edición impresa 24-06-15

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Perú respalda la causa marítima HISTÓRICA REUNIÓN DE LOS PRESIDENTES EVO MORALES Y OLLANTA HUMALA JUNTO A SUS MINISTROS ESPECIAL ESPECIAL Lima estudiará propuesta boliviana del tren bioceánico Perú expresó su interés en el proyecto del Corredor Ferroviario Central, y sus autoridades analizarán la viabilidad de éste. Ya fueron definidos los términos de referencia para los estudios en su territorio. Declaración de isla Esteves Se creó la Comisión Binacional de alto nivel que en 90 días deberá definir acciones para la recuperación ambiental del lago Titicaca. Integración energética El acuerdo binacional indica que se estudiará la exportación de GLP y gas natural boliviano al sur del Perú y a los mercados gasíferos de Asia Pacífico, en forma sostenible en el tiempo. Javier Pereyra José Lirauze La cita de presidentes, ministros y autoridades de Bolivia y Perú tuvo el máximo realce ayer en Puno. Expresaron su rechazo a la amenaza o al uso de la fuerza y apoyaron la solución pacífica de controversias. Ambos países reafirmaron la importancia de las normas del derecho internacional y de los principios de la ONU. Las dos naciones acordaron fortalecer la lucha contra la trata, el tráfico ilícito de migrantes y el narcotráfico. YPFB distribuirá gas licuado de petróleo (GLP) a siete ciudades peruanas. Diputados y sectores apoyan la gestión de Evo ÚLTIMAS 21 Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 4 • N°1680 • 3 cuerpos • 40 páginas Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 7 • N° 2.341 • 3 cuerpos • 56 páginas Bs 2 MIÉRCOLES 24 DE JUNIO DE 2015 www.comunicacion.gob.bo

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Perú respalda la causa marítima

HISTÓRICA REUNIÓN DE LOS PRESIDENTES EVO MORALES Y OLLANTA HUMALA JUNTO A SUS MINISTROS

ESPECIAL

ESPECIAL

Lima estudiará propuesta boliviana del tren bioceánico Perú expresó su interés en el proyecto del Corredor Ferroviario Central, y sus autoridades analizarán la viabilidad de éste. Ya fueron definidos los términos de referencia para los estudios en su territorio.

Declaración de isla EstevesSe creó la Comisión Binacional de alto nivel que en 90 días deberá definir acciones para la recuperación ambiental del lago Titicaca.

Integración energéticaEl acuerdo binacional indica que se estudiará la exportación de GLP y gas natural boliviano al sur del Perú y a los mercados gasíferos de Asia Pacífico, en forma sostenible en el tiempo. Ja

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La cita de presidentes, ministros y autoridades de Bolivia y Perú tuvo el máximo realce ayer en Puno.

Expresaron su rechazo a la amenaza o al uso de la fuerza y apoyaron la solución pacífica de controversias.

Ambos países reafirmaron la importancia de las normas del derecho internacional y de los principios de la ONU.

Las dos naciones acordaron fortalecer la lucha contra la trata, el tráfico ilícito de migrantes y el narcotráfico.

YPFB distribuirá gas licuado de petróleo (GLP) a siete ciudades peruanas.

Diputados y sectores apoyan la gestión de EvoÚLTIMAS 21Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 4 • N°1680 • 3 cuerpos • 40 páginasPeriódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 7 • N° 2.341 • 3 cuerpos • 56 páginas Bs 2

MIÉRCOLES 24 DE JUNIO DE 2015

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miércoles 24 de junio de 2015TEMA DEL DÍA2

INVITACIÓNEn cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del “Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República” (actual Contraloría General del Estado), aprobado por Decreto Supremo Nº 23215, y numeral 4.1.10 del Procedimiento Nº PI/SL-007 de “Invitación y Notificación a Involucrados en Hallazgo de Responsabilidad Civil, Administrativa, Ejecutiva y Penal”, aprobado mediante Resolución Nº CGE/132/2012 de 23 de octubre de 2012, se invita a las siguientes personas:

INFORME DE AUDITORÍA Nº EX/EP21/J09 R1, DE LA CÁMARA DE DIPUTADOSNOMBRES Y APELLIDOS NOMBRES Y APELLIDOS NOMBRES Y APELLIDOS- ÁNGEL ROSENDO MOSCOSO MELÉNDEZ- BENEDICTO ROJAS BALDERRAMA- BERNARDO MONTENEGRO VIRREIRA- BISMARCK EDMUNDO SORUCO NÚÑEZ- BORIS RICARDO MOYANO RICHARDS- CARLOS ALBERTO SONNENSCHEIN ANTELO- CIRO VALERIO GARCÍA BECERRA- EDUBIGES CHOQUE ZELAYA- GUIDO TIRINA SORIA

- GUILLERMO BECKAR CORTÉS- HERMES VARGAS RIBERA- JORGE MILTON BECERRA MONJE- MARGOTH ARRIAGA DAMM- MARIANO GARCÍA TABOADA- MARIO DIEGO JUSTINIANO APONTE- NEMESIO LOVERA VENTURA- ORLANDO LLANOS OJEDA- PABLO BANEGAS CLAUDIO

- RAÚL PARDO BURGOS- ROGELIO CARRASCO OSINAGA- ROLANDO OMAR ROMERO ÁLVAREZ- RONALD CAMARGO SUZUKI- SILVESTRE OJEDA OPORTO- SIMÓN ZURITA MEDRANO- UNDARIO PINTO SALAZAR- VALERIO TORIHUANO- WILLIAM CHÁVEZ GARCÍA

INFORME DE AUDITORÍA Nº GL/EP11/G09 R1, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PUERTO ACOSTANOMBRES Y APELLIDOS NOMBRES Y APELLIDOS NOMBRES Y APELLIDOS- EDGAR FREDDY ALAVI CONDE - GREGORIA VILLCA CHAMBI - HILARIA AQUISE QUISPE

INFORME DE AUDITORÍA Nº GL/EP11/G09 R2, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PUERTO ACOSTANOMBRES Y APELLIDOS NOMBRES Y APELLIDOS- HUMBERTO LÍDER ARUQUIPA PACO - MARCELINO CATARI MOLLE

Apersonarse a la Contraloría General del Estado, en sus oficinas ubicadas en la calle Indaburo esquina calle Colón, en la ciudad de La Paz, a objeto de recabar una copia del Informe de Auditoría correspondiente.

Se dispone de un término de cinco días hábiles para recoger el Informe, plazo que comenzará a correr al día siguiente hábil de la presente publicación.

La Paz, 24 de junio de 2015

3X2 B/NDIA DE PUBLICACION 24/06/15

TARIFA Bs. 900,00

La cantidad de infecciones respiratorias agudas (IRA) en La Paz se incrementó en 30% esta semana en relación con las dos anteriores,

reportó a Cambio la Unidad de Epidemiología del Servicio Departamental de Salud de La Paz.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La demanda de prendas de ves-tir abrigadas, térmicas y con fri-sa, aumentó en las dos últimas semanas debido al descenso de las temperaturas, en el inicio de la estación de invierno.

El costo de estas prendas de vestir oscila entre 100 y 250 bo-livianos, según un recorrido realizado por Cambio en la fe-ria de ropa instalada en la calle Uyustus, avenida Tumusla y ca-lle Isaac Tamayo, pasaje Ortega, en la ciudad de La Paz.

“La venta incrementó en las últimas dos semanas. Sobre todo de chamarras térmicas y con frisa”, comentó Segundina Choque, comerciante de cha-marras para jóvenes y adultos en la avenida Tumusla.

“Las chamarras con frisa se venden mucho porque man-tienen calientes a los jóvenes y personas adultas”, asegura la vendedora que ofrece estas prendas desde los 100 hasta 150 bolivianos.

Las chamarras y chalecos tér-micos cuestan un poco más, afir-ma Roxana Limachi, vendedo-ra de esta variedad. Según esta comerciante, el precio de estas prendas oscila entre 120 y 185 bolivianos, tanto diseños para hombres como para mujeres.

Otra de las variedades de chamarras que se ofertan son

Variedad de prendas de vestir ofertadas a la ciudadanía paceña en la calle Uyustus, Tumusla, Isaac Tamayo y pasaje Ortega, en la ciudad de La Paz.

Sube la demanda de ropa térmica y abrigada por descenso de temperaturas

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SITUACIÓN

las de tipo angora apeluchado, afirma Angélica Vargas, vende-dora de este novedoso diseño de abrigos para mujeres en la avenida Tumusla.

“Es un modelo nuevo. Ha sa-lido hace dos semanas”, comen-ta la vendedora. Son prendas

con capucha que tienen dos di-seños distintos al mismo tiem-po, pues son “doble cara”. Su costo varía entre 100 y 115 boli-vianos, dependiendo de la talla.

Pero los niños también tie-nen de dónde escoger. Al igual que para los jóvenes y adultos,

“INFECCIONES RESPIRATORIAS AUMENTARON BRUSCAMENTE EN LAS DOS ÚLTIMAS SEMANAS.René BarrientosJefe de Epidemiología del Sedes

para ellos también hay marcas coreanas y nacionales.

El costo de esta ropa varía entre 85 y 100 bolivianos, se-gún el lugar de confección y el tamaño de la prenda para in-fantes de un año o para 10 años.

Pero además de la varie-dad de chamarras también se ofrecen medias y calzas para contrarrestar las bajas tempe-raturas. Su costo varía entre 4 y 25 bolivianos, de acuerdo al tamaño y al material del que se encuentran elaborados, co-mentó Deiby Catunta, comer-ciante de estas prendas en el pasaje Ortega.

Hay medias de felpa, pan-tis, polainas juveniles, medias tobilleras atoalladas con dise-ños y colores variados, medias para bebés tipo pantuflas, en-tre otras, son algunas de las va-riedades ofrecidas por Deiby.

Las medias tobilleras cuestan desde 4 bolivianos. Las más lar-gas, que tienen diseño con per-sonajes para niños, son a 15 boli-vianos. Las polainas y los pantis a 25 bolivianos, detalló la co-merciante al convocar a la ciu-dadanía a acercarse a la extensa feria de ropa. “Tenemos precios accesibles y diseños para el gus-to de todos”, dijo.

miércoles 24 de junio de 2015 3EDITORIAL

INTEGRACIÓN

Fructífero encuentro

La reunión binacional celebrada ayer en Puno entre los presidentes de Bolivia y de Perú, Evo Morales y Ollanta Humala, junto a sus respecti-vos gabinetes, ha avanzado en acuerdos que permitirán a los dos países no solamente reactivar sus relaciones económicas, sino llevar adelante programas de desarrollo en diversas áreas.

En el encuentro se han abordado diversos aspectos y se vieron las coinci-dencias existentes entre países que están unidos por su cultura y una historia de hermandad.

Por ejemplo, en el sector económico se han abierto muchos proyectos y con-solidado otros, como la necesidad de encarar la industrialización y comerciali-zación de hidrocarburos, y elaborar proyectos que posibiliten la construcción de una ferrovía desde Puerto Suárez, Bolivia, hasta el puerto de Ilo, Perú.

Esta ferrovía boliviano-peruana planteada por las autoridades nacionales es de rápida ejecución, ya que solamente demandará un tiempo de cinco años, mientras que la otra ferrovía bioceánica, con financiamiento de China, demo-rará unos 10 años.

El presidente Evo Morales ha destacado que una mayor integración entre Bolivia y Perú pasa por la construcción de vías de comunicación que permitan el desarro-llo de diversas regiones y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.

En lo que se refiere al comercio exterior se han analizado proyectos de co-mercialización de derivados de hidrocarburos a Perú, además de la mejora de las potencialidades turísticas entre ambos países, toda vez que esta industria denominada ‘sin chimeneas’ genera ingentes recursos a los países.

También han sido abordadas las políticas sociales que se desarrollan en las dos naciones, además de reafirmar el propósito de enfrentar con decisión los delitos del narcotráfico, el contrabando y la trata de personas.

Inclusive se ha definido concretar acuerdos para que aviones de las fuerzas aéreas de los dos países surquen en forma permanente los cielos para detectar aeronaves clandestinas con el fin de interceptarlas y desarticular a las organi-zaciones delictivas.

Igualmente, las unidades especializadas de ambos Gobiernos definirán me-canismos para ejercer un mayor control que evite el ingreso a sus territorios de dinero de origen ilícito.

Un especial análisis han merecido las políticas que llevarán adelante en for-ma conjunta los dos países para preservar al lago Titicaca y su descontamina-ción, además de facilitar el tránsito fronterizo de ciudadanos de ambos países sin mayores requerimientos.

Se ha definido que la II Reunión Binacional de gabinetes ministeriales se rea-lizará en la ciudad de Sucre, capital constitucional de Bolivia.

TINTA CHINA Rebelion

Una mirada retrospectiva al fútbol yungueño

Hace días, el presidente Evo Morales destacó la presencia y aporte a la Selección Boliviana

del futbolista afroboliviano Leonel Morales, quien se ganó la titularidad en el combinado nacional que participa actualmente en la Copa América de Chile y que, al presente, se encuentra clasificado a cuartos de final del torneo.

Es oportuno escribir de fútbol ahora, cuan-do todo un país se encuentra fervoroso y atento a nuestra Selección, que tras largos 18 años pudo volver a ganar y avanzar en una Copa América. Es un esfuerzo del conjunto del equipo, pero me gus-taría hacer hincapié en el defensor coripateño y lo que significa su aporte para el fútbol yungueño.

Es casi una suerte de alternancia y frecuencia que cada año brilla en el fútbol nacional uno o dos jugadores afrobolivianos. Este año indiscuti-blemente nuestra figura será Morales, quien ade-más de mostrar su fútbol en la Selección, se ganó el puesto de lateral en Blooming. Antes estuvo vinculado a Bolívar y también tuvo un paso por el fútbol de Moldavia, en el Sheriff Tiraspol.

El año pasado fue el turno del delantero Gus-tavo Pinedo, que salió campeón con Universita-rio de Sucre y pudo emigrar a San Martín de la segunda división de Argentina. Su compañero y también yungueño, Ramiro Ballivián, formó par-te también de la conquista capitalina. En 2013, Jai-me Arrascaita de Bolívar mostró sus aptitudes y buen fútbol que le permitieron, en su momento, integrar la Selección Boliviana.

No sólo en 2012, sino en varias temporadas, el chicalomeño Augusto Andaveris fue gran figura en los equipos donde militó. Ese año convirtió ocho goles a favor de Aurora y fue uno de los go-leadores del certamen. Así también, en tempora-das anteriores, destacaron jugadores como Hen-rry Alaca, Rómulo Alaca, Víctor Hugo Angola o Jeison Siquita.

Este conjunto de grandes jugadores permitió año tras año dejar en alto el fútbol yungueño, que tiene como única vitrina el interyungueño de fút-bol que se juega cada año y en el cual se mues-tran grandes jugadores de los diferentes poblados yungueños. Lamentablemente no son bien recibi-dos por los grandes clubes, por ello nuestros chi-cos van, generalmente, a probar suerte a equipos pequeños, donde muestran sus aptitudes y logran saltar a otros equipos.

Me permito extenderme un poco más de lo ha-bitual en este editorial porque es oportuno pedir a los dirigentes, pero sobre todo a los directores técnicos, que puedan visitar las comunidades de las provincias de Nor y Sud Yungas de La Paz para que conozcan la formación y la calidad de nues-tros jugadores que no sólo representan a la afro-bolivianidad, sino a toda una región que practica el fútbol como principal forma de entretenimien-to. Nuestros chicos sólo piden una oportunidad para demostrar que, al igual que Morales, Pinedo o Arrascaita, pueden ser los nuevos baluartes del fútbol boliviano, como lo fueron en su momen-to Ramiro e Iván Castillo, Celedonio Flores, Luis Iriondo y otros.

(*) Es director del Centro Afroboliviano para el desa-rrollo integral y Comunitario

DEPORTE

JORGE MEDINA BARRA (*)

La Paz - [email protected]

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DISTRIBUCIÓN EN LA PAZ Y EL ALTOMiguel Herrera Calle

4 OPINIÓN miércoles 24 de junio de 2015

SOCIEDAD

MEDIO AMBIENTE

La cruz y la chakana

Boff: “La Iglesia está en la delantera del discurso ecológico”

Por segunda vez visita Bolivia la ca-beza del cristianismo mundial. El evento es importante, digno de re-

flexiones importantes.La diferencia entre ambos símbolos

muestra la diferencia civilizatoria entre Occidente y el Kullasuyu.

La cruz fue símbolo sagrado de va-rios pueblos pre cristianos, druidas, cel-tas, fenicios, griegos y otros etiquetados como paganos.

Los romanos convirtieron a la cruz en el instrumento más cruel de tortura y de muerte reservado para los enemi-gos más odiados, los adversarios políti-cos. Los ahorcados, degollados, asfixia-dos, decapitados y despedazados morían rápido. Los crucificados agonizaban días mientras se iban desangrando.

El mayor peligro militar para el im-perio romano no provino de otros pue-blos, provino de sus propias entrañas. Espartaco, oriundo de Esparta a la ca-beza de más de 150.000 gladiadores y esclavos estuvo a punto de apoderarse de Roma. Él y 6.000 compañeros fueron crucificados a la vera de los caminos principales. Desde entonces la crueldad

Hace 30 años, tras criticar a la Iglesia Católica en uno de sus libros, el Va-ticano lo invitó a callarse. Cuando

el llamado a silencio fue reiterado, dejó la orden franciscana de la que formaba parte y continuó su trabajo junto a las comunida-des de base en Brasil.

Leonardo Boff es teólogo, profesor y au-tor de decenas de libros. Se cuenta entre los fundadores de la Teología de la Libera-ción, a la que desde hace décadas le incor-pora una profunda mirada ecológica. “Por sus ideas y trabajo para advertir los víncu-los entre la espiritualidad humana, la jus-ticia social y el cuidado del ambiente”, en 2001 fue galardonado con el Right Liveli-hood Award, conocido también como Pre-mio Nobel Alternativo.

La esperanza en la institución religio-sa la recobró con la llegada del papa Fran-cisco, a quien envió sus reflexiones para la primera encíclica ambiental del Vaticano. Satisfecho con “Laudato Si”, sostiene que el máximo pontífice debería liderar las nego-ciaciones en la próxima Conferencia de la

WANKAR

NAYLA AZZINNARI/ FUNDACIÓN RIGHT LIVELIHOOD AWARD

de la cruz fue usada como ejemplo con-tra los guerreros liberadores.

Jesús, el Cristo, fue crucificado jun-to a dos ladrones para enmascarar su estatura rebelde, enemigo del imperio colonial y de sus cómplices, los grandes mercaderes y sacerdotes.

El emperador Constantino, en el primer Concilio de Nicea, año 325, convirtió al cristianismo en la reli-gión oficial del imperio romano, aun-que él fue bautizado sólo cuando ya agonizaba el año 337. Así la cruz se volvió el emblema de Occidente y del mundo conquistado por él.

La veneración a la cruz cristiana se mercantilizó. Aparecieron y se ven-dieron miles y miles de “pedazos de la cruz verdadera”. Erasmo de Rotter-dam en el siglo XV, maestro de la iro-nía, afirmó: con tanta madera se podía construir un barco.

La historia de la Chakana está por escribirse. Lo registrado por nuestros antepasados fue destruido por el colo-nialismo europeo para borrarla de la memoria del pueblo indio americano y de la Humanidad. La destrucción fue parcial. No pudo hacer desaparecer las evidencias patentes:

En primer lugar la Chakana, a dife-rencia de la cruz, no es obra humana, es hechura del Cosmos sideral. En con-

ONU sobre el Cambio Climático (COP21). A continuación la entrevista a Leonardo Boff.

(NAYLA AZZINNARI- NA).-¿Qué significa para el ambiente, para la Iglesia y para las comunidades la existencia de una encíclica ambiental?(LEONARDO BOFF-LB).- Hacía falta en la Iglesia una palabra oficial y fuerte sobre la cuestión ecológica. Hasta ahora había sola-mente intervenciones puntuales. Se sabía incluso que en la Curia había grupos de negadores del calentamiento global. Ahora aparece un Papa más libre de las presiones de la vieja cristiandad y nos entrega una encíclica escrita dentro el nuevo paradig-ma fundado en las ciencias de la vida y de la Tierra. Según este paradigma, todas las cosas del universo están interconectadas porque el universo está hecho de redes de relaciones interdependientes, de tal forma que nadie queda fuera da la relación. Esta visión contemporánea fue asumida valien-temente por el papa Francisco.

Ello le confiere una gran coherencia a todos los temas que aborda pues los ve den-tro de una visión holística donde todo tiene que ver con todo, en todos los momentos y circunstancias. Por tanto, es natural que la encíclica postule una ecología integral y

secuencia no tiene arriba ni abajo, dere-cha ni izquierda.

Además de señalar los cuatro puntos cardinales, señala los cuatro elementos vitales: Energía, Espacio, Tiempo, Mate-ria. Como la sagrada Wiphala es cuadra-da, sus cuatro lados representan Fuego, Tierra, Aire, Agua, componentes de todo lo biológico. El número cuatro también guió la estructura del Tawa Inti Suyu.

La Chakana al ser obra de la Natu-raleza, a diferencia de la cruz, no está manchada de sangre, no fue ni es ni será instrumento de tortura, nadie fue crucificado en ella.

En 1985 cuando Juan Pablo II, el Papa santificado, llegó a Los Andes le devolví su Biblia con una carta: En cinco siglos no nos ha dado libertad, justicia, menos amor. Señor Papa llévesela, mejor dele a nuestros opresores, ellos necesitan más de sus enseñanzas morales. “El Papa no respondió, simplemente lloró.” (CLAVES OCULTAS DEL PODER MUNDIAL, José Lesta y Miguel Pedrero, Editorial EDAF, publicado en México, Buenos Aires, San Juan, Santiago, Madrid, página 200).

La carta fue difundida ampliamente por el teólogo de la liberación brasileño Leonardo Boff, aunque con poca hones-tidad. Según él yo digo Santidad, como lo diría un “indígena” colonizado, no Señor Papa como indio libre y rebelde.

no solamente ambiental. A excepción de la Carta de la Tierra, ningún documento ofi-cial de la ONU asumió esta visión. Siguen en el paradigma viejo, mecánico, atomi-zado y compartimentado que impide una convergencia en las discusiones. Con esta encíclica la Iglesia está teóricamente en la delantera del discurso ecológico.

(NA).- ¿Cómo repercute este documento en la vida cotidiana de las personas, en especial de aquellas que enfrentan dificultades relacionadas con el lugar que habitan y sus condiciones?(LB).- Especialmente los pobres y los que vi-ven con todo tipo de carencia, especialmente de agua potable, encontrarán en este docu-mento razones para reclamar a los poderes públicos que solucionen sus problemas. La encíclica puede ser una arma de lucha eco-lógica que no contemple solamente el am-biente, también lo social -sostenibilidad de la convivencia-; lo educacional, para introducir nuevos hábitos más respetuosos en relación con la Madre Tierra y sus ecosistemas; y en lo cultural exigiendo respeto a las tradiciones de los pueblos y a los saberes tradicionales.

(NA).- ¿Qué actores se ven llamados a cambiar a partir de esta encíclica?

Ahora al Papa Francisco le digo lo mismo. Su cruz ha significado la muer-te de más de cien millones de indios americanos, labriegos desarmados.

El colonialismo mundial, lo dijo Roc-kefeller, confía más en las sectas grin-gas, ya no en la iglesia católica. Desde la Teología de la Liberación, unión del marxismo y el cristianismo.

Sin embargo en estos cinco siglos la fuerza del pueblo originario america-no ha ido en cierta forma indianizan-do a la religión cristiana. En iglesias como el Gran Poder los doce apósto-les usan poncho y ch’ullu. No sataniza nuestro pasado pre colonial como lo hacen las sectas gringas.

En mi libro IDEOLOGÍA Y RAZA EN AMERICA LATINA, quemado en 1973, dije: Cinco siglos de cristianismo no ha producido un solo obispo indio. Y, como respuesta, apareció Zacarías Ma-mani como primer obispo indio de la iglesia metodista. Viajé con él a Costa Rica a un encuentro del Concejo Lati-noamericano de Iglesias, CLAI, sobre Clase y Raza en la Educación. El mar-xismo nos atacó como “racistas”, por defender nuestra civilización, cultura, sabiduría milenaria.

Ahora se habla de neo marxismo. Si es real, deberá aprender a indianizarse del cristianismo.

¿Gobiernos, multinacionales, la misma Iglesia…? ¿Cree que lo harán?(LB).- La encíclica no es dirigida a los cre-yentes sino a toda la humanidad. Las ame-nazas que pesan sobre nuestro futuro son tan graves que todos deben aportar a par-tir de su saber y de su poder. Los más afec-tados serán los más grandes analfabetos ecológicos, que son los empresarios y aque-llos que para producir devastan la natura-leza. Lo que se exige es un cambio global de comportamiento de cara a la naturaleza.

(NA).- Sabemos que colaboró aportando material y visiones a este proyecto, que lo ha esperado largamente. ¿Cumplió con sus expectativas?(LB).- Me siento contemplado en mis ex-pectativas. Generalmente los documentos oficiales son equilibristas, intentan dar razón a todas las tendencias. Aquí no. El Papa asume una posición y critica respe-tuosamente las demás.

(NA).- ¿Qué sigue ahora?(LB).- Ya estamos dentro de este asunto. Lo ideal sería que el Papa fuera personalmen-te al encuentro en París al final del año, reunión que tratará medidas concretas para frenar el calentamiento.

miércoles 24 de junio de 2015 CIUDADES 5

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Los usuarios de las líneas Blan-ca y Naranja del Teleférico ahorrarán entre 20 y 30 minu-tos de viaje, con relación al re-corrido que hace el servicio de transporte público terrestre.

Por su lado, los vecinos del Macrodistrito Periférica asegu-ran que con la implementación del sistema de transporte por cable desaparecerán los tramea-jes y se optimizarán los tiempos de conexión entre barrios.

El cotidiano recorrido en minibús (30 minutos) que hace Nico Jiménez, un veci-no de la zona Periférica, des-de plaza Villarroel hasta la Av. Manco Kapac, cerca de la pla-za Eguino, testimonia la nece-sidad de un servicio del Tele-férico en ese sector.

El vecino asegura que con la línea Naranja del Teleférico (plaza Villarroel-exestación de ferrocarriles, ENFE) ahorrará unos 20 minutos porque “so-brevolará las trancaderas”. Por el sector del mercado Yungas, la calle Sucre y otras llegará a su destino en 10 minutos.

Francisco Quisberth, veci-no del barrio La Merced (Villa Fátima), señaló a Cambio que ahora en el transporte públi-co hasta el llamado Nudo Vita, próximo a la ex ENFE, llega en

Las rutas y conexiones de las seis líneas de la segunda fase con las tres de la primera fase.

Usuarios señalan que el Teleférico les ahorrará media hora en llegar a destino VENTAJAS ó Un sondeo de opinión además establece que ese servicio no encarece el transporte.

de estudio, sin tomar en cuen-ta las trancaderas. En la línea Blanca, desde la plaza Villa-rroel a la estación de la Curva de Holguín, cerca a la ‘U’, lle-gará en 15 minutos.

Los entrevistados coinci-den que la anterior es una ra-zón más que suficiente para el emplazamiento del Tele-férico por la avenida Busch, que es el trazo del proyecto que ejecuta el Gobierno, y al cual la Alcaldía se opone.

AHORRO DE TIEMPO La comparación de tiempos

de viaje en el Teleférico y el servicio de transporte público también beneficia a los ciuda-danos alteños, adonde llega el sistema de transporte por cable.

LA PAZ - EL ALTOLa segunda fase del Teleféri-

co consta de seis tramos, entre ellas la línea Blanca y Naranja, que se fusionan en la estación subterránea que se construye

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30 minutos. Con el Teleférico ese tiempo se reducirá entre 15 a 20 minutos.

Al otro extremo, al Sur, adonde se desplazará la línea Blanca desde la plaza Villarroel, se evidencia también el acorta-miento del tiempo de viaje.

Mónica Asturizaga, que vive en Miraflores y estudia en la Universidad Católica de Obra-jes, grafica ese hecho. Ahora —según cuantifico— demora 45 minutos en llegar al centro

en la plaza Villarroel. Desde esa terminal, la línea Naranja, según el proyecto, demorará 10 minutos en llegar a la ex ENFE, y desde ahí otros 10 hasta la zona 16 de Julio (El Alto), donde culmina la línea Roja.

En ese trayecto, es decir, desde la plaza Villarroel (La Paz) hasta la zona 16 de Ju-lio (El Alto), en un servicio de transporte terrestre, el viaje se hace aproximadamente en 40 minutos por la autopista. Por el camino antiguo ese recorri-do se hace en una hora y más.

Gonzalo Mamani, vecino de la zona Ballivián (El Alto), con-firma esa realidad. Sostiene que ese recorrido lo hace en una hora y con una inversión de Bs 5.

Explicó que a la Autopista llega con Bs 1,50, hasta donde llega el transporte público te-rrestre. Luego coge otro moto-rizado hasta la iglesia de San Francisco (La Paz) con Bs 2, y para llegar a su destino final, la plaza Villarroel, toma otro minibús y paga Bs 1,50.

La plaza Villarroel es pun-to de parada estratégica. Es un paso obligado para la gen-te que vive en las zonas Peri-férica, Alto Miraflores, Barrio Petrolero, Barrio Gráfico, Villa Fátima, El Carmen, La Merced, Las Delicias, Chuquiaguillo y Kalajahuira.

DECOMISAN 310 KILOS DE SALCHICHAS

La Intendencia Municipal de La Paz decomisó 310 kilogramos de salchichas de contrabando y de dudosa elaboración, además de más de 1.800 unidades de juegos pirotécnicos. “Hemos decomisado productos que no tienen registro sanitario, que son de origen clandestino o que tienen fecha de venci-miento. Realizamos los opera-tivos de control con el fin de resguardar la salud de los pace-

ños”, dijo el responsable de esa repartición municipal, Carlos Valencia.Según el Intendente, en los ope-rativos además se decomisaron bolsas de pan especial y salsas de dudosa calidad.Según la nota de prensa edil, al menos 105 funcionarios reali-zaron operativos de control en los mercados de abasto en los principales mercados de la urbe paceña.

Fejuve se renueva y fiscalizará a Chapetón hasta la Secretaria General, y éste tiene el objetivo de resta-blecer la fortaleza de la organi-zación vecinal.

La denuncia de que el hijo de Ávila trabaja en la Alcaldía fue una de las causas para la expulsión del dirigente.

El cambio de dirigentes se da en medio de la división que ocasionó Chapetón con el con-flicto de desconocimiento de los subalcaldes que impuso la burgomaestre.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El presidente interino de la Federación de Juntas Vecina-les (Fejuve) de El Alto, Rolando Huanca, anunció una estricta fiscalización a la gestión de la alcaldesa Soledad Chapetón, de la opositora Unidad Nacio-nal (UN).

“Tenemos proyectos de 2014 que están retrasados. Se han inscrito en el POA (Plan Opera-tivo Anual - Reformulado). No-

sotros vamos a exigir la inme-diata ejecución de proyectos”, sostuvo el dirigente que reem-plaza en el cargo a Óscar Ávila.

Respecto de la reestructura-ción de la organización social, Condori informó que más de 70 por ciento de los ejecutivos de las juntas vecinales afilia-das a la Fejuve y reunidos en un ampliado el lunes “deter-minaron expulsar con igno-minia a Óscar Ávila”. Huanca aseguró que el cambio alcanzó

Libertador

Villarroel

Central

San José16 de Julio

Río Seco

Terminal de Transportes

Villa Copacabana /San Antonio

Irpavi

Cota Cota

LÍNEA CELESTE

LÍNEA BLANCA

LÍNEA NARANJA

LÍNEA AZUL

LÍNEA MORADA

LÍNEA CAFÉ

miércoles 24 de junio de 2015REGIONES6

5,6 millones

6 días

de bolivianos cobró el ciudadano argentino Carlos Cabral por un trabajo que no hizo.

utilizó la Gobernación para pagar el monto total de siete contratos a otro ciudadano.

