monografia - exclusion social y vulneracion de los derechos humanos
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DE
EXPERIENCIA CURRICULARDERECHO
DOCENTEJULIO ENRIQUE RIOS MERCEDES
ESTUDIANTESAYALA LOPEZ, XIMENAFARFAN SALAS, DANAI
FERNANDEZ FLORES, JUAN CARLOSHUAMANI VALDIVIA, ANAIS
CAMA CALLO, JEHANET SELENIA
AULAE112
TURNOMAÑANA
PROGRAMA DE FORMACIÓN GENERAL REDACCIÓN UNIVERSITARIA Y CÁTEDRA VALLEJO
CICLO 2016 – I
INDICE
INVESTIGACIÓNPORTAFOLIO
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1. INTRODUCCIÓN 3
2. LA EXCLUSIÓN SOCIAL 3
2.1. DEFINICIÓN 3
2.2. DEFINICIONES PRACTICAS 4
2.2.1. La ES como un atributo de las personas 4
2.2.2. La ES como una propiedad de las sociedades 5
2.3. DIFERENCIA ENTRE EXCLUSION SOCIAL Y POBREZA 5
2.4. DIMENSIONES DE LA EXCLUSION SOCIAL 6
2.5. FACTORES CAUSANTES DE LA ES 6
2.6. ¿QUÉ ES EXCLUIR PARA EL DERECHO? 7
2.7. TIPOS DE EXCLUSIÓN SOCIAL 7
2.8. PERSONAS QUE LUCHARON CONTRA LA EXCLUSIÓN
SOCIAL 8
3. LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANO 10
3.1. DEFINICIÓN 10
3.2. FORMAS DE VIOLACIÓN DE LOS DD.HH. 11
3.2.1. El abuso de autoridad 11
3.3. EL CÓDIGO PENAL DEL PERÚ 12
3.4. ANALISIS DEL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD 12
3.4.1. Bien Jurídico 12
3.4.2. Tipo Objetivo 13
3.5. EVALUACIÓN SOBRE LA VULNERACION DE LOS
DERECHOS 13
4. CONCLUSIÓN 14
5. BIBLIOGRAFÍA 15
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LA EXCLUSIÓN SOCIAL Y LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS EN EL PERÚ
1. INTRODUCCIÓN
Un tema que resulta muy actual y bastante apasionante para los futuros abogados,
estudiantes de derecho, que creen realmente que la vigencia de la ley, de la Constitución,
es la base de una sociedad civilizada, es el que refiere al respecto a los Derechos
Humanos, su no violación y también la exclusión social. Pero para quienes vivimos en
países latinoamericanos, para los que hemos sido víctimas del atropello por parte del
Estado y sus autoridades, la discriminación y marginación entre nosotros mismos,
hermanos latinoamericanos, nos es difícil creer en la vigencia del estado de derecho que
tanto hablan los congresistas y políticos en sus aburridos discursos de plazuela, en
vísperas de las elecciones generales, buscando votos que los hagan ganar, pero
lamentablemente, no se cumple con lo prometido. Este trabajo mostrará como en el Perú
se violan los derechos humanos de las personas, se interrumpe sus vidas, se las destruye
y no hay sanción para los funcionarios públicos del estado peruano, que cometieron delitos
de abuso de autoridad, no se restituye a todos sus derechos, tampoco se tiene respeto a
las personas provincianas que vienen en busca de mejorar su vida y progresar, ya que en
sus ciudades natales en muy complicado porque el Estado no da ayuda a los sectores más
pobres del país, solo a quienes tienen mucho dinero y por ello el poder suficiente, para
hacer prevalecer sus derechos en Cortes Internacionales y tienen la facilidad de salir
adelante por su posición económica.
2. LA EXCLUSIÓN SOCIAL2.1. DEFINICIÓN
Es expresar y dejar constancia de que el tema no es tanto la pobreza, es más cercana
pero tampoco igual a las desigualdades en la pirámide social. La exclusión refleja más en
qué medida se tiene o no un lugar en la Sociedad, si se está dentro o está fuera y a qué
distancia. En la exclusión social es importante marcar la distancia entre los que participan
en su dinámica y se benefician de ella, y los que son excluidos e ignorados fruto de la
misma dinámica social.
