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JOSÉ IGNACIO FORTEA LÓPEZ CARMEN M- CREMADES GRIÑÁN

(Eds.) --e-w-

POL~TICA Y HACIENDA

11 REUNIÓN CIENTÍFICA ASOCIACIÓN ESPANOLA DE HISTORIA MODERNA

1992

VOLUMEN I

UNM3RSIDAD DE MURCIA

Page 3: IGNACIO - Digital CSIC

O José Ignacio Fortea Pérez Carmen MTremades Griñán Secretariado de Publicaciones Universidad de Murcia, 1993 I.S.B.N.: 84-7684-407-7 Depósito Legal: MU-805-1993 Edición de: COMPOBELL, S. L. Murcia

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EN TORNO A LA CRISIS FINANCIERA DE LA CIUDAD DE VALENCIA ENTRE LAS QUIEBRAS

DE LA TAULA DE CANVIS DE 1634 Y 1649

Amparo Felipo Orts Universidad de Valencia

Todo intento de acercamiento a la historia financiera de la ciudad de Valencia durante el seiscientos debe partir, como inevitable punto de referencia, de la situación de la Taula de Canvis, organismo crediticio del Consell, por medio del cual realizaban sus operaciones todas las instituciones económicas, y por consiguiente máximo exponente de la evolución de la Hacienda municipal.

El deplorable estado que desde principios de siglo venía arrastrando esta institución -que ya en 1614 se había visto obligada a suspender pagos- aconsejó el inicio de una visita de inspección en 1623. Resultado de la misma fue el proceso y condena de los implicados en deLitos de malversación y descuido; la indagación de otras posibles causas de la penuria económica; y la búsqueda de soluciones. De ellas, la primera en aplicarse fue la concesión a la ciudad del privilegio del amasijo del pan en 1629. Pero cuando todavía se estaba negociando el modo de proceder a su aplicación sobrevino la crisis triguera de 1629-31 provocando una notable subida del precio del cereal que comportó importantes pérdidas para el Consell, que en muchas ocasiones vendió el trigo a precios más bajos que los de coste.

Esta arriesgada política, acumulada al déficit anterior y a una masiva falsificación de albaranes, desembocó en una grave falta de numerario, frente a la cual, pese a las soluciones arbitradas *ntre las que se incluyó el recurso a la inflación mediante la acuñación de moneda de vellón-, finalmente no hubo más remedio que decretar de nuevo la bancarrota de la Tanla en 1634.

La liquidación de la misma -llevada a cabo según los capítulos elaborados por la junta reunida en Valencia bajo la presidencia del virrey, ligeramente modificados por el Consejo de Aragón, y finalmente confirmados por Felipe IV en carta de 20 de marzo de 1634-- debía acompañarse de la aplicación de otras medidas tendentes al saneamiento de la Hacienda muni- cipal. Se incluyen entre eiias la imposición de nuevas sisas sobre el trigo y el vino; el arrenda- miento de las carnicenas los viernes, sábados y vigilias, tal como se hacía en Cuaresma; la

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l l I

mejora de las condiciones del privilegio del amasijo del pan; la asignación exclusiva al racional Por el procedimiento de suponer créditos a nombre de diferentes personas, por este delito de 20.000 libras para gastos ordinarios y extraordmarios; la obligatoriedad de despachar albaranes Aguilar Y L~zano fueron condenados a muerte por el Consejo de Aragón, y aunque solicitaron

para la paga de los réditos de los censos y de hacer provisiones por los jurados en relación con al rey la conmutación de la pena a cambio de semirle con 30.000 reales, el conseu ~~~~~~l los gastos extraordinarios; la limitación de las atribuciones económicas de los funcionanos; y la luchó Por que la sentencia se hiciera f h e , ofreciendo en compensación 4.000 libras proceden.

realización de p e b a s de residencia a los jurados, racional, síndico y demás oficiales de la tes de la Clavería Común7. Durante 10s d o s siguientes la situación continuó empeorando, haciéndose cada vez más

Estas regulaciones, aunque severas, no fueron, sin embargo, suficientes para resolver la clftica. Pero Poco o nada se hizo para remediarla hasta la designación del virrey oropesa en

en parte porque algunas de ellas ni siquiera llegaron a ponerse en ~ráctica. Así ocurrió 1645. Éste, como 61 mismo informaba al rey -«luego que vine a servir estos cargos tomé por

con las sisas impuestas sobre el trigo y el vino, que el Consell General se negó a aceptar por uno de 10s principales objetos de mi cuydado el tratar del desempeño de la desde los estimar que el modo en que se pretendían aplicar entraba en contradicción con los fueros. En primeros meses se apresuró a convocar juntas integradas por oficiales de la ciudad, doctores de

estas circunstancias, el monarca accedió a que una junta de expertos -integrada por Gaspar la Audiencia Y personas expertas para que estudiaran la situación. y a en ese mismo do se

Juan Catalá, Vicente Sanz Boil, Francisco Fuster, Francisco Gomera, Pablo Franco, Vicente encargó al Conde de Albateya, a don Vicente Vallterra, a Pedro de Caspe, a ~ ~ t ~ ~ i ~ padilla, a

