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PROVINCIA DE CÁCERES D. L. CC-1-1958 N.º 208 SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS S U M A R I O Moraleja: Información pública cesión local. Pág. 23. Jaraíz de la Vera: Procedimiento abierto explotación Bar-Cafetería-Restaurante-Terraza. Pág. 24. Cabezuela del valle: Notificación a FRANCISCO JAVIER ESCASO SILVEREIRO y otros. Aprobación definitiva expediente modificación créditos. Págs. 25-26. Garganta la Olla: Aprobación inicial expediente concesión suplemento crédito. Pág. 27. ANUNCIOS EN GENERAL: - Junta de Compensación del Sector SUNP T-2 NORESTE: Madrid: Requerimiento a PINAR PLAYA DE REGLA, S.L. Pág. 28. AÑO 2013 SUSCRIPCIÓN: GRATUITA: Página Web: www.dip-caceres.es PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS: Administración del B.O.P.: Ronda San Francisco, n.º 3. 10005-Cáceres Teléfono: 927/625-792. Fax: 927/625-793 E - mail: [email protected] Página Web: www.dip-caceres.es ANUNCIOS POR PALABRAS: Tramitaciónordinaria:Porcadapalabra, abreviatura, número o grupo de números individualizado: (0,10 euros). Tramitación urgente (en 72 horas): Su importe será el doble de inserciones ordinarias. ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan carácter gratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de la tasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios o edictos, las cantidades que les sean liquidadas. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO: - Ministerio de Empleo y Seguridad social.- Servicio Público de Empleo Estatal: Cáceres: Concesión ayuda económica Programa Re- cualificación Profesional. Notificaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92. Págs. 2-7. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: - Juzgado de lo Social - 1: Cáceres: Ejecución 213/2013. Págs. 8-10. - Juzgado de lo Social - 2: Cáceres: Ejecución 178/2013. Págs. 11-13. Cáceres: Procedimiento Ordinario 172/2013. Pág. 14. - Juzgados de 1.ª Instancia e Instrucción: Cáceres n.º 5: Expediente de dominio 464/2013. Pág. 15. Coria n.º 1: Expediente de dominio 314/2013. Pág. 16. Coria n.º 1: Expediente de dominio 356/2013. Pág. 16. ADMINISTRACIÓN LOCAL: - Diputación Provincial: Cáceres: Nombramiento Conductor-Bombero. Pág. 17. - Ayuntamientos: Cáceres: Designación Teniente de Alcalde. Emplaza- miento Procedimiento Contencioso Administrativo 157/2013. Pág. 18. Zarza de Montánchez: Cese y nombramiento miembro Junta gobierno Local. Pág. 19. Valdehúncar : Aprobación definitiva Ordenanza. Págs. 20-21. Plasencia: Aprobación definitiva modificación Orde- nanza. Pág. 22. 28 OCTUBRE L U N E S

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PROVINCIA DE CÁCERES D. L. CC-1-1958 N.º 208

SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

S U M A R I OMoraleja: Información pública cesión local. Pág. 23.Jaraíz de la Vera: Procedimiento abierto explotación

Bar-Cafetería-Restaurante-Terraza. Pág. 24.Cabezuela del valle: Notificación a FRANCISCO JAVIER

ESCASO SILVEREIRO y otros. Aprobación definitiva expediente modificación créditos. Págs. 25-26.

Garganta la Olla: Aprobación inicial expediente concesión suplemento crédito. Pág. 27.

ANUNCIOS EN GENERAL:

- Junta de Compensación del Sector SUNP T-2 NORESTE:

Madrid: Requerimiento a PINAR PLAYA DE REGLA, S.L. Pág. 28.

AÑO

2013

SUSCRIPCIÓN:GRATUITA: Página Web: www.dip-caceres.es

PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS:

Administración del B.O.P.: Ronda San Francisco, n.º 3. 10005-CáceresTeléfono: 927/625-792. Fax: 927/625-793E - mail: [email protected]ágina Web: www.dip-caceres.es

ANUNCIOS POR PALABRAS:

Tramitación ordinaria: Por cada palabra, abreviatura, número o grupo de números individualizado: (0,10 euros). Tramitación urgente (en 72 horas): Su importe será el doble de inserciones ordinarias.

ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan carácter gratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de la tasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios o edictos, las cantidades que les sean liquidadas.

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO:

- Ministerio de Empleo y Seguridad social.- Servicio Público de Empleo Estatal:

Cáceres: Concesión ayuda económica Programa Re-cualificación Profesional. Notificaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92. Págs. 2-7.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:

- Juzgado de lo Social - 1:Cáceres: Ejecución 213/2013. Págs. 8-10.- Juzgado de lo Social - 2:Cáceres: Ejecución 178/2013. Págs. 11-13.Cáceres: Procedimiento Ordinario 172/2013. Pág. 14.- Juzgados de 1.ª Instancia e Instrucción:Cáceres n.º 5: Expediente de dominio 464/2013.

Pág. 15.Coria n.º 1: Expediente de dominio 314/2013. Pág. 16.Coria n.º 1: Expediente de dominio 356/2013. Pág. 16.

ADMINISTRACIÓN LOCAL:

- Diputación Provincial:Cáceres: Nombramiento Conductor-Bombero. Pág. 17.

- Ayuntamientos:Cáceres: Designación Teniente de Alcalde. Emplaza-

miento Procedimiento Contencioso Administrativo 157/2013. Pág. 18.

Zarza de Montánchez: Cese y nombramiento miembro Junta gobierno Local. Pág. 19.

Valdehúncar: Aprobación definitiva Ordenanza. Págs. 20-21.

Plasencia: Aprobación definitiva modificación Orde-nanza. Pág. 22.

28O C T U B R E

L U N E S

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 2

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL

El Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, que ha sido prorrogado por los Reales Decretos-Leyes 10/2011, 26 de agosto, 20/2011, de 30 de diciembre y 23/2012, de 24 de agosto sucesivamente, que de conformidad con el mandato contenido en los mismos, ha dado lugar a una serie de disposiciones de desarrollo por parte de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.

Finalmente, mediante el Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero, se prorroga nuevamente el programa de recua-lificación profesional de las personas desempleadas que agoten la prestación por desempleo regulado en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero. La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal dictó Resolución de 13 de febrero de 2013, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del citado Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero.

Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y verificado el cum-plimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal por delegación de la Directora General de este Organismo de conformidad con lo establecido en el artículo octavo de la citada Resolución y asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la Intervención Delegada competente.

ACUERDA conceder a las personas solicitantes que se relacionan en el ANEXO I de la presente resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las ayudas a 345.223,92 euros.

Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de la citada Resolución, estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria.

Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe antes mencionado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cáceres, 18 de octubre de 2013.- El Director Provincial, P.S. La Subid. Prov. De Prestaciones. Apartad siete.4 de la Resolución de 06-10-08 del SEPE (B.O.E. del 13 de octubre), Luis Miguel García Maldonado.