La Exclusión Social (ES) se puede definir como una situación de carencia relativa (en
aspectos económicos, sociales, culturales, políticos, etc.) que tiene determinado grupo
poblacional frente a otro, pero que incorpora a su vez la valoración de dicho grupo a esa
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situación concreta. En otras palabras su carencia se pondera con la importancia que le dan
o no a la misma.
La cuantificación y medición de la ES captura, de ese modo, no solo la
multidimensionalidad del problema sino también la heterogeneidad existente al interior del
grupo. No todos los socialmente excluidos lo son de la misma forma, en los mismos
aspectos y en la misma dimensión, así como la mayor o menor carencia de algo no implica
necesariamente una mayor o menor exclusión. En este sentido, la exclusión social se da
en cualquier estrato socio-económico, y es posible medirla al interior del estrato o entre
estratos.
2.2. DEFINICIONES PRÁCTICAS
Con miras a complementar el marco de referencia teórico, el proyecto ha escogido una
definición conceptual práctica de la exclusión social. Adoptó y amplió una diferenciación
utilizada dentro del marco del programa europeo de investigación sobre la exclusión social,
porque se hizo evidente que el nivel de abstracción de esta definición permitía aplicar el
concepto a una amplia gama de países, a diferentes niveles de desarrollo y diferentes
posiciones en la economía mundial. La diferenciación se establece entre la exclusión social
como un atributo de las personas y la exclusión social como una propiedad de las sociedades.
2.2.1. La Exclusión Social como un Atributo de las Personas:
Se concentra directamente en la clase de vida que está teniendo la gente.
Aquellas personas o grupos que quedan excluidos se les considera que están en una
situación de desventaja, de la misma manera como se consideran en desventaja aquellos
con bajos ingresos. Pero el uso de la idea de la exclusión social va más allá de una
limitada definición de la pobreza como una falta de ingresos o de bienes materiales. El
describir a personas como "socialmente excluidas" (en lugar de describirlas como "pobres")
es sugerir que, en cierto sentido, están socialmente aisladas, que "tienen", o han
experimentado, una débil relación social. A los socialmente excluidos les podrán faltar
vínculos con la familia, la comunidad local, las asociaciones voluntarias, los sindicatos o
hasta con la nación. Podrá también tener desventajas en cuanto a la medida de sus
derechos legales o de su capacidad para realmente ejercerlos. Esta perspectiva también
ve la desventaja personal como una situación multidimensional y, en contraste con las
tradicionales ideas sobre el estándar de vida y la pobreza, fusiona los aspectos de la
desventaja relacionados tanto con el consumo como con el trabajo. Finalmente, se
concentra sobre la dinámica de la causación cumulativa, describiendo los efectos de una
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retroalimentación (feedback) positiva que refuerzan la desventaja y que la pueden hacer
irreversible, así como también los factores que pueden evitar los procesos de
marginalización y de "desafiliación social". Es así que, esta manera de describir la
desventaja dirige la atención a la capacidad de las personas para cambiar su posición
dentro de una distribución de ingresos y jerarquía social, así como a la manera en que se
distribuyen los ingresos y la forma de la jerarquía misma. Trae a colación preguntas
respecto a la adecuidad de políticas de prestaciones sociales basadas en seguros contra
riesgos y fluctuaciones cíclicas de la actividad económica para encarar emergentes
patrones de desventaja.
