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SESION INFORMATIVA

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

11 de Octubre del 2011

Delegación Central de Grandes Contribuyentes

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PROGRAMA

A) Proyecto de Real Decreto de modificaciones de obliga ciones formales.

B) Proyecto de Orden que regulan el ámbito de aplica ción, condiciones y procedimiento para el señalamiento de los días en los que la AEAT no podrá poner a disposición de los obligados tributarios notificaciones en la DEH

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

tributarios notificaciones en la DEH

C) Principales novedades tributarias introducidas p or el Real Decreto-ley 9/2011, en materia de IVA y del IS.

D) Proyecto por la que se procede a la modificació n de las Ordenes por la que se aprueban los modelo 347, 340 , 322 y 353.

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PROYECTO DE REAL DECRETOPROYECTO DE REAL DECRETO

DE MODIFICACIÓN DE DE MODIFICACIÓN DE

OBLIGACIONES FORMALESOBLIGACIONES FORMALES

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

OBLIGACIONES FORMALESOBLIGACIONES FORMALES

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MODIFICACIÓN RGAT. MODELO 347.OBJETIVOS DE LA NUEVA REGULACIÓN :

1. Eliminar la dualidad de presentación de los modelos 340 y 347.2. Adecuar el modelo 347 a la obligación de practicar liquidaciones

trimestrales del IVA .

PRINCIPALES NOVEDADES :� Suministro de información : trimestralizada.

Se presentará una única declaración anual en la que la información

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

Se presentará una única declaración anual en la que la informaciónse proporcionará desglosada trimestralmente.

� Plazo de presentación : mes de febrero (proyecto orden ministerial).Las declaraciones correspondientes al ejercicio 2011 se presentaránya durante el mes de febrero de 2012.

� Imputación temporal : en el período en el que deban anotarse lasoperaciones en los libros registro del IVA.

Se mantiene la cifra de 3.005,06/300,51 euros anuales comoimporte a partir del cual deben declararse las operaciones.

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PRINCIPALES NOVEDADES :

1. Se pospone hasta 2014 (declaraciones a presentar en 2015)la entrada en vigor de la presentación obligatoria de estemodelo para los obligados tributarios no inscritos en el registrode devolución mensual del IVA(REDEME).

MODIFICACIÓN RGAT. MODELO 340.

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

2. Los obligados a presentar este modelo no deberánpresentar el modelo 347 en ningún caso : se elimina el “mini347”( Declaración del 347/2012 que se presenta en el 2013).

3. Se amplía la información a suministrar en este modelo ,para incluir las operaciones, distintas de las contenidas en losLibros registro, que antes debían declararse en el 347.

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� Devoluciones tributarias : Las devoluciones tributarias se realizaránen la cuenta bancaria que el obligado tributario o su representantelegal indiquen como de su titularidad .

Objetivo: Adaptar la normativa de devoluciones tributarias a la Ley deServicios de Pago , por la que las entidades bancarias no estánobligadas a verificar la titularidad de la cuenta en la que se ordena la

OTRAS MODIFICACIONES RGAT

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

obligadas a verificar la titularidad de la cuenta en la que se ordena ladevolución . El obligado tributario se hace responsable del CCC oIBAN comunicado a la Administración .

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� NIF de personas físicas : cuando se detecte que disponensimultáneamente de NIF asignado por la Administración y DNI /NIE, laAdministración les comunicará la pérdida de validez del NIF asignadopor ella y rectificará la situación censal de oficio.

Hasta ahora se procedía a la revocación del NIF asignado.

OTRAS MODIFICACIONES RGAT

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

� Se introduce un nuevo supuesto de dilación no imputable a laAdministración �Periodo en el cual no se efectúannotificaciones electrónicas .

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Los obligados tributarios incluidos en el DEH podrán señalardeterminados días (días de cortesía) en los que no se podránponer a su disposición notificaciones en dicha dirección .

� Se permite un máximo de 30 días al año.

� Los días señalados se computarán como dilación noimputable a la Administración (para procedimientos yainiciados).

MODIFICACIÓN DEL R.D. 1363/2010 DEH

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

iniciados).

