.

10. Gordón, L (2017). Régimen de trabajo en relación de dependencia de personas

privadas de libertad en Ecuador. Universidad Andina Simón Bolívar. Quito, Ecuador.

Page 82: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

70

11. Herrera, P. (2015). Necesidad de Codificar en el Código del Trabajo del Ecuador el

Contrato. “Teletrabajo” en el Ordenamiento Laboral acorde con las modernas

técnicas de la Información introducidas en Nuevas Tecnologías. Universidad

Nacional de Loja. Loja, Ecuador.

12. Instituto Interamericano de Derechos Humanos. (1998). Manual de buena práctica

penitenciaria: Implementación de las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para el

Tratamiento de los Reclusos. Producido con la ayuda del Ministerio de Justicia de

los Países Bajos, Instituto Interamericano de Derechos Humanos. San Jose-Costa

Rica.

13. Laswell. H (1994). “La concepción emergente de las ciencias políticas, en Aguilar

Villanueva, L. (ed.) El estudio de las políticas públicas, Editorial Miguel Ángel

Porrúa. México DF. México.

14. Matehus, K. (2011). Una visión Realista sobre las prisiones de Latinoamérica.

Universidad de Kent. Ohio Estados Unidos.

15. Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social (2010). Declaración de

lineamientos y compromisos en materia de teletrabajo, para la promoción de trabajo

decente y como garantía de calidad laboral. Ministerio del Trabajo, Empleo y

Seguridad Social (2010). Buenos Aires-Argentina.

16. Morales, A. (2001). El teletrabajo, nueva forma de organización laboral: situación

actual y perspectivas de futuro en España. Madrid, España.

17. Mosquera, M. (2017). Análisis de Medidas Estatales implementadas para cumplir

con la finalidad de la pena: rehabilitación y reinserción social; y las políticas públicas

como medio para solucionar las deficiencias del Sistema Penitenciario. Universidad

Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Quito, Ecuador.

18. Paladines, J.V (2008). “Ejecución penal y Derechos Humanos, una mirada crítica a

la privación de la libertad: Razón Jurídica o Barbarie, sobre la jurisdicción en la

ejecución penal”. Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos. Quito-

Ecuador.

19. Palacios, M (2017). El teletrabajo: hacia una regulación garantista en el Ecuador.

Universidad Andina Simón Bolívar. Quito, Ecuador.

Page 83: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

71

20. Quinatoa, G (2017). Análisis Económico de la Política Penitenciaria –Propuesta de

Sistema Penitenciario Privado. Quito, Ecuador.

21. Peces-Barba Gregorio. (1999). Curso de Derechos Fundamentales. Teoría General.

Universidad Carlos III de Madrid. Madrid-España.

22. Raso, J. (2008). La Contratación Atípica del Trabajo. Segunda edición ampliada y

actualizada con comentarios de las Leyes Nº 18.099 y 18.251. Amalio M. Fernandez.

Montevideo-Uruguay

23. Reina, F. (2016). Resocialización Pilar fundamental para reducir los elevados índices

de delincuencia y reincidencia en el país. Universidad Militar Nueva Granada.

Bogotá-Colombia.

24. Rivadeneira, R. (2016). Informe Anual de la Defensoría del Pueblo de Ecuador

Dirección Nacional del Mecanismo de Prevención de la Tortura Tratos Crueles y

Degradantes. Defensoría del Pueblo. Quito, Ecuador.

25. Roth L. (2002). “Políticas públicas: formulación, implementación y evaluación”.

Ediciones Aurora. Bogotá-Colombia

26. Ruiz, M (2016). Mujeres, microtráfico e inclusión social post penitenciaria una

mirada desde la gestión pública. Tesis en Maestría en Gestión Pública. Universidad

de Posgrado del Estado. Quito, Ecuador.

27. Sánchez, M (2017). “Los Derechos Laborales y el Teletrabajo”. Universidad Técnica

de Ambato. Ambato, Ecuador.

28. Sarre, M. (2013). Ejecución de las sanciones y medidas penales privadas de la

libertad, en Derechos humanos en la Constitución. Comentarios de Jurisprudencia

Constitucional e Interamericana. México, Suprema Corte de Justicia de la Nación-

Konrad Adenauer. UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas. Volumen II, p,

1837. México D.F., México.

29. Scarfó, F. (2000), “El Derecho a la educación en las cárceles”, Trabajo de la

Dirección de DDHH, UNLP, La Plata, Argentina.

