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39 TEMA 2. CONCEPTOS BÁSICOS DE PRL LA AUDITORÍA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ÁREA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES P_AUDI_5_1 I. INTRODUCCIÓN Las auditorías son revisiones específicas de un sistema o de una parte de él, por lo tanto, es necesario profundizar en el concepto de Sistema de Gestión y de Sistema de Gestión de la Prevención para realizar la auditoría de forma correcta. II. OBJETIVOS Conocer qué se entiende por un Sistema de Gestión de la Prevención y en concreto por uno de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. Proporcionar una visión global de las interrelaciones entre distintos Sistema de gestión (Calidad, Medioambiente y Prevención). III. CONCEPTO DE SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN Una vez descrito, con anterioridad, el concepto y la exigencia legal de Auditoría en la Legislación de Prevención de Riesgos Laborales, sabemos el ¿por qué?, por una simple exigencia legal. Ahora, llega el momento de plantearse ¿para qué las empresas han de someter sus sistema de Prevención al control de una auditoría o evaluación externa? ¿Qué pretende el legislador al trasladar esta exigencia a las empresas?, trataremos de responder a lo largo de este apartado. Lo primero que debemos establecer es la correlación entre la auditoría y lo que pretendemos auditar, es decir el sistema de gestión, en el bien entendido de que el sistema de gestión es una simple herramienta para alcanzar un fin y nunca debe convertirse en un fin en sí mismo. Para que esto no ocurra debemos aclarar cuales son los objetivos de cada uno de ellos: Si el objetivo del sistema de prevención es garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables a la empresa, el objetivo de la auditoría es verificar, por parte de alguien ajeno a la empresa y de la forma más rápida y objetiva, que el sistema a auditar garantiza la integración eficaz y efectiva de la prevención en la empresa.

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TEMA 2. CONCEPTOS BÁSICOS DE PRL

LA AUDITORÍA DE LA PREVENCIÓN DE

RIESGOS LABORALES

ÁREA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

P_AUDI_5_1

I. INTRODUCCIÓN

Las auditorías son revisiones específicas de un sistema o de una parte de él, por lo tanto, es necesario profundizar en el concepto de Sistema de Gestión y de Sistema de Gestión de la Prevención para realizar la auditoría de forma correcta.

II. OBJETIVOS

� Conocer qué se entiende por un Sistema de Gestión de la Prevención y en concreto por uno de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales.

� Proporcionar una visión global de las interrelaciones entre distintos Sistema de gestión (Calidad, Medioambiente y Prevención).

III. CONCEPTO DE SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Una vez descrito, con anterioridad, el concepto y la exigencia legal de Auditoría en la Legislación de Prevención de Riesgos Laborales, sabemos el ¿por qué?, por una simple exigencia legal. Ahora, llega el momento de plantearse ¿para qué las empresas han de someter sus sistema de Prevención al control de una auditoría o evaluación externa? ¿Qué pretende el legislador al trasladar esta exigencia a las empresas?, trataremos de responder a lo largo de este apartado.

Lo primero que debemos establecer es la correlación entre la auditoría y lo que pretendemos auditar, es decir el sistema de gestión, en el bien entendido de que el sistema de gestión es una simple herramienta para alcanzar un fin y nunca debe convertirse en un fin en sí mismo. Para que esto no ocurra debemos aclarar cuales son los objetivos de cada uno de ellos:

Si el objetivo del sistema de prevención es garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables a la empresa, el objetivo de la auditoría es verificar, por parte de alguien ajeno a la empresa y de la forma más rápida y objetiva, que el sistema a auditar garantiza la integración eficaz y efectiva de la prevención en la empresa.

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TEMA 2. CONCEPTOS BÁSICOS DE PRL

Una vez descrito su objetivo, definir el sistema consistirá en definir la metodología que la empresa necesita para alcanzar dicho objetivo y que éste perdure en el tiempo.