� Se podrá practicar la notificación por los mediostradicionales si existen razones de inmediatez o celeridadque requieren la actuación administrativa.

� Aplicable tanto a los incluidos en DEH con carácter obligatoriocomo a los voluntarios.

� No son días inhábiles (no se descuentan si ya se hapuesto la notificación en la DEH).

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Proyecto de Orden por la que se establece el ámbito de aplicación, condiciones y

procedimiento para el señalamiento de los días en los que la AEAT no podrá poner a

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

días en los que la AEAT no podrá poner a disposición de los obligados tributarios

notificaciones en la DEH

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ÁMBITO SUBJETIVO

1- Los días en los cuales no se pondrá notificar serán señalados por los que se encuentren suscritos , ya sea con carácter obligatorio o de forma voluntaria si bien, en este último caso, sólo surtirá efectos respecto a aquellos procedimientos en los que se encuentren suscritos.

2- Los obligados incluidos con carácter obligatorio , también podrá

SEÑALAMIENTO DE LOS DÍAS EN LOS QUE NO SE PONDRÁN NOTIFICACIONES EN LA DEH

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

2- Los obligados incluidos con carácter obligatorio , también podrárealizar el señalamiento de los apoderados para la recepción denotificaciones del obligado tributario destinatario.

3- Respecto a los obligados incluidos con carácter voluntario , también podrá realizar el citado señalamiento de días la per sona que figure como apoderada para la recepción de notificaciones respecto a cada procedimiento en concreto.

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ÁMBITO OBJETIVO

1. Los incluidos con carácter obligatorio en el DEH , el señalamientode los días en los que no se pondrán a su disposición notificac ionesen la citada dirección electrónica comprenderá las notificaciones queefectúe la AEAT en sus actuaciones y procedimientos tributarios,aduaneros y estadísticos de comercio exterior y en la gestión recaudatoriade los recursos de otros Entes y Administraciones Públicas que tiene

SEÑALAMIENTO DE LOS DÍAS EN LOS QUE NO SE PONDRÁN NOTIFICACIONES EN LA DEH

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

de los recursos de otros Entes y Administraciones Públicas que tieneatribuida o encomendada.

Los incluidos con carácter voluntario a determinadosprocedimientos , sólo afectará a las notificaciones correspondientes aaquéllos procedimientos a los que se encuentren suscritos.

2. El señalamiento de los días mencionados comprenderá las acciones de marcaje y solicitud de los mismos, así como su modificación y consulta.

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LÍMITE MÁXIMO DE DÍAS Y POSIBILIDAD DE MODIFICACIÓ N DE LOS MISMOS

1. Para cada obligado tributario se podrán señalar como máximo 30 días naturales por año natural, siendo estos días de libre elección y sin necesidad de tener que agrupar un número mínimo de los mismos.

Los incluidos en la DEH a lo largo del año con cará cter obligatorio ,

SEÑALAMIENTO DE LOS DÍAS EN LOS QUE NO SE PONDRÁN NOTIFICACIONES EN LA DEH

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

Los incluidos en la DEH a lo largo del año con cará cter obligatorio , podrá disfrutar de la totalidad de los 30 días naturales del año en curso, sin necesidad de prorratear los días.

2. Los días en los que no se pondrán a disposición las notificaciones se deberán solicitar con una antelación mínima de siete días n aturales y, una vez señalados, podrán ser objeto de modificació n pero siempre con los mismos límites respecto al número máximo de días anuales y antelación mínima indicados.

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EFECTOS DEL SEÑALAMIENTO DE LOS DÍAS EN LOS QUE NO SE PONDRÁN NOTIFICACIONES EN LA DEH

1. De acuerdo con el apartado 2 de la DA 3ª del RD 1363/2010, el retraso en lanotificación derivado del señalamiento de los días en los que no se pondránnotificaciones en la DEH se considerará dilación no imputable a laAdministración , en los términos del art. 104.i) del RD 1065/2007(Reglamentogeneral de las actuaciones).