Auzina, José Cuevas y Martín Tomás- se encargara de presentar propuestas alternativas, Pero José Pérez Roca, a Vicente Lleonart, a Luis Ferrando y a Vicente ~ l ~ ~ i ~ la averiguación del

los electos no tuvieron ninguna prisa en reunirse y pese a haber sido instados en varias m0ntante.y de las causas del endeudamiento de la ciudad. Tras casi dos dos de indagaciones la

ocasiones a que adoptaran una solución definitiva, todavía el 10 de enero de 1635 los jurados les junta uegó a la conclusión de que las deudas se elevaban a 500.000 ducados8, de amenazaron con proceder al arrendamiento de las sisas si no la aportaban en lo que restaba de déficit anual acumulado de 37.000 libras. La laboriosa, por complicada, estimación de los

ingresos Y gastos de la hacienda municipal recogida en el informe elevado al consejo de En opinión de Carreres Zacarés, fue esta obstinación del Consell General en no querer Aragón, presentaba un marcado contraste con esta realidad. Según sus el capítulo de

aprobar los nuevos arbitrios una de las causas de la paralización de las operaciones de la Taula gastos estaba integrado por las siguientes partidas:

desde que se decretó su extinción hasta que realmente se llevó a efecto en 1649'. Pero tampoco debió ser ajeno a ello la persistencia de la corrupción entre los oficiales. A los tres años de la

35.000 " Gastos de la Clavería Común 25.000 " Gastos de la Lonja Nova 10.000 "

Entre estos fraudes y delitos no fue uno de los menos significados la importante falsificación de albaranes descubierta en 1638, cuya enosme dimensión se atribuyó a que cada uno de ellos Total ... .................................................................. 215.000 libras

era de poca cantidad. Para hacer frente al problema, el monarca concedió a la ciudad permiso para cargar a censal 30.000 libras destinadas a «quitar» todos los censales inferiores a 100 Por su Parte, el capítulo de ingresos, obtenidos a partir desisas y arrendamientos libras, dispensando en ello el capítulo 9 del reciente decreto de liquidación de la Taulas. las cantidades siguientes:

Poco después la visita puso al descubierto la falsificación de algunos libros mayores de la Taula. El principal implicado era Miguel Aguilar a quien irónicamente el 3 de abril de 1634 los jurados habían designado regente del libro mayor de la misma eanesos los molts y bons servicis que Miguel Aguilar, mercader, ha fet a la present ciutat en la regencia de dos quadrimestres de la caixa de menut que aquel1 ha tengut y senrit ab tanta puntualitart y satisfactio de totes les persones per estar com estava la dita caixa tan alcanqada de moneda y no poder satisfer a moltes persones que tenien crkdit en aquella y lo dit Aguilar, ab sa sagasitat y psudencia dexava y dexi a tots contentsn6, y que ya en 1637 había sido ejecutado por el visitador por un desfalco descubierto en su cuenta por valor de 14.283 libras. Ahora, conjuntamente con José Lozano, Gerónimo Femández y Jaime Jnny, había conseguido extraer de la Taula más de 68.000 libras

1 Todas estos asuntos se encuentran m& ampliamente tratados en FELIPO ORTS, A,: El centrulismo de nirevo

citfio y la política de Olivarer en el País Valenciano, Valencia, 1988. 2 A.M.V. MC. 161. 3 CARRERES ZACARES, S.: La Taiiln de Canbis de Valencia, 1408-1719, Valencia, 1957, pp. 63-6 4 CASEY, J.: «La crisi general del segle XVII a Val&ncia, 1646.1648~. Boletín de la Sociedad Castello

Cultura, Castellón, 1970, p. 124. 5 A.M.V. MC. 165. 7 A.M.V. MC. 166.

6 CARRERES ZACARES, S.: Op. cit., p. 64. 8 A.C.A.C.A.Leg.674.

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unidas a las 37.000 que le faltaban supondrían 55.000 cuyo destino confesaron ignorar9. La gestión de esta junta había servido, en definitiva, para corroborar, con cifras concretas, la

existencia de un importante déficit financiero, que tanto los jurados como las sucesivas juntas de expertos que desde 1646 se fueron relevando en la infructuosa búsqueda de soluciones, se empeñaron en atribuir a los fraudes cometidos en el pago de las sisas, sin duda porque ante la inevitable necesidad de mejorar las finanzas resultaba menos embarazosa una reforma de los fraudes ordinarios y generales de las mismas que una investigación a fondo de la conducta de

.. . . los oticiales.

Sólo eiio explica la obsesiva reiteración con que desde julio de 1646 se publicaron disposi- ciones encaminadas a mejorar su cobro. El día 24 de este mes se publicó un pregón que, apoyándose en diversas doctrinas teológicas apelaba a la conciencia de los defraudadores; imponía severas penas pecuniarias a los mismos, y dictaba medidas muy precisas y detalladas para prevenir futuros fraudeslo. El 1 de mayo de 1647 el Consell General aprobó una serie de medidas que, reunidas bajo la denominación de «Arbitrio para la guarda de los portales sin aumentar nuevos salarios*, asignaban portales d i e n t e s para la introducción de cada mercan- cía en la ciudad; regulaban los horarios de apertura y cierre de los mismos; designaban a las personas que, para reforzar la vigilancia, debían acompañar a los credeucieros; insistían en la prohibición de coches; recordaban las obligaciones de los majarreros y las penas a aplicar en caso de incumplimiento; y regulaban con minuciosidad las normas a seguir en la tenencia de tabernas y en el manifiesto del vino". Por fin, el 4 de mayo de 1647 se difundió un pregón para prevenir los fraudes en la sisa del vino".

