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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ABADIÑO
DOCUMENTO DE AVANCE
TOMO 1. MEMORIA DE INFORMACIÓN Y DIAGNÓSTICO JULIO 2017
UTE TRION S.L.P. ‐ SANZ Y SAIZ ABOGADOS S.L.
DOCUMENTO DE AVANCE
TOMO 1. MEMORIA DE INFORMACIÓN Y DIAGNÓSTICO
Julio 2017
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ABADIÑO MEMORIA DE INFORMACIÓN Y DIAGNÓSTICO
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EQUIPO REDACTOR
U.T.E. TRION S.L.P. + SANZ & SAIZ ABOGADOS
EQUIPO DE ARQUITECTURA Y URBANISMO ‐ TRION S.L.P
Gabriel Chapa Prado
Cristina Elorriaga Aboigor
David Jorge Caballero
Jon Endika Tamayo Calatraveño
Josu Etxebarrieta Espejo
Josu Benito Andikoetxea
María Albizuri Prado
EQUIPO DE DELINEACIÓN – TRION S.L.P
Jose Luis Tejeira Tajada
EQUIPO JURÍDICO ‐ SANZ Y SAIZ ABOGADOS
Xabier Etxaniz
Licenciado en Derecho
Arantza Hornes
Licenciada en Derecho
EQUIPO SOCIOECONOMCO ‐ BIZILAN
Luis Ángel Valdivieso
Sociólogo
Iñaki Enriquez
Economista
Miriam García Izaguirre
Especialista en Igualdad de género
EQUIPO DE MEDIOAMBIENTALISTAS ‐ PROINTEC
Juan Ignacio Herrador
Licenciado en Ciencias Ambientales
EQUIPO DE MOVILIDAD ‐ PROINTEC
Clara Martinez
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
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INDICE
MEMORIA DE INFORMACIÓN Y DIAGNÓSTICO..........................................................................................................................................1
1. ANTECEDENTES................................................................................................................................................................................1 1.1. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................................................................................................................... 1
2. ASPECTOS JURÍDICOS.......................................................................................................................................................................2 2.1. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA REVISIÓN DEL PGOU DE ABADIÑO .............................................................................................................................. 2 2.2. MARCO LEGAL VIGENTE............................................................................................................................................................................................................... 6
2.2.1. Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo, del 30 de Junio de Suelo y Urbanismo................................................................................................................................................6 2.2.2. Ley 3/2015 de 18 dejunio, de Vivienda....................................................................................................................................................................................................12 2.2.3. Ley 11/2008 que modifica la Participación de la Comunidad en las Plusvalías Generadas .....................................................................................................................12 2.2.4. Decreto 105/2008, de 3 de Junio, de Medidas Urgentes.........................................................................................................................................................................12 2.2.5. Decreto 123/2012 de 3 de julio de Estándares Urbanísticos ...................................................................................................................................................................13 2.2.6. Decreto 211/2012 de 16 de octubre por el que se regula el Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica de Planes y Programas...........................................13 2.2.7. Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana ...............................................14 2.2.8. Ley 4/1990 de Ordenación del Territorio del País Vasco .........................................................................................................................................................................14
2.3. NORMATIVA SECTORIAL CON INCIDENCIA EN EL PGOU............................................................................................................................................................ 18 2.3.1. Carreteras ................................................................................................................................................................................................................................................18 2.3.2. Aguas .......................................................................................................................................................................................................................................................21 2.3.3. Minas .......................................................................................................................................................................................................................................................23 2.3.4. Montes.....................................................................................................................................................................................................................................................23 2.3.5. Normativa Medioambiental – Procesos de Licencias de Actividad y Apertura........................................................................................................................................24 2.3.6. Medio Natural..........................................................................................................................................................................................................................................25 2.3.7. Patrimonio Cultural..................................................................................................................................................................................................................................26
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2.3.8. Patrimonio del Territorio Histórico de Bizkaia .........................................................................................................................................................................................26 2.4. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LA REVISIÓN DEL PGOU DE ABADIÑO ........................................................................................................................ 28
3. ANÁLISIS DEL PLANEAMIENTO SUPRAMUNICIPAL .........................................................................................................................31 3.1. ASENTAMIENTOS RESIDENCIALES ............................................................................................................................................................................................. 31 3.2. ASENTAMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.................................................................................................................................................................... 32 3.3. INFRAESTRUCTURAS .................................................................................................................................................................................................................. 33 3.4. EQUIPAMIENTOS ....................................................................................................................................................................................................................... 34 3.5. MEDIO NATURAL Y RURAL......................................................................................................................................................................................................... 35 3.6. OTROS CONDICIONANTES SUPRAMUNICIPALES ....................................................................................................................................................................... 37
4. ENCUADRE TERRITORIAL................................................................................................................................................................38 4.1. MEDIO FÍSICO ............................................................................................................................................................................................................................ 38
4.1.1. Hidrología.................................................................................................................................................................................................................................................39 4.1.1.1 Hidrología Superficial......................................................................................................................................................................................................................39 4.1.1.2 Hidrología Subterránea ..................................................................................................................................................................................................................41 4.1.1.3 Otros Puntos de Agua y Recursos Hídricos .....................................................................................................................................................................................43
4.1.2. Fauna y Flora............................................................................................................................................................................................................................................43 4.1.2.1 Vegetación Potencial del Municipio ...............................................................................................................................................................................................44 4.1.2.2 Formaciones Vegetales presentes en el Municipio ........................................................................................................................................................................45 4.1.2.3 Fauna ..............................................................................................................................................................................................................................................45
4.1.3. Espacios Naturales Protegidos.................................................................................................................................................................................................................46 4.1.3.1 Hábitats Naturales de Interés Comunitario ....................................................................................................................................................................................46 4.1.3.2 Espacios Pertenecientes a la Red Natura 2000...............................................................................................................................................................................47 4.1.3.3 Espacios Naturales Protegidos........................................................................................................................................................................................................48 4.1.3.4 Otros Espacios con Valor Natural ...................................................................................................................................................................................................48
4.1.4. Paisaje y Usos del Suelo ...........................................................................................................................................................................................................................49 4.1.5. Condiciones y Riesgos Ambientales .........................................................................................................................................................................................................50
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4.1.5.1 Calidad del Agua .............................................................................................................................................................................................................................50 4.1.5.2 Calidad del Aire...............................................................................................................................................................................................................................51 4.1.5.3 Calidad Acústica..............................................................................................................................................................................................................................52 4.1.5.4 Suelos Potencialmente Contaminados ...........................................................................................................................................................................................57 4.1.5.5 Residuos .........................................................................................................................................................................................................................................58 4.1.5.6 Vulnerabilidad de Acuíferos ...........................................................................................................................................................................................................60 4.1.5.7 Riesgo de Inundabilidad .................................................................................................................................................................................................................60 4.1.5.8 Riesgo de Erosionabilidad...............................................................................................................................................................................................................61 4.1.5.9 Riesgo Sísmico ................................................................................................................................................................................................................................62 4.1.5.10 Riesgo de Incendio Forestal............................................................................................................................................................................................................62 4.1.5.11 Riesgos Tecnológicos ......................................................................................................................................................................................................................62
4.2. ANÁLISIS DE LOS MUNICIPIOS COLINDANTES ........................................................................................................................................................................... 65 4.2.1. Aramaio ...................................................................................................................................................................................................................................................67 4.2.2. Atxondo ...................................................................................................................................................................................................................................................69 4.2.3. Berriz........................................................................................................................................................................................................................................................ 71 4.2.4. Dima.........................................................................................................................................................................................................................................................73 4.2.5. Durango ...................................................................................................................................................................................................................................................75 4.2.6. Elorrio ......................................................................................................................................................................................................................................................77 4.2.7. Garai......................................................................................................................................................................................................................................................... 79 4.2.8. Iurreta ......................................................................................................................................................................................................................................................81 4.2.9. Izurtza ......................................................................................................................................................................................................................................................83 4.2.10. Mañaria....................................................................................................................................................................................................................................................85 4.2.11. Otxandio ..................................................................................................................................................................................................................................................87
5. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL PLANEAMIENTO..............................................................................................................89 5.1. MODELO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES................................................................................................................................................................. 89
5.1.1. Modelo Residencial..................................................................................................................................................................................................................................90 5.1.2. Modelo Terciario‐Industrial .....................................................................................................................................................................................................................90 5.1.3. Los Equipamientos...................................................................................................................................................................................................................................91 5.1.4. Suelo No Urbanizable...............................................................................................................................................................................................................................91
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5.2. CLASIFICACIÓN DEL SUELO ........................................................................................................................................................................................................ 91 5.3. GRADO DE DESARROLLO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS......................................................................................................................................................... 93
5.3.1. Grado de Desarrollo Suelo Residencial ....................................................................................................................................................................................................94 5.3.2. Grado de Desarrollo Suelo de Actividades Económicas (AAEE) .............................................................................................................................................................102
5.4. SUELO NO URBANIZABLE......................................................................................................................................................................................................... 108 5.4.1. Usos del suelo ........................................................................................................................................................................................................................................108 5.4.2. La vivienda en el suelo no urbanizable ..................................................................................................................................................................................................109
5.5. INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE .................................................................................................................................................................................... 112
6. ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO .......................................................................................................................................................114 6.1. ASPECTOS DEMOGRÁFICOS..................................................................................................................................................................................................... 114
6.1.1. Evolución de la población ......................................................................................................................................................................................................................114 6.1.2. Distribución y evolución de la población por barrios.............................................................................................................................................................................115 6.1.3. Movimiento de la población, Movimientos migratorios y Población por lugar de nacimiento .............................................................................................................117 6.1.4. Población de 10 y más años, según nivel de Instrucción .......................................................................................................................................................................117 6.1.5. Euskara...................................................................................................................................................................................................................................................117
6.2. ASPECTOS ECONÓMICOS......................................................................................................................................................................................................... 118 6.2.1. Relación con la Actividad .......................................................................................................................................................................................................................118 6.2.2. Población ocupada según ramas de actividad .......................................................................................................................................................................................118 6.2.3. Paro registrado ......................................................................................................................................................................................................................................118 6.2.4. Establecimientos registrados y número de empleos en el municipio....................................................................................................................................................119
7. ANÁLISIS DEL MEDIO URBANO.....................................................................................................................................................120 7.1. ASPECTOS GENERALES............................................................................................................................................................................................................. 120
7.1.1. Estructura Urbana..................................................................................................................................................................................................................................120 7.1.2. Equipamientos .......................................................................................................................................................................................................................................125 7.1.3. Espacios Libres .......................................................................................................................................................................................................................................127 7.1.4. Estructuras de Comunicación ................................................................................................................................................................................................................129
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7.1.4.1 Red Viaria .....................................................................................................................................................................................................................................129 7.1.4.2 Aparcamiento ...............................................................................................................................................................................................................................131 7.1.4.3 Red Peatonal y Ciclista..................................................................................................................................................................................................................131 7.1.4.4 Red Ferroviaria .............................................................................................................................................................................................................................131
7.2. INFRAESTRUCTURAS DE SERVICIOS ......................................................................................................................................................................................... 133 7.2.1. Red de Abastecimiento de Aguas ..........................................................................................................................................................................................................133 7.2.2. Red de Saneamiento..............................................................................................................................................................................................................................133 7.2.3. Red de Energía Eléctrica.........................................................................................................................................................................................................................134
7.3. PATRIMONIO cultural .............................................................................................................................................................................................................. 135 7.3.1. Patrimonio Arquitectónico.....................................................................................................................................................................................................................135 7.3.2. Patrimonio Arqueológico .......................................................................................................................................................................................................................139
8. LISTADO DE PLANOS ....................................................................................................................................................................141
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1. ANTECEDENTES
1.1. INTRODUCCIÓN
Mediante Decreto de Alcaldía 94/2015 de 12 de junio del 2015 el Ayuntamiento de Abadiño adjudica la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) a la UTE TRION S.L.P.‐ Sanz & Saiz Asesores Legales S.L.
En julio de 2015 arrancan los trabajos de elaboración del nuevo PGOU de Abadiño con el objetivo de actualizar las actuales Normas Subsidiarias (NNSS) del año 1989 a la vigente legislación del suelo, concretamente, la Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
La ley, conforme a lo preceptuado en el artículo 90.1 de la Ley 2/2006, prevé que en un primer momento se realicen las CONSULTAS PREVIAS, es decir se solicite de los órganos del Gobierno Vasco y de la Diputación Foral correspondiente con competencias sobre Protección Civil, el Medio Ambiente, el Patrimonio Cultural y el Medio Natural la información sobre riesgos existentes y los condicionantes medioambientales, de protección del patrimonio cultural y del medio natural que deban ser respetados por su ordenación, junto con su justificación técnica y jurídica, en un plazo no superior a dos meses.
Dentro de estas consultas previas, destaca la que ha de realizarse a la Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco (órgano ambiental competente en el caso de Abadiño) para que emita un Documento de Referencia sobre la amplitud y el grado de especificación de la información que ha de constar en el Informe de Sostenibilidad Ambiental, así como cualquier otra que consideren de interés para la elaboración del citado documento.
Esta consulta sirve para iniciar el procedimiento de evaluación ambiental paralelo a la tramitación del propio Plan General y debe ir acompañada de una memoria en la que se expongan los planteamientos, consideraciones y alcance de la revisión de las actuales Normas Subsidiarias del año 1989 y redacción de un nuevo Plan General.
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2. ASPECTOS JURÍDICOS
En esta primera fase de Diagnóstico se ha revisado la normativa vigente, especialmente la Ley 2/2006 de 30 de Junio, de Suelo y Urbanismo, así como el resto de leyes estatales y autonómicas con incidencia urbanística que en estos últimos años han venido complementando a las primeras.
El objetivo es determinar las principales condicionantes y posibles modificaciones derivadas de la legislación vigente, que puedan afectar a la futura revisión del Plan General.
2.1. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA REVISIÓN DEL PGOU DE ABADIÑO
En la actualidad, el planeamiento urbanístico del municipio de Abadiño está regulado mediante Normas Subsidiarias tipo b), aprobadas definitivamente por Orden Foral de 6 de febrero de 1987 y siendo publicada la normativa del texto refundido en el Boletín Oficial de Bizkaia de 29 de mayo del año 1989. El texto íntegro se publicó con fecha de 24 de mayo del 2000.
Se presentaba como un instrumento fundamental en el proceso de recualificación y regeneración urbana que tanto necesitaba el municipio por aquel entonces, estableciendo: un uso más racional del suelo apto para las actividades que configuraban la ciudad y buscando el equilibrio entre la residencia y el empleo, con una propuesta que conjugaba la remodelación de áreas obsoletas y la variedad tipológica y espacial de la oferta residencial, la mejora de las condiciones de las áreas de actividades económicas, la suficiencia de las dotaciones propias y la incorporación de nuevas zonas verdes y deportivas.
Desde su aprobación la configuración del municipio ha cambiado considerablemente como consecuencia de la materialización de la mayor parte de las propuestas de las NNSS por lo que la capacidad residencial empieza a dar síntomas de agotamiento, a lo que hay que añadir el tradicional déficit de suelo industrial que padece el municipio desde hace años.
Tras la entrada en vigor de la Ley 2/2006 de 30 de junio, se ha unificado la dualidad existente entre P.G.O.U. y NN.SS. creando un único Plan General que realiza la ordenación urbanística municipal, bajo la denominación de P.G.O.U., por tanto ésta será la denominación del documento que revise las NN.SS. vigentes en el municipio de Abadiño.
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En este tiempo también se han producido cambios en la legislación urbanística vigente. La entrada en vigor, en el ámbito estatal de la Ley del Suelo 8/2007, del 28 de mayo, ha supuesto un nuevo e importante hito en la evolución de la normativa urbanística del España. Asimismo, a nivel autonómico, la entrada en vigor de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo, del 30 de junio, y los posteriores decretos que la desarrollan, ha traído sustanciales modificaciones para el planeamiento urbanístico, en relación con la tramitación del planeamiento, el desarrollo sostenible, los estándares y cuantías mínimas de viviendas sometidas a algún régimen de protección oficial, la desaparición del concepto de aprovechamiento tipo, etc.
Desde la entrada en vigor del Plan actual se ha aprobado definitivamente el Plan Territorial Parcial (PTP) del Área Funcional de Durango, el Plan Territorial Sectorial (PTS) de la Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el PTS de Energía Eólica, el PTS de Ordenación de Zonas Húmedas, el PTS de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y de Equipamientos Comerciales, el PTS Agroforestal y las modificaciones del PTS de Márgenes de Ríos y Arroyos y del PTS de Zonas Húmedas, mientras que se ha aprobado el Avance del PTS de Patrimonio Cultural y se ha presentado el Avance del PTS de Promoción Pública de Vivienda y del PTS de la Red Intermodal y Logística del Transporte.
Desde la redacción del planeamiento actual, la sociedad vasca ha avanzado hacia una mentalidad respetuosa con el medio ambiente y el desarrollo sostenible. La apuesta por la sostenibilidad reflejada en la Ley 3/98 General de Protección del Medio Ambiente, la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo sostenible (2002‐2020), el Programa Marco Ambiental (2002‐2006), la iniciativa Udaltalde 21 y la red de municipios Udalsarea 21, son hitos en el avance de la instalación de esta mentalidad en todos los ámbitos de la vida. El análisis de los recursos naturales del territorio, la movilidad y el transporte, y otros muchos temas inciden directamente en el planeamiento, por lo que se hace necesario que el planeamiento sea coherente con esta mentalidad.
De este modo, la Revisión del PGOU tratará de plantear propuestas capaces de satisfacer las necesidades actuales de la ciudadanía de Abadiño, pero sin comprometer la capacidad de satisfacer las necesidades de las generaciones futuras, siendo conscientes en todo momento, de la huella que nuestras acciones dejan en el territorio.
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2.2. MARCO LEGAL VIGENTE
2.2.1. LEY 2/2006 DE SUELO Y URBANISMO, DEL 30 DE JUNIO DE SUELO Y URBANISMO
Mediante la Única Disposición Derogatoria de la Ley 2/2006 de 30 de junio (BOPV núm. 138 de fecha 20 de julio de 2006) se procede a la derogación de las siguientes disposiciones generales vigentes hasta la presente revisión:
• La Ley 9/1989, de 17 de noviembre, de Valoración del Suelo de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
• La Ley 17/1994, de 30 de junio, de Medidas urgentes en materia de vivienda y de tramitación de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística.
• La Ley 3/1997, de 25 de abril, por la que se determina la participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la acción urbanística.
• La Ley 5/1998, de 6 de marzo, de Medidas urgentes en materia de régimen del suelo y ordenación urbana.
• La Ley 11/1998, de 20 de abril, de modificación de la Ley por la que se determina la participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la acción urbanística.
• La Ley 20/1998, de 29 de junio, de Patrimonios Públicos de Suelo.
• Cuantas otras disposiciones de rango igual o inferior se opongan o contradigan lo dispuesto en esta Ley.
La Ley 2/2006 de 30 de junio, regula el Urbanismo en la Comunidad Autónoma Vasca. Éste se convierte en una Función Pública cuyo objeto es la ordenación, programación, dirección, supervisión, control, y, en su caso, ejecución de la utilización o el uso del suelo, la transformación urbanística del suelo mediante la ejecución de la ordenación urbanística que se materializa en su urbanización y edificación, la construcción y la edificación, el uso, la conservación y la rehabilitación de construcciones, instalaciones e edificaciones.
Lo que se pretende con la Ley 2/2006, es resaltar la función pública del urbanismo, sometido al interés general, para no supeditarla de este modo al interés de los propietarios. Así se erigen como puntos importantes la regeneración urbana, el desarrollo sostenible y fomento de políticas públicas en materia de suelo y valoración del suelo.
La función pública se cumple de conformidad con los siguientes Principios Generales:
1. Principio de Desarrollo Sostenible.
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2. Principio de Subordinación al Interés Público.
3. Principio de Competencia del planeamiento urbanístico.
4. Principio de Concertación.
5. Principio de Coherencia de la Ordenación urbanística.
6. Principio de Participación Ciudadana.
7. Principio de Información Pública.
Asimismo, se distingue en el Planeamiento entre las determinaciones prioritarias de carácter de ordenación estructural del municipio, de aquellas otras secundarias, de ordenación pormenorizada.
Esta distinción unida a los intentos de flexibilización en la tramitación y modificación de planes expuestos en puntos anteriores, supone que se pretendan instaurar diferentes formas de modificación, de manera que cuando se proceda a la alteración de determinaciones estructurales se requiera la misma tramitación que para la aprobación de Plan; sin embargo la alteración de determinaciones de desarrollo, podrá realizarse siguiendo la tramitación de los Planes de desarrollo.
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Por tanto el planeamiento urbanístico se estructura del siguiente modo:
PLANEAMIENTO URBANISTICO
ORDENACION ESTRUCTURAL
ORDENACION
PORMENORIZADA
P.G.O.U.
PLAN DE COMPATIBILIZACIÓN
P. SECTORIZACIÓN
P.P.
P.E.O.U.
P.E.D.O.E.
ESTUDIO DETALLE
ORDENANZAS Y CATALOGOS
Por último en aspectos de planeamiento general, se establecen unos estándares de densidades máximas en suelo urbano y urbanizable, así como cuantías mínimas de terrenos destinados a dotaciones públicas generales y locales, manteniendo el estándar de viviendas de protección oficial de la normativa actual.
De conformidad con el artículo 50 de la Ley 2/2006 de 30 de junio, la ordenación urbanística organiza las determinaciones de carácter urbanístico del suelo en su dimensión tanto espacial como temporal a través del planeamiento y deberá comprender al menos las siguientes facultades:
• Clasificar la superficie completa del término municipal en suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.
• Realizar la calificación global del término municipal, dividiéndolo en zonas de distinta utilización predominante.
• Establecer la ordenación estructural en todo el término municipal y la pormenorizada en el suelo urbano y urbanizable.
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• Señalar en suelo urbano y urbanizable las edificabilidades físicas máxima y mínima y las dotaciones adecuadas al bienestar de la población, y determinar en suelo no urbanizable los usos compatibles con su preservación.
• Determinar, a través de su calificación, los suelos sobre los que el planeamiento procederá a la implantación de edificaciones afectas a determinados usos protegidos, entre ellos viviendas sometidas a algún régimen de protección pública.
• Regular la utilización del suelo y las condiciones de autorización de todo tipo de obras sobre el mismo.