SEÑALAMIENTO DE LOS DÍAS EN LOS QUE NO SE PONDRÁN NOTIFICACIONES EN LA DEH

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

general de las actuaciones).

2. Dicho señalamiento de días afectará exclusivamente a las notificaciones quepudieran haberse efectuado en los días mencionados pero, en ningún caso ,esos días se descontarán del cómputo de los plazos que se hayan iniciado porhaberse producido la notificación con anterioridad al primero de los díasseñalados.

3. La AEAT deberá calcular y certificar el citado retraso acreditando la fecha y la hora en que se pudo poner a disposición del obligado tri butario el acto objeto de notificación en la DEH utilizando el sistema de referencia temporal señalado en la Orden PRE/878/2010, por la que se establece el régimen del sistema de DEH.

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PROCEDIMIENTO Y CONDICIONES PARA EL SEÑALAMIENTO D E LOS DÍAS EN LOS QUE NO SE PUEDEN PONER A DISPOSICIÓN

NOTIFICACIONES EN LA DEH

1. El señalamiento de los días de no notificación , deberá realizarseobligatoriamente en la sede electrónica de la AEAT(www.agenciatributaria.gob.es.) mediante un formulario que estará disponible enla citada sede.

SEÑALAMIENTO DE LOS DÍAS EN LOS QUE NO SE PONDRÁN NOTIFICACIONES EN LA DEH

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

2- La persona que vaya a señalar los días mencionados deberá estar comprendida en el ámbito subjetivo establecido , así como:

�disponer de NIF

�deberá tener instalado en el navegador un certificado electrónic o admitido por la AEAT de acuerdo con las normas específicas sobre el uso de la firma electrónica en las relaciones tributarias con la AEAT.

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ENTRADA EN VIGOR

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE pudiendo efectuarse el

señalamiento de los días en los que la AEAT no pondrá a disposición de los obligados tributarios

SEÑALAMIENTO DE LOS DÍAS EN LOS QUE NO SE PONDRÁN NOTIFICACIONES EN LA DEH

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

pondrá a disposición de los obligados tributarios notificaciones en la dirección electrónica habilitada a

partir del 1 de enero de 2012.

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Real Decreto-Ley 9/2011 , de 19 de agosto, de medidas para la mejora de la calidad y cohesión del

sistema nacional de salud, de contribución a la consolidación fiscal, y de elevación del importe

máximo de los avales del Estado para 2011( BOE de 20 de agosto de 2011)

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

( BOE de 20 de agosto de 2011)

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TITULO I: Medidas para la mejora de la calidad, la equidad, la cohesión y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud

TITULO II: Medidas fiscales

�Dos Disposiciones Adicionales

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011Delegación Central de Grandes Contribuyentes. Octubr e de 2011

�Dos Disposiciones Adicionales

�Cuatro Disposiciones Transitorias

�Disposición Derogatoria Única

�Cuatro Disposiciones Finales

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MEDIDAS FISCALES ( TITULO II y Disposición Transitoria Cuarta )

Modificaciones relativas al Impuesto sobre Sociedad es (artículo 9): De aplicación para los períodos impositivos iniciad os dentro de los

años 2011, 2012 y 2013.

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011Delegación Central de Grandes Contribuyentes. Octubre de 2011

años 2011, 2012 y 2013.

Tipo impositivo aplicable del IVA a las entregas de viviendas (Disposición Transitoria Cuarta): con efectos desde el 20/08/2011 al 31/12/2011

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MODIFICACIONES RELATIVAS ALIMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

•Pagos fraccionados

•Modificación del plazo de compensación de las BIN pa ra todas las

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

•Modificación del plazo de compensación de las BIN pa ra todas las entidades y particularidades adicionales para las g randes empresas

•Fondo de comercio financiero en entidades no reside ntes

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PAGOS FRACCIONADOSCon efectos para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2011, 2012 y 2013.

Porcentajes para el cálculo del pago fraccionado en la modalidad base :

Volumen de operaciones < 6.010.121,04 : tipo de gravamen x cinco séptimos

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011Dependencia de Asistencia y Servicios Tributarios. Delegación Central de Grandes

Contribuyentes.

