procedimiento de extradicion

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Universidad Fermín Toro Vice Rectorado Académico Escuela de Derecho Barquisimeto- Edo. Lara Alumno: Rafael Pérez V-21.275.666 LA EXTRADICION

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Page 1: Procedimiento de extradicion

Universidad Fermín ToroVice Rectorado Académico

Escuela de Derecho Barquisimeto- Edo. Lara

Alumno:Rafael PérezV-21.275.666

LA EXTRADICION

Page 2: Procedimiento de extradicion

LA EXTRADICION

Es un procedimiento de cooperación bilateral entre dos estados para accionar

a un proceso judicial, penal y administrativo que

le permite en primer termino al estado

requerido entregar al sujeto penal solicitado, y

en segundo termino que el estado requirente haga

cumplir la sanción penal a dicho sujeto

• La Constitución

• Los tratados internacionales en dicha materia suscritos por nuestra republica

• jurisprudencia

FUENTES

Page 3: Procedimiento de extradicion

TIPOS DE EXTRADICIÓN

ACTIVA PASIVA

Es el proceso de extradición cuando VENEZUELA como ente procesal acciona para solicitar o requerir la extradición de un sujeto activo cuando existan elementos indicadores de que este se encuentra en el estado al cual

se le solicite

Se configura cuando a VENEZUELA se le solicita a un presunto implicado, acusado por dicho estado de estar

incurso en delito por lo que el sistema de justicia patrio determinara de

acuerdo a los principios y procesos la extradición de dicho sujeto

Page 4: Procedimiento de extradicion

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA EXTRADICIÓN

PRINCIPIO DE NO ENTREGA A LOS NACIONALES

PRINCIPIO DE NO EXTRADICIÓN POR DELITOS

POLÍTICOS

Basado en el articulo 65 de la CRBV y en el 345 del Código

de Bustamante los cuales establecen que ninguna nación esta obligada a

entregar a sus nacionales por lo cual Venezuela asumen

este principio y lo consagra en su carta magna

Nuestro estado no puede conceder la

extradición cuando el delito alegado por el

estado requirente verse sobre causas

políticas

Page 5: Procedimiento de extradicion

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA EXTRADICIÓN

PRINCIPIO DE DOBLE INCRIMINACIÓN PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD

Este principio se basa en la fundamentación legal del

delito por el cual se pretende extraditar, es decir; nuestro estado no puede proceder a

la extradición cuando lo alegado no este tipificado

como un delito en el ordenamiento jurídico

nacional

Dicho principio versa sobre el juzgamiento por el delito que

se ha solicitado al sujeto activo, el cual deberá ser el

alegado en el proceso y no se le puede atribuir delitos

accesorios

Page 6: Procedimiento de extradicion

PROCEDIMIENTO DE EXTRADICION

Es un procedimiento regulado por la constitución y las leyes con el fin de hacer cumplir una condena a una

persona que este fuera del territorio, o de poner a la orden de un país a una persona que se encuentre en territorio

Venezolano.Esta se divide en:

ACTIVA PASIVA

Procedimiento:Art. 383- 385 CPP

Procedimiento:Art. 386-390 CPP

El Ministerio Publico solicita

la extradición cuando el solicitado cumpliera

privativa de libertad o una

medida cautelar

El tribunal de juicio hace la

solicitud cuando el sujeto se

encontrase en fase de juicio

El tribunal de ejecución hace la solicitud cuando el solicitado se

encontrase cumpliendo una condena en fase

de ejecución

La solicitud se realiza ante el

TSJ quien declara si es procedente o

no

El TSJ realiza la solicitud ante

en el Poder Ejecutivo quien

la remite al MPPRE

El MPPRE realiza la

solicitud formal ante en país extranjero

El MP solicita al tribunal de control que se prive de libertad al solicitado por el país extranjero

El solicitado tiene que ser presentado en las primeras 48 horas de su detención

El juez de control remite al TSJ la

fijación de un lapso de 60 días para que

el gobierno solicitante envíe el

expediente documentado

Si el expediente no es presentado, el solicitado

queda en libertad

Si el expediente es presentado, el TSJ decidirá en 15 días si el solicitado

es extraditado o no.