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Información en PRL Prevención de riesgos laborales para PYME

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Prevención de riesgos laborales para PYME

Información en PRL

Elaborado por los técnicos del Área de Prevención de Riesgos Laborales de Mutua Universal.

Fecha de edición, octubre 2017 Este documento no podrá ser reproducido total o parcialmente, ni transmitirse por procedimientos electrónicos, mecánicos, magnéticos o por sistemas de almacenamiento y recuperación informáticos u otros métodos, quedando prohibidos su préstamo, alquiler o cualquier otra forma de cesión del uso del ejemplar, sin el permiso previo y por escrito de Mutua Universal.

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Información en PRL Prevención de riesgos laborales para PYME

01 ¿En qué consiste la información en PRL?

02 ¿Qué debo hacer?

03 ¿Cuándo debo informar en PRL? ¿A quién debo informar?

04 ¿Cómo debo gestionar la información en PRL?

05 ¿Quiénes participan?

06 ¿Con qué cuento para hacerlo?

07 ¿Qué hemos aprendido?

08 Anexos

ÍNDICE

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Prevención de riesgos laborales para PYME

1. ¿En qué consiste la información en PRL?

Es uno de los principios generales de la acción preventiva que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Constituye uno de los derechos básicos de los trabajadores definidos en esta ley, para la protección eficaz de su seguridad y salud. El objetivo que persigue es favorecer la integración de la prevención en la empresa.

Igualmente, constituye una de tus responsabilidades básicas ya que el tipo de empresa, tipo de contrato o la inexistencia de representantes de trabajadores no te exime de tu obligación de informar.

RECUERDA

Básicamente, informar consiste en aportar a los trabajadores la información que necesitan para tener un mejor conocimiento de su trabajo y su entorno, del alcance real de los riesgos derivados del trabajo que realizan, y de la forma de prevenirlos y evitarlos.

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2. ¿Qué debo hacer?

Debes garantizar que todos los trabajadores reciben, como mínimo, la información necesaria relacionada con:

› Normas y procedimientos generales de seguridad y salud en la empresa (p. ej., normas de circulación de vehículos dentro del recinto de las instalaciones, etc.).

› Riesgos y medidas de prevención/protección contra los riesgos en el centro y en el puesto de trabajo (p. ej., riesgo de desplome de mercancía en la zona de almacén y pautas específicas para el almacenamiento).

› Medidas de actuación para situaciones de emergencia (p. ej., vías de evacuación y salidas de emergencia, designación de personal encargado de actuar en estas situaciones, pautas concretas para una posible evacuación, ubicación del punto de reunión, etc.).

› Obviamente, también serán informados de cualquier modificación o cambio que se produzca en su puesto de trabajo o entorno.

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La gran mayoría de los contenidos que debes contemplar en la información provienen de:

› Evaluación de riesgos del centro y del puesto de trabajo (sobre los riesgos y sus medidas de prevención/protección).

› Medidas de emergencia del centro (sobre cómo actuar en estos casos).

› Análisis de accidentes (si se ha producido alguno). › Visitas a los puestos de trabajo (cuando se observe, por ejemplo,

algún comportamiento o riesgo del que sea necesario informar). › Manuales de equipos de trabajo, equipos de protección individual

o colectiva, fichas de seguridad de productos utilizados, etc.

El primer punto será recopilar toda esta información, de forma organizada, estructurada y comprensible para los trabajadores a los que va dirigida. Te será muy útil elaborar una hoja informativa o ficha de información por cada puesto de trabajo diferente que exista en la empresa; se la entregarás a cada trabajador.

IMPORTANTE

No olvides que debes facilitar la información a todos los trabajadores de la empresa, independientemente de su relación laboral, ya sean indefinidos o temporales. También a los trabajadores autónomos o pertenecientes a otras empresas que prestan servicios en la tuya (tendrás que coordinar con ellos la comunicación de la información).

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3. ¿Cuándo debo informar en PRL? ¿A quién debo informar?

Debes impartir información en el momento de la contratación, periódicamente o cuando cambien las condiciones de trabajo, tanto de las funciones desempeñadas por el trabajador, como por la introducción de nuevos equipos de trabajo y tecnologías.

RECUERDA

Pueden darse otras circunstancias que hagan necesario reforzar la información a los trabajadores: tras el análisis de un accidente ocurrido, una visita rutinaria a un puesto de trabajo en la que se observa un riesgo…

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4. ¿Cómo debo gestionar la información en PRL?

A diferencia de la formación en PRL, puedes asumir con tus propios recursos la función de información. Si existe en la empresa la figura del trabajador designado, puede ser un buen vehículo para trasladar esta información a los trabajadores. La línea de mando también debe participar en esta labor de información, integrando así la prevención de riesgos laborales en la gestión diaria con su equipo. Cómo hacerlo, será una decisión tuya.

