auxilio póstumo
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8/15/2019 AUXILIO PóSTUMO
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Universidad San Carlos de Guatemala
Facultad de Ingeniería
Legislación 1
Sección N+
Licda. Nancy Gutiérrez
Grupo No. 7
REGLAMENTO DE AUXILIO
PÓSTUMO DEL COLEGIO DE
INGENIEROS DE GUATEMALA
Jose Adolfo Aquino Concogua 1996-16912
Victor N. López Siney 2000-10630
Jorge Amilcar Castellanos Solares 2008-17368
Herbert Manuel López Alvarado 2008-19560
Héctor Leonel López Avalos 2009-20074
Luisa Fernanda Ovando 2010-20336Victor Rene Cadenas Gias 2011-13828
Roció Celeste Hernandez 2011-13978
Wilson Estuardo Lopez Moreno 2011-14680
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INTRODUCCION
El auxilio póstumo del colegio de Ingenieros de Guatemala es un programa de ayuda a los colegiadosactivos, y el conocimiento del mismo es muy importante tanto para los ingenieros colegiados activoscomo también para los estudiantes de ingeniería, ya que en este reglamento se encuentran estipuladoslos beneficios con los que cuenta todo ingeniero que se ha colegiado y que actualmente se encuentra
activo.Este reglamento contempla los beneficios, de seguro de vida y de ayuda para el ingeniero colegiadoactivo que no pueda seguir ejerciendo su profesión por algún tipo de incapacidad física.
El auxilio póstumo no solo ayuda a los familiares del colegiado tras fallecer si no también si el colegiadosufre de alguna invalidez en lo largo de su vida.
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OBJETIVOS
Conocer que es el auxilio póstumo del colegio de ingenieros de Guatemala Determinar la función del auxilio póstumo Conocer los beneficios del auxilio póstumo. Conocer las condiciones para poder obtener los beneficios del auxilio póstumo conocer las cuotas mensuales del auxilio póstumo. Conocer quien administra el auxilio postumito.
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AUXILIO PÓSTUMO
¿QUÉ ES EL AUXILIO PÓ STUMO?
El auxilio póstumo es un programa de ayuda a los colegiados, se constituye como un seguro de vidapara los colegiados y como una ayuda en vida para aquel que no pueda ejercer su profesión, en virtudde una incapacidad en su organismo.
REGLAMENTO DE AUXILIO PÓSTUMO DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE GUA TEMALA
El reglamento de auxiolo póstumon del colegio de ingenieros cuenta con treinta y dos articulos,divididos en nueve secciones,
o Creación y Naturaleza (art. 1-5)o Regimen economico y financiero (art. 6-12)o De las cuotas (art. 13-15)o De las prestaciones (art. 16-20)o De la administración (art 21)o Junta de administración (art 22)o Disposiciones generales (art 25)o Requisitos para el pago de las prestaciones a los beneficiarios (art 26)o Controles y registros (art 29)
CREACIÓN Y NATURALEZA
Creado en la asamblea celebrada el 8 de noviembre del 1982, los miembros de la asamblea generalpresentes es ese año aprobaron un plan de seguro de vida el cual contempla el Auxilio póstumo, e cual tiene como objetivo proteger económicamente a la familia de los miembros que integran el colegio deingenieros, esto entro en vigencia el primero de marzo del 1983.
El plan es obligatorio para todos los miembros del colegio.
La autoridad del auxilio postumo es la Asamblea General del Colegio de Ingenieros, la asamblea generalda los lineamientos, normas, los montos de cobertura y cuotas
El Plan del auxilio postumo es dirigido por una Junta de Administración bajo la dependencia de JuntaDirectiva del Colegio de Ingenieros de Guatemala.
La cobertura que otorga el AUXILIO POSTUMO es independiente de las obligaciones y de los beneficiosa cargo de otros organismos del Colegio de Ingenieros de Guatemala
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Regimen economico y financiero
El patrimonio del auxilio postumo del Colegio de Ingenieros de Guatemala está formado por: Las cuotas periódicas que sean aprobadas por la Asamblea General, que le corresponde al auxilio
postumo.La cuota actual es de CUARENTA QUETZALES Q40
Fondo del auxilio póstumo Q36.13 Gastos Administrativos Q3.87 TOTAL Q40.00
Los bienes de cualquier clase que adquiera o se le adjudique a cualquier título, inclusivedonaciones, legados y subvenciones que reciba de conformidad con la Ley, con autorización deJunta Directiva del Colegio de Ingenieros de Guatemala.