• Establecer la programación que fuera precisa para ejecutar la ordenación urbanística.
• Delimitar ámbitos objeto de regeneración y rehabilitación y las normas de protección del patrimonio urbanizado y edificado del municipio.
• Delimitar, en su caso, los núcleos rurales y los ámbitos sometidos a los derechos de tanteo y retracto.
Para el Plan General de Ordenación Urbana de Abadiño se establecerá como contenido sustantivo el siguiente:
• Con carácter mínimo, la ordenación estructural del término municipal completo y la ordenación pormenorizada del suelo urbano que el Plan General incluya en la categoría de suelo urbano consolidado.
• Con carácter potestativo, la ordenación pormenorizada del suelo urbanizable sectorizado y del suelo urbano no incluido por el Plan General en la categoría de suelo urbano consolidado, pudiendo ser remitida en ambos supuestos a su ordenación por planeamiento de ordenación pormenorizada.
La filosofía de la nueva Ley en materia de ejecución del planeamiento descansa sobre el principio de que la responsabilidad es exclusivamente de las Administraciones, si bien permitiendo la participación privada por concesión administrativa mediante el sistema de concertación directa o por concurso (agente urbanizador). Los sistemas de actuación que prevé la Ley son los siguientes:
a. Régimen de Ejecución Pública. Supone la reserva del desarrollo de la actividad de ejecución a favor de la administración actuante, en este régimen las obras
de urbanización se llevan a cabo con o sin expropiación de los terrenos afectados, por la propia administración y, se divide en:
• Sistema de Cooperación
• Sistema de Expropiación Forzosa
b. Régimen de Ejecución Privada. Supone la participación de la iniciativa privada en la ejecución del planeamiento, bajo la dirección inspección y control de la
administración actuante. Los terrenos objeto de una actuación integrada no adquieren la condición de solares hasta que, además de estar efectivamente
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dotados por los correspondientes servicios, estén ejecutadas y entregadas a la administración local las obras de urbanización propias de la actuación y las
infraestructuras de integración y conexión de esta con su entorno establecidas en la programación de la misma y, se divide en:
• Sistema de Concertación
• Sistema de Agente Urbanizador
En todo caso, la ejecución de la ordenación podrá realizarse de los siguientes modos:
• Mediante actuaciones aisladas tendentes a edificar una sola parcela urbana concreta con un nivel de urbanización suficiente para atender los usos y la edificabilidad urbanística previstos en la ordenación urbanística.
• Mediante actuaciones de dotación tendentes a completar, en situaciones de incremento de edificabilidad urbanística, las cesiones de dotaciones necesarias para garantizar el anterior equilibrio entre usos lucrativos y dotacionales previstos en la ordenación urbanística.
• Mediante actuaciones integradas destinadas a producir uno o más solares mediante la previa o simultánea implantación de los correspondientes servicios e infraestructuras urbanísticas.
• Mediante actuaciones de ejecución de sistemas generales o locales cuando los mismos no figuren incluidos ni adscritos a actuaciones integradas por el sistema de la expropiación forzosa.
De conformidad con los artículos 136 y siguientes de la Ley Vasca del Suelo se diferencian los siguientes tipos de actuación urbanística:
• Aisladas (Propietarios titulares y agente edificador)
• De dotación.
• Integradas. (Junta de concertación, agrupaciones de interés urbanístico, agente urbanizador)
• De ejecución de dotaciones públicas.
Por último también cabe en los supuestos de excepcionalidad, contemplados en la propia ley, emplear la expropiación forzosa.
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1. Actuaciones aisladas:
A los efectos previstos en la Ley, se consideran como actuaciones aisladas las edificatorias realizadas en los siguientes supuestos:
a) Solares ya existentes cuya urbanización haya sido asumida por la ordenación urbanística como adecuada y suficiente para la edificación. No obstante, sin perjuicio de su consideración dentro de la categoría de suelo urbano consolidado, los solares en régimen de proindiviso podrán ser objeto de un proceso reparcelatorio, cuyo ámbito no exceda del propio del solar, a instancia de cualquier copropietario que represente, al menos, el 50% de la cuota de propiedad. Se configura como un medio más, hasta ahora inexistente, que moverá seguramente solares, que por razón de desavenencias entre copropietarios o simple desconocimiento del paradero de parte de los mismos, se nos presentan en la práctica totalidad de los centros urbanos.
b) Parcelas susceptibles de edificación que sólo requieran, para la adquisición de la condición de solar, la realización, previa o simultáneamente a la edificación, de las obras de urbanización complementarias conforme a lo establecido en el artículo 195.
2. Actuaciones de dotación:
A los efectos de la Ley, se consideran actuaciones de dotación las dirigidas al levantamiento de la carga dotacional en suelo urbano no consolidado por incremento de la edificabilidad urbanística.
3. Actuaciones integradas:
A los efectos de la Ley, se consideran actuaciones integradas las que se realizan, en suelo urbano no consolidado por la urbanización y en suelo urbanizable sectorizado, en los terrenos que precisan de un grado de urbanización superior al de las actuaciones aisladas, para dar lugar a uno o varios solares conforme a un único programa de actuación urbanizadora y que habrán de acometerse a través de una o varias unidades de ejecución completas en régimen público o privado, incluso cuando dichas unidades de ejecución correspondieran a ámbitos de ordenación diferentes.
La obtención gratuita del suelo y los derechos necesarios para las dotaciones públicas de las redes de sistemas generales y, en su caso, la financiación de su ejecución se podrá realizar mediante su inclusión o adscripción a actuaciones integradas.
En el suelo urbano no consolidado por la urbanización también podrán incluirse o adscribirse a la unidad de ejecución, previa justificación, otras dotaciones públicas de la red de sistemas locales diferentes de las contempladas para la funcionalidad de la propia actuación, para la obtención gratuita del suelo y los derechos necesarios para su ejecución.
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4. Actuaciones de ejecución de dotaciones públicas de las redes de sistemas generales y locales:
A los efectos de la Ley 2/2006 de 30 de junio, se consideran actuaciones de ejecución de dotaciones públicas de la red de sistemas generales y locales aquellas que pueden ejecutarse directamente y cuyo suelo y derechos afectados se deban obtener por expropiación, por no estar dichos suelos, bienes y derechos incluidos o adscritos a actuaciones integradas con arreglo al artículo anterior.
La Ley 2/2006 siguiendo el régimen del suelo establecido en la Ley 6/1998, de 13 de abril distingue entre el suelo urbano, urbanizable y no urbanizable. Se realiza una descripción detallada para que determinados suelos queden clasificados como urbanos y dentro de éste como consolidados o no consolidados.
El suelo urbanizable se divide en sectorizado y no sectorizado. Si bien el primero actúa básicamente de igual manera que en la normativa anterior, mediante su ejecución con el Planeamiento de desarrollo; el no sectorizado requiere para el inicio de la transformación la previa admisión a trámite del ámbito y las condiciones de la propuesta de actuación, así como la posterior aprobación de un Plan de ordenación del suelo urbanizable no sectorizado que complete la ordenación estructural inicial.
El suelo no urbanizable se divide en cinco categorías; de especial protección; de producción; de núcleo rural; de carácter estratégico y de protección ambiental.
2.2.2. LEY 3/2015 DE 18 DEJUNIO, DE VIVIENDA
La ley 3/2015 de 18 de junio (BOPV de fecha 26 de junio de 2015) Modifica los artículos 27, 35 y 80 de la disposición Adicional Octava de la Ley 2/2006 de 30 de junio.
2.2.3. LEY 11/2008 QUE MODIFICA LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LAS PLUSVALÍAS GENERADAS
La Ley 11/2008, de 28 de noviembre por la que se modifica la participación de la Comunidad en las plusvalías generadas por la acción urbanística, fue publicada en el BOPV 238 de fecha 12 de diciembre de 2008. Esta Ley modifica el Art. 27 de la Ley 2/02006 de 30 de junio, relativo a la participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la acción urbanística.
2.2.4. DECRETO 105/2008, DE 3 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES
Decreto para el desarrollo de la Ley 2/2006 de 30 de junio, de suelo y urbanismo, publicado en el BOPV núm. 118 de 23 de junio de 2008.
Hay que hacer especial mención a la nueva categoría de suelo urbano no consolidado por incremento de la edificabilidad ponderada y el régimen las actuaciones de dotación donde dicho suelo encuentra su desarrollo urbanístico. A través del Decreto de Medidas Urgentes además de fijar una definición más precisa, dispone un régimen jurídico en aras a facilitar su puesta en práctica.
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Asimismo el Decreto establece diferentes normas para la regulación del supuesto de núcleos rurales y reconstrucción de caseríos, acompañando una definición de caserío, con importantes efectos jurídicos que dicho concepto lleva asociado.
En materia de régimen de suelo, se establecen finalmente unas normas prácticas de aplicación del régimen de reparcelación y de las normas de tránsito entre los sistemas de compensación y concertación en aras también a facilitar su aplicación inmediata demandada por el régimen de transitoriedad incorporado a la legislación urbanística.
En materia de planeamiento urbanístico, se fija con mayor desarrollo en materia de estándares tanto edificabilidades máximas y mínimas como de reserva de suelo para la vivienda de protección pública, alojamientos dotacionales a los que se acompaña unas reglas mínimas de diseño para acelerar su puesta en práctica así como el resto de dotaciones públicas.
El Decreto da cumplimiento a lo previsto en el artículo 79.1 de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo, que obliga a un desarrollo reglamentario para la fijación de estándares de dotaciones locales en suelo urbano no consolidado.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto con carácter urgente y obligatorio por la Ley estatal 8/2007, de Suelo, se dispone con carácter reglamentario unas reglas interpretativas de procedencia de las diferentes figuras de alteración del planeamiento urbanístico. Así, se establecen con precisión los supuestos en los que procede bien la revisión integral del Plan General, bien su revisión parcial bien su modificación puntual.
Dado el carácter de desarrollo parcial del presente Decreto de Medidas Urgentes, se debe recordar que en materia urbanística será de aplicación supletoria en ausencia de regulación expresa legislativa y reglamentaria lo dispuesto en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento, Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, Real Decreto 2187/1978, de 23 junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística y Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares.
2.2.5. DECRETO 123/2012 DE 3 DE JULIO DE ESTÁNDARES URBANÍSTICOS
Decreto 123/2012 de 3 de julio de Estándares Urbanísticos (BOPV de 23 de julio de 2012)
2.2.6. DECRETO 211/2012 DE 16 DE OCTUBRE POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE PLANES Y PROGRAMAS
Decreto 211/2012 de 16 de octubre (BOPV de 19 de noviembre de 2012)
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2.2.7. REAL DECRETO LEGISLATIVO 7/2015 DE 30 DE JUNIO POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL SUELO Y REHABILITACIÓN URBANA
Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de junio (BOE núm 261 de fecha 31 de octubre de 2015)
2.2.8. LEY 4/1990 DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DEL PAÍS VASCO
La Ley 4/1990 de 31 de mayo de Ordenación del Territorio del País Vasco que fue publicada en el BOPV número 131 (fecha 3 de julio de 1990), define y regula los instrumentos de ordenación territorial del País Vasco, así como el establecimiento de los criterios y procedimientos necesarios para asegurar la coordinación de las acciones de incidencia territorial que corresponda desarrollar a las diferentes administraciones públicas.
Los instrumentos que recoge dicha Ley son los siguientes:
Directrices de Ordenación del Territorio
Las DOT, constituyen el marco de referencia para la formulación de los restantes instrumentos de ordenación territorial y ordenación urbana, siendo sus principales funciones, las siguientes:
• Formular el conjunto de criterios y normas que orienten y regulen los procesos de asentamiento en el territorio de distintas actividades económicas y sociales, a fin de garantizar el necesario equilibrio territorial y la creación de las condiciones adecuadas para atraer las actividades económicas a los espacios territoriales idóneos.
• Construir un marco de referencia en cuanto a la ordenación y al uso de los espacios y del territorio para la formulación y ejecución de las políticas sectoriales, así como para la actividad urbanística de las Diputaciones Forales y Ayuntamientos.
• Prever las acciones territoriales que requieran la acción conjunta con el Estado u otras Comunidades Autónomas.
Además de señalar los criterios generales a los que habrá que acomodarse la acción de las diferentes Administraciones Públicas para hacer frente a los problemas detectados y de otras determinaciones las DOT han de delimitar y definir las áreas o zonas que deban ser objeto de una protección específica con el fin de preservar sus valores ecológicos, culturales, económicos, su potencial agrario, han de definir las áreas o zonas que deban ser objeto de una ordenación pormenorizada a través de los Planes Territoriales Parciales, definir las áreas más idóneas para servir de asentamiento a las grandes infraestructuras y equipamientos, cuantificar la necesidad de viviendas, y evaluar los déficit de equipamientos.
Los Planes Territoriales Parciales
Los Planes Territoriales Parciales son los instrumentos que desarrollan las DOT en las áreas o zonas supramunipales que delimitan, concretando para cada una de ellas los criterios específicos de ordenación que las directrices establecen y en concreto han de definir:
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• Los objetivos de la ordenación.
• Los espacios aptos para servir de soporte a las grandes infraestructuras.
• La ubicación de los equipamientos de interés común.
• Los criterios, principios y normas generales a los que habrá de atenerse la ordenación urbanística.
• Los espacios objeto de remodelación, regeneración o rehabilitación.
• La cuantificación de las superficies de suelo para la construcción de viviendas de protección oficial y promoción pública de suelo industrial.
• Los criterios, normas y principios necesarios para el desarrollo de las determinaciones contenidas en las DOT.
Los Planes Territoriales Sectoriales
Los Planes Territoriales Sectoriales (PTS) son planes de incidencia territorial que elaboran los distintos departamentos del Gobierno Vasco, o en su caso los Órganos Forales de los Territorios Históricos, en sus respectivas competencias sectoriales, que vienen a desarrollar las DOT.
Las DOT señalaban la necesidad de redactar los siguientes PTS:
• PTS Forestal (apartado 5.2.a3 y 5.3.f7 del capítulo 8: Ordenación del Medio Físico).
• PTS Ordenación de Márgenes de Ríos y Arroyos (apartado 5.2.d2, d3 y d7 del capítulo 8).
• PTS de Zonas Canterables (apartado 5.3.b2 del capítulo 8).
• PTS de Ordenación y Protección del Litoral (apartado 7.C. del capítulo 8).
• PTS de Ordenación y Protección de Zonas Húmedas (apartado 7.C. del capítulo 8).
• PTS de Suelo para Promoción Pública de Viviendas (apartado 3.3, 3.4 y 3.5 del capítulo 9: Implicaciones del Modelo Territorial en la Política de Suelo).
• PTS de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas (apartado 5.1, 5.2 y 6.5 del capítulo 9).
• PTS de Ordenación de los Recursos Turísticos (apartado 5.16 del capítulo 10: Ordenación de la Segunda Residencia y de los Recursos Turísticos).
• PTS de desarrollo de la infraestructura ferroviaria de Alta Velocidad (apartado 6.1.8 del capítulo 13: Infraestructuras de Transportes, Comunicaciones y Energía).
• PTS para el Sistema Aeroportuario Vasco (apartado 7.10 del capítulo 13).
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• PTS de Puertos Deportivos e Instalaciones Náutico‐Recreativas (apartado 8.4 del capítulo 13).
• PTS de la Red de Telecomunicaciones (apartado 9.2.8 y 9.7del capítulo 13).
• PTS para la Ordenación del Transporte y Distribución de Gas (apartado 10.1.2 del capítulo 13).
• PTS de Infraestructuras Energéticas (apartado 10.2.1 del capítulo 13).
• Plan Hidrológico de las Cuencas Internas de la Comunidad Autónoma Vasca, con carácter de Plan Territorial Sectorial (apartado 4.1.3 del capítulo 14: Agua).
• PTS de Gestión de Vertederos de Residuos Sólidos Urbanos, Inertes y de Seguridad (apartado 5.3.d1 del capítulo 8 y apartado 6.3 del capítulo 15: Residuos Sólidos).
• PTS de Patrimonio Cultural (apartado 4.1.1, 4.1.3, 4.2.2, 4.3.5, 4.3.6 del capítulo 17: Ordenación del Patrimonio Cultural).
Asimismo las DOT reconocen el carácter de Planes Territoriales Sectoriales las sucesivas versiones del Plan General de Carreteras que redacte el Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco y los distintos Planes de Carreteras que elaboren las Diputaciones Forales sobre sus respectivos Territorios Históricos (apartado 5.2 del capítulo 13). También otorgan carácter de PTS a la ordenación de equipamientos de ámbito Nacional o Comarcal con incidencia territorial por parte de los Departamentos del Gobierno Vasco y de los Territorios Históricos (apartado 2.1 del capítulo 18: Los Equipamientos en la Perspectiva Territorial).
Además de los PTS señalados específicamente en las DOT cualquier institución competente en ámbitos sectoriales con incidencia en el territorio podrá redactar nuevos Planes Territoriales Sectoriales en el ámbito de su competencia y respetando las determinaciones y criterios de ordenación territorial de las Directrices.
Hasta la fecha los Planes Territoriales Sectoriales con algún tipo de incidencia sobre Bizkaia aprobados definitivamente son los siguientes:
• PTS de Ordenación de los Márgenes de Ríos y Arroyos.
• Plan Sectorial General de Carreteras.
• Plan Sectorial de Carreteras de Bizkaia.
• PTS de Energía Eólica.
• PTS de la Red Ferroviaria en la CAPV.
• PTS de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y Equipamientos Comerciales.
• PTS de Zonas Húmedas.
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• PTS de Protección y Ordenación del Litoral.
En redacción y tramitación se encuentran los siguientes planes:
• PTS de Patrimonio Cultural.
• PTS Agroforestal.
• PTS de Suelo para la Promoción Pública de Viviendas.
• PTS de Puertos.
• PTS de Red Intermodal y Logística del Transporte.
En el apartado 3. (Planeamiento Supramunicipal) se analiza pormenorizadamente las implicaciones de estos PTS sobre el Planeamiento Urbanístico de Abadiño.
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2.3. NORMATIVA SECTORIAL CON INCIDENCIA EN EL PGOU
2.3.1. CARRETERAS
Norma Foral 2/1993 de 18 de febrero, de carreteras del Territorio Histórico de Bizkaia. (Modificado por la Norma Foral 2/2007 de 7 de febrero).
De conformidad con el artículo 30 de la referida Norma Foral se establecen, en las carreteras de Bizkaia, las siguientes zonas de protección:
• De dominio público.
• De servidumbre.
• De afección.
Se superponen además a las mismas, las siguientes líneas:
• Límite de edificación.
• De servicios públicos generales.
Son de dominio público (art.31) los terrenos ocupados por las carreteras y sus elementos funcionales y una franja de terreno de ocho metros de anchura en autopistas, autovías, vías rápidas y las carreteras convencionales incluidas en las redes de interés preferente, y de tres metros en el resto de las carreteras, a cada lado de la vía, medidas en horizontal y perpendicularmente al eje de la misma, desde la arista exterior de la explanación. La arista exterior de la explanación es la intersección del talud del desmonte, del terraplén o, en su caso, de los muros de sostenimiento colindantes con el terreno natural.
Existiendo acera, la arista exterior de la explanación coincidirá con el borde exterior de la acera más cercana a la calzada.
En los casos especiales de puentes, viaductos, túneles, estructuras u obras similares, se podrá fijar como arista exterior de la explanación la línea de proyección vertical del borde de las obras sobre el terreno. Será en todo caso de dominio público el terreno ocupado por los soportes de la estructura. En el supuesto especial de túneles, la determinación de la zona de dominio público se efectuará además de conformidad con las características geométricas y geológicas del terreno y con la altura de éste sobre el túnel.
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Se considera elemento funcional de una carretera toda zona permanentemente afecta a la conservación de la misma o a la explotación del servicio público viario, tales como las destinadas a descanso, estacionamiento, auxilio y atención médica de urgencia, pesaje, parada de autobuses y otros fines auxiliares o complementarios.
Excepcionalmente, se podrá autorizar, en la zona de dominio público de la carretera, obras que tengan por objeto la implantación o reposición de infraestructuras de redes de conducción de agua, saneamiento, gas, telefonía, electricidad u otras análogas para la prestación de un servicio público de interés general siempre y cuando se justifique debidamente que por motivos físicos o técnicos dicho servicio no puede discurrir sino por la zona de dominio público y siempre que quede garantizada la seguridad vial así como el mantenimiento de la propia carretera.
Se deberá desarrollar mediante el correspondiente Decreto Foral las condiciones a las que se deben sujetar estas autorizaciones a precario, los derechos y obligaciones que asume el/la autorizado/a, el plazo de duración de la autorización, el canon de ocupación que en su caso se fije así como los supuestos de revocación.
No obstante, corresponderá al Diputado/a Foral del Departamento de Obras Públicas autorizar aquellas obras que habiendo sido declaradas de interés público, posean un marcado carácter territorial. Todo ello sin perjuicio de otras competencias concurrentes.
En cualquier caso deberá tratarse de que estas afecciones sean lo menos gravosas posibles para la carretera.
En ningún caso podrán colocarse arquetas de registro u otras instalaciones análogas dentro de la calzada y arcenes de la carretera.
Estas instalaciones sí podrán situarse bajo o tras la acera.
La Diputación Foral de Bizkaia podrá exigir por razones de tráfico, de conservación de la carretera y de seguridad vial que la conducción subterránea se realice mediante perforación horizontal y sin afectar a la calzada.
Sólo podrán realizarse obras o instalaciones en la zona de dominio público de la carretera, previa autorización del órgano competente de la Diputación Foral, cuando la prestación de un servicio público de interés general así lo exija. Todo ello sin perjuicio de otras competencias concurrentes.
La zona de servidumbre (art.32)de las carreteras consistirá en dos franjas de terreno a ambos lados de las mismas, delimitadas internamente por la zona de dominio público definida en el artículo anterior y externamente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la explanación a una distancia de veinticinco metros en las autopistas, autovías, vías rápidas y las carreteras convencionales incluidas en las redes de interés preferente, y de ocho metros en el resto de las carreteras, medidas desde las citadas aristas.
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En la zona de servidumbre no podrán realizarse obras ni se permitirán más usos que aquéllos que sean compatibles con la seguridad vial, previa autorización, en cualquier caso, del órgano competente de la Diputación Foral, sin perjuicio de otras competencias concurrentes.
En todo caso, el órgano competente de la Diputación Foral podrá autorizar la utilización de la zona de servidumbre por razones de interés general o cuando lo requiera el mejor servicio de la carretera.