Idéntico propósito guió el intento de acelerar la solución de una cuestión pendiente desde hacía varios años: la restitución de las sisas del vino a los eclesiásticos. Existía sobre este asunto una concordia entre la ciudad y el cabildo firmada en 1359, pero el paso del tiempo había desvirtuado su contenido conduciendo a que, durante los Últimos años se hubieran restituido cantidades superiores a las estipuladas, con el consiguiente quebranto para las finanzas munici- pales13. Esta cuestión oiiginó largos pleitos entre ambas partes, que abocaron en una sentencia fallada por el Consejo Supremo de Aragón a favor de la ciudad el 22 de octubre de 1632 y posteriormente ratificada por la Real Audiencia. En ambas se disponía que no se debía realizar la restitución a razón de 4 sueldos por cada 20 de vino adquiridos al por menor -proporción a la que se había estado rest i tuyende sino de 4 sueldos por cada 2414.

Pese a la unanimidad de las sentencias la recuperación de las sumas adeudadas -misión que la ciudad encomendó a Vicente Mateu en 1634 y le renovó en 1639 (en esta ocasión a cambio de 4 sueldos por cada 20 que recuperara que se aplicarían a cancelar la deuda que a su vez éste tenía contraída con la ciudad)-15, resultó lenta y costosa por la escasa colaboración de los eclesiásticos. Ello indujo al Consell a procurar un nuevo acuerdo con los mismos. Sus gestiones -para las que solicitaron la intercesión del arzobi~po'~ y del rey a través de sus embajadores en la Curia romana-" concluyeron con la fxma de una segunda concordia el 20 de octubre de

9 A.C.A. C.A.Leg. 678. 10 A.M.V. MC. 175. 11 Ibídem. 12 A.M.V. MC. XX3-4. 13 A.C.A.C.A.Leg.674. 14 A.M.V. MC. 166. 15 Ibídem. 16 A.C.A. C.A. Leg. 674. 17 Ibídem.

1646. En ella se contemplaba el modo en que se debía de proceder a la restitución; se concerta- ban los pagos a realizar al contador de la Iglesia; y se ponía fin al aspecto económico, sin duda el más vidrioso, estipulando la cantidad a restituir en 4 dineros por librala.

Pero los miembros de la junta eran conscientes de que una mayor garantía en el cobro de las sisas era insuficiente para afrontar la difícil situación financiera y por ello propusieron otros remedios adicionales. Figuran entre ellos la petición del estanco del tabaco, que el rey concedió en diciembre de 1646j9; la venta de todas las casas que poseía la ciudad en albaranes y créditos de Taula, cuya subasta se encargó al corredor Roque Monserratzo; e incluso un procedimiento más curioso como la promesa de un premio de 4.000 libras a la persona capaz de demostrar la viabilidad de un arbitrio que, permitiendo la supresión de las sisas, garantizara el desempeño de la ciudad2'.

Paralelamente se intensificó el control sobre diferentes administraciones -al exigirse, desde el 10 de enero de 1647, que todos los lunes presentaran certificado de las cantidades ingresadas en la Taula el administrador del «pastim», el credenciero de la sisa de la carne y los majarreros del margallón de las sisas-" y se trató de limitar la salida de fondos de la Taula ordenando que las pensiones de los censales se hicieran efectivas por partes iguales en dimero y en albaranes2' y que los oficiales no admitieran partidas de particulares por cuenta de la ciudad sin la presen- tación por ésta de una orden escritaz4.

Entretanto, la amenaza de la peste había comenzado a cernirse sobre Valencia. Caracteriza- da por Domínguez Ortiz como una de las tres grandes ofensivas de la muerte de la España del siglo X W , la incidencia de la epidemia de 1647 sobre la ciudad ha merecido la atención de algunos historiadores que, desde perspectivas diferentes y complementarias, nos aproximan a las pérdidas demográficas y nos proporcionan abundante información sobre las medidas adop- tadas por el municipio para evitar la difusión del contagio21.

De entre estas últimas nos interesa sobre todo -por la repercusión que iba a tener sobre las finanzas municipales- la apertura de «morberias» cuya construcción, mantenimiento y administración debía correr a cargo del municipio, generando unos gastos que, según diferentes documentos, se situarían entre 1.000 y 1.5000 ducados diaiios. Ante la perspectiva de tan considerables gastos la junta de Sanidad constituida en el mes de noviembre de 1646 -conformada por el virrey, el arzobispo, el gobernador Basilio de Castellví, los oidores de la Audiencia, Juan Antonio Centeiies y Cosme Gombau, los dos «Jurats en cap» y varios religio- sos- se apresuró a dar cuenta de la precariedad de los recursos de la ciudad, reducidos en ese momento a 6.600 cahíces de trigo y 10.000 ducadoszh.

El temor por el abastecimiento de trigo, en absoluto infundado, dada la reducción del

18 A.M.V. MC. 175. 19 A.M.V. XX3-4. 20 A.M.V. MC. 175. 21 A.M.V. XX3-4. 22 A.M.V. MC. 175. 23 9 de febrero de 1647. 24 A.M.V. MC. 176. Incluso se indicaba al regente del libro mayor que no anotara en éste ninguna partida, aunque

éstas esruvieran anotadas en los libros manuales (28 de septiembre de 1647). 25 LAPARRA LÓPEZ, S.: Peste y crisis polilicu en Valencia 11647.1648) Tesis de lice,rciarura; PESET,

ARQUIOLA, PESET, LAPARRA Y MACEBO: «Los médicos y la peste de Valencia de 1647-48». y «Gobierno y poder político en la peste de Valencia de 1647.482, ambos en Sociedad esparlola de I~k to i - i a de la mediciira. V Con- gr.esoMacional, Vol. 1. Madrid, 1977.