Si dispones de un servicio de prevención ajeno y le has contratado la actividad de información en PRL, esta tarea deberá ser asumida por este servicio. Pero no olvides que, en todo caso, la responsabilidad de que se lleve a cabo siempre es tuya.

La información derivada de la actividad de vigilancia de la salud merece una mención específica, ya que está protegida por la LOPD.

IMPORTANTE

Independientemente de cómo se articule, recuerda también que es imprescindible registrar documentalmente la labor de información a tus trabajadores, de forma individual, y conservar estos registros junto con el resto de documentación de PRL. Si tienes dudas sobre cómo hacerlo, consulta con tu servicio de prevención para que te asesore al respecto.

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5. ¿Quiénes participan?

Empresario Como empresario, eres el responsable de asegurar que todos los trabajadores posean la información necesaria para ejecutar sus funciones con seguridad y salud en su puesto de trabajo. Debes plantear e implantar un plan informativo en prevención de riesgos laborales que abarque a toda la organización, dotándolo de los recursos necesarios para su buen funcionamiento. Mandos Los mandos deben implicarse en la actividad de información a los trabajadores a su cargo, como una función más dentro de su cometido habitual. Trabajadores Los trabajadores deben comunicar a su mando o al trabajador designado cualquier situación que pueda plantear, a su juicio, un riesgo para la seguridad o la salud de los trabajadores. Servicio de prevención ajeno (SPA) Si existe y está recogido en el contrato de servicios, se hace cargo de gestionar la actividad de información a los trabajadores. Si está recogido en el contrato de servicios, aporta los registros y fichas de información de riesgos. Se asegura de que cada trabajador complete el suyo de manera individual, para documentar la acción.

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Interlocutor con el SPA Si existe, el interlocutor con el SPA es el responsable de asesorar a los mandos sobre los aspectos clave o más importantes en materia de seguridad y salud de los que debe informarse a los trabajadores. Delegado de Prevención Si la empresa cuenta con representación de los trabajadores y existe la figura del Delegado de Prevención, facilitarás la información a través de dichos representantes. No obstante, deberás informar directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función, así como de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos. Una de las funciones del Delegado de Prevención, como representante de los trabajadores, es velar por que todos ellos estén informados en materia de prevención de riesgos laborales.

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6. ¿Con qué cuento para hacerlo?

A continuación, te presentamos dos registros que pueden ser de utilidad:

› Una hoja de chequeo para que puedas verificar de manera rápida y sencilla si estás cumpliendo con tus obligaciones en materia de información a los trabajadores. Incluida en el anexo I.

Cada respuesta negativa a las cuestiones planteadas refleja un incumplimiento de los mínimos establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales o en alguna de las normas de obligado cumplimiento que de ella se derivan respecto a la labor de información en materia de PRL.

Por lo tanto, en caso de responder “no” a alguna cuestión, deberás plantearte revisar la manera de proceder por parte de tu organización con respecto a lo indicado en el ítem correspondiente.

› Un modelo de registro de información para documentar la labor de información a tus trabajadores. Incluido en el anexo II.

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7. ¿Qué hemos aprendido?

De la información en PRL podemos extraer las siguientes conclusiones:

› La información en PRL es uno de los derechos básicos de los trabajadores establecidos en la LPRL, con el objeto de asegurar su seguridad y salud en el puesto de trabajo.

› Es uno de los principios básicos generales de la actividad preventiva, por lo tanto, es de obligado cumplimiento. Se deben facilitar todos los medios necesarios que permitan informar a todos los trabajadores (en plantilla, externos o autónomos que se encuentren en el centro de trabajo) y documentarlo.

› La información en PRL debe incluir, al menos, las normas y procedimientos generales, los riesgos y medidas preventivas, las medidas de actuación en situaciones de emergencia, los riesgos que afecten al puesto de trabajo y los cambios que se deban tener en cuenta.

› Se debe llevar a cabo en el momento de la contratación, cuando existan cambios o en otras circunstancias en las que se estime necesario reforzarla.

› En el proceso de información estarán implicados el empresario, los mandos, los trabajadores y, si existen, el servicio de prevención ajeno, el interlocutor con el SPA y el Delegado de Prevención.

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8. Anexos

Consulta en la ficha del documento la versión actualizada de cada uno de los anexos.

› Anexo I. Lista de chequeo. ¿Cumplo con mi obligación de información en PRL?

› Anexo II. Modelo de registro de la información en PRL.

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Anexo I. Lista de chequeo. ¿Cumplo con mi obligación de información en PRL?

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Anexo II. Modelo de registro de la información en PRL

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