2.2.2. La Exclusión Social como una Propiedad de las Sociedades:
Puede definirse de varias maneras. Un enfoque útil es una perspectiva institucional en la
que la exclusión social es una propiedad del marco institucional básico y de los arreglos
institucionales vigentes dentro de los que tanto las personas como los grupos "escogen
opciones y continúan con su trabajo diario de ganarse la vida". En este sentido la exclusión
social no se concentra en las personas sino en las instituciones, las reglas, formales e
informales, explícitas y tácitas, que permiten y limitan la interacción humana. La exclusión
social está presente como una propiedad estructural de un sistema socioeconómico
cuando:
(a) Una sociedad está dividida en segmentos y "los diversos segmentos de la
sociedad se organizan en base a diferentes reglas, procesos a instituciones que
producen diferentes sistemas de incentivos y desincentivos ante los cuales
responden las personas"; y
(b) Las reglas que permiten y limitan el acceso y la titularidad sobre los bienes,
servicios, actividades y recursos son injustas en el sentido de que a ciertas
categorías de personas se les niegan oportunidades que sí están abiertas a otras
personas semejantes. La exclusión social es una propiedad de la sociedad si están
presentes formas de discriminación racial, sexual y de otra índole; si están
segmentados los mercados mediante los cuales las personas pueden ganarse la
vida; o si los bienes públicos, que en teoría deberían estar al alcance de todos, sólo
son semi-públicos.
2.3. DIFERENCIA ENTRE EXCLUSIÓN SOCIAL Y POBREZA
Los conceptos de pobreza y exclusión social están relacionados pero es importante
señalar que no son lo mismo. Las personas pueden ser pobres sin estar o sentirse
socialmente excluidas y viceversa. Por ejemplo, en el caso de desempleo, éste puede
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causar pobreza y eventualmente la exclusión, pero esta podría evitarse si las redes de
apoyo familiar son fuertes. De otro lado, el acceso a un empleo o a un trabajo no asegura
la inclusión social, como lo demuestra el caso de inmigrantes ilegales en USA, o
simplemente si se trata de un trabajo eventual. Es decir, el desempleo puede ser una
causa de exclusión social pero el empleo no necesariamente asegura la inclusión social.
2.4. DIMENSIONES DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL
La exclusión social se puede observar en tres dimensiones:
Relatividad: las personas están excluidas de algo en relación con otras que no lo
están.
Agencia: Las personas se auto-excluyen o bien otros las excluyen.
Dinámica: Existen grupos con pocas posibilidades para el futuro no sólo para ellos
sino para sus hijos. La exclusión social se puede transmitir entre generaciones
(Atkinson & Hills, 1998). Son individuos atrapados en una posición de ingreso
relativo menor (Bourgignon, 1999).
Estos tres elementos deben ser considerados en el análisis empírico de la exclusión social.
Las sociedades contemporáneas experimentan un crecimiento de ciertos sectores de la
población cuya calidad de vida y oportunidades de participar en la sociedad han sido
disminuidas o bloqueadas. No tienen acceso a los beneficios de las instituciones y
servicios sociales encontrándose aislados y marginados. En el caso de las sociedades
industrializadas este fenómeno se encuentra asociado al desempleo, a la migración ilegal,
a barreras étnicas, a la vejez y a la falta de integración de los jóvenes de ciertos sectores
urbano-populares (Gallie, 1998).
2.5. FACTORES CAUSANTES DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL
El principal determinante de la exclusión social es el desempleo. Aún cuando existan
sistemas de seguro o compensación por desempleo en el “Welfare State”, que protegen a
los trabajadores de una brusca disminución en los ingresos y a los desempleados, muchos
de los que viven por su cuenta (y mayormente los varones) presentan altos niveles de
exclusión social y stress emocional (Gallie, 1998).
Un segundo factor asociado a la exclusión social es la edad; en países con estructuras por
edad con un alto número de ancianos, estos experimentan altos niveles de exclusión social
en términos de su integración a la vida comunitaria más allá de sus parientes inmediatos
(Hicks, 1998).
Finalmente, un tercer grupo relacionado con altos niveles de exclusión social son los
inmigrantes ilegales, especialmente los que pertenecen a grupos étnicos con marcadas
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diferencias raciales y culturales respecto de los grupos dominantes. Para estos sectores su
etnicidad y su condición de ilegales bloquean su acceso a una serie de servicios y
prestaciones sociales que sí están disponibles para los nativos o residentes legales
(Altamirano, 1990).
2.6. ¿QUÉ ES EXCLUIR PARA EL DERECHO?
Aunque en general significa acción y efecto de separar o distinguir unas cosas de otras, en
Derecho el término hace referencia al trato de inferioridad dado a una persona o grupo de
personas por motivos raciales, religiosos, políticos, de sexo, de filiación o ideológicos, entre
otros.