ANEXO ISEPTIEMBRE-2013

PROGRAMA PREPARA

APELLIDOS Y NOMBRE IMPORTE CONCEDIDO ACOSTA MENDO, MARIA VICTORIA 2.396,28 ALMARAZ GONZALO, M. DEL CARME 2.396,28 ALVAREZ MOLANO, M ISABEL 2.396,28 AMADO SANTILLANA, ANA MARIA 2.396,28 AVILA CHAMORRO, ANA ISABEL 2.396,28 BABIANO PULIDO, JUAN JESUS 2.396,28 BARBERO PIZARRO, JUAN JOSE 2.396,28 BARROSO NAVARRO, ANA BELEN 2.396,28 BASTIDA DOMINGUEZ, ARANZAZU 2.715,78 BENITO ESTEVEZ, FAUSTINO 2.396,28

B.O. DE CÁCERES Lunes 28 Octubre 2013 - N.º 208 Página 3

BERGANTIÑO GONZALEZ, ANTONIO 2.396,28 BORRELLA TOVAR, MARIA GEMA 2.396,28 BOYERO ARROYO, FELIPE 2.396,28 BUENO CONEJERO, JUAN MANUEL 2.396,28 CAMPOS DEL BARCO, ANA BELEN 2.396,28 CANALES RODRIGUEZ, MARIA ANTONIA 2.715,78 CANO HERNANDEZ, JUAN MIGUEL 2.396,28 CANSADO TEJADO, RUBEN 2.396,28 CARBALLO CIPRIAN, FELIPE 2.715,78 CARPINTERO CARPINTERO, INOCENCIO 2.396,28 CEREZO BARBERO, JOSE MARIA 2.715,78 COLLADO TELLO, MARIA JESUS 2.396,28 COMENDADOR RODRIGUEZ, MARIA ALMUDENA 2.396,28 CORDERO CLEMENTE, JESUS 2.396,28 CURIEL BLAZQUEZ, PALOMA 2.715,78 DE CACERES CARPINTERO, ALEJANDRO 2.396,28 DIEZ AVILA, LAURA 2.396,28 DIEZ GARCIA, AGUSTIN 2.396,28 DOMINGUEZ PANERO, SILVIA 2.396,28 DOMINGUEZ PULIDO, OLGA MARIA 2.715,78 DOMINGUEZ VAQUERO, EDUARDO 2.396,28 DURAN AMADO, FELIPE DAVID 2.396,28 DURAN BERROCAL, MARIA REMEDIOS 2.396,28 DURAN VALHONDO, JAVIER 2.715,78 FERNANDEZ CASTELLANO, JOSE MARIA 2.396,28 FERNANDEZ CRUZ, FELIX 2.396,28 FERNANDEZ NOGAL, FRANCISCO JAVIE 2.396,28 FERRERO TEJERO, MANUELA 2.396,28 FONDON FONDON, DAVID 2.396,28 FRANCO CALDERON, SARA 2.396,28 GALERA MORENO, VICENTE 2.396,28 GARCIA ANTON, SIXTO 2.396,28 GARCIA CIPRIAN, SANTIAGO 2.715,78 GARCIA IGLESIAS, FATIMA 2.396,28 GARCIA PERALES, ARANZAZU 2.715,78 GIMENEZ CARRASCO, FRANCISCO 2.396,28 GOMEZ GUERRA, JUAN CARLOS 2.715,78 GOMEZ REMEDIOS, CRISTINA 2.396,28 GONZALEZ GUERRERO, MIGUEL ANGEL 2.715,78 GONZALEZ JAEN, JUAN JACINTO 2.715,78 GORDILLO DURAN, RUBEN 2.396,28 GORDILLO FERNANDEZ, FRANCISCO 2.715,78 GUTIERREZ GIL, DAVID 2.396,28 HERNANDEZ ANTON, MARIA ANGELES 2.396,28 HERNANDEZ SANCHEZ, ISABEL 2.396,28 HERVAS HERVAS, JULIAN 2.396,28 HIERRO ACEDO, ANTONIO JOSE 2.396,28 HOLGADO CUADRADO, MARIA DOLORES 2.396,28 IGLESIAS MARTIN, SARAY 2.396,28 JACINTO ACENSO, CARLOS 2.715,78 JIMENEZ FERNANDEZ, ANTONIO 2.715,78 JIMENEZ GUTIERREZ, FELIPE 2.396,28 JIMENEZ MORENO, MARIA YOLANDA 2.396,28 JUAREZ ROMERO, JUAN ANDRES 2.715,78 LABRADOR LEAL, ERNESTO 2.396,28 LATORRE VELAZQUEZ DE CASTRO, MARIA 2.396,28

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 4

LAZARO GOMES, CARLA MARIA 2.396,28 LLORENTE PRIETO, MARIA ESTHER 2.396,28 MACIAS BLANCO, ANTONIO J 2.715,78 MARIN ALONSO, VICTOR MANUEL 2.396,28 MARTIN CALLE, RAUL 2.715,78 MARTIN CRESPO, JESUS MANUEL 2.715,78 MARTIN GARCIA, AURELIANO 2.396,28 MARTIN HURTADO, ANTONIO 2.396,28 MARTIN MORIANO, MARIA CARMEN 2.715,78 MARTIN VAQQUERO, LORENA 2.396,28 MARTINEZ CARO, MARIA CARMEN 2.715,78 MARTINEZ JAEN, SERGIO 2.715,78 MAYORAL COSME, MARIA LUZ 2.715,78 MHANI , TOURIA 2.715,78 MIRON GUTIERREZ, MARIA JOSEFA 2.396,28 MOLANO CLEMENTE, JUAN CARLOS 2.396,28 MONROY SANCHEZ, ISMAEL 2.396,28 MONTERO TREVEJO, ELENA 2.396,28 MONTES SANCHEZ, NOEL 2.396,28 MORENO SANTOS, FABIA 2.396,28 MORTERA ROMERAL, ANA DOLORES 2.396,28 MUÑOZ MORENO, SERGIO 2.396,28 NARANJO PINTOR, ANTONIA SORAYA 2.396,28 NEVADO REY, CANDIDA 2.396,28 NIETO NIETO, ANA BELEN 2.715,78 NUNEZ DOMINGUEZ, TAMARA 2.715,78 NUNEZ GOMEZ, MIGUEL ANGEL 2.396,28 OLLERO JORGE, ROBERTO 2.396,28 PACHECO GIL, ALBERTO 2.396,28 PACHECO RAMIRO, MARIA BELEN 2.396,28 PARRA LADEHESA, CARLOS MANUEL 2.396,28 PASAN PLAZA, ALONSO 2.396,28 PASCUAL DE LA CALLE, DAVID 2.715,78 PEDRERA BERTOL, JUAN IGNACIO 2.396,28 PEREZ PRIETO, JUAN MARIA 2.396,28 PINO LORO, ANA MARIA 2.715,78 PIZARRO GARCIA, DAVID 2.396,28 POLO GUERRA, MARIA ISABEL 2.396,28 PORRAS BAYLE, IVAN 2.396,28 PORRAS TIERNO, ROBERTO 2.715,78 PORTERO MENDEZ, JUAN JOSE 2.396,28 PORTILLO SANTANO, MARIA LUZ 2.715,78 PULIDO POLO, SEVERIANO 2.396,28 REY JIMENEZ, MONSERRAT 2.396,28 RICO MERINO, CRISTINA 2.715,78 RIVAS JIMENEZ, SACRAMENTO 2.396,28 ROBLEDO NEVADO, JOSEFA 2.396,28 ROBLES GALINDO, MANUEL 2.396,28 RODRIGUEZ VINAGRE, SONIA CRIS 2.396,28 ROJO GUERRA, ANTONIA 2.396,28 ROMAN ROMAN, ISABEL 2.396,28 ROMERO SANTANO, CARMEN 2.396,28 RUBIO MARQUEZ, INMACULADA 2.715,78 RUIZ CANO, FRANCISCO JOSE 2.396,28 SALADO ARROYO, MARIA TERESA 2.396,28 SAN BENITO BARBA, CONSOLACION 2.396,28

