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Procedimiento General I PG-2de Gestión del

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DIRECCION DE RECURSOS I Hoja: 2 de 12¡ HUMANOSl

INDICE

Página

1.- OBJETO

3

2.- ALCANCE

3

3.- DOCUMENTACiÓN DE REFERENCIA

3

4.- RESPONSABILIDADES

4

5.- DESARROLLO

4

5.1. COMPROBACiÓN CUMPLIMIENTO REQUISITOS

4

5.2. ASIGNACION IMPORTE

6

5.3. JUSTIFICACION

7

5.4. RESOLUCION

9

5.5. ABONO

9

6.- INDICADORES

10

7.- ANEXO (FORMULARIO INFORME FACULTATIVO SEGURIDAD

11SOCIAL)

8.- HISTÓRICO DE CAMBIOS

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Dirección de Recursos HumanosUNIVERSIDAD DE SEVILLA

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DIRECCION DE RECURSOS I Hoja: 3 de 12

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1. OBJETO

Tiene por objeto describir la tramitación del procedimiento de gestión delcomplemento de homologación del personal de administración y servicios de laUniversidad de Sevilla, y proporcionar una guía tanto a los empleados, como alos responsables de su gestión.

2. ALCANCE

Este procedimiento alcanza a todo el personal de administración yservicios de la Universidad de Sevilla que perciba sus retribuciones con cargoal Capítulo I del Presupuesto, así como a todos los responsables a los quecompete su gestión.

El procedimiento se inicia de oficio, mediante la comprobación delcumplimiento de los requisitos para el devengo del complemento y finaliza conel abono del importe resultante de la redistribución de las cantidades dejadasde percibir por los empleados que no hayan cumplido el número de jornadasexigibles para el devengo del 100% del complemento.

3. DOCUMENTACiÓN DE REFERENCIA

).> Acuerdo para la percepción del complemento de homologación delpersonal de administración y servicios de las Universidades PúblicasAndaluzas de 24 de julio de 2003, que retribuye la asistencia al trabajo yel cumplimiento horario de 35 horas semanales.

).> Acuerdos de la Comisión de Seguimiento para la aplicación delcomplemento de homologación.

).> Resolución Rectoral de 13 de Septiembre de 2007, sobre jornadaflexible del PAS de la Universidad de Sevilla, modificada por Resoluciónde fecha 22 de Junio de 2011.

).> Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de Julio, de medidas para garantizar laestabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

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~ Ley 17/2012, de 27 de Diciembre, de Presupuestos Generales delEstado para el año 2013.

~ Resolución Rectoral de 20 de Mayo de 2013, por la que se determina elcomplemento de las prestaciones por Incapacidad Temporal delpersonal de la Universidad de Sevilla.

~ Instrucción de la Dirección de Recursos Humanos de fecha 21 de mayode 2013, sobre la gestión de la situación de Incapacidad Temporal.

4. RESPONSABILIDADES

Corresponde el control del cumplimiento de los requisitos para lapercepción del complemento de homologación a la Unidad Universitas XXI­Recursos Humanos, en colaboración con los Servicios de Gestión del PASo

La Resolución de abono del complemento corresponde al Director/a deRecursos Humanos.

La Resolución sobre estimación o desestimación de las reclamacionespresentadas por los interesados, corresponde al Director/a de RecursosHumanos, a propuesta de la Comisión de Seguimiento.

Por último, la Dirección de Recursos Humanos dictará instrucción alobjeto de la redistribución.

5. DESARROLLO

5.1. Comprobación del cumplimiento de los requisitos:

La Unidad Universitas XXI-RR.HH., comprueba el cumplimiento de lossiguientes requisitos, en el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 deDiciembre del año anterior al que se realiza el abono:

Haber prestado servicios como PAS funcionario o laboral y percibido susretribuciones con cargo al Capítulo I del Presupuesto de la Universidad ycumplido un mínimo de 170 jornadas de trabajo durante el año anterior alabono del complemento.

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PG-2

Edición 03

Hoja: 5 de 12

Del cómputo de servicios efectivos prestados se excluirán aquellos en losque el empleado se haya encontrado en alguna de las siguientes situaciones:suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias, licencia por asuntospropios sin retribución, IT pago directo INSS, incapacidad permanenterevisable, comisiones de servicio en otras administraciones, suspensiones decontrato por mutuo acuerdo, servicios especiales o excedencias.