Ha sido tradicional la desigual consideración de los hijos según fuera su origen matrimonial
o extramatrimonial. Así, los segundos tenían menos derechos en la herencia de sus
progenitores que los hijos habidos en matrimonio. También, en el ámbito laboral, es
reseñable el trato discriminatorio que sufren las mujeres, pues el coste que para las
empresas supone contratar a una mujer, en especial si está casada, es mayor si se tiene
en cuenta una posible baja por maternidad.
2.7. TIPOS DE EXCLUSIÓN SOCIAL
Dentro de este acápite presentaremos como tipos de exclusión social, lo siguiente:
- Racismo y xenofobia.
- Homofobia o rechazo a las orientaciones sexuales distintas a las
mayoritarias.
- Exclusión a personas discapacitadas o enfermos.
- Exclusión a las mujeres (machismo).
- Discriminación religiosa.
- Diferenciación según el estrato social
- Discriminación positiva.
2.8. PERSONAS QUE LUCHARON CONTRA LA EXCLUSIÓN SOCIAL
Richard Wright: uno de los primeros autores negros estadounidenses en protestar contra
la discriminación de las gentes de color, estudió el modo en que la sociedad blanca alteró
negativamente la cultura negra. Miembro del Partido Comunista, a partir de 1937, trabajó
como editor del periódico del partido, el Daily Worker. Su obra más conocida es la
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novela Hijo nativo —en la que describe cómo un joven de color se ve empujado al
asesinato.
Protesta budista : Un monje budista vietnamita se prendió fuego a sí mismo en un acto de
protesta contra el gobierno de Ngô Dinh Diêm en junio de 1963. Los budistas, que
constituían la mayoría en Vietnam, acusaban al régimen procristiano de Diêm de
discriminación religiosa.
Nelson Mandela : Antes de convertirse en el primer presidente negro de Sudáfrica en
1994, Nelson Mandela pasó gran parte de su vida en prisión por encabezar la oposición
negra al opresivo gobierno de la minoría blanca. Durante esos años, Mandela se convirtió
en el símbolo mundial de la resistencia del dominio blanco en Sudáfrica. Fue liberado el 11
de febrero de 1990. El 10 de diciembre de 1993, el presidente sudafricano, F.W. De Klerk,
y Nelson Mandela, recibieron el Premio Nobel de la Paz por su labor en favor de la
armonía racial en Sudáfrica.
Oliver Tambo : Oliver Tambo fue un activo oponente del apartheid(segregación racial)
desde sus días de estudiante y llegó a ser presidente del Congreso Nacional Africano
(ANC). Dirigió al partido en el exilio durante los 30 años que estuvo prohibido en Sudáfrica
(1960-1990). Regresó a su país en 1990, pero sus problemas de salud le obligaron a dejar
la presidencia del ANC en manos de Nelson Mandela al año siguiente. Tras su
fallecimiento en 1993, recibió un funeral con honores de jefe de Estado en reconocimiento
a su lucha por la consecución de un gobierno de la mayoría en Sudáfrica.
Joe Slovo: fue secretario general del Partido Comunista Sudafricano y alto cargo del
Congreso Nacional Africano (CNA). Fue elegido parlamentario en abril de 1994 y fue
ministro en el nuevo Gobierno de Nelson Mandela. Murió asesinado el 6 de enero de 1995.
Gloria Steinem : Alrededor de 1960, las condiciones sociales y económicas habían
contribuido a que las mujeres ampliaran sus actividades fuera del hogar, en fábricas y
oficinas. Esto, unido a otros cambios sociales, convenció a las mujeres de que era el
momento de exigir igualdad con los hombres. Mujeres como Gloria Steinem, Betty Friedan
y Kate Millett se convirtieron en las principales figuras del movimiento feminista. Como
escritora, Steinem fundó la revista Ms y apoyó la fundación de la National Women's
Political Caucus y la Women's Action Alliance. En su "Discurso a las mujeres de Estados
Unidos", Steinem exige que no existan más roles que "aquéllos que se eligen libremente".