30. Secretaría General Alta Consejería Distrital de TIC. (2016). Teletrabajo para Bogotá.

Secretaría General Alta Consejería Distrital de TIC. Bogotá, Colombia.

Page 84: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

72

31. Sozzo, Máximo (2017). La inflación punitiva. Un análisis comparativo de las

mutaciones del derecho penal en América Latina (1990-2015). Buenos Aires,

Argentina.

32. UnitedNations Office onDrugs and Crime. (2007). Recopilación de reglas y normas

de las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal.

Naciones Unidas. Nueva York-Estados Unidos.

33. Uribe, J. P. (2013). Rebaja de pena por vía de redención: ¿derecho o beneficio?

Nuevo Foro Penal, Bogotá-Colombia.

34. Vásquez, A (1995). Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Editorial Astrea.

Buenos Aires, Argentina.

NORMATIVAS

1. Acuerdo No. MDT-2016-0190. Ministerio del Trabajo (2016). Normas que Regulan

el Teletrabajo en el Sector Privado. Quito. Ecuador.

2. Acuerdo No. MDT-2017-0090 de 2017. Ministerio del Trabajo (2017). Normas que

Regulan el Teletrabajo en el Sector Público. Quito, Ecuador.

3. Acuerdo Interministerial Celebrado entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de

Derechos Humanos y Cultos No. 1-A publicado en el Registro Oficial No. 278

(2018). Quito, Ecuador.

4. Código Orgánico Integral Penal publicado en el Suplemento- Registro Oficial No.

180 de 10 de febrero de 2014.

5. Constitución de la República del Ecuador publicado en Registro Oficial Nº443 del

20 de octubre del 2008.

6. Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos (2016). Informe Mecanismo

Nacional de Prevención de la Tortura, Viceministerio de Atención a Personas

Privadas de Libertad. Quito, Ecuador.

Page 85: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

73

7. ONU, (2015). Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los

Reclusos. Septuagésimo Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las

Naciones Unidas. Ginebra-Suiza.

8. Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo –Senplades(2017). Plan Nacional

de Desarrollo 2017-2021. Toda una Vida. Quito – Ecuador.

9. Reglamento que regula la relación especial de Trabajo en relación de dependencia de

las personas que se encuentran cumpliendo una pena privativa de libertad. (2015).

Publicado en Registro Oficial No. 524 de 17 de junio de 2015, Quito-Ecuador.

10. OAS (1948). Declaración Americana de los Derechos Humanos y Deberes del

Hombre. Bogotá: OEA.

DIGITALES

1. Corrales, C., Bonilla, I., Millán, E.(2017). Estrategia basada en teletrabajo para

contribuir a la inclusión sociolaboral de los internos preliberados de la penitenciaria

las heliconias. SCIELO Colombia. Recuperado de:

http://www.scielo.org.co/scielo.php?pid=S012422532017000200204&script=sci_a

bstract&tlng=es

2. El Telégrafo (2019). El SNAI apoya en la graduación para 150 privados de

libertad.El Telégrafo. Recuperado de:

https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/judicial/12/snai-graduacion-privados-

libertad-ecuador.

3. Fundación Paz Ciudadana (2012). “La Reincidencia en el Sistema Penitenciario

Chileno. Fundación Paz Ciudadana. Santiago-Chile. Versión electrónica:

http://www.pazciudadana.cl/wp-content/uploads/2013/07/2013-03-21_reincidencia-

en-el-sistema-penitenciario-chileno.pdf

Page 86: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

74

4. Garrido, V. (1986) "El fracaso de la rehabilitación: un diagnóstico prematuro", en

Revista de Estudios Penitenciarios. CORE JISC. Recuperado de:

https://core.ac.uk/download/pdf/71030654.pdf

5. Madurga, López (2016). Descubre qué es el Network Marketing. SEMRUSH

ESPAÑA. Recuperado de: https://es.semrush.com/blog/que-es-network-

marketing/?kw=88422140852&cmp=8050776935&label=dsa_blog&utm_source=g

oogle&utm_medium=cpc&utm_campaign=ohm:acc-us:lan-en:dev-pc:sou-dsa:mtp-

blog:stp-brand_management:aud-new:mt-all:ver-1&utm_term=cid-

8050776935,agi-88422140852,adi-396002030535,tid-dsa-838022511498,dev-

c,reg-

9069516&gclid=EAIaIQobChMIyqmPl7zD5gIVSF8NCh0ZJw1_EAAYASAAEgJ

t-fD_BwE

6. Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de Colombia (2016),

MinTIC certifica en Competencias TIC y Teletrabajo a reclusos de San Andrés.