No obstante, se consideran excepciones al cumplimiento de jornadas lassiguientes:

~ Ausencias por hospitalización del trabajador y convalecenciasposthospitalarias.

~ Ausencias por Incapacidad Temporal iniciadas con carácter previo a lahospitalización, siempre que tengan relación con la misma.

~ Licencia por maternidad.

~ Accidentes de trabajo o enfermedad profesional.

~ Ejercicio del derecho de huelga.

~ Ejercicio de la función de representación de los trabajadores.

~ Las ausencias de los trabajadores mayores de 60 años que acrediten através de los respectivos servicios de prevención padecer enfermedadcrónica o degenerativa.

~ Permisos y licencias contemplados en el Art. 33, apartado 2 delConvenio Colectivo, así como sus correspondientes en el Acuerdo enmateria de jornadas, vacaciones, permisos y licencias del PASfuncionario de las Universidades Públicas Andaluzas.

~ Ausencias por Incapacidad Temporal producida durante el embarazo,con carácter previo al parto.

~ Ausencias por Incapacidad Temporal con motivo de intervenciónquirúrgica.

~ Ausencias por Incapacidad Temporal con carácter previo a laintervención quirúrgica, siempre que tenga relación con la misma.

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I Complemento de I Edición 03! Homologación

[1DIRECCION DE RECURSOS r Hoja: 6 de 12HUMANOS

~ Ausencias por Incapacidad Temporal por causa relacionada con suenfermedad crónica o degenerativa, acreditada por su médico decabecera y/o especialista del Sistema Sanitario Público.

~ Ausencias por enfermedad grave dentro de los supuestos que estableceel Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio u otros supuestos de similargravedad que así determine el facultativo médico adscrito al Servicio dePrevención.

~ Ausencias por Incapacidad Temporal que impliquen tratamientos deenfermedades oncológicas, como radioterapia, quimioterapia, y diálisis.

~ Ausencias por Incapacidad Temporal que tengan su causa enenfermedades ocasionadas por riesgos psicosociales.

~ Ausencias por Incapacidad temporal por razón de violencia de género.

En los casos de enfermedad por Incapacidad Temporal que no esténrecogidos en los supuestos de este apartado y a los que se efectúe ladeducción correspondiente a los efectos de percepción del complemento, secomputarán como jornadas trabajadas los primeros 20 días por cada períodode I.T.

5.2. Asignación del importe:

La asignación del importe que corresponde a cada trabajador serealizará en función de los distintos tramos establecidos por el Acuerdo para lapercepción del complemento de homologación del personal de administración yservicios de las Universidades Públicas Andaluzas:

y Para la percepción del 100% del complemento, el trabajador tiene quehaber realizado 190 jornadas de trabajo efectivo en cómputo anual o enla proporción correspondiente en los casos de contratación de duracióndeterminada.

~ Para la percepción del 40% del complemento, haber realizado entre 180y 189 jornadas o en la proporción correspondiente en los casos decontratación de duración determinada.

~ Para la percepción del 20% del complemento, haber realizado entre 170y 179 jornadas o en la proporción correspondiente en los casos decontratación de duración determinada.

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Procedimiento Generalde Gestión del

Complemento deHomologación

DIRECCION DE RECURSOSHUMANOS

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La percepción del tramo correspondiente queda atemperado paraaquellos trabajadores que no dispongan de considerables antecedentes deausencias en los años anteriores, es decir, no más de 75 días naturales deausencia por Incapacidad Temporal en los tres años anteriores al delcumplimiento de jornadas, exceptuados los días de baja por I.T. comoconsecuencia de embarazo de alto riesgo.

Se computará como 1,1 cada día efectivamente trabajado a losempleados que, una vez aplicadas las 40 horas de crédito anual disponible,acrediten un saldo positivo superior a 5 horas.

Se comprobarán los días por asuntos particulares, vacaciones ypermisos retribuidos de carácter general que no hayan podido disfrutar losempleados durante el año anterior al del abono, al objeto de compensar estosdías no disfrutados por días de Incapacidad Temporal.

A aquellos trabajadores que no hubieran prestado servicio durante latotalidad del año anterior, se les abonará el complemento en proporción altiempo trabajado y a las jornadas cumplidas.

5.3. Justificación:

Para la justificación de las excepciones al cumplimiento de las jornadasexigidas los interesados deberán aportar en los Servicios de Personal, según latramitación que figura en la Instrucción de la Dirección de Recursos Humanosde fecha 21 de mayo de 2013 sobre la gestión de la situación de IncapacidadTemporal, la siguiente documentación:

? Certificado que acredite hospitalización, expedido por el CentroHospitalario, en el que conste fecha de ingreso y, en su caso, fecha dealta, sin que figure en el mismo diagnóstico alguno.

