capítulo 37, psiquiatría forense

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~ lA 1 R J A

fOO~

La psiquiatrfa forense se define como la

aplicaci6n de los conocimientos psiquiatri-cos a la administraci6n de justicia.El papel del psiquiatra forense tiene los

siguientes objetivos:

1. Ser auxiliar del juez, a quien ilustrasobre aspectos mentales del imputadoen relaci6n con el delito cometido.

2. Aportar los fundamentos cientfficospara el tratamiento judicial del enfe'r-mo mental (Langeluddeke),

3. Establecer la capacidad mental de unapersona en el campo civil.

De manera general, estos objetivos impli-can revisar dos conceptos fundamentales,que son la capacidad civil y la responsabili-dad penal en sus aspectos psiquiatricos.

CAP ACIDAD CIVIL

La capacidad civil ha sido definida como"la aptitud que una persona tiene de ser ti-tular de derechos privados y de ejercitarios"(Colin y Capitant). Sin embargo, algunosautores contimian distinguiendo una capaci-dad y una incapacidad de goce, por una par-te, y una capacidady una incapacidad deejercicio, por otra. La capacidad de goce esusada para designar la aptitud que una per-

sona tiene de ser titular de un derecho, mien-

tras que la capacidad de ejercicio designa laaptitud para ejercer por sf mismo los de-rechos (Colin y Capitant, citado por PerezVargas).Desde el punto de vista jurfdico, conviene

referirse a la responsabilidad civil. Comotal, se define la obligaci6n de reparar el daney perjuicio nacido de la violaci6n del debergeneral de no causar dane alguno a nadie.Para fines psiquiatrico-forenses, el con-

cepto de capacidad civil se equipara con el

de capacidad mental y se refiere a la apti-tud de un individuo para manejar sus asun-tos sabia y prudentemente; 0, dicho de otramanera, la aptitud 0 idoneidad para ser suje-to de derechos y de obligaciones,De una manera general, en derecho civil

sue le considerarse que nadie puede .ser de-clarado inca paz sino mediante sentenciajudicial y con base en las causales que la leyestablece. .

Esta declaraci6n de incapacidad la hace. el juez, fundamentado en la peritaci6n delpsiquiatra forense, quien, a su vez, hace cons-tar la falta de capacidad mental.La capacidad mental difiere segiin se tra-

te de:

• Capacidad para testar.• Capacidad para casarse y divorciarse.• Capacidad para contratar.

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Capacidad para testar

El testamento es el acto por medio delcual un individuo dispone la distribucion desus bienes para despues de su muerte. Paraemitir un testamento valido, el testador debecumplir con los siguientes requisitos:

a) Testador con conciencia plena del sig-nificado del acto.

b) Naturaleza y extension de su genero-sidad.

c) Saber de la existencia de sus herede-ros y la relacion de estos con el,

d) Facilitacion de los medios, verbales 0

escritos, para expresar su voluntad.e) Voluntad del testador expresada libre-mente, sin mediar violencias ffsicas 0

morales ni trastornos mentales.

En resumen, la capacidad de testar exigecondiciones normales de todas las funcionespsfquicas. Por eso invalidan el acto aquellasenfermedades mentales que causen perdidade lacapacidad de entender y de querer (cog-nitivas y volitivas).Hay casos en que la situacion es dudosa.

En enos conviene seguir estas directrices:

a) Es capaz de testar el enfermo mentalque se de cuenta de la racionalidad delos motivos para hacerlo.

b) La capacidad de testar esta en rela-cion inversa con la complejidad de lasdisposiciones tomadas en el docu-mento. Las disposiciones muy com-plejas deben hacer dudar sobre la ca-pacidad del testador.

c) La capacidad de testar debe cuestio-narse cuando el testamento contienedivergencias con las costumbres de suautor, con sus relaciones familiares ycon las tradiciones locales y de clase.

d) La capacidad de testar es dudosa si ellegado beneficia a personas extrafiasa la familia. Este aspecto obliga a unaInvestigacion acerca del pasado deltestador.