MinTIC20 de marzo de 2019.Bogotá, Colombia. Recuperado de:

https://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-18556.html.

7. Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de Colombia (2018),

Militares privados de la libertad en Antioquia se graduaron en habilidades para el

Teletrabajo. MinTIC3 de abril de 2019. Bogotá, Colombia. Recuperado

de:http://teletrabajo.gov.co/622/w3-article-22066.html.

8. Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia

(2013), Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de

Colombia. Libro Blanco El ABC del Teletrabajo. Bogotá, Colombia. Recuperado de:

https://www.teletrabajo.gov.co/622/articles-8228_archivo_pdf_libro_blanco.pdf.

9. Ministerio de trabajo, Ministerio de las Tecnologías, de la Información y las

comunicaciones (2013). Guía jurídica para la implementación del Teletrabajo.

Colombia. Ministerio de trabajo, Ministerio de las Tecnologías, de la Información y

las comunicaciones Internet. http://www.mintrabajo.gov.co/teletrabajo.html

Page 87: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

75

10. OEA (1988). Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos

Humanos en materiade Derechos Económicos, Sociales y Culturales. OEA.

Recuperado de https://goo.gl/fN2qVv

11. Real Academia Española. (2014). Diccionario de la lengua española (23.a ed.). RAE.

Recuperado de: https://dej.rae.es/lema/garant%C3%ADa.

12. Saucedo, E. (2009). Teletrabajo, posibilidad para la inserción laboral de personas con

discapacidad física en Santa Cruz. Universidad de Buenos Aires. Buenos Aires,

Argentina. 10 de marzo de 2019. Recuperado de:

http://bibliotecadigital.econ.uba.ar/download/tpos/1502-0482_SaucedoE.pdf.

13. Téllez, J. (2010). Teletrabajo. México, México. UNAM.Recuperado de:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2458/43.pdf

14. UNESCO (10 de diciembre de 2008). Declaración Universal de Derechos Humanos.

Recuperado de https://goo.gl/a7XLnH

15. Villa y Altisen. (2012). El Teletrabajo. Pedro Román Graván. Recuperado de:

http://tecnologiaedu.us.es/cursos/28/html/cursos/11/2.htm.

Page 88: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

76

ANEXOS

ANEXO A: Cuestionario empleado para la entrevista estructurada a personas

privadas de libertad.

1.- ¿Qué actividades o modalidades de trabajo realizan ustedes como privados de

libertad en los Centros de Rehabilitación?

2.- ¿Cómo las actividades laborales que realizan le permitirán acceder al mercado

laboral, cuando salga en libertad?

3.- ¿Qué problemas existen para acceder a un empleo digno al salir del Centro de

Rehabilitación?

4.- ¿Qué tipo de educación reciben en los Centros de Rehabilitación?.

5.- ¿Cómo el Estado puede intervenir en la mejora de políticas con respecto a la

inclusión laboral de los privados de libertad?

6.- ¿Qué educación reciben con acceso a herramientas tecnológicas?

7.- ¿Conoce lo que es el teletrabajo?

8.- ¿Cuáles cree que son las ventajas del teletrabajo (conocimiento de herramientas

tecnológicas como mecanismo inclusión laboral?

9.- ¿Qué beneficios cree usted que el teletrabajo dé en su desarrollo personal, familiar

y económico?

ANEXO B: Cuestionario empleado para la entrevista estructurada a la

Subsecretaria del Ministerio del Trabajo.

1.- ¿Qué normativa legal reconoce el Ministerio del Trabajo para la inclusión laboral

de personas privadas de libertad?

2.- ¿Qué derechos laborales se reconoce para los privados de libertad? ¿Entre salario

y afiliación?

Page 89: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

77

3.- ¿Cuántos teletrabajadores existen laborando en el país actualmente a Nivel Público

y Privado?