Desde la promulgación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, hasta su reforma, mediante la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, así como el R.D. 604/2006 de 19 de mayo, por el que se modifica el R.D. 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención, existía la obligación de realizar la auditoría al sistema de gestión de la Prevención que la empresa hubiera definido, pero la legislación no definía claramente en qué consistía ese sistema.

Este hecho generaba una lógica confusión, por parte de los empresarios, al desconocer los términos en la empresa se sometería a una revisión externa, ante lo cual las empresas se dirigían fundamentalmente a la legislación vigente y aplicable en su caso.

La parte positiva de esta etapa y su indefinición del “objeto a auditar”, es decir del sistema de gestión, fue que dejaba como único referente a seguir, para superar la auditoría con éxito, las obligaciones legales aplicables; reforzando involuntariamente la importancia de que el sistema no debe ser un fin en sí mismo, sino que el verdadero fin es el cumplimiento eficaz de la legislación preventiva.

Un repaso de la ley de Prevención de Riesgos Laborales nos permite establecer dos grandes tipos de obligaciones para la empresa:

� Obligaciones de carácter universal.

� Obligaciones de carácter específico.

La obligación general queda recogida en la normativa mediante el reconocimiento del derecho que tienen los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud. Este derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las administraciones públicas respecto del personal a su servicio.

Las obligaciones de carácter general corresponden a actuaciones concretas de los empresarios en materia de prevención de riesgos laborales frente a un riesgo, un factor de riesgo, una situación

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determinada, etc. Haciendo un extracto de los mismos podemos enumerarlos así:

� Plan de Prevención.

� Evaluación de los Riesgos.

� Organización de la Prevención.

� Planificación de la Prevención.

� Vigilancia de la Salud.

� Registro de la Documentación.

� Participación de los trabajadores.

� Información y Formación.

� Colectivos específicos (trabajadores sensibles, mujeres en situación de maternidad, protección de menores, trabajadores temporales y trabajadores de empresas de trabajo temporal).

� Medidas de emergencia (incluidos riesgos graves e inminentes).

� Coordinación de actividades empresariales.

Además de estas obligaciones generales, pueden enumerarse otras obligaciones contenidas en otras normas legislativas específicas existentes en materia de Prevención de Riesgos Laborales y que afectan principalmente a:

� Lugares de trabajo.

� Equipos de trabajo.

� Manipulación manual de cargas.

� Pantallas de visualización de Datos.

� Señalización de seguridad.

� Equipos de protección individual.

� Exposición al ruido.

� Exposición a radiaciones ionizantes.

� Exposición al plomo.

� Exposición al amianto.

� Exposición al cloruro de vinilo.

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� Exposición a agentes biológicos.

� Exposición a agentes cancerígenos, etc.

La parte negativa fue el no alcanzar la integración eficaz de la prevención en las empresas, sino que por el contrario, la prevención consistía en un mero formalismo. Por ello, en la reforma y con el claro objetivo de alcanzar la integración de la prevención, aparece el concepto de “plan de prevención”, el cual constituye el núcleo básico de lo que conocemos como sistemas de gestión de la prevención y que deberá definir:

� Estructura organizativa.

� Responsabilidades y funciones.

� Prácticas, procedimientos y procesos.

Recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa.

Imagen 1. Obligaciones de la empresa.

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IV. SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

Las normas OHSAS 18001 definen Sistema de gestión de la Seguridad y Salud como parte del sistema de gestión global de la organización que facilita la gestión de los riesgos de seguridad y salud en el trabajo, asociados con la actividad de la organización. Incluye la estructura organizativa, la planificación de actividades, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para desarrollar, implementar, alcanzar, revisar y mantener la política de seguridad y salud en el trabajo de la organización.

Un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales (S.G.P.R.L. en adelante) se puede definir, por tanto, como un conjunto de recursos y procedimientos que interactúan de forma organizada, cualquiera que sea el nivel de complejidad de la organización, para conseguir un determinado objetivo o realizar un determinado trabajo, en este caso la Prevención de Riesgos Laborales.