Excepcionalmente se autorizarán obras que tengan por objeto la implantación o reposición de las conducciones de interés privado siempre y cuando se justifique debidamente que por motivos físicos o técnicos las mismas no pueden discurrir sino por la zona de servidumbre.
Serán indemnizables la ocupación de la zona de servidumbre y los daños y perjuicios que se causen por su utilización.
La zona de afección (art.33) de una carretera consistirá en dos franjas de terreno a ambos lados de la misma, delimitadas internamente por la zona de servidumbre y externamente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la explanación a una distancia de cien metros en las autopistas, autovías, vías rápidas y carreteras convencionales incluidas en las redes de interés preferente, y de cincuenta metros en las carreteras pertenecientes a la red básica, y treinta metros en el resto de las carreteras, medidas desde las citadas aristas.
Para ejecutar en la zona de afección cualquier tipo de obras e instalaciones fijas o provisionales, cambiar el uso o destino de las mismas se requerirán la previa autorización del órgano competente de la Diputación Foral, sin perjuicio de otras competencias concurrentes.
No se podrán ejecutar en la zona de afección construcciones salvo que queden totalmente fuera de la línea de edificación, conforme se establece en el, sin perjuicio de lo dispuesto para las obras de nueva conservación y de otras competencias concurrentes.
La denegación de la autorización deberá fundarse en las previsiones de los planes o proyectos de ampliación o variación de la carretera en un futuro no superior a doce años.
Con relación a la línea de edificación, a ambos lados de las carreteras se establece la línea de edificación desde la cual hasta la carretera, queda prohibido cualquier tipo de obra de construcción. En las edificaciones e instalaciones ya existentes delante de la línea de edificación podrán realizarse en ellas obras de reparación que exigieren la higiene, ornato y conservación del inmueble.
En casos excepcionales podrán autorizarse obras parciales y circunstancias de consolidación, cuando no estuviere prevista la expropiación o demolición de la finca para la ejecución de un planeamiento de obras públicas en el plazo de doce años a contar de la fecha en que se pretendan realizar. Si con estas obras que se pretenda realizar en el edificio o instalación existente se incrementa su valor expropiatorio, excepcionalmente, podrá autorizarse su ejecución sin derecho a indemnización del citado incremento cuando deban demolerse con ocasión de la ejecución de un proyecto de carreteras, previa renuncia expresa del propietario. Igualmente podrá autorizarse en el suelo comprendido entre la zona de servidumbre y línea de edificación y a precario usos u obras justificadas de carácter provisional o instalaciones ligeras fácilmente desmontables.
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La línea de edificación se sitúa a cincuenta metros en autopistas, autovías y vías rápidas, a veinticinco metros en carreteras convencionales de las redes de interés preferente y básica, a dieciocho metros en carreteras de la red comarcal y complementaria y a doce en la red local. Se entiende que la arista exterior de la calzada es el borde derecho en el sentido de la marcha, del carril exterior de la carretera. En cualquier caso la línea de edificación será exterior a la zona de servidumbre.
Con carácter general, en las carreteras que discurran total o parcialmente por zonas urbanas, el órgano competente de la Diputación foral, podrá establecer la línea límite de edificación a una distancia inferior a la fijada en el apartado anterior, siempre que lo permita el planeamiento urbanístico correspondiente, con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca.
Asimismo, el órgano competente de la Diputación Foral, previo informe de las entidades locales afectadas, podrá por razones geográficas o socioeconómicas, fijar una línea límite de edificación inferior a la establecida con carácter general, aplicable a determinadas carreteras en zonas o comarcas perfectamente delimitadas.
Siempre que quede garantizada la seguridad viaria mediante la ordenación de los márgenes de las carreteras y el adecuado control de accesos, la Diputación Foral, a propuesta del Diputado Foral del Departamento de Obras Públicas y previo informe de la Comisión de Urbanismo, podrá autorizar excepcionalmente en supuestos singulares construcciones a menor distancia de la señalada en el apartado 1 de este artículo, cuando exista un continuo edificatorio.
En la zona de protección de las Carreteras Forales, siempre que en los Planes Generales de Ordenación Urbana o en las Normas Subsidiarias de Planeamiento se configuren Núcleos Rurales en suelo no urbanizable, para la determinación de la línea de edificación se estará a lo dispuesto expresamente en dichos instrumentos de planeamiento, sin que, en ningún caso, la línea de edificación se sitúe a menos de doce (12) metros desde la arista exterior de la calzada.
En las variantes o carreteras de circunvalación que se construyan con el objeto de eliminar las travesías de las poblaciones, la línea límite de edificación se situará a cincuenta metros medidos horizontalmente a partir de la arista exterior de la calzada en toda la longitud de la variante.
2.3.2. AGUAS
La normativa sobre aguas viene regulada a través de:
• Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas.
• RDL 1/2001 de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
MODIFICACIONES:
Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. En su artículo 91, ha añadido un nuevo párrafo al apartado 1, del artículo 132 del texto refundido, en materia de regulación de las sociedades estatales de aguas, previendo que las sociedades allí reguladas puedan tener también por objeto la adquisición de obras hidráulicas, públicas o privadas, para su integración en sistemas hidráulicos.
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Ley 16/2002 de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, IPPC. En su disposición final segunda, añade un párrafo al artículo 105.2.a) del texto refundido de la Ley de Aguas, sobre vertidos no autorizados, y una disposición adicional décima, sobre vertidos a las aguas continentales de cuencas intercomunitarias.
Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
- En su artículo 122, se regula con mayor precisión el contenido, alcance y plazos del informe previo municipal a la realización de obras de interés general.
- En su artículo 129 incorpora al derecho español la Directiva 2000/60/CE, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.
Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional (Disposición final primera).
Real Decreto‐Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
LEY 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
• Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986, de 11 de abril)
MODIFICACIONES:
Real Decreto 1315/1992, de 30 de octubre.
Real Decreto 419/1993, de 26 de marzo.
Real Decreto 1771/1994, de 5 de agosto, de adaptación a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, de determinados procedimientos administrativos en materia de aguas, costas y medio ambiente.
Real Decreto 995/2000, de 2 de junio.
Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo.
• Decisión 2455/2001/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, por la que se aprueba la lista de sustancias prioritarias en el marco de la política de aguas, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE.
• Directiva 2006/118/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006 relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro.
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• Directiva 2014/101/UE, de 30 de octubre, mModifica la directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.
• Directiva 2014/80/UE, de 20 de junio, modifica el anexo II de la Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro.
2.3.3. MINAS
La normativa sobre minas viene regulada a través de:
• Ley 22/1973 de 21 de julio de Minas
• Ley 54/1980 de 5 de noviembre de modificación de la Ley de Minas con especial atención a los recursos minerales energéticos.
• Real Decreto 2857/1978 de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el régimen de la minería.
2.3.4. MONTES
La normativa sobre montes viene regulada a través de la Norma Foral 3/1994 de 2 de junio de Montes y administración de espacios naturales protegidos (BOB núm. 123 de fecha 28 de junio de 1994) y modificada por la Norma Foral 3/2007 de 20 de marzo (BOB de 28 de marzo de 2007).
La citada Norma Foral tiene por objeto establecer los fines y el régimen jurídico aplicable a los montes y a todos sus usos y aprovechamientos en el Territorio Histórico de Bizkaia. A los efectos de esta Norma se entiende por Monte o suelo forestal:
1.a) Los terrenos rústicos en los que vegeten o puedan vegetar, espontáneamente o previa siembra o plantación, especies o comunidades forestales, sean arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas
b) Los terrenos incultivados o yermos situados en los límites de los montes o áreas forestales que sean necesarios para la protección de éstas, así como aquellos otros que aun habiendo estado sometidos a cultivo agrícola, constituyan enclaves en los montes o áreas forestales cuyo cultivo se haya abandonado por un plazo superior a tres años.
c) Igualmente, son terrenos forestales aquellas superficies agrícolas que hallándose ubicadas en el interior de los montes o áreas forestales o en los límites de éstas, tengan una extensión inferior a la unidad mínima de cultivo.
d) Cualesquiera terrenos rústicos que como consecuencia de sus características o situación fueran incluidos por el Departamento de Agricultura dentro de los proyectos de reforestación, protección y corrección de la erosión, mejora paisajística del entorno o cualesquiera otras actuaciones de carácter silvícola.
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e) Se consideran también montes los prados y pastizales de regeneración natural, las pistas y caminos forestales y, en general, las superficies ocupadas por las infraestructuras forestales.
2. Se considerarán como terrenos forestales temporales, con una duración mínima nunca inferior al turno de la especie de que se trate, los terrenos agrícolas que circunstancialmente sean objeto de explotación silvícola.
3. No se reputarán montes a efectos de esta Norma Foral los terrenos que, formando parte de una explotación agropecuaria y sin estar cubiertos apreciablemente con especies de carácter forestal, resultaren necesarios para atender al sostenimiento de la propia explotación.”
Se recogen las siguientes clases de montes:
• Montes públicos y montes privados.
• Montes de dominio público y montes patrimoniales.
• Montes protectores.
• Montes incluidos en espacios protegidos.
2.3.5. NORMATIVA MEDIOAMBIENTAL – PROCESOS DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y APERTURA
• Local
- Plan General de Ordenación Urbana
• Autonómica
- Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco. Artículos 55 a 66 y Anexo II.
- Decreto 165/1999, por el que se establece la relación de actividades exentas de la obtención de la licencia de actividad prevista en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco.
- Decreto 171/1985, de 11 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de carácter general de aplicación a las actividades molestas, insalubres nocivas y peligrosas a establecerse en suelo urbano residencial.
• Estatal
- Ley 16/2002, de prevención y control integrados de la contaminación, artículos 11, 12 y 29.
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2.3.6. MEDIO NATURAL
• Autonómica
- Mapa de vulnerabilidad a la contaminación de los acuíferos de la C.A.P.V. del Dpto. de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente.
- Caracterización de las masas de agua superficiales continentales de la CAPV. Ríos y Embalses. Dirección Aguas del Gobierno Vasco.
- II Programa Marco Ambiental de la C.A.P.V. (2007‐2010). Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible (2002‐2020).
- Catálogo de Zonas Ambientalmente Sensibles.
- Red de Corredores ecológicos de la CAPV.
- Catalogo de Paisajes Singulares y Sobresalientes de la CAPV.
- Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.
- Decretos de aprobación de Planes de Gestión de especies incluidas en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de Fauna y Flora.
- Vertebrados de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Publicación). Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco. 1989.
- Vertebrados Continentales. Situación actual en la C.A.P.V. 1998.
- Aplicación GESPLAN de la Dirección de Biodiversidad del Gobierno Vasco.
• Estatal
- Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen las medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestre y sus modificaciones.
- Áreas de importancia para las Aves definidas y/o delimitadas por SEO/BIRDLIFE.
• Comunitaria
- Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y la fauna silvestres y las disposiciones sobre su artículo 6.
- Directiva 74/409 del Consejo de las Comunidades Europeas, de 2 de abril, relativo a la Conservación de las Aves Silvestres.
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2.3.7. PATRIMONIO CULTURAL
• Autonómica
- Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco de 3 de julio.
- Decretos del Gobierno Vasco de calificación de Bienes Culturales.
- Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco. Departamento de Cultura del Gobierno Vasco.
- Inventario del Patrimonio Arqueológico del País Vasco. Departamento de Cultura del Gobierno Vasco.
2.3.8. PATRIMONIO DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
La normativa sobre el Patrimonio del Histórico de Bizkaia viene regulada a través de la Norma Foral 3/2006, de 16 de noviembre, de Patrimonio del Territorio Histórico de Bizkaia (BOB Núm. 231 de fecha 4 de diciembre de 2006).
La citada Norma Foral del Patrimonio del Territorio Histórico de Bizkaia tiene por objeto, en el marco de la normativa básica y general, establecer el régimen jurídico de los bienes y derechos de dominio público así como de los bienes patrimoniales que por cualquier título le pertenezcan.
Tendrán la consideración de Patrimonio del Territorio Histórico de Bizkaia, los bienes titularidad de las siguientes entidades:
• Las Juntas Generales de Bizkaia.
• La Diputación Foral de Bizkaia, como Administración General del Territorio Histórico de Bizkaia.
• Los Organismos y entidades forales de naturaleza pública que integran el Sector Público Foral del Territorio Histórico de Bizkaia.
Los bienes y derechos propiedad de Sociedades Públicas Forales no quedarán sujetos a las disposiciones de la Norma Foral, salvo lo establecido en la misma sobre el Patrimonio empresarial y lo dispuesto en su normativa de creación.
Los bienes y derechos que integran el Patrimonio del Territorio Histórico de Bizkaia se clasifican en demaniales o de dominio público, y patrimoniales o de dominio privado.
Son bienes demaniales o de dominio público, los que siendo de titularidad de las entidades anteriormente mencionadas (Juntas Generales, Diputación Foral, Organismos y entidades forales) se encuentran afectados al uso general o al servicio público, así como a aquellos a los que una ley otorgue expresamente el carácter de demaniales. En todo caso, tienen tal carácter los inmuebles de su titularidad en los que se alojen sus servicios, oficinas o dependencias.
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Son bienes patrimoniales o de dominio privado, los que siendo de titularidad de las entidades anteriormente mencionadas no tengan el carácter de demaniales. En todo caso, tendrán la consideración de patrimoniales:
• Los derechos de arrendamiento.
• Los derechos de propiedad incorporal.
• Los valores y títulos representativos de acciones y participaciones en sociedades mercantiles o entidades de derecho privado, o de obligaciones emitidas y otros valores cualesquiera que sea su forma de representación.
• Las parcelas sobrantes.
• Los derechos de cualquier naturaleza que se deriven de la titularidad de los bienes y derechos patrimoniales.
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2.4. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LA REVISIÓN DEL PGOU DE ABADIÑO
El contenido del Plan General se formalizará con carácter mínimo en los siguientes documentos, de conformidad con el artículo 62 de la Ley 2/2006 de 30 de junio:
• Memoria informativa y justificativa, que deberá recoger toda la información que contenga los elementos de juicio para el ejercicio de la potestad de planeamiento, y describir el proceso de formulación y selección de alternativas para la adopción de decisiones, el análisis de las alegaciones, sugerencias y reclamaciones formuladas a título de participación ciudadana, y la justificación de las soluciones asumidas.
• Memoria justificativa de cumplimiento del informe preliminar de impacto ambiental, que así mismo deberá motivar la ordenación adoptada desde el principio de desarrollo sostenible, considerando la capacidad de acogida de los suelos para el cumplimiento de las previsiones contenidas en el plan.
• Planos de información.
• Planos de ordenación estructural.
• Planos de ordenación pormenorizada.
• Estudio de viabilidad económico‐financiera.
Como se trata de la revisión total de planeamiento, el documento de Avance es obligatorio tal y como se establece en el art. 87 de la Ley.
Asimismo de conformidad con el artículo 90 de la Ley 2/2006 de 30 de junio, la revisión de Plan General se tramitará por el Ayuntamiento de Abadiño conforme al siguiente procedimiento:
• El Ayuntamiento de Abadiño podrá acordar la suspensión, por el plazo máximo de un año (art. 85), del otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para ámbitos o usos determinados, a los efectos de revisión del PGOU desde su aprobación inicial, en todo caso, o desde la adopción del acuerdo de formulación del avance. El acuerdo de suspensión deberá ser publicado en el BOB y en el diario o diarios de mayor difusión en el mismo. Además, el acuerdo de aprobación inicial de los planes urbanísticos determinará la suspensión, por el plazo máximo de dos años en el caso de que el acuerdo se refiera a planes generales, caso que nos ocupa, del otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias en los ámbitos en las que las nuevas determinaciones previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente. Esta suspensión sustituirá la medida anterior (suspensión un año) cuando la misma se hubiera adoptado previamente.
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• Acordada su redacción, se solicitará de los órganos del Gobierno Vasco y de la Diputación Foral correspondiente con competencias sobre protección civil, el medio ambiente, el patrimonio cultural y el medio natural, la información sobre riesgos existentes y los condicionantes medioambientales, de protección del patrimonio cultural y del medio natural que deban ser respetados por su ordenación, la cual se suministrará, acompañada de su justificación técnica y jurídica, en un plazo no superior a dos meses.
• Una vez elaborado el avance, el Ayuntamiento acordará su exposición al público durante el plazo mínimo de dos meses, en el que se podrán presentar sugerencias y alternativas. La exposición pública será anunciada en el BOB y en el diario o diarios de mayor difusión o de mayor circulación del territorio. El avance se remitirá a los Ayuntamientos colindantes para su conocimiento e informe, en relación con los aspectos básicos de la ordenación estructural propuesta.
• A la vista del resultado de la exposición y participación pública e institucional, se adoptarán por el Ayuntamiento los criterios y objetivos que servirán de base para redactar el plan general. Cuando los criterios y objetivos adoptados discrepen del contenido del informe de la evaluación conjunta de impacto ambiental, se motivará expresamente la decisión adoptada.
• El Ayuntamiento aprobará inicialmente el plan general, y lo someterá a información pública por medio de su publicación en el BOB y en el diario o diarios de mayor difusión o de mayor circulación del territorio, por el plazo de un mes a partir de la última publicación. Igualmente se notificará la aprobación inicial, para su conocimiento e informe, a las administraciones públicas con competencias sectoriales.
• El Ayuntamiento, a la vista del resultado de la información pública, procederá a la aprobación provisional del plan general con las modificaciones que procedieran. No obstante, si las citadas modificaciones significasen un cambio sustancial en la ordenación estructural inicialmente prevista, el Ayuntamiento acordará su nueva aprobación inicial y la apertura de un nuevo período de información pública previo a la aprobación provisional.
• El plan general, una vez aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento, se remitirá por éste a la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco. La comisión emitirá informe, que será vinculante en lo referente a la acomodación del plan general a los instrumentos de ordenación territorial y a todos aquellos aspectos sectoriales que, con arreglo a la normativa aplicable y a proyectos de carácter supramunicipal aprobados, resulten de la competencia de la Administración estatal, autonómica o foral, incluido el informe de evaluación conjunta de impacto ambiental.
• Transcurridos tres meses a partir de su recepción por la Comisión sin emitir el informe, se podrá proseguir el trámite. En ninguno caso se podrá aprobar definitivamente el Plan General sin la emisión del informe de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco o sin el transcurso del plazo para su emisión, y los planese generales aprobados sin respetar este precepto serán nulos de pleno derecho. No obstante, el informe emitido fuera de plazo podrá no ser tenido en cuenta en la aprobación definitiva.
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• Realizadas las modificaciones oportunas, el Ayuntamiento de Abadiño, en virtud del número de habitantes del municipio (población superior a 7.000 habitantes), podrá aprobarar definitivamente el Plan General, suspender su aprobación definitiva o desestimarla motivadamente. La suspensión o desestimación podrá ser parcial (estricta legalidad o afección de intereses supramunicipales).
• La aprobación definitiva podrá ser parcial si las objeciones del informe de la Comisión de Ordenación del Territorio afectan a zonas o a determinaciones concretas que no impiden una aplicación coherente del resto del plan.
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3. ANÁLISIS DEL PLANEAMIENTO SUPRAMUNICIPAL
A continuación y a modo de conclusiones resumen, se recogeran los aspectos más destacados de los planes supramunicipales analizados, señalandose unicamente las afecciones y vinculaciones más relevantes y con alcance normativo obligatorio para la futura ordenación urbanística de Abadiño
3.1. ASENTAMIENTOS RESIDENCIALES
• El PTP establece la Cuantificacion provisional de viviendas del Modelo en 356 viviendas para 8 años, para ello fija una horquilla entre 534‐1.069 viviendas para este perídodo de tiempo, debiéndose ajustar la horquilla en función de datos estadísticos del municipio en el momento de redactar la revisión del planeamiento.
El PTP señala que para los crecimientos que conlleven el consumo de nuevo suelo deberán ser utilizandos los Ámbitos Límites de Ocupación definidos en el PTP, fuera de los cuales no se pueden producir nuevos desarrollos urbanos del suelo. Asigna a cada ámbito límite una densidad de 30 ‐ 50 viv./Ha (Tramo A ) y 50 ‐ 75 viv./Ha (Tramo B).
• La Modificación de las DOT en lo relativo a la Cuantificación Residencial sin embargo, fija una horquilla de 317‐634 viviendas para el período de planeamiento 2014‐2022, señalando que según datos de Udalplan del 2013 quedan pendientes de ejecutar 251 viviendas, por lo que que el incremento real que el planeamiento puede proponer sería de un máximo de 383 nuevas viviendas.
Este documento que cuenta con aprobación provisional, mediante una disposición transitoria obligá al Plan General a adoptar como capacidad residencial máxima el menor de los valores máximos resultantes (Modificación DOT o PTP vigente), por lo que en el caso de Abadiño sería la horquilla de 317‐634 viviendas.
• El PTS de Creacion del Suelo para la Promoción Pública de Vivienda, señala el continuo urbano Durango – Matiena (Abadiño) que implica la calificación de suelo para 2.400 VPO ubicándolas preferentemente en el municipio de Abadiño. La propuesta del PTS para el Plan General en Abadiño se establecía 1.060 VPO.
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3.2. ASENTAMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
• El PTP reparte el suelo asignando a cada municipio en función del suelo vacante existente en el planeamiento y la capacidad de acogida del municipio; y en Abadiño se establece una cuantificación a 8 años de 4,68 Has. de suelo industrial; 2,45 Has de uso terciario, fijando una horquilla de 7,01‐14,03 Has para suelo industrial y de 3,68‐7,35 Has para suelo terciario.
El PTP propone, dentro de los ámbitos límites la instalación de un Parque científico en Matiena en colindancia con Durango (suelo terciario) como complemento a la actividad industrial.
El PTP contempla un Ámbito de Compatibilización Específica para la coordinación de la ordenación estructural entre Durango y Abadiño del ámbito límite previsto en el entorno de Eguzkitza para la ampliación del polígono Eguzkitza.
• El PTS de Actividades Económicas inlcuye a Abadiño dentro de los municipios de “interés preferente”, quedando englobado dentro de los ámbitos prioritarios para el desarrollo de actividades económicas en un eje continuo Durango‐Abadiño‐Atxondo‐Elorrio. Este PTS fija para el Duranguesado una nueva superficie de 100/150 Has para absorber la acogida de nuevas operaciones de promoción pública de Actividades Económicas y otras 100/200 Has para acoger las restantes operaciones previsibles.