Las rentas, productos y emolumentos de sus bienes y servicios propios.
Las cuotas establecidas por la Asamblea General no podrán dispensarse, salvo que el colegiado sufierainvalidez permanente comprobada.
El patrimonio no podrá en ningun caso destinarse parcial o totalmente a fines distintos a los establecidosen el reglamento.
Todo excedente en la cuenta, despúes de cubierto el presupuesto anual respectivo, pasará a formar partedel patrimonio del auxilio póstumo.
La junta de administración puede contratar, con previa autorización de Junta Directiva del colegio, losseguros o reaseguros que considere necesarios para la protección del patrimonio
Los estados financieros del auxilio póstumo sera entregados mensualmente por el departamento
respectivo a Junta de administración quien posteriormente entregara a Junta Directiva del colegio;anualmente debera realizarse una auditoria externa, la que se ejecutara por una empresa o personaexterna elegida por la Junta Directiva.
CUOTAS
Las cuotas actuales del auxilio postumo son :
Fondo del auxilio póstumo Q36.13 Gastos Administrativos Q3.87 TOTAL Q40.00
El cambio de la cuota fue hecho en una sesión extraordinaria de Asamblea General el 17 de diciembrede 2012, dichas modificaciones al reglamento entraron en vigencia el 1 de febrero de 2013.
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El colegiado que haya perdido su calidad de activo, podrá tener derecho nuevamente al auxilio postumo,en el momento que adquiera la calidad de colegiado activo en el colegio de ingenieros de guatemala ypor lo tanto haya satisfecho los pagos que por cuotas ordinarias y extraordinarias se hayan fijado, asícomo los intereses que el auxilio postumo ha dejado de percibir, por no haber cancelado las cuotas ensu oportunidad.
Las cuotas podrán ser modificadas por resolución en Asamblea General, cuando Junta de Administración haga la propuesta a Junta directiva del CIG.
PRESTACIONES
Las prestaciones que ofrece el Auxilio Póstumo son:
Un seguro total de Q45,000 actualmente, a favor de los beneficiarios que el colegiado haydesignado, al ocurrir el fallecimiento del colegiado.
Un anticipo de Q10,000 cuando el colegiado cumpla 75 años de edad.
Un anticipo de Q25,000 por incapacidad permanente comprobada, mas el anticipo deQ10,000 a que se refiere el inciso anterior, en caso no lo hubiese recibido con anterioridad.
Al ocurrir el fallecimiento del colegiado, sus beneficiarios recibirán el saldo restante de estaprestación.
La prestación se pagará de acuerdo a los siguientes porcentajes del total:
50% si el evento se origina en el primer año de colegiado. 75% si el evento se origina en el segundo año de colegiado. 100% si el evento se origina a partir del inicio del tercer año de colegiado.
Descuentos por inactividad:
Por el cuarto mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 90%. Por el quinto mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 80% Por el sexto mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 70% Por el septimo mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 60% Por el octavo mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 50% Por el noveno mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 40% Por el decimo mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 30%
Por el decimo primer mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 20% Por el decimo segundo mes o fracción del mismo de insolvencia, se pagará el 10% A partir del decimo tercer mes de insolvencia, se pierde todo derecho de Auxilio Póstumo.
El reglamento tuvo una modificación, actualizando el valor del seguro y modificante los descuentospor inactividad, dicha modificacion fue realizada en reunion extraordinaria por Asamblea General el 17de diciembre 2012.
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ADMINISTRACIÓN
La administración del Auxilio Postumo, esta a cargo de una Junta de Administración, de quien
dependerá el organo ejecutivo, su integración y el cumplimiento de atribuciones.La junta de administración esta integrada por un presidente y dos directores, siendo el organismosuperior de la administración del Auxilio Póstumo, quienes durarán dos años en el ejercicio de susfunciones y seran designados en forma alterna por Junta Directiva del CIG.