B.O. DE CÁCERES Lunes 28 Octubre 2013 - N.º 208 Página 5

SANCHEZ LASO, SERGIO 2.396,28 SANCHEZ MARTINEZ, M DEL MAR 2.715,78 SANCHEZ TIERNO, ANGEL 2.715,78 SANTANO SEVILLA, M LUISA 2.396,28 SILVA BRUNO, ROCIO 2.715,78 SILVA NAVARRO, ENCARNACION 2.715,78 SOLANO TOBIAS, SONIA MARIA 2.396,28 SOLIS GONZALEZ, MARIA ISABEL 2.396,28 SUAREZ PARDO, PILAR 2.715,78 TARANCON RUBIO, MARIA MAR 2.396,28 TARIBAK , YOUSSEF 2.715,78 TATO BERMEJO, MARIA LUZ 2.396,28 TORRADO LANGA, JOSEFINA 2.396,28 TORRES BENITO, MONTSERRAT 2.396,28 VALLE GONZALEZ, ASCENSION 2.396,28 VAQUERO PICAZO, RAUL 2.396,28 VAZQUEZ GUIJARRO, MARIA JESUS 2.396,28

TOTAL ‘PREPARA’ (140 Registros) 345.223,92

TOTAL INFORME 345.223,926099

NOTIFICACIÓN DE RES. ARCHIVO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y por resultar desconocidos los domicilios de los solicitantes de Prestaciones por Desempleo, quedan notificadas por este conducto las RES. ARCHIVO que a continuación se relacionan, advirtiéndoles que, confor-me a lo establecido en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE n.° 86, de 11 de abril), podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, en el plazo de los TREINTA DÍAS siguientes a la publicación de la presente Notificación.

Cáceres, Martes, 15 de octubre de 2013.- EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SPEE, P. D. LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE PRESTACIONES, Fdo.: M.ª- Concepción Díaz Fernández.

DNI APELLIDOS/NOMBRE DOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO

6405391 GIOLO MEDEIROS JANE CL/. ARTESANOS, N.º 8 CÁCERES RES. ARCHIVO

6105

NOTIFICACIÓN DE RES. ARCHIVO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y por resultar desconocidos los domicilios de los solicitantes de Prestaciones por Desempleo, quedan notificadas por este conducto las RES. ARCHIVO que a continuación se relacionan, advirtiéndoles que, confor-me a lo establecido en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE n.° 86, de 11 de abril), podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, en el plazo de los TREINTA DÍAS siguientes a la publicación de la presente Notificación.

Cáceres, Martes, 15 de octubre de 2013.- EL DIRECTO PROVINCIAL DEL SPEE, P.D. LA SUBDIRECTORA PRO-VINCIAL DE PRESTACIONES, Fdo.: M.ª- Concepción Díaz Fernández.

DNI APELLIDOS/NOMBRE DOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO

2557692 RBIB TOURIA CL/. CERVANTES, N.º- 18 TALAYUELA RESOLUCIÓN DE ARCHIVO.

6106

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 6

REMISION DE NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN REVOCACIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y por resultar desconocidos los domicilios de los perceptores de Prestaciones por Desempleo, quedan notificadas por este conducto REVOCACIÓN que a continuación se relacionan, de conformidad con el artículo 112 de la Ley 30/92 de 26 de diciembre (BOE de 27/11/92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Art. 33 del R.D. 625/85 de 2 de abril dispone un plazo de DIEZ DÍAS, siguientes a la publicación de la presente Notificación, para alegar lo que estíme oportuno. Así mismo le comunicamos que en tanto se dicte la citada Resolución se suspende cautelarmente la percepción de la Prestación/ Subsidio, de conformidad con el Art. 72 de la Ley 30/92 anteriormente citada.

Cáceres, a Martes, 15 de octubre de 2013.- EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SPEE. P.D. LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE PRESTACIONES, Fdo.: M.ª- Concepción Díaz Fernández.

DNI APELLIDOS/NOMBRE DOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO

2206737 VERDUGO HERNANDEZ M. CONCE CRTA. MONASTERIO YUSTE CUACOS DE YUSTE COMUNICACIÓN REVOCACI.

6107

NOTIFICACIÓN DE RES.REVOCACION, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y por resultar desconocidos los domicilios de los solicitantes de Prestaciones por Desempleo, quedan notificadas por este conducto las RES.REVOCACION que a continuación se relacionan, advirtiéndoles que, conforme a lo establecido en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE n.° 86, de 11 de abril), podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, en el plazo de los TREINTA DÍAS siguientes a la publicación de la presente Notificación.

Cáceres, Martes, 15 de octubre de 2013.- EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SPEE, P. D. LA SUBDIRECTORA PRO-VINCIAL DE PRESTACIONES, Fdo.: M.ª- Concepción Díaz Fernández.

DNI APELLIDOS/NOMBRE DOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO

76126031 PEREZ ASENSIO RAQUEL CL/. AGAPITO MONFORTE, N.º 48 AHIGAL RESOLUCIÓN DE REVOCACI.

6108

NOTIFICACIÓN DE DENEGATORIA, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y por resultar desconocidos los domicilios de los solicitantes de Prestaciones por Desempleo, quedan notificadas por este conducto las DENEGATORIA que a continuación se relacionan, advirtiéndoles que, confor-me a lo establecido en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE n.° 86, de 11 de abril), podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, en el plazo de los TREINTA DÍAS siguientes a la publicación de la presente Notificación.

Cáceres, Martes, 15 de octubre de 2013.- EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SPEE, P. D. LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE PRESTACIONES, Fdo.: M.ª- Concepción Díaz Fernández.

DNI APELLIDOS/NOMBRE DOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO

76050599 ROSCO DELGADO PATRICIA CL/. PEDRO NUÑEZ, N.º 3 CÁCERES DENEGATORIA

6109

NOTIFICACIÓN DE DENEGATORIA, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y por resultar desconocidos los domicilios de los solicitantes de Prestaciones por Desempleo, quedan notificadas por este conducto las DENEGATORIA que a continuación se relacionan, advirtiéndoles que, confor-

B.O. DE CÁCERES Lunes 28 Octubre 2013 - N.º 208 Página 7

me a lo establecido en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE n.° 86, de 11 de abril), podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, en el plazo de los TREINTA DÍAS siguientes a la publicación de la presente Notificación.

Cáceres, Martes, 15 de octubre de 2013.- EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SPEE,P. D. LA SUBDIRECTORA PRO-VINCIAL DE PRESTACIONES, Fdo.: M.ª- Concepción Díaz Fernández.

DNI APELLIDOS/NOMBRE DOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO

80052086 NAVAS INDIANO RAQUEL CL/. BADALNOA, N.º 10 CÁCERES DENEGATORIA

6110

NOTIFICACIÓN DE DENEGATORIA, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y por resultar desconocidos los domicilios de los solicitantes de Prestaciones por Desempleo, quedan notificadas por este conducto las DENEGATORIA que a continuación se relacionan, advirtiéndoles que, confor-me a lo establecido en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE n.° 86, de 11 de abril), podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, en el plazo de los TREINTA DÍAS siguientes a la publicación de la presente Notificación.

Cáceres, a Martes, 15 de octubre de 2013.- EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SPEE. P.D. LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE PRESTACIONES, Fdo.: M.ª- Concepción Díaz Fernández.

