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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958 JUEVES, 18 DE DICIEMBRE DE 2014 NÚMERO 243 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Formalización de contrato de obra expte. 1/79/2014-2015 ............. Página 4 Formalización de contrato de obra expte. 1/133/2014-2015 ............ Página 6 Licitación del contrato del servicio expte. 55/2014-SV ..................... Página 8 Licitación de Contrato de Servicio expte. 60/2014-SV ..................... Página 11 Licitación de Contrato (Expediente 44/2014-SV)............................ Página 14 Licitación del contrato del servicio expte. 54/2014-SV ..................... Página 18 Licitación del contrato del servicio expte. 40/2014-SV ..................... Página 22 AYUNTAMIENTOS Acehúche Aprobación inicial del presupuesto General para 2015 ..................... Página 26 Albalá Expediente de modificación de créditos n.º 24 ............................... Página 27 Almaraz Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 08/2014 Página 28 Benquerencia Aprobación definitiva del Presupuesto General para 2015 ................ Página 30 Brozas Modificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes.. Página 32 Ceclavín Convocatoria para la selección, en régimen de interinidad, del puesto de Secretaría- Intervención...... ............................................................................Página 34 Cilleros Aprobación inicial Presupuesto General para el ejercicio 2015 .......... Página 35 Coria Notificación expte. licencia municipal ............................................. Página 36

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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

Jueves, 18 de diciembre de 2014 Número 243

administración localdiPUtación ProVincial dE cÁcErEs

Formalización de contrato de obra expte. 1/79/2014-2015 ............. Página 4Formalización de contrato de obra expte. 1/133/2014-2015 ............ Página 6Licitación del contrato del servicio expte. 55/2014-SV ..................... Página 8Licitación de Contrato de Servicio expte. 60/2014-SV ..................... Página 11Licitación de Contrato (Expediente 44/2014-SV)............................ Página 14Licitación del contrato del servicio expte. 54/2014-SV ..................... Página 18Licitación del contrato del servicio expte. 40/2014-SV ..................... Página 22

ayUntamiEntosacehúche

Aprobación inicial del presupuesto General para 2015 ..................... Página 26

albalá Expediente de modificación de créditos n.º 24 ............................... Página 27

almarazAprobación inicial del expediente de modificación de créditos 08/2014 Página 28

BenquerenciaAprobación definitiva del Presupuesto General para 2015 ................ Página 30

BrozasModificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes.. Página 32

ceclavínConvocatoria para la selección, en régimen de interinidad, del puesto de Secretaría-Intervención...... ............................................................................Página 34

cilleros Aprobación inicial Presupuesto General para el ejercicio 2015 .......... Página 35

coriaNotificación expte. licencia municipal ............................................. Página 36

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 2BOPCáceres

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Expediente sobre Licencia Municipal.............................................. Página 37

cuacos de yusteAprobación inicial Expte. de Modificación de Créditos núm. 1/2014...... Página 38Aprobación inicial tasa cementerio ................................................ Página 39Aprobación inicialmente Ordenanza Fiscal ...................................... Página 40

descargamaríaExpediente suplemento de créditos 2/2014......................................... Página 41

la GranjaAprobación inicial Presupuesto General ejercicio de 2015 ................ Página 42

HolgueraAprobación definitiva de la modificación de la ordenanza Fiscal Reguladora del Im-puesto Sobre Bienes Inmuebles ................................................... Página 43

Jaraíz de la VeraApertura del procedimiento de adjudicación de una licencia municipal de Auto-Taxi ................................................................................................. Página 50

madroñeraCuenta General del ejercicio 2013 ................................................ Página 51

montánchezCorrección de errores ................................................................. Página 52

PortajeOrdenanza fiscal RCD ................................................................. Página 53Ordenanza prestación del servicio de Centro Residencial de Mayores y Centro de Día .......................................................................................... Página 56Expediente de Modificaciones de Créditos nº 07 /2014 .................... Página 63

Pueblonuevo de miramontes (Elm)Aprobación definitiva del Presupuesto para el ejercicio 2014 ............ Página 64

El tornoAprobación inicial modificación de ordenanza fiscal ......................... Página 66

torre de don miguel Licitación Adjudicación Albergue juvenil “Sierra de Gata” ................. Página 67

torreorgazAprobación inicial del Presupuesto General para 2015 ..................... Página 69

Valdeobispo Expediente de modificación de créditos del presupuesto general correspondiente al ejercicio 2014 ............................................................................ Página 70

Villa del campoAprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio de 2015 . Página 71Adhesión automática al registro de facturas electrónicas- face ......... Página 72Reglamento de registro contable de facturas .................................. Página 73

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mancomunidad integral sierra de montáncheztorre de santa maría

Adhesión al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado. .................................................................... Página 78Reglamento factura electrónica .................................................... Página 79

mancomunidad comarca de trujilloTrujilloAprobación expediente modificación de crédito 1/2014 ................... Página 80

administración dEl EstadosUBdElEGación dEl GoBiErno dE EsPaÑa En cÁcErEs

Notificación Propuesta de Resolución de expedientes sancionadores . Página 81Notificación de la incoación de expedientes sancionadores .............. Página 82

ministErio dEl intErior.- dirEcción GEnEral dE la PolicÍaCáceresIncoación de expediente administrativo sancionador núm. 394/2014 Página 84

administración dE JUsticiaJUZGado dE lo social - 3 dE PlasEncia

Procedimiento Ejecución de títulos judiciales 176 /2014-1 ............... Página 85

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 4BOPCáceres

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administración local

diPUtación ProVincial dE cÁcErEs

ANUNCIO formalización de contrato de obra expte. 1/79/2014-2015

La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, ha resuelto formalizar el contrato de la siguiente obra a la empresa más abajo relacionada:

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceres. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio General de Planificación de Planes y Programas. Negociado de Contratación I c) Número de expediente: 1/79/2014-2015 d) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es 2. Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: administrativo. b) Descripción: DEPENDENCIAS MUNICIPALES Y PAVIMENTACIONES EN GARGANTILLA. c) Lote (en su caso): d) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45210000 e) Acuerdo marco: No procede. f) Sistema dinámico de adquisiciones: No procede. g) Medio de publicación del anuncio de licitación:h) fecha de publicación del anuncio de licitación:

3. Tramitación y procedimiento de adjudicación;

a) Tramitación: ORDINARIA b) Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.

4. Valor estimado del Contrato: 82.859,50 euros 5. Presupuesto base de licitación:

Anualidad 2014: Importe neto: 41.429,75 eurosImporte total: 50.130,00 euros

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Anualidad 2015:Importe neto: 41.429,75 eurosImporte total: 50.130,00 euros

6. Formalización del Contrato:

a) Fecha de adjudicación: 17 de noviembre de 2014. b) Fecha de formalización del contrato: 9/12/2014 c) Contratista: JOCOEX, S.L. d) Importe o canon de adjudicación: Anualidad 2014:

Importe neto: 41.429,75 eurosImporte total: 50.130,00 euros

Anualidad 2015:

Importe neto: 26.685,94 eurosImporte total: 32.289,99 euros

e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Baja oferta económica: 17.840,01 euros

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cáceres, 16 de diciembre de 2014.

EL SECRETARIO

Augusto Cordero Ceballos6676

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diPUtación ProVincial dE cÁcErEs

ANUNCIO formalización de contrato de obra expte. 1/133/2014-2015

La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, ha resuelto formalizar el contrato de la siguiente obra a la empresa más abajo relacionada:

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceres. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio General de Planificación de Planes y Programas. Negociado de Contratación I c) Número de expediente: 1/133/2014-2015 d) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es 2. Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: administrativo. b) Descripción: DEPENDENCIAS MUNICIPALES Y URBANIZACIONES EN NAVEZUELAS. c) Lote (en su caso): d) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45210000 e) Acuerdo marco: No procede. f) Sistema dinámico de adquisiciones: No procede. g) Medio de publicación del anuncio de licitación: h) fecha de publicación del anuncio de licitación:

3. Tramitación y procedimiento de adjudicación;

a) Tramitación: ORDINARIA b) Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.

4. Valor estimado del Contrato: 96.429,75 euros 5. Presupuesto base de licitación:

Anualidad 2014: Importe neto: 48.214,88 eurosImporte total: 58.340,00 euros

Anualidad 2015:Importe neto: 48.214,88 eurosImporte total: 58.340,00 euros

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6. Formalización del Contrato: 9 de diciembre 2014

a) Fecha de adjudicación: 27 de noviembre de 2014. b) Fecha de formalización del contrato: c) Contratista: JUAN FERNANDO NIETO SANCHEZ d) Importe o canon de adjudicación: Anualidad 2014:

Importe neto: 48.214,88 eurosImporte total: 58.340,00 euros

Anualidad 2015:

Importe neto: 48.085,12 eurosImporte total: 58.183,00 euros

e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Baja oferta económica: 157,00 euros

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cáceres, 16 de diciembre de 2014.

EL SECRETARIO

Augusto Cordero Ceballos6677

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ANUNCIO De licitación del contrato del servicio expte. 55/2014-SV

De licitación del contrato del servicio de “ELABORACION DE UN PLAN DE INTERPRETACION TRANSFRONTERIZO DENTRO DEL PROYECTO TAJO INTERNACIONAL. (0337_TI_II_4_E) POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. (Expediente 55/2014-SV) 1.- Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceresb) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y Sum-inistros.c) Obtención de documentación e información:1) Dependencia: Negociado de Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María, s/n.3) Localidad y código postal: Cáceres. 10071.4) Teléfono:(927) 25-54-165) Telefax: (927) 25-55-506) Correo electrónico: [email protected]) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es.(Suministros y Servicios)8) Fecha límite de obtención de documentos e información: Último día del plazo de presentación de ofertas.d) Número de expediente: 55/2014-SV

2.- Objeto del contrato.a) Tipo: Serviciob) Descripción: “Servicio de elaboración de un Plan de Interpretación Transfronterizo dentro del Proyecto Tajo Internacional”, de conformi- dad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.c) División por lotes y número de lotes/ número de unidades: No pro-ceded) Lugar de ejecución/entrega: Según se especifica en los pliegos.e) El presente contrato tendrá una duración de cuatro meses desde su formalización.f) Admisión de Prórroga: Según lo recogido en la cláusula 9ª del Pliego Administrativo.g) Establecimiento de un Acuerdo Marco (en su caso): No procede h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No procede.i) CPV 2008 79400000-8 Servicios de consultoría comercial y gestión de servicios afines

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CPC 86501 CPA-2008: 70.22.11 Servicios de consultoría de gestión estratégicaj) Modificaciones: No procede.

3.- Tramitación, procedimiento a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abiertoc) Subasta electrónica: No.d) Criterios de adjudicación:

Las ofertas de las empresas licitadoras podrán valorarse con un máximo de 100 puntos que se asignarán de conformidad con el siguiente baremo:

Nº Descripción Ponderación1.1. Criterios objetivos cuantificables de forma automática1 Precio 502 Incremento de los recursos humanos y materiales asignados a la

ejecución del contrato10

1.2. Criterios subjetivos cuya cuantificación depende de un juicio de valor1 Memoria descriptiva

- Inventario y catálogo- Plan de actuación para la optimización de los recursos- Plan de interpretación del patrimonio- Metodología de la participación- Herramientas metodológicas para el desarrollo de los trabajos- Desarrollo de nuevas actuaciones sobre las contempladas en el pliego de prescripción técnicas

40105595

6TOTAL 100

4.- Valor estimado: 33.057,85 €

5.- Presupuesto base de licitación: 33.057,85 €El presente contrato se enmarca en un proyecto que se financia, en parte (75 %), por el FEDER, mediante subvención concedida por la Dirección General de Fondos Comunitarios, perteneciente a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.

6.- Garantías exigidas: Provisional (importe): No procede Definitiva: 5 % del precio del contrato

7.- Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría): No procede.

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b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): Según se establece en la Cláusula 32ª del Pliego de Cláusu-las Administrativas, c) Otros requisitos específicos: No proceded) Contratos reservados: No.

8.- Presentación de ofertas o de solicitud de participación:a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales desde la publicación b) Modalidad de presentación: Oficina receptora.c) Lugar de presentación: Diputación Provincial de Cáceres1) Dependencia: Negociado Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María s/n3) Localidad y código postal: 10071 Cáceres4) Dirección electrónica: [email protected]) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presen- tar ofertas (procedimiento restringido) No procedee) Admisión de variantes: No procede, solo se admitirán mejoras relativas a la propuesta técnica y a las nuevas actuaciones que tengan relación con el objetos del contrato, según se contempla en la cláusula 12ª del Pliego Administrativo. f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su of-erta: Dos meses. 9.- Apertura de las ofertas: a) Mesa, apertura sobre 1. Dirección Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones Localidad y código postal: 10071 Cáceres Fecha y hora: 12 de enero de 2015, a las 12:00 horas.b) Mesa, apertura sobre 2. Dirección Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones Localidad y código postal: 10071 Cáceres Fecha y hora: 16 de enero de 2015, a las 12:00 horas.

10. Gastos de publicidad: Máximo de 1.000,00 €

Cáceres, 16 de diciembre de 2014.