EDICTO

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, al amparo del Artículo 86º del Código Tributario - (Ley Nº 2492) y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA a los siguientes contribuyentes: VELASQUEZ ROJAS OMAR DOMINGO con No. de CI. 2176312 LP. NIT No. 2176312015, CHAMBI QUISPE LUCIANO CRISALDO con No. de CI. 499092 LP. RUC No. 1494198, CASTRO GORDILLO WILLY OMAR con No. de CI. 2337772 NIT No. 2337772010, PEDRIEL PARADA MARIA LUISA con No. C.I. 1495628 NIT No. 1495628015, MERCADO ALRACON FABIO SANTIAGO con No. C.I. 3475518 LP con RUC. No. 7479883, KRSUL DRACIC SONIA TATIANA con No. C.I. 41985 LP NIT No. 41985017, BERNAL MENDOZA NOEMY SONIA con No. C.I. 2453192 LP NIT No. 2453192018 y HEREDEROS UNIVERSALES CONTRIBUYENTE LUCIANO SIMON ARRATIA ESPINAL con No. NIT 2688578015 con el Acta de Elección y Designación de Perito Valuador labrada en audiencia pública de conformidad con el Art. 15 parágrafo II de la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa en Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo)---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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ACTA DE DESIGNACION DE PERITO VALUADOR CUYO TENOR ES COMO A CONTINUACION SE TRANSCRIBE.---------------------------------------------------------------------------------ACTA DE ELECCION Y DESIGNACION DE PERITO VALUADOR DE BIENES INMUEBLES-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

En la ciudad de La Paz, a horas 12:00 a.m (doce: cero cero) del día (diecinueve) 19 de Junio del 2015.- Yo la suscrita Responsable Administrativo y de Recursos Humanos de esta Gerencia Distrital La Paz I, Lic. SILVIA OLGA MIRANDA OROPEZA de conformidad al Art. 14 parágrafo I y II de la Resolución Normativa de Directorio No.10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa en Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo) que establece: ----------------------------------------------------------------------------

Artículo 14.- (Elección del perito valuador). I. A efecto de determinar el precio base de los bienes objeto de disposición, la Gerencia Distrital o GRACO emitirá convocatoria pública para contratar al perito valuador en audiencia pública, por sorteo y en presencia o no del sujeto pasivo o tercero responsable deudor, se elegirá al perito debiendo dejar constancia de su elección en acta, la que será notificada al sujeto pasivo o tercero responsable deudor.---------------------------------------------------------------------------------

II. Los honorarios del perito valuador serán cancelados por el Servicio de Impuestos Nacionales de acuerdo a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS).-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Por lo que en cumplimiento a la referida normativa se verifico la publicación realizada por esta Gerencia Distrital La Paz I, en fecha 14 de junio de 2015 en el periódico de circulación Nacional “CAMBIO” referida a la convocatoria con el objetivo de contratar los servicios de un Perito Valuador (Profesionales Arquitectos y/o Ingenieros Civiles) para que determinen vía avaluó pericial el precio base de diez (10) bienes inmuebles urbanos, pertenecientes a contribuyentes con deuda tributaria en mora, bienes inmuebles que se detallan de la siguiente manera:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Nro. UBICACIÓN DEL INMUEBLE MATRICULA DDRR. SUPERFICIE AREA

1 AV. REPUBLICA ZONA DE VILLA VICTORIA 2010990041764 203 URBANA

2 LOTE DE TERRENO EX FUNDO HUAJCHILLA 2012100001896 436.96 URBANA

3 DEPARTAMENTO NO. 401 PARQUEO NO. 5 EDIFICIO CARMEN II ALMIRANTE GRAU 2010990006607 149,80 URBANA

4 CINE TEATRO TESLA COLON Y CAMACHO 2010990120976 por determinar URBANA

5 DEPARTAMENTO 403 CUARTO PISO PARQUEO 28 SOTANO CALLE MONTEVIDEO 2010990111901 por determinar URBANA

6 CALLE MAURICIO MANCILLA, ZONA CHIJINI ALTO 2010990109126 119 URBANA

7 CALLES CHUQUISACA Y TUPIZA, ZONA SAN SEBASTIAN 2010990106210 238 URBANA

8 CALLE ILLAMPU 2010990094902 por determinar URBANA

9 GARAJE -AVENIDA 16 DE JULIO, EDIF. 16 DE JULIO 2DO NIVEL NRO. 12 2010990014052 15 URBANA

10 DEPARTAMENTO UBICADO EN EL 7MO PISO DE LA CALLE MERCADO NO. 1118 2010990088843 256 URBANA Que, habiéndose señalando en la mencionada publicación como fecha límite de presentación de propuestas y/o intereses el día de hoy 19 de junio de 2015 a horas 12:00 am., se procedió inmediatamente a instalar el acto de audiencia pública de elección y adjudicación del servicio de peritaje de avaluó de 10 (diez) bienes inmuebles, constatándose que para el presente acto público estuvieron presentes el Gerente Distrital La Paz I a.i., Abg. Ernesto Rufo Mariño Borquez, el Jefe de Departamento Jurídico y de Cobranza Coactiva a.i. Abog. Juan Marco Antonio Bermudez Gutierrez y la Responsable de la Unidad de Cobranza Coactiva Abog. Mayra Alejandra Ariñez Vera, por lo que se procedió a dar lectura de la convocatoria referida, previa verificación según planilla de recepción y cierre de propuestas formulario FCOM-02 debidamente llenada y firmada por la Servidora Pública perteneciente al Departamento Administrativo y de Recursos Humanos Stphannee Toshira Maldonado Quiroz, constatándose la presentación y recepción de una sola propuesta y/o interés en adjudicarse el servicio de peritaje de avaluó de bienes inmuebles ofrecido y que corresponde al Arq. Grover Candia Garcia con CI: 4928314 LP., mismo que presentó su propuesta en fecha 18 de junio de 2015 a horas 12:08 am., la que se encontró en sobre cerrado, correspondiendo realizar la apertura del mismo para su revisión y verificación de cumplimiento de requisitos mínimos de postulación.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Que, revisado el cumplimiento de los requisitos para la postulación y designación en la presente audiencia pública, se dio lectura a que la postulación y/o interés determinándose en audiencia que el postulante cumple con los requerimiento mínimos solicitados en la convocatoria, por lo que en cumplimiento a lo señalado por el Art. 14 parágrafo I de la Resolución Normativa de Directorio No.10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa en Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo) y al ser la única propuesta presentada hasta la fecha y hora límite de apertura corresponde DESIGNAR al Arquitecto Grover Candia Garcia con CI: 4928314 LP., y registro profesional en el Colegio de Arquitectos La Paz Nro. 10642, mismo que determinara el precio base de diez (10) bienes inmuebles urbanos, pertenecientes a los contribuyentes con deuda tributaria en mora cuya Etapa es la Ejecución Tributaria y obligándose a su vez a cumplir con los plazos y criterios establecidos en los términos de referencia de la convocatoria de requerimiento de perito valuador, con lo que concluyo la presente audiencia pública de elección de perito valuador de lo que se da fe, firmando en constancia todos los Servidores Públicos presentes a la misma conjuntamente el perito valuador designado.---------------------------------------------

FIRMA Y SELLA: Lic. Ernesto Rufo Mariño Borquez----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------GERENTE DISTRITAL LA PAZ I a.i.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Abog. Juan Marco Antonio Bermudez Gutierrez-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------JEFE DE DEPARTAMENTO JURIDICO Y DE COBRANZA COACTIVA a.i.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Gerencia Distrital La Paz I-S.I.N-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Abog. Mayra Alejandra Arinez Vera-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESPONSABLE UNIDAD DE COBRANZA COACTIVA---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Gerencia Distrital La Paz I S.I.N------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Lic. Silvia O. Miranda Oropeza---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------JEFE DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y RRHH------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Gerencia Distrital La Paz I S.I.N------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Stphanee Toshira Maldonado Quiroz-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y DE RRHH------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA COLEGIO E ARQUITECTOS DE BOLIVIA----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Arq. Grover Candia Garcia------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------REGISTRO NACIONAL No. 10642---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ A LOS 23 (VEINTITRES) DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE-----------------------------------------

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TRINIDAD / CAMBIO

El exgobernador de Beni Car-melo Lens adjudicó proyectos viales de energía y otros por Bs 14,9 millones con boletas de ga-rantía falsas. Además canceló casi la totalidad del monto del contrato, cuando la ejecución del proyecto está en su fase ini-cial de ejecución.

Mauro Hurtado, secretario de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de la Gobernación, en rueda de prensa, denunció que seis personas se beneficiaron con esos contratos concedidos por Lens, de la agrupación políti-ca de oposición Primero el Beni.

Sólo el ciudadano argentino Carlos Enrique Cabral, supuesta-mente, se adjudicó seis proyectos por Bs 5,6 millones, de los cuáles ya se le pagó el 88 por ciento.

Mencionó que Cabral cobró Bs 4,9 millones a los dos meses de haber suscrito el contrato para el estudio de un proyecto camine-ro. “No aparece el estudio”, dijo Hurtado, quien exhibió los con-tratos, recibos y otras pruebas.

“De enero a mayo (en la ges-tión de Lens) se ha pagado el 93 por ciento, más de 13 millones de bolivianos. Eso no está mal, lo irregular que hemos detectado es que ha adjudicado a seis personas más de 14 millones de bolivia-nos”, sostuvo Hurtado, que anun-ció procesos a los responsables.

PAGOS ANTICIPADOSSegún la denuncia, el ciuda-

dano Víctor Pinto, en 44 días, recibió de la Gobernación la suma de Bs 2,4 millones para el estudio e implementación de un tendido eléctrico en la zona de Cachuela Esperanza. El mon-

Denuncian a Lens por corrupción CARGO ó El Secretario de Transparencia de la Gobernación del Beni denunció millonarios pagos por adelantado.

Carmelo Lens (derecha) cuando juró al cargo, en febrero de 2013.

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to representa el 92 por ciento de 2,6 millones del contrato.

Otro proceso irregular tiene que ver con la compra de motores de energía por Bs 780.000 a Ma-ría Luisa Viruez, cuyo Número de Identificación Tributaria (NIT) es para servicios de publicidad.

En otro programa, Paul César Rivero se benefició con siete pro-yectos adjudicados por más de Bs 4 millones. “Firmó el contrato el 29 de abril de 2015 y a los seis días le pagaron la totalidad”, indi-có Hurtado. Similar fue el caso de Víctor Hugo Villarroel, que por seis proyectos por Bs 1 millón co-bró el monto total a los ocho días de haber firmado el contrato.

BOLETAS FALSAS Hurtado mostró las certifica-

ciones del Banco Bisa, en las que se evidencia que las boletas de garantía que se presentaron en esos procesos de adjudicación son falsas.

Lens ejerció el cargo entre 2013 y 2015, en reemplazo del suspendido Ernesto Suárez, jefe de la agrupación Primero el Beni, aliado de Samuel Do-ria Medina, de Unidad Nacio-nal (UN).

Sedeges hará campaña por la columna vertebral

Mochilas pesadas dañan la columna.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El Instituto de Rehabilitación Infantil (IRI) de La Paz organiza una campaña de salud, con la fi-nalidad de prevenir, detectar y curar las alteraciones posturales de la columna, que afectan al 40 por ciento de los menores.

En conferencia de prensa, el jefe médico del IRI, dependiente del Servicio Departamental de Gestión Social (Sedeges) de la Go-bernación, Sandi Cadena, explicó que los problemas de la columna por la mala postura en los escola-res ocasiona incomodidad al sen-tarse en el pupitre.

“Ese hecho puede afectar en el aprendizaje del menor”, sostuvo.

En consecuencia, el objeti-vo central de esa campaña gra-tuita es mejorar la “postura de

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forma oportuna no sólo de los niños, sino de la población en general, dijo.

En la cruzada que comen-zará el siguiente lunes y se ex-tenderá por un mes se dará el diagnóstico médico, y el trata-miento tendrá costo bajo. El IRI está en la calle 5 de Obrajes.

MISICUNI YA TIENE 45 METROS DE ALTOLa estructura de la cara de con-creto de la presa del Complejo Múltiple Misicuni llegó a 45 me-tros de altura. Jorge Alvarado, presidente de la Empresa Misicuni, señaló que esa altura se alcanzó con el tra-bajo por turnos de los obreros de la constructora CAMC Engi-neering Co, de China, que ejecu-ta el proyecto. El directivo informó que la obra se ejecuta con cemento denominado “pobre”, y el tra-bajo por turnos permitió avan-zar a un promedio de un metro de altura por día.Alvarado además anunció que la constructora tiene previsto em-plear más maquinaria de última tecnología para acelerar más los trabajos y llegar a los 110 metros de altura de la presa que se en-tregará en 2016.

miércoles 24 de junio de 2015 MUNICIPAL 7

EDICTOEL GERENTE REGIONAL LA PAZ Lic. José Blacud Morales, de conformidad y en estricta aplicación al articulo 86 del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 cita, llama y emplaza al Sr. KEVIN GASTON UNZUETA ROCA con NIT No. 3449228015; para que tome conocimiento del presente RESOLUCIÓN SANCIONATORIA DE SUMARIO CONTRAVENCIONAL AN-GRLPZ-ULELR N° 106/2014, de fecha 13 de noviembre de 2014; debiendo apersonarse dentro del plazo de 20 días calendario a partir de su legal notificación en las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la Calle Ignacio Cordero, Nº 961 Edif. Torre Olimpo Piso 1 Zona Calacoto de la ciudad de La Paz, para recabar la documentación señalada, a efecto de plantear la impugnación prevista por norma.--------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCIÓN SANCIONATORIA DE SUMARIO CONTRAVENCIONAL.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLPZ-ULELR N° 106/2014----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------La Paz, 13 de noviembre de 2014------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VISTOS: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Auto Inicial de Sumario Contravencional AN-GRLGR-ULELR No. 001/2010 de 11/01/2010, el Informe GRLPZ-UFlLR-I-477/2014 de fecha 30/09/2014 y la revisión de todos los antecedentes; -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en cumplimiento al Plan Anual de Fiscalización correspondiente a la gestión 2009, mediante orden de Fiscalización No. 029/2009 de 21/08/2009, se inicia la fiscalización al operador KEVIN GASTON UNZUETA ROCA con NIT No. 3449228015, en aplicación del Procedimiento de Fiscalización Aduanera Posterior aprobado por Resolución de Directorio No. RD-01-010-04 de 22/03/2004, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la normativa aduanera en la tramitación de 15 Declaraciones Únicas de Importación DUI’s, tramitadas en las gestiones 2006 al 2008. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, durante el proceso de fiscalización se requirió información del operador, mediante Acta de Diligencia No. 5 de 16/10/2009, sin embargo no remitió la documentación solicitada, ni proporcionó la información solicitada, por lo que en fecha 26/10/2009 se emitió el Acta de Infracción No. 30/2009, por la cual se determina que el incumplimiento se encuentra tipificada como contravención en el Art. 186 inciso e) de la Ley General de Aduanas cuya sanción se establece en el numeral 2 del apañado “Fiscalización Aduanera” del Anexo de Clasificación de Contravención Aduaneras y Graduación de Sanciones aprobado por RD 01-002-07 del 04/10/2007. -------------------------------------Que, mediante Auto Inicial de Sumario Contravencional AN-GRLGR-ULELR No. 001/2010 de 11/01/2010, se dio inicio al sumario contravencional contra el Operador KEVIN GASTON UNZUETA ROCA, por la presunta contravención tipificada en el inciso e) del Art. 186 de la Ley 1990 Ley General de Aduanas y sancionada en el Anexo de Clasificación de Contravenciones Aduaneras y Graduación de Sanciones aprobado mediante RD 01-012-07 de 04/10/2007, numeral 2 del apartado de Fiscalización Aduanera. “Resistencia injustificada a órdenes e instrucciones emitidas por la Administración Aduanera conforme a procedimientos vigentes”, al no proporcionar la información y documentación solicitada por la Administración Aduanera, debiendo el Operador, realizar el pago de 2.000 UFV,s (Dos mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), monto que deberá ser actualizado al momento del pago. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en fecha 01 de febrero de 2010, se notifica personalmente a KEVIN GASTON UNZUETA ROCA con el Auto Inicial de Sumario Contravencional AN-GRLGR-ULELR No. 001/2010 de 11/01/2010, de conformidad con el Art. 84 del Código Tributario, concediéndosele el plazo de 20 días para la presentación de descargos o pruebas que hagan a su derecho.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que el Informe GRLPZ-UFILR-I-477/2014 de 30/09/2014, emitido por la Unidad de Fiscalización establece que en el plazo correspondiente el operador KEVIN GASTÓN UNZUETA ROCA, no presento descargos ni ofreció pruebas, por lo que se ratifica el Auto Inicial de Sumario Contravencional AN-GRLGR-ULELR No. 001/2010 de 11/01/2010. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Art. 70 numeral 6 de la Ley 2492 Código Tributario, señala: “Constituyen obligaciones tributarias del sujeto pasivo: 6) Facilitar las tareas de control, determinación, comprobación, verificación, fiscalización, investigación y recaudación que realice la Administración Tributaria, observando las obligaciones que les impongan las leyes, decretos reglamentarios y demás disposiciones “.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Art. 168 párrafo 1 del Código Tributario, dispone: “Siempre que la conducta contraventora no estuviera vinculada al procedimiento de determinación del tributo, el procesamiento administrativo de las contravenciones tributarias se hará por medio de un sumario, cuya instrucción dispondrá la autoridad competente de la Administración Tributaria (…)”--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Artículo 284 del Reglamento a la Ley General de Aduanas D.S. 25870 de 11/08/2000, establece: “La Aduana Nacional, a través de sus autoridades competentes, tiene la facultad de calificar y sancionar administrativamente la contravención aduanera conforme a lo previsto por la Ley y el presente reglamento”.-------------------------------------------------Que, el Artículo 186 de la Ley 1990 de 28/07/1999 Ley General de Aduanas establece: “Comete contravención aduanera quien en el desarrollo de una operación o gestión aduanera, incurra en actos u omisiones que infrinja o quebranten la presente Ley y disposiciones administrativas de índole aduanera que no constituyan delitos aduaneros. Las contravenciones aduaneras son las siguientes: e) La resistencia a órdenes e instrucciones emitidas por la Aduana Nacional a los auxiliares de la función pública, a los transportadores internacionales de mercancías, a propietarios de mercancías y consignatarios de las mismas y a operadores de comercio exterior”,-------------------------------------------------------Que, la Resolución de Directorio 01-012-07 de 04/10/2007, modificado por la RD. 01/017/09 de 24/09/2009, establece como contravención aduanera en el Anexo I. numeral 2. de la Clasificación de Contravenciones Aduaneras y Graduación de Sanciones señala: “Resistencia injustificada a órdenes o instrucciones emitidas por la Administración Aduanera conforme a procedimientos vigentes” (Fiscalización Aduanera) estableciendo una sanción de 2.000 UFV´s. ------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, por lo hechos descritos, se evidencia que el operador KEVIN GASTÓN UNZUUTA ROCA, no facilitó en las tareas de fiscalización, al no proporcionar la documentación solicitada, por lo que la Administración Aduanera tiene la obligación y responsabilidad de calificar las presuntas contravenciones aduaneras en sujeción a la descripción exacta de las acciones u omisiones expresamente definidas en las leyes, encontrándose tipificada la conducta incurrida por el operador en el Art. 186 inciso e) de la Ley General de Aduanas, asimismo en el plazo otorgado para la formulación de descargos conforme el Art. 168 numeral 1 del Código Tributario, el operador no formuló descargos ni ofreció prueba alguna que justifique el incumplimiento a los requerimientos realizados, por lo que corresponde imponer una sanción de 2.000.00 UFV’s. ---------------------------------POR TANTO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por ley, ---------------------------------------------------------------------------RESUELVE: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------UNICO.- Declara PROBADA la contravención Aduanera, de resistencia a órdenes e instrucciones emitidas por la Aduana Nacional, contra el operador KEVIN GASTÓN UNZUETA ROCA prevista en el Art. 186 inciso e) de la Ley General de Aduanas y el Anexo 1 CLASIFICACIÓN DE CONTRAVENCIONES ADUANERAS Y GRADUACIÓN DL SANCIONES numeral 2). Del título de FISCALIZACIÓN ADUANERA, aprobado mediante Resolución de Directorio RD 01-017-09 de 24/09/2009, toda vez que no proporcionó la información y documentación solicitada por la Administración Aduanera, contraviniendo lo establecido en la normativa vigente, siendo la sanción de 2.000.00 UFV’s (Dos mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), suma de dinero que deberá ser cancelado al tercer día de ejecutoriada la presente Resolución Sancionatoria bajo advertencia de inicio de ejecución tributaria en caso de incumplimiento. --------------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, comuníquese y cúmplase. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y sello.- Lic. Jose Blacud Morales .--- Gerente Regional La Paz a.i. --- ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA.---------------------------------------------------------------------------

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Icla muestra la papa ecológica Puente San Pedrito con 46%

Trabajos en el puente San Pedrito.

Algunos de los productos agrícolas que se producen en Icla.

El nuevo puente San Pedrito, en el río Cristal Mayu, carre-tera nueva Cochabamba-Santa Cruz, será entregado el 15 de septiembre.

Óscar Zambrana, secreta-rio de Obras y Servicios de la Gobernación, informó que los trabajos en esa infraestructura tienen 46 por ciento de avance.

El ritmo del trabajo que en-cara la constructora Álvarez está dentro el cronograma es-tablecido, aclaró por su parte el gerente regional de la Adminis-tradora Boliviana de Carreteras (ABC), Mauricio Moreno.

“Tienen un plazo que cum-plir y esperamos que lo hagan

satisfactoriamente”, afirmó Zambrana a la radio Kausachun Coca del sistema de Radios de los Pueblos Originarios (RPO).

El puente se cayó en junio como consecuencia de la cre-cida del río. El conductor de una camioneta que atravesa-ba el puente murió. Su cuerpo fue hallado y rescatado varios días después.

El transporte público y pri-vado, entre tanto duren los tra-bajos de la nueva infraestruc-tura, usa el puente metálico provisional habilitado por la ABC y la Gobernación, por don-de diariamente circulan cente-nares de motorizados.

Los pequeños productores de las comunidades del municipio Icla, de la provincia Zudáñez (Chuquisaca), se alistan para la feria agrícola que se realizará el viernes y sábado venideros.

Gonzalo Salazar, alcalde de ese municipio, informó que el evento será una vitrina para mostrar el potencial productivo de esa región, situada a 137 kiló-metros de la ciudad de Sucre, la capital del Estado Plurinacional de Bolivia.

La privilegiada ubicación geográfica y los cuatro pisos ecológicos que posee hacen de Icla una gran región productora de alimentos que se consumen en el departamento y el país.

Entre los productos a expo-nerse y venderse están los cítri-cos como la naranja, mandari-na, limón y lima, al igual que la chirimoya.

Los cereales como trigo, maíz, maní y cebada serán parte de los que se mostrarán en el evento. Los visitantes también podrán apreciar las hortalizas como la arveja, ce-bolla, haba y otros.

MUNICIPALPANORAMAPANORAMA MUNICIPALPANORAMA MUNICIPAL

Fortalecen democracia escolar en Pando

Escolares en pleno ejercicio del sufragio universal.

Con el apoyo del Tribunal Elec-toral Departamental (TED), los escolares de los municipios Gon-zalo Moreno y Puerto Rico, de Pando, aprenden sobre el ejerci-cio de la democracia.

Rosa Gilda Barquero Gómez, vocal del TED Pando, informó que esa entidad capacita y asiste a los escolares en la elección de las directivas estudiantiles.

El proyecto ya se ejecutó en tres unidades educativas de los municipios Gonzalo Moreno y Puerto Rico, además de la comu-nidad Galilea.

Los estudiantes reciben capa-citación para ser jurados y otros aspectos que se requieren en la elección de sus representantes a través de sufragio. En esas ac-tividades se advierte una gran

participación y entusiasmo de los estudiantes en la presenta-ción de las planchas de sus can-didatos y la organización inter-na de los frentes para participar en las elecciones, destacó Bar-quero. “El objetivo de esa activi-dad es fortalecer el voto y la de-mocracia”, sostuvo la autoridad electoral departamental.

Según la vocal, los electores, en este caso los escolares, tam-bién son adiestrados sobre la importancia de participar en la elección democrática de sus re-presentantes.

Los vocales y técnicos tam-bién enseñan sobre la instala-ción de la mesa, la apertura de la votación, el recuento de votos y en caso necesario la posesión de los candidatos ganadores.

PAPA ECOLÓGICA El alcalde Gonzalo Salazar des-

tacó que en la cita productiva se promocionará la papa ecológica. “Los campesinos producen papa sin abono químico, sin medica-mentos químicos. Es una produc-ción de papa netamente ecológi-ca, es totalmente sana”, afirmó.

Las y los mejores exposito-res, según los organizadores, se-rán premiados. Se informó que se darán estímulos a cada sub-central; además de recompen-sas a los participantes. Entre otros se entregarán carretillas, mochilas fumigadoras y semi-llas certificadas.

Según la red Aclo, ese muni-cipio chuquisaqueño también se caracteriza por producir di-versas plantas ornamentales.

VALOR AGREGADO De la basta producción agrí-

cola y frutícula, en Icla se pro-cesó la mantequilla de maní, garapiñado y tostado de maní, mermelada de limón y guayaba, singani y vino de uva, refresco de maní, coco, cebada, cuimi, li-món y chicha de maíz.

Aunque en menor propor-ción también se cultiva ste-via, maca, amaranto, orégano y frejol.

miércoles 24 de junio de 2015SOCIEDAD8

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El papa Francisco presentará por primera vez ante un au-ditorio masivo su Encíclica Verde durante su participa-ción en el Segundo Encuen-tro Mundial de Movimientos Populares, que se realizará en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en julio.

El viceministro de Coordi-nación con los Movimientos Sociales, Alfredo Rada, dijo que de esa manera el mensa-je del cuidado del medioam-biente que hizo el Sumo Pontífice la semana pasada llegará a todos los movimien-tos sociales del mundo.

LA ENCÍCLICA“Ésta será la primera oca-

sión en la que el papa Francisco presentará la Encíclica Alabado Seas ante un auditorio masivo. Eso es de gran importancia, ya que el mensaje (...) en defensa de esta ‘casa común’, como de-nomina el documento al mun-do, coincide plenamente con el planteamiento de los movi-mientos sociales sobre la defen-sa de los derechos de la Madre Tierra”, aseveró la autoridad en una conferencia de prensa en el Palacio de Gobierno.

y cinco de Estados Unidos, en-tre los principales.

Durante la cita se espera la participación del cardenal Pe-ter Turkson, de África, respon-sable del Consejo de Justicia y Paz del Vaticano,quien leyó hace algunos días la Encíclica Verde del papa Francisco.

Junto con él y las delega-ciones presentes se debatirán cinco puntos fundamenta-les. “Entablaremos un diálo-go sobre la Madre Tierra; tie-rra; territorio; trabajo y techo; así como la integración de los pueblos”, detalló Machaca.

HOMENAJEDel mismo modo, los diri-

gentes anunciaron que se rea-lizará un acto con el propósito de brindar un homenaje al pa-dre Luis Espinal Camps.

“Todos los movimientos so-ciales nacionales e internacio-nales vamos a recordar al pa-dre Luis Espinal, quien dejó un importante legado en la lucha de los pueblos a nivel mun-dial” dijo el dirigente.

Similar actitud tendrá el papa Francisco, quien, el 8 de julio, cuando baje por la Auto-pista La Paz-El Alto, dará una bendición al paso en la curva de la Ciudadela Ferroviaria.

Éste es el afiche oficial del Segundo Encuentro Mundial de Movimientos Populares, con sede en Santa Cruz.

El Papa presentará la Encíclica Verde al II Encuentro Mundial

PREVISIÓN ó Se espera a 900 dirigentes del exterior y 600 del país para que debatan en la cita.

En ese marco, Rodolfo Ma-cha, ejecutivo de la Confedera-ción Sindical Única de Trabaja-dores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), aseveró que todo está listo para recibir a las de-legaciones de las organizacio-nes, así como al presidente Evo Morales y al Papa.

“Hasta el momento los de-legados internacionales son más de 900, mientras que las

organizaciones nacionales en-viarán 600. Como anfitriones tenemos que responder a la importante visita del Papa y del presidente Evo Morales”, aseveró Machaca.

EL INICIOLa inauguración del En-

cuentro Mundial de Movi-mientos Populares será el martes 7 de julio a las 09.00

en el Coliseo Municipal de la ciudad de Santa Cruz.

Hasta el momento se estima que lleguen al país 250 perso-nas de Argentina; 250 delega-ciones de Brasil; 50 dirigentes de Chile; 10 de Colombia; tres de Costa Rica; dos de Haití; dos de República Dominicana; 40 de Ecuador; uno de El Salvador; cuatro de India dos de Italia; dos de Kenia; cinco de México;

Francisco recibirá la distinción Luis Espinal

“Se está tramitando una con-decoración especial que va a re-cibir el Santo Padre, es una con-decoración que justamente la estamos elaborando junto a nues-tros compañeros de la Cámara de Diputados”, dijo el senador.

La autoridad legislativa agre-gó que va a ser un reconoci-miento humilde que hará la Asamblea, tomando en cuenta esta notable visita. “Es la conde-coración Luis Espinal”, afirmó.

Asimismo, Gonzales aseve-ró que la población boliviana espera con mucha expectativa la llegada del papa Francisco, que sin duda es sinónimo de paz y esperanza.

HOMENAJE ó Es un reconocimiento que hará la Asamblea Legislativa al notable visitante.

“Estamos muy esperanza-dos, muy ilusionados, ya falta poco tiempo, un par de sema-nas y podremos tener después de tantísimos años la visita de un sumo pontífice, sin duda un motivo de alegría, de espe-ranza, de fe”, dijo.

Gonzales agregó que mucha gente está ilusionada en que con esta presencia se pueda avanzar en lo espiritual, que a veces se descuida un poco.

“Ojalá sirva para que quie-nes estén desesperanzados re-cuperen la ilusión y todo lo que significa una vista tan notable e importante como la que va a realizar el Papa”, finalizó.José Alberto Gonzales, presidente del Senado de la ALP.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La condecoración especial Luis Espinal Camps será conferida al papa Francisco por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), como reconocimiento por su vi-sita al pueblo boliviano, que se efectuará entre el 8 y 10 de julio, por invitación expresa del presi-dente Evo Morales.

Los detalles de dicho recono-cimiento fueron proporciona-dos por el presidente de la Cá-mara de Senadores de la ALP, José Alberto Gonzales, cuando faltan menos de 15 días para el arribo del representante de Cristo en la tierra.

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miércoles 24 de junio de 2015 SOCIEDAD 9

Fiscalía toma sus recaudos

PREVISIONES ó Unos 100 fiscales trabajarán en coordinación con las autoridades policiales.

LA PAZ Y TARIJA / CAMBIO Y ABI

Un total de 100 representantes del Ministerio Público fueron puestos a disposición de la Po-licía Boliviana y la Dirección de Migración para que desa-rrollen tareas antes, durante y después de la visita del papa Francisco a Bolivia, prevista entre el 8 y 10 de julio.

Según informó ayer el fis-cal general del Estado, Rami-ro Guerrero, de los 100 fiscales 50 estarán desplazados en las ciudades de La Paz y El Alto, mientras que el resto se mo-vilizará en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

En ese marco, explicó que los fiscales se encargarán de efectuar operativos en hoteles, alojamientos, hostales, termi-nales aéreas, terrestres y pun-tos fronterizos para controlar el movimiento migratorio.

“El Ministerio Público está garantizando su participación en el gran operativo junto con la Policía Boliviana, que mo-vilizará al menos 15.000 efec-tivos, y las Fuerzas Armadas 6.000 militares”, indicó.

OTRAS ACTIVIDADESDesde Tarija se informó que

al menos 200 delegados viaja-rán a la ciudad de Santa Cruz para recibir al papa Francisco el 9 de julio, informó el martes el padre Simón Díaz.

“Son unas 150 personas que estarán acreditadas para es-tar en un lugar más cercano al papa Francisco; sin embargo, es-timamos que con otras familias que irán estaríamos unas 200 personas en Santa Cruz para el 9 de julio”, dijo.

Díaz explicó que entre los acreditados están 15 sacerdotes y 15 seminaristas que van a par-ticipar en todas las actividades eucarísticas que dirija el Sumo Pontífice en el Cristo Redentor.

El resto de los acreditados son integrantes de las parro-quias de la ciudad, provincias y las organizaciones que alberga la Iglesia Católica, quienes van a participar en las demás activi-dades programadas.

“Todos vamos a estar unifor-mados con la vestimenta típica de Tarija durante su participa-ción en esta celebración que se la realizará en Santa Cruz”, indicó.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Un trabajo conjunto entre el ni-vel central del Gobierno con las gobernaciones y los municipios fue demandado por el Ministe-rio de Salud, con el fin de que aporten para mejorar el siste-ma de salud y lograr el Seguro Universal de Salud (SUS) en be-neficio de toda la población.

Según expresó la ministra del área, Ariana Campero, en la Red Abya Yala, el Gobierno nacional solo no va a poder conseguir que la población diga un día que se siente con-tenta con el sistema de salud que le da cobertura.

“Hay que trabajar todos juntos, creo que la articula-ción del Ministerio de Salud con los Sedes (servicios depar-

tamentales de salud) es pri-mordial, y también de esas instancias con todos los al-caldes y responsables de cada municipio de su jurisdicción departamental”, dijo.

La autoridad recordó que el año 2006 se recibió un siste-ma de salud con poco presu-puesto y que prácticamente hasta el año 2005 dependía mucho de la cooperación de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo (Usaid) en una gran proporción.

Campero agregó que eso no era sostenible, porque no se tenían políticas integrales, como la que fue implementa-da luego con la modalidad de Salud Familiar Comunitaria Intercultural (Safci), lo que fue complejo transformar.

“Pero estamos trabajando en eso, falta por hacer (…) por-que hay muchos problemas en el sistema de salud; necesita-mos trabajar todos juntamen-te con la participación prin-cipalmente de los gobiernos autónomos”, señaló.

La ministra Campero agregó que en la medida en que haya esa articulación, sin que primen slogans per-sonales o políticos, sino más bien comenzar el trabajo de manera coordinada, se va a poder implementar lo que está establecido en la CPE, con la participación de la se-guridad social.

En ese marco, convocó a los gobiernos locales asumir sus competencias estableci-das en las normas vigentes.

Médico Safci revisa a un paciente en una zona alejada, en el marco del programa Misión Salud (MiSalud).

Ministra pide aporte de gobiernos locales

Una infección afecta a Julio Terrazaslizamos”, explicó el galeno a los medios de prensa.

El sábado, Terrazas fue in-ternado en la clínica Incor de esta ciudad luego de presentar fuertes dolores en su cuerpo, afectado por un problema he-pático y renal.

En abril fue sometido a una implantación de catéter peri-toneal y hace diez años tiene un marcapaso.

Vaca Díez indicó que por aho-ra el Cardenal boliviano recibe tratamiento con antibióticos y otros medicamentos que tienen

la finalidad de fortalecer su sis-tema inmunológico.

La situación del Cardenal genera dudas con respecto a la condición en la que estará en el momento de la visita del papa Francisco a Bolivia, programa-da entre el 8 y 10 de julio.

Precisamente, el purpurado tiene previsto recibir al papa Francisco cuando éste llegue la noche del 8 de julio a la ciu-dad de Santa Cruz de la Sierra y se aloje en su domicilio par-ticular, luego de permanecer cuatro horas en La Paz.

SANTA CRUZ / CAMBIO Y CORRESPONSAL

Una infección pulmonar agra-vó el estado de salud del car-denal Julio Terrazas, informó ayer su médico, Herland Vaca Díez, quien sometió a varios análisis al máximo represen-tante eclesiástico boliviano.

“Seguimos preocupados con la salud del cardenal Terrazas, todo indica que tiene una in-fección importante y con estos análisis queremos descubrir el foco, para eso estamos haciendo tomografías para ver si lo loca-

SALUD ó Así se implementará el seguro universal.

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TIERRASTIERRASmiércoles 24 de junio de 2015

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“RECUPERAR LOS PREDIOS DE MUNICIPIOS AVASALLADOS ES UN COMPROMISO QUE ASUMO EN MI CALIDAD DE ALCALDE DE LA CIUDAD DE ORURO.

Édgar BazánAlcalde

Cadepia espera liberación de prediosREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

De acuerdo con el cronograma establecido por el Comité Inte-rinstitucional, se prevé la libe-ración de los predios de la Cá-mara de la Pequeña Industria (Cadepia), al igual que dos pro-piedades grandes tras la visita del papa Francisco.

Alejandro Roca, dirigente de Cadepia, confirmó que la fe-cha del desalojo de sus predios avasallados está marcada.

“En teoría, el predio de Ca-depia, al igual que otras dos propiedades grandes, será des-alojado tras la visita del Papa”, dijo Roca. En ese marco, preci-só que están aguardando que el ministro de Gobierno, Car-los Romero, confirme la or-den.

TRABAJOSegún Roca, hasta ahora en

la zona urbana de Santa Cruz se ejecutaron alrededor de 80 desalojos de predios invadi-dos.

En ese marco, el dirigen-te informó que muchos de los avasalladores en Cadepia deci-dieron conciliar o salir por vo-luntad propia.

“Como hubo tantos desalo-jos que ejecutó el Comité In-terinstitucional, la gente está temerosa. Dejaron de impulsar la construcción de viviendas ilegales”, señaló Roca.

De acuerdo con los afecta-dos, la lucha que inició el Co-mité Interinstitucional fue todo un éxito. Afirman que a raíz de ello muchas de las fa-milias afectadas pueden reac-tivar su vida productiva y reco-brar su tranquilidad.

No obstante, demandan que el Ministerio de Gobierno brinde continuidad a estas ac-ciones.

Proceso de demolición de viviendas clandestinas establecidas en tierras fiscales.

Oruro pacta para recuperar tierras fiscales avasalladas

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Tras varios minutos de deba-te, autoridades de la brigada parlamentaria del departa-mento de Oruro y el alcalde se comprometieron a recuperar las tierras fiscales avasalladas.

La Alcaldía y el Ministerio Público de Oruro presentaron un informe de la situación y los conflictos registrados por la invasión ilegal de los pre-dios que le pertenecen al mu-nicipio. Ante ello y, tras una evaluación, la brigada orure-ña determinó que se necesita intervenir de manera urgente.

Con relación a ello, el alcal-de Édgar Bazán aseguró que se aplicará la normativa para re-solver este conflicto.

“Pondremos en marcha el proceso administrativo de de-molición de las construcciones clandestinas”, dijo la autoridad.

En ese marco y con el pro-pósito definido, Bazán anunció que se necesitará el apoyo del Ministerio Público y de la Poli-cía Departamental para lograr la liberación de los predios.

De acuerdo con un informe de la Procuraduría, son 7.000 hectáreas invadidas, terrenos que serán inscritos a nombre del Gobierno Municipal.

ANTECEDENTESSon varios sectores los que

se encuentran en manos de avasalladores o de traficantes de tierras. En la mayoría de los casos los predios son ocupados por familias estafadas.

ACCIONES ó Las autoridades buscarán que los predios vuelvan al municipio orureño para generar mayores niveles de desarrollo.

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En ese sentido, el fiscal del Distrito, Orlando Riveros, re-cordó que en octubre de 2014 se intentó realizar la demoli-ción de construcciones clan-destinas en el sector de Ko-chiraya con la presencia de la Policía, maquinaria de la Al-caldía y la Fiscalía, hecho que no se concretó por una mu-ralla de niños y ancianos que utilizaron los avasalladores.

Estrategia que es utilizada con frecuencia en varios casos de avasallamiento en todo el país. Es por ello que una inter-vención o la ejecución de des-alojo requieren un estudio de

efectivos de inteligencia ade-más de algunos intentos de persuasión para gestar un des-alojo pacífico. El Fiscal de Dis-trito advirtió que en Socamani se identificó toda una ciudade-la de avasalladores y se anali-zan las estrategias para recupe-rar esos terrenos.

