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Ayleen Guédez González [email protected] Responsabilidad Civil de las Responsabilidad Civil de las empresas derivadas de empresas derivadas de enfermedades ocupacionales y enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo accidentes de trabajo Caracas Maracaibo Valencia Maturín Puerto La Cruz El Tigre

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Ayleen Gudez Gonzlez [email protected] Civil de las Responsabilidad Civil de las empresas derivadas de empresas derivadas de enfermedades ocupacionales y enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajoaccidentes de trabajoCaracas Maracaibo Valencia Maturn Puerto La Cruz El TigreAyleen Gudez [email protected] Gudez [email protected] DE TRABAJOACCIDENTE DE [email protected] Evans Arria Rengel & PazAccidente de TrabajoAccidente de Trabajo Artculo 69 de la LOPCYMAT. Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesin funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una accin que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasin del trabajo. Sern igualmente accidentes de trabajo: La lesin interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposicin a agentes fsicos, mecnicos, qumicos, biolgicos, psicosociales, condiciones metereolgicas sobrevenidos en las mismas circunstancias. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza anloga, cuando tengan relacin con el trabajo. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronolgica y topogrfica en el recorrido. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasin del desempeo de cargos electivos en organizaciones sindicales, as como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronolgica y topogrfica exigidos en el numeral anterior.Ayleen Gudez [email protected] Gudez [email protected] OCUPACIONALENFERMEDAD [email protected] Evans Arria Rengel & PazEnfermedad OcupacionalEnfermedad Ocupacional Artculo70delaLOPCYMAT.Seentiendeporenfermedad ocupacional,losestadospatolgicoscontradosoagravadoscon ocasin del trabajo o exposicin al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputablesalaaccindeagentesfsicosymecnicos, condicionesdisergonmicas,meteorolgicas,agentesqumicos, biolgicos,factorespsicosocialesyemocionales,quese manifiestenporunalesinorgnica,trastornosenzimticoso bioqumicos,trastornosfuncionalesodesequilibriomental, temporales o permanentes. Sepresumir elcarcterocupacionaldeaquellosestados patolgicosincluidosenlalistadeenfermedadesocupacionales establecidasenlasnormastcnicasdelapresenteLey,ylas queenlosucesivoseaadierenenrevisionesperidicas realizadasporelministerioconcompetenciaenmateriade seguridad y salud en el trabajo conjuntamente con el ministerio con competencia en materia de saludAyleen Gudez [email protected] Gudez [email protected] QU RESPONDER POR QU RESPONDER [email protected] Evans Arria Rengel & PazBase Legal de la Responsabilidad PatronalBase Legal de la Responsabilidad Patronal Ley Orgnica del Trabajo. Ley del Seguro Social Obligatorio. Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo. Cdigo Civil.Ayleen Gudez [email protected] Gudez [email protected] PUEDEN EJERCER QUINES PUEDEN EJERCER ACCIONES LEGALES CONTRA LA ACCIONES LEGALES CONTRA LA EMPRESA Y QUIENES DEBEN EMPRESA Y QUIENES DEBEN INDEMNIZAR A LOS INDEMNIZAR A LOS [email protected] Evans Arria Rengel & PazQuiQuines pueden ejercer acciones legales nes pueden ejercer acciones legales contra la Empresa?contra la Empresa? El trabajador. Sus herederos.QuiQuines deben indemnizar a los nes deben indemnizar a los trabajadorestrabajadores La Tesorera de Seguridad Social. El [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Socialn Social "Encasoqueeltrabajadorquesufri unaccidentede trabajoopadeceunaenfermedadprofesional,estcubierto por el Seguro Social obligatorio, conforme a lo previstoenelartculo2delaLeydelSeguroSocial quien pagar las indemnizaciones debe ser el Instituto VenezolanodelosSegurosSociales,cuya responsabilidadest previstaenelTtuloIII,delas PrestacionesenDineroconcretamenteenlosartculos 9 al 26 eiusdem"Ayleen Gudez [email protected] Gudez [email protected] DE LA TEORA DE LA RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD OBJETIVA O RIESGO OBJETIVA O RIESGO [email protected] Evans Arria Rengel & PazReclamaciones que se pueden interponer Reclamaciones que se pueden interponer contra las empresascontra las empresas Paraquepaguenlasindemnizacionesestablecidasen laLeyOrgnicadelTrabajoensusartculos560y siguientes,quederivandelaresponsabilidadobjetiva del patrono. Paraquepaguenlasindemnizacionesprevistasenel