20110504-03 modulo 01b sistema tributario

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  • Sistema TributarioSistema TributarioDocente: Jos Panta Quiroga

  • Los fallos ms importantes de lasociedad econmica en que vivimos, sonsu imposibilidad para garantizar el plenoempleo y la distribucin injusta yarbitraria de la Renta y la riqueza

    Los fallos ms importantes de lasociedad econmica en que vivimos, sonsu imposibilidad para garantizar el plenoempleo y la distribucin injusta yarbitraria de la Renta y la riquezaJohn Maynard Keynes

    John Maynard Keynes (Cambridge, 5 de junio de 1883 - Firle, 21 de abril de 1946) fue un economista britnico, cuyas ideastuvieron una fuerte repercusin en las teoras econmicas y polticas modernas, as como tambin en las polticas fiscales demuchos gobiernos.

  • Instrumentos de Poltica Econmica El papel del Estado en la economa se plasma a travs de la

    implementacin de una Poltica Econmica, entendida como el conjunto demedios mediante los cuales el gobierno intenta regular o modificar losaspectos de la economa de un Estado, para lograr la consecucin de losobjetivos trazados, que esencialmente son desarrollados a travs de lossiguientes Instrumentos:

    a) La poltica monetaria.b) Poltica Comercial.c) La poltica fiscal

    Escuela Nacional de Control

    El papel del Estado en la economa se plasma a travs de laimplementacin de una Poltica Econmica, entendida como el conjunto demedios mediante los cuales el gobierno intenta regular o modificar losaspectos de la economa de un Estado, para lograr la consecucin de losobjetivos trazados, que esencialmente son desarrollados a travs de lossiguientes Instrumentos:

    a) La poltica monetaria.b) Poltica Comercial.c) La poltica fiscal

  • Objetivos de la Poltica Econmica: Artculo 59.- Rol Econmico del Estado : El Estado estimula lacreacin de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertadde empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertadesno debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridadpblicas. El Estado brinda oportunidades de superacin a lossectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido,promueve las pequeas empresas en todas sus modalidades. Artculo 60.- Pluralismo Econmico: El Estado reconoce elpluralismo econmico. La economa nacional se sustenta en lacoexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

    Escuela Nacional de Control

    Objetivos de la Poltica Econmica: Artculo 59.- Rol Econmico del Estado : El Estado estimula lacreacin de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertadde empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertadesno debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridadpblicas. El Estado brinda oportunidades de superacin a lossectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido,promueve las pequeas empresas en todas sus modalidades. Artculo 60.- Pluralismo Econmico: El Estado reconoce elpluralismo econmico. La economa nacional se sustenta en lacoexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

  • SECTOR FISCAL Comprende la parte del sistema econmico relacionado con la actividad

    estatal. Incluye las operaciones del Gobierno Central, GobiernosRegionales, Empresas Pblicas Gobiernos Locales, entre otros.

    Poltica Fiscal es el conjunto de medidas relativas al rgimen tributario,gasto publico, endeudamiento interno externo del Estado, y a lasoperaciones y situacin financiera de las entidades y organismosautnomos o estatales.

    El anlisis de la posicin fiscal es importante debido a su impacto en elnivel de actividad econmica, no slo por los efectos de la polticatributaria y de gasto, sino por la forma en cmo se financian losdesequlibrios entre ingresos y gastos.

    Escuela Nacional de Control

    Comprende la parte del sistema econmico relacionado con la actividadestatal. Incluye las operaciones del Gobierno Central, GobiernosRegionales, Empresas Pblicas Gobiernos Locales, entre otros.

    Poltica Fiscal es el conjunto de medidas relativas al rgimen tributario,gasto publico, endeudamiento interno externo del Estado, y a lasoperaciones y situacin financiera de las entidades y organismosautnomos o estatales.