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Merece un parrafo especial la situaciondel enfermo mental que testa durante un in-tervalo Lucido; esto es, en el curso de un pe-riodo de claridad de la conciencia. Para ad-mitir tal posibilidad, deben considerarse lossiguientes criterios:

a) Que se trate de una enfermedad quepueda tener intervalos hicidos. Entreeste tipo de enfermedades esta la psi-cosis maniaco-depresiva, la esquizo-frenia y la epilepsia. En cambio, esacondicion es imposible en el retardomental y en la demencia.

b) Que el periodo de claridad de la con-ciencia tenga continuidad suficientepara aceptar su existencia. - .

c) Que se deduzca, no solo del comporta-

miento, sino tambien del retorno a lanormalidad de la ideacion, la voluntady el raciocinio.

d) Que sea verdadero y no simulado.e) Que no haya incapacidad mental totaL

Diagnostico post mortem de Ia capaci-

dad de testar. Con cierta frecuencia, unavez muerto el testador, las personas que sesienten afectadas por las disposiciones deltestamento, pueden poner en duda el estado

mental en el cual 10 hizo. Para aclarar esteproblema, los elementos de juicio son lossiguientes:

Testimonio. Puede ser proporcionadopor familiares, vecinos, conocidos, medicosy clientes. Por la posibilidad de versionesparcializadas 0 tergiversadas, los testimo-nios al respecto deb en considerarse con dis-crecion.

Testamento. Debe apreciarse en la escri-

tura y en el contenido. La primera tiene im-portancia cuando es manuscrito (testamen-to ol6grajo), que puede reflejar incertidum-bre, omisiones, manerismos, repeticion depalabras y frases, etc. En cuanto al conteni-do, hay que evaluar la claridad del razona-miento y los motivos que 10 han llevado tes-tar en determinado sentido.

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Escritos. Conviene analizar escritos aIlte-riores y posteriores ala epoca en que se emi-tio el testamento. El estudio incluye escrituray contenido. Las posibilidades que puedenderivarse son las siguientes:

a) Contraste con el estado mental querefleja el testamento. Esto perrnite su-poner que el testamento fue dictado,sugerido 0 falsificado, 0 escrito du-rante un intervalo hicido.

b) Contraste con los testimonios sobreactos del testador, 10 que inclina haciala posibilidad de falsificacion.

c) Confirmacion de enfermedad mentaldel testador.

Capacidad para casarse

o divorciarse

Con respecto a la condicion mental paracasarse, el individuo debe saber que se estacasando y conocer las consecuencias desus pro mesas.En cuanto al divorcio, en algunas legisla-

ciones se estipula que el individuo debe estarfisica y mentalmente presente. Este princi-pio tuvo originalmente por objetivo protegera los enferrnos mentales que, de otra manera,podfan ser abandonados por el conyuge du-rante su hospitalizacion,

Capacidad para contratar

Una persona es capaz para contratar,siempre que entienda la naturaleza 0 el ca-

racter del procedimiento en que esta contra-yendo obligaciones,El contrato puede ser declarado nulo si se

demuestra ante la justicia que una de laspartes, en el momenta de contraer la obliga-cion, no entendia 0no sabia la naturaleza dela misma. En tal situacion, se aconseja queun psiquiatra examine alindividuo y dicta-mine sobre su estado mental en el momentade contraer la obligacion.

Hospitalizacion psiquiatrica

Tradicionalmente, bajo la condicion deenfermo mental cualquier individuo podiaser internado en un hospital psiquiatricomediante la orden firmada por dos medi-

cos, con 0 sin resolucion judicial que la res-paldara.Sin embargo, en los ultimos afios han sur-

gido movimientos de opinion publica en de-fensa de los derechos de estos individuo~.Como consecuencia, algunas legislaciones

han establecido la obligatoriedad de la or-den judicial pertinente, previa audiencia yexamen medico cruzado, como requisito detal hospitalizacion, y una vez internado, elpaciente queda sometido a examenes, eva-

luaciones e informes medicos periodicosque deben ser elevados a la autoridad judi-cial, quien de este modo fiscaliza el respetode los derechos del enfermo.Tanto en la hospitalizacion voluntaria bus-

cada por el mismo individuo, como en aque-lla solicitada por terceros, estas legislacionestambien exigen que se le notifique al pacien-te su estatus legal y se le faciliten los servi-cios de un abogado si desea oponerse al inter-namiento que otros tratan de imponerle.Cuando el individuo ha recurrido volunta-

riamente al hospital, de igual manera debegarantizarsele la salida mediante simple 80-

licitud escrita suya.

RESPONSABILIDAD PENAL

Para ser responsable de sus propios actosante la ley, todo individuo debe estar cons-

ciente del mundo exterior, razonar y juzgaracerca de 10 que es moralmente correcto ycontrolar su propia conducta (Solomon).