Martin Luther King: Martin Luther King se erigió como líder del movimiento en favor de los
derechos civiles de las minorías, tras organizar el famoso boicoteo al transporte público en
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Montgomery (Alabama) en 1955. Luchó por un trato igualitario y mejoró la situación de la
comunidad negra mediante protestas pacíficas y enérgicos discursos sobre la necesidad
de erradicar la desigualdad racial institucional. En 1963 encabezó una marcha pacífica
desde el Washington Monument hasta el Lincoln Memorial, donde pronunció su discurso
más famoso: "Tengo un sueño".
El 3 de abril de 1968, Martin Luther King, sometido a una gran tensión, pronunció un
discurso en el que dijo: "He estado en la cima de una montaña y he visto la Tierra
Prometida". Ésta fue una de sus muchas alusiones a su creencia de que su muerte estaba
próxima. Al día siguiente, King fue asesinado en Memphis, Tennessee (EEUU).
Focolares: movimiento católico fundado en Italia por Chiara Lubich a mediados de la
década de 1940. Su objetivo es testimoniar el amor y la unidad entre los más alejados de
la Iglesia, luchando contra las desigualdades sociales y raciales. Cada año celebran una
jornada de convivencia llamada 'mariápolis', ya que el movimiento también se conoce con
el nombre de Obra de María. Su principal órgano de difusión lo constituye la revista Ciudad
Nueva.
Centro Cívico Martin Luther King : Martin Luther King está enterrado en el cementerio de
la iglesia baptista Ebenezer. Esta iglesia pertenece al Centro Cívico Martin Luther King
para el Cambio Social No-Violento. Ubicado en Atlanta (EEUU), este centro guarda
muchos documentos de King sobre el movimiento pro derechos civiles.
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI ): El
INADI tiene por objeto elaborar medidas concretas en el ámbito nacional para combatir la
discriminación, la xenofobia y el racismo; y recibir denuncias sobre conductas
discriminatorias, xenofóbicas o racistas. Además impulsa campañas educativas tendientes
a valorizar el pluralismo social y cultural, y al eliminación de actitudes discriminatorias,
xonofóbicas o racistas.
Grupo de Apoyo a la Mujer Afrouruguaya (GAMA): Este grupo ha tomado dentro de su
temática de responsabilidad, como jefas de familia en la mayoría de los casos, de abrir
espacios de diálogo con diferentes instituciones estatales entre ellas el Ministerio de
Vivienda y Ordenamiento Territorial, cuyo representante el Sr. Ministro Juan Chiruchi
concurrió a la sede de Mundo Afro en 1996 para escuchar el planteo de este grupo de
mujeres, quienes buscaban un doble objetivo:
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La mejora de sus viviendas, tema absolutamente carencial fundamentalmente a
nivel de la colectividad negra.
Por otra parte, además de acceder a la construcción de sus viviendas, se apunta a
la recuperación de un espacio como es el Barrio Sur, que corrige una injusticia
histórica al permitir que la comunidad se reinserte en un espacio territorial que
históricamente les perteneció y que fueron expulsados durante el período de la
dictadura militar, desperdigando a todo el colectivo allí reunido ubicándolos en las
zonas periféricas de la ciudad.
3. LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS3.1. DEFINICIÓN
Ir en contra de una ley o norma o no cumplirla, perjudicar, dañar o transgredir.
3.2. FORMAS DE VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS:3.2.1. El Abuso de Autoridad es una de las formas sistemáticas de violación de
derechos humanos en el Perú. Muchos dirán que no es cierto, que en el Perú,
se respetan los derechos humanos, que el país ha cambiado, pero no es cierto
y lo probare en este trabajo, que nos permitirá ver que es: “violación de los
derechos humanos”. Si el país hubiere cambiado se haría justicia para todos de
igual modo, y se restituiría sus derechos a las personas que fueron privados de
ellos, de manera abusiva y violando el orden jurídico.
La página Web del Poder Judicial de Perú dice:
El abuso de autoridad es la arbitrariedad cometida en el ejercicio de atribuciones
funcionales, administrativas o jerárquicas al rehusar hacer, retardar o exceder la potestad
atribuida a su cargo o función, perjudicando a los sometidos a su autoridad.