LA VICESECRETARIA

Ana de Blas Abad6728

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ANUNCIO De licitación de Contrato de Servicio expte. 60/2014-SV

1.- Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceresb) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y Suministros.c) Obtención de documentación e información:1) Dependencia: Negociado de Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María, s/n.3) Localidad y código postal: Cáceres. 10071.4) Teléfono:(927) 25-54-165) Telefax: (927) 25-55-506) Correo electrónico: [email protected]) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es (Suministros y Servicios)8) Fecha límite de obtención de documentos e información: Último día del plazo de presentación de ofertas.9) Número de expediente: 60/2014-SV

2.- Objeto del contrato.

a) Tipo: Servicio.b) Descripción: “Contratación del servicio de servicio mantenimiento y asistencia técnica del Software para la Gestión Archivística (Odilo A3W) con el que se pretende mantener actualizada la aplicación mencionada con las distintas versiones proporcionadas por la empresa propietaria.c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: No procede d) Lugar de ejecución/entrega: Según lo establecido en lo pliegose) Plazo de ejecución/entrega: Dos añosf) Admisión de Prórroga: Hasta dos años másg) Establecimiento de un Acuerdo Marco (en su caso): No h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): Noi) CPV (referencia Nomenclatura): • CPC prov 84250, Servicios de mantenimiento de sistemas.• CPV 72700000-7 Servicios de red informática , de la nomenclatura de Clasificación que contiene el Reglamento (CE) Nº 213/2008, de la Comisión, que modifica el Vocabulario común de los contratos públicos.• CPA-2002: 72.22.14, Servicios de mantenimiento de sistemas, del Código de clasificación estadística CPA-2002 recogida en el Reglamento (CE) nº 204/2002 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2001, publicado en el Diario Oficial de la Comunidad Europea L 36, de 6 de febrero de 2002.

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j) Modificaciones: No.

3.- Tramitación, procedimiento a) Tramitación: Anticipadab) Procedimiento: Abiertoc) Subasta electrónica: Nod) Criterios de adjudicación: El precio.

4.- Valor estimado del contrato: 22.772,96 € 5.- Presupuesto base de licitación:a) Importe neto euros: 11.386,48 € b) Importe total 13.777,64 €c) Financiación: Este contrato se financia con fondos propios de la Diputación.

6.- Garantías exigidas: Provisional (importe): No procede Definitiva: 5% del precio de adjudicación.

7.- Requisitos específicos del contratista: No se exigea) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría) (en su caso): No procede b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso) Las recogidas en la cláusula 32ª del Pliego de Cláusulas Administrativas. c) Otros requisitos específicos: No.d) Contratos reservados: No.

8.- Presentación de ofertas o de solicitud de participación:a) Fecha límite de presentación: transcurridos 15 días naturales desde la publicación, a las 14:00 horas.b) Modalidad de presentación: Oficina receptora.c) Lugar de presentación: Diputación Provincial de Cáceres.1) Dependencia: Negociado Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María s/n3) Localidad y código postal: 10071 Cáceres4) Dirección electrónica: [email protected]) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido) No procedee) Admisión de variantes, si procede: No se admitiráf) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses 9.- Apertura de las ofertas:a) Dirección: Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones

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b) Localidad y código postal: 10071 Cáceresc) Descripción: Apertura sobre nº 1: 12 de enero de 2015 a las 12,00 horas 10. Gastos de publicidad: Hasta 1.000 €.

Cáceres,1 6 de diciembre de 2014.

LA VICESECRETARIA

Ana de Blas Abad6729

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diPUtación ProVincial dE cÁcErEs

ANUNCIO licitación de Contrato (Expediente 44/2014-SV)

De licitación del contrato del “SERVICIOS DE EDICIÓN, DISEÑO, MAQUETACIÓN, TRADUCCIÓN, IMPRESIÓN Y SUMINISTRO DE MATE-RIAL PROMOCIONAL TURÍSTICO DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE MONFRAGÜE, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON VARIOS CRI-TERIOS DE ADJUDICACIÓN” (Expediente 44/2014-SV) 1.- Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceres b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y Suministros. c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Negociado de Servicios y Suministros 2) Domicilio: Plaza de Santa María, s/n. 3) Localidad y código postal: Cáceres. 10071. 4) Teléfono:(927) 25-54-16 5) Telefax: (927) 25-55-50 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es.(Suministros y Servicios) 8) Fecha límite de obtención de documentos e información: Último día del plazo de presentación de ofertas. d) Número de expediente: 44/2014-SV

2.- Objeto del contrato. a) Tipo: Servicio b) Descripción: El objeto del contrato es la edición, diseño, maqueta ción, impresión y suministro de material promocional turístico de la Reserva de la Biosfera de Monfragüe, conforme a lo especifica do en la cláusula 4ª del Pliego de Prescripciones Técnicas. c) División por lotes y número de lotes/ número de unidades: No procede d) Lugar de ejecución/entrega: Según se especifica en los pliegos. e) Duración: Fase 1. En esta fase se realizan los trabajos de edición, traduc ción, diseño y maquetación. Quedando el material listo parar ser imprimido. La duración prevista es de 3 meses. En la segunda quincena del tercer mes se presentará la prueba que pasará a im presión.

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 15BOPCáceres

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Fase 2. En esta fase se realizan las labores de impresión, produc ción y suministro de los materiales y no podrá exceder de un mes. f) Admisión de Prórroga: No procede g) Establecimiento de un Acuerdo Marco (en su caso): No pro cede h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No procede. i) CPV (referencia Nomenclatura): CPCprov: 88442, Servicios de composición. CPV: 79822000-2, Servicios de composición. 79970000-4, Servicios de edición. 79971000-1, Servicios de encuadernación y acabado de libros. CPA-2002: 22.22.3, Servicios de impresión de libros. j) Modificaciones: No procede.

3.- Tramitación, procedimiento a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Abierto c) Subasta electrónica: No d) Criterios de adjudicación:

Oferta económica: Hasta 65 puntos sobre el total. La puntuación que se asigne a las ofertas se obtend por aplicación de la fórmula siguiente al precio:

P = 65 (OMB/OL)

Donde:P = Puntos obtenidos.OL= Oferta de cada uno de los licitadores. OMB= Oferta más baja

Por la entrega anticipada de los trabajos previstos: Se valorará con un punto la reducción de dos días sobre el plazo establecido de finalización, hasta y máximo de 10 puntos.

Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor: Creatividad y originalidad en el diseño y formato de la Guía y de los Mapas. Hasta 25 pun-tos. En este apartado se valorará la calidad estética y práctica, y se tendrá en cuenta si el diseño facilita la lectura y la información, la calidad de los gráficos y su relación con el texto, la calidad de los cuadros de texto como información específica, las imágenes interpretadas, la maquetación del texto, la limpieza de la página, y el atractivo general.

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 16BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

4.- Valor estimado: 60.330,60 €

5.- Presupuesto base de licitación: a) Importe neto euros: 60.330,60 € B) Importe total: 73.000,00 € La presente contratación cubre la necesidad de ejecutar la actuación 3. Difusión y promoción del PCTRBM, conforme a la resolución ADLF 194/2014, de 3 de junio, del Plan de Competitividad Turística de la Reserva de la Bi-osfera de Monfragüe (en adelante PCTRBM) que se financia, en parte, con fondos FEDER, y surge de la Colaboración plasmada en el Convenio de 30 de julio de 2009 suscrito por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo del Gobierno de Extremadura, la Diputación Provincial de Cáceres y la Asoci-ación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Monfragüe y su Entorno (ATUMON).

6.- Garantías exigidas: Provisional (importe): No procede Definitiva: 5 % del precio del contrato

7.- Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría): No procede. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): Según se establece en la Cláusula 32ª del Pliego de Cláusulas Administrativas, compromiso de adscripción de un equipo técnico que cuente con cualificación acreditada en la elaboración de contenidos promocionales y la creación de gráficos, diseño y maquetación.c) Otros requisitos específicos: No d) Contratos reservados: No.

8.- Presentación de ofertas o de solicitud de participación: a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales desde la publi-cación b) Modalidad de presentación: Oficina receptora. c) Lugar de presentación: Diputación Provincial de Cáceres 1) Dependencia: Negociado Servicios y Suministros 2) Domicilio: Plaza de Santa María s/n 3) Localidad y código postal: 10071 Cáceres 4) Dirección electrónica: [email protected] d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a pre-sentar ofertas (procedimiento restringido) No procede e) Admisión de variantes: No. f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses.

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 17BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

9.- Apertura de las ofertas: Dirección Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones Localidad y código postal: 10071 Cáceres Fecha y hora: Apertura sobre nº 1: 12 de enero de 2015 a las 12,00 horas. Apertura sobre nº 2: 16 de enero de 2015 a las 12,00 horas.

10. Gastos de publicidad: Máximo de 1.000,00 €

Cáceres, 16 de diciembre de 2014.

LA VICESECRETARIA

Ana de Blas Abad6730

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 18BOPCáceres

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diPUtación ProVincial dE cÁcErEs

ANUNCIO de licitación del contrato del servicio expte. 54/2014-SV

De licitación del contrato del servicio de “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA CREACIÓN DE UNA GUIA DE EXPERIENCIAS TURÍSTICAS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, BEIRA INTERIOR SUL Y ALTO ALENTEJO, ELABORACIÓN DE CONTENIDOS, DISEÑO, EDICIÓN, MAQUETACIÓN E IMPRESIÓN DE 3.000 EJEMPLARES” (Expediente 54/2014-SV). 1.- Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceresb) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y Sum-inistros.c) Obtención de documentación e información:1) Dependencia: Negociado de Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María, s/n.3) Localidad y código postal: Cáceres. 10071.4) Teléfono:(927) 25-54-165) Telefax: (927) 25-55-506) Correo electrónico: [email protected]) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es.(Suministros y Servicios)8) Fecha límite de obtención de documentos e información: Último día del plazo de presentación de ofertas. d) Número de expediente: 54/2014-SV

2.- Objeto del contrato.a) Tipo: Serviciob) Descripción: Asistencia técnica para la redacción, edición, traducción y suministro de la guía denominada “Experiencias turísticas de la provincia de Cáceres, Beira Interior Sul y Alto Alentejo”, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescrip ciones técnicas que rigen la contratación.c) División por lotes y número de lotes/ número de unidades: No proce- ded) Lugar de ejecución/entrega: Según se especifica en los pliegos.e) El presente contrato tendrá una duración de cuatro meses.f) Admisión de Prórroga: No procede.g) Establecimiento de un Acuerdo Marco (en su caso): No procede h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No procede.i) CPV (ref. Nomenclatura): CPCprov: 88442 Servicios editoriales y de imprenta CPV 7982200-2 Servicios de composición CPV 79970000-4 Servicios de edición CPV 79971000-1 Servicios de encuadernación y acabado de libros.

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 19BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

CPA-2002: 22.22.3 Servicios de impresión de libros.j) Modificaciones: No procede.

3.- Tramitación, procedimiento a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abiertoc) Subasta electrónica: No.d) Criterios de adjudicación:

Las ofertas de las empresas licitadoras podrán valorarse con un máximo de 100 puntos que se asignarán de conformidad con el siguiente baremo:

Nº Descripción Ponderación1 Precio 542 Incremento de los recursos humanos y materiales asignados

al contrato 10

3 Propuesta técnica 264 Nuevas actuaciones 10

TOTAL 100

CRITERIOS DE CUANTIFICACION AUTOMATICA 1) Precio. Hasta 54 puntos. La puntuación de las ofertas se obtendrá en aplicación de la fórmula siguiente al precio con IVA ofertado por las empresas:

Puntuación = Mejor oferta económica*54 Oferta presentada

2) Aumento recursos humanos y materiales: Hasta 10 puntos

CRITERIOS CUYA CUANTIFICACION DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR3) Propuesta técnica. Hasta 26 puntos. La propuesta técnica estará constituida por una memoria descriptiva que deberá contener:1. Cronograma2. Metodología de trabajo.3. Metodología para la creación de experiencias turísticas.4. Metodología de comunicación y coordinación con la Dirección del Proyecto Taejo Internacional.5. Personal y dedicación del equipo adscrito a este contrato.6. Ubicación, en su caso, de la oficina mientras se desarrolle el proyecto.De esta memoria descriptiva se valorarán:- La solidez, claridad de contenidos y coherencia de la metodología de trabajo para el impulso, coordinación, seguimiento y valoración de la ejecución de las distintas acciones del proyecto: hasta 9 puntos.

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 20BOPCáceres

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- La viabilidad y eficacia de la metodología de creación de experiencias turís-ticas y su personalización a la casuística de la provincia de Cáceres: hasta 9 puntos.- La viabilidad y eficacia de la metodología de la comunicación y coordinación con el equipo del Proyecto Taejo Internacional: hasta 4 puntos.- La calidad estética y práctica. En este apartado se valorará si el diseño fa-cilita la lectura y la información (calidad de las fotografías y su relación con el texto, maquetación, limpieza de la página, facilidad de lectura y atractivo general: hasta 4 puntos. 4) Nuevas actuaciones. Hasta 10 puntos, puntuando hasta un máximo de 2 puntos por cada mejora propuesta.Se valorarán aquellas mejoras propuestas por el licitador siempre que tengan una relación directa con el objeto del contrato y supongan un incremento de la calidad del proyecto, aportando a su desarrollo, valor, viabilidad y sostenibilidad, así como al impacto de la misma en el desarrollo turístico de la provincia. Los licitadores deberán definir correctamente y justificar, desde el punto de vista técnico las mejoras presentadas. No serán consideradas mejoras aquellas indicaciones que son elementos es-enciales de la oferta, bien porque se requieran en el presente pliego o bien porque lo requiera la naturaleza de la acción a ejecutar. Tampoco se consid-erarán mejoras las especificaciones, naturaleza, experiencia o característi-cas subjetivas de la entidad ofertante; cualidades estas últimas que serán valoradas en la presentación curricular de la empres y no como mejora.Por cada mejora perfectamente planteada y el compromiso de ejecución de la misma que supongan un valor añadido a las requeridas en el pliego de prescripciones técnicas, se asignarán 2 puntos hasta un máximo de 10 puntos.