    El anlisis de la posicin fiscal es importante debido a su impacto en elnivel de actividad econmica, no slo por los efectos de la polticatributaria y de gasto, sino por la forma en cmo se financian losdesequlibrios entre ingresos y gastos.

  • Poltica Fiscal y Sistema Tributario Parte esencial de la poltica fiscal de

    todo gobierno constituye el sistemaTributario que por tanto forma parte delcomponente econmico de lasrelaciones entre Estado, Sociedad yMercado.

    De ah que el la Poltica Fiscal y dentrode esta el Sistema Tributario debantener una adecuada articulacin con elsistema econmico y social.

    Escuela Nacional de Control

    Parte esencial de la poltica fiscal detodo gobierno constituye el sistemaTributario que por tanto forma parte delcomponente econmico de lasrelaciones entre Estado, Sociedad yMercado.

    De ah que el la Poltica Fiscal y dentrode esta el Sistema Tributario debantener una adecuada articulacin con elsistema econmico y social.

  • POLTICA FISCAL

    Poltica Fiscal Expansiva:

    Gasto Impuestos

    La poltica fiscal es un instrumento de poltica que usa el gobiernopara alcanzar sus objetivos macroeconmicos de crecimientoeconmico.

    Escuela Nacional de Control

    Poltica Fiscal Expansiva:

    Gasto Impuestos Poltica Fiscal Restrictiva

    Gasto Impuestos

  • El profesor Schmoldrs, define al sistematributario como un conjunto ordenado, lgico ycoherente de impuestos, en que cada uno seconsidera parte de un todo armnicamenterelacionado.

    Definicin de Sistema Tributario

    Escuela Nacional de Control

    El profesor Schmoldrs, define al sistematributario como un conjunto ordenado, lgico ycoherente de impuestos, en que cada uno seconsidera parte de un todo armnicamenterelacionado.

    Gnter Schmlders, Sistema y sistemtica impositivos,

  • Elementos del Sistema Tributario Un Sistema Tributario esta conformado no solamente por un conjuntocoherente e integrado de tributos sino tambin, de otros elementos muyimportantes que le dan fuerza y coherencia. Entre estos otros elementos destacan:

    (a) el Cdigo Tributario del pas que recoge el conjuntode definiciones y normas que regulan las relacionesfisco-contribuyente.(b) los acuerdos internacionales.(c) los procesos de gestin tributaria y aduanera.(d) los procesos de recursos tributarios en el mbito judicial.(e) La capacidad de gestin de las administraciones tributariasy aduaneras

    Escuela Nacional de Control

    Un Sistema Tributario esta conformado no solamente por un conjuntocoherente e integrado de tributos sino tambin, de otros elementos muyimportantes que le dan fuerza y coherencia. Entre estos otros elementos destacan:

    (a) el Cdigo Tributario del pas que recoge el conjuntode definiciones y normas que regulan las relacionesfisco-contribuyente.(b) los acuerdos internacionales.(c) los procesos de gestin tributaria y aduanera.(d) los procesos de recursos tributarios en el mbito judicial.(e) La capacidad de gestin de las administraciones tributariasy aduaneras

  • Objetivos del Sistema Tributario En primer lugar, los objetivos de naturalezaeconmica: el pleno empleo, el crecimientoeconmico, el equilibrio econmico exterior,la estabilidad de precios y la redistribucinde la renta. Objetivos propios: Resultantes de lascaractersticas propias de la estructura delos impuestos que conforman el SSTT. Objetivos exgenos: que el SSTT coadyuvaa conseguir actuando como instrumento dela poltica fiscal.(Recaudacin)

    Escuela Nacional de Control

    En primer lugar, los objetivos de naturalezaeconmica: el pleno empleo, el crecimientoeconmico, el equilibrio econmico exterior,la estabilidad de precios y la redistribucinde la renta. Objetivos propios: Resultantes de lascaractersticas propias de la estructura delos impuestos que conforman el SSTT. Objetivos exgenos: que el SSTT coadyuvaa conseguir actuando como instrumento dela poltica fiscal.(Recaudacin)