El S.G.P.R.L. es un mecanismo para lograr la mejora continua, un instrumento para alcanzar, por parte de la organización, el nivel de actuación preventiva que ella misma se ha fijado.

Las funciones básicas que deben estar presentes en todo Sistema de Gestión pasan por:

� La planificación (política, objetivos, programas, plazos, previsiones, etc.).

� Organización (estructuras, funciones, responsabilidades, etc.).

Sistema de Gestión de la Prevención de

Riesgos Laborales

(OHSAS 18000) 81900)

“Parte del sistema de gestión global que facilita la gestión de los riesgos SOS asociados a los negocios de la organización. Esto incluye la estructura orgánica, las actividades de planificación, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para desarrollar, implementar, alcanzar, revisar y mantener la política de seguridad y salud en el trabajo de la organización”.

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� Implantación (herramientas, procedimientos, instrucciones operativas, etc.).

� Control y mejora (auditorías, evaluaciones, inspecciones, etc.).

El establecimiento de cualquier Sistema de Gestión debe pasar básicamente por cuatro etapas:

� DIAGNÓSTICO o revisión inicial de la situación de la empresa (sistemas de gestión de la calidad o medioambiente ya implantados, organización de la prevención, medios dedicados, etc.)

� DISEÑO del Sistema de Gestión (política, responsabilidades, procedimientos, etc.)

� IMPLANTACIÓN del Sistema (prueba piloto e implantación definitiva).

� VERIFICACIÓN Y CONTROL del Sistema (auditorías internas y externas).

Según el punto donde se encuentre el establecimiento del Sistema de Gestión puede hablarse de una actuación:

� Estratégica: Predomina la planificación del nuevo modelo tras haber hecho la revisión inicial del sistema.

� Ejecutiva: Se da prioridad a la fase de implantación de procedimientos.

� Directiva: El Sistema funciona por sí mismo, sólo hay que mantener los pertinentes mecanismos de control y verificación.

1ª Etapa: diagnóstico de la situación.

En esta primera etapa se debe tener presente la posición actual de la organización respecto de la seguridad y salud en el trabajo. Para ello se deben utilizar diversas herramientas como listas de chequeo, entrevistas con los responsables, etc. Debe cubrir el diagnóstico o revisión inicial cuatro aspectos:

� Requisitos legislativos y reglamentarios que le son de aplicación y su grado de cumplimiento.

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� Grado de validez de las evaluaciones de riesgo realizadas.

� Prácticas y procedimientos existentes de prevención de riesgos.

� Valoración del aprovechamiento de la investigación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales ocurridas.

Además, deben examinarse distintas áreas siguiendo la siguiente lista no cerrada:

� Las áreas en las que se puede mejorar la prevención.

Objetivos y metas preventivas.

� Información y formación sobre temas de seguridad.

� Políticas de adquisición de compras y construcción de locales nuevos, instalaciones, equipos, etc.

� Planificación ante posibles situaciones de emergencia con anterioridad.

� La vigilancia y control de la salud de los trabajadores.

� Coordinación de actividades cuando en un mismo centro de trabajo se desarrollen actividades dos o más empresas.

Diagnóstico de la situación

Evaluaciones de Riesgo

Requisitos legales

Procedimientos de Prevención

Investigación de accidentes

Figura 1. Diagnóstico de la situación.

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� Protección de trabajadores especialmente sensibles.

� Relación con trabajadores temporales.

Una vez examinadas todas las áreas de la organización, puede pasarse a la siguiente fase de diseño del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales.

2ª Etapa: diseño del sistema de gestión de la prevención.

El diseño del Sistema debe plasmarse en un documento escrito que es conocido como el Manual de Seguridad. Este Manual de Seguridad está compuesto por cuatros apartados:

� Introducción del Manual.

� Procedimientos.

� Instrucciones operativas.