4.- ¿Existen diferencias de derechos laborales reconocidos a los teletrabajadores con

otras modalidades de trabajo reconocidas en el Ecuador?

5.- ¿Cómo interviene el Ministerio de Trabajo en el fomento de empleo para los

privados de libertad?

6.- ¿Cuál es su criterio sobre la implementación del teletrabajo como mecanismo de

inclusión laboral para los privados de libertad?

7.- ¿Qué elementos legales deben desarrollarse para aplicar el teletrabajo a los

privados de libertad en los Centros Carcelarios?

8.- ¿Cuán viable es la implementación del teletrabajo para las personas privadas de

libertad?

9. ¿Por qué no se ha estipulado en el Código de Trabajo el teletrabajo como modalidad

de trabajo?

10.- ¿Entre las reformas económicas que envió el Ejecutivo se encuentran facilidades

del teletrabajo, considera usted que deberías incluir a los privados de libertad en este

grupo que tenga facilidad de acceso al teletrabajo?

11.-¿Cree usted que el Ministerio de Trabajo debe regular a través de Acuerdo

Ministerial o la Asamblea con una reforma al Código de Trabajo?

ANEXO C: Cuestionario empleado para la entrevista estructurada al ex funcionario

del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de

Libertad y Adolescentes Infractores.

1.- ¿Cómo se busca la rehabilitación de las personas privadas de libertad a través del

Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y

Adolescentes Infractores?

Page 90: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

78

2.- ¿Qué actividades o modalidades de trabajo realizan las personas privadas de

libertad en los Centros de Rehabilitación?

3.- ¿Cuáles son los privados de libertad que acceden al trabajo en los Centros de

Rehabilitación Social y que requisitos deben cumplir?

4.- ¿Qué instrumentos legales se aplican para el acceso al trabajo de los privados de

libertad?

5.- ¿Quiénes financian las actividades laborales a las que acceden los privados de

libertad? Entes Públicos y Privados?

6.-¿Cómo las actividades laborales que realizan les permitirán acceder al mercado

laboral, cuando salga en libertad?

7.- ¿Qué problemas existen para acceder a un empleo digno al salir del Centro de

Rehabilitación?

8.- ¿Qué problemas existen para la rehabilitación social e inclusión laboral de los

privados de libertad?

9.- ¿Qué tipo de educación reciben los privados de libertad en los Centros de

Rehabilitación?

10.- ¿Cuál es el aporte del Estado en la educación y trabajo de los privados de

libertad?

11.-¿Cómo el Estado podría intervenir en la mejora de políticas con respecto a la

inclusión laboral de los privados de libertad?

12.- ¿Conoce lo que es el teletrabajo?

13.- ¿Cuáles cree que son las ventajas del teletrabajo (conocimiento de herramientas

tecnológicas como mecanismo inclusión laboral para los privados de libertad?

Page 91: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

79

14.- ¿Cuán viable es la implementación del teletrabajo en los Centros de

Rehabilitación Social para los privados de libertad?

Page 92: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

80

ANEXO D: Validación de instrumentos de investigación de los profesionales

entrevistados mediante el juicio de expertos

Page 93: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

81

Page 94: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

82

Page 95: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

83

Page 96: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

84

Page 97: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

85

Page 98: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

86

Page 99: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

87

Page 100: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

88

Page 101: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

89

Page 102: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

90

Page 103: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

91

Page 104: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

92

Page 105: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

93

Page 106: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

94

Page 107: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

95

Page 108: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

96

Page 109: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

97

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

TEMA: "El teletrabajo como garantía de inclusión laboral para las personas

privadas de libertad"

MEDIO: Daniela Lima / Plan Tesis

PERIODISTA:

Daniela Lima

[email protected]

SOLICITUD: Información

PREGUNTAS: 1.- ¿Qué normativa legal reconoce el Ministerio del Trabajo para la

inclusión laboral de personas privadas de libertad?

El Ministerio del Trabajo es la Institución rectora de políticas públicas

de trabajo, empleo y del talento humano, que regula y controla el

cumplimiento de las obligaciones laborales, en este sentido, los

instrumentos legales aplicables al efecto son:

• Constitución de la República

Art. 11, numeral 2.- Nadie podrá ser discriminado por razones de

etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género,

identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación

política, pasado judicial, condición socio-económica, condición

migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH,

discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción,

personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto

o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio

de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.