En Abadiño dentro de las operaciones de creación pública de suelo para actividades económicas se recogía un polígono de escala comarcal y un polígono para actividades del transporte y la distribución de mercancías. Se señala que Abadiño presenta 13 Has de suelo desocupado.
Las previsiones de Grandes Equipamientos Comerciales del PTS quedan anuladas por la Sentencia del Tribunal Supremo, porque no se puede imponer limitaciones a la superficie máxima para equipamientos comerciales.
• El Avance del PTS de la Red Intermodal y Logística del Transporte propone un Centro de Soporte Logístico en el Duranguesado que afecta a Abadiño, con una superficie total de 50 Ha.
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3.3. INFRAESTRUCTURAS
• Tanto el PTS de la Red Ferroviaria como el PTP contemplan el desdoblamiento de la Línea férrea Bilbao‐San Sebastián y en el tramo que afecta a Abadiño, prevé el desdoblamiento de vía, para posibilitar el tráfico de mercancías además de para el tráfico de viajeros. Este PTS recoge además el trazado de la Nueva Red Ferroviaria de largo recorrido ancho internacional (UIC) en alta velocidad (TAV).
• El PTP contempla un Ámbito de Compatibilización de Trazado para la coordinación de la ordenación pormenorizada de redes o infraestructuras de carácter supramunicipal cuyos esquemas tienen carácter vinculante como son el Sistema Fluvial Paisajístico propuesto, la Red de Movilidad Alternativa propuesta y el tratamiento de la N‐636 Durango– Abadiño–Apatamonasterio–Elorrio – Arrasate.
• Tanto el 2º Plan General de Carreteras del País Vasco como el PTP contemplan la Construcción de la Autovía Gerediaga ‐ Lebario – Zelaieta ‐ Muntsaratz – Variante de Elorrio que incorpora el Enlace de Gerediaga de la A‐8 con la N‐634 y N‐636.
También se contempla la nueva salida de la autopista A‐8 en Lebario (ya ejecutada) y la reordenación y control de accesos de la vía convencional N‐634 entre Iurreta‐Abadiño‐Berriz‐Zaldibar.
• El PTP contempla entre Durango y Elorrio la implantación de una Plataforma para Transporte Público en carril exclusivo para autobús pero susceptible de la reconversión en tranvía, mediante la reforma y en algunos casos la ampliación de la sección viaria existente (N‐636).
• El Avance del PTS de la Red Intermodal y Logística del Transporte propone en Abadiño, un Centro de Intercambio Modal entre Euskotren hacia Atxuri y la línea operada por Bizkaibus con captación de viajeros en Atxondo y Elorrio así como en el propio Abadiño.
• El “Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental 2015‐2021” establece la necesidad de identificar las Áreas de Riesgo Potencial Significativo por Inundación (ARPSIs) y la∙Evaluación Preliminar de Riesgo de Inundación (EPRI) para elaborar los Planes de Gestión de Riesgo de la Inundación de las ARPSIs. Abadiño está condicionado por el ARPSI del río Ibaizabal ES018‐BIZ‐9‐1.
El “Proyecto de Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (2015‐2021) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental”recoge la propuesta de medidas de protección en el ARPSI de Durango (Abadiño) (ES017‐BIZ‐9‐1). El Plan adopta la opción B que propone para el horizonte 2021 una serie de medidas estructurales en el ámbito Traña‐Matiena y Astola como la regularización del lecho del río Sarría y la ampliación de la sección mediante un acondicionamiento que llega hasta el paso del FFCC y en el cauce del Ibaizabal se aborda la obstrucción del puente del bidegorri de Astola, actuando bajo el paso sin sustituirlo así como una serie de medidas encaminadas a la protección de las llanuras de inundación mediante motas y muros, así como la elevación de rasantes, etc.
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• El municipio de Abadiño queda fuera de los emplazamientos señalados por el PTS de Energía Eólica ya que aunque el emplazamiento de Urkiola figuraba como un emplazamiento potencial, se desestimó en el propio PTS por considerar que era incompatible el aprovechamiento eólico con las características culturales y ambientales del lugar.
• Por otro lado, el denominado “Pacto Eólico” que contemplaba la disposición de 11 emplazamientos para miniparques eólicos (parques eólicos de menor potencia) no afecta al termino municipal de Abadiño.
• En electricidad el PTP prevé una Línea de 220 kv. que desde Abadiño penetra en Álava por Urkiola.
3.4. EQUIPAMIENTOS
• El PTP plantea un equipamiento a nivel supramunicipal de Campo de Formación y Parque Científico asociado a las Energías Renovables y a una Red de control Ambiental en terrenos de Abadiño contiguos a Durango (en la zona de Murueta).
• El PTP plantea un Sistema Fluvial Paisajístico para recuperar los cursos fluviales de los ríos Ibaizabal, Zumelegi y Zaldua. Está integrado por el río y sus márgenes, las campiñas periurbanas de interés ambiental y por un recorrido fluvial paisajístico que une estas campiñas.
• En lo relativo al Patrimonio Cultural el PTP se fomenta la conservación de los elementos considerados de interés, ya que se considera que pueden contribuir a potenciar la riqueza del Área Funcional al funcionar como elementos atractivos para el visitante.
• El Avance del PTS de Patrimonio Cultural así como la legislación vigente relativa al Patrimonio Cultural obliga a recoger en el planeamiento las Zonas de Presunción Arqueológica, los Bienes Culturales Calificados, etc. existentes en el municipio de Abadiño.
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3.5. MEDIO NATURAL Y RURAL
• El PTS Agroforestal regula el Suelo No Urbanizable (SNU) excluyendo asimismo los Espacios Naturales Protegidos (Parque Natural de Urkiola) y las zonas húmedas ordenadas pormenorizadamente en el PTS de Zonas Húmedas. En cuanto al SNU protegido por los PTPs, la zonificación del PTS Agroforestal tiene un carácter subsidiario en estas zonas ‐dada la prevalencia jurídica de los PTP‐, salvo en las zonas de Alto Valor Estratégico definidas por el PTS, donde prevalecerá la normativa más estricta de ambos instrumentos de ordenación territorial.
Como aspectos más detacables señalar que dentro de la categoría Especial Protección se identifica el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) de Urkiola ES2130009. La mayor parte del SNU de Abadiño se incluye en la categoría Forestal, aunque presenta manchas importantes de agroganadera y campiña de alto valor estratégico y/ o paisaje rural de transición en las zonas próximas a los suelos urbanos de Muntsaratz, Zelaieta y Matiena.
• El PTS de Ordenación de Zonas Húmedas recoge en el Inventario los Trampales de Urkiola (Grupo I) con el código B1B7 (Subcódigos de B1B7_01 al B1B7_16) dentro del Parque Natural de Urkiola.
• El PTS de Ordenación de Márgenes de los Ríos y Arroyos (Vertiente Cantábrica) establece en función de las componentes medioambiental, hidráulica y urbanística una línea de deslinde del cauce público y la línea de retiro mínimo de la edificación y urbanización.
Así se fija en las Márgenes en Ámbitos Desarrollados un retiro mínimo de 10‐12 metros para tramos del cauce de nivel I; 10‐14 metros para los de nivel II y 12 ‐ 16 metros para los de nivel III. En las Márgenes en Ámbitos con Potencial de Nuevos Desarrollos Urbanísticos un retiro mínimo para la edificación y la urbanización de 12 y 2 metros respectivamente para tramos de nivel I; 16 y 6 metros para los de nivel II amplíanose a 8 metros la urbanización en el caso de coincidir con Márgenes con Vegetación Bien Conservada (zona situada detrás del polígono industrial Montorreta); y 20 y 8 metros para tramos de e nivel III. En las márgenes en Ámbito Rural y las Ocupadas por Infraestructuras de Comunicaciones Interurbanas se respetará un retiro mínimo a de 30 metros para tramos de niveles I y II.
Además el Plan General debe establecer la categoría de “Suelo No Urbanizable de Protección de Aguas Superficiales” y recoger sus criterios sobre una banda de 100 metros de anchura a cada lado de los cauces.
• El “Mapa de la vulnerabilidad a la contaminación de los acuíferos de la CAPV” en Abadiño señala que el Parque Natural de Urkiola es una zona de vulnerabilidad muy alta a media, pero que el resto del municipio cuenta con una de vulnerabilidad muy baja. Los asentamientos urbanos de Traña‐Matiena, Zelaieta y Muntsaratz se sitúan en una zona de vulnerabilidad baja o muy baja.
• En el Catálogo de Montes de Utilidad Pública figuran en Abadiño: MUP‐16 Egizuri‐Untzillaitz, MUP‐18 Urkiola Basoak y MUP‐453 situándose en la zona sur del municipio, mayoritariamente dentro del Parque Natural de Urkiola.
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• El Parque Natural de Urkiola se ve sujeto a las oportunidades y condicionantes legislativos que supone haber sido declarado Parque Natural, así como a su condición de integrante de la Red Natura 2000 mediante su designación como Lugar de Importancia Comunitaria (ES2130009). Este espacio se regula mediante el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Urkiola.
• En el Parque Natural de Urkiola hay 39 especies de animales vertebrados y 13 especies vegetales incluidas en el “Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina”. Fuera del Parque Natural se localiza en el término municipal de Abadiño, el Visón Europeo (Mustela lutreola), que cuentan con un “Área de Especial Interés” en el municipio necesarias para la supervivencia de esta especie. Se ven por tanto afectados los cursos fluviales del Ibaizabal (Zumelegi), Solozabal y de los arroyos como el Antzozakoneko, Garai, San Kristobla, Galerreka y Buztina.
• La “Estrategia de Geodiversidad de la CAPV 2020” identifica en el “Inventario de Lugares de Interés Geológico (LIG) de la CAPV”, aquellos espacios con una geodiversidad a proteger. Dentro del LIC ES2130009 del Parque Natural de Urkiola, este documento identifica la Geozona de Urkiola que presenta 3 LIGs dos de cuales se ubican dentro del término municipal de Abadiño: LIG 34 Calizas y basaltos de Larrano y el LIG 108 Nicho de nivación del monte Alluitz.
• En Abadiño se identifican una serie de Hábitats Naturales de Interés Comunitario (códigos 4030, 6510, 9340, 9120, 6170 y 8130) cuya conservación requiere la designación de Zonas de Especial Conservación y dentro de éstos, existen los Hábitats Naturales “Prioritarios” (códigos 91E0*;6210* y 6230*), que son aquellos que están amenazados de desaparición.
De estos Hábitats señalar que en el entorno de los núcleos urbanos encontramos el hábitat prioritario de las Alisedas y fresnedas (91E0*) en los entornos de los ríos Ibaizabal y Solozabal fundamentalmente, así como Brezales secos europeos (4030) y Prados pobres de siega de baja altitud (6510). En resto de Hábitats de Interés Comunitario presentes en el municipio se encuentran en la zona sur hacia Urkiola y en el propio Parque Natural de Urkiola.
• En el municipio de Abadiño el “Catálogo de Paisajes Singulares y Sobresalientes de la CAPV” identifica el Parque Natural de Urkiola. Este documento considera que los roquedos y sus áreas de influencia tienen impactos positivos sobre el paisaje, así como el monumento de la Torre de Muntsaratz y su zona de influencia. Como impactos negativos se localizan varios vertederos, las líneas de alta tensión de 220 KV y la de 125 KV que atraviesan el municipio y las redes viarias como la A‐8 y la carretera N‐636.
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3.6. OTROS CONDICIONANTES SUPRAMUNICIPALES
• El “Plan de Protección Civil de Euskadi” (LABI) identifica, inventaría y genera los mapas sobre los riesgos tales como: inundabilidad, riesgo sísmico, de incendio forestal, riesgos tecnológicos relacionados con el transporte de mercancías peligrosas e industrias químicas afectadas por la normativa SEVESO III. En el caso de Abadiño, no se ubica ninguna empresa afectada por la normativa SEVESO III dentro del término municipal.
• En el término municipal de Abadiño, el “Inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes del suelo” se identifican 125 emplazamientos potencialmente contaminados con un total de 71,46 Ha.
• Abadiño está afectado por las Zonas de Servidumbres Aeronáuticas Legales correspondientes al Aeropuerto de Bilbao que establece limitaciones en altura para todas las construcciones (incluidos elementos como antenas, pararrayos, aerogeneradores incluidas sus palas, carteles, etc.). La mitad norte de Abadiño (incluye Zelaieta y Muntsaratz) se encuentra afectada por la Superficie de Aproximación intermedia de la maniobra ILS RWY 30 y la zona de Abadiño colindante con Durango e Izurza (incluye Traña‐Matiena, Gerediaga y la zona de Uxarmendi) están afectadas por la Superficie de Aproximación final de la maniobra ILS RWY 30.
La ejecución de cualquier construcción, instalación o plantación, requerirá acuerdo favorable previo de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), pudiendo optar por el procedimiento abreviado previsto en la legislación.
• El “Plan de acción en materia de Ruido” para los grandes ejes viarios elaboró los Mapas Estratégicos de Ruido, identificando en Abadiño las afecciones derivadas de las carreteras A‐8 (UME 1) y la N‐634 (UME 20). También la Línea 1 BILBAO‐DONOSTIA/SAN SEBASTIÁN identifica en los Mapas de Ruidos las afecciones acústicas producidas en el núcleo urbano de Traña Matiena donde presenta viviendas con afecciones sonoras entorno a 60‐65 dBA.
El Plan General y los instrumentos de desarrollo deberán garantizarán los objetivos de calidad acústica marcados en la Ley 37/2003, de ruido, así como con su normativa de desarrollo en especial con el RD 1367/2007 y la compatibilidad de los objetivos acústicos fijados en los Mapas Estratégicos de Ruido definidos en cumplimiento del Decreto 213/2012 sobre contaminación acústica, con los usos previstos en cada ámbito de gestión a desarrollar.
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4. ENCUADRE TERRITORIAL
4.1. MEDIO FÍSICO
El municipio de Abadiño se extiende a lo largo de 36,02 Km² y se sitúa al este del Territorio Histórico de Bizkaia, en la comarca natural de los valles cantábricos y en la comarca geográfica del duranguesado.
Presenta un relieve montañoso, configurado por unos valles fluviales encajonados con fondo en “V”, si bien los ríos Ibaizabal, Santa Engrazia y Atxarte, principales corrientes fluviales que surcan el municipio, presentan unas llanuras aluviales algo más amplias y de orientación sureste‐noroeste en el caso del primero y de sur‐norte en el resto.
Su estructura se puede definir como un sistema valle‐vertiente en el que lo más característico, además de la citada estrechez y el encajonamiento de los valles, es la gran pendiente de las vertientes y la existencia de grandes desniveles, así como la poca distancia que existe entre las cimas de sus montañas.
De este modo, el municipio presenta importantes desniveles, con valles encajados, que empiezan a ser notables conforme se avanza hacia el sur del núcleo urbano. La parte norte del término municipal, es la que presenta unas menores pendientes y las menores altitudes (140 m).
Le rodean varias montañas que alternan entre sí laderas, lomas, vaguadas y barrancos. Los montes de menor cota se localizan al norte y en la zona central, como Gañerri (231,14 m), Ibakatx (267,62 m) y Mendigan (360,82 m) y las de mayor, al sur, como San Migel (437,26 m), Bidearetxeta (311,77 m), Astxiki (791 m), Saibi (946 m), Urkiolagirre (1.011 m) y Alluitz (1.032,44 m).
Puede observarse por tanto que el 65% del territorio está ocupado por fuertes pendientes, superiores al 20%. Únicamente los fondos de los valles de los ríos Ibaizabal y Atxarte, donde se ubican los principales barrios de Abadiño, presentan pendientes suaves. Este factor condicionará en gran medida el desarrollo del municipio dada la dificultad de estabilización de los terrenos con pendientes superiores al 30%.
Litológicamente se asienta sobre materiales del Cretácico Inferior y Cretácico Inferior Superior aunque también se localizan zonas pertenecientes al Cuaternario.
Por su parte, se ha de señalar que existen nueve Puntos de Interés Geológico, recogidos en el Inventario de PIG de la CAPV. Asimismo, en el término municipal se identifican dos Lugares de Interés Geológico (LIG) y también 11 Recorridos de Interés Geológico (RIG).
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Aunque no se ha efectuado ninguna declaración específica de áreas y puntos de interés geológico, el Plan Territorial Parcial de Durango si identifica una franjas en el municipio de Abadiño en la zona próxima entre Zelaieta y Muntsaratz hasta Mendibilar, así como otra franja entorno a la carretera de acceso a los núcleos de Mendiola y Sagasta (BI‐4335), que parte desde Mendibilar hasta el caserío denominado Ibarrak aproximadamente.
Hay que señalar además que la “geodiversidad” está adquiriendo una mayor importancia en los últimos años y se están desarrollando iniciativas por parte de las administraciones públicas para permitir su conservación y revalorización.
La necesidad de protección del patrimonio geológico de un territorio ha sido reflejada en normativa española a través de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en concreto, para el País Vasco en el documento “Estrategia de Geodiversidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2020”, elaborado por el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial de la Administración General del País Vasco.
Desde el punto de vista edafológico, en Abadiño se diferencian de forma mayoritaria seis clases de suelos, según la clasificación de la FAO: los Cambisoles, los Luvisoles, los Ranker, los Regosloes, Rendsina y los Fluvisoles.
Respecto a la capacidad de uso, los suelos que la presentan más elevada ocupan los fondos de valle que en el caso de Abadiño están ocupados casi en su totalidad por zonas urbanas. En el resto del territorio los suelos son de capacidad baja o muy baja aunque existen algunas zonas de capacidad moderada en las que el uso preferente debería de ser el agrícola.
4.1.1. HIDROLOGÍA
Dentro de este apartado se describen los principales cursos fluviales y las láminas de agua de carácter permanente o semipermanente, así como los recursos hídricos subterráneos localizados en el término municipal.
Desde el punto de vista hidrográfico, el término municipal de Abadiño se encuadra en el ámbito de dos Confederaciones Hidrográficas: por un lado, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico Oriental y por el otro, la Confederación Hidrográfica del Ebro, en el ámbito competencial del Gobierno Vasco. De forma más concreta, Abadiño se encuentra en la cuenca del río Ibaizabal y en la cuenca del río Zadorra.
4.1.1.1 Hidrología Superficial
Los principales ríos que recorren el término municipal de Abadiño son el río Ibaizabal, el Atxarte que es afluente del anterior y por último, el río Santa Engrazia (también conocido como Urkiola).
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El río Ibaizabal tiene un origen múltiple. Por un lado, en los arroyos Atxarte y Orrio, procedentes del Intxorta (689 m), Udalatx (1.092 m) y Anboto (1.296 m) al sureste de la cuenca, que confluyen con el Elorrio, que atraviesa el núcleo urbano del mismo nombre. Por otro lado, están las aportaciones procedentes del Mañazar (673 m) en Zaldibar, Berriz y Sarría, al nordeste de la cuenca y donde el río se llama Zaldu. Por la izquierda, en Durango y más allá, entra en el cauce principal el Mañaria, procedente de Urkiola (713 m) y Saibigain (943 m) y por su derecha el Magunasu Orobios, el Larrea y el Larrabetzu.
Su afluente principal es el Arratia, de 25 km de longitud, procedente del macizo del Gorbeia (1.475 m) y que recibe a su vez al Indusi, de 15 Km de longitud que baja de los montes Altungane (765 m) y Saibigain (943 m).
El río atraviesa todo el Duranguesado y drena todo el interior de la provincia, circulando por terrenos aluviales, bordeados por sustratos de margas, arcillas y areniscas. La subcuenca del Arratia atraviesa terrenos de areniscas, arcilla y calizas y en sus tramos más bajos formaciones aluviales.
El lecho fluvial dominante en gran parte del recorrido del cauce principal está formado por grandes losas de roca, que alternan con cantos rodados. En los ríos Arratia e Indusi domina también el sustrato formado por roca madre, piedras y cantos rodados. El sustrato dominante en los demás arroyos del Ibaizabal es también pedregoso y formado en general por grandes piedras.
Los usos del suelo asociados al río son principalmente agropecuarios y forestales, con repoblaciones de coníferas, especialmente pino. Es también una cuenca muy poblada e industrializada prácticamente desde el comienzo del cauce principal, atravesando poblaciones como Elorrio, Durango, Amorebieta, Echano, Lemoa y Galdakao. Los prados ocupan los fondos de valle, bordeando los cauces, alternando con cultivos. Se mantienen algunos reductos de hayedo y robledal en la parte alta de la cuenca. En la parte baja se observan núcleos de encinares y robledales dispersos.
El río confluye por la derecha con el río Nervión en Basauri para formar la ría de Bilbao. Esta cuenca tiene una superficie aproximada de 416 km².
El río Santa Engrazia (Urkiola) tiene una longitud de cauce aproximada de 26,85 km de longitud y nace en las inmediaciones del Parque Natural de Urkiola, mientras que desemboca en el río Zadorra, aguas abajo del embalse de Urrúnaga, a unos 510 msnm.
La cuenca combina zonas de uso forestal, en explotación, zonas menos antropizadas con bosques mixtos, y sectores de prados de siega y pasto. También, en la zona baja, hay abundantes zonas impermeabilizadas por infraestructuras, urbanizaciones y zonas industriales, si bien a nivel de cuenca su importancia es mínima.
La red hidrográfica puede observarse en el Plano “Red hidrográfica del entorno del Término Municipal de Abadiño” (PLANO 7), del Anexo I de este documento.
En cuanto a la calidad del agua de los cursos que fluyen por Abadiño, se ha de destacar que el río Atxarte es el que mejor calidad presenta (estado global bueno), siendo los ríos Ibaizabal y Santa Engrazia, los que presentan un estado más deficiente, debido a los vertidos de las numerosas industrias que existen a lo largo de su recorrido condicionando una elevada contaminación industrial.
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4.1.1.2 Hidrología Subterránea
Desde el punto de vista hidrogeológico el término municipal de Abadiño se localiza sobre las siguientes cuatro Masas de Agua Subterránea:
• Etxano (código 013.001): Presenta una superficie total aproximada de 92 km2 y pertenece a la demarcación del Cantábrico Oriental.