� Registros.

Estos cuatro apartados se desarrollan de la siguiente forma:

Introducción del Manual

Es el documento básico que describe el S.G.P.R.L. adoptado por la organización. Debe actualizarse a lo largo del tiempo, de acuerdo con la evolución tecnológica, los cambios de la organización y la generación de nuevos riesgos. Debe contener al menos los siguientes apartados:

� Objeto del manual: Se especifica la finalidad del documento escrito, cuáles son sus partes y los medios que se han utilizado para realizarlo, así como las fechas de inicio del manual, las revisiones realizadas a lo largo del tiempo y cualquier otro dato

Figura 2. Apartados del Manual de Seguridad.

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que sea de utilidad para el normal funcionamiento del propio sistema.

� Información general de la organización: información sobre el número de centros de trabajo, su localización geográfica, la distribución de las áreas en cada centro, los locales e instalaciones especiales, los medios materiales y humanos, etc.

� Política de Prevención de Riesgos Laborales: es el documento de compromiso que debe ser firmado por el máximo representante de la empresa, en el que se enuncian las directrices y estrategias que se quieren seguir en materia de prevención de riesgos laborales.

La Dirección debe definir y documentar su política asegurándose de que:

� Sea emitida por el nivel más alto de la organización.

� Reconozca que la prevención de riesgos laborales es parte integrante de la gestión de la organización.

� Sea la adecuada en razón de su actividad y tamaño.

� Incluya un compromiso de alcanzar un alto nivel de seguridad y salud en el trabajo, cumpliendo como mínimo la legislación vigente.

� Debe reconocer que la Prevención de

Política de Prevención

ManualPrevención de

Riesgos LaboralesPolítica

Política de Prevención

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Riesgos Laborales, como la calidad, se basa en el principio de mejora continua.

� Establezca que la seguridad y salud en el trabajo debe ser integrada en toda la organización, es decir, la responsabilidad en la gestión de la prevención de riesgos laborales incumbe a toda la organización, desde la dirección general al trabajador con menor cualificación profesional.

� Sea conocida, comprendida, desarrollada y mantenida al día por todos los niveles de la organización.

� Garantice la participación y la información de todos los trabajadores de la organización, así como el derecho a que estos sean consultados a fin de conseguir la mejora continua del sistema de gestión de la prevención.

� Asuma la adopción y difusión a toda la organización de los objetivos de la política implantada.

� Garantice al trabajador la adecuada formación teórica y práctica que permita el desarrollo de la misma.

� Sea actualizada periódicamente de acuerdo a su adaptación al progreso técnico y permita la realización de auditorías sistemáticas tanto internas como externas que verifiquen el cumplimiento con la política preventiva.

Organigrama funcional: en este apartado debe especificarse el organigrama de la empresa, los distintos departamentos existentes, las diferentes dependencias funcionales y jerárquicas, los componentes de los departamentos, etc. Un ejemplo que puede servir de referencia es el siguiente:

Seguridad

Mantenimiento Explotación Comercial Recursos industriales

Director

Figura 3. Organigrama de la empresa.

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Responsabilidades de la dirección: en este sentido se hace necesario definir documentalmente las responsabilidades del personal que gestiona el Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. Para ello es preceptivo fijar claramente la necesidad de:

� Procurar los medios materiales y humanos necesarios para la implantación del sistema.

� Llevar adelante acciones cuyo fin sea asegurar la puesta en práctica de lo contenido en la política.

� Establecer los objetivos y las estrategias del Sistema de Gestión de la Prevención.

� Coordinar o hacer coordinar la planificación y los programas de la acción preventiva.

� Determinar las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia.

� Actuar en situaciones de emergencia estableciendo los planes correspondientes.

� Establecer las medidas de orden interno necesarias para garantizar la satisfacción de los objetivos del propio Sistema.

� Designar un miembro del equipo directivo, con la suficiente autoridad, para asegurar que se cumplen y se revisan periódicamente los requisitos establecidos en las normas.