Art. 33.- "El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho

económico, fuente de realización personal y base de la economía. El

Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su

dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas

y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o

aceptado.

Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes,

mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas

privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades

Page 110: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

98

catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y

especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención

prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas

de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres

naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a

las personas en condición de doble vulnerabilidad.

• Código del Trabajo

Art. 79..- A trabajo igual corresponde igual remuneración, sin

discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color,

origen social, idioma, religión, filiación política, posición económica,

orientación sexual, estado de salud, discapacidad, o diferencia de

cualquier otra índole.

• Acuerdo Ministerial MDT-2017-082

Art. 5.- Dentro de todo proceso de selección de personal para el

acceso al trabajo se prohíbe solicitar al postulante:

e) Información de cualquier índole acerca de su pasado judicial.

• Ley Orgánica del Servicio Público

Art. 1 y Art. 2 Entre los principios y objetivo de la Ley Orgánica del

Servicio Público, señala la igualdad y la no discriminación.

2.- ¿Qué derechos laborales se reconoce para los privados de libertad?

¿Entre salario y afiliación?

El Ministerio del Trabajo, reconoce todos los derechos en igualdad

de condiciones sin discriminación, independientemente del grupo

poblacional.

Entre los principales derechos referentes a salario y afiliación, se

encuentran los siguientes:

• Código del Trabajo

Art. 69.- Vacaciones anuales. - Todo trabajador tendrá derecho a

gozar anualmente de un período ininterrumpido de quince días de

descanso, incluidos los días no laborables. Los trabajadores que

hubieren prestado servicios por más de cinco años en la misma

empresa o al mismo empleador, tendrán derecho a gozar

adicionalmente de un día de vacaciones por cada uno de los años

excedentes o recibirán en dinero la remuneración correspondiente

a los días excedentes.

Page 111: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

99

Art. 79.- Igualdad de remuneración.- A trabajo igual corresponde

igual remuneración, sin discriminación en razón de nacimiento,

edad. sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión, filiación

política, posición económica, orientación sexual, estado de salud,

discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole; más, la

especialización y práctica en la ejecución del trabajo se tendrán en

cuenta para los efectos de la remuneración.

• Ley de Seguridad Social

En cuanto a la afiliación, el Ministerio de Trabajo rige su accionar en

estricto cumplimiento a la Ley de Seguridad Social, verificando el

cumplimiento de obligaciones patronales, como se establece en su

artículo 2:

Art. 2.- SUJETOS DE PROTECCIÓN.- Son sujetos "obligados a solicitar

la protección" del Seguro General Obligatorio, en calidad de

afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución

de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con

relación laboral o sin ella.

3.- ¿Cómo interviene el Ministerio del Trabajo en el fomento de

empleo para los privados de libertad?

El Ministerio del Trabajo, mediante la Dirección de Atención a

Grupos Prioritarios, en coordinación con el Servicio Nacional de

Atención Integral a Adultos Privados de Libertad y Adolescentes

Infractores, desarrolla acciones orientadas a fortalecer habilidades y

aptitudes relacionadas a la búsqueda, acceso y sostenibilidad en el

empleo.

Desde el mes de febrero de 2019 se han realizado talleres sobre

Acceso y Sostenibilidad en el Ámbito Laboral, que tiene por objetivo

fortalecer habilidades relacionadas a comunicación asertiva,

liderazgo, relaciones interpersonales, actitud proactiva en el ámbito

laboral, beneficiando a 498 personas privadas de libertad que

pertenecen al régimen semiabierto.

Adicionalmente, la Red Socio Empleo del Ministerio del Trabajo, se

ha constituido como facilitador para los procesos de reclutamiento

y selección de personal de forma gratuita, promoviendo el vínculo

efectivo y oportuno entre la oferta y demanda laboral, mediante la

innovación permanente en nuestros servicios con el propósito final

de implementar y vigilar un nuevo modelo de gestión de procesos

de selección inclusivos, transparentes y técnicos, de acuerdo a las

Page 112: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

100

necesidades particulares de las empresas, instituciones y

principalmente de los ciudadanos que se encuentran en búsqueda

de una plaza laboral en beneficio del núcleo familiar del país, con

énfasis en los grupos de atención prioritaria, entre los que se

encuentran las personas privadas de la libertad.