El límite geográfico N y SE de la masa coincide con la divisoria de la cuenca. Al SO la masa limita con las localidades de Amorebieta y Durango. Por su parte, la masa de agua limita al NE con la divisoria de la cuenca y con la masa de agua subterránea Oiz, por el contacto tectónico con los depósitos carbonatados del Eoceno superior, pertenecientes a esta. Al E se define por la divisoria del ámbito competencia de la CAPV – ámbito competencial de la CHC. Al SO limita con materiales de baja permeabilidad del Albiense‐Cenomanense, alternancia de lutitas y arenas, de la masa Balmaseda‐Elorrio.
Se constituye como un acuífero libre y se sitúa en materiales flyschoides del Cretácico superior, de permeabilidad no muy elevada, y en ocasiones por niveles detríticos groseros del Eoceno inferior, que pueden albergar acuíferos. Destacan por importancia dentro de la masa de agua subterránea tres zonas: Mendiko, Mozolotoki y Etxano.
En su zona no saturada se pueden encontrar materiales flyschoides cretácicos y, en ocasiones, niveles detríticos groseros del Eoceno inferior.
La recarga se lleva a cabo esencialmente por infiltración del agua de las precipitaciones, y la descarga natural se produce principalmente a través de los manantiales de Mendiko, Mozolotoki, Berroetas y Rugoso. Además, se producen descargas a los cauces de los arroyos, principalmente al Orobios.
Presenta una vulnerabilidad a la contaminación muy baja y baja mayoritariamente. Moderada en los cursos fluviales.
• Balsameda‐Elorrio (código 013.003): Presenta una superficie total aproximada de 915 km2 y pertenece a la demarcación del Cantábrico Oriental.
Sus límites geográficos comprenden parte de las provincias de Burgos, Álava y Vizcaya. Los límites septentrional y suroriental coinciden con la divisoria de la Demarcación del Cantábrico Oriental. Al S limita con las localidades de Amurrio y Arceniega, y el embalse de Ordunte. Por su parte, la masa de agua limita al N con la divisoria del ámbito competencial de la CAPV – ámbito competencial de la CHC‐. El límite SO se define en el contacto con las margas y margocalizas cretácicas pertenecientes a la masa de agua subterránea Mena‐ Orduña. Al SE limita con la divisoria de la cuenca del Ebro y con las calizas arrecifales del Aptiense‐Albiense, de las masas Itxina y Aramotz. Al NE el límite se establece por el contacto de las margas y margocalizas del Turoniense‐Campaniense, de la masa Etxano, con las areniscas y lutitas del Albiense‐Cenomaniense y los depósitos cuaternarios del aluvial del río Ibaizabal, pertenecientes a esta masa.
Se constituye como un acuífero libre y está incluida en el dominio hidrogeológico del anticlinorio sur, donde los materiales de mayor permeabilidad son los de naturaleza carbonatada (calizas arrecifales). Hay materiales de permeabilidad media, principalmente de naturaleza carbonatada con presencia de calcarenitas y margocalizas. Los materiales de menor permeabilidad son de naturaleza margosa con alternancia de margocalizas, lutitas y areniscas y de carácter areniscoso – lutítico.
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En su zona no saturada se pueden encontrar materiales del tipo calizas arrecifales del complejo Urgoniano y materiales cuaternarios.
La recarga se lleva a cabo esencialmente por infiltración de la precipitación en los afloramientos permeables y por la escorrentía generada en las cuencas vertientes a dichos afloramientos, y la descarga natural se produce principalmente a través de los ríos que atraviesan la masa de agua (Cadagua, Nervión, Arratia e Ibaizabal) y a través de manantiales de escaso caudal en zonas de materiales localmente más permeables.
Presenta una vulnerabilidad a la contaminación muy baja y baja mayoritariamente, moderada y alta en algunas zonas.
• Aramotz (código 013.004): Presenta una superficie total aproximada de 69 km2 y pertenece a la demarcación del Cantábrico Oriental.
Respecto a sus límites geográficos, la masa limita al NO con la localidad de Lekunberri, al S con la población de Indusi, y al E con Mendiola y Arrazola, dentro de la provincia de Vizcaya. El límite se establece en la divisoria de la cuenca del Ebro y el del ámbito competencial de la CAPV. Por su parte, la masa de agua limita al S con la cuenca del Ebro y con el ámbito competencial de la CAPV. El resto de los límites se definen en función de los afloramientos de las calizas arrecifales del Cretácico inferior, pertenecientes a esta masa, en contacto con materiales de baja permeabilidad de la masa Balmaseda‐Elorrio.
Se constituye como un acuífero libre. La mayor parte de los materiales acuíferos en los que se sitúa la masa de agua subterránea, se localizan en el sector central del Anticlinorio de Bilbao y pertenecen fundamentalmente al Cretácico inferior. Se trata principalmente de materiales carbonatados y detríticos, agrupados en dos complejos: el complejo Urgoniano, formado por calizas arrecifales con rudistas y corales; y el complejo Supraurgoniano, que integra una serie terrígena, de potencia considerable, constituida por lutitas, y areniscas y lutitas.
En su zona no saturada se pueden encontrar materiales del tipo calizas arrecifales con rudistas y corales del complejo Urgoniano; así como lutitas y areniscas, del complejo Supraurgoniano.
La recarga se lleva a cabo esencialmente por infiltración de la precipitación, eventualmente en forma de nieve, y por infiltración de la escorrentía superficial, y la descarga natural se produce principalmente a través de manantiales, y en menor proporción directamente a los cauces.
Presenta una vulnerabilidad a la contaminación muy baja.
• Altube‐Urkilla (código 090.015): Presenta una superficie total aproximada de 280 km2 y pertenece a la demarcación del Ebro.
Esta masa de agua subterránea se localiza, geográficamente, en el sector septentrional del Dominio VascoCantábrico, junto a la divisoria de la cuenca, entre el Macizo de Gorbea, al NO, y la Sierra de Aizkorri, al E. El límite N y O de la masa subterránea, coincide con la divisoria hidrográfica entre el Ebro y los ríos vertientes hacia el mar Cantábrico. El límite con el sistema de Gorbea se define según la inmersión de las calizas urgonianas bajo los materiales margosos supraurgonianos. Hacia el E, según la inmersión de las calizas del Urgon bajo los materiales margosos supraurgonianos y los materiales arcillosos del Cretácico superior. Al S, el límite sigue el contacto de las lutitas del Albiense con los materiales margosos y carbonatados del Cretácico superior.
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Casi la totalidad de los materiales que afloran en este sector corresponden a series margosas y arenosas del Cretácico inferior, a excepción de unos pequeños retazos de aluviales y coluviales cuaternarios de escaso desarrollo.
La mayor parte de los materiales que alberga esta masa de agua son de permeabilidad baja a muy baja. Los niveles más permeables se identifican con los materiales del Albiense‐Aptiense constituidos por calizas arrecifales, calcarenitas y brechas y por los materiales detríticos del AlbienseCenomaniense.
Constituyen un acuífero permeable por fisuración y carstificación, que en áreas próximas exhibe elevadas permeabilidades, si bien el desarrollo en el ámbito de esta masa de agua es bastante menor y no se aprecian las morfologías exocársticas que se desarrollan ampliamente en otras zonas próximas (Itxina).
Los acuíferos cuaternarios son de muy poca entidad.
La recarga se produce por infiltración de las precipitaciones sobre toda la extensión de la masa de agua subterránea. La descarga se realiza por multitud de pequeños manantiales y hacia los ríos Bayas, Urquiola y Zadorrra.
Por otra parte, y tal y como se ha señalado con anterioridad, el término municipal de Abadiño presenta una alta superficie de formaciones de baja permeabilidad, si bien en las zonas de permeabilidad muy alta, coincidente con áreas de calizas, se encuentran acuíferos de tipo kárstico en sentido estricto, circunstancias que se ponen de manifiesto en el Plano “Permeabilidad de los Materiales en el Término Municipal de Abadiño” (PLANO 8), y en el Plano “Acuíferos en el Término Municipal de Abadiño” (PLANO 9), del Anexo I de este documento.
4.1.1.3 Otros Puntos de Agua y Recursos Hídricos
En el término municipal de Abadiño se identifican otros puntos de agua superficiales presentes en el municipio como son fuentes, pozos, manantiales y sondeos de agua. En la tabla siguiente se muestran estos puntos de agua, junto con sus características básicas: localización en coordenadas UTM, denominación, uso, tipo, situación local, etc.
Asimismo, esta información se complementa con el Plano “Otros puntos de agua en el Término Municipal de Abadiño” (PLANO 10), en el Anexo I de este documento, donde se representan estos puntos de agua.
4.1.2. FAUNA Y FLORA
La vegetación presente actualmente en el municipio vizcaíno de Abadiño es uno de los elementos naturales que contribuye en mayor medida a valorar el grado de intervención antrópica de su paisaje, así como la caracterización ecológica de su territorio.
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El paisaje vegetal actual es resultado de la transformación secular que ha sufrido la vegetación descrita como potencial para el municipio y refleja el desarrollo de sus asentamientos poblacionales y de su historia económica y social.
En el presente apartado se describe, tanto la vegetación que potencialmente se desarrollaría en este territorio si no hubiera intervención humana, como las principales formaciones vegetales presentes en el municipio, así como la flora catalogada o protegida existente en este ámbito territorio. Además, este apartado se completa con una serie de figuras que reflejan las características de la vegetación de este municipio vizcaíno.
4.1.2.1 Vegetación Potencial del Municipio
Climáticamente Abadiño, tal y como se ha señalado anteriormente, posee un clima templado cálido, caracterizado con una alta humedad, con precipitaciones anuales que rondan los 1.438,3 mm, con una temperatura media anual entre 7‐20º C, sin sequía estival, con veranos suaves y un periodo frío corto.
En la caracterización bioclimática se define por un termotipo mesotemplado inferior y por un ombrotipo húmedo superior.
El municipio de Abadiño se sitúa desde el punto de vista biogeográfico localizado en:
Región Eurosiberiana
Subregión Atlántico‐Centroeuropea
Provincia Atlántica Europea
Subprovincia Cantabroatlántica
Sector Cántabro‐Euskaldún
Distrito Santanderino‐Vizcaíno.
Por otro lado, se puede entender como vegetación potencial aquella que se desarrollaría en un ámbito si no existiera intervención humana. Sin embargo, esta evolución no siempre es posible ya que hay zonas en las que las actuaciones humanas han sido tan profundas que aunque éstas cesaran, la vegetación no retornaría a su estado primitivo. Es en definitiva el reflejo de las variadas condiciones ecológicas que se dan en un territorio concreto.
La importancia de la vegetación potencial en los estudios del medio físico está enfocada hacia una optimización de los usos del suelo.
Los criterios utilizados para asignar a cada zona un determinado tipo de vegetación potencial se basan en los restos observables de vegetación actual "in situ" y en extrapolaciones de otros lugares cercanos que poseen condiciones ambientales similares. Según esto, el municipio de Abadiño estaría potencialmente ocupado, casi en su totalidad, por diversas formaciones boscosas.
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4.1.2.2 Formaciones Vegetales presentes en el Municipio
La actuación antrópica sobre la vegetación primitiva de Abadiño ha contribuido de forma importante a la transformación del paisaje vegetal del municipio vizcaíno. De este modo se pone de manifiesto que no son sólo las condiciones ecológicas y ambientales reinantes, sino que el hombre, a través de sus actividades tanto agrícolas como ganaderas, industriales y forestales, constituye un factor determinante de la naturaleza y distribución de las formaciones vegetales en el territorio.
Así, se puede concluir que la acción del hombre modifica el paisaje vegetal. El tipo de relieve, a su vez, condiciona las modificaciones ejercidas por el hombre a lo largo de la historia, de manera que el resultado es un complejo mosaico de pequeñas teselas de usos y vegetación. Asimismo, las modificaciones introducidas han alterado la composición del bosque potencial, simplificando su complejidad y favoreciendo las series de vegetación que los sustituyen (matorrales y pastizales).
Así, aparecen nuevas unidades de vegetación, procedentes en su mayoría de la degradación en distintos estados de la vegetación climácica y el resto son introducidas directamente por el hombre (cultivos, repoblaciones). Estas unidades de degradación se encuentran en continua dinámica. Cuando la acción del hombre cesa, tienden a evolucionar lentamente y de forma progresiva hacia la unidad clímax de la que forman serie, y cuando la acción es continua o, aunque breve, intensa (incendios, por ejemplo), sufren regresión hacia unidades vegetales cada vez ecológicamente más simples.
En Abadiño la mano del hombre se deja notar de forma bastante intensa, siendo las zonas menos accesibles las que en general ofrecen un mejor estado de conservación.
Como resultado de la acción del hombre, el paisaje vegetal del municipio ha quedado transformado en un complejo mosaico de de plantaciones forestales, prados y cultivos de prados de siega y huertos y frutales, especialmente en la parte norte del municipio, donde se intercala con las zonas habitadas y urbanas y parches de vegetación nitrófila que acompña a estas zonas. En la parte sur, las plantaciones forestales son prácticamente dominantes, siendo interrumpidas por pequeñas teselas de praderas montanas y de bosques de abedular, marojal y hayedo acidófilo. La mayor parte de la vegetación mejor conservada se ubica en las crestas y en las ladeas del complejo montañoso del Alluitz. En las partes altas de este complejo se ubica la vegetación de roquedos calcículas y de gleys, así como los lastonares y pastos calcícolas. En sus laderas permanecen hayedos calcícolas, en la vertiente norte, y adicófilos, en la sur, junto con matorrales de brezo y alguna tesela de encinar cantábrico de interior.
4.1.2.3 Fauna
La amplia ocupación de superficies forestales autóctonas resulta ser el más importante factor de desarrollo para la diversidad y densidad de fauna en el municipio.
La mayor parte de especies de fauna de interés citadas como sedentarias en el municipio se localizan ligadas a las formaciones de vegetación autóctona (bosques, matorrales y pastos o prados) y a aquellas zonas que poseen características de corredores ecológicos como son los cursos fluviales y las áreas de mayor altitud como es la zona del Parque Natural de Urkiola.
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El grupo faunístico más numeroso en el municipio en cuanto a población y diversidad es el de las aves. Dado el carácter de ruta migratoria para la avifauna que posee el territorio del País Vasco, desde ese mirador natural que conforma el propio Parque Natural es posible la observación de aves migradoras en los pasos postnupciales y prenupciales.
Asimismo, es un oteadero que permite observar el movimiento diario de campeo de especies de aves rapaces que cuentan con áreas de cría relativamente próximas. Cabe destacar que Urkiola representa uno de los conjuntos mejor conservados y más representativos de medio montano en la CAPV, con una comunidad bien estructurada de especies de avifauna representativas de medios forestales y rupícolas.
4.1.3. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
En el presente apartado se analizan las diferentes figuras de protección, de acuerdo a la legislación vigente, referida a espacios naturales de interés presentes en el término municipal de Abadiño, desde el punto de vista de la necesidad de conservación o especial protección por su calidad, fragilidad o singularidad:
• Hábitats de interés comunitario, definidos en base a lo establecido en la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los Hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
• Espacios pertenecientes a la Red Natura 2000:
o Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), definidos en base a los criterios establecidos en la citada Directiva 92/43/CEE.
o Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), declaradas en base a lo dispuesto en la Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestres (derogada por la Directiva 2009/147/CE relativa a la conservación de las aves silvestres).
• Espacios Naturales Protegidos incluidos en la Red de Espacios Naturales Protegidos (ENPs), al cumplir con alguno de los objetivos y requisitos que se detallan en la Ley 16/1994, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco (derogada por el Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco).
• Otros espacios con valor natural: se incluyen los Montes de Utilidad Pública y los Montes Protectores.
4.1.3.1 Hábitats Naturales de Interés Comunitario
La Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres, denominada “Directiva Hábitats”, enumera en su Anexo I los tipos de hábitats naturales de interés comunitario cuya conservación requiere la designación de Zonas de Especial Conservación. Dentro de éstos existen hábitats naturales “prioritarios”, que son aquellos que están amenazados de desaparición.
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A nivel estatal, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre), en su Anexo I introduce asimismo los tipos de hábitats naturales de interés comunitario cuya conservación requiere la designación de Zonas de Especial Conservación, los cuales constituyen una especial responsabilidad para las Administraciones.
4.1.3.2 Espacios Pertenecientes a la Red Natura 2000
La Red Natura 2000 es definida en el artículo 3 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres:
"Se crea una red ecológica europea coherente de zonas especiales de conservación, denominada "Natura 2000". Dicha red, compuesta por los lugares que alberguen tipos de hábitats naturales que figuran en el Anexo I y de hábitats de especies que figuran en el Anexo II, deberá garantizar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural.
La red Natura 2000 incluirá asimismo las zonas de protección especiales designadas por los Estados miembros con arreglo a las disposiciones de la Directiva 79/409/CEE."
En primer lugar, se ha de señalar que los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) son definidos en el artículo 1 de la Directiva Hábitats (92/43/CEE) como:
"Un lugar que, en la región o regiones biogeográficas a las que pertenece, contribuya de forma apreciable a mantener o restablecer un tipo de hábitat natural de los que se citan en el Anexo I o una especie de las que se enumeran en el Anexo II en un estado de conservación favorable y que pueda de esta forma contribuir de modo apreciable a la coherencia de Natura 2000 tal como se contempla en el artículo 3, y/o contribuya de forma apreciable al mantenimiento de la diversidad biológica en la región o regiones biogeográficas de que se trate. Para las especies animales que ocupan territorios extensos, los lugares de importancia comunitaria corresponderán a las ubicaciones concretas dentro de la zona de reparto natural de dichas especies que presenten los elementos físicos o biológicos esenciales para su vida y su reproducción"
Por su parte, la Directiva 2009/147/CE del parlamento europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres, apunta la función de la Administración de aplicar las medidas necesarias para preservar y mantener una diversidad y superficie suficiente de hábitats para todas las aves de interés señaladas en el Anexo I de la citada Directiva. Esta circunstancia justifica la definición de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA).
Asimismo, se ha de señalar que, en aplicación de lo establecido en el artículo 41 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, “los Lugares de Importancia Comunitaria, las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves tendrán la consideración de espacios protegidos, con la denominación de espacio protegido Red Natura 2000”.
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4.1.3.3 Espacios Naturales Protegidos
En el término municipal de Abadiño objeto de estudio se localiza un espacio incluido en la Red de Espacios Naturales Protegidos (ENPs), compuesta por aquellos lugares o elementos que cumplen con alguno de los objetivos y requisitos que se detallan en la Ley 16/1994, de 30 de Junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco (derogada por el Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco).
Se trata del Parque Natural de Urkiola (ES210002) designado por el Decreto 275/1989 de declaración del Parque Natural de Urkiola y modificado posteriormente por el Decreto 252/1995, de 25 de abril, de segunda modificación del Decreto de declaración del Parque Natural de Urkiola.
El Parque Natural tiene una superficie total de 5.958,42 ha, de las cuales 1.446,88 ha (24,28 %) se encuentran dentro del territorio del término municipal de Abadiño.
4.1.3.4 Otros Espacios con Valor Natural
En el término municipal de Abadiño se localizan los siguientes Montes de Utilidad Pública (MUP), Montes Patrimoniales y Montes de Libre Disposición, cuya regulación se establece en la Ley 43/2003 de Montes (BOE núm. 280 de 22 de Noviembre de 2003) y la correspondiente Norma Foral que de Bizkaia es la Norma Foral 3/1994, de 2 de junio, de Montes y Administración de Espacios Naturales Protegidos (BOB núm. 123 de 28 de Junio de 1994) y la Norma Foral 3/2007, de 20 de marzo, de modificación de la Norma Foral 3/1994, de 2 de junio, de Montes y Administración de Espacios Naturales Protegidos (BOB núm. 62, 28 de marzo de 2007):
Montes de Utilidad Pública (MUP):
• MUP‐16 Egizuri‐Untzillaitz.
• MUP‐18 Urkiola Basoak
• MUP‐135 Txupitaspe
Montes Patrimoniales (MP)
• MP‐456 Egileor
• MP‐453 Toki‐Alai
• MP‐420 Kortabaso
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Por su parte, el Plan Territorial Sectorial (PTS) de Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado definitivamente por el Decreto 160/2004, de 27 de Julio, recoge en el Inventario, los Trampales de Urkiola (Grupo I) con el código B1B7 (Subcódigos de B1B7_01 al B1B7_16) dentro del Parque Natural de Urkiola. Su delimitación puede observarse en el Plano “Espacios Naturales de Interés” (PLANO 21), en el Anexo I de este documento.
El Parque Natural de Urkiola está recogido dentro del Catálogo Abierto de Espacios Naturales Relevantes de la Comunidad Autónoma del País Vasco como un Espacio de Interés Naturalístico catalogado (LIC ES2130009) no afectado por impactos significativos, herramienta definida por la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del territorio del País Vasco. Abadiño presenta fundamentalmente paisajes cuya componente, usos y funciones están caracterizados mayoritariamente como forestales y rurales. Su delimitación puede observarse en el Plano “Otras figuras de protección” (PLANO 22), en el Anexo I de este documento.
Asimismo, se localizan “Áreas de Especial Interés” para la Conservación de Especies Amenazadas de las definidas por el órgano competente del Gobierno Vasco dentro del término municipal de Abadiño y concretamente se encuentran afectados los cursos fluviales del Ibaizabal (Zumelegi), Solozabal y de los arroyos como el Antzozakoneko, Garai, San Kristobla, Galerreka y Buztina. Se trata de la especie Visón Europeo (Mustela lutreola) catalogada como “en peligro de extinción” y cuya protección se encuentra definida en el Decreto Foral 118/2006, de 19 de junio, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Visón Europeo, Mustela lutreola (Linnaeus, 1761), en el Territorio Histórico de Bizkaia, como especie en peligro de extinción y cuya protección exige medidas específicas. Su delimitación puede observarse en el Plano “Otras figuras de protección” (PLANO 22), en el Anexo I de este documento.
No se localiza ningún humedal RAMSAR, ni Árboles Singulares, ni Biotopos Protegidos, ni se sitúa sobre el municipio ninguna Reserva de la Biosfera. Por último, en el término municipal de Abadiño tampoco está definida ninguna de las Áreas Importantes para las Aves (IBA), propuestas por la prestigiosa organización internacional SEO Birdlife.
4.1.4. PAISAJE Y USOS DEL SUELO
El paisaje del municipio está definido por un relieve muy contrastado entre el valle central donde se asienta el núcleo urbano de Abadiño y las numerosas vaguadas fluviales y lomas y montañas, que lo rodean. Otro de los elementos definitorios es la amplia ocupación de su superficie territorial de vegetación de tipo forestal, tal y como queda reflejado en la distribución de sus usos del suelo, del Mapa Forestal de la CAPV (año, 2010) realizado para el IV Inventario Nacional Forestal.