    CPCC. Fin de Mes

  • Principios del Sistema TributarioNORMA IV: PRINCIPIO DE LEGALIDAD - RESERVA DE LA LEY : Slo por Ley o por Decreto Legislativo, encaso de delegacin, se puede: Crear, modificar y suprimir tributos; sealar el hecho generador de la obligacin tributaria, la base para

    su clculo y la alcuota; el acreedor tributario; el deudor tributario y el agente de retencin o percepcin,sin perjuicio de lo establecido en el Artculo 10;

    Conceder exoneraciones y otros beneficios tributarios; Normar los procedimientos jurisdiccionales, as como los administrativos en cuanto a derechos o

    garantas del deudor tributario; Definir las infracciones y establecer sanciones; Establecer privilegios, preferencias y garantas para la deuda tributaria; y, Normar formas de extincin de la obligacin tributaria distintas a las establecidas en este Cdigo. Los Gob. Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios,

    derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccin y con los lmites que seala la Ley. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economa y Finanzas se regula las tarifas

    arancelarias.

    Escuela Nacional de Control

    NORMA IV: PRINCIPIO DE LEGALIDAD - RESERVA DE LA LEY : Slo por Ley o por Decreto Legislativo, encaso de delegacin, se puede: Crear, modificar y suprimir tributos; sealar el hecho generador de la obligacin tributaria, la base para

    su clculo y la alcuota; el acreedor tributario; el deudor tributario y el agente de retencin o percepcin,sin perjuicio de lo establecido en el Artculo 10;

    Conceder exoneraciones y otros beneficios tributarios; Normar los procedimientos jurisdiccionales, as como los administrativos en cuanto a derechos o

    garantas del deudor tributario; Definir las infracciones y establecer sanciones; Establecer privilegios, preferencias y garantas para la deuda tributaria; y, Normar formas de extincin de la obligacin tributaria distintas a las establecidas en este Cdigo. Los Gob. Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios,

    derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccin y con los lmites que seala la Ley. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economa y Finanzas se regula las tarifas

    arancelarias.

  • Principios Generales de los Sistemas Tributarios

    El principio, que constituye el eje transversal de todos los dems es el deCapacidad Contributiva, cuyo fundamento es el deber de contribuir, base demedida de las prestaciones tributarias y lmite de la carga.

    Dino Jarach, define a la capacidad contributiva como: ...una apreciacinde la riqueza de los contribuyentes y de su aptitud para contribuir a losrecursos del Estado. Este concepto implica dos elementosconstitutivos: la existencia de una riqueza o manifestacin de riqueza,en el aspecto objetivo y una evaluacin de los gobernantes en ejerciciodel poder fiscal, de la correspondiente idoneidad para contribuir alerario pblico

    Escuela Nacional de Control

    El principio, que constituye el eje transversal de todos los dems es el deCapacidad Contributiva, cuyo fundamento es el deber de contribuir, base demedida de las prestaciones tributarias y lmite de la carga.

    Dino Jarach, define a la capacidad contributiva como: ...una apreciacinde la riqueza de los contribuyentes y de su aptitud para contribuir a losrecursos del Estado. Este concepto implica dos elementosconstitutivos: la existencia de una riqueza o manifestacin de riqueza,en el aspecto objetivo y una evaluacin de los gobernantes en ejerciciodel poder fiscal, de la correspondiente idoneidad para contribuir alerario pblico

  • Principio de Generalidad El principio de Generalidad

    positivamente equivale a lacontribucin de todos losadministrados al impuesto, ynegativamente que nadie debequedar exceptuado de la leytributaria, reducindose lasexenciones al mnimo y slo enlos casos de inters pblicoestablecidos en la ley.