Es evidente que se precisa un trabajo conjunto, una vez que, según Riveros, el Ministerio Pú-blico identificó algunos cabeci-llas que promueven el delito, en-tre ellos Luis A., quien ya tiene mandamiento de aprehensión, sin embargo hasta ahora no se logró ejecutar su captura.

INVITACIÓNEn cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República (actual Contraloría General del Estado), aprobado por Decreto Supremo Nº 23215, se invita a:

INFORME DE AUDITORÍA PRELIMINAR Nº GH/EP23/Y08 R1, CORRESPONDIENTE A LA AUDITORÍA ESPECIAL DE GASTOS Y FONDOS

EN AVANCE POR LAS GESTIONES 2006 Y 2007, PRACTICADA EN EL GOBIERNO MUNICIPAL DE CAMARGO

(ACTUAL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE CAMARGO)NOMBRES Y APELLIDOS

Pablo Quira VillcaJaime Buitrago GutiérrezJosé Luis Buitrago Bellido

Gunar Marcelo Cano RodríguezSergio Ortega Castillo

Apersonarse a la Contraloría General del Estado, en su oficina ubicada en la Calle Bolívar Nº701 en la ciudad de Sucre, teléfono 64-53870, a objeto de notificarse con una copia del Informe de Auditoría Preliminar Nº GH/EP23/Y08 R1.

Se dispone de un término de cinco (5) días hábiles para recoger del informe de Auditoría Preliminar Nº GH/EP23/Y08 R1, plazo que comenzará a correr al día siguiente hábil de la presente publicación

Sucre, 24 de junio de 2015

2X2 B/NDIA DE PUBLICACION 24/06/15

TARIFA Bs. 600,00

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Artículo Art. 83° inc. II del Código Tributario Ley 2492, y el Artículo 55º del Decreto Supremo 27113 por el presente EDICTO, cita, llama y emplaza al (a los) contribuyente(s) que se detalla(n) a continuación, para que por sí o mediante apoderado debidamente acreditado se apersone(n) ante las oficinas de esta Gerencia Distrital, Departamento de Fiscalización, Supervisoría de Verificación Interna y/o Fiscalización Externa, ubicada en la Av. Montes Nro. 515, a objeto de aclarar las observaciones que se han detectado dentro del (de los) proceso(s) de fiscalización y/o verificación detallado(s) en la presente publicación.

RAZON SOCIAL / NOMBRE NIT DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA

ESPEJO CERRUDO ABEL 3423942015Documento que se notifica: RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA CITE: SIN/GDLPZ/DF/SVI/RA/35/2014 de fecha 28/02/2014, mediante la cual se anula el INFORME CITE:SIN/GDLPZ/DF/SVI/INF/4133/2013 y la VISTA DE CARGO CITE:SIN/GDLPZ/DF/SVI/VC/625/2013 de fecha 24/10/2013 y los respectivos actuados, debiendo emitirse nuevo Informe y Vista de Cargo, al contribuyente ESPEJO CERRUDO ABEL.

LABOR CONSULTORES & ASOCIADOS S.R.L.

143585027 Documento que se notifica: RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA CITE: SIN/GDLPZ-I/DF/SPPD/RA/582/2014 de fecha 18/12/2014, mediante la cual se anula el INFORME CITE: SIN/GDLPZ-I/DF/SPPD/INF/3179/2014 y la VISTA DE CARGO CITE:SIN/GDLPZ-I/DF/SPPD/VC/362/2014 de fecha 19/08/2014 y los respectivos actuados, debiendo emitirse nuevo Informe y Vista de Cargo, al contribuyente LABOR CONSULTORES & ASOCIADOS S.R.L..

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de Junio de 2015.

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miércoles 24 de junio de 2015 SEGURIDAD 11

Vehículos recuperados por Diprove, que estaban en un garaje de la ciudad de El Alto.

Diprove recupera 30 vehículos en 18 días con plan Escorpión

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El director nacional de Preven-ción y Robo de Vehículos (Di-prove), Rubén Zegada, informó ayer que en dos semanas y me-dia se recobraron 30 vehículos reportados como robados y va-rias motocicletas que ya fueron devueltas a sus propietarios.

“Más de una treintena de ve-hículos y varias motocicletas fueron recuperados en dos se-manas y media ante robos que se dieron con mayor índice en los departamentos de Beni, San-ta Cruz y Pando”, afirmó.

Sostuvo que desde que asu-mió el mando en Diprove se aplicó el Plan Escorpión con el objetivo de fortalecer las uni-dades de Inteligencia y sociali-zar el modus operandi de las or-ganizaciones criminales como

ESTRATEGIA ó La medida contempla la socialización del modus operandi de las organizaciones criminales como una medida de prevención para evitar robos.

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una medida de prevención para evitar robos.

Precisó que esas acciones po-liciales se realizan en puntos es-tratégicos de cada ciudad, donde se sospecha que operan esas or-ganizaciones criminales, como una medida de prevención.

En ese sentido, remarcó que en los departamentos de Beni, Santa Cruz y Pando hubo excelentes resultados en materia de prevención y des-articulación de bandas delin-cuenciales que se dedican al robo de motorizados.

“Hemos exhibido las mo-tocicletas robadas en las pla-zas de cada capital para que los propietarios reconozcan y puedan recuperarlas, esa acti-vidad continúa en cada depar-tamento”, sostuvo.

En ese sentido, Zegada afir-mó que el próximo viernes da-rán un balance general de to-dos los vehículos reportados como robados y también re-cuperados, además de los ope-rativos realizados y los golpes duros a bandas, clanes y orga-nizaciones criminales.

Asimismo, remarcó que una de las formas para reducir el índice del robo de vehículos o autopartes es que la gente, con-ductores o propietarios de autos asuman medidas de precaución para no ser víctimas de las orga-nizaciones delictivas.

Cinco incendios son apagados por bomberos REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El director de la Unidad de Bom-beros Nataniel Aguirre, Marcelo Sánchez, informó que los efecti-vos de esa entidad policial apaga-ron cinco incendios forestales en la ciudad de Cochabamba, la tar-de de ayer.

“En lo que va de la tarde ya hemos atendido cinco incendios forestales”, dijo. Detalló que dos de los siniestros se registraron en la laguna Alalay y arrasaron con una superficie de cerca de 500 metros cuadrados de totorales.

Dijo que los demás incendios fueron atendidos en tres zonas del sector norte de la ciudad de Cochabamba: Pacata, Circunva-lación y entre las avenidas Bei-jing y Simón López.

“Los últimos focos de fuego se presentaron en lotes baldíos y quemaron unos 500 metros cua-drados de pajonales y arbustos bajos”, añadió.

El jefe de los bomberos dijo que las investigaciones prelimi-nares en esos casos establecieron que los incendios fueron provo-cados. (ABI)

EDICTO(Primera Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales al amparo del artículo 86º del Código Tributario - Ley Nº 2492 y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA al contribuyente listado con la Resolución Determinativa que a continuación se detalla, para que por sí o mediante Apoderado se apersone ante la Unidad Jurídico Técnica del Departamento Jurídico y de Cobranza Coactiva de esta Gerencia Distrital ubicada en la Avenida Montes Nº 515, Piso 2, de la ciudad de La Paz, a objeto de proceder a la cancelación de la deuda tributaria contenida en las Resoluciones Determinativas consignadas, bajo conminatoria de iniciarse la Ejecución Tributaria en caso de incumplimiento, comunicándoles que en caso de considerar que las Resoluciones lesionan en alguna manera sus derechos, se apertura los plazos para interponer los Recursos que la Ley le franquea, dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido por el numeral 2) del artículo 174º de la Ley Nº 1340 ó de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido por el artículo 143º de la Ley Nº 2492, computables a partir de su legal notificación con la Segunda Publicación del presente Edicto.

Nº RAZON SOCIAL NIT DOCUMENTO A NOTIFICAR

FECHADOCUMENTO A NOTIFICAR

PERIODO FISCAL IMPUESTO IMPORTE UFV(*)

1ESPRELLA BARRIENTOS MAGALI

4275998011 R.D. No. 174/2015 29/05/2015

mayo-11 IVA 5.807  SANCION IVA 4.077  MIDF-ACTA Nº 110277 1.500

TOTAL   11.384

2 INDULEX BOLIVIA S.R.L. 175896022 R.D. No.

105/2015 11/03/2015

marzo-13 IUE 31.948Abril-diciembre/2012 Enero-Marzo-2013 IUE-AA-IUE 17.661

  SANCION IUE-AA-IUE 42.051MIDF-ACTA Nº 14994400679, 14994400680, 14994400689, 14994400690, 14994400691, 14994400692, 14994400693, 14994400694, 14994400696, 14994400697, 14994400699, 14994400700, 14994400701, 14994400702, 14994400703, 14994400704, 14994400705

12.000

TOTAL   103.660

3 MORALES GUARAYA JOSE 2217559016 R.D. No.

111/2015 18/03/2015

dic-10 IVA 14.910  SANCION IVA 10.338  MIDF-ACTA Nº 110136 1.500

TOTAL   26.748

4MORALES ZAPATA MARIA ROSARIO

3509480019 R.D. No. 101/2015 10/03/2015

Febrero-noviembre /2009 IVA-IT 16.283  SANCION IVA-IT 9.923  MIDF-ACTA Nº 119314 1.500

TOTAL   27.706

5

ORMACHEA PACHECO PABLO ANTONIO

2340083011 R.D. No. 181/2015 01/06/2015

Enero – diciembre /2010 IUE 415.031  SANCION IUE 288.231  MIDF-ACTA Nº 119714 1.500

TOTAL   704.762

6 VERA JUAN - DE - DIOS 4757614017 R.D. No.

168/2015 22/05/2015

abril-11 IVA 575septiembre-11 IVA 821

octubre-11 IVA 1.659diciembre-11 IVA 784

  SANCION IVA 2.793  MIDF 1.500

TOTAL   8.132

7ZULETA CANIDO JAVIER ALEJANDRO

3320329012 R.D. No. 107/2015 16/03/2015

diciembre-09 IUE 815.386  SANCION IUE 530.752  MIDF-ACTA Nº 109897 1.500

TOTAL   1.347,64(*) El Importe deberá ser actualizado conforme lo establece el Artículo 47 de la Ley 2492. El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los (19 días del mes de Junio de dos mil quince).

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AVISO DE SEGUNDO REMATE EN SUBASTA PUBLICA

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INVITACION PÚBLICA

LA GERENCIA DISTRITAL LA PAZ I DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES, ETC.- HACE CONOCER E INVITA A LA OPINION PUBLICA EN GENERAL LO SIGUIENTE DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO EN EJECUCION TRIBUTARIA CONTRA LA CONTRIBUYENTE LIU LIN DE YANG YEE TSUNG con RUC Nº 3747450,En el ejercicio de las facultades de Disposición de Bienes en Etapa de Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo que le confiere al Servicio de Impuestos Nacionales - Gerencia Distrital La Paz I, el Articulo 110 parágrafo I numeral 5 y Parágrafo II (incorporado por Disposición Adicional Segunda de la Ley No. 396 Ley de Modificación al Presupuesto General del Estado de 26 de agosto de 2013) de la Ley Nº 2492 (Código Tributario Boliviano) y el Capitulo III, Sección I Art. 23 al Art 28 de la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa en Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo) de fecha 21 de marzo de 2014, se identificó a la contribuyente LIU LIN DE YANG YEE TSUNG con RUC Nº 3747450, quientiene deuda Tributaria en Mora con esta Gerencia conforme el TITULO DE EJECUCION TRIBUTARIA RESOLUCION DETERMINATIVA Nro. 103/1997de fecha 7 de agosto de 1997 y que al presente se encuentra en Etapa Ejecución Tributaria por el PLIEGO DE CARGON° 1659/97emitido en fecha 19/09/1997contra el contribuyente de referencia, monto que llega a Bs.108.693.-(Ciento Ocho Mil Seiscientos noventa y tres 00/100 Bolivianos) el mismo que no fue pagado, por lo que se dispone en primera instancia la Adjudicación Directa del bien inmueble de co-propiedad del contribuyente en acciones y derechos del 50% conforme el siguiente detalle:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

ADJUDICACION DIRECTA PREVIA AL REMATE

CARACTARISTICAS DEL BIEN INMUEBLE TOTAL (EN ACCIONES Y DERECHO 50%)PRECIO BASE EN BOLIVIANOS DE LA

ADJUDICACION DIRECTA AL (100 % ) DEL PRECIO BASE CONSIDERANDO EL 50% EN ACCIONES

Y DERECHOS QUE CORRESPONDEN A LA CONTRIBUYENTE EN BOLIVIANOSUBICACIÓN TIPO INMUEBLE SUPERFICIE MATRICULA

AV. ECUADOR, EDIFICIO GUAYAQUIL SEGUNDO PISO NO. 2 ZONA DE

SOPOCACHIDEPARTAMENTO (50%

ACCIONES Y DERECHOS) 202.62 Mtrs2 2010990090821 Bs. 630,451 (Seiscientos Treinta Mil Cuatrocientos Cincuenta y Un 00/100 Bolivianos)

Bien inmueble que puede ser visto en la página web www.impuestos.gob.bo bajo le siguiente código de imagen No. BI-20-2015-66, asimismo y en vía de información a los interesados de dicho bien inmueble a la fecha se encuentran con la siguiente medida preventiva inscrita en derechos reales:---------------------

ANOTACIONES PREVENTIVAS REGISTRADAS

BIENES INMUEBLES

UBICACIÓN Nro. MATRICULA TIPO DE GRAVAMEN ASIENTO INSCRITO SOLICITANTE DE LA MEDIDA

AV. ECUADOR, EDIFICIO GUAYAQUIL SEGUNDO PISO NO. 2 ZONA DE

SOPOCACHI2010990090821 HIPOTECA LEGAL DE

FECHA 05/02/1996 B-1 MUTUAL DE AHORRO Y PRESTAMO PARA LA VIVIENDA “LA PAZ”

Asimismo cabe aclarar que mediante nota con CITE No. SIN/GDLP/DJCC/REM/NOT/04381/2014 de fecha 24 de septiembre de 2014 emitida por la GDLPZ I del Servicio de Impuestos Nacionales, solicitando Información a la Autoridad del Sistema Financiero (ASFI), sobre el estado actual del crédito que la contribuyente tenía en la Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Paz” se tiene que la misma fue respondida por la referida entidad financiera en fecha 26 de noviembre de 2014 mediante NOTA CR/49/2014 NUT 164427 emitida por la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la vivienda “La Paz”informando que el crédito se encuentra CANCELADO,por lo queno reconoce algúnotro gravamen de otros acreedores en su registro a excepción de los registrados a favor de esta Gerencia Distrital La Paz I- del Servicio de Impuestos Nacionales, mismos que una vez adjudicados serán retirados y cancelados conformeartículo 57 de la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa de Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo así como art 548 parágrafo I del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente conforme Art. 74 núm. 2 de la Ley Nro. 2492 del Código Tributario Boliviano los interesados en la adjudicación del 50% de las acciones y derechos que corresponden al bien inmueble señalado, deberán demostrar su expresión de interés mediante carta(s) de interés presentadas conforme lineamientos del artículo 25 de la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa de Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo)dentro de los cuales se encuentra la presentación en original del pago de boleta de seriedad debiendo realizar el deposito del 20% del precio base de la adjudicaciónen la cuenta del Banco Unión Nro. 10000001305982, de conformidad al Art. 24de la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa de Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo) la recepción de las cartas de interés será en el cuarto piso Unidad de Recepción de Correspondencia de esta Gerencia Distrital La Paz I ubicada en la Avenida Montes Nro. 515 Zona Central, durante el plazo de diez (10) días, siendo la fecha limite e improrrogable de presentación el 31 de marzo de 2015 a horas 18:00, asimismo y para fines de la adjudicación del (o los) bien(es) inmueble(s) el mismo será adjudicado a la primera carta de expresión de interés recepcionada y que cumpla los requisitos señalados por norma.----------------------------------LAPRESENTE INVITACION PUBLICA ES LIBRADA EN LA CIUDAD DE LA PAZ, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL QUINCE AÑOS.----------

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LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800 10 34 44

EDICTO(Primera Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales al amparo del artículo 86º del Código Tributario - Ley Nº 2492 y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA al contribuyente listado con la Resolución Determinativa que a continuación se detalla, para que por sí o mediante Apoderado se apersone ante la Unidad Jurídico Técnica del Departamento Jurídico y de Cobranza Coactiva de esta Gerencia Distrital ubicada en la Avenida Montes Nº 515, Piso 2, de la ciudad de La Paz, a objeto de proceder a la cancelación de la deuda tributaria contenida en las Resoluciones Determinativas consignadas, bajo conminatoria de iniciarse la Ejecución Tributaria en caso de incumplimiento, comunicándoles que en caso de considerar que las Resoluciones lesionan en alguna manera sus derechos, se apertura los plazos para interponer los Recursos que la Ley le franquea, dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido por el numeral 2) del artículo 174º de la Ley Nº 1340 ó de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido por el artículo 143º de la Ley Nº 2492, computables a partir de su legal notificación con la Segunda Publicación del presente Edicto.

Nº RAZON SOCIAL NIT DOCUMENTO A NOTIFICAR

FECHA DOCUMENTO A

NOTIFICARPERIODO FISCAL IMPUESTO IMPORTE UFV(*)

1 GORGOROSO MARTIRENA MONICA LILIANA 4334565010 R.D. No. 00083/2015 03/03/2015

Ene-2011 IVA 1.102

Marz-2011 IVA 2.373

Abri-2011 IVA 1.023

May-2011 IVA 1.113

  SANCION IVA 4.093

  MIDF 1.500

MIDF 1.500

T O T A L 12.704

2 MULTIMAC S.R.L. 121801029 R. D. Nº 0070/2015 05/02/2015

ago-08 IVA 4,271

sep-08 IVA 1,124

oct-08 IVA 3,853

SANCION POR OMISION DE PAGO

5,591

M. I. D. F. 3,000

TOTAL   17,839

3 ORMACHEA PACHECO PABLO ANTONIO 2340083011 R.D. No. 000078/2015 23/02/2015

Gestión 2009 IUE 577.430

  SANCION IUE 389.773

  MIDF 1.500

TOTAL   968.703

4 VASQUEZ VALDIVIA MARIA LUZ 3425293017 R.D. No. 50/2015 28/01/2015

Enero-2011 IVA 991

Marzo-2011 IVA 1.403

Septiembre-2011 IVA 570

Octubre-2011 IVA 512

Noviembre-2011 IVA 2.506

SANCION IVA 4.551

  MIDF-ACTA Nº 110279 1.500

MIDF-ACTA Nº 110280 1.500

TOTAL   13.533

(*) El Importe deberá ser actualizado conforme lo establece el Artículo 47 de la Ley 2492. El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los (13 días del mes de Marzo de dos mil quince).

LA GERENCIA DISTRITAL LA PAZ I DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES.- HACE SABER QUEDENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO QUE SIGUE CONTRA EL CONTRIBUYENTE: LIU LIN DE YANG YEE TSUNG con RUC: 3747450y conforme a las facultades de Disposición de Bienes en Etapa en Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo confiere el Art. 110 parágrafo I numeral 5 y Parágrafo II (incorporado por Disposición Adicional Segunda de la Ley No. 396 Ley de Modificación al Presupuesto General del Estado de 26 de agosto de 2013) de la Ley Nº 2492 (Código Tributario Boliviano) y el Capitulo III, Sección I Art. 47 al Art 56 de la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa en Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo) de fecha 21 de marzo de 2014, se identificó al contribuyente mencionado anteriormente quientiene una deuda Tributaria en Mora con esta Gerencia, conforme el siguiente detalle:

CONTRIBUYENTE ORIGEN DE LA DEUDA PERIODOS PIET ADEUDO HISTORICO

YEE TSUNG LIU LIN DE YANG RUC:

3747450

RESOLUCION DETERMINATIVA

0103/1997 DE 07 DE AGOSTO DE 1997

ENERO DE 1994 A DICIEMBRE

DE 1994

1659/97 (fecha 19 de septiembre

de 1997)

108.693 Bs. (Ciento Ocho

Mil Seiscientos Noventa y Tres

00/100 Bolivianos)

Nota: Los montos descritos precedentemente deberán ser actualizados a la fecha de pago

Deuda que asciende a 108.693 Bs. (Ciento Ocho Mil Seiscientos Noventa y Tres 00/100 Bolivianos) la misma que no fue pagada, por lo que corresponde señalar día y hora para la SEGUNDAAUDIENCIA DE REMATEEN SUBASTA PUBLICA para él día jueves 25 de junio de 2015 a horas 11:00 a. m designándosepara tal efecto como martillero a la Lic. SILVIA OLGA MIRANDA OROPEZAResponsable Administrativoy de Recursos Humanos de esta Gerencia Distrital La Paz I. Asimismo este acto deberá realizarse en presencia del NOTARIO DE GOBIERNOquien dará fe del mismo, con este fin los citados deberán ser notificados conforme a ley.-------------------------------------------------------------------------------------------

El bien inmueble de propiedad del contribuyente en Acciones y Derechosserá dispuesto con la rebaja del 15% del precio base del informe pericialconforme el siguiente detalle: -------------------------------------------------

BIENES INMUEBLE (ACCIONES Y DERECHOS 50%) PRECIO BASE SEGUNDA AUDIENCIA DE REMATE EN SUBASTA PÚBLICA CON LA REBAJA DEL 15% SOBRE EL PRECIO BASE DEL INFORME PERICIAL CONSIDERANDO

EL 50% DE LAS ACCIONES Y DERECHOS DE PROPIEDAD

DEL CONTRIBUYENTE.

UBICACIÓN TIPO INMUEBLE

SUPERFICIE DEL

TERRENOMATRICULA FOLIO REAL

AVENIDA ECUADOR, EDIF. GUAYAQUIL SEGUNDO PISO Nro. 2 ZONA DE SOPOCACHI

DEPARTAMENTO 202.62 Mtrs2 2010990090821Bs. 535.883 (Quinientos Treinta y Cinco Mil Ochocientos Ochenta y Tres 00/100 Bolivianos)

Bien Inmueble que se encuentra libre de otros gravámenes hipotecarios que pudieren hacer valer su derecho crediticio u otros.Asimismo se notifica a otros acreedores o terceros que puedan hacer valer su derecho si corresponde. Se desconoce si el bien inmueble tiene deudas impositivas por el impuesto a la propiedad. Los interesados en participar del remate en subasta pública deberán realizar el depósito del 20% del precio base del remate en subasta pública en la cuenta del Banco Unión Nro. 10000001305982, de conformidad al Art. 50 parágrafo I de la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa de Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo).-----------

Bien Inmueble que puede ser visto en la página web www.impuestos.gob.bo en el icono Remates y Subastas Públicas------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

ELPRESENTE SEGUNDO AVISO DE REMATE ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE AÑOS.-----------------------------------------------------------------

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Artículo 86° del Código Tributario Ley 2492, por el presente EDICTO, cita, llama y emplaza al (a los) contribuyente(s) que se detalla(n) a continuación, para que por sí o mediante apoderado debidamente acreditado se apersone(n) ante las oficinas de esta Gerencia Distrital La Paz I, Departamento de Fiscalización, Supervisoría de Verificación Interna y/o Fiscalización Externa, ubicada en la Av. Montes Nro. 515, a objeto de aclarar las observaciones que se han detectado dentro del (de los) proceso(s) de fiscalización y/o verificación detallado(s) en la presente publicación.

En tal sentido se le(s) comunica que en el término perentorio de cinco (05) días hábiles a partir de esta legal notificación deberá(n) apersonarse a la dirección antes señalada. De no presentarse, esta Gerencia proseguirá conforme normativa vigente al respecto.

NOMBRE DEPENDIENTE NIT /C.I. IMPUESTO ALCANCE PERIODOS FISCALES

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA Y DOCUMENTACION E INFORMACION QUE SE SOLICITA

NERY CARLOS ARI DE LA CRUZ C.I. 7292673

RC-IVA(Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado)

Verificación Interna

01/2010 02/2010 03/2010 05/2010 06/2010 07/2010

Documento que se notifica: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0013OVI13053, detallando las facturas observadas, que fueron requeridos a su empleador:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

1/2010 1023071029 32010074238 899839

1/2010 2043632013 400100260714 4533

1/2010 4070745018 400100294194 4640

1/2010 5763297013 400100295931 4668

1/2010 7281172018 400100295965 4230

2/2010 125291022 400100293262 3824

2/2010 1010331029 400100244310 899816

2/2010 1010333026 400100277297 599373

2/2010 1010439028 40010028695 3823

2/2010 3551248011 400100209813 4949

3/2010 125291022 400100293262 4293

3/2010 794900017 300100684773 898733

3/2010 977851013 300100775529 899500

3/2010 2752555010 400100291147 3715

3/2010 3042048018 400100289490 99437

3/2010 3107294019 400100282050 4767

3/2010 3531813017 400100277672 3965

5/2010 279756012 400100282463 4834

5/2010 1010233029 400100347081 599818

5/2010 1100325014 400100285790 4680

5/2010 2521892016 210100279334 4170

5/2010 2737367010 400100323234 4436

6/2010 1010233029 4001000347081 599855

6/2010 1010331029 400100348882 899774

6/2010 2737367010 400100323234 4489

6/2010 3090786010 400100305864 4872

6/2010 3107418017 400100354436 4299

6/2010 4950574016 210100237649 4811

7/2010 150008025 210100330872 607

7/2010 656710011 400100292489 4138

7/2010 3107418017 400100354436 4070

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de Junio de dos mil quince.

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miércoles 24 de junio de 2015SEGURIDAD12

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El comandante de la Policía Boliviana, general Édgar Ra-miro Téllez, aseguró que a 189 años de la creación de esa ins-titución se asume el desafío de consolidar una profunda refor-ma interna con el propósito de modernizar y fortalecer las po-líticas de seguridad.

“Nosotros hemos recibido el concepto inicial de que la refor-ma a la Policía debe partir de la propia institución, y los traba-jos que estamos realizando son a través de comisiones y mesas de análisis que ya han sido im-plementadas, es un proceso lar-go que estamos encarando, y en el camino vamos a empren-der cambios que implican para nuestra institución”, manifestó la autoridad a Cambio.

En ese marco, dijo que la ins-titución creada por el mariscal Antonio José de Sucre el 24 de junio de 1826 celebra sus 189 años unida y fortalecida con la misión de servicio a los habitan-tes del territorio nacional.

Señaló que los efectivos de la Policía Boliviana en la ac-tualidad cuentan con un gran potencial profesional adquiri-

do en sus unidades académi-cas y en la práctica de servicio a la ciudadanía.

“Es una institución que tie-ne que ser el ícono de la segu-ridad y eficiencia al servicio. El compromiso es trabajo, entre-ga y dedicación a la sociedad a la que nos debemos”, aseguró.

En esa línea, el subcoman-dante de la entidad verde oli-vo, Iván Javier Cariaga, seña-ló que los resultados de las

mesas de trabajo para la re-forma policial serán puestos a consideración de la opinión pública una vez que estén concluidos.

“Estamos haciendo mesas de trabajo para poder ver las falencias y las potencialidades que tenemos, y creo que ya va-mos a tener algún resultado que lo vamos a hacer conocer después de los actos por nues-tro aniversario”, precisó.

A su vez, el ministro de Go-bierno, Carlos Romero, el lu-nes señaló que la reforma de esa entidad debe surgir desde su interior.

“Se requiere un proceso de transformación y moderniza-ción para que la institución sea fuerte, y para eso se necesi-ta una movilización de la pro-pia institución, nada ni nadie se transforma desde afuera”, manifestó la autoridad.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Una comisión de jueces, junto al exprefecto de Pando Leopoldo Fernández, concretará del 25 al 27 de junio de 2015 una inspec-ción ocular y la reconstrucción de la denominada masacre de Porve-nir, que cobró la vida de más de 13 campesinos en ese departamento, el 11 de septiembre de 2008.

La abogada de las víctimas, Mary Carrasco, informó que se trata de una de las últimas fases del juicio que se venti-la contra esa exautoridad, que tendría suficientes pruebas por los delitos de asesinato, terro-rismo, homicidio, lesiones gra-ves y asociación delictuosa.

“Estamos ingresando a la última fase, después tenemos

Jueces reconstruyen masacre en Porvenir

que enfrentar los alegatos y prepararnos para la senten-cia. Nosotros estamos pidien-do la condena de 30 años de cárcel sin derecho a indulto”, manifestó.

Se conoció que un equipo ju-rídico de alto nivel de la Asam-blea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia estará pre-sente el 25 como observador pri-mero de la inspección del Ae-

Efectivos de la entidad verde olivo se preparan para asumir acciones.

Eventos de septiembre de 2008 en Porvenir.

FASE ó Está previsto que después se ingrese a la etapa de alegatos y sentencia.

A 189 años de su creación la Policía asume reto de reformaPROPUESTA ó Se anuncia que en las siguientes semanas la entidad verde olivo presentará a la ciudadanía los resultados alcanzados en sus mesas de trabajo.

ropuerto Capitán Aníbal Arab, donde también se registró el deceso de civiles y conscriptos, y un día después, de los hechos que se suscitaron en la comuni-dad denominada Tres Barracas y el municipio de Porvenir.

En tanto que la hija del ex-prefecto Pamela Fernández con-firmó la participación de su pa-dre en la reconstrucción de esos sucesos en medio de una fuerte vigilancia policial, en las regio-nes previstas y el lugar donde permanecerá en detención do-miciliaria.

Leopoldo Fernández fue tras-ladado de Cobija hasta la ciudad de La Paz en 2008, acusado de ser el autor intelectual de esos sangrientos hechos que se regis-traron en la región pandina.

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Asesino admite que apuñaló a su parejaREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Un individuo de 28 años admi-tió ayer haber asesinado a pu-ñaladas a su pareja después de una riña cuando consumían bebidas alcohólicas. La decla-ración fue realizada a los me-dios de comunicación en mo-mentos en que fue detenido.

“Sí, la maté”, dijo con la voz entrecortada, ya que aún estaba ebrio cuando fue detenido, se-gún el reporte Erbol.

El hecho ocurrió el miér-coles de la anterior semana, cuando la pareja salió de una fiesta en la localidad de Viacha (La Paz), en estado de ebriedad, y se dirigió a una plaza a conti-nuar bebiendo.

Un par de horas después, ambos jóvenes empezaron a discutir y el varón apuñaló a su pareja hasta matarla y abandonarla.

Luego huyó hasta la ciudad de Cochabamba, adonde estu-vo bebiendo y deambulando por las calles hasta la anoche del lunes, que fue capturado y remitido hasta las celdas por personal de Inteligencia de la Policía.

Acusados por violación, en huelgaREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La Dirección de Régimen Peni-tenciario del Ministerio de Go-bierno informó ayer que los cua-tro internos del centro carcelario de Cantumarca, en Potosí, en huelga de hambre, están procesa-dos por el delito de violación.

El boletín de prensa señala que los reclusos se encuentran preventivamente desde febre-ro de 2010 en un caso, enero de 2011 en otro, octubre de ese mis-mo año un tercero, y el cuarto desde el 1 de junio de 2011.

Las once personas que man-tuvieron la extrema medida en apoyo a esos cuatro internos fueron evacuadas hasta el hos-pital Bracamonte para su res-pectiva atención médica con sa-les de rehidratación y sueros.

Las autoridades del Ministe-rio Público anunciaron acciones para atender las demandas del pliego de peticiones de los inter-nos de Cantumarca que protes-tan por una presunta retarda-ción de justicia, por lo que ya no correspondería que se mantenga esa extrema medida de presión.

miércoles 24 de junio de 2015 POLÍTICA 13

La cita tendrá como invita-do al magistrado de la Corte In-ternacional de justicia Hisashi Owada (Japón), que en la eta-pa de alegatos orales de mayo en el Tribunal pidió a los equi-pos de Bolivia y Chile definir el sentido de acceso soberano al mar “tal como lo entienden”.

La consulta surgió en la rec-ta final de las audiencias orales para resolver la objeción pre-liminar a la competencia que presentó Chile contra la Corte

El procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta.

Conferencia Interamericana analizará demanda marítima

Evaluarán a postulantes al TSE desde el sábado

integrante de la Comisión de Constitución Manuel Canelas.

El sistema de evaluación de méritos comprende cinco cate-gorías: formación académica, producción intelectual, docen-cia universitaria, experiencia y conocimiento de idiomas.

Cada categoría está confor-mada por uno o más criterios de evaluación, no excluyentes entre sí, que hacen un total de once criterios. La Comisión Mix-ta determinará si las personas postulantes cumplen o no cum-plen cada uno de los criterios.

Como parte de la evaluación, la Comisión Mixta de Constitu-ción entrevistará a cada postu-lante habilitado con el fin de

DATO ó Hoy vence el plazo para presentar impugnaciones contra los aspirantes.

normativa electoral del Estado Plurinacional; 3) de las demo-cracias directa y participativa, representativa y comunitaria; y 4) sobre retos de la democracia directa y participativa, repre-sentativa y comunitaria en Boli-via, y propuesta de trabajo.

A efectos de la evaluación en entrevista, la Comisión elabora-rá, por temática, una batería de diez preguntas para los criterios 2 y 3. Cada persona elegirá por sorteo dos preguntas por criterio. Para la evaluación de los criterios 1 y 4, los habilitados deberán rea-lizar una exposición de conoci-mientos. Se podrán realizar las entrevistas paralelamente a la evaluación de méritos.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La evaluación de méritos a los postulantes a vocales del Tri-bunal Supremo Electoral (TSE) por parte de la Comisión Mix-ta de Constitución de la Asam-blea Legislativa Plurinacional (ALP) se iniciará el sábado, una vez que concluya la resolución de las impugnaciones que se presenten hasta esta jornada.

“Vamos a comenzar con la evaluación de los méritos a los postulantes el sábado, después de las impugnaciones y será por tres días, después habrá otros tres días para las entrevistas”, adelantó el diputado del Movi-miento Al Socialismo (MAS) e

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La demanda marítima que Bo-livia presentó en la Corte In-ternacional de Justicia (CIJ), en 2013, contra Chile, será anali-zada en un foro de la 51 Confe-rencia Interamericana de Abo-gados, que se realizará en la ciudad de Lima, Perú, entre el 30 de junio y el 4 de julio.

El coloquio es organizado por la Federación Interame-ricana de Abogados e inte-gra en su agenda preliminar como parte de un foro “La de-manda ante la Corte Interna-cional de Justicia de La Haya, Caso Bolivia - Chile”.

El procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta, participará en el evento y an-ticipó que será un buen esce-nario para desvirtuar la tesis chilena de objetar la compe-tencia del principal órgano ju-dicial de las Naciones Unidas, en busca de que se conozca la demanda marítima.

“Bolivia va a seguir infor-mándole al mundo las falacias en las que se basó una impro-cedente objeción que presen-tó Chile. Habrá una partici-pación importante en una reunión internacional de abo-gados que va a haber en Lima, la siguiente semana”, adelantó el Procurador.

AGENDA ó Entre el 30 de junio y el 4 de julio se realizará el encuentro en Lima, Perú.

El diputado Manuel Canelas.

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Bolivia tiene siete juicios pendientes

Comisión de Ética analiza caso Barral

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El procurador general del Esta-do, Héctor Arce, informó que Bolivia tiene en agenda siete juicios internacionales por la nacionalización de empresas es-tratégicas de diversos rubros.

Entre ellas están las vincula-das con la Empresa Química In-dustrial del Borax y con la na-cionalización de Mallku Qhota, que involucra a South American Silver, entre otras.

“Hay siete procesos pendien-tes, de los cuales tres esperamos llegar a una solución amistosa en esta presente gestión, luego hay dos procesos que se van a llevar hasta las últimas conse-cuencias”, indicó Arce.

El procurador remarcó que Bolivia es el país que más na-cionalizaciones hizo, pero que a la vez más beneficios recibió por estas acciones y que a la fecha es el Estado que menos conflictos legales tiene por es-tas decisiones.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La Comisión de Ética de la Cá-mara de Diputados instalará hoy, a las 15.00, la sesión para considerar la denuncia que presentó la exvocal Dina Chu-quimia contra el diputado su-plente de Unidad Demócrata (UD) Amilcar Barral por acoso político y violencia en razón de género.