El paisaje del País Vasco, incluido el del municipio de Abadiño se ha analizado en el anteproyecto de “Catálogo abierto de Paisajes Singulares y Sobresalientes de la CAPV” (Gobierno Vasco. 2005) casi todas las unidades de paisaje de las cuencas visuales que coinciden con el territorio del municipio están definidas como de tipo “plantaciones forestales en dominio fluvial” y “agrario con dominio de prados y cultivos atlánticos en dominio fluvial”. Aparecen algunas zonas identificadas como “mosaico agrario forestal en dominio fluvial”, “mosaico forestal en dominio fluvial” y algunas zonas aisladas identificadas como “roquedo en dominio kárstico” “plantaciones forestales en dominio kárstico” y “pastos montanos en dominio kárstico” que coincide con el complejo montañoso del Alluitz.
Tales circunstancias pueden observarse en el Plano “Unidades de paisaje” (PLANO 13), del Anexo II de este documento.
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Además, el municipio de Abadiño está dividido en diversas cuencas visuales como son: 001 Abadiño (que incluye Zelaieta y Muntsaratz), 181 Durango (que engloba a Traña‐Matiena y Gerediaga con Durango), 381 Mendiola, 559 Urkiola y pequeños fragmentos en 368 Mañaria, 425 Olaeta y 078 Arrazola.
Las cuencas visuales catalogadas dentro del Catálogo de Paisajes Singulares y Sobresalientes identificadas en el municipio son “Mañaria (368)” que ocupa 42,35 ha de su territorio, la de “Mendiola (381)” con 570,15 ha, la de “Arrazola (078)” que ocupa 52,7 ha y la de “Olaeta (425)” con un 59,78 ha. Todas las cuencas visuales implicadas en el municipio reciben en función de los impactos una valoración alta y muy alta en el catálogo. Por su visibilidad son cuencas caracterizadas como “cotidianas”, lo que significa que poseen “paisajes visibles desde los núcleos de población y de actividad económica, y desde las principales vías de comunicación”.
4.1.5. CONDICIONES Y RIESGOS AMBIENTALES
4.1.5.1 Calidad del Agua
La calidad del agua dependiente de los cursos fluviales del municipio está muy alterada con respecto a su potencial. La ocupación y artificialización es máxima en gran parte de ellos ya que además de destruir sus cauces y su vegetación de ribera se han canalizado y cubierto en vario tramos.
Debido a los vertidos directos e incontrolados de aguas residuales industriales y urbanas, realizados durante décadas la calidad de las aguas es muy mala, a excepción de las zonas de cabecera de los arroyos no expuestas a esos desarrollos. También se aprecia que existen algunos vertidos puntuales a los cauces y cierto depósito de basuras en sus orillas, más notorio después de que se hayan producido rápidas crecidas a consecuencia de episodios de intensas precipitaciones.
Actualmente el eje del Ibaizabal ha mejorado mucho su situación a nivel físico‐químico en lo que respecta a contaminación por materia orgánica procedente en su mayoría de los vertidos urbano‐industriales. Esta mejoría se atribuye principalmente a la implantación del sistema de saneamiento en la cuenca. Hoy en día, a lo largo del eje del Ibaizabal existen 4 EDARs en funcionamiento: EDAR de Elorrio, EDAR de Arriandi, EDAR de Astepe y EDAR de Bedia. Estas 4 EDARs tratan vertidos de origen urbano e industrial, reduciendo en gran medida la carga orgánica de este eje. Sin embargo, y aunque ha mejorado mucho, todavía existen déficits en el saneamiento, y aunque en menor cantidad, sigue habiendo vertidos directos a cauce. El estado ecológico de las estaciones de medición del río Ibaizabal es deficiente o malo, y esta cuenca presenta uno de los peores diagnósticos de toda la CAPV.
En el término municipal de Abadiño se encuentran dos estaciones de muestreo de la calidad del agua en la zona de la Demarcación del Cantábrico Oriental: La estación ISA062 Gerediaga (Abadiño‐Sarria) y la estación IBA140 Matiena (Ibaizabal). A partir de los datos de estas estaciones se evalúa la calidad del agua en estos puntos.
Respecto al agua de consumo para el municipio y según el “Sistema de Información de las Aguas de Consumo de la CAPV” (EKUIS‐Servicio Vasco de salud) el municipio de Abadiño posee un agua de consumo calificada como de “satisfactoria”, al menos en 5 de sus 6 puntos de abastecimiento. La demanda total de agua se
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ha estimado en 176,79 litros por habitante y día (año 2014), por debajo de la cifra obtenida para el Territorio Histórico de Bizkaia, que es de 197,69 litros y para toda la Comunidad Autónoma, que sería de 209,84 litros. La demanda industrial de agua por habitante y día se estimó en 31,95 litros (año 2001).
4.1.5.2 Calidad del Aire
En el municipio de Abadiño no se localizan estaciones de medición de la “Red de vigilancia y control de la calidad del aire” del Gobierno Vasco, pero se suelen extrapolar los datos obtenidos de las estaciones remotas de la comarca del Duranguesado, que es una de las zonas de calidad del aire en que está dividida la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Según los datos de contaminación atmosférica obtenidos y elaborados por Gobierno Vasco, en función del grado de cumplimiento los valores de referencia establecidos en normativa (Real Decreto 1073/2002 de 18 de octubre), el porcentaje de días con calidad del aire buena o admisible, asignados al municipio de Abadiño en función de su pertenencia al área de control de Durango, fue entre los años 2005‐2013 los siguientes:
Fuente: Instituto Vasco de Estadística‐ Eustat
En este intervalo de tiempo se detecta una mejora progresiva en la calidad del aire.
Además hay que tener en cuenta la emisión puntual de contaminantes por parte del tráfico que circula por la autopista AP‐8 y por el centro de la población. Se trata del foco de emisiones potencialmente nocivas para la salud de la población más constante y el más importante en el municipio.
En relación a las instalaciones industriales ubicadas en el municipio se ubican varias empresas que están sujetas a normativa IPPC de prevención y control integral de la contaminación (Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación) y a la normativa de Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (E‐PRTR):
• S. COOP. IND. FUNDICIONES METÁLICAS SAN VICENTE: Fundición de hierro.
• AL‐KO RECORD, S.A: Fabricación de otros componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor.
• ESTAMPACIONES BIZKAIA, S.A.: Forja, estampación y embutición de metales; metalurgia de polvos.
% de días con calidad del aire buena o admisible. Abadiño (Área de control de Durango).
Año 2005 2007 2009 2011 2013
Porcentaje de días 87,40 85,5 96,4 98,1 98,9
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• FUNDICIONES GARBI, S.A.: Fundición de hierro.
• INYECTAMETAL, S.A.: Fundición de otros metales no férreos.
Ninguna de estas empresas está sometida debido a riesgos tecnológicos a la Directiva Europea 96/82/CE relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. El contenido de esta directiva conocida como “Seveso II”, ampliada posteriormente con la Directiva 2003/105/CE. La directiva fue traspuesta con el Real Decreto 1254/1999 que aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y complementada y modificada con varios Reales Decretos (R.D. 1196/2003, que se aprueba la Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas, Real Decreto 119/2005 y Real Decreto 948/2005).
Cabe destacar que se cuenta con un Plan de Acción de Calidad del aire en la Comarca del Duranguesado, con fecha de elaboración de septiembre de 2007, en el cual se incluye un Plan de Acciones Correctoras para reducir los niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera, con acciones concretas para las industrias y tráfico de vehículos en el término municipal de Abadiño.
4.1.5.3 Calidad Acústica
Consideraciones Acústicas Existentes:
Las condiciones acústicas actuales del municipio están determinadas por los principales focos de ruido existentes que, además de la propia actividad urbana en los núcleos principales, se concretan en:
• Infraestructuras de comunicación:
- La autopista AP‐8, Bilbao‐Behobia, que atraviesa el término municipal de oeste a este en la zona más septentrional del mismo, con afección por su proximidad a los barrios de Gerediaga (al norte) y Traña‐Matiena (al sur).
- La carretera N‐634, paralela y muy cercana a la anterior por el sur, circunvalando el núcleo de Traña‐Matiena.
- La carretera N‐636, de Durango a Bergara, cruza el municipio de NW a SE destacando su travesía urbana por el núcleo principal de Abadiño y junto al Barrio de Muntsaratz.
- La carretera BI‐633, de Durango a Ondarroa, con un corto recorrido en el extremo norte del municipio a partir de la AP‐8.
- La carretera BI‐623, de Durango a Otxandio, que atraviesa el municipio de norte a sur en la zona meridional, destacando únicamente el paso junto al Bº de Urkiola, en el puerto del mismo nombre.
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- La línea ferroviaria Bilbao‐Donostia/San Sebastián de Euskotren, en su tramo en superficie entre la estación de Traña y su salida del límite municipal por el este, incluyendo los talleres y cocheras existentes en Lebario. Discurre por el límite sur del Bº de Traña‐Matiena.
• Actividad industrial y comercial, destacando:
- Polígonos industriales y comerciales de Ubitarte, Trañapadura y Lebario, en Traña‐Maitena.
- Polígono industrial Astolabeitia, en torno a la carretera N‐636 en el límite NW con el T.M. de Durango.
- Instalación industrial al sur del núcleo de Abadiño.
- Fundición y polígono industrial junto a la N‐636, al sur de Muntsaratz.
- Diversos polígonos industriales en los municipios colindantes, próximos al límite del término, especialmente en Durango, Eitua y Apatamonasterio.
- Minería a cielo abierto, donde destacan, por su extensión y actividad, las canteras situadas en Mañaria, fuera el municipio de Abadiño y al oeste del mismo.
Por otra parte, cabe mencionar la futura aparición de nuevos focos de ruido significativos, como son las siguientes infraestructuras de comunicación:
• La nueva variante Gerediaga‐Elorrio, que atraviesa el municipio por la zona nororiental y derivará buena parte del tráfico de la N‐636 que actualmente circula por las travesías de Apatamonasterio, Muntsaratz y Abadiño. Con sección de autovía, buena parte de su trazado en el municipio discurre en túnel.
• La nueva línea de alta velocidad Madrid‐Vitoria/Gasteiz‐Bilbao, en construcción, que atraviesa el municipio de SE a NW. La plataforma de esta nueva infraestructura ferroviaria discurre parte soterrada y parte a cielo abierto en el municipio.
En relación con dicho conjunto de focos, y en especial de los ejes viarios y ferroviarios que destacan por su mayor impacto acústico, cabe indicar la existencia de la siguiente información de partida que introduce un conjunto de condicionantes en la planificación urbanística:
• Ejes viarios
La situación acústica derivada del tráfico en ejes viarios está estudiada mediante los Mapas Estratégicos de Ruido (MER) elaborados por la D.F. de Bizkaia en la 2ª Fase, correspondiente a los grandes ejes viarios con IMD>16.000 vehículos/día, realizados en aplicación de la Directiva 2002 49/CE y de acuerdo con lo recogido en la Ley 37/2003 del Ruido y su desarrollo reglamentario (Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre y Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre).
En dicha 2ª Fase, finalizada en junio de 2012, se incluyeron las siguientes unidades de mapa estratégico (UME) que afectan al presente ámbito de estudio:
• UME 1: A‐8 (autovía A‐8 y AP‐8) en todo su recorrido en el T.H. de Bizkaia.
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• UME 38: N‐634, en todo su recorrido en el ámbito.
• UME 39: N‐636, en todo su recorrido en el ámbito.
• UME 8: BI‐633, en todo su recorrido en el ámbito.
• UME 3: BI‐623, en un recorrido de 2,1 km en la circunvalación de Durango.
Derivados de dichos MER, tanto de 1ª como de 2ª Fase, se han elaborado los correspondiente "Planes de acción en materia de Ruido” para los grandes ejes viarios competencia de la Diputación Foral de Bizkaia.
Complementariamente, la D.F. de Bizkaia ha elaborado los Mapas de Ruido acorde con el Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la CAPV integrados en el Plan de Lucha contra la Contaminación Acústica en las carreteras de Bizkaia.
En las figuras adjuntas se presentan los mapas de niveles sonoros durante los períodos más representativos, día (Ld) y noche (Ln), correspondientes a las carreteras que atraviesan el T.M. de Abadiño, obtenidas de dicho Plan. La información proporcionada por dicho mapas de ruido se considera básica en la definición de condicionantes en relación con el planeamiento urbanístico.
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Carretera Ld > 60 dB(A) Ln > 50 dB(A) Zona de afección
A‐8 30 105 Traña‐Matiena y Gerediaga
N‐634 180 270 Traña‐Matiena
N‐636 220 300 Abadiño y Muntsaratz
BI‐633 <10 ‐‐
Número de personas expuestas a los niveles indicados
Por otra aparte, y de acuerdo a lo establecido en el Segundo Plan General de Carreteras del País Vasco para el periodo 2005‐2016, que contempla para el municipio de Abadiño la realización de la Autovía Gerediaga‐Elorrio, que evite el paso de vehículos por el centro del núcleo de Zelaieta y Muntsaratz se procedió a elaborar un Plan Especial que recogiera esta directriz.
El Plan Especial Viario para la ejecución del tramo Gerediaga‐Elorrio fue aprobado definitivamente mediante Acuerdo Foral número 27/2010 del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 23 de noviembre de 2010. Esta autovía, nace en la conexión con la autopista AP‐8 a la altura del peaje de Gerediaga y se dirige hasta la zona oeste de Elorrio donde, mediante un nuevo enlace, conecta con la BI‐632 y da continuidad a la actual variante. En Muntsaratz un enlace permitirá acceder al nuevo corredor a aquellos vehículos que procedan de la N‐636.
Uno de los objetivos ambientales de este Plan Especial es reducir la exposición de la población al ruido, además de la mejora de la calidad urbana de los barrios que actualmente atraviesa la N‐636, liberando a los habitantes y actividades económicas de dicho territorio de las afecciones negativas que supone el tráfico de paso, evitando un tramo de alta siniestrabilidad y congestión permitiendo un enlace extraurbano y rápido con la A‐8. Además, la mayor parte del trazado de esta variante en el municipio, discurre en túnel, evitando afecciones por contaminación acústica también en el entorno rural.
• Ejes ferroviarios
Por su parte, el gestor ferroviario Euskal Trenbide Sarea (ETS) de la Línea 1 Bilbao‐Donostia/San Sebastián de Euskotren, también en aplicación del Decreto 213/2012, realizó en 2014 los correspondientes Mapas de Ruido correspondientes a las líneas ferroviarias de titularidad autonómica, encomendadas a Euskal Trenbide Sarea (E.T.S.) en el País Vasco, aprobados definitivamente, de todas las líneas ferroviarias de titularidad autonómica (tengan o no tráfico de mercancías) aplicando la metodología establecida por el citado Decreto.
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Al igual que en el resto de mapas de ruido, se analizaba la afección acústica producida por las líneas ferroviarias evaluando los niveles de ruido para los diferentes periodos: día, tarde y noche, referidos a una altura de 4 m sobre el terreno. Se elaboran tres Mapas de Ruido correspondientes a los niveles sonoros medios o equivalentes durante el periodo diurno (7‐19 h), durante el periodo vespertino (19‐23 h) y durante periodo nocturno (23‐7 h).
En los mapas adjuntos, obtenidos de dicho estudio para el ámbito de interés, se representan los correspondientes a niveles sonoros en los períodos día y noche:
Se trata de mapas elaborados en la antigua configuración de la Línea 1, que presentaba plataforma en superficie entre Durango y Traña. En la actualidad, se ha soterrado un importante tramo, saliendo a superficie la línea en el Apeadero de Traña y discurriendo en trinchera a la altura del dicho barrio, por lo que los niveles se han reducido sensiblemente.
Cabe señalar que en el núcleo de Traña‐Matiena, como consecuencia del ruido procedente tanto del las infraestructuras viarias (Autopista A‐8 y N‐634) como de la infraestructura ferroviaria de Euskotren, se produce un efecto sinérgico, esto es, cuando el efecto conjunto de la presencia simultanea de varios agentes supone una incidencia ambiental mayor que el efecto suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente de cada infraestructura.
Por otra parte, y como ya se ha indicado, actualmente se encuentra en construcción la Línea de Alta Velocidad Madrid‐Vitoria‐Bilbao‐San Sebastián, en particular el Ramal Vitoria/Gasteiz ‐ Bilbao y, por lo tanto, todavía no cuenta con mapas de ruido (estratégicos o no estratégicos). Sin embargo, el “Estudio Informativo del Proyecto de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco” señala que el impacto acústico en todo el trazado debe ser calificado de severo, habiendo contabilizado varios cientos de edificaciones sometidas a fuertes niveles de impacto sonoro. Este estudio calcula que “en un pasillo de 250 metros a cada lado de la vía podría llegarse a niveles máximos (Lmax) de entre 94 y 79 decibelios”. En este sentido, cabe indicar que el RD 1367/2007 establece como niveles máximo de inmisión generado por nuevas infraestructuras ferroviarias en 80 dBA para el caso de suelo de uso residencial.
Teniendo en cuenta estos datos, así como que el trazado de la LAV discurre en superficie o viaducto a la altura de los núcleos de Zelaieta y Muntsaratz, se observa que, si bien estos dos núcleos se encuentran fuera de ese pasillo de 250 m a cada lado de la vía de la LAV, el “Ámbito Límite de Ocupación” propuesto
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por el PTP de Durango para el crecimiento de Zelaieta colindante al barrio de Arrancurri, queda muy próximo a este pasillo pudiendo soportar valores superiores a 70 dB cuando la línea entre en funcionamiento.
Consideración de la variable acústica en la revisión del PGOU:
Además de la consideración de esta información, como conjunto de condicionantes a tener en cuenta en el planeamiento urbanístico futuro, en fases posteriores de la documentación ambiental asociada a la Revisión del PGOU de Abadiño (Estudio Ambiental Estratégico) y en la propia documentación del Plan, se desarrollarán una serie de contenidos asociados a la prevención contra la contaminación acústica.
Dichos trabajos se elaborarán de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente y, en particular, en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y su desarrollo reglamentario y, más directamente, en el Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco ya citado.
4.1.5.4 Suelos Potencialmente Contaminados
Según los datos del “Inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes del suelo” que se aprobó mediante el Decreto 165/2008, existen en el municipio 122 emplazamientos inventariados. Esto supondría aproximadamente el 1,72 % de la superficie total del municipio, según datos actualizados (62,71 ha).
El citado Decreto 165/2008 viene a completar lo establecido en la Ley 1/2005, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo, que tiene por objeto la protección del suelo de la CAPV, previniendo la alteración de sus características químicas derivada de acciones de origen antrópico. Asimismo, es objeto de dicha ley el establecimiento del régimen jurídico aplicable a los suelos contaminados y alterados existentes en dicho ámbito territorial, en aras de preservar el medio ambiente y la salud de las personas.
Asimismo, complementa lo establecido en el Real Decreto 9/2005, que establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
El inventario de suelos que soporten o hayan soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes del suelo tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las dos normas mencionadas.
De este modo, señalar que Abadiño se sitúa con los datos arriba referidos entre los 100 municipios vascos con mayor porcentaje de suelos potencialmente contaminados inventariados en relación a su superficie total municipal, concretamente en el puesto 93, según datos estadísticos del Instituto Vasco de Estadística‐ EUSTAT (Año 2008). Cabe destacar que Abadiño se sitúa muy lejos del municipio con mayor superficie de suelos inventariados, que sería Sestao con un 55,55%. Por su parte el porcentaje de superficie de suelos contaminados para Bizkaia es del 1,54 % y de 1,17 % para el conjunto de la CAPV.
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La mayor parte de las parcelas se sitúan en torno a las principales redes viarias que atraviesan los principales barrios del término municipal de Abadiño (carreteras AP‐8, N‐636, N‐634 y BI‐3341) o que parten de ellos y también en algún emplazamiento un poco más alejado, como en la zona de Urkiola.
Se trata de zonas que han tenido o que mantienen industrias, vertido y/o depósitos con características potencialmente contaminantes para sus suelos. Esto puede alterar su calidad por lo que se debe evaluar y tener en cuenta en las actividades humanas que se desarrollen sobre él (Ley 1/2005, de 4 de febrero).
Tales circunstancias pueden observarse en el Plano “Suelos contaminados inventariados” (PLANO 16), del Anexo I de este documento.
4.1.5.5 Residuos
Respecto a la gestión de sus residuos, el municipio de Abadiño está incluido en la Mancomunidad de la Merindad de Durango, que presta además servicios a los municipios de Atxondo, Durango, Elorrio, Iurreta, Mañaria, Zaldibar e Izurtza. La recogida de residuos se realiza mediante contenedores, mayoritariamente de carga lateral, dispuestos en la vía pública, descargados mediante los camiones de más moderna tecnología, que los trasladan a la planta de transferencia ubicada en Durango, gestionada por Garbiker S.A., donde se realiza una mayor clasificación y compactación, para ser posteriormente trasladados a vertedero controlado, también gestionado por Garbiker S.A.
Existe en el municipio de Abadiño recogida selectiva a través de contenedores situados por las calles del municipio de basura orgánica, envases, papel y cartón, pilas, vidrio, textil y residuos voluminosos.
Existe también para la comarca un vertedero de residuos inertes de Urruzuno, ubicado en el municipio de Elgoibar. Además, Abadiño cuenta con la posibilidad de uso de un Depósito Alternativo de Residuo (DAR) ‐“Garbigunes” localizado en la carretera Durango‐Elorrio, a la altura de Sabeco. En los Garbigunes se pueden depositar materiales inertes (escombros, tierras, cristales...), metálicos, maderas, papel y cartón, plásticos, vidrio, pilas, acumuladores, aceites de cárter y domésticos, línea blanca (electrodomésticos), línea marrón (televisores, ordenadores...), textiles de todo tipo, etc.
En la siguiente tabla se muestran los datos elaborados por la propia Mancomunidad de la Merindad de Durango, para la producción de los distintos tipos de residuos y acerca de los sistemas de recogida de residuos urbanos para el municipio de Abadiño (año 2014).
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PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE DISTINTOS TIPOS DE RESIDUOS
EN ABADIÑO. AÑO 2014.