4.- Valor estimado: 88.831,00 €

5.- Presupuesto base de licitación: a) Importe neto euros: 88.831,00 € B) Importe total: 107.485,51 € El presente contrato se enmarca en un proyecto que se financia, en parte (75 %), por el FEDER, mediante subvención concedida por la Dirección General de Fondos Comunitarios, perteneciente a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.

6.- Garantías exigidas: Provisional (importe): No procede Definitiva: 5 % del precio del contrato

7.- Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría): No procede.b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): Según se establece en la Cláusula 32ª del Pliego de

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 21BOPCáceres

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Cláusulas Administrativas, adscripción de un equipo técnico que, como mínimo, esté compuesto por cuatro profesionales con experiencia contrastada en el ámbito de la consultoría turística, de los cuales se nombrará un director de proyecto con una experiencia superior a cinco años. Las titulaciones serán de grado superior o diplomatura en turismo, completada con formación postgrado en materia de turismo (mínimo 300 horas), y un profesional de fotografía. Se adjuntarán CV. c) Otros requisitos específicos: No se establecen.d) Contratos reservados: No.

8.- Presentación de ofertas o de solicitud de participación:a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales desde la publicación b) Modalidad de presentación: Oficina receptora.c) Lugar de presentación: Diputación Provincial de Cáceres1) Dependencia: Negociado Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María s/n3) Localidad y código postal: 10071 Cáceres4) Dirección electrónica: [email protected]) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido) No procedee) Admisión de variantes: No.f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su ofer- ta: Dos meses. 9.- Apertura de las ofertas: a) Mesa, apertura sobre 1. Dirección Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones Localidad y código postal: 10071 Cáceres Fecha y hora: 12 de enero de 2015, a las 12:00 horas.b) Mesa, apertura sobre 2. Dirección Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones Localidad y código postal: 10071 Cáceres Fecha y hora: 16 de enero de 2015, a las 12:00 horas.

10. Gastos de publicidad: Máximo de 1.000,00 €

Cáceres, 16 de diciembre de 2014.

LA VICESECRETARIA

Ana de Blas Abad6731

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 22BOPCáceres

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diPUtación ProVincial dE cÁcErEs

ANUNCIO de licitación del contrato del servicio expte. 40/2014-SV

De licitación del contrato del servicio de “REALIZACIÓN DE SESENTA Y NUEVE VIAJES DE SENSIBILIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE TAEJO IN-TERNACIONAL”, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON VARIOS CRI-TERIOS DE ADJUDICACIÓN (Expediente 40/2014-SV).

1.- Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceresb) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y Sum-inistros.c) Obtención de documentación e información:1) Dependencia: Negociado de Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María, s/n.3) Localidad y código postal: Cáceres. 10071.4) Teléfono:(927) 25-54-165) Telefax: (927) 25-55-506) Correo electrónico: [email protected]) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es.(Suministros y Servicios)8) Fecha límite de obtención de documentos e información: Último día del plazo de presentación de ofertas.d) Número de expediente: 40/2014-SV

2.- Objeto del contrato.a) Tipo: Serviciob) Descripción: Asistencia técnica para la realización de 69 viajes de pro-moción y sensibilización del Tajo Internacional, de conformidad con lo esta-blecido en el pliego de prescripciones técnicas.c) División por lotes y número de lotes/ número de unidades: No pro-ceded) Lugar de ejecución/entrega: Según se especifica en los pliegos.e) El presente contrato tendrá una duración de cuatro meses.f) Admisión de Prórroga: No procede.g) Establecimiento de un Acuerdo Marco (en su caso): No procede h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No procede.i) CPV (ref. Nomenclatura): 63511000-4 Organización de viajes combina-dos. CPCprov: 74710, Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo.

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CPA-2002: 63.30, Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo; servicios de orientación turística.j) Modificaciones: No procede.

3.- Tramitación, procedimiento a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abiertoc) Subasta electrónica: No.d) Criterios de adjudicación: 1) Precio. Hasta 55 puntos. La puntuación de las ofertas se obtendrá en aplicación de la fórmula siguiente al precio con IVA ofertado por las empresas:

Puntuación = Mejor oferta económica*55 Oferta presentada

2) Otros criterios de carácter técnico. Hasta 45 puntos. Se valorará, hasta un máximo de 45 puntos, la oferta técnica presentada por las empresas, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

2.1. Desarrollo del itinerario: 20,5 puntos.Se valorará con 0,5 puntos cada itinerario diferente en cuanto a sus conteni-dos. Se entenderá que el itinerario es distinto cuando aporte una actividad, experiencia, restauración, visita, etc. diferente al anterior. Se deberá espe-cificar de forma clara la diferencia entre itinerarios.

2.2. Participación de empresas y municipios: 15,5 puntos, que se dis-tribuyen de la siguiente manera:

2.2.1. Número de empresas: las actividades a desarrollar deberán repercutir en el mayor número y variedad de establecimientos que estén o trabajen en el territorio que conforma Taejo Internacional. Se valorará con 0,4 puntos cada una de las empresas incluidas hasta un máximo de 14,4 puntos.Se valorará la inclusión de los 11 municipios que se encuadran dentro del Parque Tajos Internacional. Se puntuará con 0,1 puntos por cada municipio hasta un máximo de 1,1 puntos.Para obtener puntuación en este apartado deberá presentarse declaración sobre los servicios concretos que se van a subcontratar, señalando su im-porte, y el nombre o el perfil empresarial de aquél, definido por referencia al requisito de que se encuentren inscritos en el Registro de empresas turísticas de Extremadura (Decreto 205/2012, de 15 de octubre, por el que se regula el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura).

2.3. Taller gastronómico: 9 puntos.Se concederán 0,2 puntos por cada plato o postre que se incluya aparte del

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 24BOPCáceres

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obligatorio y que promocione la gastronomía transfronteriza y cinegética, hasta un máximo de 9 puntos.

4.- Valor estimado: 171.251,35 €

5.- Presupuesto base de licitación:a) Importe neto euros: 171.251,35 €B) Importe total: 189.000,00 € El presente contrato se enmarca en un proyecto que se financia, en parte (75 %), por el FEDER, mediante subvención concedida por la Dirección General de Fondos Comunitarios, perteneciente a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.

6.- Garantías exigidas: Provisional (importe): No procede Definitiva: 5 % del precio del contrato

7.- Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría): No procede.b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): Según se establece en la Cláusula 32ª del Pliego de Cláusulas Administrativas, indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar en la forma establecida en el artículo 78.i) del TRLCSP, con declaración expresa sobre los trabajos concretos que se van a encomendar a un tercero, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial de aquél, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica. c) Otros requisitos específicos: Disponer del título-licencia de Agencias de Viajes expedido en la Consejería competente en materia de turismo en Ex-tremadura, o bien, certificación acreditativa de su autorización en la adminis-tración de origen, en el caso de empresas autorizadas por otras Comunidades Autónomas españolas, o por Estados Miembros de la Unión Europea.d) Contratos reservados: No.

8.- Presentación de ofertas o de solicitud de participación:a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales desde la publicación b) Modalidad de presentación: Oficina receptora.c) Lugar de presentación: Diputación Provincial de Cáceres1) Dependencia: Negociado Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María s/n3) Localidad y código postal: 10071 Cáceres4) Dirección electrónica: [email protected]) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 25BOPCáceres

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ofertas (procedimiento restringido) No procedee) Admisión de variantes: No.f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses. 9.- Apertura de las ofertas: a) Mesa, apertura sobre 1. Dirección Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones Localidad y código postal: 10071 Cáceres Fecha y hora: 12 de enero de 2015, a las 12:00 horas.b) Mesa, apertura sobre 2. Dirección Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisiones Localidad y código postal: 10071 Cáceres Fecha y hora: 16 de enero de 2015, a las 12:00 horas.

10. Gastos de publicidad: Máximo de 1.000,00 €

Cáceres, 16 de diciembre de 2014.

LA VICESECRETARIA

Ana de Blas Abad6733

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 26BOPCáceres

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ayUntamiEntos

acEHÚcHE

ASUNTO aprobación inicial del presupuesto General para 2015

ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntami-ento, de fecha 5 de diciembre de 2014, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2015, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones. De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará de-finitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo acuerdo, si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones.

En Acehúche, a 9 de diciembre de 2014.

El Alcalde,

MARIANO E. NOLASCO JULIAN6587

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 27BOPCáceres

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alBalÁ

Edicto expediente de modificación de créditos n.º 24

Aprobado inicialmente por esta Corporación Municipal el expediente de MODIFICACIÓN DE CREDITOS n.º 24 dentro del vigente presupuesto, estará de manifiesto en la Secretaría de esta Entidad, por espacio de quince días hábiles, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 169.1, de la Ley 2/2004, de 5 de marzo, Reguladora de las Haciendas Locales, durante cuyo plazo se podrán formular respecto del mismo, las reclamaciones y observaciones que se estimen pertinentes.En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, la modificación se entenderá definitivamente aprobada.

Albalá a 15 de diciembre de 2014.

El Alcalde,

Juan Rodríguez Bote

6683

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 28BOPCáceres

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almaraZ

ANUNCIO aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 08/2014

El Pleno del Ayuntamiento de Almaraz, en sesión extraordinaria celebrada el día once de diciembre de 2014, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 08/2014 en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a distinto área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, de acuerdo con el siguiente resumen por aplicación presupuestaria y por capítulos:

Altas en aplicaciones de gastosAplicación Presupuestaria N.º Descripción Euros2014 01-920-2269900 01 Otros gastos diversos 46.800 €2014 01-920-2210000 02 Energía Eléctrica Ayuntamiento 100.000 €2014 01-920-21000 03 Mantenimiento Infr. Y Bienes

Naturales 116.000 €

2014 01-334-2260902 04 Promocion Torn. Y Activ. Culturales (Cultura)

30.000 €

2014 01-922-46600 05 A Otras Entidades Agrup. Mucpos (AMAC) 13.773,39 €

2014 01-920-62902 06 O. Inv. Nuevas Asoc. Func. Opr. Serv. (Impresoras) 2.977 €

2014 01-920-62203 07 Realización Casa de Cultura y Plaza 2.266,05 €

2014 01-920-62901 08 O. Inv. Nuevas Asoc. Func. Ope. Serv. (Maq. Vehi.) 19.632,62 €

TOTAL GASTOS 331.449,06 €

Baja en aplicaciones de gastosAplicación Presupuestaria N.º Descripción Euros

2014 01-155-21000 01 Mant. Infr. Y Bienes Naturales (Viales)

182.800 €

2014 01-422-47900 02 Subvención a Empresas Privadas Locales 90.000 €

2014 01-342-60906 03 Cubierta Pista de Padel 18.000 €2014 01-164-60903 04 O. Inv. Nuevas Infr. Y Bienes

Uso Gral. (Velatorio) 35.649,06 €2014 01-334-62200 05 Edificios y Otras Construc.

(Orchydarium) 5.000 €TOTAL GASTOS 331.449,06 €

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 29BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Pro-vincia de Cáceres, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Almaraza 16 de diciembre de 2014.

La Alcaldesa,

Mª Sabina Hernández Fernández6691

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Número 243 / Jueves 18 de Diciembre de 2014 Página 30BOPCáceres

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BEnqUErEncia

ANUNCIO Aprobación definitiva del Presupuesto General para 2015

Aprobado definitivamente el Presupuesto General para 2015, junto con las Bases de Ejecución del Presupuesto, se publica conforme a lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.Capítulo Denominación Euros

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de personal ........................................ 16.391,97 2 Gastos corrientes en bienes y servicios ........... 37.950,003 Gastos financieros ……………………………… 750,004 Transferencias corrientes ................................ 7.926,93

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones reales .......................................... 10.529,009 Pasivos financieros ………………………….. 1.300,00 TOTAL PRESUPUESTO GASTOS ........... 74.847,90

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Impuestos directos ....................................... 8.732,002 Impuestos indirectos .................................... 350,003 Tasas, precios públicos y otros ingresos ... 7.305,004 Transferencias corrientes ........................ 48.410,905 Ingresos patrimoniales ............................. 10.050,00

TOTAL PRESUPUESTO INGRESOS ……. 74.847,90

Importan los Gastos por todos conceptos .............................. 74.847,90Importan los Ingresos por todos conceptos ...................... 74.847,90

Asimismo, se publica la plantilla y relación de puestos de trabajo de esta Corporación.

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A ) HABILITACION DE CARÁCTER NACIONAL1 – Secretario-Interventor. Grupo A1/A2. Nivel 26. Propiedad. Agrupada con el Ayuntamiento de Torre de Santa María.

Contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, y ante la Sala de la misma jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

Benquerencia, a 16 diciembre de 2014

EL ALCALDE;

Francisco Manuel Merino Palomino

6678

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BroZas

ANUNCIO modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario pro-visional del Ayuntamiento de Brozas sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

« En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15, 17 y 60 y ss del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda la modi-ficación del Impuesto sobre bienes inmuebles, así como la aprobación de la modificación de la Ordenanza correspondiente, en los términos siguientes:

1.º Modificación de la letra a) del apartado 3 del Articulo 9. Cuota Tribu-taria, Tipo de gravamen y recargo.

a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 0,700 %.