DNI APELLIDOS/NOMBRE DOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO28947045 HOLGUIN MAESTRE JOSÉ ANDRESRONDA DEL MATADERO, N.º 15 CÁCERES DENEGATORIA

6111

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE SUSPENSIÓN DE PRESTACIONES DEL RÉGIMEN GENERAL, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y por resultar desconocidos los domicilios de los solicitantes de Prestaciones por Desempleo, quedan notificadas por este conducto las RESOLUCIÓN DE SUSPENSIÓN DE PRESTACIONES DEL RÉGIMEN GENERAL que a continuación se relacionan, advirtiéndoles que, conforme a lo establecido en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE n.° 86, de 11 de abril), podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, en el plazo de los TREINTA DÍAS siguientes a la publicación de la presente Notificación.

Cáceres, a Martes, 15 de octubre de 2013.- EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SPEE. P.D. LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE PRESTACIONES, Fdo.: M.ª- Concepción Díaz Fernández.

DNI APELLIDOS/NOMBRE DOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO

6975747 DEL SOL VACAS M.ª- JOSEFA CL/TEJARES N.º 2 MONROY RES. SUSPENSIÓN DE PREST. REG. GENE

6112

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 8

JUZGADO DE LO SOCIAL - 1

CÁCERES

EDICTO

D.ª BEGOÑA PALACIN FABREGAS, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 001 DE CACE-RES, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 213 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de MARIA SOLEDAD SANCHEZ-HORNEROS CONEJERO contra la empresa INTEGRAL DE MANTENI-MIENTO 12, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

A U T O

Magistrado/a-Juez D. MARIANO MECERREYES JIMENEZ

En CACERES a dieciséis de Octubre de dos mil trece.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- MARIA SOLEDAD SANCHEZ-HORNEROS CONEJERO ha presentado escrito solicitando la ejecución de la sentencia num 194/13 frente a INTEGRAL DE MANTENIMIENTO 12.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 ha examinado su jurisdicción, competencia objetiva y territorial, y entiende que en la demanda de ejecución de TÍTULO JUDICIAL concurren los presupuestos y requisitos procesales exigidos por la Ley, y debe despacharse la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 237 LJS y concordantes.

SEGUNDO.- De conformidad con el mencionado título que se ejecuta, y la solicitud de ejecución presentada, la cantidad por la que se despacha ejecución es de NOVECIENTOS VEINTIUN EUROS CON VEINTITRES CENTIMOS (921,23.-) en concepto de principal y de CIENTO CUARENTAY SIETE EUROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (147,39.-) en concepto provisional de intereses de demora y costas calculadas según el criterio del 251.1 LJS, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal; más la suma de CINCUENTA EUROS (50.-) como constas impuestas en sentencia.

TERCERO.- Dispone el artículo 251.2 de la LJS que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 576 de la LEC, subsidiariamente aplicable, transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que el ejecutado cumpliere en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimiento de la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubieren ocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incrementarse el interés legal a abonar en dos puntos.

CUARTO.- Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

QUINTO.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la LEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secre-tario judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, MARIA SOLEDAD SANCHEZ-HOR-NEROS CONEJERO, frente a INTEGRAL DE MANTENIMIENTO 12, parte ejecutada, por importe de NOVECIENTOS VEINTIUN EUROS CON VEINTITRES CENTIMOS (921,23.-) en concepto de principal y de CIENTO CUARENTAY SIETE EUROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (147,39.-) que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación; más la suma de CINCUENTA EUROS (50.-) como costas impuestas en sentencia.

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El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, po-drá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compen-sación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en BANESTO, cuenta nº 1144 debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

D E C R E T O

Secretario Judicial D.ª BEGOÑA PALACIN FABREGAS

En CACERES a veintiuno de Octubre de dos mil trece

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En esta EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 213/13 se ha dictado auto despachando ejecución a favor de la parte ejecutante, MARIA SOLEDAD SANCHEZ-HORNEROS CONEJERO, frente a INTEGRAL DE MAN-TENIMIENTO 12, parte ejecutada, por importe de NOVECIENTOS VEINTIUN EUROS CON VEINTITRES CENTIMOS (921,23.-) en concepto de principal y de CIENTO CUARENTAY SIETE EUROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (147,39.-) que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación; más la suma de CINCUENTA EUROS (50.-) como constas impuestas en sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a Judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LPL.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

Requerir a INTEGRAL DE MANTENIMIENTO 12 SL, a fin de que en el plazo de cinco días, manifieste relacio-nadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en

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caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se acuerda el embargo de los saldos acreedores que tuviere el ejecutado en todas las entidades bancarias con

convenio, para lo cual llévese a efecto a través del Punto Neutro Judicial. E, igualmente, se acuerda el embargo de las devoluciones que por todos los conceptos pudiere percibir de la Agencia

Tributaria, remitiéndose al efecto comunicación telemática.

Y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber, 921,23 euros de principal, más 147,39 euros que se calculan prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación así como 50,00 euros en concepto de costas impuetas en setencia.

En virtud del art. 607 pto. 7 de la L.E.Civil, requiérase a la parte ejecutante a fin de que facilite número de cuenta, con objeto de proceder a transferir desde la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado las cantidades embargadas en el presente procedimiento y, con las obligaciones que previene el artículo Citado.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1144-0000-64-0213-13 abierta en BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recu-rrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LA SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a INTEGRAL DE MANTENIMIENTO 12, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CACERES a veintiuno de Octubre de dos mil trece.- LA SECRETARIO JUDICIAL.6101

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JUZGADO DE LO SOCIAL - 2

CÁCERES

EDICTO

D.ª BEGOÑA PALACÍN FÁBREGAS, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2 DE CACE-RES, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES Nº 178/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de JESUS ESPARRAGO TORINO, contra la empresa MALAJUANA PRODUCCIONES SLU. Y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resoluciones, cuyos tenores literales son los siguientes:

A U T O

Magistrado-Juez D.JOSE MARIA CABEZAS VADILLO

En CACERES a trece de Septiembre de dos mil trece.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- JESUS ESPARRAGO TORINO ha presentado escrito solicitando la ejecución de Sentencia 107/13 frente a FONDO NACIONAL DE GARANTIA SALARIAL FOGASA, MALAJUANA PRODUCCIONES SLU .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Este JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2 ha examinado su jurisdicción, competencia objetiva y territorial, y entiende que en la demanda de ejecución de Sentencia 107/13 concurren los presupuestos y requisitos procesales exigidos por la Ley, y debe despacharse la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 237 LJS y concordantes.

SEGUNDO.- De conformidad con el mencionado título que se ejecuta, y la solicitud de ejecución presentada, la cantidad por la que se despacha ejecución es de 1.708,37 euros de principal y de 273, 33 euros en concepto provisional de intereses de demora y costas calculadas según el criterio del 251.1 LJS, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal.

TERCERO.- Dispone el artículo 251.2 de la LJS que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 576 de la LEC, subsidiariamente aplicable, transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que el ejecutado cumpliere en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimiento de la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubieren ocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incrementarse el interés legal a abonar en dos puntos.

CUARTO.- Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la LEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secretario judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, JESUS ESPARRAGO TORINO, frente a FONDO NACIONAL DE GARANTIA SALARIAL FOGASA, MALAJUANA PRODUCCIONES SLU , parte eje-cutada, por importe de 1.708,37 euros en concepto de principal, más otros 273,33 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 12

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, po-drá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compen-sación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 abierta en ESPAÑOL DE CRÉDITO, cuenta nº 1143 0000 debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL MAGISTRADO JUEZ LA SECRETARIA JUDICIAL

D E C R E T O

Secretario/a Judicial D/Dª DAVID MÉNDEZ CALVO

En CACERES a dieciséis de Septiembre de dos mil trece.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de JESUS ESPARRA-GO TORINO, frente a MALAJUANA PRODUCCIONES SLU. Y FONDO NACIONAL DE GARANTIA SALARIAL, por la cantidad de 1.708,37 euros en concepto de principal, más otros 273,33 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LJS.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

Requerir a MALAJUANA PRODUCCIONES SLU., a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravá-menes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que

B.O. DE CÁCERES Lunes 28 Octubre 2013 - N.º 208 Página 13

no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se acuerda el embargo de los saldos acreedores que tuvieren los ejecutados en todas las entidades bancarias con convenio, para lo cual llévese a efecto a través del Punto Neutro Judicial.