TIPO DE RESIDUOS Cantidad (kg)
Papel 309.214
Residuos sólidos urbanos (RSU) 2.171.532
Vidrio 185.907
Plásticos 120.042
Residuos voluminosos 40.832
Residuo reutilizable 11.922
Volumen orgánico 19.288
Pilas 492
En relación a la gestión de residuos urbanos por habitante (kg/habitante/año), ésta es ligeramente mayor respecto a la media del Territorio Histórico de Bizkaia y a la de la CAPV, lo que lleva a Abadiño a la posición nº 28 de todos los municipios de la CAPV, según datos estadísticos del Instituto Vasco de Estadística‐ EUSTAT (año 2009).
GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS POR HABITANTE (kg/habitante/año)
MUNICIPIO BIZKAIA CAPV
410,02 404,33 399,60
En relación a la gestión de residuos peligrosos por habitante (kg/habitante/año), ésta es bastante mayor respecto a la media del Territorio Histórico de Bizkaia y a la de la CAPV. Esto es debido al tipo de industria existente en el término municipal, lo que lleva a Abadiño a la posición nº 28 de todos los municipios de la CAPV, según datos estadísticos del Instituto Vasco de Estadística‐ EUSTAT (año 2004).
GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS POR HABITANTE (kg/habitante/año)
MUNICIPIO BIZKAIA CAPV
479,59 288,89 240,66
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4.1.5.6 Vulnerabilidad de Acuíferos
El “Mapa de la vulnerabilidad a la contaminación de los acuíferos del País Vasco” (Gobierno Vasco, año 1993) es el documento que sirve como referencia para evaluar dicho riesgo en el municipio de Abadiño.
En este mapa se establecen seis clases de vulnerabilidad, resultado de una valoración en base a datos de todas las posibles combinaciones de permeabilidad y zonas de recarga. A saber:
• Muy alta.
• Alta.
• Media.
• Baja.
• Muy baja.
• Sin vulnerabilidad apreciable.
Según sus datos, en el municipio dominan las zonas sin vulnerabilidad apreciable, apareciendo algunas franjas con vulnerabilidad muy baja y baja al norte y sur, y de vulnerabilidad media, alta y muy alta coincidiendo con la zona central del municipio donde se ubica el Monte Alluitz y que se corresponde con sustratos litológicos de calizas y lutitas.
No obstante, debido a que el abastecimiento de aguas para el consumo de la población de Abadiño se realiza a través de captaciones de aguas subterráneas es importante que los usos del suelo que se desarrollen sobre las zonas de mayor vulnerabilidad y de recarga de los acuíferos no provoquen ningún tipo de afección sobre los mismos.
4.1.5.7 Riesgo de Inundabilidad
La planificación de los recursos hidráulicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, tal y como establece el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas en su artículo 40.2, debe realizarse básicamente mediante las determinaciones que establezca el Plan Hidrológico Nacional y los Planes Hidrológicos de Cuenca.
El riesgo de inundabilidad para el municipio de Abadiño se ha determinado a través del “Plan Integral de Prevención de Inundaciones y el Estudio de Inundabilidad de los Núcleos Urbanos de la C.A.P.V.” (Años, 2001‐2005) y más recientemente con los “Mapas de Inundabilidad”, elaborados por el Gobierno Vasco a raíz de la primera modificación puntual del “PTS de Márgenes de Ríos y Arroyos” que se está llevando a cabo.
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En estos mapas se indica el riesgo de afección de inundaciones, en función de periodos de retorno o de avenidas, que puedan suceder al cabo de 10, 100 o 500 años.
Según la cartografía de la modificación del PTS de Márgenes de Ríos y Arroyos las zonas más afectadas se corresponden con los barrios de Zelaieta, Astola y Matiena, debidos a los desbordamientos en periodos de avenidas de los ríos Ibaizabal, Elorrio y el Zaldu (Ibaizabal antes de la unión con el Elorrio).
Concretamente surge la necesidad de intervención en la zona de la confluencia del Ibaizabal y el Sarría aguas abajo de las vías del FFCC, que es anegada para un periodo de retorno de 100 años, ocupando las aguas el polígono industrial de Trañapadura y la zona urbana de Traña y Matiena. La llanura de inundación es afectada de forma general para un periodo de retorno de 500 años.
La superficie estimada del total del municipio de Abadiño con suelo de uso urbano en riesgo de inundabilidad es del 30,05 % (Eustat, año 2011) muy por encima de la media estimada del territorio Histórico de Bizkaia, un 9,78 % y de la Comunidad Autónoma, un 8,11%.
Cabe destacar que el casco urbano de Abadiño se incluye dentro del Área con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI) definida por la Agencia Vasca del Agua denominada ESO18‐BIZ‐9‐1, y para la que se ha redactado el “Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (2015‐2021) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental” con medidas específicas propuestas para el entorno de Traña‐Matiena que se basa en la propuesta del “Plan General de Encauzamiento del río Ibaizabal en el T.M. de Abadiño (Bizkaia)”.
4.1.5.8 Riesgo de Erosionabilidad
En el municipio de Abadiño el riesgo de erosión posee una especial relevancia a consecuencia de las importantes pendientes que presenta y del tipo de vegetación dominante en el mismo, como son las explotaciones forestales con turnos de corta periódicos.
Los datos aportados por el análisis de la RUSLE del “Mapa de erosión de suelos de la CAPV”, Gobierno Vasco, año 2005, indican que la erosión real en la mayor parte del municipio es muy baja o baja con pérdidas de suelo tolerables o que hay zonas como las urbanizadas no susceptibles al proceso erosivo.
Las zonas con procesos erosivos extremos se localizan en aquellas zonas donde los sustratos litológicos han quedado al descubierto, no existiendo estas en el término municipal de Abadiño.
Aunque este riesgo real sea en general, muy bajo, hay que reseñar que el riesgo potencial estimado es extremo en casi todo el municipio debido a sus características ambientales. Por lo tanto, la cobertura y el tipo de vegetación constituyen los principales factores que determinan que se puedan desencadenar procesos erosivos extremos.
De especial relevancia por ello es que la gestión de las plantaciones forestales se realice de manera adecuada y que se desarrollen plenamente las masas forestales autóctonas, para que no queden los suelos sobre los que se asientan expuestos a estos procesos erosivos.
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4.1.5.9 Riesgo Sísmico
El municipio de Abadiño se sitúa en zona de intensidad V según el Plan de Emergencias ante el Riesgo Sísmico de noviembre de 2007, con lo cual el municipio está exento de realizar un Plan de Emergencia Sísmico, ya que es improbable la ocurrencia de un sismo con capacidad para destruir edificaciones en el municipio.
No obstante ante ello se tendrá en cuenta en las nuevas edificaciones la Norma de Construcción sismorresistente: Parte general y edificación (NCSR‐02) aprobada por el Real Decreto 997/2002, de 27 de septiembre.
4.1.5.10 Riesgo de Incendio Forestal
Para analizar el riesgo de incendios forestales en el municipio de la Villa de Abadiño se han tenido en cuenta los siguientes factores.
• Cartografía de vegetación de la C.A.P.V. Viceconsejería de Medio Ambiente del G.V. 2007.
• Modelo de combustibles Forestales del País Vasco. DAE 1999.
La clasificación establecida por el "Modelo de Combustibles Forestales" se ha agrupado en trece modelos o congregaciones, donde la combustibilidad se refiere a la propagación del fuego dentro de una estructura de vegetación.
A cada unidad de vegetación se le ha asignado el modelo correspondiente del "Modelo de Combustibles Forestales: El resultado son tres zonas de riesgo:
• Riesgo nulo: parques y jardines de origen antrópico.
• Riesgo bajo: que se corresponderían a las zonas de vegetación ruderal nitrófila (asentamientos urbanos), y a los prados y cultivos atlánticos.
• Riesgo medio: Correspondiente a las plantaciones forestales.
• Riesgo medio‐alto: Correspondiente a vegetación autóctona (robledal, encinar, etc.), y a plantaciones forestales de mayor poder calorífico.
La mayor parte de la superficie del término municipal de Abadiño presenta un riesgo de incendio Alto y Medio, tal y como se observa en la siguiente figura, que será reducido en mayor medida con la aplicación de las pertinentes medidas preventivas y las consideraciones establecidas por los Servicios de Protección de Emergencias. Asimismo, se observa igualmente una amplia superficie con riesgo Bajo.
4.1.5.11 Riesgos Tecnológicos
Los riesgos tecnológicos se han agrupado en dos bloques:
• Riesgo por el transporte de mercancías por carretera.
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• Normativa SEVESO II
Transporte de Mercancías Peligrosas:
Dentro del marco que establecen el Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR 2003) y el Reglamento de Transporte por Ferrocarril (RID 2003), se publicó a nivel estatal, el 1 de Marzo de 1996 el Real Decreto 387/1996 por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. En el ámbito del País Vasco enmarcado en el contexto del mencionado Real Decreto, se elaboraron en 1998 los "Mapas de Flujo del Transporte de Mercancías Peligrosas en la Comunidad Autónoma del País Vasco” y su actualización en el 2005.
El estudio de los "Mapas de Flujo del Transporte de mercancías Peligrosas en la C.A.P.V." del año 2005, se centra en los flujos de Mercancías Peligrosas efectuados por carretera y ferrocarril que transcurren total o en parcialmente dentro de los límites administrativos de la CAPV. Los datos han sido recogidos en el 2003.
A partir de los flujos de MMPP en carreteras y ferrocarriles se ha calculado el riesgo que suponen tanto para la población como para el medio natural mediante el modelo TRANSIT. Una vez analizadas el tipo y la cantidad de sustancias peligrosas que atraviesan el municipio de Abadiño, se ha procedido a realizar la figura que aparece bajo estas líneas, Mapa de Mercancías Peligrosas por carretera.
Se ha dibujado una línea de 600 m a cada lado de la infraestructura analizada, que sería la zona a intervenir en el caso de accidente en condiciones adversas, según las recomendaciones de las Fichas de Intervención ante Accidentes con Materias Peligrosas 2001 publicado por el Departamento de Interior de Gobierno Vasco, en relación al flujo de materias peligrosas.
Estas recomendaciones están basadas en las principales guías de intervención ante accidentes con materias peligrosas a nivel estatal, europeo y especialmente norteamericano.
Tal y como se observa, la carretera BI‐623 que discurre por el suroeste del término municipal de Abadiño presenta un riesgo bajo como se puede observar en la figura. Por su parte, las carreteras N‐636, N‐634 y BI‐633 que atraviesan el término municipal de Abadiño por el norte, presentan un riesgo muy bajo, mientras que la autopista AP‐8 presenta un riesgo muy alto.
El riesgo inherente por el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril es inexistente al no constar de redes ferroviarias que discurran por el término municipal de Abadiño.
Normativa SEVESO II:
La Directiva Seveso ha sido incorporada al marco jurídico mediante el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y mediante el Real Decreto 119/2005, de 4 de febrero por el que se modifica el
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Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio. En lo referente a esta norma, que pretende mejorar tanto las medidas de prevención como la capacidad de respuesta en caso de accidente, no se han detectado industrias asociadas a actividades industriales potencialmente peligrosas en el municipio de Abadiño.
Cabe destacar que el Ayuntamiento de Abadiño no cuenta con un Plan de Emergencias municipal homologado. Los planes municipales de protección civil contienen la identificación y análisis de los riesgos que pueden dar origen a situaciones de emergencia en el término municipal, así como la definición de medidas tendentes a evitar o reducir las condiciones de riesgo, como el estudio de la correspondencia entre los resultados del análisis de riesgos y planificación urbanística.
Por defecto, el Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI) se aprobó por Decreto 153/1997, de 24 de junio de 1997 (BOPV num. 138 21 de julio de 1997) y constituye el instrumento fundamental de ordenación de la gestión de emergencias de la CAPV. Establece los criterios generales a los que debe ajustarse la planificación en Euskadi para hacer frente a las emergencias de tipo catastrófico, no sujetas a planificación especial, que requieran de una dirección o coordinación autonómica.
Este Plan es el instrumento que permite identificar, inventariar y generar mapas de información sobre los riesgos analizados tales como: inundabilidad, riesgo sísmico, de incendio forestal, riesgos tecnológicos relacionados con el transporte de mercancías peligrosas e industrias químicas afectadas por la normativa SEVESO III a través de la cual, la Unión Europea regula la prevención de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.
Señalar que en el caso de Abadiño, no se ubica ninguna empresa afectada por esta normativa dentro del término municipal. Recientemente mediante Decreto 1/2015 de 13 de enero, se ha aprobado la revisión extraordinaria del Plan de Protección Civil de Euskadi que modifica el capítulo relativo a la operatividad del plan.
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4.2. ANÁLISIS DE LOS MUNICIPIOS COLINDANTES
El municipio de Abadiño se localiza en el extremo oriental de Bizkaia, dentro de la comarca del Duranguesado, más concretamente, se ubica en la zona de confluencia de los ríos del Ibaizabal y Atxarte, que constituyen el valle en el que se encaja.
Limita al norte con los términos municipales de Garai, Iurreta y Berriz, al este con el término municipal de Elorrio, al sureste con el término municipal de Atxondo, al sur con los términos municipales de Otxandio y Aramaio (Araba), al suroeste con el término municipal de Dima y al oeste con los términos municipales de Mañaria, Izurza y Durango.
El término municipal tiene forma eminentemente alargada a lo largo de un eje noreste‐suroeste. La zona más antropizada corresponde con la parte norte donde se localizan los usos tanto residenciales como industriales, alrededor del cauce del río Ibaizabal, mientras que en la parte sur, más montañosa y con abundante vegetación, se encuentra el parque de Urkiola.
El término municipal de Abadiño está compuesto por los siguientes barrios: Amaitermin, Astola, Gaztelua, Gerediaga, Lebario, Irazola, Traña‐Matiena, Mendiola, Muntsaratz, Sagasta, Urkiola y Zelaieta. Dentro de estos barrios, coexisten distintos grados de urbanización, desde los claramente urbanos (Traña‐Matiena y Zelaieta) a los esencialmente rurales (Amaitermin, Sagasta, Gerediaga, Gaztelua, Urkiola y Mendiola).
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La trama urbana norte muestra una cierta continuidad con la vecina Durango, mientras que en el extenso valle en el que se asienta el núcleo urbano de Abadiño (Zelaieta y Muntsaraz) mantiene un carácter más rural donde resaltan los montes que lo flanquean, destacándose las principales cimas del municipio, el Alluitz (1.040 m), el Urkiolagirre o Urkiolamendi (1.011 m) y el Untzillatx (934 m).
Las principales vías de comunicación que articulan la provincia recorren el valle del Ibaizabal y por tanto atraviesan el municipio. Destacan la N‐636 la AP‐68 que unen Bilbao con San Sebastián. La BI‐623 comunica Abadiño con Vitoria a través de Legutiano. Por otro lado encontramos el eje de reciente creación entre Durango y Beasain denomiando variante de Gerediaga.
En cuanto al ferrocarril, la línea 1 de Euskotren tiene estación en el barrio de Matiena y la localización de las cocheras y talleres de la misma se sitúan en Lebario.
A continuación se recoge una breve descripción urbanística de los municipios limítrofes con el fin de facilitar la comprensión y dinámicas del contexto de Abadiño.
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4.2.1. ARAMAIO
Limita con Abadiño en el extremo sur‐sureste en la zona de Urkiola y pertenece a la provincia de Araba. Este valle está compuesto por nueve anteiglesias; Arexola, Azkoaga, Barajen, Etxaguen, Ganzaga, Ibarra, Oleta, Untzilla e Uribarri.
Los barrios se articulan en torno a la carretera A‐2620 que discurre paralela al río Aramaio y además la infraestructura ferroviaria de alta velocidad de reciente construcción surca el municipio en dirección sur‐norte en su extremo más oriental. De menor rango es la carretera A‐3941, eje perpendicular a la carretera A‐2620 que une el valle con Otxandio atravesando las faldas de Urkiola.
El municipio destaca por su relieve montañoso y su extensa cobertura de bosques, predominante en las cotas más altas. La cumbre más alta es el monte Oriol, perteneciente al Parque Natural de Urkiola, con 1.116m de altura. En el extremo más meridional del municipio se encuentra el embalse de Albina, el más pequeño de los embalses del sistema del Zadorra. Este embalse tiene una longitud aproximada de 4 km con forma alargada y estrecha como consecuencia de los valles encajonados del sistema montañoso de Urkiola.
Con una población total de 1.526 habitantes, Ibarra ejerce de capital municipal gracias a su tejido de casco urbano donde conviven 900 habitantes aproximadamente. La superficie municipal es de 7.882 ha de las cuales el 97,86% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría Forestal (3.490 Ha) seguido de la de Especial Protección (2.270 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 13,27 Ha mientras que la de Actividades Económicas es de 6,62 Ha.
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Aramaio cuenta con Plan General de Ordenación Urbana aprobado definitivamente en 2012. El PGOU vigente delimita en torno al núcleo de Ibarra dos suelos urbanizables de uso residencial (IB.12 E IB.10, este último fuera del alcance normativo del PGOU), dos suelos urbanos no consolidados (IB.11 e IB.03) y siete suelos urbanos consolidados (o no) en función del incremento de la edificabilidad ponderada (IB.02, IB.04, IB.05, IB.06, IB.07, IB.08, IB.09). Según los datos de Udalplan, ningún suelo se ha desarrollado hasta la fecha, cuya capacidad prevista en Suelo Urbano No Consolidado es de 94 viviendas y de 142 viviendas en Suelo Urbanizable.
En cuanto a los usos industriales, se establecen cuatro sectores regulados por el PGOU de Otxandio (I.4, I.5, S.U.I‐5 y el Sector Residencial “Mainondo”. En la actualidad ninguno de los suelos previstos ha sido desarrollado. Las 3,51 Ha clasificadas en el Suelo Urbanizable están vacantes.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se caracteriza por ser un municipio joven, con una tasa de envejecimiento en torno al 20%, bajo índice de paro y un 83% de población euskaldun. La actividad económica predominante es el sector servicios 62%, seguido de la industria 20% y el sector primario 14%.
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4.2.2. ATXONDO
Limita con Abadiño hacia el este. Este valle está compuesto por los antiguos municipios de las anteiglesias de Apatamonasterio, Arrazola y Axpe, que se fusionaron en 1962 para dar origen a Atxondo.
Los barrios de Axpe y Arrazola se articulan a lo lago de la carretera BI‐4332 que discurre paralela al arroyo Arrazola y que converge en la antigua N‐636 donde se encuentra Apatamonasterio. La actual N‐636 o variante de Gerediaga‐Elorrio cruza el municipio en su extremo norte junto al límite norte de Apatamonasterio. Junto al límite sur en cambio discurre la línea ferroviaria de alta velocidad de reciente construcción en dirección este oeste. La hoy inactiva línea de ferrocarril Durango‐Elorrio cotnaba con estación en Apatamonasterio, de la que partía un ramal hacia Arrazola que hacía las veces de tren minero.
El municipio se encuentra enclavado en la cuenca del Ibaizabal, al pie de las paredes del monte Anboto, cima más alta del municipio con desniveles de más de 600 metros con respecto a la cuenca fluvial.
Con una población total de 1.376 habitantes, Apatamonasterio ejerce de capital municipal gracias a su situación a lo largo de la carretera N‐636, mientras que Axpe y Arrazola se configuran como Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural. La superficie municipal es de 2.335 Ha de las cuales el 97,13% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría Forestal (1.170 Ha), seguido de los suelos de Mejora Ambiental (625 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 10,41 Ha mientras que la de Actividades Económicas es de 29,87 Ha.
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Atxondo cuenta con Normas Subsidiarias tipo b) aprobadas definitivamente en 1998. Las NNSS vigentes delimitan en torno al núcleo de Apatamonasterio dos Suelos Urbanizables de uso de Actividades Económicas (Markoida Este y Markoida Oeste) que forman un continuo urbano con las zonas industriales de Muntsarza en Abadiño. Las NNSS también delimitan dos Unidades de Ejecución en Suelo Urbano No Consolidado (UE‐20.1 y UE‐3.1) con uso de Actividades Económicas y ocho Unidades de Ejecución de uso Residencial (UE‐10.2, UE‐10.2, UE‐12.1, UE‐13.1, UE‐16.1, UE‐18.1, UE‐5.1 y UE‐7.1). En la actualidad, el grado de desarrollo del planeamiento es muy escaso, sin haberse prácticamente gestionado ningún ámbito. En Suelo Urbano Consolidado quedan pendientes de ser ejecutadas 48 viviendas, 120 en el caso de los Suelos No Consolidados y 27 en el caso de los Núcleos Rurales. En el caso del uso de Actividades Económicas, existe una superficie vacante de 6,65 Ha correspondientes a los Suelos Urbanizables.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se caracteriza por ser un municipio joven, con una tasa de envejecimiento en torno al 20%, bajo índice de paro y un 63% de población euskaldun. Aunque históricamente el sector de la explotación minera ha sido importante, el cese de la actividad a mediados del siglo pasado ha procurado un trasvase hacia el sector industrial que pasa a ser predomintante con un 72%, seguido de los servicios 26%.
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4.2.3. BERRIZ
Este municipio del duranguesado limita con Abadiño hacia el noreste y se situa en el curso alto del río Ibaizabal. La zona norte de Berriz presenta un terreno accidentado, con fuertes pendientes correspondientes con el monte Oiz (1.026 m.s.n.m). Al sur del municipio encontramos una zona de campiña con colinas que crean pequeños valles donde los rios y arroyos buscan su curso hasta la desembocadura en el Zaldua. En esta zona de pendientes más amables es donde se sitúa Olakueta, el núcleo urbano principal que cuenta con 4.000 habitantes aproximadamente.
El resto de barrios se ubican en los pequeños valles que conforman la falta sur del monte Oiz, Andikona, Eitua, Murgoitio, Okango, Sallobente y Sarria.
La AP‐8 cruza el municipio en su extremo sur y enlaza con la BI‐623 que enlaza con Olakueta en la zona norte. Ambos ejes se unen perpendicularmente mediante el eje articulador del propio núcleo. En esta zona y de manera paralela al Ibaizabal y a la AP‐8 discurre la línea ferroviaria de Euskotren en dirección este oeste.
Con una población total de 4.704 habitantes, Olakueta ejerce de capital municipal gracias a su situación a lo largo de la carretera BI‐3321 que conecta la AP‐8 con la BI‐633. El resto de barrios se configuran como Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural. La superficie municipal es de 2.975 Ha de las cuales el 94,04% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría de Especial Protección (1.923 Ha), seguido de los suelos Agroganaderos y de Campiña (757 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 36.41 Ha mientras que la de Actividades Económicas es de 40.96 Ha.