2.º Añadir a la letra b) del apartado 2 del Articulo 3 Exenciones, el sigu-iente texto:

“No estarán exentos los bienes inmuebles a que se refiere esta letra b) cuando estén afectos a explotaciones económicas, salvo que les resulte de aplicación algunos de los supuestos de exenciones previstos en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, o que la sujeción al impuesto a título de contribuyente recaiga sobre el Estado, las Comunidades Autónomas o las entidades locales, o sobre organismos autónomos del Estado o entidades de derecho público de análogo carácter de las Comunidades Autónomas y de las entidades locales.En las parcelas catastrales donde este enclavada una construcción que tenga la declaración contenida en esta letra b), se aplicará la exención sobre dichas construcción, no así sobre el resto de la parcela susceptible de ser afecta a explotación económica.” Disposición Final Única. Aprobación, entrada en vigor y modificación de la Ordenanza fiscal.

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La presente Ordenanza fiscal, fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el 30 de abril de 1990 (BOP núm 188 de 16 de agosto de 1990) entrando en vigor inicialmente con fecha 1 de enero de 1991, y modificada en sesión plenaria de fecha 30 de octubre de 1992 (BOP núm 300 de 31 de diciembre de 1992), sesión plenaria de fecha 20 de noviembre de 1995, (BOP. Núm 298 de 30 de diciembre), sesión plenaria de fecha 17 de noviembre de 1998, (BOP Núm 297 de 29 de diciembre), sesión plenaria de fecha 14 de noviembre de 2.003.( BOP Núm 250 de 31 de diciembre de 2003), sesión plenaria de fecha 17 de noviembre de 2006 (BOP Núm 221 de 21 de noviembre de 2006), sesión plenaria de fecha 29 de junio de 2012 (BOP Núm. 177 de 12 de septiembre de 2012) y sesión plenaria de 31 de octubre de 2014. Comenzará a regir con las últimas modificaciones con efectos desde el 1 de enero de 2015, y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta Ordenanza fiscal, los artículos no modificados continuarán vigentes. »

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Leg-islativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.

Brozas a 11 de diciembre de 2014.

El Alcalde,

Leonardo Rodriguez Rodriguez

6615

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cEclaVÍn

ANUNCIO convocatoria para la selección, en régimen de interinidad, del puesto de Secretaría-Intervención

Por Resolución de Alcaldía de fecha 15 de Diciembre de 2014, se aprobaron las bases y la convocatoria para la selección, en régimen de interinidad, del puesto de Secretaría-Intervención mediante sistema de concurso-oposición para cubrir la vacante de este Ayuntamiento.

A las bases reguladoras que regirán la convocatoria se puede acceder en la página web de este Ayuntamiento: www.ceclavin.es

El resto de anuncios de este proceso se realizarán en dicha página web.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anun-cio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento de Ceclavín, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Conten-cioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Ceclavín a 15 de diciembre de 2014.

La Alcaldesa,

Juana Chaparro Hernández 6664

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cillEros

EDICTO Aproación inicial Presupuesto General para el ejercicio 2015

Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Cilleros, en Sesión Ordinaria, celebrada el día 11 de diciembre de 2014, el Presupuesto Gen-eral para el Ejercicio 2.015, se expone al público, durante el plazo de quince días hábiles, el expediente completo, a efectos de que los interesados que se señalan en el apartado 1 del artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación por los motivos que se indican en el apartado 2 de dicho artículo.

En el supuesto de que en el plazo de exposición al público, que comenzará a contarse desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia”, no se presentaran reclamaciones, de confor-midad con lo previsto en el artículo 169 de dicho Real Decreto Legislativo, el Presupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Cilleros a 11 de diciembre de 2014.

LA ALCALDESA,

Victoria E. Toribio Martín

6605

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coria

EDICTO notificación expte. licencia muncicipal

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública la notificación que a continuación se detalla a D. ANTONIO SIXTO GARCÍA GARCÍA, con domicilio en la AVDA. DE E....º DCHA, de Coria, y a Dª. INMACULADA PULIDO GARCÍA, con domicilio en la AVDA. DE E....º IZQ, de Coria, como titulares de un inmueble colindante o de algún derecho real sobre el mismo, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar, lo que se comu-nica a los efectos procedentes para que en el plazo de diez a contar desde el siguiente al de la fecha de la publicación del presente Edicto puedan formular cuantas reclamaciones y observaciones considere convenientes:

“Dª. VERÓNICA FERNÁNDEZ RONCERO, ha iniciado expediente sobre Licen-cia Municipal de Instalación de Actividad Clasificada y Funcionamiento para CLÍNICA DE FISIOTERAPIA Y OSTEOPATÍA en la AVDA. DE EXTREMADURA, 22 – 1º - B (REFERENCIA CATASTRAL: 0593605QE1209S0004KQ), de Coria.

Lo que le comunico, como titular de un inmueble colindante o de algún dere-cho real sobre el mismo, para que en el plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente al de la fecha en que reciba esta comunicación pueda formular cuantas reclamaciones y observaciones considere convenientes, encontrándose el expediente a su disposición en las oficinas del Servicio de Urbanismo Municipal.”

Coria, 9 de diciembre de 2014.

El Alcalde-Presidente,

José Manuel García Ballestero6563

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coria

EDICTO iniciación de expediente sobre Licencia Municipal

ALCAESAR FUNERCORIA, S.L., ha iniciado expediente sobre Licencia Municipal de Instalación de Actividad Clasificada para SALAS DE VE-LATORIO en la AVDA. MONSEÑOR RIBERI, S/N (REFERENCIA CATASTRAL: 10068A005001730001QL), de Coria.

Lo que se hace público para que todas aquellas personas que se consideren perjudicadas con la referida instalación puedan formular, en el plazo de diez días, cuantas alegaciones u observaciones estimen convenientes, a cuyo efecto estará a su disposición el expediente en la Oficina de Tramitación de Licencias de Actividad del Excmo. Ayuntamiento de Coria.

En Coria a 9 de diciembre de 2014.

El Alcalde-Presidente,

José Manuel García Ballestero 6562

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cUacos dE yUstE

ANUNCIO aprobación inicialmente el Expediente de Modificación de Créditos núm. 1/2014

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada en fecha 15 de diciembre de 2.014, ha aprobado inicialmente el Expediente de Modificación de Créditos núm. 1/2014 del Presupuesto vigente, con cargo al remanente líquido de tesorería, que queda expuesto al público en la Secretaría-Inter-vención de este Ayuntamiento, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar alegaciones o reclamaciones en la Secre-taría municipal, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de este edicto en el B.O.P. de Cáceres.

De no producirse reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado.

En Cuacos de Yuste, a 16 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

Eulogio López Moreno

6696

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cUacos dE yUstE

ANUNCIO aprobación inicial tasa cementerio

El Pleno del Ayuntamiento de Cuacos de Yuste, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 2014, acordó la aprobación inicial de la modifi-cación del artículo 6º, de la “Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios de Cementerio Municipal de Cuacos de Yuste” y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 56 del Real De-creto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOP, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Cuacos de Yuste, a 16 de diciembre de 2014.

El Alcalde,

Eulogio López Moreno.6697

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cUacos dE yUstE

ANUNCIO aprobación inicialmente Ordenanza Fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 2014, ha aprobado inicialmente la “Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de recogida de Residuos Sólidos Urbanos y eliminación de los mismos en Cuacos de Yuste”, sometiéndose el expediente a información pública durante el plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, a efectos de reclamaciones y sugerencias, de acuerdo con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Cuacos de Yuste, a 16 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

Eulogio López Moreno

6698

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dEscarGamaria

EDICTO axpediente suplemento de créditos

No habiéndose producido reclamaciones al expediente Número 2/2014 de SUPLEMENTO de créditos, durante su periodo de exposición pública, y de conformidad con lo acordado por el Pleno de este Ayuntamiento, queda el mismo aprobado definitivamente conforme al siguiente resumen por capí-tulos:

Capítulo Euros2º GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 11.431,94

Financiación: con cargo al Remanente de Tesorería 2013……11.431,94 Euros

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, en relación con los artículos 20 y 22 del mismo texto reglamentario y con el artículo 177.2 en relación con el 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Descargamaria a 9 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,6549

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la GranJa

EDICTO aprobación inicial Presupuesto General ejercicio de 2015

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 2 de diciembre de 2014, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2015.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina y por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2º del citado último artículo, ante el Pleno de este Ayuntamiento.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del predicho R.D.L., el Presupuesto se considerará, definiti-vamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.

La Granja a 11 de diciembre de 2014.

El Alcalde,

DANIEL JOSE ROMERO CALVO6598

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HolGUEra

EDICTO Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles

Aprobadas definitivamente la modificación de la ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles se publica el texto íntegro. Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el dia siguiente al de la publicación del presente edicto, recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Ex-tremadura. No obstante, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.

El texto íntegro de las Ordenanzas aprobadas definitivamente es el que seg-uidamente se transcribe:

I. NATURALEZA Y FUNDAMENTO

Artículo 1.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real establecido con carácter obligatorio en la Ley reguladora de las Haciendas Locales (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo) y regulado de conformidad con lo que establecen los artículos 60 a 77 ambos inclusive de la misma.

II. HECHO IMPONIBLE

Artículo 2.

Constituye el hecho imponible del impuesto la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmue-bles de características especiales:• a) De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles osobre los servicios públicos a que se hallen afectos. b) De un derecho real de superficie. c) De un derecho real de usufructo. d) Del derecho de propiedad.

Artículo 3.

A efectos de este impuesto se consideran bienes inmuebles rústicos, bienes inmuebles urbanos y bienes inmuebles de características especiales los defi-nidos como tales en las normas reguladoras del catastro inmobiliario.

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Artículo 4.

No están sujetos a este impuesto:

a) Las carreteras, los caminos, ias demás vías terrestres y los bienes del dominio público marítimo-terrestre e hidráulico, siempre que sean de aprovechamiento público y gratuito.• b) Los siguientes bienes inmuebles propiedad de los municipios en que estén enclavados: o - Los de dominio público afectos a uso público. o - Los de dominio pú-blico afectos a un servicio público gestionado directamente por el Ayuntami-ento, excepto cuando se trate de inmuebles cedidos a terceros mediante contraprestación. o - Los bienes patrimoniales, exceptuados igualmente los cedidos a terceros mediante contraprestación.

III. SUJETO PASIVO

Artículo 5.

1. Son sujetos pasivos, a tít ulo de contribuyentes, las personas naturales y jurídicas y las entidades a que se refiere et artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre. General Tributaria, que ostenten la titulari-dad del derecho que, en cada caso, sea constitutivo del hecho imponiblede este impuesto.

En el supuesto de concurrencia de varios concesionarios sobre un mismo inmueble de características especiales, será sustituto del contribuyente el que deba satisfacer el mayor canon.

2. Lo dispuesto en el apartado anterior será de aplicación sin perjuicio de la facultad del sujeto pasivo de repercutir la carga tributaria soportada conforme a las normas de derecho común. Los Ayuntamientos repercutirán la totalidad de la cuota líquida del impuesto en quienes, no reuniendo la condición de sujetos pasivos del mismo, hagan uso mediante contra prestación de sus bienes demaniales o patrimoniales.Asimismo, el sustituto del contribuyente podrá repercutir sobre los demás concesionarios la parte de la cuota líquida que les corresponda en proporción a los cánones que deban satisfacer cada uno de ellos.

Artículo 6.

Responden solidariamente de la cuota de este impuesto, y en proporción a sus respectivas participaciones, los copartícipes o cotitulares de las enti-

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dades a que se refiere el artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, si figuran inscritos como tales en ei Catastro Inmobiliario. De no figurar inscritos, la responsabilidad se exigirá por partes iguales en todo caso.

Artículo 7º.

En los supuestos de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los derechos que constituyen el hecho imponible de este impuesto, los bienes inmuebles objeto de dichos derechos quedarán afectos al pago de la totalidad de ta cuota tributaria en los términos previstos en el artículo 64 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, 43,l.d) y 79 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre. General Tributaria.

IV.EXENCIONES

Artículo 8°.

1. Están exentos los siguientes inmuebles:. a) Los que sean propiedad del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las entidades locales que estén directamente afectos a la seguridad ciu-dadana y a los servicios educativos y penitenciarios, así como los del Estado afectos a la Defensa Nacional.. b) Los bienes comunales y los montes vecinales en mano común.. c) Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdoentre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, y los de las asociaciones confesionales no católicas legal-mente reconocidas, en los términos establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el articulo 16 de la Constitución.. d) Los de la Cruz Roja Española.. e) Los inmuebles a los que sea de aplicación la exención en virtudde convenios internacionales en vigor y, a condición de reciprocidad, los de los Gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, con-sular, o a sus organismos oficiales.. f) La superficie de los montes poblados con especies de crecimientolento reglamentariamente determinadas, cuyo principal aprovechamiento sea la madera o el corcho, siempre que la densidad del arbolado sea la propia o normal de la especie de que se trate.. g) Los terrenos ocupados por las lineas de ferrocarriles y los edificios enclavados en los mismos terrenos, que estén dedicados a estaciones, almacenes o a cualquier otro servicio indispensable para (a explotación de dichas líneas. No están exentos, por consiguiente, los establecimientos de hostelería, espectáculos, comerciales y de esparcimiento, las casas destinadas

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a viviendas de los empleados, las oficinas de la dirección ni las instalaciones fabriles.