E, igualmente, se acuerda el embargo de las devoluciones que por todos los conceptos pudiere percibir de la Agencia

Tributaria, remitiéndose al efecto comunicación telemática.

Y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber, 1.708,37 € de principal, más 273,33 €, que se calculan prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de telé-fono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interpo-nerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº abierta en ESPAÑOL DE CRÉDITO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recu-rrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a MALAJUANA PRODUCCIONES SLU., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CACERES a veintiuno de Octubre de dos mil trece.- EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL6100

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 14

JUZGADO DE LO SOCIAL - 2

CÁCERES

EDICTO

D.ª ANA MARIA MAQUEDA PEREZ DE ACEVEDO, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2 DE CACERES, HAGO SABER:

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 172/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de GON-ZALO BERNALDEZ BACHILLER frente a la empresa ALEJANDRO MARTI LLABRES sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo a continuación se insertan:

SENTENCIA NUM.- 240/2013

En la ciudad de Cáceres, a 16 de octubre de 2.013.

Don José María Cabezas Vadillo, Magistrado titular del Juzgado de lo Social nº 2 de Cáceres y de su Provincia ha visto y oído los autos registrados con el número 172/2013, que se siguen sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD , en los cuales figuran como partes de un lado como demandante GONZALO BERNÁLDEZ BACHILLER, y de otra como demandado ALEJANDRO MARTÍ LLABRE que no compareció al acto del juicio pese a su citación en legal forma.

FALLO

ESTIMO la demanda interpuesta por GONZALO BERNÁLDEZ BACHILLER contra ALEJANDRO MARTÍ LLABRE, y en su virtud, condeno al citado demandado a que abonen las sumas respectivas siguientes: 3.160,24 euros por el concepto principal así como la del 10% de dicha cifra por el concepto de mora,

Notifíquese esta sentencia a las partes con instrucción de que la misma no es firme y contra ella puede interponerse

recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de notificación de la sentencia debiendo, de hacerlo la parte deman-dada, consignar previamente el importe de la condena y 300 Euros de depósito correspondientes al citado recurso de suplicación en la cuenta del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE CÁCERES en el BANESTO número 1143. clave 65, denominada “ Cuenta de consignaciones y depósitos “, anunciándose el recurso.

Así por ésta, mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Se advierte al destinatario ALEJANDRO MARTI LLABRES que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. Y para que así conste y sirva para su notificación en forma al demandado en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Cáceres, a dieciséis de Octubre de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.6102

B.O. DE CÁCERES Lunes 28 Octubre 2013 - N.º 208 Página 15

JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5

CÁCERES

EDICTO

D.ª MARÍA CATALINA CORTES PAREDES, SECRETARIO/A DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INS-TRUCCIÓN N.º 5 DE CACERES.

HAGO SABER: Que en este órgano judicial DE CACERES se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACION 0000464 /2013 a instancias de D. FRANCISCO DAZA ANDRADA expediente de dominio de las siguientes fincas:

RUSTICA: (Olivar de Secano) en el término municipal de Casar de Cáceres, perteneciente al paraje de la “La Encarnación”. Tiene una cabida de setenta y ocho áreas, seis centiáreas. Linda al Norte; fincas propiedad de Flores Carrero, José Vivas y otros; Sur: camino de la Encarnación; Este: con Victoria Ronco; y Oeste: Flores Carrero. Es la parcela 5.091 del Polígono 7.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a IGNORADOS HEREDEROS DE D. GUZMAN DAZA Y DÑA JUANA TOVAR; a D. JULIO DAZA ANDRADA en su doble cualidad como persona de la que procede la finca y colindante-corno dueños de las fincas colindantes a D. JOSÉ VIVAS CARRERO, ASCENSIÓN TOVAR ANDRADA; ABILIO TOVAR ANDRADA, FLORENTINO CARRERO BARRANTES, ANTONIA POZO TOVAR, JUNTA DE EXTREMADURA, FLORES CARRERO BARRANTES Y VICTORIA RONCO, y las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En CACERES a dieciséis de Octubre de dos mil trece.- EL SECRETARIO.6094

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 16

JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1

CORIA

EDICTO

D. MIGUEL ÁNGEL CAVERO COLL, SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE CORIA.

HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULA-CION 0000314/2013 a instancia de D. FRANCISCO FÉLIX NUÑEZ GIL expediente de dominio de la siguiente finca:

RÚSTICA.- Terreno Dedicado a labor o labradío de secano al sitio de La Dehesilla, en Término Municipal de To-rrejoncillo. Tiene una extensión superficial de Ochenta y Cuatro Áreas y Setenta y Una Centiáreas. Linda: Norte, José Martín Hernández; Sur, Alfredo Núñez Núñez; Este, José Martín Hernández, Melania Cabello Sánchez y.Daniela Utrera Rodrigo; y Oeste, José Martín Hernández. Es la parcela catastral ciento noventa y seis del polígono 11 del Plano Ca-tastral de Rústica de Torrejoncillo, con referencia Catastral 10193A011001960000UO.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En CORIA a dieciocho de Octubre de dos mil trece.- EL SECRETARIO.6093

CORIA

EDICTO

D. MIGUEL ÁNGEL CAVERO COLL, SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE CORIA.

HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICU-LACION Y EXCESO DE CABIDA 0000356 /2013 a instancia de D. JUAN CARLOS MARTIN ASTASIO expediente de dominio de la mitad indivisa de la siguiente finca:

URBANA.- Casa en Torrejoncillo en su C/ Lorenzo Díaz, n° 34. Se asienta sobre una superficie solar de ciento cuarenta y dos metros cuadrados, de los que noventa y cinco metros cuadrados están ocupados por la edificación en planta baja destinada a vivienda ubicada en el frente de la finca, otros veinticuatro metros cuadrados vienen ocupados por otra edificación de planta baja destinada a almacén; y los veinte metros cuadrados restantes hasta completar la totalidad de su superficie solar, están destinados a patio o corral descubierto, situado al fondo-izquierda de la finca por donde también tiene entrada. La vivienda consta de planta baja con una superficie construida de noventa y cinco metros cuadrados y plana primera, destinada a sobrado, troje o almacén, con una superficie construida de ochenta y ocho metros cuadrados, a la que se accede desde la planta baja por una escalera interior. Linda toda la finca: frente, con Calle de su situación; derecha entrando, con la casa número treinta y dos de la misma calle, propiedad de Angela Canalo Vergel; izquierda, con la casa número treinta y seis de la misma calle, propiedad de los hermanos Cipriano, Julia y Fructuoso Martín López; y fondo, con Calle Magarzal. Referencia Catastral 6994144QE1169S0001DJ.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a D. EMETERIO HERNÁNDEZ MARTÍN o sus desconocidos herederos o causahabientes e igualmente a los desconocidos herederos de D. CANDIDO MARTÍN SÁNCHEZ como colindantes según el Registro de la propiedad, así como a las personas ignoradas a quienes pudieran perjudicar la inscripción solicitada, para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En CORIA a dieciocho de Octubre de dos mil trece.- EL SECRETARIO.6092

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL

ANUNCIO

Aprobadas mediante Resolución Presidencial de fecha 15 de junio de 2012 las bases del concurso de traslados abierto y permanente de puestos base, de funcionarios y personal laboral fijo de esta Excma. Diputación (BOP nº 124 de 28/06/12).

