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Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (D.L. N° 26790) La Positiva Vida

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Seguro Complementrio Trabajo de Riesgo

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Page 1: Sctr presentación ley 2012

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

(D.L. N° 26790)

La Positiva Vida

Page 2: Sctr presentación ley 2012

Creado en mayo de 1997 por la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad social en Salud.

Otorga cobertura adicional por accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales a los afiliados regulares del Seguro

Social de Salud.

Es obligatorio y por cuenta de las entidades empleadoras que

desarrollan las actividades de alto riesgo señaladas en el anexo 5.

CONCEPTOS GENERALES

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

Page 3: Sctr presentación ley 2012

Empresas que realizan las actividades señaladas en el

anexo 5, siendo de su cuenta el costo de las primas.

Empresas de intermediación o provisión de mano de obra

que destaque personal hacia centros donde se ejecuten

las actividades de riesgo, tales como:• Cooperativas de trabajadores• Empresas de servicios especiales• Contratistas y subcontratistas

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

ENTIDADES EMPLEADORAS OBLIGADAS

Page 4: Sctr presentación ley 2012

Extracción de madera

Pesca

Petróleo crudo y gas natural

Extracción de otros minerales

Industria del tabaco

Fabricación de textiles

Cuero y sucedáneos

Madera y corcho

Sustancias químicas industriales

Fabricación de otros productos

químicos

Refinerías de petróleo

Productos derivados del petróleo y

carbón

Fabricación de productos plásticos

Fabricación de productos de vidrio

Fabricación de otros productos minerales

Industria básica del hierro y acero

Industria básica de metales no ferrosos

Fabricación de productos metálicos

Construcción de maquinarias

Electricidad gas y vapor

Construcción

Transporte aéreo

Servicios de saneamiento

Servicios médicos, odontológicos, sanidad,

veterinaria

Periodismo de Investigación en Campo

Trabajadores Portuarios

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

ANEXO N° 5

Page 5: Sctr presentación ley 2012

Las entidades empleadoras que contraten obras, servicios o mano

de obra provenientes de las entidades descritas anteriormente,

están obligadas a verificar que todos los trabajadores destacados

en su centro de trabajo estén debidamente asegurados conforme

al DS N° 003-98-SA.

Responsabilidad Solidaria.

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

ENTIDADES EMPLEADORAS OBLIGADAS

Page 6: Sctr presentación ley 2012

La totalidad de los trabajadores del centro de trabajo en el cual se desarrollan actividades previstas en el Anexo N° 5 de la Ley 26790 y ampliadas en las Normas Técnicas según DS N° 003-98-SA, sean empleados u obreros, eventuales, temporales o permanentes.

Además, son asegurados obligatorios aquellos trabajadores que no perteneciendo al centro de trabajo (de alto riesgo), se encuentran expuestos al riesgo en razón de sus funciones, a juicio de la entidad empleadora y bajo las responsabilidades previstas.

ASEGURADOS OBLIGATORIOS

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

Page 7: Sctr presentación ley 2012

Se considera accidente de trabajo, toda lesión orgánica o perturbación

funcional causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo, por

acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y

violenta que obra súbitamente sobre la persona del trabajador o debida al

esfuerzo del mismo.

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

ACCIDENTE DE TRABAJO

Page 8: Sctr presentación ley 2012

Causado en el centro de trabajo o con ocasión de este.

Durante la ejecución de órdenes o bajo autoridad del

empleador aun fuera del centro y las horas de trabajo.

Antes, durante o después de la jornada laboral, si el trabajador

se hallara en cualquier centro de trabajo aunque no se trate de

un centro de trabajo de riesgo.

El que sobrevenga por acción del empleador o tercera persona

durante el trabajo.

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

ACCIDENTE DE TRABAJO

Page 9: Sctr presentación ley 2012

Trayecto de ida y retorno del trabajo. El provocado intencionalmente. Por incumplimiento del trabajador de orden escrita

especifica del Empleador. En ocasión de actividades recreativas, deportivas o

culturales. Durante permisos, licencias, vacaciones. Uso de sustancias alcohólicas o drogas. Guerra, conmoción civil o terrorismo. Convulsión de la naturaleza. Fusión nuclear.

NO SE CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

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Se entiende como enfermedad profesional a todo estado patológico

permanente o temporal que sobreviene al trabajador como

consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del

medio en el que se ha visto obligado a trabajar.

ENFERMEDAD PROFESIONAL

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

Page 11: Sctr presentación ley 2012

Inscribirse en el Registro del Ministerio de Trabajo.