2. Asimismo, previa solicitud, estarán exentos:

a) Los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo, en cuanto a !a superficie afectada a la enseñanza concertada.• b) Los declarados expresa e individualizadamente monumento o jardín histórico de interés cultural, mediante Real Decreto en la forma establecida por el articulo 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, e inscritos en el Registro General a que se refiere su articulo 12 como integrantes del Patrimonio Histórico Español, así como los comprendi-dos en las disposiciones adicionales primera, segunda y quinta de dicha Ley. Esta exención no alcanzará a cualesquiera ciases de bienes urbanos ubicados dentro del perímetro delimitativo de las zonas arqueológicas y sitios y con-juntos históricos, global mente integrados en ellos, sino, exclusivamente, a los que reúnan las siguientes condiciones:

o - En zonas arqueológicas, los incluidos como objeto de especial protec-ción en el instrumento de planeamiento urbanístico a que se refiere el artículo 20 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. o - En sitios o conjuntos históricos, los que cuenten con una antigüedad igual o superior a cincuenta años y estén incluidos en el catálogo previsto en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Regla-mento de Planeamiento para el Desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régi-men del Suelo y Ordenación Urbana, como objeto de protección integral en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 16/1985, de 25 de junio. » c) La superficie de los montes en que se realicen repoblaciones fore-stales o regeneración de masas arboladas sujetas a proyectos de ordenación o planes técnicos aprobados por la Administración forestal. Esta exención tendrá una duración de quince años, contados a partir del periodo impositivo siguiente a aquel en que se realice su solicitud.

Artículo 9º.

Las exenciones de carácter rogado deberán ser solicitadas por el sujeto pa-sivo del impuesto, empezando a surtir efectos a partir del ejercicio siguiente a aquel en que se solicite.

Artículo 10.

Conforme al articulo 62.4 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en razón de criterios de economía y eficiencia en la gestión recaudatoria del

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tributo, estarán exentos los siguientes inmuebles: a) Los de naturaleza rústica cuya cuota líquida no supere 9€. b) Los de naturaleza urbana cuya cuota liquida no supere 6€.

V. BASE IMPONIBLE

Artículo 11.

Estará constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles que se deter-minará, notificará y será susceptible de impugnación conforme a lo dispuesto en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario.

VI. BASE LIQUIDABLE

Artículo 12.

1. La base liquidable de este impuesto será el resultado de practicar, en su caso, en la imponible las reducciones que procedan legalmente.

2. La base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible en los procedimientos de valoración colectiva.

3. En los procedimientos de valoración colectiva la determinación de la base liquidable será competencia de la Dirección General del Catastro y recurrible ante los Tribunales Económico-Administrativos del Estado.

VII. TIPO DE GRAVAMEN

Artículo 13.

El tipo de gravamen será: a) Para los bienes inmuebles urbanos el 0,700% b) Para los bienes inmuebles rústicos el 0,640% c) Para los bienes inmuebles de características especiales el 0,600%

Artículo 14.

VIII. CUOTA ÍNTEGRA

Artículo 15.

Será el resultado de aplicar a base liquidable el tipo de gravamen.

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IX. BONIFICACIONES

Artículo 16.No se contemplan.

X. PERIODO IMPOSITIVO

Artículo 17.

1. El impuesto se devengará el primer día del periodo impositivo.

2. El periodo impositivo coincide con el año natural.

3. Los hechos, actos y negocios que deben ser objeto de declaración o comunicación ante ei Catastro Inmobiliario tendrán efectividad en el devengo de este impuesto inmediatamente posterior al momento en que produzcan efectos catastrales.

XI .GESTIÓN DEL IMPUESTO Artículo 18.

1. Las alteraciones concernientes a los bienes inmuebles susceptibles de inscripción catastral que tengan trascendencia a efectos de este impuesto determinarán la obligación de los sujetos pasivos de formalizar las declaraciones conducentes a su inscripción en el Catastro Inmobiliario, conforme a lo establecido en sus normas reguladoras.

2. La gestión, liquidación, recaudación e inspección del impuesto se llevará a cabo por el Órgano de la Administración que resulte competente, bien en virtud de competencia propia, o bien en virtud de convenio o acuerdo de delegación de competencia.

3. La gestión, liquidación, recaudación e inspección de! impuesto se llevará a cabo conforme a lo preceptuado en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en ¡as normas reguladoras del Catastro inmobiliario, y en las demás disposiciones que resulten de aplicación.

4. El impuesto se gestiona a partir de la información contenida en el Padrón catastral y en los demás documentos expresivos de sus variaciones elaborados al efecto por la Dirección General del Catastro.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En todo lo no expresamente regulado en esta Ordenanza en relación con la

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gestión del tributo se estará a lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haci-endas Locales (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza Fiscal surtirá efectos a partir del 1 de Enero de 2015, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

En Holguera, a 5 de diciembre de 2014.

El Alcalde,

José Luís Garrido Moreno6561

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JaraÍZ dE la VEra

ANUNCIO apertura del procedimiento de adjudicación de una licencia municipal de Auto-Taxi

APERTURA DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION DE UNA LICEN-CIA MUNICIPAL DE AUTO-TAXI.

De conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 9 de diciembre de 2014, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria para la adjudicación de una licencia municipal de Auto-Taxi, conforme a las siguientes condiciones:

1) Entidad adjudicataria: Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera.2) Objeto de la adjudicación: Licencia municipal núm. 1 de Auto-Taxi.3) Tramitación: Ordinaria.4) Procedimiento: Abierto.5) Forma: Varios criterios de adjudicación.6) Fecha límite de presentación de las solicitudes: 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.7) Lugar de presentación de las solicitudes: Ayto. de Jaraíz de la Vera.8) El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se encuentra a dispos-ición de los interesados en la Secretaría del Ayuntamiento.

Jaraíz de la Vera, 10 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

José Bonifacio Sánchez Cruz6566

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madroÑEra

EDICTO aprobada la Cuenta General del ejercicio 2013

De conformidad con el artículo 212.3 del texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, la Cuenta General del ejercicio 2013, así como el informe favorable de la misma por la Comisión Especial de Cuentas de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 9 de diciembre de 2014, queda expuesta al público por plazo de quince días, durante los cuales y ocho más los interesados podrán presentar las reclamaciones, reparos y observaciones que consideren convenientes.

Madroñera, a 10 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

José Enrique González García6613

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montÁncHEZ

Corrección de errores

Habiéndose aprobado las BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE UN PUESTO DE JARDINERO PARA EL AYUNTAMIENTO DE MONTANCHEZ en virtud de las atribuciones que tengo conferidas, he resuelto:Primero: Aprobar la corrección en el sentido que a continuación se indica:

Donde dice:2- Por experiencia en trabajos anteriores relacionados con el puesto de tra-bajo: (Máximo 3 puntos).

Debe decir: 2- Por experiencia en trabajos anteriores relacionados con el puesto de tra-bajo hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0.1 puntos por mes completo de servicio y 0,5 puntos por cada año completo de servicios efectivo hasta un máximo de 3 puntos.

En la BASE 4.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN añadir el siguiente párrafo con el siguiente texto: “El orden en que habrán de actuar los aspirantes en la 1ª FASE entrevista-practica se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra “A” según la Resolución de 10 de abril de 2014 de la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección de la Consejería de Administración Pública ( D.O.E. 24/04/2014)”.

Donde dice:BASE 5.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. Si persiste se tomará como referencia la entrevista y en su defecto sorteo.

Debe decir: BASE 5.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. Si persiste se tomará como refer-encia la baremación de méritos , y sucesivamente ,por la entrevista y en su defecto sorteo.

En la BASE 8.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN añadir el siguiente párrafo con el siguiente texto:“Para cada uno de ellos se nombrará un suplente que actúe en casos de imposibilidad de asistencia del titular”.

En Montanchez a 9 de diciembre de 2014.

La Alcaldesa6560

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PortaJE

ANUNCIO ordenanza fiscal RCD

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Portaje sobre imposición de la tasa por vertidos de residuos de la construcción y demolición de Portaje, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.«Que por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Portaje, de fecha 27 de Octubre de 2014, en sesión ordinaria se adoptó con el voto favorable de los seis miembros presentes del total de siete que de hecho componen la corpo-ración, la ordenación de la tasa por vertidos de residuos de la construcción y demolición de Portaje, cuyo texto integro se publica a continuación y que es el siguiente:

« ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR VERTIDO DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN DE PORTAJEArtículo 1º.- OBJETO 1.1. Es objeto de esta ordenanza la regulación de la actividad de vertido de residuos de construcción y demolición (RCD’s) procedentes de las obras menores que se realicen en el municipio de Portaje por parte de los construc-tores o promotores, con el fin de que los citados residuos sean depositados en el emplazamiento establecido por este Ayuntamiento.1.2. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa Fiscal por Vertido de Residuos de Construcción y Demolición, que regulará el vertido y depósito en el Punto de Acopio Municipal de Residuos de Construcción y Demolición (en adelante RCD’s) procedentes de obras menores, que se regirán por la presente Or-denanza Fiscal cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.1.3. Asimismo, se ha tenido en cuenta para la redacción de la presente orde-nanza lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos contaminados, en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se

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regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición y en Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.1.4. Se prohíbe el abandono, vertido o depósito directo en la vía pública, solares y descampados, de cualquier material residual de obras. Dichos residuos deberán ser retirados de las obras por sus responsables y vertidos en los puntos autorizados por el Ayuntamiento (Punto de Acopio).1.5. La regulación de tales vertidos en el Punto de Acopio Municipal tiene por objeto establecer un control de los mismos a fin de evitar el abandono indi-vidual e incontrolado de los residuos que provoquen la degradación del medio ambiente, de los recursos del subsuelo y del entorno que nos rodea.

Artículo 2º.- HECHO IMPONIBLE2.1. Constituye el hecho imponible de la tasa fiscal por vertido de RCD’s:a) La actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a gestionar el vertido de residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores en el Punto de Acopio Municipal.b) El vertido de tales residuos así como la documentación administrativa a presentar se encuentra regulada en la Ordenanza Municipal de RCDs.c) En todo caso, de conformidad, con lo estipulado en la citada Ordenanza se considera obra menor aquella que se realiza en un domicilio particular, comercio, oficina o inmueble del sector servicios, de sencilla ejecución téc-nica y escasa entidad constructiva y económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número de viviendas y locales, y que no precisa de proyecto firmado por profesionales titulados.2.2. De forma general se considerarán como residuos domésticos los RCDs generados en las obras y actuaciones sujetos a obra menor. Se consideran como obras menores de construcción y demolición, aquellas que están sujetas al trámite de comunicación previa, conforme al artículo 172 de la LSOTEX, en sus apartados a), b) y c).

Artículo 3º.- SUJETOS PASIVOS3.1. Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas o las entidades a que se refiere el artículo 23 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que sean productores de escombros y residuos procedentes de cualquier obra menor, en cualquier finca, urbana o rústica, dentro del término municipal.3.2. Tendrán la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente el poseedor del residuo de construcción y demolición quién podrá repercutir, en su caso, las cuantías satisfechas sobre los productores de escombros, beneficiarios del servicio.

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Artículo 4º.- CUOTA TRIBUTARIALa cuantía de la tasa será la fijada en las tarifas siguientes:- RCDs CATEGORÍA II SUCIO- MIXTO, densidad entre 1,2 y 0,9 Tn/m3: 9,00 €/Tn, sin IVA.- RCDs CATEGORÍA II SUCIO, densidad inferior a 0,9 Tn/m3: 13,50 €/Tn, sin IVA.

Artículo 5º.- EXENCIONES Y BONIFICACIONES FISCALESEstán exentas del pago de esta tasa todas aquellas obras que sean promo-vidas por el Ayuntamiento.Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento en que el productor de residuos presenta en el Ayuntamiento la Declaración Responsable de Inicio de las Obras, en la forma determinada en el capítulo 4 O de la Ordenanza Reguladora de RCDs.

DISPOSICIÓN FINALLa presente ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente al de la pu-blicación de la aprobación definitiva en el «Boletín Oficial de la Provincia». Portaje a 22 de Octubre de 2014. Están las firmas del Alcalde y Secreta-rio.»

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Le-gislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Ex-tremadura.

En Portaje, a 11 de diciembre de 2014.

El Alcalde,

Carlos Miguel Martín Ramos6593

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PortaJE

ANUNCIO ordenanza prestación del servicio de Centro Residencial de Mayores y Centro de Día

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Portaje sobre imposición de la tasa por la utilización de la prestación del servicio de Centro Residencial Mixto de Mayores y Centro de Día de Portaje, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

« Que por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Portaje, de fecha 27 de Octubre de 2014, en sesión ordinaria se adoptó con el voto favorable de los seis miembros presentes de los siete que de hecho componen la corporación, la ordenación de la Tasa por la prestación de los servicios de utilización de la prestación del servicio de Centro Residencial Mixto de Mayores y Centro de Día de Portaje, cuyo texto integro se publica a continuación y que es el siguiente:

« 1ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CENTRO RESIDENCIAL MIXTO DE MAYORES Y CENTRO DE DÍA DEL AYUNTAMIENTO DE PORTAJE

Artículo 1º.– Fundamento y régimen jurídico.Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y de conformidad con la previsto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la Tasa por la prestación del Servicio de Centro Residencial Mixto de Mayores (dependientes) y Centro de Día, que se regulará por la presente Ordenanza.