El Código Penal de Perú establece sanciones para los funcionarios que cometen este
delito, pero son tan pequeñas, que la mayoría se siente tentado a cometer arbitrariedades,
si con ellas pueden destruir personas, instituciones privadas, ganar una coima por debajo
de la mesa ofrecida por los enemigos de la víctima.
3.3. EL CODIGO PENAL DE PERU
1.-ABUSO DE AUTORIDAD. TIPO PENAL. 376. CP
Artículo 376°.
El funcionario público que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena, en perjuicio
de alguien, un acto arbitrario cualquiera, será reprimido con pena privativa de libertad no
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mayor de dos años. Cuando los hechos deriven de un procedimiento de cobranza coactiva,
la pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años. Como podemos ver, la sanción es
mínima, no sufre prisión alguna el funcionario, así Ud. logre probar al juez la maldad
cometida en su agravio, la trasgresión de la ley”.
3.4. ANÁLISIS DEL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD3.4.1. Bien jurídico:
Concretamente es la legalidad del acto oficial la que se afecta. Se busca que los
funcionarios públicos investidos de autoridad ejerzan sus atribuciones o competencias sin
vulnerar los derechos de los particulares. De lo que se trata es de preservar la regularidad
del funcionamiento de la administración pública, la legalidad de los actos administrativos.
Siguiendo a Núñez, Fernando Ángeles Gonzáles, Manuel Frisancho Aparicio. Código penal comentado. VII. Ediciones Jurídicas lima 1998. p.3208, señala que las
infracciones que prevé esta sección representan una lesión a la administración pública, por
que implican un arbitrario ejercicio de la función pública, al margen de las constituciones,
leyes o deberes que la rigen.
Al proteger así de forma genérica el art. 376 al normal desarrollo de la administración
pública y de forma específica la legalidad del acto funcional del funcionario en ejercicio, se
está brindando, por efecto concomitante, protección a las personas perjudicadas. Se trata
entonces, como nos lo recuerda Manzini, de una doble garantía: del Estado y de los
particulares frente a los funcionarios públicos. Rojas Vargas, Fidel. Delitos contra la
administración pública. Grijley. Lima.1999.p.90
La razón de ser de la inclusión de un tipo penal tan amplio (y por ello de dudosa
constitucionalidad) parece radicar en el deseo de evitar vacíos. A través de este abuso
innominado el legislador pretende abarcar aquellos casos que no pueden ser
comprendidos por los tipos de "abuso específico" (concusión, exacciones, peculado, etc.).
Por eso se afirma, también, que este tipo de "abuso innominado" solamente tendría
aplicación supletoria: cuando los otros supuestos de abusos de autoridad específicos no
sean aplicables. Abanto Vásquez, Abanto. Los delitos contra la administración pública en
el código penal peruano. Palestra.2001.p.180.
3.4.2. Tipo objetivo:
3.4.2.1. Sujeto activo
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Solo pueden ser los funcionarios públicos. Los particulares son participes o cómplices.
Para que se realice el tipo, el funcionario infractor debe obrar en el ámbito de sus
funciones. Para Manuel Abanto Vásquez, si el funcionario comete funciones que no le
competen estaríamos ante el supuesto de usurpación de funciones, se trata del mal
empleo de la autoridad que la función que ejerce otorga al funcionario. Abanto. p.184
3.4.2.2. Sujeto pasivo
Es mayoritaria la afirmación de identificar como sujeto pasivo al Estado quien, por medio
de la administración pública, se constituye en el titular de la regularidad y legalidad de los
actos funcionariales. Pero, también, cabe rescatar la condición de agraviados en los
particulares que resulten perjudicados por el acto arbitrario contra sus derechos
individuales (por ello la mención «en perjuicio de alguien»), sin embargo no es
recomendable brindarle la calidad de sujeto pasivo directo, como algunos pretenden
justificar, ya que no son titulares del bien jurídico primario, lo cual generaría confusiones
conceptuales entre sujeto pasivo y víctima. No es pacífica en la jurisprudencia la
identificación del sujeto pasivo del delito. Mientras ciertos fallos atribuyen dicha condición
al Estado, otros lo aprecian en el particular titular del derecho perjudicado. García Navarro.