Verificar que la totalidad de los trabajadores destacados en su

Centro de Trabajo estén debidamente asegurados.

Procurar el cuidado integral de los trabajadores y de los

ambientes de trabajo. (Derecho de repetición por Negligencia

grave).

Diseñar y ejecutar programas de salud ocupacional y seguridad

industrial.

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

DEBERES DE LA ENTIDAD EMPLEADORA

Page 12: Sctr presentación ley 2012

Facilitar la capacitación de los trabajadores del centro de trabajo en materia de salud ocupacional y seguridad industrial.

Informar sobre los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Difundir entre los trabajadores las coberturas y procedimientos del SCTR.

Las demás previstas en la legislación vigente.

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

DEBERES DE LA ENTIDAD EMPLEADORA

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Procurar el cuidado integral de su salud

Suministrar información clara, veraz y completa sobre su

estado de salud.

Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los

programas de seguridad y salud ocupacional de la Entidad

Empleadora.

Participar en la prevención de riesgos profesionales.

DEBERES DEL TRABAJADOR

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

Page 14: Sctr presentación ley 2012

Prestaciones de Salud

Prestaciones Económicas o

Pensiones

Trabajadores de Alto Riesgo

Atención médica por accidentes de trabajo o enfermedad profesional

Invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio por accidente de trabajo o enfermedad profesional

Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional.

Atenciones médicas, farmacia, hospitalización y cirugía, cualquiera sea nivel de complejidad y hasta la recuperación total del asegurado.

Rehabilitación y readaptación laboral.

Aparatos de prótesis y ortopédicos

Pensión de Invalidez

Pensión de Sobrevivencia

Gastos de Sepelio

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

COBERTURAS

Page 15: Sctr presentación ley 2012

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional.

Atenciones médicas, farmacia, hospitalización y cirugía,

cualquiera sea nivel de complejidad y hasta la recuperación

total del asegurado.

Rehabilitación y readaptación laboral.

Aparatos de prótesis y ortopédicos.

PRESTACIONES DE SALUD

Page 16: Sctr presentación ley 2012

Invalidez Parcial20% y el 50%

24 mensualidades proporcion. a la Invalidez Total Perm.

Invalidez Parcial50% y 66%

Pensión Vitalicia igual al 50% de la Remuneración

Inv. Totalmayor al 66%

Pensión Vitalicia igual al 70% de la Remuneración

Pensión Vitalicia igual al 100% de la Remuneración

Gran Invalidez > del 66% y aux. 3º

INVALIDEZ

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PRESTACIONES ECONOMICAS

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Cóny. sin hijos

Cóny. 1/+ hijos

Hijo(s) NO huérf.

Hijo huérfano

Hijos huérfanos

Padres > 60 oinválidos

42% vitalicia

35% vitalicia

14% hasta 18 a.

42% hasta 18 a.

42% + 14% c/u

14% c/u (reman)

SOBREVIVIENCIA

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

PRESTACIONES ECONOMICAS

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Normas Imperativas: Serán nominativos.

Se ajustarán estrictamente al DL 26790.

La SBS y SEPS supervisará las Pólizas.

Toda cláusula que estipule exclusiones, restricciones, etc. no

previstas por el DL se tienen por no puestas.

En todo lo que no se encuentre regulado, rige el principio de libre

contratación.

CARACTERISTICAS DE LOS CONTRATOS

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

Page 19: Sctr presentación ley 2012

Condiciones Mínimas: Serán iguales para todos los trabajadores, de acuerdo a su nivel

remunerativo. La cobertura aplica a partir del día de inicio de la vigencia y no podrán

contemplar exclusiones de dolencias preexistentes, periodos de carencia, copagos, etc..

Serán por plazo indefinido. La Aseguradora sólo podrá resolverlo por incumplimiento del Empleador.

El Empleador podrá resolverlo después de un año, previo aviso de 90 días.

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

CARACTERISTICAS DE LOS CONTRATOS

Page 20: Sctr presentación ley 2012

Únicas Exclusiones: Invalidez configurada antes del inicio del Seguro.

Lesiones voluntariamente autoinflingidas o autoeliminación o su

tentativa.

Muerte o Invalidez de trabajadores no declarados.

Muerte por causa distinta al AT o EP, durante el periodo de subsidio por

Incapacidad Temporal.

Queda prohibida la selección, salvo por Invalidez previa al Seguro.

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – D.L.N° 26790

CARACTERISTICAS DE LOS CONTRATOS