Interrelaciones con otros Sistemas de Gestión ya implantados: Los Sistemas de Calidad y Medioambiente tienen procedimientos, instrucciones y elementos comunes que pueden ser aprovechados por el Sistema de Gestión de la Prevención. Con ello se puede conseguir una reducción de la burocracia y una mayor agilidad de los registros.

Procedimientos

Los procedimientos describen las distintas actividades que se especifican en el Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, diciendo qué hay que hacer, quién es el responsable de hacerlo y qué registros hay que cumplimentar para evidenciar lo realizado.

Estos procedimientos deben definir, de forma general, lo siguiente:

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� Quién es el responsable. Debe identificarse el nombre o posición de aquéllos que tienen la responsabilidad de llevar a cabo el trabajo, dando el necesario detalle para apoyar las declaraciones organizativas generales.

� De qué. Los procedimientos deberán identificar qué ha de hacerse y explicar cómo ha de hacerse. Esto puede suponer la aplicación de procedimientos específicos y el uso de documentos concretos y equipos.

� Cuándo. Los procedimientos deben especificar cuándo ha de llevarse a cabo el trabajo. Puede ser periódicamente o solamente cuando se realicen tareas o trabajos particulares.

� Con qué resultado esperado. Deben los procedimientos especificar los resultados esperados, pudiéndose especificar cómo se responsabilizan los trabajadores en materia de seguridad y salud.

La forma que deben revestir los procedimientos debe establecerse en un primer procedimiento de elaboración de procedimientos, es decir, el primer paso de elaboración de procedimientos es establecer los criterios que van a seguir el resto de procedimientos e instrucciones operativas.

Normalmente los contenidos de los procedimientos son los siguientes:

� Objeto: es el para qué del procedimiento. Un ejemplo es el siguiente: “El objeto del siguiente procedimiento es establecer la sistemática para realizar la Evaluación de riesgos”.

� Alcance: el alcance del procedimiento se refiere a los límites del mismo, es decir, dónde se va a aplicar. Por ejemplo: “El procedimiento es aplicable a todos y cada uno de los puestos de soldadura del centro de trabajo X”

� Documentos de referencia: utilizados para la realización del procedimiento, como Guías del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Reales Decretos, etc.

� General: se refiere al establecimiento de definiciones, responsabilidades, equipos de actuación, etc.

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� Realización: hace referencia al método que se va a seguir en la realización, es decir, qué se va a hacer, la sistemática de actuación.

� Anexos: en los que se incluye toda la documentación de referencia, diagramas, modelos, etc.

Los procedimientos básicos que deben estar presentes en el Sistema de Gestión de la Prevención para cumplir con los requisitos contenidos en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y en otras normas (OHSAS) son los siguientes:

� Procedimiento de realización de procedimientos.

� Procedimiento de organización de la prevención de riesgos laborales.

� Procedimiento de evaluación y control de los riesgos laborales.

� Procedimiento de Planificación de la prevención.

� Procedimiento de planificación de objetivos y metas.

� Procedimiento de control de equipos e instalaciones críticas.

� Procedimiento de control de riesgos higiénicos.

� Procedimiento de formación y entrenamiento de los trabajadores.

� Procedimiento de información y participación de trabajadores en la prevención de riesgos laborales.

� Procedimiento de control de la realización de compras, contratas, subcontratas y trabajo temporal.

� Procedimiento de control de riesgos en nuevas instalaciones.

� Procedimiento de investigación de sucesos, accidentes e incidentes.

� Procedimiento de inspecciones de seguridad.

� Procedimiento de vigilancia de la salud.

� Procedimiento de Planificación de emergencias.

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� Procedimiento de protección de trabajadores especialmente sensibles.

� Procedimiento de auditorías internas y externas del sistema.

3ª Etapa: implantación del sistema de gestión de la prevención.