"La imputabilidad es la aptitud psfquicay psicologica para soportar las consecuen-cias de las acciones y omisiones realizadas.En otras palabras, la imputabilidad no es sino'la aptitud para ser culpable'" (Lopez-Fando).La culpabilidad, por su parte, consiste en

el juicio de reproche. El hecho de ser impu-

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table no necesariamente implica que se esculpable de determinada acci6n u omisi6n.En efecto, puede concurrir una circunstan-cia que determine la inculpabilidad.Por otra parte, existe la inimputabili-

dad, que es el aspecto negative de la impu-tabilidad. Las causas de inimputabilidad

pueden estar determinadas de modo expre-so por la ley, como la minoria de edad, 0con-dicionadas a la previa calificaci6n de enaje-naci6n mental. Pero no basta que un indi-viduo padezca una enfermedad mental, sinoque es necesario que la enfermedad sea tras-cendente en el momento de la comisi6n delhecho (L6pez- Fando). En todo caso, el tribu-nal debe contar con el auxilio de la psiquia-tria forense.La imputabilidad, pues, puede ser relativa

como la determinada por la minoria de edad.En cuanto ala condicionada por la enajena-ci6n mental, entendida como talla carenciadel uso de la raz6n, puede haber dos situacio-nes: una en que dicha carencia sea total, y sepuede hablar de inimputabilidad. Yotra enque sea parcial la privaci6n de las funciones-cognitivas y volitivas; entonces se habla deimputabilidad disminuida 0 atenuada.

Las siguientes son enfermedades deter-minantes de inimputabilidad:

a) El retraso mental en sus grades de mo-derado a severo.

b) La esquizofrenia que ha llegado a lapsicosis franca.

c) La paranoia en forma de delirio.d) La epilepsia en situaci6n de demen-cia, crisis convulsiva 0 episodio epi-leptico.

En cambio, no constituyen enajenaci6ncompleta y dan lugar a imputabilidad dismi-nuida, las siguientes enfermedades:

a) La locura incompleta con disminu-ci6n de las funciones cognitivas y vo-litivas sin llegar a privar completa-mente de ellas.

b) El retraso mental en grado grave y leve.

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c) La esquizofrenia cuando no ha alcan-zado el grado de psicosis franca.

d) La paranoia.e) La epilepsia incipiente y la desarro-llada.

f) La epilepsia fuera de las crisis convul-sivas.

Conviene, al respecto, hacer un recordato-rio de los conceptos siguientes; conciencia,lucidez, raciocinio, juicio e impulsividad.

Conciencia. Implica un estado de percep-ci6n del mundo exterior y de la posici6n queen el ocupa el individuo.La alteraci6n de la conciencia puede cons-

tituir un atenuante ante lajusticia. Para esta-blecer tal perturbaci6n, el interrogatorio me-

dico debe comprender estas preguntas:

a) j,Perdi6 el conocimiento en algunaocasi6n?

b) Si en el curso de una conversaci6n,por momentos no puede percibir laspalabras de quien le habla.

c) Si en ocasiones ha llegado hasta un lu-gar sin haberse dado cuenta de c6mo10 hizo.

d) Si estando despierto, se ha sumido ensueno.

e) Si ha tenido la sensaci6n de que lascosas suceden de un modo automatico.

f) Su manera de reaccionar en los exce-sos de bebidas alcoh6licas oempleo dedrogas.

El electroencefalograma complementarael estudio de esta esfera, ya que permite es-tablecer si hay sustrato organico que explica

los trastornos de la conciencia.Lucidez. Es la capacidad de atenci6n, per-

cepci6n y memoria, mediante la cual el indi-viduo puede entablar relaci6n con el mundoexterior e interior (Ameghino).Raciocinio. Consiste en la capacidad de

pensar y razonar acerca del mundo exterior.Es una extensi6n de la conciencia, a la cualpuede traslaparse. Para diagnosticar sus