6.010.121,04< (o igual) Volumen de operaciones<20 m illones de euros : tipo de gravamen x cinco séptimos (redondeado por defecto)

20 millones de euros< (o igual) Volumen de operaci ones<60 millones de euros : tipo de gravamen x ocho décimos (redondeado por defecto)

Volumen de operaciones > (o igual) a 60 millones de euros : tipo de gravamen x nueve décimos (redondeado por defecto)

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Antes RD Ley 9/2011

Volumen de operaciones<20 millones de euros

Tipo de gravamen xcinco séptimos

Tipo de gravamen x cinco séptimos

Porcentajes para el cálculo del pago fraccionado (m odalidad base artículo 45.3 del TRLIS)

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

20 millones<Volumen de operaciones <60 millones

Tipo de gravamen x cinco séptimos

tipo de gravamen x ocho décimos

Volumen de operaciones >60 millones de euros

Tipo de gravamen x cinco séptimos

tipo de gravamen x nueve décimos

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COMPENSACION DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS

• Si el importe neto de la cifra de negocios es igual o > a 60 millones de euros: La compensación de las bases imponibles negativas está limitada al 50% de la BI previa a dicha compensación .

• Si el importe neto de la cifra de negocios sea al menos d e 20 millones de euros pero inferior a 60 millones de euros : La compensación de las

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

de euros pero inferior a 60 millones de euros : La compensación de las bases imponibles negativas está limitada al 75% de la BI previa a dicha compensación.

•Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2012 se aumenta el plazo para la compensación de BIN a 18 años.

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FONDO DE COMERCIO FINANCIERO EN ENTIDADESNO RESIDENTES

La deducción máxima anual del fondo de comercio fin anciero en entidades no residentes (artículo 12.5 del TRLIS) , durante los períodos impositivos que comiencen en 2011, 2012 y 2013, se limita a la centésima part e de su importe

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

comiencen en 2011, 2012 y 2013, se limita a la centésima part e de su importe (1%)

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MODIFICACIONES EN EL IV A

Con efectos a partir del 20/08/2011 y vigencia excl usiva hasta el 31/12/2011, las entregas de edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidas plazas de garaje con un máximo de dos unidades y anexos en ellos situados

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011Delegación Central de Grandes Contribuyentes

incluidas plazas de garaje con un máximo de dos unidades y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente, tributarán al tipo supe reducido del 4%.

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MODIFICACIONES EN EL IV A

•Ejecuciones de obra: No procede aplicar el tipo supe reducido a las ejecuciones de obra realizadas por el constructor para un promotor de una vivienda destinada al uso propio aunque la finalización de la misma se produzca entre el 20/08/2011 y el 31/12/2011.

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

•Pagos anticipados: Los pagos anticipados satisfechos antes del período comprendido entre el 20/08/2011 y 31/12/2011, tribu tarán al 8% y no se rectificarán aunque la entrega de la vivienda se efectúe durante el mencionado período. Si los pagos se han realizado durante ese período tributarán al 4% con independencia de cuando se pro duzca la entrega de la vivienda.

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MODIFICACIONES EN EL IV A

•Arrendamientos con opción de compra : No se ven afectados por el RD 9/2011, no obstante si la vivienda se entrega en el período transitorio se aplicaría a tal entrega el 4% siempre que la entrega implique la realización de algún pago en ese momento.

•Autoconsumos : En caso de promotoras que no hayan vendido las viviendas

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

•Autoconsumos : En caso de promotoras que no hayan vendido las viviendasy decidan destinarlas al arrendamiento (sin opción de compra) , si elautoconsumo se produce entre el 20/08/2011 y 31/12/2011 , es de aplicación el4%.

•Ventas con condiciones suspensivas : Escrituras formalizadas entre el 20/08/2011 y 31/12/2011 que contengan condiciones s uspensivas de forma que la puesta a disposición sea posterior a 31/12/2011 , el devengo se produce con la puesta a disposición del adquirente y aplicable el 8%. No obstante en estos casos la posesión se asimila a la puesta a disposición y es el momento en el que se produce el devengo de la entrega

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Proyecto de modificación de la Orden de los modelos 340, 322,

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

353 y 347.