Esta es la fase crucial que permitirá conocer si el sistema va a ser capaz de cumplir sus objetivos o si se va a convertir en una simple tarea burocrática. La implantación, en gran medida, dependerá de las fases anteriores, pues tanto un buen diagnóstico de la situación como un buen diseño del sistema, van a facilitar enormemente la implantación del mismo.

Una de las normas fundamentales para que la implantación del sistema de la prevención sea eficaz es que la dirección asuma y transmita la política de prevención que se ha propuesto, de tal manera que la máxima dirección sea el motor principal, siendo las líneas de mando correas de transmisión. En este sentido, la dirección no debe dilatar en el tiempo las soluciones a los posibles problemas de seguridad, demostrando en todo momento el compromiso con la Prevención de Riesgos Laborales.

El desarrollo e implantación del sistema se debe apoyar en los siguientes principios:

� Principio ético: la necesidad moral de protección de las personas, materiales y medio ambiente.

� Principio de la seguridad integrada: la seguridad se asume en todos los niveles de la organización.

� Principio de participación: no es posible el logro de una mayor seguridad sin la participación activa de todo el personal.

� Principio de reconocimiento: la dirección debe reconocer la labor en prevención de sus empleados.

� Principio de la comunicación: es necesario la habilitación de canales de comunicación para recibir toda la información en materia de seguridad.

En la fase de implantación del sistema de Prevención se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

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� Reacción al cambio: las personas aceptan mejor los cambios cuando son presentados en pequeñas cuantías y son asumibles. Debe combatirse esta reacción a través de la información y la participación del personal.

� Refuerzo de la conducta positiva: las conductas con efectos beneficiosos tienden a perdurar con mayor facilidad.

� Interés mutuo: los proyectos que mejor salen adelante son aquellos en los que se hacen coincidir los intereses de la empresa con los de los trabajadores.

� El ejemplo del liderazgo: las personas tienden a imitar a sus líderes teniendo un efecto multiplicador las buenas conductas de los directivos en materia de seguridad.

� El punto de acción: es necesaria la colaboración de los mandos intermedios y supervisores de primera línea (en el punto de acción). De su entusiasmo por la seguridad dependerán los resultados.

� Causas básicas: la solución de problemas de seguridad es más efectiva cuando se actúa sobre las causas básicas y no sólo sobre las inmediatas.

� La ley de los pocos críticos: la mayoría de los efectos o accidentes son producidos por un número de causas relativamente pequeño. Actuando sobre esos críticos se consigue una reducción significativa de los problemas de seguridad.

� El defensor clave: es más fácil persuadir a un grupo cuando el más influyente del mismo ha sido convencido del proyecto.

� Compromiso mínimo: es más fácil la aceptación y el compromiso para una parte del plan que para el proyecto completo.

� Integración del sistema: es más fácil la aceptación de un sistema que incorpore elementos del sistema anterior o de otros sistemas ya implantados.

Toda implantación de un sistema de gestión, en este caso de Prevención de Riesgos Laborales, debe iniciarse con una prueba piloto que permita conocer cuáles son los principales problemas de gestión, recursos, comunicación, etc. y tomar las medidas necesarias para

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permitir que el sistema sea capaz de cumplir con sus objetivos propuestos.

Una vez valorada positivamente la prueba piloto, el sistema debe extenderse a la totalidad de la organización necesitando a partir de entonces de una verificación y un control del mismo.

4ª Etapa: verificación y control del sistema de prevención.

Una vez realizada la Implantación del Sistema de Gestión es necesario someterlo periódicamente al control de una auditoría o evaluación. Estos controles pueden ser de carácter interno o externo cuando sean llevados a cabo por personal de la organización o por personal de profesionales contratados para ello. En todo caso, la legislación española establece la necesidad de someter el Sistema a Auditoría externa cada cuatro años y realizada por entidades o personas debidamente acreditadas ante la Autoridad Laboral.