    PaganOportunamente

    Escuela Nacional de Control

    El principio de Generalidadpositivamente equivale a lacontribucin de todos losadministrados al impuesto, ynegativamente que nadie debequedar exceptuado de la leytributaria, reducindose lasexenciones al mnimo y slo enlos casos de inters pblicoestablecidos en la ley.

    PaganOportunamente

  • Principio de Simplicidad

    A decir de Stiglitz, este serefiere a que debe ser fcil yrelativamente econmicoadministrar los impuestos,aun considerando que laadministracin tributaria depor s tiene un costo alto porel nivel de especializacin ytecnologa que requiere.

    Escuela Nacional de Control

    A decir de Stiglitz, este serefiere a que debe ser fcil yrelativamente econmicoadministrar los impuestos,aun considerando que laadministracin tributaria depor s tiene un costo alto porel nivel de especializacin ytecnologa que requiere.

    Joseph Eugene Stiglitz (Gary, Indiana, 9 de febrero de 1943) es un economista estadounidense. Ha recibido la Medalla John Bates Clark (1979) y el PremioNobel de Economa (2001

  • Principio de Eficiencia

    Tiene un fuerte contendido econmico ypuede ser entendido como unaasignacin econmica que no puede serreemplazada por otra que mejore lasituacin relativa de algn individuo sinempeorar la de otros. En el mbito tributario: Lo que se buscaes que los impuestos no seandistorsionadores y que por s mismos noinfluyan en las conductas socio-econmicas de los contribuyentes. Sinembargo, como seala el propio Stiglitz,todos los impuestos afectan la conductaeconmica.

    Escuela Nacional de Control

    Tiene un fuerte contendido econmico ypuede ser entendido como unaasignacin econmica que no puede serreemplazada por otra que mejore lasituacin relativa de algn individuo sinempeorar la de otros. En el mbito tributario: Lo que se buscaes que los impuestos no seandistorsionadores y que por s mismos noinfluyan en las conductas socio-econmicas de los contribuyentes. Sinembargo, como seala el propio Stiglitz,todos los impuestos afectan la conductaeconmica.

  • Principio de Equidad Un sistema tributario debe ser justo en su manera de

    tratar a los diferentes individuos. Desde la perspectiva econmica tributaria: Horizontal, quienes estn en situaciones objetivas

    similares reciban un tratamiento similar. Vertical, quien se encuentra en mejores condiciones

    pague ms que quien est en condiciones inferiores,esta guarda relacin con el concepto de progresividad.se califica sobre la base de: mayor capacidad de pago;mayor nivel de bienestar econmico y quien recibemayores prestaciones del estado.

    Escuela Nacional de Control

    Un sistema tributario debe ser justo en su manera detratar a los diferentes individuos.

    Desde la perspectiva econmica tributaria: Horizontal, quienes estn en situaciones objetivas

    similares reciban un tratamiento similar. Vertical, quien se encuentra en mejores condiciones

    pague ms que quien est en condiciones inferiores,esta guarda relacin con el concepto de progresividad.se califica sobre la base de: mayor capacidad de pago;mayor nivel de bienestar econmico y quien recibemayores prestaciones del estado.

  • Principio de Progresividad Este principio guarda relacin con elde proporcionalidad, entendidocomo que el que ms tiene, mspague y el que menos tiene menospague. Este principio implica que a mayorcapacidad contributiva es mayor latarifa del tributo, o que mientrasms grande es la operacin onegocio gravado, la tarifa aplicablepara cuantificar la obligacin esprogresivamente mayor.

    Escuela Nacional de Control

    Este principio guarda relacin con elde proporcionalidad, entendidocomo que el que ms tiene, mspague y el que menos tiene menospague. Este principio implica que a mayorcapacidad contributiva es mayor latarifa del tributo, o que mientrasms grande es la operacin onegocio gravado, la tarifa aplicablepara cuantificar la obligacin esprogresivamente mayor.