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Proyecto por la que se procede a la modificación de la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se apru eba el

modelo 347, de la Orden EHA/3787/2008, por la que se aprueba el modelo 340 y de la Orden EHA/3434/2007, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual,

modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos,

correspondientes al Régimen especial del Grupo de E ntidades

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

correspondientes al Régimen especial del Grupo de E ntidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido (*).

(*) Supeditado a la aprobación del Real Decreto xx/xx, de xx de xx, el cual introduce modificaciones en materia de obligaciones formales en el Reglamento General de las

actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos

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En relación con la obligación de informar sobre lasoperaciones con terceras personas (modelo 347), lasprincipales novedades introducidas son:

� el plazo de presentación de la declaración que se anticipa almes de febrero .

� la forma de suministrar la información , se exige que sea

MODIFICACIÓN DEL MODELO 347

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

� la forma de suministrar la información , se exige que seadesglosada trimestralmente .

� Se exonera de la obligación de presentación de ladeclaración del 347 a quienes estuvieran obligados a lapresentar el modelo 340 , y estableciendo, por otra parte, laobligación de incluir en ésta última declaración determinadasoperaciones que antes se debían consignar como excepciónen el modelo 347.

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LAS NOVEDADES INTRODUCIDAS SON:

A) El número identificativo.

Será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos secorresponderán con el código 340.

B) Presentación telemática de la declaración.

MODIFICACIÓN DEL MODELO 340

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

B) Presentación telemática de la declaración.

Para efectuar la presentación, deberá utilizar previamente un programa para obtener el fichero con la declaración. Este programa podrá ser el formulario desarrollado por la AEAT u otro que obtenga un fichero con el mismo formato.

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C) Las nuevas «Clave de operación (posición 100)», registro tipo 2, son:

R- Operación de arrendamiento de local de negocio.

S- Subvenciones, auxilios o ayudas satisfechas o recibidas, tantopor parte de Administraciones públicas como de entidadesprivadas.

MODIFICACIÓN DEL MODELO 340

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

privadas.

T- Cobros por cuenta de terceros de honorarios profesionales ode derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial, deautor u otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiadosefectuados por sociedades, asociaciones, colegios profesionales uotras entidades que, entre sus funciones, realicen las de cobro

U- Operación de seguros.

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Nuevas «Clave de operación (posición 100)», registr o tipo 2

V- Compras de Agencias viajes : operaciones de prestación de serviciosde mediación en nombre y por cuenta ajena relativos a los servicios detransporte de viajeros y de sus equipajes que las agencias de viajespresten al destinatario de dichos servicios de transporte (Apd. 3º de laDA 4ª RD 1496/2003, Reglamento de facturación).

MODIFICACIÓN DEL MODELO 340

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

W- Operaciones sujetas al Impuesto sobre la Producción, losServicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla .

X- Operaciones por las que los empresarios o profesionales quesatisfagan compensaciones agrícolas hayan expedido el recibocorrespondiente.

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Nuevas «Clave de operación (posición 100)», registr o tipo 2

N - Facturación de las prestaciones de servicios de agencias de viajeque actúan como mediadoras en nombre y por cuenta ajena (DA 4ª RD1496/2003), deberá consignarse de forma obligatoria cuando se realicenoperaciones que se correspondan con la misma.

MODIFICACIÓN DEL MODELO 340

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 201133

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D) Nuevos campos del registro tipo 2 para el Libro Registro de facturas expedidas .

1º. Situación del inmueble ( posición 385/ Numérico )

Cuando se consigne la clave de operación “R” (arrendamiento de local de negocio), se consignará de entre las siguientes claves la que corresponda a la situación del local de negocio arrendado :

MODIFICACIÓN DEL MODELO 340

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

que corresponda a la situación del local de negocio arrendado :

1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra . 2. Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra. 3. Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral. 4. Inmueble situado en el extranjero .

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D) Nuevos campos del registro tipo 2 para el Libro Registro de facturas expedidas .