Si la hospitalización se produce una vez iniciada la baja y tiene sumisma causa se aportará, además del justificante de hospitalización, unacertificación médica que acredite que la hospitalización se correspondecon el mismo proceso patológico.

> Certificado médico que acredite la intervención quirúrgica, expedida porel Centro Sanitario y en el que debe constar la intervención practicada.

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IProcedimiento General

¡PG-2

de Gestión del Complemento deEdición 03IHomologación

DIRECCION DE RECURSOS! Hoja: 8 de 12HUMANOS l

Si la intervención quirúrgica se produce una vez iniciada la baja y tienesu misma causa, se aportará, además del certificado médico unacertificación médica que acredite que la intervención quirúrgica secorresponde con el mismo proceso patológico que causa la incapacidadtemporal.

~ Fotocopia del ejemplar para el trabajador del parte médico de bajadonde se refleje el diagnóstico o certificado médico que acredite laenfermedad grave.

~ Si la Incapacidad Temporal se produce durante el embarazo, copia delinforme clínico del facultativo que acredite esta circunstancia.

~ En procesos de Incapacidad Temporal que impliquen tratamientos deenfermedades oncológicas, como radioterapia, quimioterapia, y diálisis,certificado médico que acredite la realización de dichos tratamientos.

~ Copia de la Resolución Judicial o de la autoridad competente en lossupuestos de que la I.T. venga derivada de enfermedad ocasionada porriesgo psicosocial.

~ Certificación expedida por el organismo competente o ResoluciónJudicial, en supuestos de I.T. por razón de violencia de género.

Para la justificación de la excepción al cumplimiento de jornadas motivada poruna incapacidad temporal debida a enfermedad crónica o degenerativa, deberáaportar en la Unidad Universitas XXI-RR.HH., antes del día 31 de enero del añodel abono, la siguiente documentación:

~ Informe expedido por facultativo y/o especialista del Sistema SanitarioPúblico donde se acredite que el periodo de Incapacidad Temporal estárelacionado con su enfermedad crónica o degenerativa, de conformidadcon el anexo que figura en el presente documento y que será entregado,una vez finalizado el procedimiento de abono, al Servicio de Prevenciónde Riesgos Laborales para su custodia.

No será necesario que el interesado aporte aquella documentación queya obre en los Servicios de Gestión de PAS y en el Servicio de Prevención deRiesgos Laborales, en justificación de las siguientes excepciones:

~ Licencia por maternidad~ Accidente de trabajo o enfermedad profesional.~ Ejercicio del derecho de huelga.

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de Gestión delComplemento de

Homologación

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Edición 03

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'" Ejercicio de la función de representación de los trabajadores.'" Enfermedad crónica o degenerativa para los mayores de 60 años.'" Permisos y Licencias contemplados en el Art. 33, apartado 2, del

Convenio Colectivo, así como sus correspondientes en el Acuerdo enmateria de jornadas, vacaciones, permisos y licencias del PASfuncionario de las Universidades Públicas Andaluzas.

No se admitirán documentos justificativos que contengan informaciónsobre datos médicos de enfermedad, diagnóstico, tratamientos, motivos deintervención, procediéndose a su devolución inmediata al interesado en casode su recepción.

La documentación justificativa debe aportarse bien en la UnidadUniversitas XXI-Recursos Humanos ([email protected]) o en los Servicios deGestión de PAS Funcionario o PAS Laboral, según proceda.

5.4. Resolución:

Mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos se

dispondrá el abono del complemento de homologación, que se publicará en eltablón de anuncios del Rectorado, pudiendo consultar el trabajador el importeque le corresponda, a través de su usuario virtual, en la intranet del PAS de lapágina de la Dirección de Recursos Humanos.

Contra la citada Resolución podrán los interesados presentarreclamaciones, en el plazo de 10 días desde su publicación, que seránexaminadas por la Comisión de Seguimiento, la cual propondrá Resolución a laDirección de Recursos Humanos.

La Dirección de Recursos Humanos, una vez vista la propuestaformulada por la Comisión de Seguimiento, dictará Resolución por la que seresuelven las reclamaciones presentadas, contra la que el interesado podráinterponer recurso de alzada si es PAS Funcionario o reclamación previa a lavía Judicial Laboral si es PAS Laboral.