26 LAPARRA LÓPEZ, S.: Pesle y oisispolirica .., p. 115.

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comercio que conllevaba el establecimiento del acostumbrado cordón sanitario, no alcanzó, al del visitador Francisco Miguel de Pueyo el 20 de enero de 162932, este piivilegio se había

parecer, la gravedad que en principio se pudiera sospechar. No obstante, los datos de que venido renovando periódicamente hasta que en 1640, a cambio de 14.000 libras, Valencia lo

disponemos resultan confusos y contradictorios. obtuvo con carácter definitivo.

Los autores consultados -Gavaldá, Casey, Laparra- coinciden en señalar que las cosechas Mayores dificultades planteó la financiación de las enfemerías y demás servicios que se

de 1646 y 1647 no fueron buenas y Gavaldá añade que «faltó el mar con sus acostumbrados habían dispuesto para combatir el contagio y las meirnadas arcas municipales no podrían resistir

socorros de trigo», lo que sin duda cabe relacionar con la carestía que simultáneamente padecían durante mucho tiempo. Urgía, pues, arbitrar nuevos medios. La Junta de expertos designada a

Sicilia y Cerdeña, tradicionales abastecedoras de la ciudad. Ello explicaría la evolución de las tal fin propuso tres, que ante la premura de la situación contaron con la rapidez aprobación del

curvas elaboradas por Hamilton2' -tomadas con todas las reservas necesarias-, según las monarca: la acuñación de 50.000 libras en moneda de plata valenciana renunciando el rey a sus

cuales los precios del trigo comenzarían a subir desde 1646, alcanzarían en 1647 valores derechos en favor de la ciudad; la aplicación de una nueva sisa de 2 sueldos por libra sobre el

a los del punto más álgido de la crisis higuera de 1629-3lZ8 e incluso se elevarían por vino, en la cual debían contribuir los eclesiásticos, -efecto para el cual se obtuvo el correspon-

encima de ellos en 1648, en que se alcanzaron los precios más elevados del siglo. diente decreto del arzobispo fray Isidoro Aliaga el 18 de noviembre de 1647 en tanto llegaba la bula papal-", y la emisión de censos por valor de 200.000 libras a un interés del 16 dineros por

CUADRO l NÚMEROS ~NDICES DE LOS PRECIOS DEL TRIGO Sólo la consecución del último expediente suscitó inconvenientes dignos de niención, deter-

minados en parte porque, como era habitual en tiempos de peste, aquéllos que por su posición

1631 ....................... ... 182.36 económica podían colaborar habían optado por abandonar la ciudad3'. Los censos se emitieron ............................................................... ........................................................ 1640 ............................ .. 134.69 en condiciones muy ventajosas: se cargarían a 16 dineros por libra, que suponían 4 dineros más

1641 .... ..................................................... 147.49 .................................... de lo que era ordinario, y los réditos, que se pagarían en dinero efectivo, correrían desde el

1642 .................... .. 144,40 primer día, renunciando la ciudad a los seis meses francos que tenía permitidos. Con todo, la .................................................................... 1643 ......................... ... 152.13 reacción inicial fue de desinterés; pero Lapana atribuye a la capacidad persuasiva del virIey, ............................................................ 1644 ............................................................................................. 164,08 que hizo gestiones particulares con todos los adinerados de Valencia, el que finalmente se

1645 ................... .. 156.07 cubrieran las 200.000 libras en su totalidad intramuros de Valencia, salvo 6.000 libras que ..................................................................... 1646 ............................................................................................. 162,ll aportó la ciudad de Alicante y otras tantas la de JátivS5.

1647 ....................... .. 182.50 Como tendremos ocasión de comentar más adelante, este parecer contrasta con un informe ................................................................ 1648 ........................... ... 187.74 elevado al rey según el cual tan sólo se habían conseguido cargar 81.000 libras". Pero en todo ........................................................ 1649 ............................. .. ......................................................... 158,60 caso lo que ahora nos interesa destacar es que entre finales de enero y principios de febrero de

1650 .................... .. 158,46 1648, la peste comenzó a amainar, se cerraron las enfermerías y el número de fallecidos en el ................................................................... hospital parecía indicar que la enfermedad había cesado. Efectivamente la peste había aban- donado por fin la ciudad de Valencia pero había dejado huellas muy profundas en su pobla-

Contradictoriamente con estos valores, Casey hace notar que los precios de la ciudad ción -las pérdidas demográficas son evaluadas por Gavaldá para todo el reino en más de estables, atribuyendo el hecho a posibles importaciones de trigo extranjeroz9 y 46.000 personas, y según Laparra la capital se vería memada en un tercio de su población

Lapana, siguiendo a Gavaldá, afirma que Valencia no sufrió durante el tiempo de la peste total- y también en sus finanzas.

problemas de abastecimiento; que incluso en plena epidemia se permitió enviar un cargamento A mediados de 1648 los jurados alertaron al rey de que la epidemia había agudizado todavía a Tortosa; y que el precio del cahíz de trigo de mejor calidad no superó los 14 escudos3'. más la crisis financiera por cuanto el descenso demográfico había derivado en una reducción del Tampoco la documentación consultada traduce la necesidad de recurrir a medidas extraordina- comercio y de las sisas3'. Así lo corroboraba un memorial elevado en 1649 relativo a los rias para el avituallamiento, similares a las desplegadas entre 1629 y 16313'. Tal vez, la ingresos de la ci~dad'~:

explicación se encuentre en la mayor capacidad del municipio para hacer frente a momentos de penuria tras la obtención del «Privilegio del pastim», designación con que la documentación se refiere a la concesión del monopolio de elaboración del pan por la ciudad. Concedido a ~etición

27 HAMILTON, E.: El tesoro americano y la revolución de losprecios en España, 1501-1650, Barcelona, 19 33 Como era corriente la bula papa1 tardaría unos años en llegar, no siendo despachada hasta el 12 de julio de

p. 410. 1656 (B.U.V. MSS. 701).