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trastornos, adernas del exam en psiquiatricoconviene el estudio del psicologo clinico ylas pruebas psico16gicas pertinentes.Juicio. Es una de las funciones mas eleva-

das de la mente. Consiste en la capacidad deentender y apreciar el valor de las cosas que

el individuo piensa y sobre las cuales razona.Constituye una extensi6n del raciocinio.Utiliza la memoria, el conocimiento, la edu-

caci6n, el entrenamiento y la experiencia.En los aspectos legales se debe investigar siel individuo diferencia entre 10bueno y 10malo, 10 correcto y 10 incorrecto.En ocasiones, es la tinica funci6n de la

mente que se encuentra afectada, por 10me-nos durante algiin tiempo.En cuanto a la re-cuperaci6n, suele ser la ultima funci6n en

volver a la normalidad y, a veces, la tinicaque no retorna a este nivel.Conviene que en su estudio intervenga el

psicologo clfnico, ademas del psiquiatra.Impulsividad. En grado anormal, consis-

te en el "impulso irresistible" de atacar, to-mar cosas ajenas, y disfrutarlas.Interesa en su diagn6stico conocer ante-

cedentes de rinas frecuentes en la niriez,repetidos accidentes de transite, conductaantisocial (disturbios, provocaci6n de in-cendios), crueldad con los animales, asaltossexuales, brutalidad criminal.Esta condici6n se observa en casos de

retraso mental, lesi6n organica de 16bulostemporales del cerebro, trastornos de perso-nalidad, manias e hipomanias. Bajo gran ten-si6n emocional 0 bajo intoxicaci6n alcoh6-lica, puede presentarse tam bien en algunaspersonas normales si son inmaduras.Conviene completar el estudio con exa-

men neuro16gico que incluya electroence-falograma.En resumen, desde el punto de vista psi-

quiatrico forense, la responsabilidad penalesta relacionada con la capacidad del indivi-duo para comprender el caracter de sus ac-tos (junci6n cognitiva) y para controlar susimpulsos (junci6n volitiva). Cuando estacapacidad esta conservada hay imputabili-dad; cuando esta atenuada hay imputabilidad

disminuida, y cuando se encuentra abolida, setrata de un caso de inimputabilidad.

EI estado mental enel momento del hecho

Es un problema dificil tratar de estable-cer el estado mental del imputado en el mo-mento de la acci6n criminal, con base en unexamen que el perito psiquiatra realiza se-manas, meses 0 mas de un ano despues.Para ella conviene que el perito siga estas

reglas:

1. No limitarse al examen de las actuacio-nes que motivan el juicio.

2. Recabar las actuaciones del imputadoque figuran .en el expediente judicial.3. Cuando en este documento no se da

una idea clara del estado mental en el mo-mento del hecho, entonces obtener de pa-rientes, amigos, conocidos, jefes, com pane-ros, funcionarios de la localidad (maestros,sacerdotes, etc.) una sencilla descripci6n delas actuaciones, declaraciones y comporta-miento del imputado. Para ella es aconseja-ble que el medico interrogue a los parientes,personalmente y en su oficina, para que deeste modo Useexpresen con mayor sencillezy Iibertad a solas con el medico, que anteel juez" (Langeliiddeke). Desde luego, algu-nos de esos informantes pueden estar tam-bien como testigos en el juicio, si asf 10indi-ca el tribunal.

TRASTORNO MENTAL

TRANSITORIO (TMT)

El trastorno mental transitorio es una en-tidad psiquiatrica forense que puede consi-derarse como eximente 0 atenuante de res-ponsabilidad penal.GisbertCalabuig la define como "estados

de perturbaci6n mental pasajeros y cura-bles, debidos a causas ostensibles sobre unabase pato16gica probada, cuya intensidad

C AP , 3 7. P S IQ U IA TR IA F OR EN SE 423

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llega a producir anulacion dellibre albedriocon su consiguiente repercusion en la impu-tabilidad" .

Actualmente, estos estados de perdida

transitoria de la conciencia se denominantrastornos transitorios de inadaptacion

a situaciones especiales, segun la Clasifi-cacion Internacional de Enfermedades dela OMS. El autor costarricense FranciscoCiofalo Zuniga (1987), recomienda tam-bien el terrnino inconsciencia pasajera,acufiado por Krafft-Ebing.

Caracteristicas

Esta entidad se caracteriza por 10 siguiente:

a) Es desencadenada por una causa in-mediata y de facil demostracion.

b) Su aparicion es brusca 0 , por 1 0 me-nos, rapida.

c) La duracion es breve.d) Su curacion es rapida, completa, sinsecuelas y sin probabilidades de repe-ticion.

e) Tiene una base patologica probada.f) Hay anulacion completa del libre al-bedrio e inconsciencia u obnubilacion

temporal.

En opinion de Ciofalo Zuniga, "la carac-teristica del cuadro es mas intelectual queemocional, y se trata de la situacion que expe-rimentamos mientras dormimos: la perdidadel control cortical sobre el funcionamien-to de la mente".