2º. Referencia catastral ( posiciones 386-410/ Alfanumérico )

Cuando se consigne la clave “R” (arrendamiento de local de negocio), se consignará la referencia catastral correspondiente al local de negocio arrendado.

MODIFICACIÓN DEL MODELO 340

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

al local de negocio arrendado.

3º. Importe percibido en metálico ( posiciones 411-425/ Numérico).

Se consignará los importes superiores a 6000 euros que sehubieran percibido en metálico (moneda o billetes de curso legal)de la misma persona o entidad. Este campo se subdivide en enparte entera y en parte decimal.

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D) Nuevos campos del registro tipo 2 para el Libro Registro de facturas expedidas .

4º. Ejercicio ( posiciones 426-429/ Numérico )

Cuatro cifras del ejercicio en el que se hubieran declarado las operaciones que dan origen al cobro en metálico por importe superior a 6.000 euros.

MODIFICACIÓN DEL MODELO 340

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

5º. Importe percibido por transmisiones de inmuebles sujet asa IVA (posiciones 430-444 Numérico )

Se consignará separadamente de otras operaciones, lascantidades que se perciban en contraprestación portransmisiones de inmuebles , efectuadas o que se debanefectuar, que constituyan entregas sujetas en el IVA (IVA incluido).Este campo se subdivide en parte entera y en parte decimal.

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Se modifica la f orma y condiciones generales para la presentación telemática por Internet de los modelos 322 y 353.

Será obligatoria la presentación telemática a través de Int ernetdel modelo 322 de Grupo de entidades (Modelo individual-Autoliquidación mensual) y del modelo 353 de Grupo deentidades (Modelo agregado- Autoliquidación mensual).

La presentación de las autoliquidaciones a través de Internet podrá

MODIFICACIÓN DE LOS MODELOS 322 Y 353

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

La presentación de las autoliquidaciones a través de Internet podrá ser efectuada bien por el propio declarante o bien por un tercero

que actúe en su representación( colaboración social).

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La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2012, y será de aplicación, por primera vez , para la presentación del modelo 347 correspondiente a

2011, y para la presentación del modelo 340, y de los

MODIFICACIÓN DE LOS MODELOS340, 347, 322 y 353

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

2011, y para la presentación del modelo 340, y de los modelos 322 y 353 correspondientes al primer período

de declaración de 2012 .

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Proyecto de Orden EHA/ /2011 , por la que se aprueba el modelo 193 , así como los diseños físicos

y lógicos, y por la que se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 196 , aprobado por orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, y del

modelo 291 , aprobado por orden 3202/2008, de 31

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

modelo 291 , aprobado por orden 3202/2008, de 31 de octubre.

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REGISTRO DE TIPO 2( REGISTRO DE DECLARADO Y REGISTRO DE AUTORIZADO)

Nuevo campo «UNIDAD DE CUENTA EMPLEADA» (posición 123/Alfabético), esta posición anteriormente no tenia contenido y seconfiguraba el campo «BLANCOS» (posiciones 76-123).

MODIFICACIÓN DEL MODELO 196

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

El contenido es:

UNIDAD DE CUENTA EMPLEADA Se consignará la clave alfabética que corresponda en función de la moneda empleada en la cuenta bancaria: E – Euros. D – Divisas.

Los campos de importes se configurara en euros o por su contravalor, en los casos de operaciones en divisas.

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REGISTRO DE TIPO 2( REGISTRO DE DECLARADO)

Nuevo campo «UNIDAD DE CUENTA EMPLEADA» (posición 383/Alfabético), esta posición anteriormente no tenia contenido y seconfiguraba el campo «BLANCOS» (posiciones 383-432).

MODIFICACIÓN DEL MODELO 291

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

El contenido es:

UNIDAD DE CUENTA EMPLEADA Se consignará la clave alfabética que corresponda en función de la moneda empleada en la cuenta bancaria: E – Euros. D – Divisas.

Los campos de importes se configurara en euros o por su contravalor, en los casos de operaciones en divisas.