El director que cumpla el primer año de su período pasará automáticamente a Presidenteen el siguiente período, para mantener la continuidad en la administración. El otro Director serádesignado entre los miembros de Junta Directiva del Colegio de Ingenieros de Guatemala con el carácterde Delegado de la misma, y fungirá durante un períodode dos años, siempre que sea miembro de Junta Directiva. En caso de renuncia, remoción o defunción
de alguno o todos sus miembros, Junta Directiva del Colegio de Ingenieros de Guatemala designará lossustitutos para terminar el período.
Para ser parte de la Junta de administración debera de contar con los siguientes requisitos:
Ser colegiado activo Tener por lo menos cinco años de colegiado. Ser guatemalteco natural. Tener su residencia en el domicilio de la sede del CIG
Son causa para la remocion de algun mienmbro de la Junta de Administración de parte de la Junta
Directiva del CIG: Perder el colegiado activo Perder su residencia en el domicilio de la sede del CIG La negligencia en el desempeño del cargo La incapacidad fisica o mental debidamente comprobada Hacer uso indebido de los recursos del Fondo del Auxilio Postumo
La Junta de administración celebra una sesion ordinaria semanal y las extraordinarias que sean necesarias,sus miembros tienen derecho a dietas por cada sesion, cuyos montos seran fijados por Junta Directivadel CIG.
El periodo administrativo es del 01 de mayo de cada año al 30de abril del año siguiente.
Las atribuciones de la Junta de administración son:
Definir la politica administrativa Adoptar su decisiones por mayoria de votos Proponer nombramiento y la remocion del personal del organo ejecutivo
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Elaborar el presupuesto de ingresos y egresos, para su respectiva aprobacion Conocer y aprobar los estados financieros Autorizar los pagos del Auxilo Póstumo Fijar el monto maximo de las cantidades que el administrador general queda facultado para
erogar como gastos de funcionamiento administrativo.
Acordar cualquier medida administrativa que tienda a mantener y superar la buena marcha delplan.
Rendir informe mensual y anual de su gestion Mantener actualizados los registros de los beneficiarios Velar por el fiel cumplimiento del reglamento.
Junta de Administración contará con las asesorías necesarias, las cuales estarán desempeñadas porprofesionales universitarios colegiados activos que llenen los requisitos establecidos por las leyesvigentes. Todos serán contratados por Junta Directiva del Colegio de Ingenieros de Guatemala, asolicitud de Junta de Administración, de acuerdo con las necesidades del servicio.
Organo Ejecutivo El organo ejecutivo es el encargado de ejecutar las decisiones y acuerdos de Junta deadministración y tendra a su cargo el desarrollo de todas las actividades propias de una Administración,incluyendo la contabilidad legal.
Se integra con un Administrador General, un Contador Titulado, debidamente registrado y el personalauxiliar que el servicio requiera; todos serán nombrados por Junta Directiva del Colegio de Ingenierosde Guatemala, a propuesta de Junta de AdministraciónEl Administrador General será profesional graduado, de reconocida responsabilidad y capacidad, dereferencia ingeniero y deberá reunir los requisitos siguientes:
Ser colegiado activo de su respectivo colegio
Tener por lo menos tres (3) años de colegiado Ser guatemalteco natural, y Tener su residencia en el domicilio de la sede del Colegio de Ingenieros de Guatemala.
Dentro de sus funciones actuará como Secretario de Junta de Administración.
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DISPOSICIONES GENERALES
El colegiado, al momento de llenar su solicitud de inscripción en el Colegio de Ingenieros de Guatemala,deberá designar los beneficiarios de la o las prestaciones que se otorgan en el AUXILIO POSTUMO, asícomo el porcentaje asignado a cada uno de ellos . Al colegiado se le extenderá una constancia, certificado ó póliza, formada por los miembros de Juntade Administración que contenga:
El número de certificado que tendrá numeración correlativa Nombre y datos del colegiado. Fecha a partir de la cual es miembro del Auxilio Póstumo; Los beneficiarios que el colegiado designe, con indicación del porcentaje que les corresponda Fecha de emisión del certificado
Cualquier modificación en la declaración de beneficiarios, sólo podrá hacerla el colegiado, por mediode carta con firma autenticada por Notario en ejercicio.