4. ¿Cuáles son las normativas legales reconocidas por el Ministerio del

Trabajo para la implementación del Teletrabajo en el Ecuador y desde

que años?

El Ministerio del Trabajo desarrolló la normativa de teletrabajo tanto para el sector público como para el privado. Los acuerdos ministeriales con sus respectivas reformas son los siguientes: Acuerdos Ministeriales y sus reformas en el Sector privado

El teletrabajo en el sector privado se encuentra regulado por el Acuerdo Ministerial No. MDT-2016-190 de fecha 04de agosto del 2016 reformado con Acuerdo Ministerial No. MDT-2018-0002-A de fecha 11 de enero del 2018.

Acuerdos Ministeriales y sus reformas en el Sector Público

El teletrabajo en el sector público se encuentra regulado por el Acuerdo Ministerial No. MDT-2017-0090-A de fecha 18 de mayo del 2017 reformado con Acuerdo Ministerial No. MDT-2018-0002-B de fecha 11 de enero del 2018.

Al realizar Reformas a los Acuerdos Ministeriales MDT-2016-190 sector privado y MDT-2017-0090-A sector público, tendrán preferencia para la aplicación y aprobación del teletrabajo las siguientes personas: Mujeres embarazadas Mujeres en periodo de lactancia Personas con discapacidad Personas con enfermedades catastróficas Adultos mayores Personas que tengan bajo su cuidado familiares con

enfermedades catastróficas

5. ¿Cuántos teletrabajadores existen laborando en el país

actualmente a Nivel Público y Privado?

Actualmente tenemos aproximadamente 12.300 registros de

personas que se han beneficiado de la modalidad de Teletrabajo a

Page 113: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

101

nivel nacional sector privado 12.050 y público 250

aproximadamente

6. ¿Existen diferencias de derechos laborales reconocidos a los

teletrabajadores con otras modalidades de trabajo reconocidas en

el Ecuador?

De acuerdo a la Norma Técnica que regula el teletrabajo en el sector

público Acuerdo Ministerial 090 (07-feb-2018) dice:

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- El cambio a teletrabajo en relaciones contractuales

existentes, modifica únicamente la manera en que se efectúa el

trabajo, sin afectar ni cambiar las condiciones esenciales de la

relación laboral, por tanto no altera derechos y no constituye

causal de terminación de la relación de trabajo.

De acuerdo a la Norma Técnica que regula el teletrabajo en el sector

privado Acuerdo Ministerial 190 (30-01-2018) dice:

DISPOSICIONES GENERALES

Primera.- El cambio a teletrabajo en relaciones contractuales

existentes, modifica únicamente la manera en que se efectúa el

trabajo, sin afectar ni cambiar las condiciones esenciales de la

relación laboral, por tanto no altera derechos y no constituye

causal de terminación de la relación de trabajo.

Segunda.- Las personas teletrabajadoras tienen los mismos

derechos colectivos que el resto de trabajadores/ras de la empresa,

de conformidad con la ley. Se considerarán teletrabajadores/as

únicamente aquellos que hubieren sido contratados o cambiados a

esta modalidad mediante acuerdo escrito entre las partes.

7. ¿Qué elementos legales deben desarrollarse para aplicar el

teletrabajo a los privados de libertad en los Centros Carcelarios?

Actualmente no se encuentra dentro de los Acuerdos Ministeriales

emitidos por esta cartera de Estado, sin embargo es un tema que se

podría desarrollar en un futuro.

Page 114: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,

102

8. ¿Cuán viable es la implementación del teletrabajo para las personas privadas de libertad?

Se podría tomar como referencia a Colombia quien está trabajando en un proyecto de teletrabajo que permita a la población privada de la libertad capacitarse y posteriormente ser calificada para teletrabajar, sin embargo este tema aún se encuentra en planificación.

FECHA DE

SOLICITUD:

15 de octubre de 2019

FECHA DE

ENTREGA:

ELABORADO

POR:

DIRCOM-AM

Page 115: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE …€¦ · Yo, Daniela Estefanía Lima Pita, ... admiro por haber luchado ante la adversidad para ser una profesional, quien con paciencia,