... 28 FELPO ORTS, A: El centiulismo de nuevo cuño 34 CASEY, J.: Op. cir, 166.

29 CASEY, J.: La o-isis geneiul .., p. 166. Laparra ha demostrado que en esta coyuntura el tnga se impar 35 LAPARRA LÓPEZ, S.: Op. cit, p. 122.

básicamente del reino de Aragón. 36 A.C.A. C.A. Leg. 678.

30 LAPARRA LÓPEZ, S.: Op. cit, p. 134. 31 FELPO ORTS, A: El centrulismo ... 232-250.

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elaboración de las normas que debían regir la liquidación. Sus propuestas, recopiladas en ........................................................................... Sisa de la rnercaderia 30.000 libras d i e n t e s memoriales, fueron elevadas a la considera2ión del Consejo de Aragón, que tras un

..................................................................................... sisa de l a carne 50.000 detenido y minucioso análisis de las mismas, aconsejó el cierre de la Taula. El decreto real que . ..................................................................................... sisa de l a tal! 8.000 confirmaba la decisión, fechado el 20 de marzo de 1649, se acompañaba de los capítulos según

.......................................................................................... sica del v i n o 35.000 los cuales se debía de proceder al mismo46. ........................................................................................ sisa del pan 12.000 Los primeros contemplaban la fecha de cierre de la Taula; el período de validez de los . .............................................................................. ~ ~ ~ ~ f i ~ i ~ del pastim 8.000 albaranes de la ciudad, la forma de realizar el pago de las pensiones de los censales; la

obligatoriedad de mantener la separación del patrimonio particular de cada una de las cuatro claverías principales: clavena de censales, clavena común -a la que ahora se unía la adminis-

La comparación con los datos aportados por la junta que se había constituido en 1645 tración de la Lonja Nova- clavería del avituallamiento y clavería del quitamiento; el modo de

explica la alarma del vkey y de los jurados, y también que resueltos los problemas acuciautes regirse estas claverías, así como las consignaciones y pagos que se debían realizar a través de que según Oropesa habían paralizado momentáneamente las reuniones, -tales como el asunto cada una de ellas; y las reglas a seguir en la administración de las sisas y en la restitución a los

de la insaculación, las parcialidades de los bandos, la guerra y sobre todo la peste- éstas reanudarán su actividad para afrontar de nuevo el problema financiero agravado, si cabe, por la Un segundo bloque ordenaba la creación de una Taula nueva en la que tan sólo se admitiría obligación de servir al rey con los 1.200 infantes, pagados durante 6 campañas, concedidos en dinero en efectivo -rechazando los albaranes- y arbitraba las medidas para hacer frente a las

las Cortes de 1645". restas de la Taula que se debía liquidar. A tal fin se ampliaba en ocho años, además de los ocho Durante sus primeras sesiones los expertos continuaron centrando su atención en tratar de concedidos en 1646, el estanco del tabaco y se otorgaba a la ciudad el beneficio resultante de la

garantiza el cobro de las sisas. Con esta finalidad no dudaron en encargar a tres religiosos acuñación de 200.000 libra de plata valenciana, renunciando el rey a los derechos que le

cmelitas, entre los que figuraba fray Ambrosio Roca de la Sema, confidente de Oropesa, la elaboración de un memorial en el que se recalcara el pecado mortal que cometía quien no las Por último, con el fin de incrementar el patrimonio de la ciudad se introdujeron las siguien- pagara. Pero advertían que ello no obstaculizaba el cumplimiento de la ley temporal y por tes modificaciones en materia de sisas: las mercaderías de cualquier especie pagadan de entrada consiguiente la aplicación de las penas previstas en este supuesto4o. Otras medidas obligaban a dos sueldos por libra, lo que suponía un aumento de un sueldo por libra; las mercaderías de lino los majarreros a exigir el pago de las sisas en dinero efectivo y les prohibían conceder aplaza- y lana -ue hasta ahora pagaban de entrada un sueldo y tres dineros- pagarían dos sueldos y mientos a los comerciantes4'; e incluso responsabilizaban al credenciero de la sisa del vino de seis dineros por libra; también las mercancías que salían de Valencia pagadan el doble de lo los perjuicios causados a la ciudad por posibles errores en los albaranes". Simultáneamente establecido hasta ese momento47; y se suprimían los dos sueldos de derecho de entrada en la intentando asegurar el arrendamiento del estanco del tabaco, que basta ahora se había procurado arroba de aceite. sin éxito, se prohibió su venta en polvo o en hoja sin la correspondiente licencia de la ciudad, Quedaban con ello, sin conceder algunas peticiones del municipio: que sobre las sisas recién bajo penas que oscilaban entre 25 y 100 librasd3. Y por último, para atender los gastos derivados añadidas no se tuviera que hacer restitución a los eclesiásticos; que el «distrito del sisado» se de la organización de las levas para el servicio de las Cortes de 1645, en marzo de 1649, se ampliara a cuatro leguas alrededor de la ciudad -ahora era de una legua-; y que los censos se aplicó un nuevo impuesto de 6 dineros por libra en el Tal1 (sobre los 6 que ya se pagaban) en los redujeran en dos dineros por libra. Con todo, el Consell acordó poner en ejecución el decreto el

que debían contribuir los eclesiásticosM. 29 de marzo de 1649. No obstante, ya desde el mes de noviembre de 1648, ante la imposibilidad manifiesta de Los capítulos de que se acompañaba traducen el interés por atajar dos de los graves prohle-