La presidenta de la Comisión, Alicia Canqui, dijo que conclu-yó el término de diez días para la entrega de pruebas, tanto de la parte acusadora como de la defensa, por lo que ahora se deberá valorar sus argumentos para luego elevar un informe al plenario de la Cámara Baja.

En esta instancia, el legisla-dor enfrenta una segunda de-nuncia presentada por la jefa de su bancada, Jimena Costa, por realizar presuntamente co-bros irregulares a funcionarios de la Asamblea Legislativa Plu-rinacional. Este proceso está en la etapa de descargos y pruebas de ambas partes.

Además de esas dos denun-cias, la Comisión tiene otras tres que involucran a los dipu-tados Rubén Chambi, Jacinto Vega y Jimena Costa.

400 kilómetros

12 comités

lineales de costa y 120.000 kilómetros cuadrados de territorio perdió Bolivia tras la invasión de Chile (1879).

de penalistas trabajarán en la 51 Conferencia Anual Internacional de Abogados, en Lima, Perú.

evaluar, de forma oral, su cono-cimiento en los siguientes cua-tro criterios: 1) conocimiento y dominio de la Constitución Po-lítica del Estado (CPE); 2) de la

para que no entre al fondo de la demanda marítima boliviana.

Según el programa de la Conferencia Interamericana de Abogados, Owada participa-rá en la plenaria de Justicia In-ternacional que se desarrollará el viernes 3 de julio.

En otra parte de sus decla-raciones, Arce reafirmó el con-vencimiento de Bolivia sobre la jurisdicción de la Corte.

Enfatizó en que la causa boliviana “no tiene nada que ver con el Tratado de 1904, no altera la estabilidad de las fronteras, no viola el princi-pio del pacta sunt servanda (lo pactado obliga)”.

La demanda “busca el cum-plimiento del principio interna-cional del pacta sunt servanda, por lo tanto estas aclaraciones que se las hicieron y que queda-ron evidenciadas en las audien-cias orales en materia jurídica” serán fundamentadas en todos los foros, insistió.

El expresidente Carlos Mesa es el encargado de difundir las causas históricas y jurídicas de la demanda boliviana, precisó el Procurador, para quien es necesario intensificar la cam-paña de difusión durante el pe-ríodo de deliberación que tie-nen los magistrados.

La Corte prevé emitir el dic-tamen antes de fines de año.

miércoles 24 de junio de 2015ECONOMÍA14

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Constructoras internacionales expresaron su interés en for-mar parte de un nuevo progra-ma habitacional implementa-do por la Agencia Estatal de Vivienda (AEVI).

El programa, denominado Comunidades Urbanas, tiene el objetivo de ayudar a reducir el déficit habitacional en Boli-via y también está orientado a recibir la propuesta de inver-sionistas nacionales, explicó a Cambio el gerente de la AEVI, Alfonso Parrado.

Remarcó que existe una buena respuesta del sector pri-vado a la convocatoria de la entidad estatal.

Este nuevo programa con-siste en que una vez aprobado el proyecto propuesto, la AEVI y el inversionista firmarán un contrato de compra y ven-ta con las garantías jurídicas para ambas partes.

En este marco, la empresa será la que cubra todo el gas-to de construcción de la in-fraestructura habitacional, y cuando la obra sea concluida, la AEVI pagará el costo de in-versión a la constructora.

“Pretendemos construir condominios con edificios de cuatro, cinco, ocho, 12 pisos, o con viviendas unifamiliares, pero que cuenten con todos los servicios”, sostuvo.

Añadió que las nuevas edifi-caciones contarán con el servi-cio de televisión por cable gra-cias al satélite boliviano Tupac Katari, además de agua, ener-

Edificio multifamiliar construido en El Alto por el programa estatal.

gía eléctrica, servicios básicos, áreas verdes, de recreación, cerca a unidades educativas y centros comerciales.

Para la ejecución del progra-ma Comunidades Urbanas, la AEVI recibió propuestas que van desde la construcción de 20 hasta 500 viviendas o edifi-cios, precisó Parrado.

El proyecto está orientado con prioridad a reducir el défi-cit habitacional urbano.

De acuerdo con Parrado, entre las proponentes figuran empresas chinas, america-nas y norteamericanas, cuyas propuestas van más allá de sólo edificar casas, sino reali-zar grandes inversiones en la

AEVI recibe oferta de empresas extranjeras para edificar casasINTERÉS ó Los inversionistas internacionales ofrecen construir desde cinco mil viviendas hasta la instalación de industrias para producir casas prefabricadas.

Arch

ivo

20 mil viviendas208.300 casas

meta de construcción que tiene previsto cumplir la estatal del sector para el presente año.

objetivo de construcción propuesto por el Gobier-no nacional hasta el año 2020.

Accesos apoya a productores con Bs 12 MMREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Con el objetivo de mejorar las condiciones de vida en las zo-nas más pobres del país, el Go-bierno apoya iniciativas de em-prendimientos productivos de 52 municipios en los nueve de-partamentos del país.

En este marco, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, a través del Programa de In-clusión Económica para las Fa-milias y Comunidades Rurales (Accesos), respalda 249 empren-dimientos económicos en todo el país con una inversión de Bs 12,1 millones, en beneficio de 4.284 familias.

Del total de beneficiarios, 2.559 son mujeres y 1.735 son varones, lo que quiere decir que la política productiva prioriza la equidad de género.

En ese marco, Accesos impul-sa emprendimientos agropro-ductivos en el altiplano, como la transformación de la leche, producción de cerámica, papa, quinua, cañawa y hortalizas en carpas solares.

De igual manera, en la zona de los valles y amazonia se im-pulsa la apicultura, floricultura, fruticultura, panadería, produc-ción de hortalizas, carpintería, entre otras actividades.

Sectores beneficiados.

Min

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“UNAS EMPRESAS NOS OFRECEN (CONSTRUIR) 20 VIVIENDAS, OTRAS 500, LAS EXTRANJERAS NOS OFRECEN CINCO MIL Y ESTO MERECE OTRO TRATAMIENTO.

Alfonso ParradoDirector ejecutivo de la AEVI

instalación de plantas indus-triales para la producción de casas prefabricadas con tecno-logía de punta.

“Hay una empresa extranje-ra que nos mencionó que una planta podría estar en La Paz, es una empresa canadiense con un boliviano de por medio, ellos están viendo el proceso de negociación (...) Hay otra, una argentina, que nos ha propues-to instalarse en Santa Cruz”, sostuvo Parrado.

Añadió que en este momen-to las empresas extranjeras también evalúan el programa para realizar sus inversiones.

Indi

cado

res

• COTIZACIÓN DE MONEDASCambio en Bs por unidad de moneda

extranjera

Unión Europea 7,65574Japón (Yen) 0,05535Argentina (Peso) 0,75685Brasil (Real) 2,22785Chile 0,01083Colombia 0,00269Ecuador 6,86000Perú 2,15723Rep. Popular China 1,10526Venezuela 1,08889México 0,44509Paraguay 0,00133Uruguay 0,25549

• SESIÓN DEL BOLSÍNMONTO OFERTADO:

$us 100.000.000,00

MONTO DEMANDADO:

$us 0,00

MONTO ADJUDICADO:

$us 0,00

• UFV (UNIDAD DE FOMENTO DE VIVIENDA)

Bs 2,06057 por UFV

• COTIZACIÓN DE LA TASA LIBOR6 meses 0,44%

• ÍNDICES DE INFLACIÓNIPC (Base 2007): 156,43

• INFLACIÓNMensual 0,37%12 meses 4,08%Acumulado 0,75%

• PETRÓLEO EN BOLIVIA$us 59,68 (barril)

• GAS EN BOLIVIA$us 2,73 (BTU)

• COTIZACIONES DE

MINERALES EN DÓLARES

Estaño (Libra fina) 6,88Zinc (Libra fina) 0,93Oro (Onza troy) 1.183,35Plomo (Libra fina) 0,80Cobre (Libra fina) 2,59Plata (Onza troy) 15,96Bismuto (Libra fina) 6,80Antimonio (TMF) 8.000

• PRECIO DEL

DÓLAR (BS)

Venta

6,96Compra

6,86

miércoles 24 de junio de 2015 ECONOMÍA 15

Feria del precio justo en Villa Copacabana

productos que conforman la ca-nasta familiar.

Guillén indicó que cerca de las 07.00 del jueves se inicia-rá con la venta de carne de res, pollo, pan de batalla a Bs 0,40, además de hortalizas y fruta proveniente del trópico de Co-chabamba y del norte paceño.

“La Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Ema-pa) trasladará pan de batalla y

COMERCIO ó Se ofertarán los principales productos de la canasta familiar.

arroz a precio justo”, destacó el Director del Observatorio.

CENTRO DE ABASTO SANTA ROSAComo todos los viernes, las

amas de casa podrán acudir al centro de abasto Santa Rosa de la ciudad de El Alto para adqui-rir alimentos de forma directa del productor al consumidor.

La feria del precio justo com-bate el agio y la especulación.Una vendedora en la feria estatal.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

En inmediaciones del cemente-rio alemán de la zona Villa Co-pacabana, en la ciudad de La Paz, se realizará el jueves la fe-ria del precio y peso justo.

El director del Observatorio Agroambiental del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, Jorge Guillén, informó que en la feria se ofertarán más de 40

Gob

nzal

o Ja

llasi

Bolivia contaba con una fuerza de 250 mil hombres, mientras los paraguayos reu-nieron 150 mil. Los bolivianos tenían varias ventajas, aunque

El presidente Evo Morales oficializó el nuevo descubrimiento de petróleo en Santa Cruz.

Nacionalización y Boquerón marcaron un hito histórico

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La Guerra del Chaco y la nacio-nalización de los hidrocarbu-ros fueron dos hechos históri-cos y políticos que cambiaron el rumbo de la industria ener-gética del país.

El analista económico Max Bairon, en entrevista con Cambio, explicó que el campo Boquerón comprende desde Camiri en la provincia Cordi-llera del departamento de San-ta Cruz hasta Cochabamba.

Con las nuevas reservas de hidrocarburos, los proyectos de exploración petrolera se desplazarán desde Cordillera hasta la provincia cochabam-bina Carrasco.

“Con la nacionalización de hidrocarburos tenemos dos re-percusiones económicas, pri-mero que el Estado tiene más beneficios en la explotación de este yacimiento y nuevas re-servas de hidrocarburos que le pertenecen al Estado”, sostuvo el analista económico.

Indicó que si el Gobierno no hubiera nacionalizado los hidrocarburos no se habrían hallado nuevas reservas y los recursos económicos benefi-ciarían a otros países.

CONTEXTO HISTÓRICOEn 1932 estalla el conflic-

to bélico entre Bolivia y Pa-raguay, enfrentando a ambos países vecinos en un territorio seco, caluroso e inhóspito, pro-picio para contraer enferme-dades tropicales.

IMPACTO ó Con la nueva reserva petrolera del campo Boquerón se reducirá la subvención de hidrocarburos y se ampliarán los proyectos de exploración.

APG

militarmente ambas fuerzas estaban muy bien entrenadas y equipadas.

En este marco, la Batalla de Boquerón fue una de las más importantes y cruentas con-tiendas bélicas registrada du-rante la Guerra del Chaco.

El historiador boliviano Jesús Llusco Mamani señaló a Cambio que la Guerra del Chaco se activó en defensa de los intereses económicos de los recursos naturales.

“La Guerra del Chaco ha generado una serie de simbo-lismos de lo que se llegó a de-nominar la nacional boliviana, con una fuerte identidad nacio-nalista”, remarcó el experto.

Señaló que los principales efectos de esa contienda sur-gieron por el encuentro de di-versas clases sociales y generó una conciencia nacional-popu-lar en torno a la defensa de los recursos naturales.

POZOS PETROLEROSDe acuerdo con datos de

YPFB Andina, el campo Camiri fue el primer importante reser-vorio de petróleo. La producción promedio, en enero de 2014, era de 145 barriles de petróleo por día (BPD) y 4 BPD de agua.

La Peña es el segundo de mayor importancia. Aunque fue descubierto en 1965, recién en 1970 empezó su desarrollo.

28 millones

220 millones

de barriles de petróleo tienen las nuevas reservas que se encontraron en el campo Boquerón.

de dólares invertirá YPFB Andina para explotar las nuevas reservas de petróleo encontradas en Yapacaní, Santa Cruz.

Emapa vende harina de trigo a Bs 150

Transporte sube gasto por paro en Chile

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La Empresa de Apoyo a la Pro-ducción de Alimentos (Emapa) venderá harina de trigo de 50 ki-los a Bs 150 a los panificadores independientes y personas em-prendedoras que deseen elabo-rar pan de batalla a Bs 0,40 ante la amenaza de una posible alza del precio en Oruro.

El gerente de Emapa, Aveli-no Flores, informó que algunos sectores determinaron que en el área rural de Oruro el pan se comercializará a Bs 0,40, pero en la zona urbana se ha estable-cido aumentar el precio.

“El incremento al pan de ba-talla no es justificado en absolu-to, no se puede tener una eleva-ción indiscriminada de Bs 0,10 a la unidad de pan”, aseguró.

En ese marco, invitó a los productores independientes y a la población en general a adqui-rir harina de la empresa estatal.

“Mantendremos reuniones con la junta de vecinos, Goberna-ción, Alcaldía y el Comité Cívico orureño para garantizar el pre-cio del pan a Bs 0,40”, remarcó.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El presidente de la Cámara de Transporte Pesado de El Alto, Gustavo Rivadeneira, informó a Cambio que su sector incremen-tó en un 80% el costo operativo tras el paro del Sindicato Nú-mero 2 de Muellaje en Iquique y Terminal Internacional (ITI).

Rivadeneira explicó que un transportista destina $us 200 diarios a cada camión por cos-tos operativos y por el paro este monto aumentó a $us 370.

“Al tomar otras rutas alter-nativas, el transportista incre-menta entre un 70% y 80% el costo operativo porque en for-ma paralela se realiza un trámi-te en la Aduana chilena para el cambio de destino”, dijo.

Manifestó su confianza en las gestiones realizadas por la Cancillería boliviana para acu-dir a instancias internacionales con el fin de que el Gobierno chileno repare los daños econó-micos al transporte, a los im-portadores y exportadores afec-tados del país.

Recordó que el sector perdió $us 36 millones a causa del paro.

miércoles 24 de junio de 2015PUBLICIDAD16w

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s.go

b.bo

RAZON SOCIAL NOMBRE NIT IMPUESTO

ALCANCEPERIODOS FISCALES

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA Y DOCUMENTACION E INFORMACION QUE SE SOLICITA

CABRERA ALMANZA

VALERIA FATIMA4779894012

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

04/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI17309, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

abr-11 1020199024 290100000000 47606abr-11 1020199024 290100000000 47610abr-11 1020229024 290400000000 13993abr-11 1020229024 290400000000 15754abr-11 1020229024 290400000000 16963abr-11 1020229024 290400000000 17187abr-11 1028167028 790400000000 3349abr-11 1028547029 790400000000 31163

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

GUAQUI QUISPE GERMAN 2697762016

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

02/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI17030, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas de compras originales detallada de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

02/2011 4751522010 2001001895505 414) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

MUÑOZ MEJIA JOSE FRANCISCO 2477932017

IVA-IT (Debito IVA

y su efecto en el IT)

12/2010

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 2013OVI00182, solicitando la siguiente documentación:1) Declaraciones Juradas de los periodos observados (Formulario 200 y Formulario 400)2) Libro de Ventas IVA de los periodos observados3) Copia de las facturas de ventas, de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo Declarado

Importe Informado Importe Casilla 13 F-200

12/2010 5.040.151,41 97.895,00TOTALES 5.040.151,41 97.895,00

4) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

MIRANDA MIRANDA JHENIFER

6733336017IVA

(Verificación Interna - Crédito

Fiscal)

01, 02,04, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI01487, solicitando la siguiente documentación:1) Declaraciones Juradas de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas de compras originales detallada de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

01/11 1023233029 390400111119 353901/11 1023233029 390400111119 363201/11 1020231026 290400215270 411801/11 1020231026 290400215270 423301/11 1020231026 290400215270 433401/11 1023233029 390400111119 439801/11 1020231026 290400215270 443301/11 1020231026 290400215270 468601/11 1020231026 290400215270 478701/11 1023233029 390400111119 483001/11 1020231026 290400215270 513801/11 1023233029 390400111119 532001/11 1020231026 290400215270 532101/11 1023233029 390400111119 567801/11 1023233029 390400111119 577901/11 1020231026 290400215270 595701/11 1020115028 290400206247 46936801/11 1023233029 390400111119 515601/11 1023233029 390400111119 408401/11 1023233029 390400111119 385602/11 1020231026 290400215270 695202/11 1023233029 390400111119 701102/11 1023233029 390400111119 712302/11 1023233029 390400111119 728102/11 1023233029 390400111119 801402/11 1020231026 290400215270 804002/11 1020231026 290400215270 813504/11 1023233029 390400111119 1139304/11 1023233029 390400111119 1156204/11 1023233029 390400111119 1206304/11 1023233029 390400111119 1238306/11 1023233029 390400131883 119306/11 1023233029 390400131883 138006/11 1020231026 290400252567 210606/11 1023233029 390400131883 217306/11 1020231026 290400252567 238206/11 1023233029 390400131883 267006/11 1023233029 390400131883 285806/11 1023233029 390400131883 294606/11 1020231026 290400252567 304006/11 1020231026 290400252567 326906/11 1020231026 290400252567 356506/11 1023233029 390400131883 178606/11 1020231026 290400252567 270707/11 1023233029 390400131883 354807/11 1023233029 390400131883 400207/11 1023233029 390400131883 409807/11 1023233029 390400131883 464607/11 1023233029 390400131883 483607/11 1023233029 390400131883 535007/11 1023233029 390400131883 562207/11 1023233029 390400131883 522507/11 1023233029 390400131883 448607/11 1023233029 390400131883 391707/11 1020115028 290400243746 475901

RAZON SOCIAL NOMBRE NIT IMPUESTO

ALCANCEPERIODOS FISCALES

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA Y DOCUMENTACION E INFORMACION QUE SE SOLICITA

07/11 1020115028 290400243746 47590107/11 1007039026 290400253012 30965108/11 1023233029 390400131883 613308/11 1023233029 390400131883 690108/11 1023233029 390400131883 722008/11 1023233029 390400131883 732908/11 1023233029 390400131883 757508/11 1023233029 390400131883 779108/11 1023233029 390400131883 789108/11 1023233029 390400131883 839908/11 1023233029 390400131883 851608/11 1023233029 390400131883 803408/11 1023233029 390400131883 667308/11 1023233029 390400131883 646809/11 1023233029 390400131883 909609/11 1023233029 390400131883 945809/11 1023233029 390400131883 969809/11 1020231026 290400252567 1033609/11 1023233029 390400131883 1039109/11 1020231026 290400252567 1048409/11 1020231026 290400252567 1057109/11 1023233029 390400131883 1090009/11 1023233029 390400131883 1111209/11 1023233029 390400131883 1126909/11 1023233029 390400131883 1141909/11 1023233029 390400131883 1059109/11 1023233029 390400131883 1017509/11 1023233029 390400131883 990909/11 1020231026 290400252567 1082209/11 1020231026 290400252567 1065509/11 1020231026 290400252567 1025009/11 1020231026 290400252567 1007409/11 1020539025 290100273270 1243510/11 1023233029 390400131883 1190110/11 1023233029 390400131883 1243310/11 1023233029 390400131883 1280110/11 1023233029 390400131883 1294610/11 1020231026 290400252567 1295010/11 1020231026 290400252567 1319610/11 1023233029 390400131883 1338510/11 1020231026 290400252567 1364110/11 1023233029 390400131883 1366210/11 1023233029 390400131883 1393710/11 1023233029 390400131883 1468710/11 1023233029 390400131883 1516010/11 1023233029 390400131883 1432010/11 1020613020 29040024694 242723611/11 1023233029 390400165334 2611/11 1023233029 390400165334 22211/11 1023233029 390400165334 34411/11 1023233029 390400165334 56811/11 1023233029 390400165334 69011/11 1023233029 390400131883 1525411/11 1023233029 390400131883 1542511/11 1023233029 390400131883 1559111/11 1023233029 390400131883 1572911/11 1023233029 390400131883 1596611/11 1023233029 390400131883 1643811/11 1023233029 390400131883 1680711/11 1023233029 390400131883 1628611/11 1023233029 390400165334 79811/11 1023233029 390400165334 46912/11 1023233029 390400165334 121912/11 1023233029 390400165334 134812/11 1023233029 390400165334 179612/11 1020231026 290400304438 219612/11 1020231026 290400304438 239312/11 1020231026 290400304438 259212/11 1023233029 390400165334 267512/11 1020231026 290400304438 279512/11 1020231026 290400304438 307412/11 1023233029 390400165334 327312/11 1023233029 390400165334 359312/11 1023233029 390400165334 379912/11 1020231026 290400304438 390612/11 1023233029 390400165334 404612/11 1020231026 290400304438 408612/11 1020231026 290400304438 417512/11 1023233029 390400165334 395812/11 1023233029 390400165334 245012/11 1028177026 290400304438 366912/11 1028177026 290400304438 347412/11 1020625023 290100269388 444312/11 1007039026 290100245715 914345912/11 1007039026 290400382206 259288

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

TANCARA MENDOZA

ALEJANDRO 2686913016IVA

(Verificación Interna - Crédito

Fiscal)

01/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI17023, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas de compras originales detallada de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización

No Factura

ene-11 1020235024 290400214046 6669

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de Junio de dos mil quince.

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Artículo 86° del Código Tributario Ley 2492, por el presente EDICTO, cita, llama y emplaza al (a los) contribuyente(s) que se detalla(n) a continuación, para que por sí o mediante apoderado debidamente acreditado se apersone(n) ante las oficinas de esta Gerencia Distrital, Departamento de Fiscalización, Supervisoría de Verificación Interna y/o Fiscalización Externa, ubicada en la Av. Montes Nro. 515, a objeto de aclarar las observaciones que se han detectado dentro del (de los) proceso(s) de fiscalización y/o verificación detallado(s) en la presente publicación.En tal sentido se le(s) comunica que en el término perentorio de cinco (05) días hábiles a partir de esta legal notificación deberá(n) presentar la documentación original detallada para cada caso y para los periodos fiscales indicados. De no presentarse, esta Gerencia proseguirá conforme normativa vigente al respecto.

miércoles 24 de junio de 2015 CULTURAS 17

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

En casi dos años de existencia, el Centro de Investigaciones Sociales (CIS), dependiente de la Vicepresidencia del Estado, ha encarado la descolonización de la investigación social.

El director del CIS, Amaru Villanueva, explicó que para lle-gar a esto uno de los fines de las investigaciones que realiza la institución es hacerlas llegar a públicos diversos a través de len-guajes distintos, haciendo acce-sible este material académico al mayor número posible de perso-nas, especialmente a las que tra-dicionalmente no participan o consumen investigación social.

HACIA UNA MAYOR DIFUSIÓNLa difusión del material ob-

tenido en las investigaciones es primordial para el CIS. En ese sentido, Villanueva indica que el año pasado se organizaron más de 40 eventos para dar a co-nocer los resultados y alcances de distintos trabajos, contan-do con gran participación de la ciudadanía en muchos de ellos, como fue la llegada de David Harvey en el ciclo de conferen-cias Pensando el mundo desde Bolivia. Hay apetito por las ideas, por debatir temas importantes en el Estado Plurinacional, afirmó.

Sostuvo que también se rom-pió el supuesto de que la gen-te sólo se acerca a eventos aca-démicos si se le regala algo (en particular libros), ya que en la anterior gestión el CIS vendió miles de ejemplares de sus pu-blicaciones, algo que se quiere llevar más lejos con la Bibliote-ca del Bicentenario de Bolivia (BBB), proyecto editorial que está a cargo de esta instancia.

Villanueva manifiesta que este interés por la investigación no se queda en las actividades, ya que en forma frecuente varias personas se acercan a las oficinas del CIS a solicitar material, hacer preguntas y proponer proyectos.

En este sentido, la directo-

Una actividad del CIS, con la presencia de Villanueva, Rickard Lalander y Xavier Albó.

Debate plural y formación de nuevos investigadores son las metas del CISTEORIZACIÓN ó El sujeto que compone el Estado Plurinacional es el centro del trabajo académico de la institución.

ra Académica del CIS, Ximena Soruco, explicó que con las in-vestigaciones publicadas y con la BBB, la institución quiere in-crementar los niveles de lectura, compitiendo en el área de la pro-ducción intelectual con textos de calidad (en contenido y presenta-ción) a bajos costos. Indicó que para esto se debe aumentar el número de lectores, y uno de los primeros pasos que se está reali-zado para esto es la creación de una base de datos de la bibliote-cas públicas a nivel nacional, con la meta de llegar a todas ellas con el material propio editado.

Soruco explicó que otro obje-tivo es incursionar en el ámbito internacional mediante los libros electrónicos. Igualmente, expre-só su deseo de que estos textos puedan ser incluidos en las com-putadoras Kipus. “De nada sirve publicar brillantes investigacio-nes si nadie las lee, tenemos que activar y generar la demanda para estos productos académicos” redondeó Villanueva.

DINÁMICA DE INVESTIGACIÓNLa Directora Académica ex-

plicó que la dinámica de inves-tigación parte de la pregunta

CIS

¿qué debería estudiar hoy un centro de investigaciones del Es-tado? La conclusión a la que lle-garon fue que la característica del proceso de cambio son los sujetos que lo componen, y lo que le interesa al CIS es enten-der las personas que emergen y que forman parte del Estado.

Para esto se conformaron tres líneas de investigación: Estado, economía y transformación so-cial, cada una con un coordina-dor y desarrollando tres proyec-tos de investigación, cada uno con un responsable, un investi-gador y un asistente, con la carac-terística de que este último tiene un carácter formativo.

Soruco manifestó que a través del trabajo cotidiano del CIS se busca formar nuevos investigado-res y así apoyar el rol de las uni-versidades en la formación prácti-ca de jóvenes investigadores.

Reflexionó sobre las directri-ces del CIS, en sentido de que se planteó ir más allá de las consul-torías de los años 90 y 2000 para no hacer investigaciones cortas, por lo que el CIS realiza traba-jos de al menos seis meses de duración, siendo el promedio de cada investigación de alrededor

de 10 meses. Indicó que los in-vestigadores no deben quedarse en la reflexión teórica, sino rea-lizar trabajo de campo.

Soruco manifestó que los te-mas a investigarse se escogen en relación con las demandas que identifica el CIS y propuestas de investigación, posteriormente se organizan seminarios de presen-tación de los proyectos para que el público, especialistas, Estado, tomadores de decisiones de políti-ca pública apoyen y den insumos. Después se presentan y debaten los hallazgos, para luego publicar y difundir la investigación.

NUEVOS INVESTIGADORESEl carácter formativo, inclui-

do en los equipos de investiga-ción, es una de las formas en las que el CIS fomenta la incursión y participación de nuevos inves-tigadores a través de continuas convocatorias. Villanueva remar-có que este proyecto, si bien está asociado a la investigación, tam-bién busca formar líderes y perso-nas con criterio muy elevado con comprensión desarrollada del Estado Plurinacional, como una forma de encontrar talentos y po-nerlos al servicio del CIS u otras instituciones.

El centro también lleva adelan-te el Concurso Nacional de Tesis en Ciencias Humanas y Sociales, que tiene la finalidad de premiar a las mejores tesis que se encuen-tren enmarcadas en las líneas del CIS. Sin embargo, la institución quiere llegar más lejos. Soruco informó que el sueño del centro para el próximo año es constituir un fondo de investigación que no sólo abarque a investigadores dentro de la organización, sino a realizar convocatorias públicas a nivel nacional para poder finan-ciar equipos en varios lugares del país, de acuerdo con una agenda planteada por el Estado en temas de investigación, lo que se confor-maría en un llamado oficial a in-vestigadores en el país para que presenten propuestas para ser fi-nanciadas.

OBJETIVOS Y PROYECCIÓNVillanueva sostuvo que el CIS

tiene varias investigaciones en curso y por ser publicadas. Asi-mismo está en proceso de finali-zar la consolidación e institucio-nalización del centro, así como elevar su perfil nacional e inter-nacional y armar y socializar una agenda de investigación que sea coherente, íntegra y útil.

Recalcó que todavía está pen-diente la tarea de demostrar al Estado y a los que leen sus pro-ducciones que la investigación social no sólo sirve para el mun-do académico, sino para el desa-rrollo intelectual, para la socia-lización de ciertas ideas en el país y para su debate en la ciu-dadanía y el Estado.

Recordó que a finales del si-glo pasado, la investigación so-cial se había “oenegizado” con trabajos muy puntuales y dirigi-dos a un producto que aportaba a una coyuntura, pero sin ser un aporte académico trascen-dente, por lo que se evidenció la necesidad de producir informa-ción útil para a comprensión del Estado y la toma de decisiones estratégicas del mismo, pero que esta labor se mide con un alcance que va más allá de la co-yuntura actual, y que se podría evidenciar dentro de 10 o 15 años, logrando una convergen-cia entre el aporte académico y el público mediante el entendi-miento del sujeto que compone el Estado Plurinacional. De esa manera, explicó, la investiga-ción dejará los círculos delimi-tados de la élite intelectual para alcanzar la descolonización en el contexto de la investigación.

Por lo pronto, los textos del CIS se venden en la Biblioteca de la Vicepresidencia, y en algunos casos los textos están a disposi-ción de instituciones de forma libre. En cada presentación de la Vicepresidencia los libros tam-bién pueden ser comprados, así como en las ferias nacionales del libro y pronto se incursionará en la consignación en librerías.

miércoles 24 de junio de 2015PUBLICIDAD18

continúa en la página 19

EDICTOEL GERENTE REGIONAL LA PAZ Lic. José Blacud Morales, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86 del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 cita, llama y emplaza al Sr. SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA con C.I. 3117042 OR.; para que tome conocimiento de la presente RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLPZ-ULELR Nº 012/2015 de fecha 14 de Mayo de 2015; debiendo apersonarse dentro del plazo de 20 días calendario a partir de su legal notificación en las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la Calle Ignacio Cordero, Nº 961 Edif. Torre Olimpo Piso 1 Zona Calacoto de la ciudad de La Paz, para recabar la documentación señalada, a efecto de plantear la impugnación prevista por ley.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCIÓN DETERMINATIVA.--- AN-GRLPZ-ULELR Nº 012/2015.---- La Paz, 14 de Mayo de 2015.---- VISTOS: -----------------------------El Informe AN-GNFGC-DFOFC-171/12 de fecha 26/12/2012, Vista de Cargo N° 005/2013 de fecha 09/01/2013, el Informe de evaluación de descargos GRLPZ-UFILR-I-150/2015 de fecha 11/03/2015 y la revisión de todos los antecedentes del proceso: ------------------------------------------CONSIDERANDO: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en aplicación del artículo 104 parágrafo I. de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano” y el procedimiento de Fiscalización Aduanera Posterior, aprobado mediante Resolución de Directorio No. RD. 01-008-11, la Aduana Nacional ha dispuesto la verificación de la Declaración Única de Importación (DUI) 2009/234/C-4569 de 23/12/2009, que corresponde al operador SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA con cédula de identidad 3117042 OR., en cumplimiento a la Orden de Fiscalización Aduanera Posterior N° 042/2012 de 23/10/2012. ---------------------------------Que, mediante publicaciones de 01/11/2012 y 05/11/2012 en el medio escrito “La Prensa”, se procedió a la notificación mediante edictos al operador Severo Ramiro Gutierrez Poma con cédula de identidad 3117042 OR., con la Orden de Fiscalización Aduanera Posterior N° 042/2012 de 23/10/2012.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el informe AN-GNFGC-DFOFC-129/12 de 31/10/2012, en su romano II Ampliación Orden de Fiscalización, señala “2.1 Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT S.A.; La RD-01-016-07 de 26/11/2007 que establece los requisitos, Formalidades y Procedimientos para el Desarrollo de Operaciones de Reacondicionamientos y Recepción, Así como las formalidades para su Venta y Salida de Vehículos desde Zonas Francas Industriales indicada en su Artículo CUARTO (Inspección de vehículos) 1. Inspección previa de los vehículos por el concesionario a fin de determinar sus características: “El concesionario emite el parte de recepción individualizado por cada vehículo, elabora el “Formulario de Inventario de Accesorios” e indica y consigna manualmente las características de los vehículos en el “Formulario de Inspección previa – Detalle de Ingreso (F-187)” anexo 1…”, por lo que el Concesionario es responsable de la información incluida en el Formulario 187 respecto a las características del camión incluyendo la capacidad de carga (…).-------------------------------------------------------------------------------------------------- Por lo expuesto se establece responsabilidad solidaria para el Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial y ZOFRAPAT S.A. con NIT: 1005057029 por el daño económico en perjuicio del Estado, al consignar de forma errónea la capacidad de arrastre del camión objeto de importación en el Formulario 187, induciendo a una incorrecta clasificación arancelaria del Camión marca Mitsubishi, Tipo Canter, importado de Zona franca Iquique – Chile nacionalizado por el Operador Severo Ramiro Gutiérrez Poma, de acuerdo al cuadro siguiente”. -----------------------------------------DEUDORES SOLIDARIOS---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

No. Razón Social NIT Representante Legal CI Cantidad de DUI’s T.O. Bs

Deuda Tributaria

(multa 100%) Bs

Deuda Tributaria

(multa 100%) UFV

1CONCESIONARIO

DE ZONA FRANCA

ZOFRAPAT S.A.