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REQUISITOS PARA EL PAGODE LAS PRESTACIONES A LOS BENEFICIARIO
Los requisitos y condiciones a llenar para el pago del AUXILIO POSTUMO, son: Presentar la solicitud en el formulario proporcionado por la Administración Adjuntarse el original del CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN del colegiado fallecido, o fotocopia
legalizada del mismo.
Presentación del certificado o póliza de inscripción en el AUXILIO POSTUMO, especificado enel artículo 25.3 de este reglamento, o copia certificada del mismo extendida por la Administración del Auxilio Póstumo.
Constancia de solvencia con el Colegio de Ingenieros de Guatemala Los documentos legales de identificación de los beneficiarios.
En el caso de que uno o más de los beneficiarios haya fallecido, el monto que les correspondería, serárepartido entre los supervivientes legalmente declarados, en forma proporcional a los porcentajes oentidades asignados a los beneficiarios.En el caso de que el colegiado fallecido no haya dejado beneficiarios claramente especificados, o cuando
Ocurrieren divergencias entre los beneficiarios, el caso será resuelto por los tribunales de justicia,correspondiendo a los beneficiarios o herederos, seguir los trámites pertinentes, siendo a su costa todoslos gastos en que se incurra. La sucesión deberá sujetarse a lo que establece el Código Civil y el CódigoProcesal Civil y Mercantil. Debiendo efectuarse el pago a los beneficiarios legalmente declarados por el tribunal competente.
CONTROLES Y REGISTROS
Para los efectos de control, el Órgano Ejecutivo está obligado a llevar para cada colegiado, un registroque contenga:
Nombre completo Título
Número de colegiado; Fecha de inscripción en el AUXILIO POSTUMO; Dirección y teléfono de su residencia y lugar de trabajo; Número y registro de su Cédula de Vecindad; Fecha de nacimiento Nacionalidad Estado Civil Nombre del cónyuge, si lo tuviera Nombre de los hijos y fechas de nacimiento si los tuviera; Beneficiarios designados, con su correspondiente porcentaje de beneficio; Casillas para la anotación del pago de cuotas, número de recibo y mes al que les corresponde el
pago. Espacio para “observaciones
El Órgano Ejecutivo deberá mantener actualizados los registros, debiendo para el efecto, por lo menosuna vez cada año, enviar unrecordatorio de actualización a los colegiados.
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PRESUPUESTO PROGRAMATIVO AUXILIO POSTUMO 2013
Auxilio Póstumo, los ingresos del auxilio provienen básicamente de tres fuentes, la primera es de lacuota del Auxilio Póstumo, que representa un 71% de los ingresos totales, la segunda son los interesesde las inversiones que representan un 24% de los ingresos y la tercera son los intereses por moraprovenientes de reactivaciones que representan aproximadamente el 5%. Para el año 2,013 se proyectarecibir por cuota del Auxilio Póstumo la cantidad de Q.3,831,300, por intereses bancarios se presupuestarecibir la cantidad de Q.1,313,849 y por intereses por reactivación la cantidad de Q.266,099, para un total proyectado de Q.5,411,248.00
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CONCLUSIONES
El auxilio póstumo es una ayuda que el colegio de ingenieros brinda en caso de que uncolegiado no pueda ejercer su profesión.
La función del auxilio póstumo es poder brindar una ayuda económica al colegiado en casosen que ya no esté en condiciones de generar ingresos ejerciendo su profesión
Los beneficios del auxilio póstumo son de carácter económico y se le brindan al colegiado o alos beneficiarios de este.
Para poder obtener los beneficios del auxilio póstumo es necesario ser colegiado activo y estaral día con las cuotas de este.
La cuota actual del auxilio póstumo es de Q40.00
El auxilio póstumo es administrado por la junta de administración, integrada por unpresidente y dos directores.
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ANEXOS
El día Lunes 17 de marzo del 2013, se realizó una sesión extraordinaria a la Asamblea General para tratar
el tema de “Exoneración del pago de la cuota ordinaria de colegiación y del timbre de ingeniería a
ingenieros que gozan de la prestación del auxilio póstumo y sus anticipos correspondientes a
discapacidad comprobada y certificada, siendo a cargo del Auxilio Póstumo dichos pagos.