carga a censal las 200.000 libras concedidas con motivo de la peste, se había empezado a pensar mas que padecía la hacienda municipal: el fraude permanente en el pago de las sisas y la como única salida en la adopción de soluciones similares a las de 1614 y 1634: la extinción de práctica habitual de que unas claverías subvencionaran a otras. Pero no encontramos ninguna la Taulab5. De hecho, la actividad de las juntas ya había comenzado a reorientarse hacia la alusión +amo tampoco la hemos hallado en los informes de las sucesivas juntas- a un

problema no menos profundo y arraigado, que desde diferentes sectores se había venido denun- 39 Sobre las Cortes de 1645 ver G U ~ A MAR~N, L.: Cortes del reinado de Felipe IV. 11. Cortes valencianas de ciando durante los Últimos años: la corrupción de los miembros del gobierno.

1645, Valencia, 1984. Un memorial anónimo y sin fechar, que podríamos situar entre 1645 y 1646 atribuía el 40 27 de octubre de 1648 (A.M.V. MC. 177). empeño de la ciudad a la conjunción de cuatro causas: las cantidades que quedaban debiendo los 41 27 de octubre de 1648. (A.M.V. MC. 177). No obstante, la ~rohibición de conceder créditos a los mercaderes

hubo de ser el 1 de marzo de 1649 por haberse comprobado que muchos de ellos se habían «retirado de la 46 A.M.V. h3-Il.

negociación y no hacen tantos despachos como acostumbraban a hacer». 47 El incremento de las derechos de entrada y salida, solicitado por la junta y finalmente concedido, es una de las 42 A.M.V. MC. 177,20 de a b d de 1649. repuestas que había planteado mayores divergencias entre los miembros del Consejo de Aragón. Mientras se oponían

43 A.M.V. XX3-5. I Conde de Robles, don Vicente Hortigas, don Miguel Castellot, y el Conde de Albatera y Sástago, desde el primer 44 Para ello se quitaron los 12 dineros que se pagaban por libra en las ropas y mercaderías, de las cuales Ya en omento manifestaron su conformidad el viceianciller y el prolonotario, así como el duque de Medina de las Torres,

abil se restituyeron 6. Pero la reducción de entradas de ropas y mercadedas que comportó este aumento determinó a los on Cristóbal Crespí de Valldaura y don Pedro de Villacampa, quienes eran patidarios, además, de que su aplicación jurados a encargar a una serie de electos la búsqueda de nuevos arbitrios en sustitución de estas sisas. realizara sin someter la medida a la aceptación del Consell General, tratando quizás de evitar que se reprodujeran las

45 A.M.V. MC. 177. roblemas surgidos en 1634 con las sisas del trigo y del vino (A.C.A. C.A. Leg. 678).

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administradores y arrendadores de las sisas: las partidas de Taula que por descuido o malicia no En el mes de junio del mismo año se indicó al entonces visitador, cosme combau que su misión quedaban consignadas; la complicidad de los prohombres del quitamiento con los deudores, al no se Prolongara más de un año, desapareciendo desde entonces toda referencia sobre la

no revelar su identidad al racional, y por último las sisas que se dejaban de cobraP8. También el inspección54, virrey Oropesa, apenas incorporado al cargo hizo recaer la mayor responsabilidad de la situa- Más de veinte años de visita continuada habían demostrado palmariamente la ineficacia de

cidn financiera en la corrupción de los gobernantes, convicción que se llevó no sólo a revocar en la misma cuando su dirección se dejaba en manos de valencianos. Por en esta por 1646 el sistema de insaculación implantado en 1633, sino a pretender anular a la ciudad la deseo expreso del monarca, la comisión recayó sobre un personaje que a la condición de regente

jurisdicción sobre las sisas". Idéntica opinión hicieron llegar al rey en 1648 los miembros de los del Consejo Supremo de A w ó n -sumaba la de no ser valenciano-, con lo que se esperaba

estamentos eclesiástico y militar, representados por el conde de Peñaha y por el carmelita que ejerciera su' misión con más rigor e imparcialidad. Se trataba de don ~ i ~ ~ ~ l jerónimo de

Ambrosio Roca de la Sema. castellot, caballero de la Orden de Santiago, a quien en la comisión real fechada en el mes de Se trataba por consiguiente, de una creencia bastante extendida que contribuyó a animar la marzo de 1651, se le confería poder expreso para investigar los posibles fraudes cometidos por

idea de la conveniencia, e incluso de la necesidad de una visita. Los primeros en presentar al jurados, racionales, clavarios, cajeros, depositarios, receptores, administradores y demás oficia.

monarca una petición en este sentido fueron los miembros de los estamentos eclesiástico y les +entra 10s cuales podía iniciar los procesos pertinentes-; para inspeccionar el estado del

militar y del cabildo, representados por don Arquileo Figuerolaso. Pero el deseo era compartido abastecimiento; Y para introducir «los establecimientos y ordinaciones que convengan para el

por el ConseU General y por el Virrey. Éste consideraba la visita «necessarissima y que ésta no be~efico Y el buen gobierno de la ciudad y su tabla, mundando, comgiendo y alterando las

solo debía comprehender la parte de la administración de las rentas de la ciudad sino también la hechasni5.

de los excesos cometidos en los lances passados y el dar forma para que las hordenes de Vuestra Atnbuciooes, en definitiva muy amplias, que hicieron de ésta la visita más contestada por