Teniendo en cuenta que por Resolución Presidencial de 7 de octubre de 2013 se autorizó la valoración de la solicitud presentada para cubrir 1 puesto de Conductor-Bombero en el Área de Organización (cod. puesto 364), vacante en la R.P.T. de funcionarios de esta Diputación Provincial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Considerando que el concurso se ha ajustado a las bases aprobadas y teniendo en cuenta la valoración otorgada por la Comisión constituida al efecto.

Esta Presidencia resuelve nombrar Conductor-Bombero (cod. puesto 364) a D. JOSÉ CARLOS CARRÓN CHORRO (D.N.I. 11.776.727-Z), que reingresa, por tanto, al servicio activo.

El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambios de residencia del funcionario, o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá justificarse.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de diez días.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cáceres, 15 de octubre de 2013.- EL SECRETARIO, Augusto Cordero Ceballos.6122

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ALCALDÍASCÁCERES

Anuncio

La Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, ha dictado una Resolución del siguiente tenor lite-ral:”.

“En uso de las atribuciones que me confieren las disposiciones legales vigentes, y de conformidad con lo precep-tuado en el artículo 46.1 y en relación con el artículo 47.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en conexión con el Reglamento Orgánico del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, esta Alcaldía Presidencia ha resuelto dictar la siguiente Resolución:

PRIMERO.- Designar a D.ª ROSA DE LIMA PALOMINO PEDRERO, Concejala Delegada Especial de la Univer-sidad Popular, como Miembro de la Junta de Gobierno Local y octava Teniente de Alcalde, quedando en el siguiente orden a efectos de sustitución en caso de ausencia, enfermedad, impedimento o vacante:

1º.- Primer Teniente de Alcalde: D. Valentín Enrique PACHECO POLO2º.- Segundo Teniente de Alcalde: D. Jorge CARRASCO GARCÍA3º.- Tercer Teniente de Alcalde: D. José María GONZÁLEZ FLORIANO4º.- Cuarta Teniente de Alcalde: D.ª María Luisa CALDERA ANDRADA5º.- Quinto Teniente de Alcalde: D. Jesús Fernando BRAVO DÍAZ6º.- Sexta Teniente de Alcalde: D.ª María Eugenia GARCIA GARCÍA7º.- Séptimo Teniente de Alcalde: D. Pedro Juan MURIEL TATO8º.- Octava Teniente de Alcalde: D.ª Rosa de Lima PALOMINO PEDRERO

SEGUNDO.- Conferir a Dª ROSA DE LIMA PALOMINO PEDRERO, Concejala Delegada de la Universidad Popular, la Delegación Especial de Barrios y Participación Ciudadana, con la facultad de dirigir los servicios y de gestionarlos en general.

Lo manda y firma la Excma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, en Cáceres a veintiuno de octubre de 2013”.6123

CÁCERES

Anuncio

En cumplimiento de lo dispuesto en el oficio presentado con fecha de entrada en el Registro General de 25 de septiembre de 2013, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.° 1 de Cáceres, referente al Procedimiento Abreviado 0000157/2013, seguido a instancia de D. José María Martín Domínguez, contra el Ayuntamiento de Cáceres, referido al acto administrativo por el cual se acordó la supresión de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 y de la paga adicional del complemento específico o pagas equivalentes, por el presente escrito se procede a poner en conocimiento de los interesados en dicho procedimiento, la posibilidad de comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante ese órgano judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

en Cáceres a 18 de octubre de 2013.- El Secretario General, Juan Miguel González Palacios.6115

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ZARZA DE MONTÁNCHEZ

Resolución de Alcaldía

Visto que en fecha 06/07/2011 se adoptó, por Acuerdo del Pleno, la constitución de la Junta de Gobierno Local, que deberá asistir permanentemente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que le deleguen el Alcalde o el Pleno.

Visto que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Ré-gimen Local, 43, 46 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía es competente para nombrar a los miembros que vaya a integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en sus miembros.

Visto que por Resolución de Alcaldía de fecha 01/08/2011 se acordó NOMBRAR miembros de la Junta de Gobier-no Local a D. Valeriano Prieto Cruz (Primer Teniente de Alcalde) y Dº Quintín Jiménez Mateos (Segundo Teniente de Alcalde).

Visto que por Resolución de Alcaldía de fecha 18/05/2012 se acordó CESAR a D. Quintín Jiménez Mateos como miembro de la Junta de Gobierno Local, quien a su vez pierde la condición de Segundo Teniente de Alcalde, y NOMBRAR a D.ª María Consolación Moreno Guijo como miembro de la Junta de Gobierno Local y Segundo Teniente de Alcalde.

Visto que con fecha 30/08/2013 se adoptó, por Acuerdo de Pleno, tomar conocimiento de la renuncia al cargo de concejal de Dª María Consolación Moreno Guijo.

Vistos los artículos 52 y 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF),

R E S U E L V O

Primero. CESAR a D.ª María Consolación Moreno Guijo como miembro de la Junta de Gobierno Local y Segundo Teniente de Alcalde, tras haber perdido la condición de concejal de este Ayuntamiento.

Segundo. NOMBRAR a D.º Quintín Jiménez Mateos como miembro de la Junta de Gobierno Local y Segundo Teniente de Alcalde.

Tercero. DAR cuenta de esta Resolución al Pleno en la primera sesión que celebre, notifíquese personalmente a la cesada y al designado y publíquese en el BOP, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta resolución.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. Ramón Palomino Solís, en Zarza de Montánchez, a 21 de octubre de 2013; de lo que, como Secretario, doy fe.

El Alcalde, Ramón Palomino Solís Ante mí: El Secretario Juan Manuel Calle González.

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VALDEHUNCAR

No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda elevado automáticamente a definitivo el acuerdo plenario inicial adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Valdehúncar, reunido en sesión ordinaria celebrada el día veintisiete de agosto de dos mil trece, sobre la aprobación inicial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del cementerio municipal y derogación de la actualmente vigente, cuyo texto íntegro se hace público en cumpli-miento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

“ ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL

ARTíCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURÍDICA.En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Re-guladora de las Haciendas Locales, el Excelentísimo Ayuntamiento de Valdehúncar establece la “Tasa por prestación de servicios en el cementerio municipal”, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Real Decreto.

Esta Ordenanza se aplicará en todo el término municipal de Valdehúncar desde su entrada en vigor hasta su de-rogación o modificación.

ARTÍCULO 2.- HECHO IMPONIBLE.1.- Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación de servicios del cementerio municipal, a que se refiere

el artículo 5 de esta Ordenanza, que de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Policía Sanitiaria Mortuaria de 20 de julio de 1974, sean procedentes o se autoricen a instancia de parte.

2.- A tenor de lo preceptuado por el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se declara que esta actividad administrativa es de competencia municipal, según viene establecido en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

ARTÍCULO 3.- SUJETO PASIVO.Son sujetos pasivos contribuyentes los solicitantes de la concesión de la autorización o de la prestación del servicio,

y en su caso los titulares de la autorización concedida.