1005057029Jorge Luis Cisneros

Figueroa2213135

LP1 31.755,00 74.096,00 41.441,41

TOTAL 31.755,00 74.096,00 41.441,41

Que, el informe AN-GNFGC-DFOFC-129/12 de 31/10/2012 en su romano III. Conclusión y Recomendación señala “…se concluye que en la fiscalización iniciada con Orden de Fiscalización N° 042/2012 de 23/10/2012, en aplicación de los artículo 160° numeral 3 y sancionada en el artículo 165 del Código Tributario Boliviano, se establecen indicios de comisión de contravención tributaria por omisión de pago. Por otro lado de acuerdo al artículo 152° de Código Tributario Boliviano se establece responsabilidad solidaria para el Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial y ZOFRAPAT S.A. con NIT: 1005057029 por el presunto daño económico en perjuicio de Estado. ----------------------------------------------Asimismo, en aplicación del numeral 3 Ampliación de la Orden de Fiscalización del Procedimiento de Fiscalización Aduanera Posterior aprobado con Resolución de Directorio RD-01-008-11 de 22/12/2011, se recomienda emitir las Ordenes de Fiscalización Aduanera Posterior ampliatorias a nombre del Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial y ZOFRAPAT S.A. con NIT: 1005057029 representado por JORGE LUIS CISNEROS FIGUEROA con C.I. 2213135 LP”. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en aplicación del artículo 104 parágrafo I. de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano” y el procedimiento de Fiscalización Aduanera Posterior, aprobado mediante Resolución de Directorio No. RD. 01-008-11, la Aduana Nacional ha dispuesto la verificación de las operaciones dentro de Zona Franca relacionadas a la Declaración Única de Importación (DUI) 2009/234/C-4569 de 23/12/2009, cuyo Concesionario es Zona Franca Comercial e Industrial “ZOFRAPAT S.A.” con NIT 1005057029., en cumplimiento a la Orden de Fiscalización Aduanera Posterior N° 042-1/2012 de 01/11/2012.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en fecha 16/11/2012, se procedió a la notificación personal al Sr. Jorge Luis Cisneros Figueroa con cédula de identidad 2213135 LP., representante legal del Concesionario de Zona Franca Industrial y Comercial ZOFRAPAT S.A. con NIT 1005057029 con la Orden de Fiscalización Aduanera Posterior N° 042-1/2012 de 01/11/2012. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Informe AN-GNFGC-DFOFC-171/12 de 26/12/2012, en su numeral 1.3. Objetivo, señala “El objetivo de la presente fiscalización es verificar el cumplimiento de la normativa aduanera vigente y la correcta liquidación de tributos aduaneros, en la Declaración Única de Importación tramitada 2009/232/C-4569 de 23/12/2009 efectuada por el operador SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA en la gestión 2009”, que en su numera 1.4 Alcance; del referido informe señala “El alcance comprende la Declaración Única de Importación N° 2009/232/C-4569 de 23/12/2009 incluida en la Orden de Fiscalización, tramitada en la Administración de Aduana Zona Franca Industrial PATACAMAYA, por la Agencia Despachante de Aduana WALTER CARLOS CARREÑO ESPINAL / AGENTECA”.----------------------------------------------------------------------------------------Que, el Informe AN-GNFGC-DFOFC-171/12 de 26/12/2012 en su numeral 2.1.3 Páginas de Internet señala: “A objeto de verificar las características del vehículo observado, se ha obtenido la ficha técnica de un vehículo similar, considerando el año modelo, el número de chasis, y a cilindrada del camión objeto de revisión de las páginas web: http://auto.japancar.ru/?code=auto&mode=catalogue”---------------------------------------------------Que, el Informe AN-GNFGC-DFOFC-171/12 de 26/12/2012, en su romano III. Establece el RESULTADO DE LA FISCALIZACIÓN y señala que de la revisión de la Subpartida Arancelaria asignada en la DUI 2009/234/C-4569 de 23/12/2009 para la importación del camión, Marca MITSUBISHI, Tipo: CANTER, Cilindrada: 5250, Modelo: 2003 tramitada por la Agencia Despachante de Aduanas AGENTECA para el operador SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA y de la información proporcionada por la Agencia y el Concesionario de la Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT S.A. se identificaron las siguientes observaciones: ---------------------------------------------------------------------------------------• 3.1 Incorrecta Apropiación de la Partida Arancelaria que afecta a los Tributos Aduaneros. ------------------------------------------------------------------ Que, Durante la gestión 2009 el operador realizó el trámite de nacionalización de un vehículo camión marca MITSUBISHI, tipo CANTER mediante Declaración Única de Importación 2009/234/C-4569 de 23/12/09 registrando en forma errónea la subpartida arancelaria 8704.22.20 (Con carga máxima superior a 6,2 t pero inferior o igual a 9,3 t), la cual grava el 5% por G.A., 14,94% por I.V.A., y 0% por I.C.E. ----------------------------Así también se procedió a verificar las características de los vehículos con las fichas técnicas de los catálogos obtenidos de las páginas mencionadas en el punto 2.1.2, determinándose que el peso bruto vehicular es inferior a 6,2 toneladas (6.200 Kg), por lo que de acuerdo a la Regla Nº 1 de las Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura, la apropiación arancelaria de este vehículo no corresponde a la subpartida 8704.22.20 (Superior a 6,2 t pero inferior o igual a 9,3 t), sino que en función del peso a la subpartida 8704.22.10.00.0 (Inferior o igual a 6,2t) según el siguiente detalle:-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DIFERENCIA DETERMINADA EN LA PARTIDA ARANCELARIA ASIGNADA--------------------------------------------------------------------------

CAPACIDAD DE CARGA DECLARADA CAPACIDAD DE CARGA S/G FISCALIZACIÓN

S/G FRV F-187

PESO DEL VEHÍCULO S/G Parte de

Recepción

TOTAL PESO BRUTO

VEHICULAR

PARTIDA ARANCELARIA

DECLARADA

S/G FISCALIZACIÓN

*PESO DEL

VEHÍCULOTOTAL PESO

BRUTO VEHICULAR

PARTIDA ARANCELARIA

CORRECTA

3.000 3.230(*) 6.230 8704.22.20.00.0 2.000 3.230(**) 5.230 8704.22.10.00.0

(*) Verificado en fichas técnicas obtenidas de páginas web autorizadas por la Gerencia Nacional de Normas. ---------------------------------------------(**)Se incluye el peso del conductor y del combustible. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Entendiéndose por Peso Bruto Vehicular de acuerdo a la terminología definida en el “Procedimiento para el Régimen de Tránsito Aduanero”, aprobado por la Resolución de Directorio 01-005-08 de 19/02/2008 “Peso Bruto Vehicular (PBV) Aplicable a medios de transporte automotores que se internan a territorio aduanero nacional, corresponde al peso bruto (tara) de la carrocería y chasis del medio de transporte, más la capacidad de carga útil del mismo.” -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En tal sentido y considerando que la subpartida arancelaria 8704.22.10.00 “Inferior o igual a 6,2t”, grava el 10% por G.A., 14,94% por I.V.A., y el 30% o 50% por I.C.E. dependiendo la antigüedad del vehículo, de acuerdo al Anexo VII del D.S. 28963 de 06/12/06, se determina que no se aplicaron adecuadamente las tasas porcentuales de tributos en la tramitación de la DUI Nº. 2009/232/C-4569 de 23/12/2009-----------------------------Por lo expuesto, debido a que el operador Sr. SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA, y el Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT. S.A., no proporcionaron documentación que respalde la capacidad de carga consignada en la casilla” del “Formulario de Inspección previa – Detalle de Ingreso (F-187)”, generando un registro erróneo en la casilla capacidad de carga del Formulario de Registro de Vehículo (FRV) y a su vez una incorrecta apropiación en la posición arancelaria: 8704.22.20.00.0 (- - - Superior a 6.2 t. pero inferior o igual a 9.3 t.) en la DUI 2009/234/C-4569 de 23/12/2009, que grava con el 5% de GA, 14.94% de IVA y 0% de ICE, siendo la correcta subpartida arancelaria 8704.22.10.00.0 (--- Inferior o igual a 6.2 t.), aplicando las siguientes alícuotas: Gravamen Arancelario del 10% de acuerdo al Arancel Aduanero de Importaciones 2009 y el correspondiente Impuesto al Consumo Específico (ICE) entre 50% y 30% dependiendo de la antigüedad del vehículo, en función a lo establecido en el Anexo VII del D.S. 28963 de 06/12/06; por lo que se determina que existen indicios de presunta comisión de contravención tributaria por Omisión de Pago de acuerdo a lo establecido en el artículo 160º numeral 3 del Código Tributario Boliviano y sancionado en el artículo 165º de la misma disposición legal que señala: “El que por acción u omisión no pague o pague de menos la deuda tributaria, no efectúe las retenciones a que está obligado u obtenga indebidamente beneficios y valores fiscales, será sancionado con el cien por ciento (100%) del monto calculado para la deuda tributaria.” -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DIFERENCIA DETERMINADA EN LA APLICACIÓN DE PARTIDA ARANCELARIA Y TASAS PORCENTUALES---------------------------------

MODELO AÑOS DE ANTIGÜEDAD

SEGÚN DUI SEGÚN FISCALIZACIÓNPARTIDA

ARANCELARIA TASA GA TASA ICE PARTIDA ARANCELARIA TASA GA TASA ICE (*)

2003 6 8704.22.20.00.0 5% 0% 8704.22.10.00.0 10% 30%

(*)El ICE determinado para un vehículo con antigüedad de 6 años, en base al Anexo VII del DS N° 28963 de 06/12/06 que aprueba el Reglamento a la Ley 3467 para la importación de vehículos automotores, es de 30%.-------------------------------------------------------------------------------------------Por lo que en aplicación del Art 47 del Código Tributario Boliviano se establece un tributo omitido de Bs 31.945,00 (Treinta y un mil novecientos cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) y una deuda tributaria actualizada al 21/12/12 de Bs 74.140,00 (Setenta y cuatro mil ciento cuarenta 00/100 Bolivianos) equivalentes a 41.219.12 UFV´s (Cuarenta y un mil doscientos diecinueve 12/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) de acuerdo al siguiente resumen: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DEUDA TRIBUTARIA DETERMINADA POR INCORRECTA ASIGNACIÓN DE PARTIDA ARANCELARIA------------------------------------------

Corr. DUI Nº Ítem Descripción DUI

Tributo Omitido G.A Bs.

Tributo Omitido

IVA Bs.

Tributo Omitido

ICE. Bs.

Total Tributo Omitido

Actualizado Bs

Intereses Determinados

Bs.

Deuda Tributaria

(incluye multa 100% del TO) Bs

Deuda Tributaria

(incluye multa 100% del TO)

UFV`s

1 2009/234/C-4569 1

SUPERIOR A 6.2 T. PERO

INFERIOR O IGUAL A 9.3 T.

3.523,00 527,00 23.256,00 31.945,00 10.250,00 74.140,00 41.219,12

TOTAL 3.523,00 527,00 23.256,00 31.945,00 10.250,00 74.140,00 41.219,12

• 3.2 Responsabilidad Solidaria------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, por la observación establecida en el punto 3.1 del Informe AN-GNFGC-DFOFC-129/12 de 31/10/2012, se presume responsabilidad solidaria---Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial: ZOFRAPAT S.A. -----------------------------------------------------------------------------------------De acuerdo a lo establecido en la RD_01-016-07 de 26/11/2007 que indica en su Art 4º “Inspección previa de los vehículos por el concesionario a fin de determinar sus características el concesionario emite el parte de recepción individualizado por cada vehículo, elabora el “Formulario de Inventario de Accesorios” e indica y consigna manualmente las características de los vehículos en el “Formulario de Inspección previa – Detalle de Ingreso (F-187)” anexo 1. En forma excepcional el concesionario puede contratar una empresa de servicio conexo especializada para tal fin, lo cual no deslinda su responsabilidad en cuanto a la información de las características del vehículo”. ----------------------------------------------------------Asimismo, la Ley 2492 establece en su artículo 152º “(Responsabilidad por Daño Económico) si del resultado del ilícito tributario emerge daño económico, en perjuicio del estado, los servidores públicos y quienes hubieran participado en el mismo, así como los que se beneficien con su resultado, serán responsables solidarios e indivisibles para resarcir al Estado el daño ocasionado. A los efectos de este código, los tributos omitidos y las sanciones emergentes del ilícito, constituyen parte principal del daño económico al Estado”-------------------------------------------------------------------------------La presunta responsabilidad del Concesionario antes citado asciende a un tributo omitido de Bs 31.945,00 (Treinta y un mil novecientos cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) y una deuda tributaria actualizada al 21/12/12 de Bs 74.140,00 (Setenta y cuatro mil ciento cuarenta 00/100 Bolivianos) equivalentes a 41.219.12 UFV´s (Cuarenta y un mil doscientos diecinueve 12/100 Unidades de Fomento a la Vivienda). ---------------------------------RESPONSABILIDAD SOLIDARIA CONCESIONARIO Y USUARIO-----------------------------------------------------------------------------------------

No. Razón Social Representante Legal T.O. Bs Interés Deuda Tributaria

(multa 100%) BsDeuda Tributaria (multa

100%) UFV

1CONCESIONARIO DE ZONA FRANCA

ZOFRAPAT S.A.

Jorge Luis Cisneros Figueroa

31.945,00 10.250,00 74.140,00 41.219,12

TOTAL 31.945,00 10.250,00 74.140,00 41.219,12

CONSIDERANDO: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Informe AN-GNFGC-DFOFC-171/12 de 26/12/2012 en su romano V. Conclusiones señala:--------------------------------------------------------“5.1 De la Observación 3.1 Incorrecta Apropiación de subpartida arancelaria que afecta a Liquidación de Tributos, se establecen indicios de la presunta comisión de contravención tributaria por omisión de pago contra el Operador SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA, dentro de los alcances de los artículos 160º numeral 3 y 165º de la Ley 2492 de 02/08/03 Código Tributario Boliviano, por incorrecta apropiación de la subpartida arancelaria consignada en la DUI 2009/234/C-4569 de 23/12/2009, estableciéndose Tributos Omitidos de Bs31.945,00 (Treinta y un mil novecientos cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) y una deuda tributaria actualizada al 21/12/12 de Bs74.140,00 (Setenta y cuatro mil ciento cuarenta 00/100 Bolivianos) equivalentes a 41.219.12 UFV´s (Cuarenta y un mil doscientos diecinueve 12/100 Unidades de Fomento a la Vivienda).---------INCORRECTA APROPIACION ARANCELARIA------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NºOBS DESCRIPCIÓN T.O.

Bs

D. T.(INCLUYE MULTA

100%)Bs

D. T.(INCLUYE MULTA

100%)UFV

CALIFICACIÓNILÍCITO

3.1INCORRECTA APROPIACIÓN

DE PARTIDA ARANCELARIA 31.945,00 74.140,00 41.219,12

OMISIÓN DE PAGO

TOTAL 31.945,00 74.140,00 41.219,12

5.2 En aplicación del artículo 152º de la Ley Nº 2492 de 02/08/2003 Código Tributario Boliviano y del numeral 1, Artículo CUARTO (Inspección de vehículos) de la RD-01-016-07 de 26/11/2007 que establece los Requisitos, Formalidades y Procedimientos para el Desarrollo de Operaciones de Reacondicionamiento y Recepción, así como las Formalidades para su Venta y Salida de Vehículos desde Zonas Francas Industriales, se establece Responsabilidad Solidaria del Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT S.A con NIT 1005057029 al consignar de forma errónea la capacidad de carga del camión objeto de importación, lo que incide en la incorrecta clasificación arancelaria, de acuerdo al siguiente cuadro:” ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESPONSABILIIDAD SOLIDARIA USUARIO Y CONCESIONARIO DE ZONA FRANCA--------------------------------------------------------------

No. Razón Social Representante Legal T.O. Bs Interés Deuda Tributaria (Incluye multa 100%) Bs

Deuda Tributaria (Incluye multa 100%) UFV

1 ZOFRAPAT S.A.Jorge Luis Cisneros

Figueroa31.945,00 10.250,00 74.140,00 41.219,12

TOTAL 31.945,00 10.250,00 74.140,00 41.219,12

Que, por los resultados expuestos, conclusiones del Informe AN-GNFGC-DFOFC-171/12 de 26/12/2012, se gira la Vista de Cargo N° 005/13 de 09/01/2013 en contra del operador Severo Ramiro Gutierrez Poma con cédula de identidad 3117042 OR., y Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya – ZOFRAPAT S.A., cuyo representante legal es el Sr. Jorge Luis Cisneros Figueroa con cédula de identidad 2213135 LP., que en su numeral 4.1.1 Incorrecta Apropiación Arancelaria que afecta a los Tributos Aduaneros., Señala “Efectuada la verificación de las características de los vehículos en las fichas técnicas de los catálogos obtenidos de páginas web autorizadas por la Gerencia Nacional de Normas con FAX INSTRUCTIVO AN-GNNGC-DNPNC-F-017/09 de 07/04/2009.y comunicación Interna AN-GNNGC-DVANC-CI-0338/2012 de 18/12/2012.-----http://auto.japancar.ru/?code=auto&mode=catalogue-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------http://truck-bank.com/modules/truck/index.php?action=DataView&data_id=13374----------------------------------------------------------------------------http://truck-bank.com/modules/truck/index.php?action=DataView&data_id=15183----------------------------------------------------------------------------http://truck-bank.com/modules/truck/index.php?action=DataView&data_id=12175----------------------------------------------------------------------------Se establece una capacidad de carga de dos (2) toneladas para el camión Mitsubishi Canter, modelo 2003, en este sentido se determinó que el peso bruto vehicular de acuerdo a lo aprobado por RD 01-005-08 de 19/02/2008, es inferior a 6,2 toneladas (6.200 Kg), por lo que de acuerdo a la Regla Nº 1 de las Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura, la apropiación arancelaria de este vehículo no corresponde a la subpartida 8704.22.20 (Superior a 6,2 t pero inferior o igual a 9,3 t), sino que en función del peso la subpartida 8704.22.10.00.0 (Inferior o igual a 6,2t)(…). --En tal sentido y considerando que la subpartida arancelaria 8704.22.10.00 “Inferior o igual a 6,2t”, grava el 10% por G.A., 14,94% por I.V.A., y el 30% o 50% por I.C.E. dependiendo la antigüedad del vehículo, de acuerdo al Anexo VII del D.S. 28963 de 06/12/06, se determina que no se aplicaron adecuadamente las tasas porcentuales de tributos en la tramitación de la DUI Nº. 2009/232/C-4569 de 23/12/2009-----------------------------Por lo expuesto, debido a que el operador Sr. SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA, y el Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT. S.A. no proporcionaron documentación que respalde la capacidad de carga consignada en la casilla” del “Formulario de Inspección previa – Detalle de Ingreso (F-187)”, generando un registro erróneo en la casilla capacidad de carga del Formulario de Registro de Vehículo (FRV) y a su vez una incorrecta apropiación en la posición arancelaria: 8704.22.20.00.0 (- - - Superior a 6.2 t. pero inferior o igual a 9.3 t.) en la DUI 2009/234/C-4569 de 23/12/2009, que grava con el 5% de GA, 14.94% de IVA y 0% de ICE, siendo la correcta la subpartida arancelaria 8704.22.10.00.0 (--- Inferior o igual a 6.2 t.), aplicando las siguientes alícuotas: Gravamen Arancelario del 10% de acuerdo al Arancel Aduanero de Importaciones 2009 y el correspondiente Impuesto al Consumo Específico (ICE) entre 50% y 30% dependiendo de la antigüedad del vehículo, en función a lo establecido en el Anexo VII del D.S. 28963 de 06/12/06; por lo que se determina que existen indicios de presunta comisión de contravención tributaria por Omisión de Pago de acuerdo a lo establecido en el artículo 160º numeral 3 del Código Tributario Boliviano y sancionado en el artículo 165º de la misma disposición legal…”.---------------------------------------------------------------------------------------------------Que, la Vista de Cargo 005/13 de 09/01/2013 en su numeral 4.1.2. Responsabilidad Solidaria, señala “Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial: ZOFRAPAT S.A.; De acuerdo a lo establecido en la RD_01-016-07 de 26/11/2007 que indica en su Art 4º “Inspección previa de los vehículos por el concesionario a fin de determinar sus características el concesionario emite el parte de recepción individualizado por cada vehículo, elabora el “Formulario de Inventario de Accesorios” e indica y consigna manualmente las características de los vehículos en el “Formulario de Inspección previa – Detalle de Ingreso (F-187)” anexo 1. En forma excepcional el concesionario puede contratar una empresa de servicio conexo especializada para tal fin, lo cual no deslinda su responsabilidad en cuanto a la información de las características del vehículo” (…).-------------------La presunta responsabilidad del Concesionario antes citado asciende a un tributo omitido de Bs31.945,00 (Treinta y un mil novecientos cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) y una deuda tributaria actualizada al 21/12/12 de Bs74.140,00 (Setenta y cuatro mil ciento cuarenta 00/100 Bolivianos) equivalentes a 41.219.12 UFV´s (Cuarenta y un mil doscientos diecinueve 12/100 Unidades de Fomento a la Vivienda).” --------------------------------Asimismo, en el numeral 8 de la Vista de Cargo 005/13 de 09/01/2013, señala: ----------------------------------------------------------------------------------“8. LIQUIDACIÓN PREVIA DEL TRIBUTO ADEUDADO-----------------------------------------------------------------------------------------------------La Deuda Tributaria actualizada al 21/12/2012 asciende a 41.219,12 UFV`s (Cuarenta y un mil doscientos diecinueve 12/100 Unidades de Fomento de la Vivienda), y corresponde al Gravamen Arancelario (G.A.), Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto al Consumo Específico (ICE) intereses y multas, con una Tasa Activa de Paridad Referencial de la UFV de 9.21 % emitida por el Banco Central de Bolivia para el mes de Diciembre de 2012, incrementada en 3 puntos conforme lo determina el Artículo 47º del Código Tributario Boliviano de acuerdo al siguiente detalle: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------LIQUIDACION PREVIA DE LA DEUDA TRIBUTARIA --------------------------------------------------------------------------------------------------------

DUI FECHA DE PAGO

TRIBUTOS ADUANEROS

MONTO DEL TRIBUTO OMITIDO EN UFV`s

INTERÉS (T.A.P.O. UFV’s + 3 PUNTOS)UFV

MONTO AL 21/12/2012 UFV´s

2009/232/C-4569 23/12/2012

G.A. 2.291,12 735,54 3.026,66

I.V.A 343,03 109,52 452,55

I.C.E. 15.126,09 4.853,56 19.979,65

MULTA POR CONTRAVENCIÓN (100%),Art. 165º Código Tributario Boliviano Ley 2492 17.760,25TOTAL 41.219,12

El importe determinado por tributo omitido, intereses y multas de las declaraciones de importación observadas, deberán ser actualizados al momento de su pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 47 del Código Tributario Boliviano”. -------------------------------------------------------------------Asimismo, en su numeral 9., de la Vista de Cargo N° 005/13 de 09/01/2013, señala ----------------------------------------------------------------------------“9. ACTO U OMISIÓN QUE SE ATRIBUYE AL PRESUNTO AUTOR: ----------------------------------------------------------------------------------------Se establece la presunción de la comisión de contravención tributaria por omisión de pago de acuerdo a lo determinado en el artículo 160º numeral

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3 del Código Tributario Boliviano y sancionado en el artículo 165º de la misma disposición legal que señala: “El que por acción u omisión no pague o pague de menos la deuda tributaria, no efectué las retenciones a que está obligado u obtenga indebidamente beneficios y valores fiscales, será sancionado con el cien por ciento (100%) del monto calculado para la deuda tributaria”, por parte del Operador Severo Ramiro Gutiérrez Poma, y el Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT S.A., representado legalmente por el Sr. Jorge Luis Cisneros Figueroa con C.I.2213135 L.P. por el daño económico causado al estado al consignar de forma errónea la capacidad de carga induciendo a una incorrecta apropiación de subpartida arancelaria y por tanto a una incorrecta aplicación de las alícuotas establecidas para la nacionalización del camión Mitsubishi Canter importado con DUI 2009/232/C-4569, estableciéndose un Tributo Omitido de Bs 31.945,00 (Treinta y un mil novecientos cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) y una deuda tributaria actualizada al 21/12/2012 de Bs74.140,00 (Setenta y cuatro mil ciento cuarenta 00/100 Bolivianos) equivalentes a 41.219.12 UFV`s (Cuarenta y un mil doscientos diecinueve 12/100 Unidades de Fomento de la Vivienda) de acuerdo al siguiente resumen: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DEUDA TRIBUTARIA--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Observación Cantidad de DUIs Tributo Omitido Bs.

DEUDA TRIBUTARIABs UFVs

Incorrecta Apropiación Arancelaria que afecta a los Tributos Aduaneros

1 31.945,00 74.140,00 41.219,12

TOTALES 1 31.945,00 74.140,00 41.219,12

Conforme lo establecido en el parágrafo I del artículo 98º del Código Tributario Boliviano, una vez notificada la presente Vista de Cargo, el sujeto pasivo o tercero responsable tiene un plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime convenientes”.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en fecha 14/06/2013 se procedió a la notificación mediante cedula al Sr. Jorge Luis Cisneros Figueroa con cédula de identidad 2213135 LP en su calidad de Representante Legal de ZOFRAPAT S.A., con la Vista de Cargo N° 005/13 de 09/01/2013. Así, también mediante publicaciones en el medio de comunicación escrita “El Cambio” de fechas 09/09/2013 y 13/09/2013 se procedió a la notificación mediante edictos al señor Severo Ramiro Gutiérrez Poma con cédula de identidad 3117042 OR., con la Vista de Cargo N° 005/13 de 09/01/2013. -----------------------------------------Que, mediante nota de 12/07/2013 presentada ante la Administración Aduanera en fecha 15/07/2013 el Sr. Jorge Luis Cisneros Figueroa con cédula de identidad 2213135 LP en su calidad de Representante Legal de ZOFRAPAT S.A., presenta descargo a la Vista de Cargo N° 005/2013 de 09/01/2013. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Informe GRLPZ-UFILR-I-150/2015 de 11/03/2015, de evaluación de descargos de la Vista de Cargo N° 005/2013 de 09/01/2013 en su romano IV. Evaluación de Descargo, numeral 4.1. Sobre las Responsabilidades del Importador y el Declarante, refiere: ---------------------------------“Al respecto del importador, es preciso recordar al impetrante que la Vista de Cargo N° 005/2013 de 09/01/2013, fue girada también en contra de Severo Ramiro Gutiérrez en su calidad de Importador; siendo así, el apartado 9 (Acto u Omisión que se Atribuye al Presunto Autor) de la precitada Vista de Cargo, estableció la presunta comisión de contravención tributaria por omisión de pago contra el Operador SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA, dentro de los alcances de los artículos 160º numeral 3 y 165º de la Ley 2492 de 02/08/03 Código Tributario Boliviano, por incorrecta apropiación de la subpartida arancelaria consignada en la DUI 2009/234/C-4569 de 23/12/2009, determinando los Tributos Omitidos y la Deuda Tributaria correspondiente; por tanto, la Vista de Cargo N° 005/2013 de 09/01/2013 contempla las responsabilidades del importador. ----Por otro lado, con relación al declarante, la RD 01-016-07 de 26/11/2007, en su Artículo Séptimo (Importación a consumo de vehículos reacondicionados) 1. Contratación de un despachante de Aduana, establece: “(…) entrega al despachante de aduanas los siguientes documentos en original: a) Parte de recepción individual del sistema informático de la Aduana Nacional, b) Formulario de inspección previa – Detalle de Ingreso (F-187), c) Factura de origen o de Venta en zona Franca Industrial, d) Certificado de Reacondicionamiento. – Garantía, e) Certificado Medioambiental, f) Cédula que acompaña a la Roseta de GNV y los datos de la Roseta de GNV adherida al vehículo. El despachante de aduana está obligado a obtener antes de la presentación de la declaración de importación a la administración aduanera, la documentación citada en los incisos anteriores.”---Asimismo el Artículo séptimo, numeral 2 (Elaboración de la declaración de mercancías) de la misma resolución indica: “El despachante de aduana verifica que los datos de los documentos recibidos sean coincidentes, de existir discrepancias o alteraciones en la documentación recibida, rechaza el trámite. De no existir observaciones a través del sistema informático de la Aduana Nacional recupera la información del “Formulario de Inspección Previa – Detalle de Ingreso (F-187)” para la emisión y registro del Formulario de Registro de Vehículos – FRV…”--------------------------------------Por lo enunciado anteriormente, la Agencia Despachante de Aduana, cumplió lo establecido en el procedimiento, no identificando diferencias entre el F-187 manual (adjunto a la carpeta original proporcionada por la Agencia Despachante de Aduana), y el electrónico, ambos elaborados por el Concesionario y que registraban el mismo dato en la capacidad de carga (tres (3) toneladas); por esta razón no se estableció responsabilidad alguna del declarante”. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, del informe de evaluación de descargos ya referido en su numeral 4.2 Sobre el llenado del Formulario 187 y la exclusión de responsabilidad del concesionario, señala: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------“Al respecto, se aclara que en los primeros párrafos del numeral 1, Artículo CUARTO (Inspección de vehículos) de la RD-01-016-07 de 26/11/2007, establece: “1. Inspección previa de los vehículos por el concesionario a fin de determinar sus características. El concesionario emite el parte de recepción individualizado por cada vehículo, elabora el “Formulario de Inventario de Accesorios” e identifica y consigna manualmente las características de los vehículos en el “Formulario de Inspección Previa – Detalle de Ingreso (F-187)”, anexo 1. En forma excepcional el concesionario puede contratar una empresa de servicio conexo especializada para tal fin, lo cual no deslinda su responsabilidad en cuanto a la información de las características del vehículo, debiendo prever para la inspección, contar con el personal suficiente que no retrase las labores a realizar por el taller habilitado por la COMISIÓN GUBERNAMENTAL DE OZONO ni de IBNORCA. ---------------------------------------------------------------------------En caso de tener dudas respecto a las características de algún vehículo y a fin de contar con mayores criterios, el Concesionario podrá coordinar con el Inspector de IBNORCA, los talleres en refrigeración, usuarios taller y Administración de Aduana, así como consultar la página web de la Aduana Nacional www.aduana.gob.bo.” -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Asimismo, el parágrafo II del artículo 21° Responsabilidad del Concesionario y Usuario del Decreto Supremo N° 27944, que reglamenta el Régimen Especial de Zonas Francas Comerciales e Industriales, señala: “El concesionario y los usuarios son responsables, ante la Administración Aduanera y otras autoridades competentes, del cumplimiento de las normas y procedimientos que regulan el Régimen Especial de Zonas Francas.” ------------Por otro parte, el concesionario, adjunta reportes de páginas de internet, los mismos que siendo compulsados con los datos declarados en aduana no son comparables con las características de los vehículos observados, por cuanto difieren en la capacidad de carga, cilindrada, frame y chasis, según se expone a continuación: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DUI/Descargo Referencia de Nota al Pie Cilindrada Capacidad de

Carga Kg. Chasis Observación

2009/234/C-4569 (1) 5.250 3.000 FE70EB503468 Datos declarados por el Despachante de Aduanas

en la DUI

Descargo

según Carta

de 12/07/2013

presentada el

15/07/2013

(2) 5.200 3.000 FE70EB******

La cilindrada no coincide, la página no especifica si las 3 TON corresponde a la capacidad de

carga del vehículo. No se hallan fotografías de referencia, difiere con el descargo.

(3) 4.000 – 6.000 1.000 – 10.000 FE70EB******

RANGO de cilindrada en entre 4 – 6 L y capacidad

de carga entre 1 – 10t sin precisión, según

especificaciones del ítem.

(4) - - -

El link señalado por el impetrante no devuelve resultado alguno ni corresponde al descargo

adjunto. (Ver Anexo)

(5) 5.240 2.000 FE70EB-504***

Las mismas especificaciones del vehículo aclaran que su carga máxima (max. carry) es de 2 ton; es decir 2.000 Kg; respaldando más bien las observaciones que se le atribuyen.

(1) Los datos en negrilla son los declarados por el Despachante de Aduanas en la DUI.---- (2) http://www.tradecarview.com.edgekey.net/used_car/mitsubishi/canter/8095583/photo/?sid=300&pn=9--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(3) http://www.nippon-autos.com/cgi-bin/stock-detail_top.cgi?SID=SID00204.---------------------------------------------------------------------------------(4) http://autolink.co.jp/index.php?route=product/product&product_id=16912-------------------------- (5) http://www.weiku.com/products/5426360/Used_Trucks_Mitsubishi_Fuso_Canter_3ton_Dry_Van.html-------------------------------------------------------------------------------------------------------(*) No Específica-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Sumado a lo anterior, cabe hacer notar que ninguna de las páginas web referidas por el impetrante está contemplada en el Fax AN-GNNGC-DNPNC-F-017/09 ni en el Fax AN-GEGPC-F-001/2013; por lo cual dichas páginas web no son evidencia clara de la real capacidad de carga del vehículo; ni pueden ser consideradas como prueba equivalente a demostrar que el vehículo traía adherido un sticker que establecía su capacidad de carga, como pretende hacer valer el concesionario ZOFRAPAT; más aun considerando lo establecido en el Artículo 76 (Carga de la Prueba) de la Ley N° 2492 (CTB).-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Por el contrario, la página web http://auto.japancar.ru/?code=auto&mode=catalogue, utilizada por la Aduana a objeto de verificar las características del vehículo observado, si está autorizada por la Gerencia Nacional de Normas mediante FAX INSTRUCTIVO AN-GNNGC-DNPNC-F-017/09 de 07/04/2009”. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Asimismo, el Informe GRLPZ-UFILR-I-150/2015 de 11/03/2015 en su numeral 4.3. Sobre la supuesta responsabilidad de la Administración Aduanera, señala: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------“Con respecto a la responsabilidad de la Administración Aduanera de la verificación de los documentos pertenecientes a la Declaración Única de Importación Nº 2009/234/C-4569 de 23/12/2009, se debe recordar al concesionario que el canal amarillo involucra examen documental y no así examen físico que es exclusivo del canal rojo; asimismo, que los artículos 66 y 100 de la Ley 2492 (CTB) establecen las facultades de control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación de la Administración Tributaria; así también el artículo 49 del D.S. 27310 (RCTB) que establece las facultades de fiscalización en aplicación de lo dispuesto en los Artículos 21, 100 y 104 de la Ley 2492.-------------------------------------En este sentido, aunque durante el correspondiente despacho aduanero efectuado en la Administración de Aduana Zona Franca Patacamaya, no se advirtieron las observaciones señaladas en la Vista de Cargo 005/2013, ello no limita a la Aduana Nacional de hacer uso de sus facultades conferidas por Ley dentro de las cuales puede realizar control en la fase de despacho aduanero y/o en la fase de fiscalización posterior, conforme a lo establecido en el artículo 48° (Facultades de Control) del Decreto Supremo 27310 de 09/01/2004 (RCTB). ------------------------------------------Por lo expuesto, los descargos presentados por el Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT S.A. no desvirtúan las observaciones de la Vista de Cargo N° 005/2013 de 09/01/2013, respecto al registro incorrecto de la capacidad de carga del camión importado con DUI 2009/C-234/4569, siendo el concesionario el responsable de los datos consignados en la casilla capacidad de carga, tanto en el formulario manual, como en el electrónico, información que sirve de base para el llenado del Formulario de Registro de Vehículos – FRV y la determinación de la partida arancelaria correspondiente. Información que derivó en la incorrecta apropiación arancelaria que afecta a la determinación de Tributos Aduaneros”. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Informe GRLPZ-UFILR-I-150/2015 de 11/03/2015 en su numeral VI. Conclusiones, señala:-------------------------------------------------------“ 1. Con relación al operador Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT S.A. y su Carta de 12/07/2013 presentada por el Sr. Jorge Luis Cisneros Figueroa, en su calidad de representante legal, se establece que estas no desvirtúan las observaciones señaladas en la Vista de Cargo 005/2013, no siendo posible otorgarle la razón en ninguno de sus argumentos y descargos presentados, al haberse desestimado cada uno de ellos conforme a lo expuesto en el presente informe y de conformidad al Art. 81 de la Ley 2492 (CTB); por consiguiente se ratifica en todos sus términos la Vista de Cargo N° 005/2013 de 09/01/2013. --------------------------------------------------------------------------------------------------------2. Sobre el operador SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA con C.I. 3117042 OR, cabe hacer notar que hasta la fecha de emisión del presente informe, no cursan descargos presentados por el mismo ante la Vista de Cargo N° 005/2013 de 09/01/2013; por lo que se ratifica la misma en todos sus términos.”---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, numeral 1 del parágrafo II del Artículo 26 del la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé: ---------------------------------------------------

