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ESCUELA DEL MINISTERIO PUBLICO ASPECTOS GENERALES DE LITIGACIÓN ORAL EN AUDIENCIAS PREVIAS Y JUZGAMIENTO” 28 de Enero de 2016 Expositora: Mg. Marlene B. Malqui Falcón Fiscal Provincial Corporativo de Huaura

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ESCUELA DEL MINISTERIO PUBLICO

“ASPECTOS GENERALES DE LITIGACIÓN ORAL EN AUDIENCIAS

PREVIAS Y JUZGAMIENTO”28 de Enero de 2016

Expositora: Mg. Marlene B. Malqui FalcónFiscal Provincial Corporativo de Huaura

CUESTIONES PREVIAS

El Fiscal debe entender que su pretensión será

admisible en cuanto sea convincente, y eseconvencimiento, independientemente de lapresentación retórica del discurso, se logra mediantela adecuada composición y descomposición deargumentos que le ofrezcan al Juez la posibilidad deasumir como propia aquella tesis que le resulte másrazonable.

LA LITIGACIÓN ORAL Y LA ARGUMENTACION

Aunque la argumentación puede centrarse enproblemas normativos y en problemasfácticos y probatorios, se hará hincapié en losdos últimos, porque como también lo resaltaAtienza, en la práctica los problemas que danlugar a la argumentación tienen más relacióncon los hechos que con las normas, y porquese parte de la premisa de que los juecesconocen suficientemente el ordenamientojurídico, pero su conocimiento sobre loshechos está, en la práctica, limitado a lainformación suministrada por las partes.

Según Manuel Atienza, aunque la

correcta utilización del lenguaje y el manejode la retórica, son aspectos importantespara que el Fiscal cumpla su función, esnecesario tener en cuenta que laargumentación, es una forma especial deutilización del lenguaje, porque “el lenguajeno es simplemente un medio paracomunicar una argumentación, sino queargumentar consiste en usar de una ciertaforma el lenguaje: dando razones a favor oen contra de una determinada tesis”

El Fiscal debe iniciar la preparación del caso

desde el momento mismo en que le seaasignado y, debe seguir un procedimientoque le permitirá construir una argumentaciónrazonable, que luego presentará al Juez en elJuicio Oral, en ese sentido establecerá que fuelo que realmente ocurrió, cuál es latrascendencia jurídica y la ubicación típicaconcreta de la conducta y cuáles lasevidencias que demuestran los hechos, yluego debe establecer la mejor forma dellevar la información al Juez con el propósitode convencerlo de que su tesis es la másrazonable.

Sea breve, no abunde en detalles, porque

cuando son muchos, distraen del centro del debate y aburren al juzgador.

Prepare un esquema, no lea. No improvise. No haga promesas que no cumplirá. Utilizar un lenguaje comprensible para todo

espectador. Nada de opiniones personales. Emplear palabras que logren ser asociadas a

sentimientos, sensaciones o ideas de carácter general y colectivo.

RECOMENDACIONES

Maneje bien el tiempo. Utilice ayudas audiovisuales cuando es

necesario. Claridad. Anticipar debilidades. Demostrar que se ha trabajado seriamente en

el caso. No utilizar muletillas, no ser prepotente,

vanidoso, nervioso, desordenado, irónico. Observar el comportamiento del Juzgador o

Juzgadores.

LA LITIGACIÓN ORAL EN LA AUDIENCIA UNICA DE

INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO

• La audiencia única de incoación del proceso

inmediato, tendrá lugar dentro de las 48 horassiguientes de recibido el requerimiento fiscal;luego de haber sido programada y notificadadebidamente por el personal judicial encargado,se lleva a cabo de manera inaplazable en la fechay hora previamente coordinadas.

• Se instala con la presencia obligatoria del Fiscal ydel abogado defensor, es facultativa la presenciadel imputado NO detenido.