ARTÍCULO 4.- RESPONSABLES.Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que

se refieran el artículo 42 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Serán responsables subsidiarios los administradores de hecho o de derecho de las personas jurídicas, los integrantes de la administración concursal y los liquidadores de las sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

ARTÍCULO 5.- EXENCIONES SUBJETIVAS.Estarán exentos los servicios que se presten con ocasión de:a) Los enterramientos de los asilados procedentes de la Beneficencia, siempre que la conducción se verifique por cuenta

de los establecimientos mencionados y sin ninguna pompa fúnebre que sea costeada por la familia de los fallecidos.b) Los enterramientos de cadáveres de pobres de solemnidad.c) Las inhumaciones que ordene la Autoridad Judicial y que se efectúen en la fosa común.

ARTÍCULO 6.- CUOTA TRIBUTARIA.La cuota tributaria se determinará por la aplicación de las siguientes tarifas:Derechos de enterramiento: 20 euros.Traslado de cenizas o retos mortales dentro del cementerio municipal: 20 euros.Traslado de cenizas o restos mortales de fuera del cementerio municipal: 20 euros.Nichos cementerio municipal: 450 euros.Concesión de terrenos para la construcción de panteones: 600 euros.Notas Comunes:- Toda clase de nicho que por cualquier causa quede vacante, salvo lo indicado en el párrafo siguiente

para los supuestos de caducidad de la concesión por no renovación, revierte a favor del Ayuntamiento a los diez años. Las concesiones serán por cincuenta años, y podrán ser renovadas. La concesión no supone en ningún caso, la ad-quisición del derecho de propiedad señalado en el artículo 348 del Código Civil. Transcurrido dicho plazo sin solicitar renovación, se entenderán caducadas y revertirán inmediatamente a favor del Ayuntamiento.

ARTÍCULO 7. DEVENGO.Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir, cuando se inicie la prestación de los servicios sujetos a gra-

vamen, entendiéndose, a estos efectos, que dicha iniciación se produce con la solicitud de aquéllos.

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ARTÍCULO 8. DECLARACIÓN, LIQUIDACIÓN E INGRESO.1.- Los sujetos pasivos solicitarán la prestación de los servicios de que se trate, aportando cuanta documentación

se les requiera y reintegrándolos a las arcas municipales de forma individual y autónoma. 2.- No se tramitará ninguna solicitud sin el previo ingreso de la tasa en la Tesorería Municipal o en las cuentas

bancarias señaladas al efecto. 3.- La concesión de nichos se hará siempre de forma correlativa, comenzando por el nicho de la planta inferior y ter-

minando con la superior y en lo que respecta a la concesión de terrenos para la construcción de panteones ésta se hará siempre y cuando haya terrenos que por su extensión o ubicación no puedan servir para la construcción de nichos.

ARTÍCULO 9. INFRACCIONES Y SANCIONES.En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas corres-

pondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 178 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.A la entrada en vigor de esta Ordenanza queda derogada la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de cementerio

municipal, aprobada por el Pleno de la Corporación, en la sesión celebrada el veintidós de diciembre de mil nove-cientos noventa y ocho.

DISPOSICIÓN FINAL.La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la

Provincia de Cáceres, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. “Contra la aprobación definitiva de estos acuerdos podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-ad-

ministrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se estime conveniente.

En Valdehúncar, a 22 de octubre de 2013. El Alcalde-Presidente, David González Encinas.6143

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PLASENCIA

Edicto

Elevado a definitivo el acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por trata-miento de restos de obras, en virtud de lo establecido en el artículo 17.4 del R.D. legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica el texto íntegro de las modificaciones aprobadas, no admitiéndose contra el mismo otro recurso que no sea el contencioso-administrativo que se podrá interponer a partir de esta publicación en el B.O.P., en la forma y plazos que establezcan las normas reguladoras de dicha jurisdicción (artículo 19.1 del R.D. legislativo 2/2004, de 5 de marzo).

1.º- TEXTO INTEGRO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR TRATAMIENTO DE RESTOS DE OBRAS.

Artículo 6: Exenciones, Reducciones y Bonificaciones.

No se establece ningún tipo de exención, reducción o bonificación, aplicándose al respecto la normativa vigente correspondiente.

Artículo 7: Cuota Tributaria

a). La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija a abonar en función del volumen exacto de residuos de construcción, demolición y excavación que se pretenda depositar en el centro utilizado para estos fines, en el término Municipal de Plasencia.

Las tarifas aplicables a este servicio, son las siguientes:

- RCD Limpio: 3,15 €/Tonelada.- RCD Sucio: 13,50 €/Tonelada.- RCD Mixtos: 9,00 €/Tonelada.- Obra menor: 13,50 €/Tonelada.

b) La Corporación, a través del Servicio oportuno, tiene la facultad de inspeccionar y comprobar todo lo relacionado con la producción de RCDs.

Artículo 9: Declaración y liquidación.

- Declaración: Del sujeto pasivo, a través de solicitud de licencia de obras y otro medio que se considere necesa-rio.

- Liquidación: Se realizará por el Ayuntamiento en base a la declaración del contribuyente y en atención al número de toneladas a reciclar y los importes de la Tasa recogidas en la presente Ordenanza Fiscal.

Para el caso de obras mayores, se autoriza a la empresa adjudicataria, aplicando la normativa vigente y utilizando los servicios de gestión de reciclado o valoración, a ser la encargada del proceso técnico comprensivo de la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los importes recogidos en esta Ordenanza Fiscal.

Las referidas modificaciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el B.O.P.

Plasencia a 18 de octubre 2013.- El Alcalde, Fdo.: Fernando Pizarro García.

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MORALEJA

Edicto

El Ayuntamiento de Moraleja tiene previsto ceder a la Asociación de Empresarios “Rivera de Gata” el uso de local sito en calle Ronda de los Molinos, nº 4 (sede de la antigua Cámara Agraria).

Lo que se somete a información pública y audiencia de los interesados por un periodo de 20 días, a efectos de reclamaciones y sugerencias.

Moraleja, 21 de octubre de 2013.- EL ALCALDE, Pedro CASELLES MEDINA.6097

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 24

JARAÍZ DE LA VERA

Anuncio

De conformidad con la Resolución de Alcaldía de fecha 21 de octubre de 2013, por medio del presente se anuncia la licitación del contrato administrativo especial para la explotación del bar-cafetería-restaurante-terraza denominado “Mesón Los Molinos”, ubicado en el entorno de la Garganta de Pedro Chate de este municipio, conforme a las siguien-tes condiciones:

1. Entidad adjudicataria: Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera.2. Objeto del Contrato: Explotación de Bar-Cafetería-Restaurante-Terraza. 3. Importe del contrato: 5.500,00 €/ Año más I.V.A. Esta cantidad podrá ser mejorada al alza por los licitadores.4. Duración del contrato: 4 años. 6. Tramitación: Ordinaria.7. Procedimiento: Abierto.8. Criterio de adjudicación: Oferta económicamente más ventajosa.9. Fecha límite de presentación de las ofertas: 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación

de este anuncio. 10. Lugar de presentación de las ofertas: Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. [(Plaza Mayor, 1 - 10.400 (Jaraíz

de la Vera)].11.- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se encuentra a disposición de los interesados en las de-

pendencias del Ayuntamiento.

Jaraíz de la Vera, 21 de octubre de 2013.- EL ALCALDE, Jose Bonifacio Sánchez Cruz.6096

B.O. DE CÁCERES Lunes 28 Octubre 2013 - N.º 208 Página 25

CABEZUELA DE VALLE

Edicto

Intentada sin efecto la notificación de apertura de expediente de baja de oficio del padrón de habitantes de D. FRANCISCO JAVIER ESCASO SILVEREIRO, por infracción del art. 54.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial.

Lugar donde el interesado podrá conocer el contenido íntegro del acto (art. 61 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 27 de 11): AYUNTAMIENTO DE CABEZUELA DEL VALLE. C/. Las Escuelas n.º 15 - Cáceres.