“(Deudores Solidarios).---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1. La obligación puede ser exigida totalmente a cualquiera de los deudores a elección del sujeto activo”. --------------------------------------------------Que, el Artículo 31 de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé: -----------------------------------------------------------------------------------“(Solidaridad entre Responsables).--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Cuando sean dos o más los responsables por representación o subsidiarios de una misma deuda, su responsabilidad será solidaria y la deuda podrá exigirse íntegramente a cualquiera de ellos, sin perjuicio del derecho de éste a repetir…”---------------------------------------------------------------------------Que el parágrafo I. del Artículo 43 de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé:------------------------------------------------------------------------“(Métodos de Determinación de la Base Imponible). La base imponible podrá determinarse por los siguientes métodos: --------------------------------I. Sobre base cierta, tomando en cuenta los documentos e informaciones que permitan conocer en forma directa e indubitable los hechos generadores del tributo” ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el artículo 47° de la Ley N° 2492(Código Tributario Boliviano), prevé: ------------------------------------------------------------------------------------“(Componentes de la Deuda Tributaria) : (…) El momento de hacer efectivo el pago de la Deuda Tributaria total expresada en UFV´s la misma deberá ser convertida a moneda nacional, utilizando la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) de la fecha de pago”. ----------------------------------Que, el artículo 66 de la Ley N° 2492(Código Tributario Boliviano), prevé: -------------------------------------------------------------------------------------“La Administración Tributaria tiene las siguientes facultades específicas: 1) Control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación. 2) Determinación de tributos. 3) Recaudación. 4) Cálculo de Deuda Tributaria (…)”.------------------------------------------------------------------------------Que, el Artículo 76 de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé: ------------------------------------------------------------------------------------“(Carga de la Prueba). ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En los procedimientos tributarios administrativos y jurisdiccionales quien pretende hacer valer sus derechos deberá probar los hechos constitutivos de los mismos. Se entiende por ofrecida y presentada la prueba por el sujeto pasivo o tercero responsable cuando estos señalen expresamente que se encuentran en poder de la Administración Tributaria” ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que el Artículo 81 de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé: ------------------------------------------------------------------------------------“(Apreciación, Pertinencia y Oportunidad de Pruebas). --------------------------------------------------------------------------------------------------------------Las pruebas se apreciarán conforme a las reglas de la sana crítica siendo admisibles sólo aquellas que cumplan con los requisitos de pertinencia y oportunidad…”-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el artículo 98 de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé--------------------------------------------------------------------------------------“(Descargos).- Una vez notificada la Vista de Cargo, el sujeto pasivo o tercero responsable tiene un plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime convenientes (…)”.--------------------------------------------------------------------------------Que, el artículo 100° de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé: ----------------------------------------------------------------------------------“(Ejercicio de la Facultad): La Administración tributaria dispondrá indistintamente de amplias facultades de control, verificación, fiscalización e investigación, a través de las cuales, en especial, podrá: 1) Exigir al sujeto pasivo o tercero responsable la información necesaria, así como cualquier libro, documento y correspondencia con efectos tributarios. 2) Inspeccionar y en su caso secuestrar o incautar registros contables, comerciales, aduaneros, datos, base de datos, programas de sistema (software de base) y programas de aplicación (software de aplicación), incluido el código fuente, que se utilicen en los sistemas informáticos de registro y contabilidad, la información contenida en las bases de datos y toda otra documentación que sustente la obligación tributaria o la obligación de pago, conforme lo establecido en el Artículo 102 parágrafo II (…)”.-----------Que, el numeral 3° del Artículo 160° de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé. --------------------------------------------------------------“(Clasificación). Son contravenciones tributarias: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------3. Omisión de Pago,” ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Artículo 165 de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé: ---------------------------------------------------------------------------------“(Omisión de Pago). El que por acción u omisión no pague o pague de menos la deuda tributaria, no efectúe las retenciones a que está obligado u obtenga indebidamente beneficios y valores fiscales, será sancionado con el cien por ciento (100%) del monto calculado para la deuda tributaria”. ---Que, el Artículo 151 de la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé: ----------------------------------------------------------------------------------“(Responsabilidad por Ilícitos Tributarios). Son responsables directos del ilícito tributario, las personas naturales o jurídicas que cometan las contravenciones o delitos previstos en este Código, disposiciones legales tributarias especiales o disposiciones reglamentarias. ------------------------De la comisión de contravenciones tributarias surge la responsabilidad por el pago de la deuda tributaria y/o por las sanciones que correspondan, las que serán establecidas conforme a los procedimientos del presente Código”. --------------------------------------------------------------------------------Que, el Artículo 152 de Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano), prevé: -------------------------------------------------------------------------------------“(Responsabilidad por Ilícitos Tributarios). Si del resultado del ilícito tributario emerge daño económico en perjuicio del Estado, los servidores públicos y quienes hubieran participado en el mismo, así como los que se beneficien con su resultado, serán responsables solidarios e indivisibles para resarcir al Estado el daño ocasionado. A los efectos de este Código, los tributos omitidos y las sanciones emergentes del ilícito, constituyen parte principal del daño económico al Estado” -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Articulo 101 del Decreto Supremo N° 25870 (Reglamento a la Ley General de Aduanas”, prevé: --------------------------------------------------“…Una vez aceptada la declaración de mercancías por la administración aduanera, el declarante o Despachante de Aduana, asumirán responsabilidad sobre la veracidad y exactitud de los datos consignados en ella. ----------------------------------------------------------------------------------------------------La declaración de mercancía deberá ser completa, correcta y exacta: a) completa, cuando contenga todos los datos requeridos por las disposiciones vigentes. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------b) Correcta, cuando los datos requeridos se encuentre libre de errores de llenados, tales como tachaduras, enmiendas, borrones u otros defectos que inhabiliten su aceptación. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------c) exacta, cuando los datos contenidos en ella correspondan en todos sus términos a la documentación de respaldo de las mercancías o al examen previo de las mismas, cuando corresponda (…)------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Artículo 299 del Decreto Supremo N° 25870 (Reglamento a la Ley General de Aduanas), prevé: ---------------------------------------------------“(Nomenclatura Arancelaria).- Su aplicación se norma por las Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura, las Notas explicativas del sistema Armonizado, las Notas Legales complementarias y adicionales de Sección y Capitulo, texto de la partida o subpartidas y las Reglas Generales de aplicación del Arancel Aduanero” -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el parágrafo II del artículo 21° Responsabilidad del Concesionario y Usuario del Decreto Supremo N° 27944, que reglamenta el Régimen Especial de Zonas Francas Comerciales e Industriales, prevé: ------------------------------------------------------------------------------------------------------“II. El concesionario y los usuarios son responsables, ante la Administración Aduanera y otras autoridades competentes, del cumplimiento de las normas y procedimientos que regulan el Régimen Especial de Zonas Francas”. ---------------------------------------------------------------------------------Que, numeral 1 del artículo 4 de la Resolución de Directorio RD 01-016-07 de 26/11/2007, prevé: ----------------------------------------------------------“1. Inspección previa de los vehículos por el concesionario a fin de determinar sus características. ----------------------------------------------------------El concesionario emite el parte de recepción individualizado por cada vehículo, elabora el “Formulario de Inventario de Accesorios” e identifica y consigna manualmente las características de los vehículos en el “Formulario de Inspección Previa – Detalle de Ingreso (F-187)” anexo 1. En forma excepcional el concesionario puede encontrar una empresa de servicio conexo especializada para tal fin, lo cual no deslinda su responsabilidad en cuanto a la información de las características del vehículo…” -------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, por los hechos descritos la normativa expuesta y los descargos presentados en su oportunidad, se evidencia que la conducta del operador Severo Ramiro Gutierrez Poma con cédula de identidad 3117042 OR., al momento de proceder a la nacionalización de un vehículo camión marca MITSUBISHI, tipo CANTER mediante la Declaración Única de Importación (DUI) 2009/234/C-4569 de 23/12/2009 se registró de forma errónea la subpartida arancelaria 8704.22.20.00.0 (Con carga máxima superior a 6,2 t. pero inferior o igual a 9,3 t.), la cual grava el 5% por G.A., 14,97 % por I.V.A., y 0% por I.C.E., asimismo, se pudo verificar las características del vehículo en cuestión, en las fichas técnicas de los catálogos obtenidos en las páginas Web: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------• http://auto.japancar.ru/?code=auto&mode=catalogue, -------------------------------------------------------------------------------------------------------------• http://truckbank.com/modules/truck/index.php?action=DataView&data_id=13374, --------------------------------------------------------------------------• http://truck-bank.com/modules/truck/index.php?action=DataView&data_id=15183, -------------------------------------------------------------------------• http://truck-bank.com/modules/truck/index.php?action=DataView&data_id=12175--------------------------------------------------------------------------Refiere que el peso bruto vehicular es inferior a 6,2 toneladas (6.200Kg), por lo que la capacidad de carga consignada en la casilla del “Formulario de Inspección Previa – Detalle de Ingreso (F-187)” generando un registro erróneo en la casilla capacidad de carga del Formulario de Registro de Vehículo (FRV) y a su vez una incorrecta apropiación arancelaria del vehículo ya mencionado a la subpartida 8704.22.20.00.0 (Superior a 6,2 t pero inferior o igual a 9,3 t) sino que en función al peso del vehículo señalado líneas arriba, este corresponde a la subpartida arancelaria 8704.22.10.00.0 (Inferior o igual a 6.2t) mismo que grava el 10% por G.A., 14,97 por I.V.A., y el 30 % o 50% por I.C.E., dependiendo de la antigüedad del vehículo esto de acuerdo al Anexo VII del Decreto Supremo N° 28963 de 06/12/06,---------------------------------------------------------------------------------------Que en el presente caso el ICE determinado para la importación de un vehículo con antigüedad a 6 años es de 30%, por lo expuesto se evidencia claramente que la conducta del operador Severo Ramiro Gutierrez Poma con cédula de identidad 3117042 OR., se adecua a lo tipificado en el numeral 3 del Art. 160 de la Ley N° 2492 (CTB), sancionado en el Art. 165° de la misma disposición legal.-----------------------------------------------Con referencia a la Responsabilidad Solidaria atribuible al Concesionario de Zona Franca Comercial e Industrial ZOFRAPAT S.A., se infiere que de acuerdo a la Resolución de Directorio RD-01-016-07 de 26/11/2007 en el que establece los Requisitos, Formalidades y Procedimientos para el Desarrollo de Operaciones de Reacondicionamiento y Recepción, así como las formalidades para su venta y salida de vehículos desde Zonas Francas Industriales, que en su numeral 1 del artículo 4 señala “1. Inspección previa de los vehículos por el concesionario a fin de determinar sus características: El concesionario emite el parte de recepción individualizado por cada vehículo, elabora el “Formulario de Inventario de Accesorios” e identifica y consigna manualmente las características de los vehículos en el “Formulario de Inspección Previa – Detalle de Ingreso (F-187)” anexo 1. En forma excepcional el concesionario puede encontrar una empresa de servicio conexo especializada para tal fin, lo cual no deslinda su responsabilidad en cuanto a la información de las características del vehículo…”, por lo que el concesionario es responsable por el daño económico en perjuicio del Estado, al consignar de forma errónea a capacidad de arrastre del camión, objeto de importación en el Formulario 187, induciendo a una incorrecta clasificación arancelaria del camión Mitsubishi, Tipo Canter, nacionalizado por el Operador Severo Ramiro Gutierrez Poma--------POR TANTO: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por ley, --------------------------------------------RESUELVE: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PRIMERO.- Se declara probada la OMISION DE PAGO establecida en la Vista de Cargo N° 005/13 de 09/01/2013, girada contra el operador SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA con cédula de identidad 3117042 OR., y ZONA FRANCA COMERCIAL E INDUSTRIAL PATACAMAYA – ZOFRAPAT S.A., con NIT 1005057029, cuyo representante legal es el señor Jorge Luis Cisneros Figueroa con cédula de identidad 2213135 LP., por la Omisión de Pago de UFV´s 41,219.12 (Cuarenta y un mil doscientos diecinueve 12/100 Unidades de Fomento de la Vivienda) por concepto de Tributos Omitidos GA, IVA, ICE, Intereses, Sanción por Omisión de Pago (100%) relacionado con la tramitación de la Declaración Única de Importación DUI 2009/234/C-4569 de 23/12/2009, monto que será actualizado conforme el Articulo 47 del Código Tributario Boliviano al momento de pago. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO.- En aplicación al Artículo 31 y 26 de la Ley N° 2492 (Código tributario Boliviano), la Administración Tributaria Aduanera podrá exigir el pago total de la Deuda Tributaria conforme el Articulo 47 del Código Tributario Boliviano al momento de pago indistintamente a cualquiera de los sujetos pasivos citados en la Vista de Cargo Vista de Cargo N° 005/13 de 09/01/2013 los cuales son SEVERO RAMIRO GUTIERREZ POMA con cédula de identidad 3117042 OR y ZONA FRANCA COMERCIAL E INDUSTRIAL PATACAMAYA – ZOFRAPAT S.A., con NIT 1005057029, cuyo representante legal es el señor Jorge Luis Cisneros Figueroa con cédula de identidad 2213135 LP. -----------------------------------TERCERO.- Una vez ejecutoriada la presente Resolución se dispone la Ejecución Tributaria establecida en la Sección VII del Capítulo II, Título II de la Ley Nº 2492, así como la ejecución parcial de las garantías constituidas por el operador y el Concesionario de Zonas Francas Comercial e Industrial Patacamaya si se hubiera otorgado, hasta el monto de la sanción de 41,219.12 UFV´s (Cuarenta y un mil doscientos diecinueve 12/100 Unidades de Fomento de la Vivienda) de conformidad a lo dispuesto en el último párrafo de la Disposición Final Octava del Código Tributario, considerando el numeral primero de la presente resolución y el Articulo 47 de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano”. ------------------------CUARTO.- Conforme los artículos 131 y 143 del Código Tributario el sujeto pasivo tiene el plazo de 20 días para interponer el Recurso de Alzada y conforme al Art. 227 de la Ley Nº 1340, puesto nuevamente en vigencia en virtud a las Sentencias Constitucionales 0009/2004; 0018/2004; 0029/2004 y 0076/2004, el sujeto pasivo tiene el plazo de 15 días para interponer demanda contenciosa tributaria.-----------------------------------------------------Regístrese, comuníquese y cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y sella: Lic. Oscar Arancibia Bracamonte.---- Gerente Regional a.i. ---- Aduana Nacional de Bolivia. -----------------------------------------------Sello Redondo: Gerencia Regional La Paz.--- Aduana Nacional.----------------------------------------------------------------------------------------------------

miércoles 24 de junio de 2015INTERNACIONAL20

GRECIA / PRENSA LATINA

El Gobierno de Grecia se mos-tró ayer convencido de que su propuesta ante los acreedores se ajusta al mandato popular y que por ello será refrendado por la Asamblea Nacional cuan-do sea presentado en los próxi-mos días.

Así expresó el ministro de Estado, Nikos Pappas, al ase-gurar que su partido fue ele-gido “con un mandato especí-fico, y como resultado de esta elección formó una mayoría” gracias a la cual contará con el apoyo necesario en su trámite parlamentario.

Pappas, que es además uno de los responsables del equipo negociador, salió al paso con estas declaraciones a las fuer-tes críticas internas de algunos diputados del partido guberna-mental, el izquierdista Syriza, y de su socio de gobierno Anel, derecha nacionalista.

Al tiempo, el portavoz del ejecutivo, Gabriel Sakelaridis, advirtió a los críticos de sus filas que el Gobierno no podrá mantenerse sin el respaldo de una mayoría de diputados, lo que supondría una convocato-ria electoral extraordinaria, sostuvo.

Para Sakelaridis si bien la propuesta marca una cierta “distancia” con el programa de Syriza, el contenido defiende un “reparto justo” de la carga social por cuanto la subida de impuestos sólo afectará a los más ricos y la modificación del IVA en las islas del Egeo aún está por discutir.

Entre los aspectos más con-trovertidos se encuentra la re-forma del sistema de pensio-nes, subiendo las cotizaciones a empleadores y jubilados, elimi-nando los retiros anticipados de manera paulatina y aumentan-do la edad de jubilación a los 67 años, de aquí a 2025.

Grecia: Propuesta para los acreedoresLOGRO ó El planteamiento del primer ministro griego, Alexis Tsipras, es una buena base para seguir avanzando.

El primer ministro de Grecia, Alexis Tsipras.

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PROFESORES CHILENOS SIGUEN EN PARO

El diálogo entre el Colegio de Profesores chilenos y el Ministe-rio de Educación continúo ayer congelado y el gremio decidirá hoy en una asamblea nacional extraordinaria si mantiene el paro por tiempo indefinido. Como habían acordado el viernes último, los maestros, que cum-plen 24 días de protesta, convo-caron a una junta tras realizar un proceso informativo y de análisis del documento entregado por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados con varias propuestas para rediseñar el pro-

yecto de ley de Carrera Docente.Ésta es la principal demanda que llevó a las calles a los profesores, que piden de forma unánime el retiro del proyecto y se allane el camino para discutir con ellos una nueva propuesta.Se espera que en la reunión el gremio analice algunas de las opiniones recogidas por el profe-sorado a nivel nacional sobre el documento Condiciones básicas para continuar la tramitación del proyecto de nueva carrera do-cente, entregado por los diputa-dos. (Chile / Prensa Latina)

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz II del Servicio de Impuestos Nacionales al amparo del artículo 86º del Código Tributario - Ley Nº 2492 y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA al contribuyente del listado adjunto con la Resolución Determinativa (RD) que a continuación se detalla, para que por sí o mediante Apoderado se apersone ante el Departamento de Fiscalización de esta Gerencia ubicada en la Avenida 20 de Octubre Nº 2121 de la ciudad de La Paz, a objeto de proceder a la cancelación de la deuda tributaria contenida en la Resolución Determinativa consignada, bajo conminatoria de iniciarse la Ejecución Tributaria en caso de incumplimiento, comunicándole que en caso de considerar que la Resolución Determinativa lesione de alguna manera sus derechos, se apertura los plazos para interponer los Recursos que la Ley le franquea, dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido por el numeral 2) del artículo 174º de la Ley Nº 1340 o de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido por el artículo 143º de la Ley Nº 2492, computables a partir de su legal notificación con la Segunda Publicación del presente Edicto.

NOMBRE DEPENDIENTE

CARNET DE IDENTIDAD PERIODOS IMPUESTO/

ALCANCENUMERO DE RESOLUCIÓN

DETERMINATIVATOTAL DEUDA TRIBUTARIA (*) DETERMINADO AL

GUSTAVO ADOLFO LUNAOROZCO ELIAS

4788573 LP. 05/2010, 06/2010, 12/2010. RC-IVA 270/2015 UFV 1.979.- 24/04/2015

(*) El Importe deberá ser actualizado conforme lo establece el Artículo 47 de la Ley 2492.

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los Veinticuatro días del mes de Junio de la gestión Dos mil quince (24/06/2015).

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EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Art. 86º del Código Tributario Ley 2492, por el presente EDICTO cita, llama y emplaza al (a los) contribuyente(s) que se detalla(n) a continuación, para que por sí o mediante apoderado legal se apersone(n) ante el Departamento de Fiscalización de esta Gerencia a objeto de conocer el (los) resultado(s) del(los) proceso(s) de verificación efectuado(s), a través del (de los) cual(es) se detectó que no ha (han) determinado correctamente el (los) impuesto(s) conforme a Ley ante el Servicio de Impuestos Nacionales. Por lo expuesto precedentemente, la Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades otorgadas por los Artículos 92º, 93º, 95º, 96º, 100º, 148º, 162º y 169º del Código Tributario Ley 2492 y disposiciones reglamentarias conexas, ha procedido a determinar su(s) obligación(es) tributaria(s) sobre base cierta, relativa(s) al (los) impuesto(s) y período(s) fiscal(es) indicado(s). En virtud al (a los) proceso(s) de la(s) verificación(es) impositiva(s) realizada(s), se ha establecido como liquidación(es) previa(s) del (de los) tributo(s) adeudado(s) el (los) monto(s) que se detalla(n) en “Total Deuda Tributaria”, importe(s) que incluye(n) el Tributo Omitido, Intereses, el monto de la Sanción Preliminar y la Multa por Incumplimiento de Deberes Formales, según corresponda. Montos calculados desde el día de vencimiento hasta la fecha de liquidación indicada y que debe(n) ser reliquidado(s) a la fecha de pago de acuerdo al siguiente cuadro:

RAZON SOCIAL/ NOMBRE NIT/C.I.: PERIODOS IMPUESTO/

ALCANCENUMERO DE

VISTA DE CARGO

TOTAL DEUDA TRIBUTARIA (*)

DETERMINADO AL

BLANCO DE NINA MARIA 4857143013 02,12/2011

IVA(Verificación Interna – Operativo

Especifico Crédito IVA)218/2015 UFV 5.964.- 11/05/2015

CONSTRUCTORA ABYA YALA S.R.L. 171798021 09,11/2011 IVA

(Crédito Fiscal) 104/2015 UFV7.348.- 31/03/2015

CONSORCIO ALTO-BISONTE 184096022 07/2011 IVA

(Crédito Fiscal) 106/2015 UFV6.077.- 31/03/2015

CONSTRUCTORA CASTRO ROSERO PATERNINA S.R.L.

172978020 01,02,03,06,09,10, 11/2011

IVA(Verificación Interna - Crédito

Fiscal)805/2014 UFV103.125.- 16/12/2014

DATA EVOLUTION S.R.L. 173652021 01/2011 IVA(Crédito Fiscal) 100/2015 UFV6.373.- 31/03/2015

DIALECTICA MARKETING Y PUBLICIDAD S.R.L.

172578026 06,08,09,10/2011 IVA(Crédito Fiscal) 102/2015 UFV8.451.- 31/03/2015

FERNANDEZ CALLE BORISLAO 4316386015 04, 05/2011 IVA

(Crédito Fiscal) 114/2015 UFV.-5.300 07/04/2015

FERNANDO VICTOR DURAN CUELLO 5864121 01,02,03,04,05,

08,10,11,12/2010RC-IVA

(Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado)

139/2015 UFV6.987.- 14/04/2015

GALLO RUIZ GLORIA ALEJANDRA 4810980015 04,07/2011

IVA(Verificación Interna – Operativo

Especifico Crédito IVA)311/2015 UFV 3.952.- 08/06/2015

HEREDEROS UNIVERSALES DE LA Sra. BENEDICTA GARCÍA

2179744 02,03,07,09,10,12/2010RC-IVA

(Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado)

0134/2015 UFV1.315.- 10/04/2015

HEREDEROS UNIVERSALES DEL Sr. GUIDO RIVEROS FRANCK

385215 01,02,03,04,05,06,08,09,10,11,12/2010

RC-IVA(Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado)

0140/2015 UFV10.749.- 13/04/2015

IMAÑA FUENTES OCTAVIO MARCOS 4930587019 12/2009 IVA-IT

(Debito Fiscal y su Efecto en el IT) 195/2015 UFV77.284.- 07/05/2015

INCA LLUSCO VALENTINA 4860931011 02/2011

IVA(Verificación Interna – Operativo

Especifico Crédito IVA)314/2015 UFV 4.192.- 05/06/2015

LARA DE QUISBERT MARIA LUISA 4286921010 12/2011 IVA

(Crédito Fiscal) 121/2015 UFV.-3.029 11/05/2015

LAURA FLORES LIDIA 4990354015 07/2011 IVA(Crédito Fiscal) 310/2015 UFV.-3.383 08/06/2015

MAMANI HUANCA SILVIA ISIDORA 4812798018 01,02/2011

IVA(Verificación Interna – Operativo

Especifico Crédito IVA)318/2015 UFV 4.461.- 08/06/2015

MICROEMPRESA LAS PALMERAS 171076020 03,05,06,07,08/ 2011 IVA

(Crédito Fiscal) 232/2015 UFV8.299.- 18/05/2015

NEYSI PAOLA MACHICADO MENDOZA 4336316018 8/2009 IVA-IT

(Debito Fiscal y su Efecto en el IT) 141/2015 UFV6.092.- 13/04/2015

PEDRO EDILBERTO LAURA APOLINAR 4786513 01,02,03,04,05/2010

RC-IVA(Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado)

153/2015 UFV7.695.- 20/04/2015

PEDRO NUNY CAITY 4163675 02,03,04,05,06,07,08,10,11,12/2010

RC-IVA(Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado)

0137/2015 UFV2.261.- 13/04/2015

RODRIGUEZ BENITEZ GERMAN 5011056012 05/2011 IVA

(Crédito Fiscal) 320/2015 UFV.-4.666 08/06/2015

WEISSEMBERG STOVER JHENIEFFER MARIAM 5940311019 02,04/2011 IVA

(Crédito Fiscal) 198/2015 UFV.-6.910 11/05/2015

(*) Liquidación(es) efectuada(s) de acuerdo a la Ley 2492.

De la revisión practicada, se establece de forma preliminar la comisión de la contravención tipificada en el Art. 165º de la Ley 2492 como Omisión de Pago, sancionándose dicha conducta con el 100% del Tributo Omitido expresado en UFV de conformidad al Art. 42º del D.S. 27310. Habiendo sido detallado el concepto de cada cargo, por impuesto y por período, en caso de no merecer objeción a la(s) observación(es) contenida(s) en la(s) presente(s) Vista(s) de Cargo, se servirá(n) prestar conformidad al Total de la Deuda Tributaria indicada, más la sanción por su conducta en una entidad financiera autorizada. Asimismo, usted(es) podrá(n) gozar de los beneficios que le(s) otorga el Art. 156º de la Ley 2492 Código Tributario, en lo que se refiere a la reducción de la sanción en un 80% antes de la notificación con la Resolución Determinativa.

De merecer objeción, al (los) ajuste(s) y/o sanción tipificada inicialmente por la(s) verificación(es) efectuada(s) y según lo dispuesto por el Artículo 98º del Código Tributario Ley 2492, dispondrá(n) de un plazo de treinta (30) días corridos improrrogables a partir de su legal notificación con la(s) presente(s) Vista(s) de Cargo, para formular sus descargos y presentar prueba referida al efecto, ante el Departamento de Fiscalización de esta Gerencia Distrital, ubicado en Av. Montes Nro. 515. La(s) Vista(s) de Cargo corresponde(n) a una determinación parcial de sus obligaciones tributarias, comprendiendo únicamente los aspectos definidos en la(s) presente(s); cuya documentación se encuentra a su disposición en esta Gerencia Distrital juntamente con el (los) informe(s) de actuación. En consecuencia, el Servicio de Impuestos Nacionales podrá investigar y reparar cualquier otro aspecto legalmente cuestionable, que no haya sido motivo de revisión o haya sido ocultado por el (los) contribuyente(s).

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de Junio de dos mil quince.

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miércoles 24 de junio de 2015 ÚLTIMAS 21

Bolivianos saludan acuerdo con Perú AVANCE ó Diputados y organizaciones sociales del país destacaron la labor del presidente Evo Morales en el Perú.

Los presidentes de Bolivia y Perú suscribieron acuerdos bilaterales.

Integrantes de la comunidad Libertad y Soberanía Regional La Paz.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Diputados del oficialismo y organizaciones sociales del país saludaron los acuerdos alcanzados entre los gobier-nos de Bolivia y Perú, des-pués del desarrollo del Pri-mer Gabinete Binacional en la ciudad peruana de Puno y de cuya conclusión parti-ciparon el presidente boli-viano, Evo Morales, y su ho-mólogo del Perú, Ollanta Humala.

Sonia Brito, secretaria del Comité de Derechos Huma-nos, expresó su satisfacción por los alcances logrados en este evento histórico de in-tegración, “es un hecho real-mente histórico que, junto a sus gabinetes, ambos presi-dentes hayan podido sesionar y ver temas de profundo in-terés de dos países hermanos que hacen a la integración de Latinoamérica”, manifestó.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Planifica-ción, Política Económica, Javier Zavaleta, recordó que, hasta ahora, algunos asuntos colate-rales secundarios crearon dis-tanciamiento en una relación cercana entre Bolivia y Perú, pero que con esta reunión es-tán siendo retomados.

A su turno, la ejecutiva de la Confederación de Mujeres

Campesinas Indígenas Origi-narias de Bolivia - Bartolina Sisa, Juanita Ancieta, saludó los acuerdos logrados por el presi-dente Evo Morales y su homó-logo del Perú, Ollanta Humala.

“Saludamos los acuerdos suscritos por ambos paí-ses, aspecto que refleja una muestra de integración y unidad de los pueblos lati-noamericanos”, remarcó.

VILLCA, NUEVA EJECUTIVA DE LAS ‘BARTOLINAS’La representante de la provincia Loayza Graciela Villca fue pose-sionada anoche como la nueva secretaria ejecutiva de la Federa-ción Departamental de Mujeres Campesinas de La Paz Bartolina Sisa, cargo que fue ocupado has-ta la fecha por la excandidata a la Gobernación por el Movimiento Al Socialismo Felipa Huanca. “Agradezco por el apoyo y la confianza de todas, yo soy una

mujer humilde y honesta, verda-deramente originaria de mi pro-vincia Loayza, segunda sección Sapahaqui”, dijo Villca en decla-raciones a Erbol.La nueva ejecutiva aseguró que trabajará por las 20 provincias del departamento de La Paz y en beneficio de las mujeres campe-sinas que durante décadas lucha-ron contra los partidos “neolibe-rales y colonialistas”.

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Lira

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Feminicidios son juzgados bajo la Ley 348

2013, y otros 16 casos fueron concluidos con sentencias de 30 años de presidio para los femi-nicidas, de acuerdo con el re-porte hasta mayo de la Fiscalía General del Estado.

De acuerdo con los datos de la Dirección de Protección a Vícti-mas, Testigos y Miembros del Mi-nisterio Público, Fiscalía especia-lizada para víctimas de atención prioritaria, 30 casos se encuen-tran en etapa preliminar de inves-tigación; 37 están en la etapa pre-paratoria; 27 casos están en pleno juicio oral; tres han sido rechaza-

dos y dos tienen sobreseimiento. En cuanto a las sentencias, se tienen cuatro casos con data de 2013, ocho en 2014 y cuatro en 2015, haciendo un total de 16 ca-sos en los que los feminicidas re-cibieron condenas de 30 años de presidio sin derecho a indulto, como establece la Ley 348.

Bajo esta norma, en un caso de feminicidio no es posible uti-lizar la figura de homicidio por emoción violenta, a la que se acogían anteriormente los agre-sores, haciendo referencia a ra-zones de “honorabilidad”.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El Ministerio Público lleva al menos 99 causas procesales de feminicidio, que están siendo juzgados bajo la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia (Ley 348), vigente desde marzo de

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Tras formalizar su estructu-ra legal en el departamento de La Paz, la organización social Libertad y Soberanía, constitu-yó a finales de mayo su primer directorio liderado por Freddy Luis Silvestre Butrón, informó el coordinador nacional, Pon-ciano Wilcarani.

La autoridad nacional expli-có que la comunidad Libertad y Soberanía es una colectivi-dad comprometida con el pro-ceso de cambio estructural y la transformación del Bolivia, bajo el liderazgo del presidente Evo Morales y jefe nacional del Mo-vimiento Al Socialismo (MAS). “En ese compromiso, la comu-

Libertad y Soberanía acuña su estructura

nidad Libertad y Soberanía, organización social multidis-ciplinaria y multisectorial, con-formada por hombres y mujeres profesionales y no profesiona-les, líderes originarios, cívicos y laborales, estudiantes, traba-ja en el contexto nacional en todas las actividades políticas y sociales desde 2002 a la fecha”, remarcó Wilcarani.

Para Silvestre, el objetivo de Libertad y Soberanía Regional La Paz está centrado en la con-solidación del proceso de cambio político, económico, social y cul-tural del Estado Plurinacional, a través de la aplicación de nor-mas que regulan la vida campo-ciudad, la interpretación y apli-cación en las franjas sociales.

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz II del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Artículo 86° del Código Tributario Ley Nº 2492, por el presente EDICTO, cita, llama y emplaza a los herederos universales o sucesores del dependiente que se detalla a continuación, para que por sí o mediante apoderado debidamente acreditado se apersonen ante las oficinas de esta Gerencia Distrital, Departamento de Fiscalización, ubicado en la Avenida 20 de Octubre Nº 2121 de la ciudad de La Paz, a objeto de conocer los resultados del proceso de verificación efectuado, a través del cual se detectó que no ha determinado correctamente los impuestos conforme a Ley ante el Servicio de Impuestos Nacionales. Por lo expuesto precedentemente, la Gerencia Distrital La Paz II del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades otorgadas por los Artículos 92º, 93º, 95º, 96º, 100º, 148º, 162º y 169º del Código Tributario Ley 2492 y disposiciones reglamentarias conexas, ha procedido a determinar sus obligaciones tributarias sobre base cierta, relativas a los impuestos y períodos fiscales indicados. En virtud al proceso de verificación impositiva realizada.

DEPENDIENTE C.I. PERIODOS IMPUESTO/ ALCANCE

NUMERO DE ORDEN DE VERIFICACION INTERNA

Herederos Universales o Sucesores de Efrain Silva Sanchez 494733 02, 03, 04, 05, 09, 11, 12/ 2010 Operativo Especifico RC-IVA

DEPENDIENTES 0013OVI12695

(*) Liquidación efectuada de acuerdo a la Ley 2492.

De merecer objeción al ajuste, dispondrá de un plazo improrrogable de Cinco (05) días computables a partir de su legal notificación para que los herederos universales o sucesores del dependiente Efrain Silva Snchez se presenten en las oficinas del Departamento de Fiscalización, a objeto de presentar sus descargos a la presente ORDEN DE VERIFICACION INTERNA (O.V.I.), conforme a lo señalado por el Art. 98 de la Ley N° 2492 – Código Tributario Boliviano. En caso de no merecer objeción a las observaciones contenidas en la presente Orden de Verificación Interna, se servirá a prestar conformidad al Total de la Deuda Tributaria indicada, más la sanción por su conducta en una entidad financiera autorizada. Asimismo, usted podrá gozar de los beneficios que le otorga el Art. 156º de la Ley 2492 Código Tributario, en lo que se refiere a la reducción de la sanción en un 80% antes de la notificación con la Visa de Cargo.

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los veinticuatro Días del mes de Junio de la gestión Dos mil Quince (24/06/2015).

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COMUNICADOAPORTES “PRONTIS”

Se comunica a los operadores y proveedores de servicios Públicos de Telecomunicaciones que en cumplimiento al Art. 66 de la Ley Nº 164 Ley General de Telecomunicaciones Tecnologías de Información y Comunicación, los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación con excepción de los proveedores de servicios de radiodifusión, deben comunicarse con la ATT a partir del 24 de junio de 2015, a efectos de conocer el MONTO DE LA LIQUIDACIÓN del aporte PRONTIS, correspondiente al Segundo Semestre de la gestión 2014, al teléfono 2-772266 (Interno 5319) ó al correo electrónico [email protected].

miércoles 24 de junio de 2015ÚLTIMAS22

En conmemoración a su 189 aniversario de la Policía Bolivia-na fue condecorado el gerente general de Entel, Óscar Coca, con la Orden de la Policía Bo-liviana Al Mérito en el grado de Caballero. El acto se llevó a cabo en presencia del ministro de Gobierno, Carlos Romero, autoridades, oficiales de Policía, invitados especiales y medios de comunicación.La condecoración fue otorgada por el comandante general de la Policía Boliviana, Édgar Téllez, quien agradeció por el impor-tante y permanente apoyo.

Fibra de ganado camélido.

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ASOBAN: AUMENTAN CRÉDITOS DE VIVIENDA

POLICÍA DISTINGUE A GERENTE DE ENTEL

La Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) informó ayer que entre mayo de 2014 y mayo de este año la cartera de créditos productivos y de vivienda social creció 30%, mucho más que las otras áreas, que subieron sólo en torno al 10% en ese período.“La banca está plenamente de acuerdo con impulsar el crédito a los sectores productivos, sin que ello implique frenar la cartera a los sectores comercial y de servicios, ya que ello afectará su crecimiento y consecuentemente al desempeño de toda la economía”, afirmó el secretario ejecutivo de Asoban, Nelson Villalobos. (ABI)

PROGRAMA NACIONAL DE BIOCULTURAEl Ministerio de Medio Ambiente y Agua y la Cooperación Suiza en Bolivia presentarán mañana los resultados del Programa Nacional Biocultura, luego de cuatro años de implementación, informaron fuentes institucionales.Según un boletín de prensa de la Embajada de Suiza en Bolivia, la presentación del Programa Nacional se llevará a cabo en el Museo de Etnografía y Folklore con la presencia de Alexandra Moreira, ministra de Medio Ambiente y Agua; Peter Bischof, embajador de Suiza en Bolivia, y David Choquehuanca, ministro de Relaciones Exteriores.

Gobierno abre la Feria del Hilo Artesanal

no y Exportaciones y el Progra-ma de Apoyo a la Promoción del Crecimiento y la Diversificación de las Exportaciones.

Más de 40 artesanas de dife-rentes asociaciones productivas provenientes de varias regiones del país expondrán al público su trabajo en las diferentes partes del proceso productivo, por lo que el público apreciará el traba-jo que se realiza, desde el mane-

AVANCE ó Más de 40 artesanas expondrán al público su capacidad productiva.

jo de la fibra hasta la confección de prendas de vestir con hilo ar-tesanal de camélido.

