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RÉGIMEN PATRIMONIAL DE LA FAMILIA
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RÉGIMEN PATRIMONIAL DE LA FAMILIA
Régimen Patrimonial del Matrimonio Régimen Patrimonial de la FamiliaRégimen general Régimen de bienes
- Herencia- Alimentos- Contribuciones al
sostenimiento del hogar- Cargas de la familia:
Educación Alimentos
- Obligaciones sociales- Menaje ordinario del
hogar
- Pacto antenupcial- Comunidad de bienes- Separación de bienes- Deudas y préstamos- Administración - Responsabilidad
- Esponsales- Unión estable- Derecho real de
habitación- Alimentos- Patria potestad- Patrimonio familiar- Consejo de familia- Tutela- Curatela- Usufructo de los
bienes de los hijos - Régimen de visitas- Hijo alimentista- Daños en las
relaciones familiares
RÉGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO
Conjunto de normas jurídicas que rige las relaciones económicas que se suscitan en las relaciones inter conyugales (entre los cónyuges) y extra conyugales (con terceros) y que se aplican supletoriamente a las uniones estables. En concreto es la reglamentación jurídica de las relaciones económicas derivadas del matrimonio.
NATURALEZA JURIDICA Estructura de los regímenes matrimoniales
MatrimonioRégimen de
bienes
Sociedad de gananciales Bienes
InstituciónPatrimonio autónomo Propios
Sociales
Separación de bienes
Patrimonios individuales
Propios
Acto jurídicoRegímenes económicos
del matrimonio
LA PATRIMONIALIDAD
Marca la característica de los regímenes matrimoniales, siendo su razón de ser de allí que muchos Códigos civiles tratan los regímenes de bienes dentro del Libro de Contratos, como es el caso de Colombia, España, Puerto Rico, Uruguay entre otros aunque lo normal es que sea su tratamiento en el Libro de familia
Los cónyuges tienes dos derechos en materia de los bienes
matrimoniales:
Derecho de opción (artículo 295) para elegir antes el matrimonio (pacto antenupcial), y; Derecho de sustitución (artículo 296 del Código Civil) para cambiar o migrar el régimen patrimonial en que se encuentran y adherirse al otro. Incluso, sustituir el régimen optado antes de casarse para adherirse a la comunidad de bienes.
Principios
Libertad para escoger el régimen económicoIgualdad en el gobierno del hogarResponsabilidad conjuntaLibertad de trabajoInderogabilidad de las convenciones matrimonialesComunicabilidad
Supletorio Paccionado Judicial
Sociedad de gananciales
Argentina,Bolivia, Colombia, Cuba*, Chile,
España, Ecuador, Hidalgo, Italia, México, Perú, Paraguay, Portugal,
Puerto Rico, Quintana Roo
República Dominicana, Uruguay, Venezuela
SuizaBélgicaHolandaMónacoQuebec
Separación de patrimonios
1º grado 2º grado ChilePerú
MéxicoHidalgo
Quintana RooParaguay
República Dominicana
ArgentinaBoliviaBrasil
ColombiaEcuadorUruguay Venezuela
AustraliaBrasil
Comunidad ValencianaCataluña
Costa RicaIslas
BalearesNueva
ZelandaJapón
España Alemania
Participación
1º grado 2º grado ChileEspaña
Colombia Brasil
FranciaRepública Dominicana
AlemaniaCosta Rica Panamá
Régimen de comunión
parcial
Brasil
Capitulación matrimonial
CataluñaColombiaCosta RicaNicaraguaPanamáPortugal
Puerto Rico Uruguay
Venezuela
Supletorio Paccionado Judicial
No hay régimen puro
Cada cual tiene de uno y de otro
Teoría de la desconsideración judicial de la persona jurídica y el régimen
matrimonial de bienes
La restitución deciertas inversiones en virtud del reconocimiento de expectativas
provenientes de procesos de interacción y asunción de
compromisos previos.La compensación restitutiva como
fuente de equidad en las crisis matrimoniales”
Fin