  • Antecedentes de los Impuestos A partir del triunfo de la Revolucin francesa, la AsambleaConstituyente, imbuida de ideas fisiocrticas instaur un primer sistematributario, basado en cuatro impuestos directos: la contribucinterritorial (ley de 28 de nov. y 1 de dic. de 1790), que es el impuestoprincipal, y la contribucin personal mobiliaria (ley de 12 de enero y 18de febrero de 1791), el impuesto de las contribuciones industriales (leyde 21-27 marzo de 1791), y el impuesto de las puertas y ventanas

    Estas cuatro contribuciones son conocidas como: las cuatro viejas;es decir, las cuatro viejas contribuciones: Contribution Foncire,Mobilire, Patentes et Portes et Fentres.

    Escuela Nacional de Control

    A partir del triunfo de la Revolucin francesa, la AsambleaConstituyente, imbuida de ideas fisiocrticas instaur un primer sistematributario, basado en cuatro impuestos directos: la contribucinterritorial (ley de 28 de nov. y 1 de dic. de 1790), que es el impuestoprincipal, y la contribucin personal mobiliaria (ley de 12 de enero y 18de febrero de 1791), el impuesto de las contribuciones industriales (leyde 21-27 marzo de 1791), y el impuesto de las puertas y ventanas

    Estas cuatro contribuciones son conocidas como: las cuatro viejas;es decir, las cuatro viejas contribuciones: Contribution Foncire,Mobilire, Patentes et Portes et Fentres.

  • Jos Panta Quiroga Egresado de la Escuela de Doctorado en Contabilidad y Finanzas de

    la Universidad San Martin de Porres. Especialista en AdministracinFinanciera y en el diseo de procedimientos de administracin internapara las entidades pblicas.

    Esta presentacin puede ser utilizada libremente por los particulares.El empleo comercial no est permitido.

    La CGR y el docente, se reservan los derechos de autor de lainformacin presentada en este Mdulo, salvo que se indique locontrario;.

    En caso de consultas sobre su contenido, por favor ponerse encontacto con nosotros:

    E-Mail: jp_consultor @hotmail.comMovil : 975538991 RPM # 412990

    Docente:

    Escuela Nacional de ControlPage 19

    www.contraloria.gob.pe

    Jos Panta Quiroga Egresado de la Escuela de Doctorado en Contabilidad y Finanzas de

    la Universidad San Martin de Porres. Especialista en AdministracinFinanciera y en el diseo de procedimientos de administracin internapara las entidades pblicas.

    Esta presentacin puede ser utilizada libremente por los particulares.El empleo comercial no est permitido.

    La CGR y el docente, se reservan los derechos de autor de lainformacin presentada en este Mdulo, salvo que se indique locontrario;.

    En caso de consultas sobre su contenido, por favor ponerse encontacto con nosotros:

    E-Mail: jp_consultor @hotmail.comMovil : 975538991 RPM # 412990

    LA CONTRALORAGENERAL DE LA REPBLICAEscuela Nacional de Control

    PANTA, Jos2010 Rentas y Catastro Municipal

    [diapositivas]. Lima: Escuela Nacionalde Control. Consulta: Fecha.http://blog.pucp.edu.pe/blog/siaf

    Cite este material como:

    Sistema Tributario Los fallos ms importantes de la sociedad econmica en que vivimos, son su imposibilidad para garantizar el pleno empleo y la distribucin injusta y arbitraria de la Renta y la riqueza Instrumentos de Poltica EconmicaSlide351SECTOR FISCALPoltica Fiscal y Sistema TributarioPOLTICA FISCAL Definicin de Sistema Tributario Elementos del Sistema TributarioObjetivos del Sistema TributarioPrincipios del Sistema TributarioPrincipios Generales de los Sistemas TributariosPrincipio de GeneralidadPrincipio de SimplicidadPrincipio de EficienciaPrincipio de EquidadPrincipio de ProgresividadAntecedentes de los ImpuestosSlide370