Artículo 2º.– Hecho imponible.El hecho imponible está constituido por la utilización del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día, propiedad del Ayuntamiento de Por-taje.

Artículo 3º.– Sujetos pasivos.Son sujetos pasivos de la tasa regulada en esta Ordenanza quienes sean receptores y se beneficien de los servicios o actividades, prestados o reali-zados por este Ayuntamiento, a que se refiere el artículo anterior.

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Serán responsables subsidiarios y solidarios de las obligaciones establecidas en esta Ordenanza, toda persona emparentada con los residentes o usuarios de los servicios, por línea directa hasta el segundo grado inclusive.

Artículo 4º.– Cuota tributaria.A efectos de la aplicación de las tarifas que se contienen en la presente ordenanza, serán considerados ingresos económicos de los usuarios o resi-dentes y/o de la unidad familiar que formen, los obtenidos por la suma de los siguientes conceptos:a) Rendimientos netos derivados del trabajo, pensiones y prestaciones, in-cluidas las pagas extraordinarias.b) Rendimientos netos obtenidos del capital inmobiliario (rústico y urbano), en cuyo caso se contabilizarán el 100% de estos ingresos.c) Los ingresos o rentas netos obtenidos del capital mobiliario.Cuando las tarifas se refieran a ingresos de los residentes o usuarios del servicio, se entenderán siempre sobre los ingresos brutos, sin que sean ten-didas en cuenta las retenciones o descuentos que se practiquen.1. La cuota tributaria de la Tasa por la prestación de los servicios de asist-encia y estancia en el Centro Residencial Mixto de Mayores y en el Centro de Día de Portaje se determinará aplicando las siguientes tarifas:

1.1 SERVICIOS A RESIDENTES EN EL CENTRO RESIDENCIAL MIXTO DE MAYORES:1.1.1 Residentes válidos y/o dependientes con plaza subvencionada o concertada incluida en convenio con la Junta de Extremadura, satisfarán una cuota mensual equivalente al 75% de los ingresos que perciban por todos los conceptos, incluidas las pagas extraordinarias, cuando estos sean superiores al Salario Mínimo Interprofesional. En caso contrario su aportación mensual será del 65% de los ingresos.No obstante lo anterior y, según viene establecido en el Decreto 199/1999 de 28 de diciembre, de modificación del Decreto 78/1994, de 31 de mayo, por el que se establecen las exenciones y reducciones de las cuantías de Servi-cios en Residencias y Clubes de Ancianos, los residentes deberán disponer de la cantidad de 90,15 euros para gastos de libre disposición, por lo que la cuota establecida podrá verse minorada en la proporción necesaria cuando el 25% restante no alcanzara a cubrir la citada cantidad.La cantidad establecida para gastos de libre disposición, en el caso de mat-rimonios en el que uno sólo de los cónyuges posea fuente de ingresos se fija en 180,30 euros.Estarán exentos de abonar la tasa aquellos residentes a título individual, cuyos ingresos sean inferiores cuyos ingresos sean inferiores a 90,15 euros mensuales, así como los cónyuges con ingresos inferiores a 180,30 euros mensuales.

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En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que ambos cónyuges posean ingresos, servirá de base para el cálculo de la Tasa a satisfacer por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.

1.1.2 Residentes con prestación económica vinculada al servicio, no se establecerán cuotas diferenciadas por el grado de dependencia del usuario (dependencia moderada - grado1; dependencia severa - grado 2; gran de-pendencia - grado 3) y tendrán que satisfacer el 100% de esta prestación económica y además una cuota mensual equivalente al 75% de los ingresos que perciban por todos los conceptos, incluidas las pagas extraordinarias, cuando estos sean superiores al Salario Mínimo Interprofesional. En caso contrario, independientemente de su prestación, su aportación mensual será del 65% de los ingresos, estableciéndose una cuota mensual mínima de 750,00 € y hasta un máximo de 1.200,00 €.No obstante lo anterior, los residentes deberán disponer de la cantidad de 90,15 euros para gastos de libre disposición, por lo que la cuota establecida podrá verse minorada en la proporción necesaria cuando el 25% restante no alcanzara a cubrir la citada cantidad.La cantidad establecida para gastos de libre disposición, en el caso de mat-rimonios en el que uno sólo de los cónyuges posea fuente de ingresos se fija en 180,30 euros.Estarán exentos de abonar la tasa aquellos residentes a título individual, cuyos ingresos sean inferiores cuyos ingresos sean inferiores a 90,15 euros mensuales, así como los cónyuges con ingresos inferiores a 180,30 euros mensuales.En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que ambos cónyuges posean ingresos, servirá de base para el cálculo de la Tasa a satisfacer por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.1.1.3 Residentes con plazas no concertadas con la Junta de Extremadura o no vinculadas al servicio, satisfarán las tarifas siguientes:1.1.3.a) Autónomos, cuota mensual mínima de 580,00 euros y una máxima de 850,00 €, con la siguiente escala:- Residentes con ingresos mensuales (incluida la prorrata de las pagas ex-traordinarias) superiores a 773,34 € satisfarán el 75% de los ingresos. - En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que solo uno de los cónyuges posea ingresos, se les aplicará a ambos la cuota mínima mensual establecida, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.- En el caso de matrimonios en que ambos cónyuges posean ingresos, servirá de base para el cálculo de la Tasa a satisfacer por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.

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1.1.3.b) Dependientes (no se establecerán cuotas diferenciadas por el grado de dependencia del usuario (dependencia moderada - grado1; de-pendencia severa - grado 2; gran dependencia - grado 3) y tendrán que satisfacer cuota mensual mínima de 750,00 € hasta un máximo de 1.200,00 €, con la siguiente escala:- Residentes con ingresos mensuales (incluida la prorrata de las pagas ex-traordinarias) superiores a 840,15 € satisfarán la totalidad de la pensión a excepción de la cantidad de 90,15 euros para gastos de libre disposición. - En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que solo uno de los cónyuges posea ingresos, se les aplicará a ambos la cuota mínima mensual establecida, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.- En el caso de matrimonios en que ambos cónyuges posean ingresos, servirá de base para el cálculo de la Tasa a satisfacer por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.

1.2 SERVICIOS A USUARIOS DEL CENTRO DE DÍA.1.2.1 Usuarios autónomos y/o dependientes con plaza subvencionada o concertada incluida en convenio con la Junta de Extremadura, satisfarán una cuota mensual equivalente al 25% de los ingresos que perciban por todos los conceptos, incluidas las pagas extraordinarias.No obstante lo anterior y, según viene establecido en el Decreto 199/1999 de 28 de diciembre, de modificación del Decreto 78/1994, de 31 de mayo, por el que se establecen las exenciones y reducciones de las cuantías de Servi-cios en Residencias y Clubes de Ancianos, los residentes deberán disponer de la cantidad de 90,15 euros para gastos de libre disposición, por lo que la cuota establecida podrá verse minorada en la proporción necesaria cuando el 25% restante no alcanzara a cubrir la citada cantidad.La cantidad establecida para gastos de libre disposición, en el caso de mat-rimonios en el que uno sólo de los cónyuges posea fuente de ingresos se fija en 180,30 euros.Estarán exentos de abonar la tasa aquellos residentes a título individual, cuyos ingresos sean inferiores a 90,15 euros mensuales, así como los cóny-uges con ingresos inferiores a 180,30 euros mensuales.En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que ambos cónyuges posean ingresos, servirá de base para el cálculo de la Tasa a satisfacer por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.1.2.2 Usuarios dependientes con prestación económica vinculada al servicio, no se establecerán cuotas diferenciadas por el grado de depend-encia del usuario (dependencia moderada - grado1; dependencia severa - grado 2; gran dependencia - grado 3) y tendrán que satisfacer el 100% de esta prestación económica y además una cuota mensual equivalente al 25%

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de los ingresos que perciban por todos los conceptos, incluidas las pagas extraordinarias, estableciéndose una cuota mensual mínima de 300,00 € y una máxima de 500,00 €.No obstante lo anterior, los residentes deberán disponer de la cantidad de 90,15 euros para gastos de libre disposición. La cantidad establecida para gastos de libre disposición, en el caso de matrimonios en el que uno sólo de los cónyuges posea fuente de ingresos se fija en 180,30 euros.Estarán exentos de abonar la tasa aquellos residentes a título individual, cuyos ingresos sean inferiores a 90,15 euros mensuales, así como los cóny-uges con ingresos inferiores a 180,30 euros mensuales.En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que ambos cónyuges posean ingresos, servirá de base para el cálculo de la Tasa a satisfacer por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.1.2.3 Usuarios con plazas no concertadas o conveniadas con la Comu-nidad Autónoma de Extremadura, satisfarán las tarifas siguientes:1.2.3.a) Autónomos:

Servicio de comedor: Desayuno: 1,20 € / día. Comida: 4,00 € / día. Merienda: 1,00 € / día. Cena: 2,50 € / día. Todo: 7,50 € / día, en el propio centro. Para los usuarios autónomos se establecerá una cuota mensual única de 250,00 euros. Servicio de comida a domicilio: Desayuno: 1,25 € / día. Comida: 5,00 € / día. Merienda: 1,25 € / día. Cena: 3,00 € / día. Todo: 9,00 € / día, en el propio centro.

1.2.3.b) Dependientes (no se establecerán cuotas diferenciadas por el grado de dependencia del usuario (dependencia moderada - grado1; de-pendencia severa - grado 2; gran dependencia - grado 3) y tendrán que sat-isfacer cuota mensual del 40% del total de sus ingresos, incluidas las pagas extraordinarias, estableciéndose una cuota mensual mínima de 300,00 € y una máxima de 500,00 €.En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que solo uno de los cónyuges posea ingresos, se les aplicará a ambos la cuota mínima mensual establecida; siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales.

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En el caso de matrimonio en que ambos cónyuges posean ingresos, servirá de base para el cálculo de la Tasa a satisfacer por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de ganancialesServicio de lavandería y planchado:Colada semanal de 5 ó 6 kg. de ropa: 5 € por colada (aplicable para todos los grupos, tanto autónomos, como dependientes).Servicio de acompañamiento a centros sanitarios, administraciones, etc.: Por cada hora 8,00 euros. Artículo 5º.– Normas de gestión.Las cantidades exigidas con arreglo, a la tarifa que sea de aplicación, se liquidarán por cada aprovechamiento solicitado y/o realizado y serán irre-ductibles por los períodos de tiempo señalados el artículo anterior.La cuota tributaria deberá ser ingresada, en función de las tarifas que sean de aplicación, en los cinco primeros días de cada mes natural o cuando tenga lugar la prestación del servicio, según el caso. La cuota tributaria de los residentes será domiciliada obligatoriamente, lo cual será requisito indispensable para su admisión.En los casos en que se modifique el estado físico o psíquico del residente y en consecuencia, su catalogación varíe de “autónomo” a “dependiente” o viceversa, se le aplicarán las condiciones económicas establecidas para cada caso, a partir de la fecha en que se produzca esta situación.

Artículo 6º.– Obligaciones de pago.La obligación de pago de esta tasa nace:Tratándose del ingreso del residente, en el momento de solicitar el mismo. En el caso de que el ingreso y consecuentemente la prestación del servicio no la realice el primer día, se estará a lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interno.Tratándose de residentes ya admitidos, el día primero de cada uno de los períodos naturales de tiempo señalados en la tarifa, debiéndose abonar el total de la cuota mensual, independientemente de las ausencias temporales o esporádicas del usuario.El pago de la tasa se realizará por meses naturales, ingresándose en la cuenta corriente designada al efecto.El pago de la tasa no podrá fraccionarse ni prorratearse. Cualquier fracción de tiempo en que el residente haga uso de de las instalaciones o servicios del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día, devengará una mensualidad completa.

Artículo 7º.– Exenciones, reducciones y demás bonificaciones legal-mente aplicables.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto Legis-lativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se reconoce beneficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia de los establecidos en los Tratados o Acuerdos Internacionales, o los expresamente previstos en normas con rango de Ley; así como derivados de los convenios que este Ayuntamiento firme con la Junta de Ex tremadura para el mantenimiento de plazas de residentes válidos y/o asistidos

Artículo 8º.– Infracciones y sanciones tributarias.En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias y sanciones, además de lo previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 183 y siguientes de la Ley General Tributaria, en el Reglamento de Régimen Interno y demás normativa aplicable.

DISPOSICIÓN FINAL.–La presente Ordenanza, que consta de ocho artículos y una disposición final, fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 27 de octubre de 2014, y entrará en vigor al día siguiente de publicado su Texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, antes citado, permaneciendo en vigor hasta su modifi-cación o derogación expresas.

En Portaje, a 22 de Octubre de 2014.

Están las firmas del Alcalde y Secretario.»

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Leg-islativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Ex-tremadura.

En Portaje, a 11 de Diciembre de 2014.