El Juez de investigación preparatoria se pronunciará

en el orden siguiente:

a) Sobre la procedencia de la medida coercitiva requerida por el Fiscal;

b) Sobre la procedencia del principio de oportunidad, de un acuerdo reparatorio o de la terminación anticipada, solicitado por las partes;

c) Sobre la procedencia de la incoación del proceso inmediato.

Art. 447.4 del CPP

1. Determinar los presupuestos de la norma, dependiendo delsupuesto de aplicación:

• Flagrancia,

• Confesión, o

• Suficiencia probatoria

2. La importancia de abreviar el proceso, NO OLVIDAR QUE ENLOS CASOS DE FLAGRANCIA Y CONFESIÓN SINCERA DEBESUSTENTARSE LA EXISTENCIA DE LOS SUFICIENTES ACTOS DEINVESTIGACIÓN QUE SE CONVERTIRÁN EN PRUEBAS.

ARGUMENTOS EN UNA AUDIENCIA UNICA DE PROCESO INMEDIATO

EN EL PUNTO 53 DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓNINTERINSTITUCIONAL PARA EL PROCESOINMEDIATO EN CASOS DE FLAGRANCIA DEL MINJUSSEÑALA QUE LA AUDIENCIA SE DESARROLLARA DELA SIGUIENTE MANERA:

1) Se debatirá y resolverá la incoación del procesoinmediato.

2) Se debatirá y resolverá la aplicación de algúncriterio de oportunidad o terminación anticipada.

3) Se debatirá y resolverá la imposición de algunamedida coercitiva solicitada.

LA LITIGACIÓN ORAL

EN LA AUDIENCIA UNICA

DEL JUICIO INMEDIATO

Presentado el requerimiento acusatorio (dentro de las 24 horas

de emitido el auto de procedencia de incoación del P.A.) yrecibido el cuaderno por el Juez de Juzgamiento programará enel día el juicio inmediato (excepcionalmente programará dentrode las 72 horas de recibido el cuaderno.

La audiencia que se realiza en una sola sesión tiene dos fases:a. El saneamiento de la acusación, la incorporación de actor

civil, convenciones probatorias y cualquier observación efectuadaen virtud del Art. 350 del C.PP.

b. El juicio propiamente dicho, en el que es posible laconclusión anticipada, de no darse, continúa el debate probatorio,los alegatos y la emisión de la sentencia.

JUICIO INMEDIATO

EN EL JUICIO INMEDIATO SE RESPETARAN LAS REGLAS,

ESTRATEGIAS SEÑALADAS PARA EL JUICIO ORAL EN UN PROCESO COMÚN, SIN EMBARGO, EN LA

PRACTICA SE VIENEN PRESENTANDO CIRCUNSTANCIAS QUE EXIGEN MAYOR CUIDADO EN LAS DILIGENCIAS PRELIMINARES

Regulado en el artículo 371.2 del C.P.P.

Es la primera actuación del Fiscal en el juicio.

Según Baytelman y Duce, comprende un resumen de los hechos ode sus pretensiones, sus fundamentos jurídicos y las pruebas quedemostrarán su caso. Se presenta como una historia quereconstruye los hechos con propósitos persuasivos hacia elJuzgador.

La adecuada preparación del caso (teoría del caso), desde laperspectiva de la argumentación, le permitirá al Fiscal delinear sudeclaración inicial o de apertura, de tal manera que al realizar dichoejercicio no dejará fuera ninguno de los aspectos relevantes, o sealos elementos estructurales de la conducta punible y todo aquelloque tenga relación con la procedencia de la sentencia condenatoria.

ALEGATO DE APERTURA

Desde el punto de vista de la importancia

estratégica del alegato de apertura vale tenerpresente que se trata de la primera oportunidadque tiene el Fiscal para que presente lasconclusiones que ha sacado de su actividadinvestigativa, esto es, su versión de los hechos,y obviamente dicha versión corresponde a lahipótesis que verificó con los actos deinvestigación por él dirigidos.