Formas

Hay dos formas: a) trastorno mental tran-sitorio no psicotico 0incompleto, y b) trastor-no mental transitorio psicotico 0 completo.En el trastorno mental transitorio in-

complete hay un estado crepuscular de laconciencia. El juicio sufre una obnubilaciontemporal. Las funciones mentales superio-

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res y el control de impulsos estan disminui-dos. El paciente no recuerda partes (amne-sia lacunar) 0 recuerda poco (hipomne-sia) de los hechos inmediatamente anterio-res 0 posteriores al trastorno.Se observa en el estado de emocion vio-

lenta, el estado puerperal, neurosis severasy depresiones severas.Juridicamente corresponde a causal de

imputabilidad disminuida en legislacionescomo la de Costa Rica, que la contempla enel articulo 43 del C6digopenal.En el trastorno mental transitorio com-

pleto hay un estado de alienacion mental,una psicosis. El juicio critico sufre una anu-lacion pasajera. Las funciones cerebralessuperiores estan abolidas. El individuo norecuerda nada del hecho y de 1 0 que sucedio

inmediatamente antes 0despues del mismo.La base patologica puede ser la ebriedad

simple, ebriedad complicada, epilepsia psi-comotora, paroxismos epilepticos, brotespsicoticos agudos, intoxicacion psicotica pordrogas u otras sustancias.Juridicamente corresponde a causal de

inimputabilidad en Iegislaciones como lade Costa Rica (Art. 42 del C6digo penal).Sobre la base patologica 0predisposicion,

actuaran estimulos desencadenantes. Estos

pueden ser agentes externos fisicos (infec-ciones, intoxicaciones y traumatism os) ypsiquicos (reacciones psicogenas),

Emoci6n violenta. Para Ciofalo Zuniga,todo estado emocional es violento, razon porla cual para esta forma de trastorno mentaltransitorio incompleto son mas correctas lasdenominaciones de acto de cortocircuito,reacci6n explosiva 0 reacci6n primitiva,

originales de Kretschmer.La diferencia con la demen cia reside enque mientras el demente actua sin quereractuar, en la emocion violenta se aetna que-riendo, pero impulsado por la ruptura de losfrenos inhibitorios.

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Aspectos psiqoiatricos

Son los siguientes:

• Personalidad emotiva preexistente.

• Intensa reacci6n emocional.

• Estado crepuscular psicoafectivo.• Factores organicos 0t6xicos agregados.

• Relaci6n con tendencias afectivas pri-

marias (miedo, c61era, amor).

Aspectos joridicos

Dentro del concepto de "que las circuns-

tancias hicieren excusables" deben consi-

derarse:

Circunstancias calificativas. Pueden

afectar el honor y la integridad fisica, y pro-

vienen de dos fuentes:

a) Laprouocacum 0impetu de ira que es

personal.

b) Eljusto dolor, que toea a los seres que

son de su afecto.

Elementos cronol6gicos. Pueden pre-sentarse tres eventualidades:

Reaccion inmediata a laprovocaci6n; es

la mas frecuente.

Reaccion tardia. Es el resultado de con-

flictos de largo planteamiento, pero hay

proximidad entre el ultimo acto de provoca-

ci6n y la crisis emocional. El sujeto se ha

sensibilizado en el transcurso del caso, para

descargar la emoci6n acumulada.

Reacci/m. diferida. Aqui 10que se pospo-

ne es ladescarga psicomotora, habiendo coin-

cidencia entre el estfrnulo y la emoci6n. Se

observa en individuos esquizoides 0 ciclotf-

micos.

EI medio empleado. Durante la crisis

emocional, el individuo no busca medios

complicados ni formas complejas de lesio-

nar 0 matar. Sin embargo, esto no descarta

que actue de modo brutal" por el subito

furor de que es presa.

Perltaclon medicolegal

Debe abordar los siguientes puntos:

• Estudio del delito.

• Estudio de la estructura psfquica de

imputado.

• Intensidad de la crisis emocional en el

momento del hecho.

• Gravedad de la ofensa que la desenca-

den6.

ESTADO PELIGROSO

Deben distinguirse dos conceptos: peligro

y estado peligroso.