El Alcalde,

Carlos Miguel Martín Ramos6594

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PortaJE

EDICTO Expediente de Modificaciones de Créditos nº 07 /2014, dentro del Presupuesto de la Entidad para 2014

Aprobado inicialmente por el AYUNTAMIENTO PLENO de este Municipio, en Acuerdo adoptado en Sesión extraordinaria y urgente, de fecha 15-12-2014, el EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 07/2014, sobre SU-PLEMENTOS DE CRÉDITOS mediante MINORACIONES DE CRÉDITOS de otras partidas con dotación y mediante APLICACIÓN PARCIAL DEL REMANENTE DE TESORERÍA DISPONIBLE PARA GASTOS GENERALES dentro del vigente Presupuesto General de la Entidad para 2014, desde esta fecha queda ex-puesto al público en la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento por plazo de 15 días, al objeto de su examen por los interesados y planteamiento de las reclamaciones que se estimen pertinentes en relación con el mismo, y ello en cumplimiento de lo prevenido en el art. 177.2, en relación con el art. 169.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

De conformidad con el Acuerdo referido, en el supuesto de no presentación de reclamaciones en el plazo señalado, el expediente se considerará defini-tivamente aprobado, sin necesidad de nuevo Acuerdo expreso y con la fecha y efectos de su aprobación inicial.

Lo que se hace público para general conocimiento.

PORTAJE a 16 de diciembre de 2014.

El ALCALDE-PRESDIDENTE

Carlos Miguel Martín Ramos6687

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PUEBlonUEVo dE miramontEs (Elm)

ANUNCIO Aprobación definitiva del Presupuesto para el ejercicio 2014

Aprobado definitivamente el presupuesto para el ejercicio 2014, se hace público, resumido por capítulos, a tenor de lo establecido en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

CAPITULOS DESCRIPCIÓN PRESUPUESTARIA CONSIGNACIÓNESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES CORRIENTES1 Impuestos directos 0,002 Impuestos indirectos 0,003 Tasas, Precios Públicos y otros ingresos 42.400,004 Transferencias corrientes 415.521,485 Ingresos patrimoniales 9.294,62

B) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de inversiones reales 0,007 Transferencias de capital 0,00 8 Activos financieros 0,009 Pasivos financieros 0,00

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 467.216,10

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES CORRIENTES1 Gastos de personal 156.987,082 Gastos corrientes en bienes y servicios 73.700,003 Gastos financieros 6.354,474 Transferencias corrientes 152.658,70

B) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones reales 19.698,757 Transferencias de capital 0,008 Activos financieros 0,009 Pasivos financieros 27.601,00

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 437.000,00

PLANTILLA DE PERSONAL 2014

Personal laboral: - 1 Auxiliar administrativo. Contrato indefinido. (Tiempo parcial)- 1 Operario Servicios Múltiples. Contrato indefinido (Tiempo parcial)- 1 Oficial primera. Contrato indefinido (Tiempo parcial)- 2 Limpiadoras. Contrato indefinido (Tiempo parcial)

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- 2 Auxiliares asistencia SAD. Contrato indefinido (Tiempo parcial)

PERSONAL LABORAL TEMPORAL:- 2 SOCORRISTAS (temporada verano).- 4 TRABAJADORES DECRETO 150/2012- 3 TRABAJADORES DECRETO 111/2013

De conformidad con el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el Presupuesto y sus Bases de Ejecución o la Plantilla de Personal podrá interponerse recurso contencioso-adminis-trativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

En Pueblonuevo de Miramontes a 3 de diciembre de 2014.

La Alcaldesa,

Montaña García Parra6618

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El torno

EDICTO aprobación inicial modificación de ordenanza fiscales reguladora del impuesto

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo de aprobación inicial por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23-10-2014 de modificación del tipo de gravamen de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y publicado anun-cio en el B.O.P. de Cáceres núm. 209 de fecha 30-10-2013, al no haberse presentado reclamaciones, el mismo se eleva a definitivo, conforme dispone el art. 17º.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, procediéndose a la publicación del texto íntegro, señalándose que los interesados en el expediente pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. de Cáceres.

“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA Y URBANA:

Se modifica el art. 9º.3 del siguiente tenor literal.

Art. 9º.3.- Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes:

a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 0,640%.b) Bienes inmuebles de naturaleza rústica: 1,050 %.

“DISPOSICIÓN FINAL: La presente modificación de la Ordenanza entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y será de aplicación a partir del día 01-01-2015, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.

El Torno a 9 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

Julián Elizo Muñoz 6565

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torrE dE don miGUEl

ANUNCIO de licitación Adjudicación Albergue juvenil “Sierra de Gata”

De conformidad con la Resolución de Alcaldía, de fecha 9 de diciembre de 2014, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria de licitación, mediante procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, del contrato administrativo especial de gestión y explotación del albergue juvenil “ Sierra de Gata”, conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: Ayuntamiento de Torre de Don Miguel b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Ayuntamiento Torre de Don Miguel 2) Domicilio: Plaza Mayor, 1. 3) Localidad: Torre de Don Miguel. C.P. 10864 4) Teléfono. 927 441032 5) Telefax. 927 441135 6) Correo electrónico. [email protected] 7) Dirección de Internet perfil del contratante www.torrededonmiguel.es 8) Fecha límite de obtención de documentación e información. Durante los quince días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, si el último día fuera sábado, hasta el siguiente día hábil.

2. Objeto del Contrato: a) Tipo. Contrato administrativo especial. b) Descripción: Gestión y Explotación ALBERGUE JUVENIL “SIERRA DE GATA” c) Lugar de ejecución/entrega: Paseo a la Madre, s/n.- Torre de Don Miguel d) Duración contrato. Cuatro años e) Admisión de prórroga. No. f) CPV. 55210000-5

3. Tramitación, procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Abierto c) Varios Criterios de adjudicación: 1.-CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULA MATEMÁTICA:

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.- Oferta económica, hasta un máximo de 10 puntos. 2.- CRITERIOS CUYA EVALUACIÓN PRECISA APLICAR JUICIO DE VALOR: .- Programa de gestión y explotación : Máximo 4 puntos. .- Mejoras gratuitas de actividades complementarias: Máximo 4 puntos.

4. Valor estimado del contrato: 14.400,00 €5. Presupuesto base de licitación: Importe neto : 3.600,00 €/ anual (sin IVA). Importe total: 4.356,00 €/anual.

6. Garantías exigidas. .- Provisional: No se exige. .- Definitiva (5%) del precio adjudicación. .- Complementaria (5%) del precio adjudicación.

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación. Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de 9.00 a 14.00 horas, du-rante los quince días naturales siguientes a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera sábado, el plazo terminará el siguiente día hábil. b) Modalidad de presentación. La establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares c) Lugar de presentación: 1. Dependencia. Registro Ayuntamiento de Torre de Don Miguel 2. Domicilio. Plaza Mayor, 1 3. Localidad: Torre de Don Miguel.- C.P. 10864 8. Apertura de ofertas: a) Dirección. Ayuntamiento Torre de Don Miguel.- Plaza Mayor nº 1 b) Localidad : Torre de Don Miguel.- C.P. 10864c) Fecha y hora. A las 10.00 horas del tercer día hábil, siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones, no considerándose hábil a estos efectos los sábados.

9. Gastos de Publicidad. Serán por cuenta del adjudicatario.

En Torre de Don Miguel a 10 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE-PRESIDENTE

Ernesto Iglesias Tovar6541

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torrEorGaZ

EDICTO aprobación inicial del Presupuesto General para 2015

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión de 11 de diciembre de 2014, conforme a las determinaciones del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), ha aprobado inicialmente el presupuesto general para 2015, lo que se expone al público para que du-rante quince días los interesados puedan presentar reclamaciones al mismo y, en el caso de no haberlas, se entenderá aprobado definitivamente.

Torreorgaz, 12 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

José Luis Chanclón Gallego6621

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ValdEoBisPo

ANUNCIO expediente de modificación de créditos del presupuesto general correspondiente al ejercicio 2014

Aprobado inicialmente por el Pleno de esta Entidad en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 2014, el expediente de modificación de créditos del presupuesto general correspondiente al ejercicio 2014, se expone al público por espacio de quince días hábiles de conformidad con lo dispuesto en el art. 150, en relación con el art. 158.2 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales y art. 179 y 180 del Texto Refundido la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D Legislativo 2/2004 de 5 de marzo; durante este plazo se podrán formular las reclamaciones y observaciones que estimen pertinentes.Transcurrido dicho plazo, si no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado.Valdeobispo a 16 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

Oscar Alcón Granado6692

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Villa dEl camPo

EDICTO aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio de 2015

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 10 de Diciembre de 2014, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2015.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina y por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2º del citado último artículo, ante el Pleno de este Ayuntamiento.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del predicho R.D.L., el Presupuesto se considerará, definitiva-mente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.

Villa del Campo a 10 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

ELEUTERIO GIL MORENO6568

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Villa dEl camPo

ANUNCIO de adhesion automatica al registro de facturas electronicas- face

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 9 de diciembre de 2014, acordó la adhesión automática de esta Entidad Local, al punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo previsto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación de Registro Contable de Facturas en el Sector Público y, en particular, en su disposición adicional quinta.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la citada Ley.

Huélaga, 11 de diciembre de 2014

EL ALCALDE,

Álvaro Calvo Prieto6571

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Villa dEl camPo

Asunto reglamento de registro contable de facturas

ANUNCIO DE APROBACIÓN REGLAMENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Villa del Campo, en sesión Ordinaria celebrada el día 10-12-2014 , acordó la aprobación inicial del “REGLAMENTO REGU-LADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL CAMPO”, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régi-men Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a informa-ción pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho Acuerdo, sin necesidad de nuevo anuncio.“REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO.Artículo 1. Objeto.El presente reglamento tiene como objeto la regulación del Registro contable de facturas, en cumplimiento de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del Registro contable de facturas en el Sector Público.Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo.Las disposiciones de este Reglamento serán de aplicación a todos los órga-nos, servicios y unidades administrativas del Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO.Asimismo, el presente reglamento regulará las relaciones con los proveedores de bienes y servicios del Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO, emitidas en el marco de sus relaciones jurídicas y que estén obligados legalmente a la presentación de facturas.Artículo 3. Obligación de presentación de facturas en el registro.La factura constituye el documento obligatorio emitido por el proveedor deri-vado de operaciones de compra-venta, prestación de servicios o suministros y/o realización de obras conforme al Reglamento por el que se regulan las ob-ligaciones de facturación (Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre).Todas las facturas deberán ser presentadas en el registro contable de facturas del Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO, con las excepciones que legalmente

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se contemplen, en el plazo de treinta días, desde la fecha efectiva de las mercancías o la prestación de servicios.En el caso de que la presentación se realice en un registro administrativo distinto del contable mencionado anteriormente, en los términos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el registro administrativo en el que se reciba la factura la remitirá inmediatamente a la oficina contable competente para la anotación en el registro contable de la factura.Artículo 4. Integración orgánica y dependencia funcional del registro cont-able.La gestión del registro contable de facturas corresponde al órgano o unidad que tiene atribuida la función de contabilidad.El registro contable de facturas está integrado con el sistema de informa-ción contable soportado por la aplicación informática EL SECRETARIO, S.L. o SICALWIN.Artículo 5. Uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO.Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO, podrán expedir y remitir factura elec-trónica.El Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO se ha adherido al Punto General de Entrada de Facturas electrónicas de la Administración General del Estado –FACe– tal y como consta en el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 9 de diciembre de 2014. En todo caso, y tal y como determina la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de fac-turas, están obligados al uso de factura electrónica y a su presentación ante el FACe las entidades siguientes:a) Sociedades anónimas.b) Sociedades de responsabilidad limitada.c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establezca la normativa tributaria.e) Uniones temporales de empresas.f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de Inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de Garantía de Inversiones.No obstante, el Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO, excluye de esta ob-ligación de facturación electrónica si así lo desean, a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000,00 euros y a las emitidas por los proveedores del Ayuntamiento por los servicios en el exterior hasta que dichas facturas

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puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios.Artículo 6. Formato factura electrónica, su firma. Requisitos técnicos y fun-cionales del Punto general de entrada de facturas electrónicas.Con respecto al formato de la factura electrónica y su firma, estas se ajus-tarán al formato establecido en el artículo 5 y en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 25/2013 (Facturae, versión 3,2, y de firma electrónica conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures [XAdES]) hasta que se apruebe la Orden Ministerial prevista.Las condiciones técnicas y funcionales del Punto General de Entrada de fac-turas serán las del FACe, en tanto en cuanto el Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO se ha adherido a dicho punto, y que figuran recogidas en la Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio y en la Resolución de 25 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas en lo que respecta a las condiciones de uso de la plataforma FACe.Artículo 7. Procedimiento general para la tramitación de facturas.1. Las facturas deberán ser presentadas en el registro contable de facturas del Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO, con las excepciones que legalmente se contemplen, en el plazo de treinta días, desde la fecha efectiva de las mercancías o la prestación de servicios.En el caso de que la presentación se realice en un registro administrativo distinto del contable mencionado anteriormente, en los términos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el registro administrativo en el que se reciba la factura la remitirá inmediatamente a la oficina contable competente para la anotación en el registro contable de la factura.2. Tal y como dispone la legislación vigente, todas las facturas tanto en sopo-rte papel como en soporte electrónico deben incluir los códigos de la Oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora, codificación que permitirá redirigir manual o electrónicamente la factura al órgano o unidad competente para su tramitación.El listado de códigos de los órganos competentes en la tramitación de factu-ras del Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO, así como de la Oficina Contable, codificado de acuerdo con el Directorio DIR3 de unidades administrativas gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas se en-cuentran al público en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO.Las facturas electrónicas presentadas en el punto general de entrada FACe serán remitidas electrónicamente al registro contable de facturas correspon-diente.