Lo que se notifica mediante su inserción en el tablón de anuncios del municipio de Cabezuela del Valle y su publi-cación en el Boletín Oficial de Cáceres, a los efectos prevenidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber al interesado que frente a este acuerdo puede presentar alegaciones y tomar audiencia y vista del expediente en el plazo de 10 días.

Cabezuela del Valle a 22 de octubre de 2013.- El Sr. alcalde, Fdo.: Julián Pérez Rey.

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CABEZUELA DE VALLE

Edicto

Intentada sin efecto la notificación de apertura de expediente de baja de oficio del padrón de habitantes de D./Dª. ANGEL GARCIA NIETO, por infracción del art. 54.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial.

Lugar donde el interesado podrá conocer el contenido íntegro del acto (art. 61 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 27 de 11): AYUNTAMIENTO DE CABEZUELA DEL VALLE. C/. Las Escuelas n.º 15 - Cáceres.

Lo que se notifica mediante su inserción en el tablón de anuncios del municipio de Cabezuela del Valle y su publi-cación en el Boletín Oficial de Cáceres, a los efectos prevenidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber al interesado que frente a este acuerdo puede presentar alegaciones y tomar audiencia y vista del expediente en el plazo de 10 días.

Cabezuela del Valle a 22 de octubre de 2013.- El Sr. alcalde, Fdo.: Julián Pérez Rey.

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CABEZUELA DE VALLE

Edicto

Intentada sin efecto la notificación de apertura de expediente de baja de oficio del padrón de habitantes de D./Dª. FRANCISCO JAVIER MORENO MARTIN-CALVO, por infracción del art. 54.1 del Reglamento de Población y Demar-cación Territorial.

Lugar donde el interesado podrá conocer el contenido íntegro del acto (art. 61 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 27 de 11): AYUNTAMIENTO DE CABEZUELA DEL VALLE. C/. Las Escuelas n.º 15 - Cáceres.

Lo que se notifica mediante su inserción en el tablón de anuncios del municipio de Cabezuela del Valle y su publi-cación en el Boletín Oficial de Cáceres, a los efectos prevenidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber al interesado que frente a este acuerdo puede presentar alegaciones y tomar audiencia y vista del expediente en el plazo de 10 días.

Cabezuela del Valle a 22 de octubre de 2013.- El Sr. alcalde, Fdo.: Julián Pérez Rey.6130

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 26

CABEZUELA DEL VALLE

Edicto

Intentada sin efecto la notificación de apertura de expediente de baja de oficio del padrón de habitantes de D./Dª. ION MANEA, JOITA MANEA, PAUL MANEA, LILI FLORI MANEA, por infracción del art. 54.1 del Reglamento de Po-blación y Demarcación Territorial.

Lugar donde el interesado podrá conocer el contenido íntegro del acto (art. 61 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 27 de 11): AYUNTAMIENTO DE CABEZUELA DEL VALLE. C/. Las Escuelas n.º 15 - Cáceres.

Lo que se notifica mediante su inserción en el tablón de anuncios del municipio de Cabezuela del Valle y su publi-cación en el Boletín Oficial de Cáceres, a los efectos prevenidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber al interesado que frente a este acuerdo puede presentar alegaciones y tomar audiencia y vista del expediente en el plazo de 10 días.

Cabezuela del Valle a 23 de octubre de 2013.- El Alcalde, Fdo.: Julián Pérez Rey.

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CABEZUELA DEL VALLE

Edicto

En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 27/09/2013, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2013, que se hace público resumido por capítulos:

Presupuesto de gastos

Aplicación presupuestaria Descripción Euros9.629.00 Inversiones Asociadas al funcionamiento operativo 60.0000 € de los servicios.

Presupuesto de ingresos

Concepto Descripción Euros600.01 Venta de solar “Prado del Abuelo” 60.000,00 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Cabezuela del Valle a 24 de octubre de 2013.- El Alcalde, Fdo.: Julián Pérez Rey.6140

B.O. DE CÁCERES Lunes 28 Octubre 2013 - N.º 208 Página 27

GARGANTA LA OLLA

Anuncio

El Pleno del Ayuntamiento de Garganta la Olla, en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de Octubre de 2013, acordó la aprobación inicial del expediente de concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, con el siguiente resumen por capítu-los:

Presupuesto de Gastos

CAPÍTULO DESCRIPCIÓN EUROS1.210.00 infraestructuras , bienes Y alumbrado público 7.528,61 euros1.227.99 eliminación residuos urbanos 5.000 euros1.221.00 energía eléctrica 3.000 euros9.220.00 ordinario no inventariable 17.500 Euros9.221.10 productos de limpieza y aseo 2.600 Euros9.222.01 postales 200 euros9.226.99 FESTEJOS populares 8.500 Euros.

TOTAL GASTOS 47.328,61 Euros

Presupuesto de Ingresos

CAPÍTULO DESCRIPCIÓN EUROS870.00 aplicación para financiación suplemento de

crédito47.328,61 euros

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real De-creto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Garganta la Olla a 18 de Octubre de 2013.- El Alcalde, Casimiro Herrero Gómez.6086

B.O. DE CÁCERESLunes 28 Octubre 2013 - N.º 208Página 28

JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP T-2 NOROESTE DE TORREJÓN DE ARDOZ

NOTIFICACIÓN

Se inserta el presente edicto para hacer constar que la Junta de Compensación del Sector SUNP T-2 NORESTE de Torrejón de Ardoz, ante la imposibilidad de llevar a cabo las oportunas notificaciones en el domicilio señalado por Pinar Playa de Regla, S.L, después de haber efectuado dos intentos al efecto, procede conforme señala el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que dichas notificaciones surtan sus correspondientes efectos.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 181.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, por la presente se re-quiere al propietario que a continuación se indica para el pago de las derramas giradas por la Junta de Compensación del SUNP T-2 “NORESTE” de Torrejón de Ardoz (Madrid) que a día de hoy se encuentran vencidas y pendientes de pago, resultando un saldo deudor a su cargo por los siguientes importes:

- PINAR PLAYA DE REGLA, S.L:Cuota de participación en la Junta de Compensación: 1,5873%Importe 1ª derrama 2013: 16.666,32 € (IVA incluido)

Lugar y forma de pago:El ingreso se realizará en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio

en virtud de lo señalado en el artículo 43 de los Estatutos de la Junta de Compensación.El pago deberá efectuarse en la siguiente cuenta corriente de la Junta de Compensación: Santander Central His-

pano, C/C nº 0049 1893 00 2010293237.La falta de ingreso en dicho periodo voluntario legitimará al Consejo Rector para proceder al requerimiento de la

cuantía adeudada incrementada con el recargo equivalente al 20% anual más el interés legal del dinero aplicable en cada momento incrementado en dos puntos, sobre la base de la deuda y su recargo, tal y como se establece en el citado artículo 43 de los Estatutos de la Junta.

Recursos:Contra los acuerdos de la Asamblea General expresos o por silencio, puede interponerse Recurso de Alzada, en

el plazo de un mes, ante el Excmo. Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, conforme al artículo 46 de los Estatutos de la Junta de Compensación y al 108.3 g) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. La presentación de este recurso no suspende el periodo de ingreso de la deuda, salvo que se presten las garantías que el Consejo Rector considere suficientes.

En Madrid, a 16 de Octubre del 2013.- El Presidente de la Junta de Compensación del SUNP T-2 “Noreste” de Torrejón de Ardoz, D. Miguel Angel Glez. Galván.

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