Estas verificaciones periódicas permiten conocer puntos débiles donde implantar nuevas medidas o mejorar las ya existentes, permiten asegurar la mejora continua y establecen la eficacia del sistema para alcanzar los objetivos propuestos.

V. SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN: CALIDAD, MEDIOAMBIENTE Y PREVENCIÓN

El desarrollo económico y social de las empresas ha generado nuevas inquietudes que se han traducido en la satisfacción del cliente externo, del cliente interno y de la sociedad. Estas inquietudes se han traducido en funciones asumidas por las empresas relacionadas con la calidad, con el medioambiente y con la prevención de riesgos laborales.

Los gerentes de las empresas, tanto en Europa como en Estados Unidos, se han dado cuenta de que el progreso real se consigue únicamente mediante sistemas de gestión efectivos y eficientes. Esta gestión no se puede llevar a cabo si los tres sistemas

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correspondientes a la calidad, el medioambiente y la prevención de riesgos laborales se estructuran sobre bases diferentes.

Por ello los sistemas de gestión tienen o debieran tener una serie de denominadores comunes que pueden resumirse en los siguientes puntos:

� Tienen un objetivo común en cuanto que los tres aumentan los beneficios de la cuenta de resultados al reducir las pérdidas que por la deficiente gestión se producen.

� El gestor o representante de cada una de las tres funciones (calidad, medioambiente y prevención) debe mantener su independencia con las funciones de producción, ventas, administración y mantenimiento.

� Son funciones “Staff” o de asesoramiento sin mando jerárquico.

� Muchos elementos, subelementos o componentes de los tres sistemas son equivalentes. Esta semejanza hace posible la elaboración de procedimientos comunes que son válidos tanto para la calidad como para el medioambiente o la prevención de riesgos laborales. Los elementos comunes pueden ser:

- Política y liderazgo de la dirección.

- Organización.

- Objetivos y programas.

- Formación y entrenamiento.

- Comunicación.

- Control de compras.

- Auditorías.

- Supervisión.

- Procedimientos.

- Registros.

- Costes.

- Revisión periódica.

� Los índices que se utilizan para tener datos de la eficacia del sistema pueden ser válidos para los tres sistemas, por ejemplo:

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- Índice de frecuencia de no conformidades (o accidentes-incidentes).

- Índice de pérdidas.

- Índice de formación.

- Índice de implantación de acciones correctoras.

- Índice de cumplimiento de objetivos.

� Los tres sistemas repercuten en la mejora general de la gestión de una empresa, imprimiendo un funcionamiento más homogéneo y coherente, lo que redunda en una mayor competitividad.

� Los tres sistemas mejoran la imagen de la empresa tanto externa como internamente, lo que facilita el incremento de la comercialización de sus productos.

Lo importante es que los tres sistemas de gestión estén soportados por un sistema integrado capaz de administrar de una forma homogénea y coherente. Debe permitir el control de los riesgos en todas las actividades de la empresa, así como la auto-revisión y la mejora continua.

VI. SINOPSIS

� La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligación de someter el Sistema de Gestión de la prevención al control de una auditoría o evaluación externa.

� Ese Sistema de Gestión debe entenderse como aquel que permita cumplir con las obligaciones contenidas en toda la Legislación general y específica de Prevención de Riesgos Laborales.

� Las OHSAS 18001 definen el Sistema de Gestión de la Prevención como la parte del sistema general de gestión de la organización que define la política de prevención, y que incluye la estructura organizativa, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para llevar a cabo dicha política.

� Además, dicha norma nos proporciona elementos y contenidos básicos para desarrollar el Sistema de Gestión de la Prevención.

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� Los Sistemas de Gestión de la Prevención deben realizarse en cuatro fases:

- Diagnóstico.

- Diseño.

- Implantación.

- Control y Verificación.

� Los Sistemas de Gestión de la Prevención contienen una gran cantidad de elementos en común con otros Sistemas de Gestión, como pueden ser los de Calidad o de Medioambiente.