RUECAS ELECTRÓNICASEn el evento se entregarán

también las primeras 50 ruecas electrónicas que permitirán au-mentar radicalmente la cantidad de hilo de alpaca, llama y oveja, manteniendo la calidad destina-da a la exportación.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Con el propósito de promover la producción de hilo artesanal de fibra de camélido destinado a la exportación, hoy se realizará la Feria del Hilo Artesanal en la plaza Camacho de la ciudad de La Paz con el impulso del Minis-terio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del Vi-ceministerio de Comercio Inter-

EDICTOSARA VILLARROEL BUSTIOS FISCAL DE MATERIA DE ADUANAS DE LA FISCALIA DEPARTAMENTAL DE LA PAZ.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Hace saber a la opinión pública, que dentro del Caso Nº ANCOALP/363/2004, IANUS Nº 200409509 denominado “PULPO” proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Mery Aranibar Choque, Felipe Quispe Gómez, Máx Cruz Felipe, Javier Colque Quispe, Juan Aguilar Espinoza, Jenny Aranibar, Antelo Colque Cruz y Felipa Quispe Calle por el delito de Contrabando se ha dispuesto lo siguiente:------------------------------------------------------SEÑOR JUEZ QUINTO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL-----------------------------------------IANUS:200409509--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCIÓN N° 157/10----------------------------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO----------------------------------------------------------------------------------------I. DATOS DE IDENDIFICACION DE LOS IMPUTADOS: ------------------------------------------------------------------

IMPUTADO: MERY ARANIBAR CHOQUE--------------------------------------------------------- DOMICILIO: Calle Eyzaguirre No. 1082 Callampaya--------------------------------------------------- CÉDULA DE IDENTIDAD: 3092638 Or---------------------------------------------------------------------------------- ESTADO CIVIL: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- OCUPACIÓN: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- SITUACIÓNJURÍDICA: NotificadosMedianteEdictos------------------------------------------------------------- IMPUTADO: FELIPE QUISPE GÓMEZ-------------------------------------------------------------- DOMICILIO: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- CÉDULA DE IDENTIDAD: 091408 Or ----------------------------------------------------------------------------------- ESTADO CIVIL: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- OCUPACIÓN: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- SITUACIÓNJURÍDICA: NotificadosMedianteEdictos------------------------------------------------------------- IMPUTADO: MAX CRUZ FELIPE--------------------------------------------------------------------- DOMICILIO: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- CÉDULA DE IDENTIDAD: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- ESTADO CIVIL: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- OCUPACIÓN: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- SITUACIÓNJURÍDICA: NotificadosMedianteEdictos------------------------------------------------------------- IMPUTADO: JAVIER COLQUE QUISPE------------------------------------------------------------ DOMICILIO: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- CÉDULA DE IDENTIDAD: 6125618 S.C--------------------------------------------------------------------------------- ESTADO CIVIL: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- OCUPACIÓN: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- SITUACIÓNJURÍDICA: NotificadosMedianteEdictos------------------------------------------------------------- IMPUTADO: JUAN AGUILAR ESPINOZA---------------------------------------------------------- DOMICILIO: Calle Luis Nardiñ Rivas Pasaje 873, No. 85.-------------------------------------------- CÉDULA DE IDENTIDAD: 2605989 L.P -------------------------------------------------------------------------------- ESTADO CIVIL: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- OCUPACIÓN: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- SITUACIÓNJURÍDICA: NotificadosMedianteEdictos------------------------------------------------------------- IMPUTADO: JENNY ARANIBAR CHOQUE-------------------------------------------------------- DOMICILIO: Calle Eyzaguirre No. 1082 Callampaya-------------------------------------------------- CÉDULA DE IDENTIDAD: 3092638 Or.--------------------------------------------------------------------------------- ESTADO CIVIL: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- OCUPACIÓN: Se Desconoce--------------------------------------------------------------------------------- SITUACIÓNJURÍDICA: NotificadosMedianteEdictos-------------------------------------------------------------- IMPUTADO: ANTELO COLQUE CRUZ------------------------------------------------------------- DOMICILIO: Se desconoce--------------------------------------------------------------------------------- CÉDULA DE IDENTIDAD: Se desconoce--------------------------------------------------------------------------------- ESTADO CIVIL: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- OCUPACIÓN: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- SITUACIÓNJURÍDICA: NotificadosMedianteEdictos-------------------------------------------------------------- IMPUTADO: FELIPA QUISPE CALLE--------------------------------------------------------------- DOMICILIO: Se desconoce--------------------------------------------------------------------------------- CÉDULA DE IDENTIDAD: 2643744 L.P.-------------------------------------------------------------------------------- ESTADO CIVIL: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- OCUPACIÓN: Se Desconoce-------------------------------------------------------------------------------- SITUACIÓNJURÍDICA: NotificadosMedianteEdictos--------------------------------------------------------------

II. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL QUERELLANTE: -----------------------------------------------------------------QUERELLANTE: GERENCIA REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL---------------------------------DomicilioProcesal:calle20deOctubreNo.2038,edificiode laAduanaNacionaldeBolivia,Piso9,GerenciaJurídica de la Aduana Nacional-----------------------------------------------------------------------------------------------------III. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DEL HECHO-----------------------------------------------------------------------En mérito a un proceso de investigación se llego a tener conocimiento referente a un domicilio ubicado en la Zona Litoral Calle Juan del Valle No. 2025 el mismo que se utilizaría como deposito de mercadería indocumentada que se estaba trasladando de la ciudad de Oruro.--------------------------------------------------------------------------------------Por ese motivo a Hrs. 08:30 del día 8 de septiembre de 2004, Agentes del Control Operativo Aduanero observaron que la puerta del garaje de color rojo se encontraba con una abertura y la puerta persona esta abierta y en cuyo interior, del domicilio se encontraban una cantidad considerable de cajas de cartón, los mismos que estaban siendomanipuladasporpersonas,trasladándolosahabitaciones,porellotratándosedeunasituaciónenflagranciasolicitaron a la Sra. Mery Aranibar Choque el permiso para ingresar al domicilio, en el lugar también se encontraban los Sres. Juan Aranibar Choque, Felipe Quispe Cruz, Jenny Aranibar, Antelo Colque, Max Cruz, Javier Colque y Felipa Quispe.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Durante la conversación con la Sra. Mery Aranibar se le solicita la documentación correspondiente de a mercadería la misma dijo que no la tenia en ese momento que se iba a comunicar para que la presente inmediatamente, durante el tiempo en que esperaron la llegada de la documentación la Sra. Realizo insinuaciones de entregarles 4.000 $us., para que se retiren del lugar y evitar el comiso de toda la mercadería consistente en lavadoras, microondas, equipos de sonido, televisores de distinta marca, etc., lo cual no fue admitida por los Agentes del C.O.A.. Posteriormente se hizo presenteenelinmuebleunapersonaqueseidentificocomoJuanAguilarEspinoza,quienpresentolaDUIC-446de 10 de junio de ,2004, emitida en la frontera Charaña, lo que contradecía las versiones de las personas presentes quienes indicaban que la mercadería fue trasladada de la ciudad de Oruro, y fotocopias de las DUI’s C - 14437 de 15 de julio de 2004 emitida en la Aduana Interior de Santa Cruz y C - 8442 de 19 de noviembre de 2002. Luego de establecerse que no contaban con Ja documentación correspondiente que acredite la legal internación a nuestro país, se procedió al Comiso Preventivo de toda la mercadería, trasladándose la misma a instalaciones de la Swisspor-----IV. RELACIÓN DE ACTUACIONES INVESTIGATIVAS: -----------------------------------------------------------------Que, de las investigaciones realizadas se ha establecido lo siguiente: --------------------------------------------------------•Enfecha09deseptiembrede2004,elseñorFiscaldeMateriaDr.FranklinAguilarBoyan,asignadoalaAduanaNacional, comunica el inicio de las investigaciones preliminares al Juez de Control Jurisdiccional, estableciendo las diligencias investigativas que deberá realizar el investigador asignado al caso-----------------------------------------------

•CursaenantecedentesInformeTécnicoLAPÜ/GRLGR/1637/04defecha22denoviembrede2004,emitidoporelLie. Jonny Arratia Rodríguez Técnico Aduanero I, mediante el cual indica que los tributos de importación omitidos dentro de la presente investigación ascienden a la suma de 86.453 Ufv’s.----------------------------------------------------•Mediantememorialdefecha04deoctubrede2004,laGerenciaRegionalLaPazdelaAduanaNacionaldeBoliviamediante representante legal se apersona, se querella y se constituye en parte civil contra Mery Aranibar Choque, Juan Aranibar Choque, Felipe Quispe Cruz, Max Cr6z, Javier Colque Quispe, Juan Aguilar Espinoza, Jenny Aranibar, Antelo Colque Cruz y Felipa Quispe Calle, por la comisión del ilícito de contrabando.------------------------------------•CursaenelcuadernodeinvestigacionesImputaciónFormaldefecha29dejuliode2005,contraJuanArielMaxAguilarEspinoza,porlacomisióndeldelitodecontrabando,emitidopor,elDr.FranklinAguilarBoyan.---------------•CursaenantecedentesNotificaciónmedianteedictosalosSres.MeryAranibarChoque,JuanAranibarChoque,Felipe Quispe Cruz, Max Cruz, Javier Colque Quispe, Juan Aguilar Espinoza, Jenny Aranibar, Antelo Colque Cruz y Felipa Quispe Calle, para que los mismos presten su declaración informativa--------------------------------------------•CursaenelcuadernodeinvestigacionesImputaciónFormaldefecha02demarzode2007,emitidoporelDr.RaúlPeñaloza, contra Mery Aranibar Choque, Juan Aranibar Choque, Felipe Quispe Cruz, Max Cruz, Javier Colque Quispe, Juan Aguilar Espinoza, Jenny Aranibar, Antelo Colque Cruz y Felipa Quispe Calle, por la comisión del delito de contrabando.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------•CursaenantecedentesInformeTécnicoAN/GRLPZ/LAPLI/FISEMU/087/2009,emitidoporelSr.MarcoEliasFlores Administrador de Aduana Interior de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia^ mediante la cual indica que los Tributos Omitidos en , el presente proceso alcanzan a UFV’s 86.453,00 (Ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y tres 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), monto que no supera las 200.000UFV’s,portalmotivodebeaplicarseelArt.56delaLeyFinancial,quemodificaelArt.181delCódigoTributario.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------• Mediante memorial de fecha 14 de julio de 2009, la Sra. Mery Aranibar Choque, solicita Cotejo TécnicoDocumental, adjuntando al mismo documentación de Descargo.--------------------------------------------------------------•MedianteRequerimientode21dejuliode2009,emitidoporelDr.JoséFernandoVillarroel,seremiteantecedentesal Técnico Aduanero para que éste proceda a elaborar Cotejo Técnico.-------------------------------------------------------• Cursa en antecedentes Informe Técnico AN/GRLPZ/LAPI/FISEMU/0130/2009 de fecha 01 de septiembrede 2009, emitido por Marco Flores Guerra Técnico Aduanero I, mediante la cual indica que la documentación presentada como descargo ampara parcialmente a los ítem’s 02, 03, 04 parcial (solo 40 Unidades), 06, 08, 12, 13, 16, 17, 18, 21, 22, 27 parcial (solo 15 unidades), 28, 29, 30 y 31, y posterior a ello los Tributos Omitido en el presente proceso ascienden a la suma de UFV’s 38.291 (treinta y ocho mil doscientos noventa y un 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda).-------------------------------------------------------------------------------------------------------------•Mediantememorialdefecha08deseptiembrede2009,laSra.MeryAranibarChoque,adjuntaTestimoniosdePoder Notarial, y solicita la devolución de la mercadería amparada mediante Informe Técnico AN/GRLPZ/LAPI/FISEMU/0130/2009 de fecha 01 de septiembre de 2009.----------------------------------------------------------------------•Mediantememorialdefecha13deoctubrede2009,laSra.MeryAranibarChoque,reiterasolicituddedevoluciónde mercadería amparada.------------------------------------------------------------------------------------------------------------V. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN-------------------------------------------------------------------------------------Que, del análisis de las pruebas cursantes en el cuaderno de investigación se llega a establecer lo siguiente: ----------Que,lainvestigaciónnohaaportadosuficienteselementosdepruebaparafundaracusación,enconsecuenciasoninsuficientesparaelenjuiciamientopublicodelosimputadosMeryAranibarChoque,JuanAranibarChoque,FelipeQuispe Cruz, Max Cruz, Javier Colque Quispe, Juan Aguilar Espinoza, Jenny Aranibar, Antelo Colque Cruz y Felipa Quispe Calle.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, mediante Informe Técnico AN/GRLPZ/LAPI/FISEMU/0130/2009 de fecha 01 de septiembre de 2009, emitido por Marco Flores Guerra Técnico Aduanero I, se establece en la parte de las conclusiones que los Tributos Omitido en el presente proceso ascienden a la suma de UFV’s 38.291 (treinta y ocho mil doscientos noventa y un 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), los cuales no superan las 200.000 unidades de Fomento a la Vivienda.---------Que, de acuerdo al Art. 56 de la Ley Financial 2009 que ha obtenido fuerza de Ley de acuerdo con lo señalado por el Art.147inc.IIIdelaConstituciónPolíticadelEstadovigenteenesemomento,señala“semodificaelmontodelosnumerales I, III y IV del Art. 181 de la Ley 2494 de 2 de agosto de 2003, de UFV’s 10.000 (Diez Mil Unidades de Fomento a la Vivienda) a UFV’s 200.000 (Doscientos Mil Unidades de Fomento a la Vivienda”.-----------------------Ante esas consideraciones fundamentadas, los descargos presentados e Informes Técnicos se establece Contravención Tributaria siendo de competencia el imponer y ejecutar las sanciones a la Administración Tributaria, por lo que el presunto delito de contrabando no se hubiera cometido, en tal sentido el Código de Procedimiento Penal en su Art. 323 numeral 3) establece la potestad del Representante del Ministerio Publico de decretar de manera fundamentada el que, como resultado de la investigación, informes técnicos que cursan en el cuaderno de investigaciones no se tiene indicios del ilícito de contrabando, toda vez que el presente caso constituye una contravención tributaria.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------VI. PETITORIO: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En mérito a lo anteriormente expuesto en los antecedentes y fundamentos de hecho y de derecho; es que la suscrita Fiscal de Materia de acuerdo con el numeral 7o del Art. 45° num. 15 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, y lo dispuesto en el Art. 323 numeral 3 de la Ley 1970, y en cumplimiento de los principios de objetividad y legalidad, Decreta el SOBRESEIMIENTO de los imputados: MERY ARANIBAR CHOQUE, JUAN ARANIBAR CHOQUE, FELIPE QUISPE CRUZ, MAX CRUZ, JAVIER COLQUE QUISPE, JUAN AGUILAR ESPINOZA, JENNY ARANIBAR, ANTELO COLQUE CRUZ Y FELIPA QUISPE CALLE, por la supuesta comisión del delito de CONTRABANDO, sea todo con las formalidades de Ley.-----------------------------------------------------------------Asimismo, en mérito al Informe Técnico AN/GRLPZ/LAPLI/FISEMU/0130/2009 de fecha 01 de septiembre de 2009, PROCEDASE A LA DEVOLUCIÓN, DE LOS ÍTEMS 02, 03, 04 PARCIAL (SOLO 40 UNIDADES), 06, 08, 12, 13, 16, 17, 18 21, 22, 27 PARCIAL (SOLO 15 UNIDADES), 28, 29, 30 Y 31 DE LA MERCADERÍA DEL ANEXO “A” INFORME TÉCNICO TASACIÓN PRELIMINAR LAPLI/GRLGR/1637/04 DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2004 Y LAS SEÑALADAS EN LOS DOCUMENTOS DE DESCARGO ENUNCIADOS EN CUADROS ELABORADOS EN ANÁLISIS TÉCNICO, MERCANCÍA DECOMISADA QUE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE RESPALDADA, COTEJADA Y DOCUMENTADA DE ACUERDO AL INFORME TÉCNICO ANTERIORMENTE SEÑALADO, DEBIENDO SUSCRIBIRSE EL ACTA DE DEVOLUCIÓN Y ENTREGA DE LA MERCANCÍA A SUS LEGÍTIMOS PROPIETARIOS, DOCUMENTO QUE DEBE ARRIMARSE AL CUADERNO DE INVESTIGACIONES DEL PRESENTE CASO, SEA CONFORME A NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS ESTABLECIDOS CON LAS FORMALIDADES DE LEY.--------------------Remítase antecedentes del presente caso a la Aduana Regional La Paz de la Aduana Nacional, tomando en cuenta el Informe Técnico AN/GRLPZ/LAPLI/FISEMU/0130/2009 de fecha 01 de septiembre de 2009 en relación a la mercadería sin respaldo documental para que en la vía contravencional proceda conforme a procedimientos y normas aduaneras vigentes.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Procédasealanotificacióndelossujetosprocésales,asícomohacerleconoceralJuezCautelarquetieneelcontrolJurisdiccionalpudiendolaspartesobjetarlamismadentrodelplazode5díasapartirdesulegalnotificaciónyseacon las formalidades de Ley.--------------------------------------------------------------------------------------------------------OTROSÍ 1.- Señalo Domicilio procesal prolongación Av. Ecuador, detrás Edif. de la Aduana Nacional, Planta Baja, Of. 3.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------REGISTRESE Y HAGASE SABER.----------------------------------------------------------------------------------------------La Paz, 23 de Agosto del 2010.-----------------------------------------------------------------------------------------------------Dra. Ritva Milene Alba Balboa FISCAL DE MATERIA Fiscalía de Distrito de La Paz.----------------------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA PAZ A LOS VEINTI SEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE AÑOS.-------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y sello: Sara N. Villarroel Bustios.---- FISCAL DE MATERIA.--- Fiscalía Departamental de La Paz.----------

miércoles 24 de junio de 2015 ÚLTIMAS 23w

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RAZON SOCIAL/ NOMBRE NIT/C.I. DOCUMENTO A

NOTIFICAR

FECHACALCULO DEUDA

TRIBUTARIAPERIODO(S) FISCAL(ES) IMPUESTO IMPORTE

EN UFV

CHAMBILLA TITO RICHARD ANTONIO

6020087014 R.D. Nº 700/2015 08/06/2015

Diciembre-2009 IVA 1.770

SANCION POR OMISION DE PAGO 1.094

MULTA POR INCUMPLIMIENTO A DEBERES FORMALES 1.500

TOTAL 4.364

FELIX ROJAS GUTIERREZ C.I.1027654 R.D. Nº 0436/2015 17/04/2015

Septiembre-2010 RC-IVA 345

Octubre-2010 RC-IVA 1.306

Noviembre-2010 RC-IVA 1.119

Diciembre-2010 RC-IVA 667

SANCION POR OMISION DE PAGO 2.352

TOTAL 5.789

FRANZ KENNY QUINTANILLA ARANCIBIA

C.I. 1085874 R.D. Nº 626/2015 02/06/2015

Junio-2010 RC-IVA 480

Julio-2010 RC-IVA 648

SANCION POR OMISION DE PAGO 1.125

MULTA POR INCUMPLIMIENTO A DEBERES FORMALES 900

TOTAL 3.153

ITURRY YAMAMOTO ANDREA LILY

3431280012 R.D. Nº 701/2015 08/06/2015

Septiembre-2009 IVA 15.258

Septiembre-2009 IT 3.522

Noviembre-2009 IVA 13.561

Noviembre-2009 IT 3.130

SANCION POR OMISION DE PAGO 21.567

MULTA POR INCUMPLIMIENTO A DEBERES FORMALES 1.500

TOTAL 58.538

MARLENE DEL ROSARIO GUTIERREZ OLIVERA

C.I.1079265 R.D. Nº 0432/2015 17/04/2015

Agosto-2010 RC-IVA 545

Septiembre-2010 RC-IVA 627

Octubre-2010 RC-IVA 491

Noviembre-2010 RC-IVA 503

Diciembre-2010 RC-IVA 240

SANCION POR OMISION DE PAGO 1.635

MULTA(S) POR INCUMPLIMENTO A DEBERES FORMALES

450

TOTAL 4.491

MENCIAS DE MARIACA FRIDA GUMERCINDA

2059368011 R.D. Nº 703/2015 5/6/2015

junio-2009 IVA 4.494

junio-2009 IT 1.038

Agosto-2009 IVA 1.613

Agosto-2009 IT 372

SANCION POR OMISION DE PAGO 4.457

MULTA POR INCUMPLIMIENTO A DEBER FORMAL (MIDF) 1.500

TOTAL 13.474

MENDOZA TORREZ LUIS FERNANDO

4779736017 R.D. Nº 681/2015 02/06/2015

Diciembre -2009 IVA 4.325

SANCION POR OMISION DE PAGO 3.859

TOTAL 8.184

RAZON SOCIAL/ NOMBRE NIT/C.I. DOCUMENTO A

NOTIFICAR

FECHACALCULO DEUDA

TRIBUTARIAPERIODO(S) FISCAL(ES) IMPUESTO IMPORTE

EN UFV

MIRANDA MIRANDA LEONOR

171552022 R.D. Nº 702/2015 15/06/2015

Enero-2011 IVA 31.595

Febrero-2011 IVA 35.082

Abril-2011 IVA 35.972

Junio-2011 IVA 28.965

Julio-2011 IVA 34.824

Agosto-2011 IVA 25.524

Septiembre-2011 IVA 31.779

Octubre-2011 IVA 27.388

Noviembre-2011 IVA 28.801

Diciembre-2011 IVA 33.925

SANCION POR OMISION DE PAGO 224.822

MULTA POR INCUMPLIMIENTO A DEBERES FORMALES 1.500

TOTAL 540.177

NOEL CARLOS BLACUTT PEREDO

C.I.3104724 R.D. Nº 0438/2015 17/04/2015

Marzo-2010 RC-IVA 719

Abril-2010 RC-IVA 658

Mayo-2010 RC-IVA 934

SANCION POR OMISION DE PAGO 1.507

TOTAL 3.818

ROCA CRUZ ROBERTO

NIT 2060221010 R.D. Nº 0421/2015 17/04/2015

Marzo-2009 IVA 10.353

Marzo-2009 IT 2.389

Abril-2009 IVA 1.081

Abril-2009 IT 250

Mayo-2009 IVA 748

Mayo-2009 IT 173

Junio-2009 IVA 3.474

Junio-2009 IT 801

SANCION POR OMISION DE PAGO 11.489

MULTA(S) POR INCUMPLIMENTO A DEBERES FORMALES

1.500

TOTAL 32.258

ROCA CRUZ ROBERTO

NIT 2060221010 R.D. Nº 0422/2015 17/04/2015

Octubre-2009 IVA 2.976

Octubre-2009 IT 686

Diciembre-2009 IVA 2.614

Diciembre-2009 IT 604

SANCION POR OMISION DE PAGO 4.320

MULTA(S) POR INCUMPLIMENTO A DEBERES FORMALES

1.500

TOTAL 12.700

TOLA TERCEROS WILLAM 3527825017 R.D. Nº 695/2015 05/06/6015

Mayo-2011 IVA 1.221

SANCION POR OMISION DE PAGO 857

MIDF-ACTA Nº 119757 1.500

TOTAL 3.578

VENERABLE HUANCA GUTIERREZ

C.I.6239048 R.D. Nº 0429/2015 17/04/2015

Julio-2010 RC-IVA 1.056

Agosto-2010 RC-IVA 914

Septiembre-2010 RC-IVA 1.120

SANCION POR OMISION DE PAGO 2.075

TOTAL 5.165

WILBERT VILLCA LOPEZ C.I.3972645 R.D. Nº 0418/2015 17/04/2015

Enero-2010 RC-IVA 572

Febrero-2010 RC-IVA 1.021

Marzo-2010 RC-IVA 722

SANCION POR OMISION DE PAGO 1.488

TOTAL 3.803

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de Junio de dos mil quince.

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales al amparo del artículo 86º del Código Tributario - Ley Nº 2492 y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA a los contribuyentes listados con las Resoluciones Determinativas que a continuación se detallan, para que por sí o mediante Apoderado se apersonen ante las oficinas de esta Gerencia Distrital, Departamento de Fiscalización, Supervisoría de Verificación Interna, ubicada en la Av. Montes Nro. 515, a objeto de proceder a la cancelación de la deuda tributaria contenida en las Resoluciones Determinativas consignadas, bajo conminatoria de iniciarse la Ejecución Tributaria en caso de incumplimiento, comunicándoles que en caso de considerar que las Resoluciones lesionan en alguna manera sus derechos, se aperturan los plazos para interponer los Recursos que la Ley le franquea, dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido por el numeral 2) del artículo 174º de la Ley Nº 1340 ó de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido por el artículo 143º de la Ley Nº 2492, computables a partir de su legal notificación con la Segunda Publicación del presente Edicto:

INE FIRMA ACUERDO DE COOPERACIÓN CON INEIImpulsar una política de coo-peración interinstitucional para trabajar, coordinar y fortalecer las capacidades de ambas entidades es el principal objetivo que persi-gue el acuerdo que firmaron ayer en Puno el Instituto Nacional de Estadística (INE) de Bolivia y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) de Perú.El documento —que forma parte de los casi 80 acuerdos logrados entre ambos países durante el Encuentro Presidencial y Primer Gabinete Binacional— fue firma-

do ayer por el director general ejecutivo del INE, Luis Pereira Stambuk, y el jefe del INEI, Ale-jandro Vilchez De los Ríos.El acuerdo de cooperación fue el resultado de reuniones preparato-rias y de la mesa de trabajo ‘Desa-rrollo económico, asuntos sociales y fortalecimiento institucional’ del gabinete binacional, discutido y negociado entre los delegados peruanos y bolivianos entre el 21 y el 23 de este mes. La relación inte-rinstitucional entre el INE y el INEI data desde 1977.

Bolivia y Perú fijan integración eléctricaespecífico que permita los inter-cambios comerciales de electrici-dad, el cual será consensuado en un plazo no mayor a doce meses, computables a partir de la sus-cripción del presente acuerdo in-terinstitucional.

Concluidos los estudios de in-terconexión entre ambos países, serán incorporados en la planifi-cación eléctrica de cada nación. La inversión realizada en la línea será pagada con el transporte que se haga a través de la misma, que permitirá a ambos Estados estar conectados en sus sistemas.

Ministros del área de Bolivia y Perú.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El ministro de Hidrocarburos y Energía, Luis Sánchez, suscribió ayer en Perú con la ministra de Energía y Minas de ese país, Rosa María Ortiz, un acuerdo interins-titucional en el sector eléctrico.

“Se van a ejecutar inversio-nes en el sector eléctrico, para lo cual la Empresa Nacional de Electricidad Corporación va a realizar todos los estudios para la construcción de la infraes-tructura de la línea entre Bolivia y Perú, la cual permitirá el inter-

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cambio de energía entre ambos países”. El acuerdo establece que los organismos competentes de ambas partes desarrollarán un modelo operativo y regulatorio

miércoles 24 de junio de 201524

LOS TRES LUGARES SE EN-CUENTRAN ENTRE UNA HORA A UNA HORA Y ME-DIA DE VIAJE DESDE LA SEDE DE GOBIERNO. SE INSPECCIONA LA RUTA.

LA PAZ / CAMBIO

Los aficionados al deporte ‘tuer-ca’ de La Paz podrán ver el Rally Dakar 2016 en los municipios de Guaqui, Taraco y Tiwanaku, ya que la competencia pasará por primera vez por este departamen-to. Luego seguirá a Oruro y Potosí.

“La carrera provendrá de Perú y entrará por Desaguade-ro y parará por inmediaciones de los municipios de Guaqui, Taraco y Tiwanaku”, comentó el ministro de Culturas y Turis-mo, Marko Machicao.

Guaqui se encuentra a una hora de viaje desde la ciudad de La Paz, Tiwanaku a una hora y media, algo similar acontece con Taraco, que se encuentra en la parte sur del lago Titicaca.

Precisamente, el Titicaca será uno de los grandes atractivos naturales de la competencia que pasará por Bolivia con las cuatro categorías: autos, motos, cuadratracks y camiones.

Hace unas semanas, repre-sentantes del Gobierno nacio-nal se reunieron con delegados de Amaury Sport Organisation (ASO) y se comenzó a delinear

Los paceños podrán ver el Dakar en tres municipios

Y RALLY DE 2016 RECORRERÁ LAS POBLACIONES DE GUAQUI, TIWANAKU Y TARACO

la ruta de la prueba por Bolivia. Con esa base una comisión na-cional realizó una inspección.

“Inspeccionamos parte de la ruta para cuidar espacios medioambientales y patrimo-niales, y el viernes enviamos un reporte a la ASO”, informó Machicao.

La autoridad señaló que en julio se tendrá una nueva reu-nión entre los ministerios de

Culturas y Turismo y de Medio Ambiente y Agua con miem-bros de la ASO para ver si es necesario modificar parte de la ruta o mantener la propuesta.

“En la primera edición del Dakar por Bolivia (2014) se cambió una parte de la ruta por un espacio precolombino, y en la segunda versión (2015) se cambió por un sitio ramsar”, comentó Machicao.

El Rally Dakar 2016 pasará por inmediaciones de Tiwanaku; se van a preservar los espacios arqueológicos.

Inauguran hoy estadio Comandante Chávez

Una incidencia del último clásico jugado en mayo, por el torneo de la Liga.

Y CON UN CLÁSICO PACEÑO QUE SE JUGARÁ A LAS 14.30

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COMPLETOEl próximo año comen-zará en Perú, pasará por Bolivia y concluirá en Argentina. Es la primera vez que Bolivia disfrutará del paso de la carrera en sus cuatro categorías.

EL TIGRE CAMBIA DE RI-VAL PARA EL DOMINGO, VENDRÁ COBRESAL.

LA PAZ / CAMBIO

El clásico paceño se jugará hoy en Chimoré, provincia Carras-co del departamento de Co-chabamba, en la inauguración del estadio Comandante Hugo Chávez, desde las 14.30.

El partido se concretó a invi-tación de la presidencia del Es-tado. Estará también presente el mandatario Evo Morales.

El escenario deportivo tiene una capacidad de 15 mil espec-tadores, cuenta con una cancha con césped natural, graderías, un palco para autoridades y pis-

ta de atletismo. La construcción fue financiada por el programa Bolivia Cambia Evo Cumple.

Los técnicos de The Strongest y Bolívar definirán si llevan a todos sus jugadores para el com-promiso, es posible que algunos no asistan y continúen con el trabajo de la pretemporada, los de Bolívar en Oruro y los del Ti-gre en La Paz.

THE STRONGEST VS. COBRESALEl Tigre cambió de rival para

su segundo partido amistoso que se jugará este domingo, se descartó a Real Garcilaso, de Perú, y se concretó un acuerdo con el club Cobresal, el actual campeón chileno.

Zárate gana torneo de fisicoculturismo El chuquisaqueño Rodrigo Zárate ganó el torneo nacional Apertura de Fisicoculturismo, que se realizó el fin de semana en Yacuiba, Tarija.Zárate venció en la máxima catego-ría (sénior). Además de sus coterrá-neos superó a representantes de Cochabamba, Santa Cruz, La Paz, Potosí, Tarija y Pando.También lograron triunfos los cru-ceños Brayan Montano (categoría juvenil) , Milton Rivero (clásico) y Rodolfo Vargas (absoluto women´s). En damas ganaron Eliana Áñez, de Santa Cruz, en body fitnes; y Alicia Dorries, de Cochabamba, en bikini.

cortos

El técnico Antelo deja Sport Boys

Debido a una diferencia en crite-rios para la contratación de juga-dores, el entrenador Víctor Hugo Antelo renunció a la dirección técnica de Sport Boys, de War-nes, que de momento continúa con su trabajo bajo las órdenes de Guillermo Aüe. “Esta decisión nos sorprendió porque vivimos cada día planificando el trabajo, aunque había una incomodidad de Antelo en la contratación de jugadores y la renovación de su proprio contrato, lo cual derivó en que no haya un acuerdo”, informó Aüe, quien también es gerente del club.

‘U’ inicia labor con la vuelta de VegaCon sed de revancha después de la mala actuación que tuvo en el último torneo de la Liga, el equipo de Universitario de Sucre comenzó ayer su trabajo de pretemporada bajo las órdenes del técnico Javier Vega, quien regresó a la entidad capitalina en reemplazo del valluno Julio César Baldivieso.“Iniciamos el trabajo con muchas ganas, con la convicción de que podemos ser protagonistas y llegar a pelear cosas importantes. Hay un buen grupo acá, aunque nos falta reforzar algunos espacios para ser más sólidos”, comentó Vega.

miércoles 24 de junio de 2015 25

SALIÓ A LA LUZ UNA GRA-BACIÓN DE GRONDONA (†). FAVORECIÓ A UN EQUIPO EN UN PARTIDO DE LA COPA LIBERTADORES.

ASUNCIÓN / AFP

El árbitro internacional pa-raguayo Carlos Amarilla fue temporalmente separado de la plantilla de jueces de la Asocia-ción Paraguaya de Fútbol (APF) tras conocerse unas grabacio-nes atribuidas a Julio Humber-to Grondona, extitular falleci-do de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y vicepresiden-te de la FIFA, que insinuó arre-glos con dicho juez.

Además de Amarilla, la co-misión de Árbitros de la APF apartó a los jueces de línea Rod-ney Aquino y Carlos Cáceres.

Amarilla, involucrado en arreglo de partidos

Y EL ÁRBITRO PARAGUAYO FIFA ESTÁ SUSPENDIDO

Ambos actuaron en el parti-do de Boca Juniors ante el bra-sileño Corinthians, correspon-diente a los octavos de final de la Copa Libertadores de Améri-ca 2013 y que finalizó empata-do 1 a 1, resultado que clasificó al conjunto rioplatense.

En dicho encuentro, Amari-lla no sancionó un penal y anu-ló un gol al equipo brasileño.

Un comunicado de la comi-sión de árbitros de la APF dijo que la suspensión será efectiva “hasta tanto se aclare” el caso.

Amarilla y Aquino fueron citados en una conversación mantenida en 2013 por Grondo-na con el titular de la Comisión argentina de Arbitros, Abel Gneco, instructor de la Conme-bol (Confederación Sudameri-cana de Fútbol).

El árbitro Carlos Amarilla da una instrucción durante un partido de fútbol. El paraguayo recibió una sanción.

SERÁN LOS PRIMEROS JUE-GOS QUE SE REALIZARÁN EN SUDAMÉRICA.

RIO DE JANEIRO / AFP

Brasil será el “vencedor” de los Juegos Olímpicos de 2016 en Rio de Janeiro, los primeros en Sud-américa, aseguró ayer la presi-denta Dilma Rousseff durante el lanzamiento de Ginga, la mas-cota del equipo nacional.

“Tengo la certeza de que Bra-sil entero, junto con ustedes, hará de este evento deportivo una marca en la historia mun-dial deportiva de nuestro país y del mundo. El resultado será un Brasil vencedor, el resultado será un Brasil orgulloso de sus

Rousseff presenta a la mascota Ginga

atletas”, dijo Rousseff en el cen-tro acuático Maria Lenk de Ba-rra da Tijuca, a 32 km del centro de Rio, donde en poco más de un año se realizarán las pruebas olímpicas de nado sincronizado y saltos ornamentales.

Durante la ceremonia, los 600 atletas que integran la de-legación brasileña en los Juegos Panamericanos de Toronto se despidieron oficialmente de la presidenta Rousseff.

“Estamos a 409 días del ini-cio de los Juegos Olímpicos, a 442 días del inicio de los Juegos Paralímpicos. Ese es el tiempo que falta para que Rio de Janei-ro se transforme en el centro deportivo del mundo”, dijo.

Y JUEGOS OLÍMPICOS DE RIO 2016

AFP

La presidenta Dilma Rousseff (centro) junto con la delegación de su país.

INFO

BAE.

COM

Grondona revela en la con-versación sus influencias para la designación de árbitros. En un momento dado remarca que el árbitro Amarilla fue “el refuerzo más grande” que tuvo Boca (Juniors)” para pasar a cuartos de final, fase en la que fue eliminado por su compa-triota Newell’s Old Boys.

El juez cuestionado manifes-tó su sorpresa por la acusación y remarcó que acusaciones de ese tipo “están matando el fútbol”.