Se debe mostrar un rostro humano delconflicto, y en especial mostrar seriedad ycredibilidad.

El alegato de apertura se articula en tres partes: Introducción (Lema que resume la cuestión que será

conocida por el Juez).Descripción de personas, hechos, contexto (Utilizar

un “tema” determinado al formular nuestra teoría del caso.

Cierre o Conclusión (Puede señalar estadísticas y añadir el elemento de humanización de la víctima).

ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA

Es la revisión de los testigos propios durante el desarrollodel juicio oral, a través de las preguntas formuladas por ellitigante que los presenta.

Es una forma de argumentar, pues, en últimas, lo que sehace con ello es llenar al Juez de razones, de buenasrazones, para tomar una determinación decisión, siendoasí no es una actividad que se realice sin planeación y sintener presentes los objetivos que se pretenden alcanzar.

A la luz de la argumentación le permite al Fiscalestablecer para qué le resulta útil un testigo, esto cuálesson los problemas probatorios que pretende solucionarcon un determinado testigo (autoría, culpabilidad, etc).

INTERROGATORIO

Si no se tiene clara estructura de la argumentación

que se va construyendo a medida que se prepara elcaso, el fiscal corre el riesgo de dejar de interrogaral testigo sobre temas fundamentales, o deformularle preguntas sobre aspectos que el testigono conoce, dando lugar con ello a que el testigopierda credibilidad.

Deben ser seleccionados y debidamente preparados,se debe dar un tratamiento a los testigos víctimas, sison menores de edad.

Tener claros los temas que debe abordar con cada

testigo, esto le permitirá establecer el orden de lostestimonios, en aras de lograr que el Juez asimile lainformación que se le está transmitiendo, el Fiscal sabrácuáles son los puntos cruciales con cada testigo y podráhacer pausas, ecos o cualquier otro tipo de énfasiscuando el testigo entregue las respuestas másimportantes, esto es, las que constituyen las premisasfundamentales de la argumentación.

Prepare al testigo, hay que familiarizarlo con los fines y laforma de la audiencia oral.

Recordar que el testigo es el protagonista.

RECOMENDACIONES

Establezca un orden en el interrogatorio: escena, acción y

detalles.

Buscar que el testigo esté cómodo.

Cuando por alguna razón el testigo no entrega la respuestaesperada, utilizar mecanismos que eviten que el testigoaumente su nerviosismo.

Averigüe aquellos aspectos personales del testigo que sonrelevantes y que abonan puntos a su credibilidad (Falta demotivos para mentir, ausencia de interés, etc.)

Anticipar debilidades.

Es el interrogatorio que hace la parte contra quien se ha

ofrecido el testimonio del declarante. Está limitado aaquellas áreas cubiertas en el interrogatorio directo ytodas aquellas relacionada a la credibilidad deldeclarante.

Es un mecanismo para impugnar la credibilidad deltestigo de la parte contraria.

Es una de las habilidades más difíciles de desarrollar en ellitigio.

Debe realizarse solo cuándo resulta necesario.

CONTRAINTERROGATORIO

Pensar primer si es necesario o no contrainterrogar. Tener siempre claro el objetivo del

contrainterrogatorio.No repita el interrogatorio.Comience y termine fuerte.No pelee con el testigo.Deténgase cuando haya logrado revelar lo que

quería.

RECOMENDACIONES

La acreditación específica. Preguntar la metodología empleada Analizar el informe presentado y los aspecto

centrales del mismo que están conectados conla teoría del caso, focalizando la atención delperito en las conclusiones más relevantes,según la estrategia y de preferencia utilizar elorden del mismo informe y por ultimo aclararlas expresiones confusas, técnicas oincomprensibles, por la naturaleza del informe.