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Se rehace la descripción del contenido de los dise ños físicos y lógicos , la razón principal , es que la norma que regulaba este modelo, Orden EHA/3127/2009 (BOE (BOE, 23-noviembre-2009), ha sufrido muchas modificaciones e incorporaciones parciales, así mismo se han incorporado las ultimas especificaciones generales de los modelos de declaraciones informativas. A modo de ejemplo, se pueden citar las siguientes: Los soportes directamente legibles por ordenador, habrán de cumplir las siguientes características :

MODIFICACIÓN DEL MODELO 193

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

Tipo: DVD-R o DVD+R Capacidad: Hasta 4,7 GB Sistema de archivos UDF De una cara y una capa simple

REGISTRO TIPO 1. TIPO DE SOPORTE (58). Se cumplimentará una de las siguientes claves: “C”: Si la información se presenta en soporte. “T”: Transmisión telemática

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REGISTRO TIPO 1. RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA INGRESADOS (POSICIONES 175-189)

Se modifica la redacción del campo “Retenciones e ingresos acuenta ingresados”, para tener en cuenta los rendimientos declaradoscon la clave “D” en el campo “Clave de percepción ”, así como losdeclarados con la clave de pago de “3”.

La suma total de las cantidades reflejadas en los Campos “RETENCIONES E INGRESOS ACUENTA” (posiciones 169 a 181) de los registros de perceptor, en los cuales se haya

MODIFICACIÓN DEL MODELO 193

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

CUENTA” (posiciones 169 a 181) de los registros de perceptor, en los cuales se hayaconsignado en el campo “CLAVE DE PERCEPCIÓN” la letra “C”, así como también aquellosen los que se haya consignado en el campo “CLAVE DE PERCEPCIÓN” las letras “A”, “B” o“D(*)” y, simultáneamente en el campo “PAGO” el valor “1” o “3(**)”, salvo las cantidadesreflejadas en este campo que correspondan a perceptores que deban consignarse, en el campo“RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA EFECTUADOS POR PERIODIFICACIÓN”(posiciones 205 a 219).

(*). “ Clave de percepción”, D � Rendimientos o rentas obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios procedentes de entidades vinculadas cuando el perceptor sea contribuyente del IRPF.

(**). “Clave de pago”, 3 ����El pagador es un mediador de valor extranjero .

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REGISTRO TIPO 2

“Clave de percepción” distribución entre las claves “B ” y “D”.

Cuando se emplee la clave “D”, deberá tenerse en co nsideración lo establecido en la normativa del IRPF a los efectos de la distribución de las percepciones entre las claves “B” y “D”. De este modo, en aquellos casos en que el perceptor haya cedido capitales propios por un importe superior al resultado de multiplicar por tres su participación en los fondos propios de la entidad vinculada prestataria, deberá declararse la percepción atendiendo al siguiente reparto(1):

MODIFICACIÓN DEL MODELO 193

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

deberá declararse la percepción atendiendo al siguiente reparto(1):

1. Con “B” los RCM que procedan de la parte de los capitales cedidosque no exceda del resultado de multiplicar por tres su participación enlos fondos propios de la entidad.

2. Con “D” los RCM que procedan de la parte de los capitales cedidosque exceda del resultado de multiplicar por tres la participación delcontribuyente en los fondos propios de la entidad.

(1). Apartado 2 del artículo 25 de la Ley del IRPF. (RCM) �RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO

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Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE , siendo de aplicación a las

declaraciones que deban presentarse a partir del 1 de enero de 2012 referidas a información del ejercicio

MODIFICACIÓN DE LOS MODELOS193, 196 Y 291

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

enero de 2012 referidas a información del ejercicio 2011 y siguientes.

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[email protected] de la sesión informativa .

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inici o_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Delegacion_Central_de_Grandes_Contribuyentes/Delegacion_Central_de_Gra ndes_Contribuyentes.shtml

Normativa en tramitación.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inici o_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Normativa/Normas_en_tramitacion/Normas_en_tramitacion.shtml

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Octubre de 2011

Delegación Central de Grandes Contribuyentes Oc tubre de 2011

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Gracias por su atención