“Estoy sorprendido por las noticias, pero soy el primero que quiere aclarar este tema. El fútbol es un deporte donde co-metemos errores y los árbitros estamos expuestos a esto como seres humanos. La palabra de estos dirigentes está matando el fútbol”, enfatizó.

Blatter irá al sorteo del MundialEl presidente de la FIFA, Jose-ph Blatter, asistirá al sorteo de las eliminatorias del Mundial 2018 en San Petersburgo el 25 de julio, dijo el ministro ruso de Deportes, Vitaly Mutko.

“Por supuesto, él (Blatter) asistirá (al sorteo)”, declaró

Mutko a la agencia de noticias TASS. “Todo el comité ejecuti-vo (de la FIFA) estará ahí, así como las 209 federaciones na-cionales”, agregó.

La federación rusa de fútbol también dijo que el suizo Blat-ter asistirá al sorteo.

AVISO DE REMATEEl Lic. Ernesto Natusch Serrano, Gerente Distrital Beni del Servicio de Impuestos Nacionales, informa que dentro del proceso de ejecución tributaria en etapa de cobro coactivo seguido en contra del contribuyente HECKER HERMANOS SRL., con RUC 746282 representado legalmente por el Sr. Peter Hecker Haase, con Pliego de Cargo N° 038/2001, Mediante Auto 25-0175-15 del 12/06/2015 se ha dispuesto el Tercer remate del lote de bienes muebles (Acciones Telefónicas) de propiedad de HECKER HERMANOS SRL., que se detallan continuación:

1.- Acción telefónica Nº 852-3232 de 3° tercera serie, sobre el 70% del valor comercial estableciéndose el importe de $us1.373 (Un mil trescientos setenta y tres 00/100 Dólares Americanos), equivalente a Bs9.555 (Nueve mil quinientos cincuenta y cinco 00/100 Bolivianos), tipo de cambio Bs6.96 (Seis 96/100 Bolivianos), como precio base del remate, la mencionada acción telefónica no tiene adeudo por servicios de telefonía.

2.- Acción telefónica Nº 852-3559 de 3° tercera serie, sobre el 70% del valor comercial estableciéndose el importe de $us1.373 (Un mil trescientos setenta y tres 00/100 Dólares Americanos), equivalente a Bs9.555 (Nueve mil quinientos cincuenta y cinco 00/100 Bolivianos), tipo de cambio Bs6.96 (Seis 96/100 Bolivianos), no tiene adeudo por servicios de telefonía.

El mismo que se realizara con la rebaja del 30% del valor total del certificado de avalúo con CITE COTERI N° 293/2014, emitido por la Cooperativa de Telecomunicaciones “Riberalta” Ltda., importe establecido para cada acción telefónica, conforme al Art. 56 numeral III de la RND Nº 10-0008-14 de fecha 21/03/2014 y Art. 312 de la Ley 1340.

La Tercera audiencia de remate en subasta pública de los bienes muebles (Acciones Telefónicas), se efectuara el día viernes 03/07/2015 a horas 10:00 a.m., en Oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Beni situado en la Calle Félix Pinto Saucedo No. 225, debiendo los interesados efectuar el depósito equivalente en Bolivianos al 20% del precio base del remate para cada acción telefónica como garantía en el Banco Unión S.A., en la cuenta a Nombre de SIN GERENCIA TRINIDAD Nº 10000004668402.

Se designa como martillero a la Lic. Escarleth Franco Temo profesional V-A del Servicio de Impuestos Nacionales.

Mayores informaciones sobre los bienes, se dará a conocer en la oficina del Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Beni.

Trinidad, 22 de junio de 2015

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INVITACIÓNLa Gerencia Departamental de Oruro, invita a:

Apersonarse a las oficinas de la Contraloría General del Estado, Gerencia Departamental de Oruro (c. Caro N° 307 entre Pagador y Potosí), en el plazo de tres (3) días hábiles a partir de la fecha, a recabar una copia del Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGE/DRC-055/2014, de la Empresa Minera Huanuni dependiente de la Corporación Minera de Bolivia.

Oruro, 24 de junio de 2015

2X2 B/NDIA DE PUBLICACION 24/06/15

TARIFA Bs. 600,00

1. LUIS ERQUICIA GARDEAZABAL2. ROBERTO GUILLERMO MONTAÑO ARAOZ3. ALBERTO GUZMÁN VALLEJOS4. TEÓFILO MÉNDEZ HIDALGO5. GONZALO CHÁVEZ QUINTELA6. VENANCIO TAQUICHIRI SAYALI7. REMIGIO LÁZARO MAMANI8. MAXIMILIANO REVOLLO LÓPEZ9. FRUCTUOSO ACHACOLLO POMA10. NELSÓN GUEVARA ARANDA11. Importaciones y Representaciones

“COREMMIN” en la persona de su representante legal

12. Comercial “FENIX”, en la persona de su representante legal

13. Empresa “3M BOLIVIA”, en la persona de su representante legal

14. Comercial “R Y K”, en la persona de su representante legal

15. Operadora de Servicios Mineros Industriales “OSEMIN”, en la persona de su representante legal

16. Comercial “FUG”, en la persona de su representante legal

miércoles 24 de junio de 201526

Prórrogas se eliminan hasta la final de la Copa

La reglamentación de la Copa América se modificó a partir de los cruces de eliminatorias que comenzarán hoy con los cuartos de final. Como medida para esta edición, quedaron eliminadas las prórrogas y las definiciones serán directamente por penales.Los encuentros que concluyan en empate al término del tiempo re-glamentario irán directamente a penales. Lo que no se haya logra-do en los 90 minutos, no podrá ser arreglado en el tiempo extra (30’). Esta regla no se aplicará en la final.

Evo y Humala dan sus pronósticos del cotejo

Los presidentes de Bolivia, Evo Morales, y de Perú, Ollanta Hu-mala, se animaron a dar su pro-nóstico del partido que jugarán ambas naciones por cuartos de final de la Copa América 2015.Primero fue el mandatario boli-viano, quien se animó a hablar sobre el partido de este jueves, “el único pronostico que puedo darles es del tiempo”, expresó.Por su parte, Humala fue más diplomático y señaló: “sólo es-pero que gane el mejor y que sea un gran partido”.

La Conmebol garantiza entrega de los premios

La Conmebol pagará todos los premios de la Copa América 2015 con 10 millones de dólares de un fondo de reserva propio, porque la empresa que tiene los derechos del torneo tiene sus cuentas congela-das por el escándalo FIFA, dijo ayer su tesorero, Carlos Chávez, a la AFP.Datisa compró los derechos de cua-tro ediciones de la Copa América a 80 millones de dólares cada una. Pero, investigada por la justicia de EEUU, tiene sus cuentas congeladas en Suiza y le debe a la Conmebol $us 45 millones del torneo de Chile.

SE DA INICIO A LOS CUAR-TOS DE FINAL DE LA COPA AMÉRICA CHILE 2015.

SANTIAGO / AFP

Uruguay, el campeón vigente de la Copa América, pone en juego su cetro ante Chile, el anfitrión del torneo y uno de los serios aspirantes a ganar su primer título, en el partido de cuartos de final que disputarán hoy en Santiago.

El choque, que abre la se-gunda ronda de la Copa Amé-rica, se disputará en el Estadio Nacional de la capital chilena desde las 19.30.

Tras las fricciones de la pri-mera fase, Tabárez ha perdido al lateral Álvaro Pereira para el partido con Chile por doble tar-jeta amarilla, una baja sensible ya que en su puesto irá Jorge Fucile, quien no ha tenido mu-cho fútbol en esta temporada.

El juego aéreo es la peor pe-sadilla de Chile, el equipo más bajo del torneo con 1.76 metros de promedio.

El árbitro del partido será el brasileño Sandro Ricci.

El campeón enfrenta al anfitrión

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AFP

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El atacante chileno Alexis Sánchez.

EDICTOEL GERENTE REGIONAL LA PAZ Lic. José Blacud Morales, de conformidad y en estricta aplicación al articulo 86 del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 cita, llama y emplaza a la Sra. FRANCISCO MAMANI LAZO, con C.I. 2475792 L.P.; para que tome conocimiento del presente AUTO ADMINISTRATIVO AN-GRLPZ-ULELR No. 13/2015 de fecha 06 de febrero de 2015 y ACTA DE INTERVENCIÓN GRLPZ-UFILR-0010/08 de fecha 20 de febrero de 2008, debiendo apersonarse dentro del plazo de 3 días hábiles a partir de su legal notificación en las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la Calle Ignacio Cordero, Nº 961 Edif. Torre Olimpo Piso 1 Zona Calacoto de la ciudad de La Paz, para la presentación de descargos previstos por norma.----------AUTO ADMINISTRATIVO--------------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLPZ-ULELR-N°13/2015----------------------------------------------------------------------------------------------------La Paz, 6 de Febrero de 2015--------------------------------------------------------------------------------------------------------VISTOS: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------La Resolución de Rechazo N° 61/13 de 25/11/2013 emitida por la Fiscal de Materia Dra. Rosario P. Duran Castro, Informe AN-GNJGC/DGLJC N° 0078/2015 de 15/01/2015, y todos los antecedentes cursantes en obrados. ----------CONSIDERANDO: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, mediante Resolución de Rechazo N° 61/13 de 25/11/2013 la Fiscal de Materia Dra. Rosario P. Duran Castro, previa exposición fáctica y fundamentos jurídicos, resuelve lo siguiente: (parte dispositiva) POR TANTO: “La suscrita Fiscal, en aplicación de los artículos 122°, 123° de la C.P.E., Art. 4° del Código Penal, Art. 150° del Código Tributario, 72° del Código de Procedimiento Penal, Arts. 66. 1. 2. 4. 6. 9, 166 y sgts. del Código Tributario y los artículos 301 inc. 3) y 304 Inc. 1) y 3”... Que el hecho no esté tipificado como delito... “ “la investigación no haya aportado elementos suficientes para fundar la acusación...” ambos de la Ley 1970, mediante la presente resolución fundamentada, toda vez que la conducta del imputado no se adecúa al delito de contrabando ya que la mercancía comisada no supera las 200.000 UFV’s, se dispone el RECHAZO de la denuncia interpuesta por LA ADUANA REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL en contra de FRANCISCO MAMANI LAZO por la supuesta comisión del delito de: CONTRABANDO tipificado en el Art. 181 del Código Tributario. Y por el delito de Falsificación de Documentos Aduaneros previsto en el Art. 181 quater del C T- A los efectos consiguientes de Ley y de conformidad al Art. 305 del citado cuerpo legal en cumplimiento a la Ley del Ministerio Público, remítase una copia de la presente Resolución al Señor Fiscal de Distrito de La Paz, al Juez de Instrucción en lo penal y Notifiquese a las partes (...)”.----------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Informe AN-GNJGC/DGLJC N° 0078/2015 de 15/01/2015, concluye señalando: “1- Conforme lo señalado en el Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0010/08 de fecha 20/02/2008, existe mercancía no declarada en el trámite del despacho aduanero efectuado mediante DUI2005/221/C-l 72,6 de 20/07/2005 a nombre del operador Francisco Mamani Lazo, por lo que se evidencia que el delito de contrabando no deviene de la determinación de la falsedad del documento aduanero utilizado en el trámite aduanero del proceso de referencia, correspondiendo en su caso la continuidad del procesamiento por contrabando contravencional en la Gerencia Regional La Paz, paralelamente a la tramitación del delito de falsificación de documento aduanero (...)”----------------------------------------------------------Que, a objeto de iniciar el procedimiento sancionador por la presunta comisión de la contravención aduanera por CONTRABANDO; conforme lo dispuesto en el artículo 166° de la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano, la Administración Aduanera es competente para calificar la conducta, imponer y ejecutar sanciones por contravenciones, por lo que corresponde radicar el presente proceso en relación únicamente al delito de CONTRABANDO en sede Administrativa. --------------------------------------------------------------------------------------POR TANTO: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Gerente Regional La Paz, en uso de las facultades conferidas por Ley; ---------------------------------------------------RESUELVE: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PRIMERO.- La RADICATORIA en sede Administrativa del proceso correspondiente al Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0010/08 de fecha 20/02/2008 emitida contra el Operador FRANCISCO MAMANI LAZO, para el inicio del proceso administrativo por presunto CONTRABANDO CONTRAVENCIONAL, bajo competencia de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO.- Se proceda a la notificación con la citada Acta de Intervención y el presente Auto Administrativo a los presuntos responsables, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 84° del Código Tributario Boliviano (Ley N° 2492) y sea conforme a procedimiento. -------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, notifíquese y cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sello: Lic. Jose Blacud Morales.--- Gerente Regional La Paz a.i.--- Aduana Nacional de Bolivia.---------------Sello Redondo.-Gerencia Regional de La Paz.-Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------ACTA DE INTERVENCIÓN GRLPZ-UFILR 0007/08 de fecha 14 de febrero de 2008.-----------------------------UFILR-0010/08.--- GRL013/2007.------------------------------------------------------------------------------------------------ACTA DE INTERVENCIÓN.------------------------------------------------------------------------------------------------------

GERENCIA REGIONAL FISCALIZACIÓN LA P GRLPZ 20-08-2008

En fecha 20/2/2008, de conformidad a lo establecido en los artículos 186 y 187 del Código Tributario Boliviano, se procede a la elaboración de la presente acta de intervención del caso denominado GRL013/2007. ----------------------I. IDENTIFICACIÓN DE LA AUTORIDAD ADUANERA QUE EFECTÚA LA INTERVENCIÓN------------------Ugarte Anaya Wilsón FISCALIZADOR---------------------------------------------------------------------------------Sossa Rivera Armando FISCALIZADOR.---- Fiscal: ------------------------------------------------------------------II. RELACIÓN CIRCUNSTACIADA DE LOS HECHOS---------------------------------------------------------------------En cumplimiento a la Orden de Fiscalización N° GRL013/2007 de 15/01/2007 emitida por la Gerencia Nacional de Fiscalización, en aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, se notificó mediante Edicto los días 27/04/2007 y 02/05/2007 en el periódico “La Razón” al Sr. Francisco Mamani Lazo el inicio de la fiscalización aduanera posterior a la Declaración Única de Importación 2005/221/C-1726 de 20/07/2005------------------------------En cumplimiento a lo establecido en el numeral 2.1 del acápite B del Procedimiento de Fiscalización Aduanera Posterior aprobado mediante Resolución de Directorio RD 01-010-04 de 22/03/04 y en aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, se notificó mediante Edicto los días 06/12/2007 y 10/12/2007 en el periódico “El Diario” al Sr. Francisco Mamani Lazo con C.I.3475792LP, los resultados preliminares de la Fiscalización Aduanera Posterior, expuestos en el Informe N° GRLPZ-UFILR-I-437/2007 de 23/11/2007.-----------------------------------------El Operado Sr. Francisco Mamani Lazo con C.I.3475792LP, no presentó descargos al Informe Preliminar GRLPZ-UFILR-I-0437/2007 de 23/11/2007 en el plazo establecido, por lo que los resultados del informe preliminar se convierten en informe final, conforme a lo estipulado en el numeral 2.2, literal B, parte V del Procedimiento de Fiscalización Aduanera Posterior aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD-01-010-04 de 22/03/2004. --El 02/01/2008 se emitió el Informe Final de Fiscalización Aduanera Posterior N° GRLPZ-UFILR-I-007/2007 dando cumplimiento al numeral 2.2 del acápite B del Procedimiento de Fiscalización Aduanera Posterior, mismo que en aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, fue notificado mediante Edicto los días 09/01/2008 y 13/01/2008 en el periódico “El Diario”.--------------------------------------------------------------------------------------------Como resultado de la fiscalización aduanera posterior se determinó lo siguiente:-------------------------------------------1. Mercancía no declarada-----------------------------------------------------------------------------------------------------------1.1 Se determinó la existencia de diferencia sustanciales entre la fotocopia legalizada de la Factura de Reexpedición N° 084734 de 14/07/05 remitida por el Servicio de Aduanas de la República de Chile y la factura con la misma numeración presentada para la tramitación de la DUI 2005/221/C-1726 en la Administración de Aduana Charaña. --1.2 Con relación al peso y cantidad de bultos los documentos que se detallan, provistos por la Aduana de Chile y la Aduana de Frontera de Charaña, evidencian que toda la mercancía correspondiente a la Reexpedición N° 084734 de 14/07/2005 salió de la Zona Franca Iquique República de Chile e ingresó a territorio Aduanero boliviano en Charaña y sólo una parte fue declarada ante la Aduana Nacional de Bolivia, existiendo mercancía NO DECLARADA en Aduana, tal como lo evidencian los siguientes documentos.-------------------------------------------------------------------------------a) La Fotocopia Legalizada del Anexo de Solicitud de Reexpedición, remitido por el Servicio de Aduanas de Chile consigna en el rubro Peso Bruto de 3.800 Kg. y en el Rubro Cantidad de Bultos 813 Cajas de cartón. ------------------b) La Fotocopia Legalizada del MIC/DTA, remitido por la Administración de Aduana Charaña, N° 109882 de fecha 15/07/2005, en el rubro 36 Documentos anexos consigna “Reexp 084734”; en el Rubro 32 Peso Bruto consigan 3.800 Kg. y en el Rubro Cantidad de Bulto consiga 813 Bultos. --------------------------------------------------------------

c) La factura de Transporte presentada a Despacho, emitida por JOSEFINA BRUNILDA MUÑOZ FARIAS, N° 00544 de fecha 15/07/2005 consigna el traslado de 813 cajas. ----------------------------------------------------------------d) El Parte de Recepción N° 221 2005 119793 - CH/129/2005 presentado a Despacho, en el Rubro 2 Control de Descarga consigna, Peso recibido 3.510 Kg (Faltante de 290 Kg); Cantidad 813 Bulto, Paca o fardo Comprimido y en el Rubro 4 Controles de Vistos de Conformidad - Observaciones Responsable de Deposito “FAC. de REEXP, N° 84734”.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1.3 El valor de la mercancía NO DECLARADA se determinó sobre la base de:---------------------------------------------a) Precios referenciales contenidos en el Informe Técnico GRLP-VA-034/2007 elaborado por el Analista de Precios de la Regional La Paz a requerimiento efectuado por la Unidad de Fiscalización mediante carta AN-GRLPZ-UFILR-C-552/2007 DE 23/06/2007. ----------------------------------------------------------------------------------------------b) Valores establecidos en el Informe de variación del valor N° 1246/2005 contenido en el despacho de la DUI 2005/221/C-1726. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------c) Precios del BIPRE de mercancías similares a la descripción general de la factura de reexpedición.-------------------Como resultado del trabajo efectuado se establece que el valor FOB de la Mercancía NO DECLARADA alcanza a a Sus. 22.509,27 (Veinte y Dos Mil Quinientos Nueve 27/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), de acuerdo a detalle contenido en el Informe Preliminar GRLPZ-UFILR-I-0437/2007 de 23/11/2007, que se resume como sigue: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VALOR FOB DETERMINADO DE LA MERCANCÍA-----------------------------------------------------------------------CONSIGNADA EN LA FACTURA DE REEXPEDICIÓN--------------------------------------------------------------------REMITIDA POR ADUANA DE CHILE. Sus. 25.459,27----------------------------------------------------------------------(-) VALOR FOB MERCANCÍA DECLARADA Y AJUSTADA-------------------------------------------------------------EN LA DUI 2005/221/C-1726 ADUANA CHARAÑA $us 2.950,00---------------------------------------------------------(=) VALOR FOB MERCANCÍA NO DECLARADA Sus 22.509,27---------------------------------------------------------1.4 Liquidación previa de los Tributos Omitidos. --------------------------------------------------------------------------------Para fines de la tipificación de los hechos descritos (último párrafo del artículo 181° del Código tributario Boliviano) se efectuó la liquidación de los tributos omitidos como sigue: -----------------------------------------------------------------VALOR FOB NO DECLARADO.---- $us. 22.509,27. -------------------------------------------------------------------------(+) SEGURO NO DECLARADO.---- $us. 450,19.------------------------------------------------------------------------------(=) VALOR CIF.---- $us. 22.959,46.-----------------------------------------------------------------------------------------------T/C 8.10-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(=) VALOR CIF (BASE IMPONIBLE).---- Bs. 186,237,33.-------------------------------------------------------------------G.A. 10% Bs. 18.624,00-----------------------------------------------------------------------------------------------------IVA 14,94% Bs. 30.608,00-----------------------------------------------------------------------------------------------------TRIBUTOS OMITIDOS.---- Bs. 49.232,00.---- UFV’s 44.078,85.-----------------------------------------------------------(*) Para el cálculo se utiliza la Circular N° 210/2005 de 15/07/2005, 1 UFV igual a Bs. 1.11690.-----------------------Por lo expuesto se determina:-------------------------------------------------------------------------------------------------------1. La existencia de indicios de la comisión del delito de Contrabando, tipificado en el numeral 5) del artículo 175° y los incisos b) y e) del artículo 181° del Código Tributario Boliviano, que establecen que comete contrabando el que incurra en alguna de las conductas descritas a continuación: b) “Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales... e) El que retire o permita retirar de la zona primaria mercancías no comprendidas en la declaración de mercancías que ampare el régimen aduanero al que debieran ser sometidas.”, por la falta de declaración ante la Aduana Nacional, del operador Sr. Francisco Mamani Lazo con C.I.3475792LP, de mercancía por un valor FOB de Sus. 22.509,27 (Veinte y Dos Mil Quinientos Nueve 27/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), con un Tributo Omitido de 44.078,85 UFVs (Cuarenta y Cuatro Mil Setenta y Ocho 85/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), cuya sanción se establece en el Numeral II, del artículo 181° del Código Tributario Boliviano. -----------------------------------------2. Asimismo, y considerando la presentación de un ejemplar diferente de la factura de Reexpedición N° 084734 de 14/07/05 para el trámite del despacho aduanero efectuado mediante DUI 2005/221/C-1726 de 20/07/2005 a nombre del operador Sr. Francisco Mamani Lazo con C.I.3475792LP, se presume la existencia de indicios de la comisión de los delitos de falsedad ideológica, falsificación de documento privado y uso de instrumento falsificado tipificados en los artículos 199°, 200° y 203° de la Ley N° 1768, Código Penal. --------------------------------------------------------III. IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS APREHENDIDAS Y SINDICADAS-------------------------------------

Nombre CI Emisión Situación Jurídica

FRANCISCO MAMANI LAZO 3475792 La Paz No Aprehendido

IV. IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA Y MEDIOS EMPLEADOS PARA LA COMISIÓN DEL DELITO-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Fotocopias legalizadas por la Agencia Despachante de Aduanas de la DUI y su documentación soporte N°

2005/221/C-1726 de 20/07/05 Pág. 1 a 27.------------------------------------------------------------------------------------- Fotocopias legalizadas de la Orden de Fiscalización N° GRL013/2007 de 15/01/07 Pág. 29--------------------------- Fotocopias Legalizadas de la Notificación de la Orden de Fiscalización. Pág. 31 a 37.---------------------------------- Original del Informe preliminar y anexos N° GRLPZ-UFILR-I-437/2007 de 23/11/07 y fotocopias legalizadas

de antecedentes, Pág. 39 a 65.--------------------------------------------------------------------------------------------------- Fotocopia legalizada de los Edictos de la Notificación del informe preliminar, de fechas 06 y 10 de diciembre de

2007 Pág. 67 a 68.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Documentos de respaldo a las observaciones: Fotocopia Legalizada del MIC/DTA N° 109882 Pág. 70.------------- Documentos de respaldo a las observaciones: Originales de reportes de precios de la Base de Datos de la Aduana.

Pág. 71 a 73.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Documentos de respaldo a las observaciones: Fotocopia Legalizada del Informe Técnico de Valoración N°

GRLP-VA-0034/2007 de 23/07/2007. Pág. 74 a 101.------------------------------------------------------------------------ Documentos de respaldo a las observaciones: Fotocopia Simple de la Factura de Reexpedición Legalizada por la

Aduana de la República de Chile N° 084734 de 14/07/2005 Pág. 102 a 105.--------------------------------------------- Original del Informe final GRLPZ-UFILR-I-007/2008 de 02/01/08 Pág. 109 a 110.------------------------------------- Fotocopia legalizada de las Edictos de Notificación del informe final, de fechas 09 y 13 de Enero de 2008. Pág.

112 a 113.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------MEDIOS DE TRANSPORTE

Tipo: Marca:Modelo: Color:Placa: Nro. Motor:Chasis:

V. DETALLE DE LA MERCANCÍA DECOMISADA Y DE LOS INSTRUMENTOS INCAUTADOS------------------No existe Mercancía Decomisada Ni Instrumentos Incautados-----------------------------------------------------------------VI. CALIFICACIÓN SOBRE LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO-------------------------------------------------De la relación de los hechos descritos precedentemente se presume que los sindicados han incurrido en la comisión del delito de CONTRABANDO Y FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS.-----------------------------------------------VII. OTROS ANTECEDENTES---------------------------------------------------------------------------------------------------a) Toda la documentación descrita en los puntos precedentes, se encuentra en el expediente adjunto a la presente.----b) La tipificación detallada de los presuntos delitos establecidos en el presente caso se encuentra en los dos (2) últimos párrafos de la sección II Relación circunstanciada de los hechos, de la presente Acta.----------------------------Firma y sello: Lic. Wilson Ugarte Anaye.--- FISCALIZADOR UNIDAD DE FISCALIZACION.--- Gerencia Regional La Paz.--- Aduana Nacional de Bolivia.-------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sello: Lic. Armando Sossa Rivera.--- Jefe Unidad de Fiscalización a.i.--- Gerencia Regional La Paz.--- Aduana Nacional de Bolivia.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

miércoles 24 de junio de 2015 27

SORIA RECUPERA A SU CUADRO ESTELAR. LA ÚNICA DUDA ES SI JUEGA JHASMANI CAMPOS.

TEMUCO / AFP

Convencida de poder dar otra sorpresa, Bolivia entrenó a puertas cerradas ayer en Temu-co (sur) a la espera del partido de mañana contra Perú, por los cuartos de final de la Copa América de Chile-2015, para el cual el DT Mauricio Soria volve-rá a utilizar su once estelar.

Bolivia ve con otros ojos las cosas en cuartos porque son a otro precio, porque el margen para el error terminó, así lo en-tienden en la Verde.

“En estos partidos de elimi-nación directa no hay que des-cuidar ningún detalle”, analizó el capitán Ronald Raldes.

“Está muy parejo el certa-men, nosotros no tenemos por qué subestimar a nadie, a Boli-via quizá sí lo han hecho, pero hemos demostrado que esta-mos tratando de emparejar las cosas”, agregó el central.

“Buscaremos jugar de igual a igual”, advirtió el volante Ale-jandro Chumacero. “Perú tiene jugadores que son muy impor-tantes en su selección, lo que nosotros tenemos que hacer es jugar, habrá sorpresas”, agregó.

El seleccionador boliviano no ha dado pistas de la forma-

ción contra los peruanos, pero a la luz del último resultado todo hace prever que alineará a su mejor equipo.

Ése sería con Rómel Quiñó-nez, en el arco; Miguel Hur-tado, Ronald Raldes, Edward Zenteno y Leonel Morales en defensa; Chumacero, Danny Bejarano, Martín Smedberg y Damián Lizio en el medio, y en el ataque Ricardo Pedriel y Marcelo Martins.

Sólo una duda habría y sería el retorno a la formación ini-cial de Jhasmani Campos, lue-go de superar una lesión frente a México en el debut y que lo sacó de los dos siguientes en-cuentros por el Grupo A.

La Selección quiere dar otra sorpresa en la Copa de Chile

Y MAÑANA JUGARÁ CON PERÚ POR LOS CUARTOS DE FINAL EN TEMUCO

Jugadores de la Selección boliviana en la práctica liviana, ayer en la ciudad de Temuco. El equipo queda listo hoy.

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Paolo Guerrero, de Perú.

SUCRE / FISCALÍA

El fiscal general del Estado, Ramiro José Guerrero Peña-randa, señaló ayer que son totalmente desubicadas las declaraciones emitidas por el juez que ejerce el control jurisdiccional del proceso investigativo sobre presunta corrupción en la Federación Boliviana de Futbol (FBF).

“No corresponde al juez del control jurisdiccional emitir declaraciones en senti-do de que se individualizó la investigación, debería abste-nerse y no hacer este tipo de declaraciones totalmente des-ubicadas. Simplemente debe abocarse a cumplir su rol”, manifestó Guerrero.

La máxima autoridad del Ministerio Público sostuvo que el caso continúa en pro-ceso de investigación y que las determinaciones que co-rrespondan serán tomadas en su debido momento.

“Es falso decir que se ha individualizado, tampoco el Ministerio Público ha proce-dido a realizar alguna impu-tación, estamos en la etapa de investigación”, expresó.

A su turno, el fiscal supe-rior Iván Montellano ratificó que el Ministerio Público aún no presentó ninguna imputa-ción formal en el marco del proceso investigativo.

“El juez no puede hacer ningún acto de investigación ni inmiscuirse en la investi-gación del Ministerio Público, así como el Ministerio Pú-blico no se inmiscuye en los actos jurisdiccionales propios del juez”, agregó.

La autoridad manifestó que en el transcurso de esta semana y la próxima se conti-nuará con la toma de decla-raciones de acuerdo con el cronograma establecido, y la ampliación o no del período de investigación será definida en su momento.

Aún no hay imputaciones, dice la Fiscalía

El fiscal Ramiro Guerrero.

SÁNCHEZ DICE QUE BOLI-VIA “ES UNA SELECCIÓN FUERTE” Y SE LA RESPETA.

TEMUCO / AFP

Perú buscará hacer uso de sus mejores armas, la posesión de la pelota y la velocidad, para sorprender a Bolivia mañana, porque son argumentos que le reportaron valiosos dividendos en la primera fase.

“Bolivia es una selección fuerte, la respetamos porque

logró la clasificación en un grupo donde no era favorita, y eso hace que nos tengamos que cuidar”, dijo el volante Joel Sán-chez al término de una práctica en el estadio Germán Becker en Temuco (sur), sede del cotejo.

Al conocido estilo del combi-nado inca, de toque corto y ve-locidad, el técnico argentino Ri-cardo Gareca le puso un sello de calidad: el manejo del balón con precisión para la generación del juego ofensivo y una rápida

recuperación para reordenar las líneas, aplicando la pausa cuan-do el trámite lo demanda.

“La idea es tener siempre la pelota, no la podemos ceder porque Bolivia también tiene jugadores con los que nos puede hacer daño”, agregó Sánchez.

En la práctica abierta de la mañana, el elenco peruano en-sayó insistentemente ejercicios y jugadas en definición, un défi-cit que aspiran a superar frente a los bolivianos.

Perú: manejo del balón y velocidad Y EL TÉCNICO GARECA RECURRE A SUS MEJORES ARMAS

De taquitoPerú lleva ventaja Las selecciones de Bolivia y Perú jugaron en 14 ocasiones por la Copa América. Los peruanos llevan gran ventaja, ganaron 7 veces, en tanto Bolivia sólo ob-tuvo 3 victorias, e igualaron en 4 oportunidades.

Rival del ganadorEl ganador de Bolivia-Perú se medirá en las semifinales del torneo con el que resulte vencedor del choque entre Chile y Uruguay, que se enfrentarán hoy en Santiago.

Miércoles 24 de junio de 2015

Amarilla es suspendido por arreglos sucios

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LA PAZ / CAMBIO

Las investigaciones que se rea-lizan en la justicia boliviana apuntan a los principales diri-gentes de la Federación Bolivia-na de Fútbol (FBF), involucrados en supuestos actos de corrup-ción. Ellos son Carlos Chávez, Fernando Humérez, Jorge Justi-niano y Pedro Zambrano.

Los cargos por los que serán investigados son: uso indebido de influencias, beneficios del cargo, delitos tributarios, legi-timación de ganancias ilícitas y organización criminal.

Chávez, presidente de la FBF, no sólo tiene acusaciones en el país, sino en el exterior. Según la investigación de la fiscal estadounidense Loretta Lynch, está entre los dirigentes sudamericanos que recibió en-tre 1,5 y 7,5 millones de dólares por la venta de derechos de TV de dos copas América.

Justicia boliviana les pisa los talones a federativos

Y LOS QUE INTEGRAN LA CABEZA DE LA FBF ESTÁN BAJO SOSPECHA DE CORRUPCIÓN

Bajo sospecha. El Comité Ejecutivo de la Federación Boliviana de Fútbol en pleno. Estos dirigentes conducen los destinos del balompié nacional.

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Chávez está acusado de recibir 7,5 millones de la Conmebol como parte de un soborno. Justiniano no explica en qué gastó un millón de dólares.

El dirigente boliviano es también el actual tesorero de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol).

Otro que está en la mira es Justiniano, presidente de la Asociación Nacional de Fútbol (ANF) y vicepresidente de la FBF. El dirigente Wálter Zule-ta, que declaró ante la Fiscalía General, lo denuncia de haber recibido un millón de dólares

de la Federación en los últimos años y que hasta ahora no justi-ficó “en qué gastó ese dinero”.

El tercero es Zambrano, se-cretario general de la FBF, es cercano colaborador de Chávez en sus nueve años de gestión como presidente en la Fede-ración. Por sus manos pasan todos los documentos, ingresos y egresos económicos. También es dirigente de la ANF.

De taquitoLo que gana ChávezEl presidente de la FBF, Carlos Chávez, confesó a fines de 2014 al programa No Mentiras de PAT que en siete años de gestión re-cibió aproximadamente 840 mil dólares, en sueldos, de la Con-mebol. Explicó que “desde hace muchos años recibo un sueldo de 10.000 dólares mensuales, que no es recurso de Bolivia, ni de la Federación Boliviana, mu-cho menos del Estado”.

“Que me investiguen”Ni bien se enteró de la intención de la Fiscalía General del Estado de averiguar si tiene vínculos con actos de corrupción, Chávez salió al frente diciendo: “investi-guen mi patrimonio y mis movi-mientos económicos desde que estoy en la Federación”. Lo dijo de manera desafiante. Y criticó de paso al Estado por “convali-dar informes que vienen de allá sólo cuando toca al fútbol” y confirmó que abrirá la FBF para que se investigue lo que quiera. “No debería hacerlo, pero en esta ocasión lo haré”, refirió.

Jugosos viáticosLos dirigentes que son miem-bros de la Conmebol reciben un sueldo de 10.000 dólares como mínimo, pero también tienen jugosos viáticos en eventos como la actual Copa Améri-ca de Chile. “Los que dirigen la Conmebol son ricos y los clubes son pobres”, afirmó el exarquero paraguayo José Luis Chilavert, quien afirmó que reciben un viático de 4.500 dólares por día.

9AÑOSestá al frente de la Fe-deración Boliviana de Fútbol Carlos Chávez. Llegó a la presidencia en 2006 con respaldo de las asociaciones. Hoy está en su tercera gestión.

Humérez también está bajo la mira. Es presidente de la Liga desde el año pasado y, en con-secuencia, vicepresidente de la FBF. Su renuncia es inminen-te en la Liga porque está bajo sospecha de haber manejado en forma discrecional el dinero del fútbol profesional.

La Fiscalía General del Esta-do es la que ha iniciado las in-vestigaciones después de cono-cer el escándalo de corrupción en la FIFA y en la Conmebol; convocó a más de 20 personas vinculadas al fútbol para que presten declaraciones.

“En general 23 personas han declarado, y estamos llamando ahora a presidentes de clubes y de asociaciones y a todos quie-nes tienen que ver con la Fede-ración”, informó el otro día el fiscal superior Iván Montellano, que encabeza la comisión que investiga el caso.

¿‘Compraron’ votos en Trinidad?En diciembre del año pasado se realizaron las elecciones de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) en Trinidad, Beni, donde Carlos Chávez fue reelecto.

Según el expresidente del club Universitario de Sucre, Cristian Copa, gente de Chávez lo tentó con 5.000 dólares para

que vote por él en el Congreso Ordinario de Trinidad. El directi-vo contó que rechazó.

Chávez ya fue citado por la Fiscalía General el mes pasado, pero no asistió porque tenía un viaje a Paraguay. Ahora será ci-tado nuevamente, ya en medio de una investigación formal.