artculo130delaLOPCYMAT,quedevienendel incumplimiento de sus disposiciones legales. Paraquepaguenindemnizacionespordaos materiales y [email protected] Evans Arria Rengel & PazExcepciones a la Responsabilidad PatronalExcepciones a la Responsabilidad PatronalElartculo563delaLeyOrgnicadelTrabajoexcluyela responsabilidad patronal por infortunios de trabajo cuando: Elaccidenteoenfermedadhayasidoproducido intencionalmente por la vctima. Elaccidentesedebiereaunacausaextraanoimputableal trabajo y no concurriere un riesgo especial preexistente. Se trate de trabajadores ocasionales ajenos a la empresa. Se trate de trabajadores a domicilio o miembros de la familia del empleadorquetrabajenexclusivamenteporcuentadestey vivan bajo el mismo techo.Ayleen Gudez [email protected] Gudez [email protected]@traviesoevans.comTravieso Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social de n Social de fecha 17fecha 17--0505--20002000 AplicabilidaddelaTeoradelRiesgoProfesionalpara el establecimiento del dao moral. Hecho ilcito e indemnizacin por dao material. Correccinmonetariadelascantidadescondenadas por concepto de dao moral. CriteriosobjetivosquedebeconsiderarelJuezpara estimar el dao [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social n Social de fecha 17de fecha 17--0505--20002000 Eltrabajadorquesufraunaccidenteoenfermedad profesional, deber demandar las indemnizaciones que le correspondan por ante los Tribunales del Trabajo, ya sea tanto por la responsabilidad objetiva prevista en la LeyOrgnicadelTrabajo,pordaosmateriales tarifadosydaomoral,comoporlaindemnizacin establecidaenlaLOPCYMAT,as comotambin,si lograprobarlosextremosqueconformanelhecho ilcito,laindemnizacinmaterialquesuperalas indemnizaciones antes mencionadas. As se declara.AplicabilidaddelaTeoradelRiesgoProfesionalparael establecimiento del dao [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social n Social de fecha 17de fecha 17--0505--20002000 [d]eprobareltrabajadorelhechoilcitodelpatrono, cuyaindemnizacinreparaintegralmenteeldao material producido, el Juez deber condenar solamente ladiferenciaentrelaindemnizacinqueprocedepor daomaterialtarifadoporlasleyesespecialesylo demandado por dao emergente y lucro cesante.Hecho ilcito e indemnizacin por dao [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social n Social de fecha 17de fecha 17--0505--20002000 La correccin monetaria de los montos que resultaren condenadosapagaraltrabajador,delasiguiente manera:loscorrespondientesalasprestaciones sociales e indemnizaciones por daos materiales, desde la fecha de admisin de la demanda hasta la ejecucin delfallo;yelmontocorrespondientealdaomoral desdelafechadepublicacindelfallohastala ejecucin del mismo.Correccin monetaria de las cantidades condenadas por concepto de dao moral:[email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social n Social de fecha 17de fecha 17--0505--20002000 La entidad (importancia) del dao, tanto fsico como psquico. El grado de culpabilidad del accionado o su participacin en el accidente. La conducta de la vctima. Grado de educacin y cultura del reclamante. Posicin social y econmica del reclamante. Capacidad econmica de la parte accionada. Los posibles atenuantes a favor del responsable. El tipo de retribucin satisfactoria que necesitara la vctima para ocupar una situacin similar a la anterior al accidente. ReferenciaspecuniariasestimadasporelJuez,paratasarlaindemnizacin, que considere equitativa y justa, para el caso concreto.Criterios que debe considerar el juez para estimar el dao moral:[email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social de n Social de fecha 16fecha 16--0303--20062006 AplicabilidaddelaTeoradelRiesgoProfesionalpara el establecimiento del dao moral. Hecho ilcito e indemnizacin por dao material. Distribucin de la carga de la [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social de n Social de fecha 16fecha 16--0303--20062006 Conrelacinaldaomaterial daoemergenteylucro cesante demandandoporlaactora,deconformidadconlos artculos1.185y1.196delCdigoCivil,cabesealarquela procedenciadetalesindemnizaciones lascualesimplican unareparacinadicionalalasindemnizacionesdeorden materialprevistasenlalegislacindeltrabajo tienecomo presupuesto que el dao causado se derive de un hecho ilcito delpatrono.Enefecto,elhechoilcitocomofuentedela obligacin de indemnizar un dao injustamente causado, estconsagradoenelartculo1.185delreferidoCdigo,elcual exige que el dao se derive deunaconductaculposaodolosa del agente, siendo necesario establecer la existencia del dao, lafaltadelagente,ylarelacincausalentreeldao