Edgard. El delito de abuso de autoridad. Grijley.2007. p.59-60.
3.4.2.3. Acción típica
La acción típica consiste en abusar de las atribuciones públicas, cometiendo u ordenando,
en perjuicio del alguien, un acto arbitrario cualquiera. La ilegitimidad propia de un "abuso"
consiste en:
a).-El uso de facultades prohibidas específicamente o no con cedidas a ningún funcionario
b).-El uso de facultades concedidas por la ley, pero ejercidas arbitrariamente por no darse
los supuestos de hecho para su ejercicio. Acto arbitrario es cualquier acto administrativo
contrario a la ley. Se logra el acto arbitrario cuando el funcionario supera los parámetros de
riesgos de su función regulados por la ley.
Siguiendo a García Navarro. P.103-104, podemos afirmar que la conducta operada se
adecua al riesgo no permitido de función y es potencial de generar perjuicio y convertirse a
la irregularidad, satisfaciéndose la imputación objetiva de la conducta.
Ese aumento de riesgo de función no es más que la extralimitación funcionarial en
cualquiera de sus dos variantes.
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Por ejemplo, el agregado de actos en reemplazo de los exigidos por la ley, como
extralimitación por exceso de competencia, genera el aumento de riesgo de función, pues
dicho desbordamiento de atribuciones es el de los parámetros del riesgo de función, del
que se exigía objetivamente que el agente cumpla con realizar todos los elementos para
lograr un acto de función legítimo.
El parámetro de riesgo de la norma precisa de elementos objetivos desprovistos de
calidad arbitraria, por lo que el agente nos los acoge -en todo o en parte-, y los reemplaza
por otros, excediéndose del parámetro de riesgo.
Es un tipo de comisión. El acto se opone a las leyes.
En cuanto “al perjuicio para alguien”, esta es una particularidad del C.P. peruano que
parece convertir en tipo de resultado a un delito que usualmente es considerado como de
"mera actividad". Y lo haría rompiendo con el concepto de bien jurídico arriba señalado,
pues si éste es el funcionamiento de la administración pública, no debería interesar un
resultado distinto cuando dicho funcionamiento ya ha sido afectado, máxime si el resultado
estaría vinculado a un interés del particular. Abanto. p.188
3.5. EVALUACIÓN SOBRE LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS
Defensores de los derechos humanos están de acuerdo en que tras sesenta años después
de su publicación, la Declaración Universal de los Derechos Humanos es todavía más un
sueño que una realidad. Existen violaciones de estos derechos en todas partes del mundo.
Por ejemplo, en el Informe Mundial de 2009 de Amnistía Internacional y de otras fuentes
muestra que a los individuos:
Se les tortura o se abusa de ellos en 81 países por lo menos
Enfrentan juicios injustos en por lo menos 54 países
Se les restringen sus libertades de expresión en por lo menos 77 países
No sólo eso, sino que a mujeres y niños en particular se les margina de numerosas
maneras, la prensa no es libre en muchos países y se calla a los disidentes, con
demasiada frecuencia en forma permanente. Aunque se han logrado algunas ganancias en
las últimas seis décadas, las violaciones de los derechos humanos siguen azotando a
nuestro mundo actual.
Para ayudar a informarte de la verdadera situación a través del mundo, esta sección
proporciona ejemplos de violaciones de seis Artículos de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos. (DUDH):
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4. CONCLUSIÓN
Finalmente, lo más resaltante de este tema, es que en nuestro país están fallando
muchísimas cosas, como es la falta de tolerancia, el prejuicio, la discriminación, el abuso
de autoridad, la marginación, la humillación, el aislamiento, la falta de apoyo de las
autoridades políticas en los sectores más pobres del Perú, que no permite el progreso
académico y social de muchos peruanos que tienen ganas de emprender una vida mejor,
para mejorar el país.
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5. BIBLIOGRAFÍA http://www.ifeanet.org/publicaciones/boletines/31(3)/699.pdf
https://cdfa.wordpress.com/2007/06/04/exclusion-social-en-el-peru/
http://www.derechoycambiosocial.com/RJC/Revista15/exclusion.htm