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3. La anotación de la factura en el registro contable de facturas dará lugar a la asignación del correspondiente código de identificación de dicha factura en el citado registro contable, código que será comunicado al FACe.4. El órgano o unidad que tiene atribuida la función de contabilidad la remitirá al órgano o unidad competente para su tramitación.Es decir, si la factura desde el punto de vista formal, reúne los requisitos legalmente establecidos (Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, codificación DIR3), se remite al órgano competente para su conformidad, si procede, y remisión a la Intervención Municipal a efectos de la preceptiva intervención previa y resto de actuaciones relativas al expedi-ente de reconocimiento de la obligación.No se anotarán en el registro contable las facturas que contuvieran datos incorrectos u omisión de datos que impidieran su tramitación, ni las que correspondan a otras administraciones públicas, las cuales serán devueltas al registro administrativo de procedencia expresando la causa de dicho re-chazo.5. En las Bases de ejecución de los Presupuestos se regulará el procedimiento específico que recoja el funcionamiento concreto y las particularidades del Ayuntamiento de VILLA DEL CAMPO, habida cuenta de la adhesión al Punto General de entrada de facturas FACe, sus características técnicas y funcion-ales y las posibilidades de interacción con la aplicación informática en uso o sistema para la tramitación de expedientes de gasto por el Ayuntamiento que incorporen facturas electrónicas.6. Reconocida la obligación por el órgano competente, la tramitación de la propuesta u orden de pago identificará la factura o facturas mediante los correspondientes códigos de identificación asignados en el registro contable de facturas.Artículo 8. Actuaciones del órgano competente en materia de contabilidad.El órgano administrativo que tiene atribuida la función de contabilidad:1. Efectuará requerimiento periódico de actuación respecto a las facturas pendientes de reconocimiento de obligación, que serán dirigidos a los ór-ganos gestores y/o unidades tramitadoras. El citado requerimiento tendrá una cadencia quincenal desde la fecha de recepción por el órgano gestor y/o unidad tramitadora.2. Elaborará un informe trimestral con la relación de facturas con respecto a las cuales haya transcurrido más de tres meses desde que fueron anotadas, y no se haya efectuado el reconocimiento de la obligación por los órganos competentes. Del informe se dará traslado dentro de los quince días sigu-ientes a cada trimestre natural del año al órgano de control interno.Artículo 9. Facultades y obligaciones del órgano de control interno.El órgano de control interno tendrá acceso a la documentación justificativa, a la información que conste en el registro contable de facturas y a la conta-bilidad en cualquier momento.

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Anualmente el órgano de control interno elaborará un informe en el que evaluará el cumplimiento de la normativa en materia de morosidad. Este informe será elevado al Pleno.Artículo 10. Colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tribu-taria.Los registros contables de facturas remitirán a la Agencia Estatal de Admin-istración Tributaria, por vía telemática, aquella información sobre las facturas recibidas, para asegurar el cumplimiento de obligaciones tributarias y de facturación cuyo control le corresponda.Disposición final primera. Aplicación y ejecución del reglamento.Lo dispuesto en el presente reglamento se adecuará a la legislación vigente en la materia, así como a las disposiciones reglamentarias, resoluciones y medidas acordadas por el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en el ámbito de sus competencias.Disposición final segunda. Entrada en vigorEl presente Reglamento entrará en vigor una vez publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurrido el plazo de quince días hábiles desde dicha publicación.La obligación de presentación de factura electrónica entrará en vigor el 15 de enero de 2015, tal y como se recoge en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, salvo disposición normativa de carácter estatal que disponga nueva fecha obligatoria de entrada en vigor.”

En VILLA DEL CAMPO a 10 de diciembre de 2014.

EL ALCALDE,

Eleuterio Gil Moreno6570

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mancomUnidad intEGral siErra dE montÁncHEZ

torrE dE santa marÍa

ANUNCIO adhesión al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado.

De conformidad con lo previsto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de factu-ras en el Sector Público y, en particular, en su disposición adicional quinta, el Pleno de esta Mancomunidad, en sesión celebrada el 4 de diciembre de 2014, acordó la adhesión de esta Entidad Local al punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado (FACe).

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la citada Ley.

En Torre de Santa María a 4 de diciembre de 2014.

El Presidente.

Salvador de Isidro Regodón

6536

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mancomUnidad intEGral siErra dE montÁncHEZ

torrE dE santa marÍa

ANUNCIO reglamento factura electrónica

Aprobado inicialmente por el Pleno de la Mancomunidad integral Sierra de Montánchez ,en sesión celebrada el 4 de diciembre de 2014, el Reglamento sobre exclusión de obligación de presentar factura electrónica en aquellas facturas inferiores a 5.000,00 euros.

El expediente se expone al público, en la secretaria de la mancomunidad por término de 30 días contados, a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOP al objeto de que puedan examinarlo los interesados y formular las reclamaciones que estimen oportunas, en caso de no presen-tarse ninguna se entenderán aprobados definitivamente sin necesidad de nuevo acuerdo.

Torre de Santa María a 4 de diciembre de 2014.

El Presidente,

Salvador de Isidro Regodón

6537

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mancomUnidad “comarca dE trUJillo”

trUJillo

EDICTO aprobación expediente modificación de crédito 1/2014

Aprobado inicialmente el expediente de modificación de crédito 1/2014 por transferencias de partidas de gastos, en cumplimiento de lo establecido en el artº. 169.1 del R. D.-L 2/2004, por el que se aprueba el T.R. de la L.R.H.L. se expone al público por plazo de quince días, durante los cuales los inter-esados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante la Asamblea de esta Mancomunidad, considerándose definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

Trujillo a 12 de diciembre de 2014.

El Presidente,

Fdo: Alberto Casero Ávila

6614

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administación dEl Estado

sUBdElEGación dEl GoBiErno dE EsPaÑa En cÁcErEs

ASUNTO notificación de la Propuesta de Resolución de expedientes sancionadores

Intentada sin efecto la notificación de la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, por infracción a la Ley Orgánica 1/1992, se publican los presentes edictos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Con-cediéndosele, según establece el art. 16.1 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 9 de agosto), un plazo de QUINCE DÍAS para que alegue lo que estime conveniente a su defensa.

Nº EXPTE. NOMBRE Y APELLIDOS DOMICILIO PRECEPTO INFRINGIDO SANCIÓN

1847/2014D/Dª. CESAR CIUDAD MANZANEDO

MADROÑERA (CÁCERES).

Art. 23.a) de la LO 1/1992 301 €

1857/2014D/Dª. EUGENIO HERNANDEZ PAVON

PLASENCIA (CÁCERES).

Art. 26.h) de la LO 1/1992 125 €

1926/2014 D/Dª. JORDI PÉREZ TRASCASAS

MALPARTIDA DE PLASENCIA (CÁCERES).

Art. 25.1 de la LO 1/1992 301 €

Cáceres, 5 de diciembre de 2014

EL DELEGADO DEL GOBIERNO,

P.D. Resol.de 23-4-97, apart.primero (BOP día 29)

EL SECRETARIO GENERAL

Fernando Revert Martínez6511

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sUBdElEGación dEl GoBiErno dE EsPaÑa En cÁcErEs

ASUNTO notificación de la incoación de expedientes sancionadores

Intentada sin efecto la notificación de la INCOACIÓN de los expedientes san-cionadores que se indican, por infracción a la Ley Orgánica 1/1992, se publican los presentes edictos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Concediéndosele, según establece el art. 16.1 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 9 de agosto), un plazo de QUINCE DÍAS para que alegue lo que estime conveniente a su defensa.

Nº EXPTE. NOMBRE Y APELLIDOS DOMICILIO PRECEPTO INFRINGIDO SANCIÓN

2424/2014D/Dª. PATRICIA TINAO VARGAS-ZUÑIGA

PLASENCIA (CÁCERES). Art. 23.a) de la LO 1/1992 325 €

2481/2014D/Dª. BENITO ESTEVEZ MUÑOZ

TEJEDA DE TIÉTAR (CÁCERES).

Art. 25.1 de la LO 1/1992 550 €

2509/2014D/Dª. JONATAN GOMEZ JIMENEZ

HOLGUERA (CÁCERES). Art. 25.1 de la LO 1/1992 301 €

2514/2014D/Dª. JOEL SOTO GARCIA SANT JOAN DESPÍ

(BARCELONA).Art. 25.1 de la LO 1/1992 301 €

2544/2014D/Dª. RAÚL LOZOYA MOLINA

ROSALEJO (CÁCERES). Art. 25.1 de la LO 1/1992 325 €

2551/2014D/Dª. DIONISIO BEJARANO RAMOS

PLASENCIA (CÁCERES). Art. 25.1 de la LO 1/1992 301 €

2552/2014D/Dª. IÑAKI HOLGADO FERNANDEZ

VITORIA-GASTEIZ (ÁLAVA).

Art. 25.1 de la LO 1/1992 301 €

2561/2014D/Dª. JOSE MANUEL BELLO CORREAS

SOTOSERRANO (SALAMANCA).

Art. 25.1 de la LO 1/1992 500 €

2598/2014D/Dª. ALEJANDRO CANALES ROMERO

ESPLUGUES DE LLOBREGAT (BARCELONA).

Art. 25.1 de la LO 1/1992 301 €

2609/2014D/Dª. JUAN ANTONIO SIERRA GARCIA

ERIAS PINOFRANQUEADO (CÁCERES).

Art. 25.1 de la LO 1/1992 350 €

2610/2014D/Dª. JOSE GARCIA DEL RIVERO FERNANDEZ

MATA SAN FELICES DE BUELNA (CANTABRIA).

Art. 25.1 de la LO 1/1992 600 €

2612/2014D/Dª. DANIEL SÁNCHEZ SEIJA

NAVALMORAL DE LA MATA (CÁCERES).

Art. 25.1 de la LO 1/1992 301 €

2669/2014D/Dª. CARLOS EDUARDO GEEL RODRIGUEZ

CÁCERES (CÁCERES). Art. 25.1 de la LO 1/1992 375 €

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2689/2014 D/Dª. DANIEL SANCHEZ DIAZ

CORIA (CÁCERES). Art. 25.1 de la LO 1/1992 301 €

Cáceres, 5 de diciembre de 2014.

EL DELEGADO DEL GOBIERNO,

P.D. Resol.de 23-4-97, apart.primero (BOP día 29)

EL SECRETARIO GENERAL

Fdo.: Fernando Revert Martínez6510

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ministErio dEl intErior

JEFATURA SUPERIOR DE POLICÍA DE EXTREMADURA

EDICTO incoación de expediente administrativo sancionador núm. 394/2014

No habiendo sido posible notificar a Dalma Yanina FLORES SILVA, con N.I.E. X-7388408-A, la incoación de expediente administrativo sancionador núm. 394/2014, iniciado por la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Cáceres con fecha 01-12-2014, cuya parte dispositiva dice:

“SE REALIZA LA SIGUIENTE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE MULTA a Dalma Yanina FLORES SILVA, como responsable de la infracción prevista en el art. 52.a) de la L.O. 4/2000 de 11 de Enero, modificada por la L.O. 2/2009, de 11 de diciembre, siendo la sanción que puede llegar a imponerse una multa en cuantía de hasta 500 euros.

Comuníquense el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas y notifíquese al interesado, con las menciones expresas legalmente establecidas. Cáceres, 01 de diciembre de 2014.- EL COMISARIO JEFE PROVINCIAL.- Fdo. Luis Ochagavía Sánchez.

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto se da traslado a Ud. para su cono-cimiento y demás efectos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 239 del Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas 8/2000 de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de septiembre, 14/2003 de 20 de noviembre y 2/2009, de 11 de diciembre aprobada por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (B.O.E. núm. 103 de 30 de abril de 2011), advirtiéndole que, al amparo de los dispuesto en el apartado 1, párrafo 2º del citado precepto, dispone de un plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la recepción del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime con-venientes y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, significándole que transcurrido dicho plazo se formulará propuesta de resolución que será remitida directamente y sin más trámite al Órgano competente para su resolución. Cáceres a 01 de diciembre de 2014. EL INSTRUCTOR, Fdo 74.411

Habiendo resultado fallida la notificación del mismo por no haber sido hal-lado y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, modificada por el Ley 4/99, de 13 de Enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la presente notificación a fin de que surta los efectos prevenidos en la Ley.

EL COMISARIO JEFE PROVINCIAL.,

Luis Ochagavia Sánchez6506

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administración dE JUsticia

JUZGado dE lo social - 3 dE PlasEncia

EDICTO procedimiento Ejecucion de Titulos judiciales 176 /2014-1

Dª Mª. AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PLASENCIA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 176 /2014-1 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª DESIREE GOMEZ RONDON contra la empresa CONDADO DE JULIA S.L., sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva se ad-juntan:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia nº 204/14 de fecha 15-10-14 a favor de la parte ejecutante, DESIREE GOMEZ RONDON, frente a CONDADO DE JULIA S.L., FOGASA, parte ejecutada, por importe de 4.898,64 euros en concepto de principal, más otros 980 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídi-cos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

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Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régi-men público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N.3 abierta en BANESTO, cuenta nº 3142/0000/ debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta de-berá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observa-ciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL MAGISTRADO-JUEZ EL SECRETARIO JUDICIAL

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la de-claración de insolvencia de la parte ejecutada CONDADO DE JULIA S.L., dar audiencia previa a la parte actora DESIREE GOMEZ RONDON y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino de 15 días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesion-ales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos inten-tadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

LA SECRETARIA JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONDADO DE JULIA S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín

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Oficial de la Provincia de Cáceres.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PLASENCIA, a nueve de diciembre de dos mil catorce.

LA SECRETARIA JUDICIAL6507

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