Magestad tengan cumplida ejecución»". 10s magistrados municipales de cuantas se habían realizado. Aunque a través del síndico ~~t~~ Los excesos cometidos y las órdenes reales que se habían dejado de cumplir, a que alude el Moliner escudaron su oposición en los privilegios concedidos por pedro 1 y pedro m relativos

documento, hacen referencia a la inobsemancia de las disposiciones de 20 de marzo relativas a a la condición de naturales del reino que debían reunir estos funcionanoss6, la resistencia a la

la imposición de nuevas sisas; separación de las bolsas destinadas a la administración de Lonja visita tenía razones mucho más profundas, que resultan especialmente elocuentes en palabras

Nova y Vieja; satisfacción de los censales, abastecimiento de pan y came y que las cantidades del propio visitador:

del estanco del tabaco y del aguardiente se destinasen a pagar los censos atrasados. Aunque al parecer estas normas habían llegado a ponerse en ejecución, tras la remoción de los «Apenas huve llegado a esta ciudad (no estando aún bueno del golpe que al entrar en ella

jurados, por decisión del Consell General, algunas de ellas se obviaron. recibí en la -beca con el buelco del coche), se me dieron avisos de palabra y por escrito con

Estos acontecimientos, sumados a la reflexión del Consejo de Aragón en el sentido de que amenazas de riesgo de vida si tratava de comprehender en mi visita a los ciudadanos p,incipa-

«si quando el brazo eclesiástico y militar, y el cabildo representan sus aprietos y dizen que les, Y Personas de puesto Y que cuidase solamente de hacer cobrar algunas deudas

nacen de lo mal que la ciudad su hacienda y que su remedio es la visita, no se le sin meterme en otras causas y averiguaciones»".

concediere, seda contingente que quedasen en desaliento y que para las levas y para las fortificaciones y para las demás necesidades de la defensa del Reyno obrasen remisamente, El temor que dejaba entrever tan hostil acogida no era infundado. Castellot con suma atribuieudo a la falta de la concesión de esta visita todo lo irreparable de sus daños»12, deter- diligencia Y Ya en el mes de julio estaba en condiciones de emitir un informe al rey en el que

minaron finalmente al monarca a designar un visitador, cuando apenas hacía cinco años que aseguraba que en esos momentos se debían a la ciudad 1.044.000 escudos de los que tan se

había culminado la visita anterior. podfian recuperar 87.000 procedentes de los arrendamientos. El resto de las deudas -conside. En efecto, la visita iniciada por Francisco Miquel de Pueyo en 1623, la habían proseguido incobrables- se distribuían del modo siguiente: 99.000 escudos montaban los préstamos

con carácter indefinido sucesivos visitadores basta que por el acte de Cort 13 de brazo real de concedidos al rey; 176.000 las consignaciones en la Bailia General; 135.000 los débitos de la

las Cortes de 1645 el monarca accedió a que la duración de estas inspecciones fuera limitad$'. Generalidad; 33.000 10s del Hospital General y 500.000 las deudas y restas de Aunque 10s balances del visitador registren una ligera diferencia, debida a alguna

48 A.C.A. C.A. ¿eg. 677. Partida sin consignar, resulta indudable el interés de estas cifras para cuantificar el

49 A.C.A. C.A. Leg. 673. déficit de la ciudad, cuyas causas no tardó en atisbar. Destacaba entre ellas que los libros no se 50 A.C.A. C.A.Leg. 677. en lugar público, circulando por las casas de los cajeros; que en el racionalato 51 Ibidem. faltaran Por definir desde hacía años administraciones y arrendamientos; la inobservancia por 52 Ibídem. 53 «Item per quant vostra magestat ab sa real llefra dat, ha manat que la visita dels officials de la ciutat y taula de

Parte de los oficiales de las ordenanzas relativas al gobieino; 10s fraudes en la de

aquella sia temporal, que no dure m6s de un any. Per $0 lo dit bra$ real supplica a "ostra magestat sia de son real serves manar confemar dita real lletra y que de hui en avant no es puga namenar vissitador per "ostra magestat si no 6s Per temps Ilimitat. 54 A.M.V. H3-10.

Plau asa Magestat que la vissita que de present té la ciutal servisca dins un any contador del dia de la publicacid 55 A.C.A. C.A.Leg. 677. deis presents furs y actes de cart y los vissitadors que,s nomerara" pcr avant sian temporals conforme la necessilat Y 56 A.M.V. H3-I l.

ocurrencia dels negocisn ( G U ~ A MAR~N, L.: OP. cit., p. 264). 57 A.C.A. C.A. Leg. 681.

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las sisas - e n particular de pan, vino y came- y en la administración del pastim. No menos gravedad conferia al hecho de que «es costumbre que viene muy de atrás andar el dinero de la ciudad en poder de los que la gobiernan y de los insaculados y otros poderosos, socoméndose del en sus necesidades porque los ministros en quien entra el dinero y señaladamente los cajeros de menudo, que son la bolsa por donde entra todo son officios de nominación y se dan a personas ordinarias, mercaderes de tienda, que están siempre tan respetuosos a quien les nombra y a los que tienen mano en la ciudad que no se atreben a negarles qnanto les piden prestadoxs8.