ocasionado y la falta.Hecho ilcito e indemnizacin por dao [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social de n Social de fecha 16fecha 16--0303--20062006 Cuandoeltrabajadoralegaelincumplimientodelas disposicionesdelaLOPCYMAT,afirmaunhechode complejademostracin,asaber,lanorealizacinpor parte del patrono de las conductas positivas necesarias parasatisfacerlosdeberesdeseguridadallestablecidos;porlotanto,auncuandoelpatronose limiteanegarenformaabsolutaqueincurreentales incumplimientos,sinalegarhechosnuevos,tienela carga de probar las conductas positivas que excluyen el hecho alegado por el trabajador.Carga de la [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social de n Social de fecha 02fecha 02--0303--20062006 AplicabilidaddellaTeoradelRiesgoProfesional para el establecimiento del dao moral. Hecho ilcito e indemnizacin por dao material. Riesgoespecial,descartalaeximentede responsabilidaddelartculo563delaLOTan cuando el accidente fuera producido por un tercero. [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social de n Social de fecha 02fecha 02--0303--20062006 Alevidenciarselaexistenciadeunriesgoespecialqueda descartadalaaplicacindelaeximentedelaresponsabilidad objetiva completada en el artculo 563 de la LOT, en el caso bajo anlisis existi manifiestamente la materializacin de un riesgo especialquedebeserasumidoporelempleador,elcualse configur enlacircunstanciadehabrseleordenadoal trabajador que se trasladara a una arteria vial de gran trnsito vehicular,conelfindecambiarlamercancadeunchutopara otroyresguardarlaunidadaccidentada,exponindoloa contrarrestar las vicisitudes que ello implica. Riesgo especial, descarta la eximente de responsabilidad del artculo 563delaLOTancuandoelaccidentefueraproducidoporun [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Social de n Social de fecha 02fecha 02--0303--20062006 Envirtuddeello,alevidenciarselaexistenciadeun riesgoespecialquedadescartadadelaeximentedela responsabilidadobjetivacontempladaenelartculo 563delaLOT,invocadaporelJuzgadordeAlzaday por tanto resulta procedente la indemnizacin tarifada poraccidentedetrabajoprevistaenelartculo567 ejusdem. Riesgo especial, descarta la eximente de responsabilidad del artculo 563 de la LOT an cuando el accidente fuera producido por un tercero.Ayleen Gudez [email protected] Gudez [email protected] RESPONSABILIDAD SOLIDARIA CON LAS SOLIDARIA CON LAS EMPRESAS CONTRATISTASEMPRESAS [email protected] Evans Arria Rengel & PazSentencia de la Sala de CasaciSentencia de la Sala de Casacin Socialn Socialde fecha 01de fecha 01--0808--20062006 "(...)est concebidoenelartculo55delaLeySustantiva Laboral, cuando seala que, el contratista es responsable frente a los trabajadores por l contratados, pudiendo el beneficiario de la obra, responder solidariamente de las obligaciones contradas porsteantelostrabajadoresqueelcontratistahaya contratado, cuando la obra ejecutada sea inherente o conexa con la actividad desarrollada por el dueo de la obra beneficiario del servicio. Dicharesponsabilidaddebeextendersealadelcontratante, auncuandolanormanolodigaexpresamente,pues,porel simplehechodequelostrabajadoresdelacontratistacumplan consusobligacionesdentrodellugardelaexplotacindel principal, existe la obligacin del dueo o beneficiario de la obra de velar por la seguridad del trabajo, circunstancia que extiende su responsabilidad a los accidentes sufridos por los trabajadores del contratista."Ayleen Gudez [email protected] Gudez [email protected] DE LA PRUEBACARGA DE LA [email protected] Evans Arria Rengel & PazCarga de la pruebaCarga de la pruebaEl dao.La relacin de causalidad.Qu debe probar la parte demandada?Qu debe probar el actor? Alguna causa eximente de la responsabilidad.El cumplimiento de las obligaciones patronales establecidas en la Ley.Ayleen Gudez [email protected] Gudez [email protected] DE LA PRESCRIPCIN DE LA [email protected] Evans Arria Rengel & PazPrescripciPrescripcin de la accin de la accinn LosTrabajadoresaccidentadososuscausahabientes podrndentrodeloscinco(05)aoscontadosapartir de la fecha de la terminacin de la relacin de trabajo, odelacertificacindelorigenocupacionaldel accidenteodelaenfermedadporpartelaautoridad competente,ejerceraccionescontralosempleadores por accidentes o enfermedades ocupacionales.La PrescripcinArtculo 8 de la LOPCYMATAyleen Guedez [email protected] Civil de las Responsabilidad Civil de las Empresas derivadas de Empresas derivadas de Enfermedades Ocupacionales y Enfermedades Ocupacionales y Accidentes de TrabajoAccidentes de TrabajoCaracas Maracaibo Valencia Maturn Puerto La Cruz El Tigre