Peligro (del latin, periculum) es una

condici6n atribuible a algo 0 alguien que

entrafia riesgo 0 contingencia inminente de

un evento dafiino 0 resultado disvalioso. En

el caso de un individuo esa condici6n le con-

fiere el riesgo de una actividad agresiva ha-

cia sf mismo y hacia terceras personas (Riiiy Tavella). Es de exclusiva evaluaci6n psi-

quiatrica,

En cambio, el estado peligroso (tambien

llamado peligrosidad) es de exclusiva eva-

luaci6n juridica. Constituye una situaci6n

de peligro subjetivo. Tiene dos variedades:

una predelictual y otra posdelictual (Riii y

TaveHa).

La variedad predelictual se denomina

tambien peligrosidad social (Ferri), capa-

cidad para delinquir(Ranieri) ypeligrosi-

dad potencial (Riil y Tavella). Se define

como la condici6n de aquellos individuos

que, sin haber delinquido, reiinen todas las

caracteristicas que los predisponen a come-

ter delitos. En pocas palabras, es la propen-

si6n a delinquir.

La variedad posdelictual tambien se co-

noce como peligrosidad criminal (Ferri) y

estado de inmediata criminalidad (Fran-

C AP . 3 7 . P SIQ U IA TR IA FO REN SE 425

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chi). Es la condicion de aquellos individuosque, habiendo ya cometido algiin delito, haceprobable su reincidencia.Como ya se senalo, el estado peligroso

debe ser establecido exclusivamente por eljuez. El perito medico solo emitira un juiciopsiquiatrico que servira aljuez como un cri-

terio mas para evaluar el grado de peligro-sidad. En efecto, ese aporte del psiquiatraconstituye los indices medicopsicol6gicos,a los cuales deben anadirse los indices so-ciales y los indices legales, de acuerdo conlos criterios diagnosticos propuestos porLoudet (1930). Los indices sociales de ese

/'

autor se refieren al entorno, y entre ellos sedestaca el factor economico. Los indiceslegales estan representados por los antece-dentes judiciales y crimlnologicos; de estossobresalen el perfil conductual del indivi-duo a traves de su existencia, y su vida car-celaria si ha tenido condenas anteriores.

Palermo y colaboradores (1991) definenla prediccion del comportamiento peligrosocomo la anticipacion de un acto antisocialhacia otros, y le confieren la importancia degarantizar la persistencia de una sociedadcivilizada segura.

Cuadro 37.1. indice de peligrosidad, seqiun.el doctor Ricardo Mora-Izquierdo

Criterio Dos puntos Cero puntosn punto

Personalidad Antisocial

Sin enfermedadrado de

salud 0

enfermedad

mental

Enfermedad

mental,

cronica, grave,

incurable

Caracter del

delito

Grave con dolo

Historia

delictiva

Dos 0mas

delitos anteriores

Comportamiento

durante la reclusion

Malo

Ambiente al

salir

EI mismo

ambiente,

sin posibilidad

de tratamientoy vigilancia,

familia ausente

o familia

delincuente

Prospeccion

de conducta

futura

Probabilidad

de volver

a delinquir

Otro trastorno Sin trastorno

Enfermedad leve

Leve,

preterintencional

Culposo

Un delito anterior Sin antecedentes

Regular Bueno 0 excelente

Ambiente poco

modificado,

alguna

posibilidadde tratamiento

y vigilancia,

familia que

coopera

Ambiente diferente,

buenas

posibilidades de

vigilancia y detratamiento

ambulatorio, familia

que coopera y es

responsable

Comportamiento

regular

Buen

com portamiento

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Para efectos de suspender una medida deseguridad es necesario establecer si ha cesa-do el estado peligroso del sentenciado.

En tal eventualidad, es de competenciadel psiquiatra forense definir "si ya desapa-recto el peligro de que el individuo vuelva acausar dano".Al respecto, las posibilidades diagnosticos

son las siguientes:

1. El paciente ha curado de su alienacionmental.

2. En caso de curacion, ha cesado real-mente la peligrosidad.

lE CT UR AS R EC OM E ND AD AS

3. Si a pesar de haber curado, el pacientecontinua en estado peligroso.

En esta ultima condici6n, Rhi y Tavellainsisten en que "jamas se accedera ala exter-nacion de un individuo que revista peligro-

sidad".Para emitir dictamen psiquiatrico foren-

se en estos casos, Mora-Izquierdo, de Bogota,ha formulado siete criterios que remozan losindices de Loudet. Para cada uno de ellosestablece una puntuacion de cero a dos. De 0a 5 puntos se habla de baja peligrosidad

social; de 6 a 9 moderada, y de 10 0 masalta peligrosidad. En el cuadro 37.1 se resu-men los criterios del ilustre psiqulatra fo-rense colombiano. '

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