E insistía también en el perjuicio que derivaba de dos procedimientos que se habían exten- dido durante los últimos años. Por un lado -mecanismo en el que se encontraban involucrados «algunos muy poderosos ministros de Vuestra Magestad en estas audiencias- que muchos de los pagos se realizaran mediante albaranes, con lo que con el descrédito de su valor, los deudores se beneficiaban al menos en 113 y a veces incluso con el doble. Por otro, que con el fin de asegurarse el cobro, la ciudad concediera aplazamientos en el pago a los deudores. Según sus posibilidades económicas éstos debían satisfacer sus deudas en un número prefijado de años, a un interés anual invariable de un sueldo por libra. El primer ejemplo consignado en la documen- tación procede de 1637 en que se concedió a Miquel Aguilar, ejecutado por un visitador anterior por una deuda de 14.283 libras, un aplazamiento de nueve años. Durante los años siguientes esta medida afectaría a cajeros «de menutn, arrendadores, administradores y majarreros de las sisas, administradores del abastecimiento de tngo y carne, e incluso contribuyentes que no habían hecho efectivas las sisas correspondiente^^^.

Pero la labor del visitador no se quedó en la mera averiguación de las causas generales de la crisis. Establecidas éstas, encaminó sus esfuerzos a la búsqueda y condena de los implicados en los delitos descritos. Los resultados no se hicieron esperar. En el transcurso de 1652 en la «Memoria de las cantidades depositadas en la Taula por diferentes personas por mandato del visitador»" figura una larga relación de arrendadores de sisas, cajeros, clavarios de censales, administradores de cames, avitualladores, ... Pero más interesante resulta constatar que ya en el mes de mayo de 1652, cuando se procedió a realizar la elección de jurados, habían sido expresamente inhabilitados para concurrir a la insaculación José Luis Gómez6', Vicente Sanz CutandaG2, Lorenzo Bonilla6', Pedro Juan PnjadesM, Juan Bautista RealGs, José Pérez y Roca6= y Vicente Especies6' de la primera bolsa de ciudadanos; Gaspar SalvadoP8 y Pedro José PérezG9 de

58 Ibídem. 59 Diversos documentos entre A.M.V. MC. 162.168. 60 A.C.A. C.A. Leg. 681. 61 Insaculado en la primera bolsa de ciudadanos en 1648 salió elegido jurado para 1649-50. 62 Jurado en 1629, fue insaculado en 1633 para la primera bolsa de ciudddanos, ocupando después los siguientes

cargas: Administrador de las carnes (1635). Caxer de gros (1641). síndico (1641-42), Administrador del pastim (1641), mutsta~af (1649). Administrador del pastim (1650).

63 No disponemos de datos sobre él. 64 Ocupó las siguientes cargas: Clavario de censales (1627), Obrer de murs y valls (1629). jurado ciudadano

(1629), hsaculado en 1633 en la primera bolsa de ciudadanos, jurado (1649-50). Cap de Taula del almodi (1650). 65 Fue jurado (1646-47) y (1647.40 Clavario de censales (1647-481, Administrador de la fiesta del Corpus

(1648), Administrador de la Lonja Nova (1640, Administrador del trigo (1649-50). 66 Incluido en la segunda bolsa de ciudadanos en 1642, fue jurado (1643-44). síndico (1649-50). 67 Jurado en 1649-50. 68 No disponemos de referencias sobre él. 69 Ibídem.

la segunda bolsa de ciudadanos y Severino Feo7', Luis Ariño7', José Arté~'~, Martín Pérez de Roa7" Vicente de Gascue7' de la de caballeros. A ellos, en el mes de diciembre se habían sumado Mateo Moliner7' y Victorino Bonilla7' y en mayo de 1653 Dionisio Dassio", Miguel Jerónimo Es~rivá'~ y Romualdo Tan~ot'~.

Elemento común de todos ellos sena el haber desempeñado cargos de responsabilidad durante los años níticos de 1646-1650, algunos al frente de administraciones y de la Taula de Canvis, pero no pocos en el gobierno en calidad de jurados e incluso de racionales. Ello demuestra la imposibilidad de deslindar la crisis ascendística de estos años del estudio de la oligarquía ciudadana y sus comportamientos. No obstante, en el estrecho margen de esta comunicación resultaba imposible ahondar en este tema en toda su complejidad, por lo que -postergando para una próxima ocasión los asuntos más directamente relacionados con el gobierno municipal- hemos preferido ceñimos a las cuestiones exclusivamente financieras.

70 Fue jurado (1649-501, Administrador de las carnes (1650). Caixer de gros (1650). 71 Ocupó los siguientes cargas: jurada (1646-47), Cap de Taula de almodí (1647), Cainer de gros (1647). jurado

(1647.48). Cap de Taula del almodí (1648 y 1649-50). 72 Fue jurado en 1646-47 y 1647-48, administrador de las sisas (1647-48 y 1649-50). 73 Jurada entre 1649-50, fue también administrador de las imposiciones (1650). 74 Ocupó los siguientes cargos: Cap de Taula de la sisa del tal1 (1638), jurado (1642-43), cainer de gros (1639).

administrador del pastim (1650). 75 Fue justicia civil (1631). insaculado en la segunda balsa de ciudadanos en 1633, jurado (1643-44), Clavario del

Avituallament (1646-47). síndico (1649). jurado ciudadano (1651-52). 76 Actuó como clavario de censales (1631), tras ser hsaculado en la segunda bolsa de ciudadanos en 1633, fue

jurado (1646.47). racional (desde 1647). administrador de las carnes (1647-48), jurado (1647.48). administrador de trigo (1648). administrador de carnes (1649-50).

77 Fue clavario de censales (1626). insaculado en la primera bolsa de ciudadanos (1633). racional (1637). administrador de las carnes (1643). jurado (1646-47).

78 hsaculado en la segunda bolsa de ciudadanos en 1638, fue clavario de censales (1641), jurado (1646-47 y 1647-48), administrador del trigo (1647-48), administrador de la fiesta del Corpus (1649-SO), racional (1650).

79 De momento tan sólo sabemos que fue insaculado en la bolsa de caballeros en 1648.