EXAMEN DIRECTO DE PERITOS

MECANISMO DE LA OBJECIÓN

Refutación

Planteamiento

Fundamentación

Decisión

Enunciar el tipo de objeción acompañada de una frase sucinta donde exprese la razón

TÉCNICA DE LAS OBJECIONES

Credibilidad y ética

Atención y oportunidad

Fundamentación apropiada

Forma de oponerse

Pensar siempre en el juez

Ponerse de pie

No dejarse intimidar

Refutación apropiada

EFECTOS DE LA OBJECION

El oponente tiene derecho a la decisión del juez quien puede:

1. Decir que sí prospera se replantea.2. Que no prospera se continúa.3. Si se dispuso el retiro de la pregunta no puede

volver a tratarse en las siguientes.4. Su reformulación se repregunta de manera

apropiada.

No son objeto de recurso.

OBJECIONES a las PREGUNTAS1. SUGESTIVA (la que si se permite en el contra).

Sugiere la respuesta en la pregunta, conlleva una respuesta en sí misma, no es el abogado el que incorpora la información, lo hace es el testigo.

Se pone en la boca del testigo lo que se quiere escuchar.

Insinúan una respuesta determinada y guían al testigo.

Se interroga sobre la especie debiendo ser por el género.

Conlleva una respuesta en sí misma.

OBJECIONES a las PREGUNTAS2. CAPCIOSAS. Se induce al testigo en error. Mediante artificio se quiere sacar provecho del

testigo. Se confunde al testigo produciendo información de

baja calidad de parte del testigo. Son formuladas en forma dolosa. Se formulan sobre hechos que se sabe no existen,

sobre hechos imaginados por el interrogador con elpropósito de inducir a caer en mentira alinterrogado.

Tiene apariencia inofensiva pero en realidad tienenla intención de engañar al interrogado.

OBJECIONES a las PREGUNTAS

3. CONFUSAS.

Formulada en términos poco claros. No le permiten al testigo comprender cuál es el

tema sobre el cual le indaga. Cuando puede sugerir distintas cuestiones que se

intentan indagar. Es ambigua, no clara, engañosa. La forma o el contenido es ininteligible Tiende a confundir al testigo. Denota desorganización de la parte.

OBJECIONES a las PREGUNTAS

4. IMPERTINENTES

No tiene relevancia ni relación con el caso concreto. No tiene relación directa o indirecta con los hechos. No tiende a hacerlos más o menos probable. No apunta a acreditar la ocurrencia de la conducta

punible. No apunta a acreditar su autor. No tiene relación con la credibilidad del testigo. No tiene relación con la credibilidad del perito.

OBJECIONES a las PREGUNTAS

5. ACUMULATIVAS

Cuando se pretende probar un hecho utilizandovarios medios de prueba de la misma naturaleza ycon la misma información.

OBJECIONES a las PREGUNTAS

6. DE REFERENCIA.

El testigo no tiene conocimiento personal odirecto de los hechos.

Se refiere a lo que otra persona dijo o escuchó.

OBJECIONES a las PREGUNTAS

7. ARGUMENTATIVAS.

Exposición extensa por parte del interrogadorantes de preguntar.

Muchas veces no requiere respuesta. Obligan al testigo a sacar conclusiones propias del

alegato de cierre. Su contenido lleva una inferencia o una deducción

lógica, un argumento.

Este material es una adaptación del material siguiente:

“El Derecho como argumentación” de Manuel Atienza. “La Argumentación Jurídica en el Sistema Penal Acusatorio”

de Luis Fernando Bedoya Sierra. “La Prueba en el Proceso Penal Colombiano” de Luis Fernando

Bedoya Sierra”. “Litigación Penal, Juicio Oral y Prueba” de Andrés Baytelman y

Maurice Duce J. “Objeciones y oposiciones” de Luis Fernando Aguirre H. “Técnicas del Proceso Oral” – Manual General para Operadores

Jurídicos. Agencia de Estados Unidos para el desarrollo internacional, USAID/Colombia.

GRACIAS

POR SU ATENCIÓN