5.5. Abono:

Se establece, con carácter general, como fecha de abono delcomplemento de homologación el mes de Febrero del año siguiente al decumplimiento de jornadas.

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Complemento deHomologación I

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No obstante, para aquellos empleados que cesen con anterioridad a lafecha de abono establecida con carácter general, se aplicarán los siguientescriterios:

1) Si se produce un cese en la prestación de sus servicios (excedenciavoluntaria, jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente, renuncias acontrato que conlleven exclusión de la bolsa de trabajo, etc.) durante el periodode devengo (1 a 31 de diciembre del año anterior) y no se prevé sureincorporación durante el año siguiente, percibirá la parte proporcionalcorrespondiente en la nómina en la que se le practique su liquidaciónconsecuencia de su cese.

2) En aquellos supuestos en los que los empleados no estén de alta enla nómina del mes de febrero y se prevea su reincorporación (maternidad, I.T.pago directo INSS, se les abonará la parte proporcional que les corresponda enla primera nómina en que causen alta.

3) En los supuestos de trabajadores temporales o funcionarios interinosque no estén de alta en la nómina del mes de febrero, percibirán la parteproporcional que les corresponda en el mes siguiente al del abono.

Las cantidades dejadas de percibir por los empleados que no hayancumplido el número de jornadas exigibles para el devengo del 100% delcomplemento serán redistribuidas entre aquellos empleados que hayanrealizado 190 jornadas de trabajo en el año anterior al del abono y se efectuarásu abono en la nómina del mes de Octubre de cada año, según instrucción dela Dirección de Recursos Humanos.

6.- INDICADORES

y Número de empleados que perciben el 100% del complemento más elreparto.

y Número de empleados que perciben el 100% del complemento sinderecho al reparto.

y Número de empleados que perciben el 40% del complemento.y Número de empleados que perciben el 20% del complemento.y Número de empleados que no perciben ningún importe del

complemento.

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DIRECCION DE RECURSOS : Hoja: 11 de 12 IHUMANOS I

ANEXO: FORMULARIO A CUMPLIMENTAR POR FACULTATIVO YIOESPECIALISTA DEL SISTEMA SANITARIO PUBLICO

Modelo de formulario que deberá ser expedido por facultativo y/o especialista delSistema Sanitario Público, donde se acredite que el periodo de Incapacidad Temporalestá relacionado con su enfermedad crónica o degenerativa.

A RELLENAR EXCLUSIVAMENTE POR EL MÉDICO DE ATENCiÓN PRIMARIA

V/O ESPECIALISTA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DATOS DEL PACIENTE

APELLIDOS Y NOMBRE:

D.N.I./ N.I.F.:

NÚMERO DE AFILIACiÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL:

DATOS DEL/ DE LA FACULTATIVO/A QUE EMITE ELINFORME

APELLIDOS Y NOMBRE:

ESPECIALIDAD: NUMERO DE COLEGIADO/A:

• ¿EL TRABAJADOR lA PADECE UNA ENFERMEDAD CRÓNICA O DEGENERATlVA?: NO [ l;SI [ l.• EN CASO AFIRMATIVO, INDIQUE LOS PERIODOS DE BAJAS POR I.T. DEL TRABAJADOR

DURANTE EL AÑO QUE HAN SIDO DEBIDOS A ESA ENFERMEDAD CRÓNICA ODEGENERATIVA:

En

FIRMA DEL FACULTATIVO/A

, a de de

SELLO DEL ORGANISMO PÚBLICO

Fdo.:

La Universidad de Sevilla, agradece la colaboración del Facultativo informante, rogándolerellene con la máxima claridad los distintos epígrafes, aunque será válido en cualquier caso,otro modelo que recoja íntegramente la información requerida.

Todos los informes médicos, quedarán custodiados en el Área Médica delServicio de Prevención de Riesgos Laborales.

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DIRECCION DE RECURSOS I Hoja: 12 de 12HUMANOS

Procedimiento General Ide Gestión del

Complemento deHomologación

8.- HISTÓRICO DE CAMBIOS

PG-2

Edición 03

1 EDICiÓN 1

FECHA11 MODIFICACIONES REALIZADAS 1

00

28.07.11 Aprobación del procedimiento

01

20.02.12 Modificación realizada en el apartado 5.2

02

03.06.14Modificación realizada en los apartados 3, 5.1 Y 5.3

03

18.05.15Modificación realizada en los apartados 5.1 y 5.5

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