Berriz cuenta con Normas Subsidiarias tipo b) aprobadas definitivamente en 1998. Las NNSS vigentes delimitan en torno al núcleo de Olakueta 18 Unidades de Ejecución en Suelo Urbano No Consolidado y de uso Residencial (UE‐01, UE‐02, UE‐05, UE‐06, UE‐07, UE‐08, UE‐09, UE‐10, UE‐11, UE‐12, UE‐14, UE‐15, UE‐16, UE‐17,
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UE‐18, UE‐19, UE‐20, UE‐21) además de cinco Sectores Urbanizables del mismo uso (SAPUR‐0, SAPUR‐1, SAPUR‐2, SAPUR‐3, SAPUR‐4, SAPUR‐5). Según datos de Udalplan, quedan aun pendientes por ser gestionadas 247 viviendas en Suelos Urbanos Consolidados, 12 en el caso de los No Consolidados y 37 viviendas en Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural.
En cuanto a los suelos de uso Actividades Económicas encontramos cuatro Unidades de Ejecución en Suelo Urbano No Consolidado (UEI‐01, UEI‐02, UEI‐03, UEI‐04), y otros cuatro Sectores en Suelo Urbanizable (Sector Industrial UI‐5, SAPUI‐0 Eitua, SAPUI 1 Okango, SAPUI 2 Okango). En este sentido, el desarrollo de los suelos de AAEE han vivido un desarrollo moderado, no obstante queda mucho suelo aun sin gestionar. Tal y como se muestra en la foto, los suelos industriales de Berriz forman un continuo urbano con la zona industrial de Lebario (Abadiño), aprovechando las infraestructuras viarias y ferroviarias existentes.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se caracteriza por ser un municipio joven, con una tasa de envejecimiento en torno al 19%, bajo índice de paro y un 54% de población euskaldun. La ubicación del municipio cercano a Eibar vivió un gran crecimiento industrial que sirvió en parte para descongestionar Durango y Eibar. Se basa por tanto en el sector industrial con un 61%, seguido de los servicios 35%. El sector primario se establece en los barrios periféricos, y su explotación es familiar de autoabastecimiento, sin embargo existe una importante actividad forestal centrada en la explotación del pino así como actividad minera de menor envergadura.
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4.2.4. DIMA
Dima limita con Abadiño en el extremo suroeste y se situa en el Área Funcional de Igorre. Se sitúa en las faldas occidentales del Parque Natural de Urkiola y está surcado en sentido sur norte por el río Indusi, que forma el valle principal del municipio.
La zona norte y este de Dima presentan un terreno accidentado, con fuertes pendientes correspondientes con las cumbres de Urkiola. A medida que descendemos hacia el río encontramos una zona de campiña con colinas que crean pequeños valles donde los rios y arroyos buscan su curso hasta la desembocadura en el Indusi y posteriormente en el Arratia. En esta zona de pendientes más amables es donde se sitúa Ugarana, núcleo urbano principal.El resto de barrios se ubican en los pequeños valles que conforman la falta sur del sistema de Urkiola: Intxaurbizkar, Bikarregi, Laminado, Aroztegieta, Bargondia y Oba.
El municipio está exento de afecciones por grandes infraestructuras y se sirve del eje viario BI‐2543 lo cruza de norte a sur a lo largo del valle del Indusi. De ella parten viarios de menor entidad que se encargan de unir los núcleos rurales anteriormente citados.
La población total es de 1.460 habitantes que prácticamente reside en Ugarana, la capital municipal. La superficie municipal es de 6.233 Ha de las cuales el 98,55% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría de Especial Protección (3.056 Ha), seguido de los suelos Forestales (2.550 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 27.67 Ha mientras que la de Actividades Económicas es de 11.81 Ha.
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Dima cuenta con Normas Subsidiarias tipo b) aprobadas definitivamente en 2007. Las NNSS vigentes delimitan en torno al núcleo de Ugarana cuatro Unidades de Ejecución en Suelo Urbano No Consolidado y de uso Residencial (UE‐01, UE‐02, UE‐03, UE‐04) además de dos Sectores Urbanizables del mismo uso (Sector 1 Ugarana‐Ibarra y UM‐10). Según datos de Udalplan, la capacidad residencial existente es de 125 viviendas en Suelos Urbanos No Consolidados, 150 en el caso de los Suelos Urbanizables y 79 en los Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural.
En cuanto a los suelos de uso Actividades Económicas encontramos un Sector en Suelo Urbanizable (Sector 1 Ziarrusta). Este suelo urbanizable está recogido en el PTP de Igorre como área de crecimiento máximo condicionado y se encuentra sin gestionar en la actualidad.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se caracteriza por ser un municipio joven, con una tasa de envejecimiento en torno al 19%, bajo índice de paro y un 82% de población euskaldun. Destaca en este municipio el peso del sector primario, que alcanza un 5,4%, seguido de la construcción con un 12,5%, la industria con un 27% y el restante 55% en el sector servicios.
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4.2.5. DURANGO
Durango es la capital comarcal del duranguesado y limita con Abadiño en el flanco oeste. El río Ibaizabal limita el municipio por el norte quedando encajonado en el espacios de vega de la orilla izquierda del río hasta el comienzo de las faldas de Urkiola donde se sitúa la vecina Izurtza.
La ciudad de Durango se extiende a lo largo de la llanura del Ibaizabal como decíamos quedando el extremo oeste del municipio exento de asentamientos. La infraestructura viaria principal N‐623 limita la ciudad por el sur oeste y conecta con la N‐636 y la AP‐8 ya en el municipio de Iurreta. Por otro lado, la infraestructura ferroviaria de Euskotren surca el núcleo urbano (en su mayor parte soterrado) de este a oeste así como la línea de alta velocidad.
Durango ha experimentado un crecimiento demográfico continuo desde mediados del siglo XX al amparo de las comunicaciones del valle del Ibaizabal y su crecimiento industrial. En la actualidad cuenta con una población de 29.193 habitantes y ejerce como capital económica de la comarca a la que da nombre. La superficie municipal es de 1.072 Ha de las cuales tan solo el 56,56% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría Forestales (303 Ha) seguida de la de Especial Protección (205 Ha). Es por tanto un municipio mayoritariamente urbano. Si disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 178 Ha mientras que la de Actividades Económicas es de 80 Ha. Alberga además la mayor superficie de sistemas generales de toda la comarca, con 208 Ha que sirven tanto al municipio como al Área Funcional.
Durango cuenta con Normas Subsidiarias tipo b) aprobadas definitivamente en 2005. Las NNSS vigentes delimitan 19 Unidades de Ejecución en Suelo Urbano No Consolidado y de uso Residencial (UE‐1 Askatasun, UE‐2 Birjinoste, UE‐3 Intxaurrondo Lubideta, UE‐4 Odi Bakar, UE‐5 Etxezurioste, UE‐6 Trenbide, UE‐7 Azoka
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Montevideo, UE‐8 Intxaurrondo Rio Mañaria, UE‐9 Urien Intxaurrondo, UE‐10 Larrasoloeta, UE‐11 Ona Larrasoloeta, UE‐12 Lubideta, UE‐13 Tabira Gasteizbidea, UE‐14 Okarranza, UE‐15 Iplarzabalarra, UE‐16 Arripausueta, UE‐17 Kabilduoste, UE‐18 Mikeldi, UE‐19 Aramotz), 4 Planes Especiales de Reforma Interior (PERI 3 San Roke, PERI 4 Artabilla, PERI 1 Ferrocarril, PERI Ibaizabal) y 2 Planes Especiales de Ordenación Urbana (PEOU 2 San Fausto, PEOU 6 Gasteiz Bidea). Se delimitan además dos Sectores Urbanizables del mismo uso (PP‐1 Faustegoiena y PP‐2 Eguzkitzagoiena). Según datos de Udalplan, la capacidad residencial existente es de 198 viviendas en Suelos Urbanos Consolidados, 469 en Suelos Urbanos No Consolidados y 176 en el caso de los Suelos Urbanizables.
En cuanto a los suelos de uso Actividades Económicas encontramos dos Sectores en Suelo Urbanizable (SI Eguzkitza II y SI‐3 Eguzkitza III). Estos suelos urbanizables se localizan en el límite con el término municipal de Abadiño, en la zona de Astola. Cuentan con un plan de compatibilización y se encuentran sin gestionar en la actualidad, estando las 41,45 Ha clasificadas vacantes.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se caracteriza por ser un municipio joven, con una tasa de envejecimiento en torno al 18% y un 49% de población euskaldun. El peso de la economía de Durango recae sobre el sector servicios que abarca en 69% del total, seguido de la construcción y la industria que se sitúan en el 15% aproximadamente. El sector primario en cambio es despreciable, manteniendose como actividad familiar destinado al consumo propio y a la venta en el mercado municipal.
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4.2.6. ELORRIO
Elorrio se sitúa en el extremo oeste de Bizkaia y limita con Gipuzkoa. El límite con Abadiño se produce al este en una franja limitada entre Berriz y Atxondo. Esta ubicado en la parte alta del valle del Ibaizabal, bajo el monte Udalaitz. El municipio se compone por el núcleo principal, Elorrio, situado en la zona llana del valle donde confluyen los ríos y arroyos, y los núcleos rurales que se sitúan en las laderas y colinas circundantes: Aldape, Arabio, Arauneta, Berrio, Berriozabaleta, Gasteeta, Gazeta, Iguria, Leaniz, Miota, Lekerika, Mendraka, Urkizuaran y Zenita.
Las comunicaciones están centradas en la variante de la carretera N‐636 que cruza el municipio de este a oeste uniendo Durango con Mondragón a su paso por Elorrio. La BI‐3331 cruza por el centro urbano de Elorrio de la que parten la BI‐3321 y la BI‐2632 que conectan con los núcleos rurales. La Línea de alta velocidad surca el municipio al sur de la N‐636 donde se produce la bifurcación que unirá en el tramo de Bergara la Y Vasca encargada de enlazar las tres capitales.
La población total es de 7.350 habitantes que prácticamente residen en Elorrio, capital municipal gracias a su situación privilegiada en la zona más abierta del valle junto al cruce con las carreteras. La superficie municipal es de 3.696 Ha de las cuales el 91,42% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría Forestal (2.420 Ha), seguido de los suelos Agroganaderos y de Campiña (628 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 62,71 Ha mientras que la de Actividades Económicas es de 48,84 Ha.
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Elorrio cuenta con Plan General aprobado definitivamente en 2011. El PGOU vigente delimita en torno al núcleo de Elorrio ocho Unidades de Ejecución en Suelo Urbano No Consolidado y de uso Residencial además de cinco Planes Especiales y un Sector Urbanizable del mismo uso. Según datos de Udalplan, la capacidad residencial existente es de 83 viviendas en Suelos Urbanos Consolidados, 187 en el caso de los No Consolidados y 28 en el caso de los Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural. En cuanto a los suelos de uso Actividades Económicas encontramos cinco ámbitos de Suelo Urbano No Consolidado, tres Unidades de Ejecución y dos Planes Especiales y por otro lado un Sector en Suelo Urbanizable. Éste Suelo Urbanizable se encuentra vacante en su totalidad, mientras que los Suelos Urbanos No Consolidados albergan capacidad para 4,26 Ha de las 9,52 clasificadas.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se caracteriza por ser un municipio joven aunque en menor proporción que el resto del duranguesado, con una tasa de envejecimiento en torno al 22%, bajo índice de paro y un 61% de población euskaldun. El sector primario está formado por pequeñas explotaciones rurales de carácter familiar, no obstante existen explotaciones ganaderas relevantes dedicadas a la carne y a la producción láctea. El sector servicios pese a englobar 64% de la economía es insuficiente para cubrir las necesidades de la población que se ve influida por la cercanía de Durango y Mondragón. En cuanto al sector secundario, existe una importante actividad industrial de transformación metálica y máquina herramienta, con un peso del 33% de la economía.
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4.2.7. GARAI
Garai es un municipio de pequeñas dimensiones situado en las faldas del monte Oiz. Fundamentalmente se compone por la zona alta del monte Oiz y la zona más llana a medida que nos acercamos a la ribera del Ibaizabal, donde desemboca el arroyo Antsosakona que atraviesa de norte a sur el municipio y recoge los arroyos que por él discurren.
Limita con Abadiño al norte en una extensión pequeña junto a Gerediaga y es en esta vertiente sur donde se abre hacia el valle Ibaizabal creando miradores naturales sobre las colinas. El paisaje está dominado por los campos de pasto y los bosques entre los que se salpican los núcleos de Duña, Momoitio, Aiartza, Barrainkugana, Goierri, y el núcleo principal San Miguel de Garai.
No existen grandes infraestructuras en el municipio, tan solo la carretera BI‐3341 que une Iurreta con Gerediaga y que atraviesa el municipio serpenteante uniendo los núcleos situados al norte, (Duña, Goierri y San Miguel).
Cuenta con una población de 310 habitantes, siendo San Miguel la capital municipal configurandose el resto de núcleos como Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural. La superficie municipal es de 714 Ha de las cuales el 97,30% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría Agroganadera y Campiña (460 Ha), seguido de los suelos de Especial Protección (182 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 12,85 Ha mientras que no existe suelo de Actividades Económicas.
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Garai cuenta con Normas Subsidiarias tipo b) aprobadas definitivamente en 1992. Las NNSS vigentes delimitan en torno al núcleo de San Miguel dos Unidades de Ejecución de uso Residencial y un sector de Suelo Urbanizable del mismo uso. En la actualidad el grado de desarrollo del planeamiento de Garai ha sido cumplido, quedando por ejecutar alguna vivienda en el sector urbanizable. La capacidad residencial del municipio es de 12 viviendas en los Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural y de 12 viviendas en el sector de Suelo Urbanizable.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se caracteriza por ser un municipio joven, con una tasa de envejecimiento en torno al 17%, bajo índice de paro y un 80% de población euskaldun. Destaca junto con el municipio de Dima por su carácter agropecuario y de explotaciones silvícolas fundamentalmente a la explotación maderera, ocupando un 5% del peso de la economía. Por otro lado, el sector de la industria y la construcción abarcan el 16% de la economía, siendo el sector servicios predominante con un 79% del total.
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4.2.8. IURRETA
Iurreta se sitúa en l aparte más oriental de la comarca del duranguesado ubicándose en el valle del río Ibaizabal. El municipio se encuentra enclavado en la vega del río Ibaizabal, donde se delimita el límite con Durango de la que obtuvo independencia el pasado siglo. Los afluentes del ibaizabal forman los valles donde se establecen los pequeños núcleos rurales de Orozketa, Oromiño, Goiuri, Santa Maña y San Fausto.
Comparte muchos rasgos con el municipio vecino de Garai siendo un valle formado por multitud de pequeñas colinas cubiertas de bosque autóctono y plantaciones forestales. Como sucede con Garai, Iurreta limita con Abadiño al norte en una extensión pequeña junto a Gerediaga pero al contrario que Garai el municipio es atravesado por la AP‐68, la N‐636 y la vía del ferrocarril de Euskotren, que discurren en paralelo al río Ibaizabal. Además de estas infraestructuras la reciente construcción de la línea de ferrocarril de Alta Velocidad atraviesa el municipio en su parte sur, separando el núcleo de Orozketa del resto del valle.
Cuenta con una población de 3.678 habitantes, donde Iurreta ejerce de capital municipal gracias a su desarrollo que forma un continuo urbano con Durango entre la AP‐68 y la línea del ferrocarril. La superficie municipal es de 1.885 Ha de las cuales el 87,72% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría de Paisaje Rural de Transición (834 Ha), seguido de los suelos de Especial Protección (738 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 23,89 Ha mientras que la de Actividades Económicas asciende a 89,47 Ha.
Iurreta cuenta con Normas Subsidiarias tipo b) aprobadas definitivamente en 2001. Las NNSS vigentes delimitan en torno al núcleo de Iurreta ocho Unidades de Ejecución de uso Residencial (UE‐R1, UE‐R2, UE‐R3, UE‐R4, UE‐R5. UE‐R6, UE‐R7, UE‐R9) y tres sectores de Suelo Urbanizable del mismo uso (Bideondo, Eliz Oeste,
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Padureta). En cuanto a los usos de Actividades Económicas encontramos un Plan Especial de Reforma Interior (PERI‐UEI‐05) y cinco Unidades de Ejecución Industriales (UEI‐01, UEI‐2, UEI‐3, UEI‐4). En cuanto a los Suelos Urbanizables hay clasificados dos (Arriando B y Mallabiena). En cuanto al cumplimiento de las previsiones, la capacidad residencial por ejecutar es de 264 viviendas en Suelo Urbano y de 331 en Suelos Urbanizables, además de 13 viviendas en Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural. El suelo de Actividades Económicas tiene una superficie vacante de 2,3 Ha en Suelo Urbano Consolidado, 2,45 Ha en Suelo Urbano No Consolidado y 17,27 Ha en Suelos Urbanizables.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se trata de un municipio tendente al envejecimiento, con una tasa en torno al 23%, y un 88% de población euskaldun. La economía de Iurreta está basada en el sector industrial gracias a la cercanía de las infraestructuras de alta capacidad y a su ubicación cercana a Durango. Las actividades mayoritarias en este sector son la fundición, maquina herramienta, automoción y papelería. En su conjunto engloban el 47% de la economía. Casi a la par se sitúa el sector servicios con el 51% pese a que la cercanía de Durango le resta competitividad. El sector primario aunque no representa un gran peso en la economía municipal es importante en cuanto a la agricultura y la ganadería y las explotaciones madereras de pino.
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4.2.9. IZURTZA
Izurtza se asienta en los pequeños llanos a los pies de la sierra de Anboto y Aramotz. Este valle formado por el río Mañaria discurre hasta las vegas del río Ibaizabal en Durango donde se asienta la población.
Este municipio de pequeñas dimensiones limita con Abadiño al oeste y está compuesto por el núcleo urbano lineal de Elizalde junto a la Carretera Foral BI‐623. Además del núcleo principal de Elizalde Izurtza está compuesto por el polígono industrial de Lejartza y por varios núcleos rurales dispersos (Etxano, Ortúzar y Bitaño). Esta formación urbana lineal forma un continuo urbano con Durango, extendiendose prácticamente hasta Mañaria. En la actualidad la línea del ferrocarril de Alta Velocidad atraviesa una esquina del término municipal entre Bitaño y Elizalde.
Cuenta con una población de 251 habitantes y la superficie municipal es de 436 Ha de las cuales el 91,03% está clasificado como Suelo No Urbanizable. La mayor parte de este Suelo No Urbanizable pertenece a la categoría Forestal (243 Ha), seguido de la Agroganadera y Campiña (97,41 Ha) y la de Especial Protección (40,57 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 8,44 Ha mientras que la de Actividades Económicas asciende a 11,16 Ha.
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Izurtza cuenta con Plan General de Ordenación Urbana aprobado definitivamente en 2015. El PGOU vigente delimita seis Unidades de Ejecución de uso Residencial (AAI‐3, AAI‐4, AAI‐5, AAI‐6, AD‐1, AD‐2) y tres ámbitos de Actividades Económicas (AD‐3 Arbizolea, AAI‐1, AAI‐2). En cuanto al cumplimiento de las previsiones, la capacidad residencial por ejecutar es de 23 viviendas en Suelos Urbanos y de 2,07 Ha de superficie vacante en el caso de las Actividades Económicas.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se trata de un municipio joven, con una tasa en torno al 19%, y un 74% de población euskaldun. La economía de Izurtza está basada en el sector industrial gracias a la cercanía con Durango y ocupa el 84% de la economía. El siguiente sector por orden de relevancia es el de los servicios, con un 14%.
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4.2.10. MAÑARIA
La antiglesia de Mañaria se sitúa en un entorno paisajísticamente privilegiado bajo los montes Untzillaitz y Mugarra siendo el 73% del Parque Natural de Urkiola perteneciente al municipio.
Al fondo del valle se encuentra el río Mañaria, que forma el valle que continúa por Izurtza hasta converger con el valle del Ibaizabal en Durango. Multitud de pequeños arroyos descienden por las laderas convergiendo en el núcleo urbano de Mañaria y dando nombre a este río. Este valle profundo en forma de “V” alberga los asentamientos que componen Mañaria y que dependen de la BI‐623.
Mañaria limita con Abadiño hacia el oeste, cuenta con una población de 518 habitantes y la superficie municipal es de 1.757 Ha de las cuales el 98,77% está clasificado como Suelo No Urbanizable. La mayor parte de este Suelo No Urbanizable pertenece a la categoría de Especial protección (1.023 Ha), seguido de la Forestal (318 Ha), la Agroganadera y Campiña (289 Ha) y existiendo 60 Ha de Suelos para Actividades Extractivas. Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 9,03 Ha mientras que la de Actividades Económicas es de 5,67 Ha.
Mañaria cuenta con Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente en 2001. Las NNSS vigentes delimitan once Unidades de Ejecución de uso Residencial en torno al núcleo de Mañaria, (UE‐01—UE‐11) y un Sector de Suelo Urbanizable (SAPUR‐1). En cuanto al uso de Actividades Económicas, encontramos dos Sectores de Suelo
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Urbanizable (SAPUI‐1 y SAPUI‐2) junto al límite municipal de Izurtza. En los Suelos Urbanos la capacidad residencial del planeamiento es de 68 viviendas más las 21 pendientes de ejecutar en el suelo urbanizable. Las 3,94 Ha calificadas como suelo de Actividades Económicas se encuentran vacantes pendientes de gestión.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se trata de un municipio joven, con una tasa en torno al 20%, y un 80% de población euskaldun. La economía de Mañaria está basada en el sector industrial gracias a la cercanía con Durango y ocupa el 62% de la economía. El siguiente sector por orden de relevancia es el de los servicios, con un 31%. El sector primario suma tan solo el 1,4% a la economía sin embargo tiene gran repercusión en el municipio, puesto que las explotaciones mineras de piedra caliza y mármol a cielo abierto constituyen la base de la industria además de producir un gran impacto ambiental.
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4.2.11. OTXANDIO
Otxandio se sitúa en la vertiente mediterránea de la comarca del Duranguesado, en el lado sur del puerto de Urkiola y parte del municipio forma parte del Parque Natural del mismo nombre. Limita con Abadiño puntualmente en el extremo sur en la zona de Amaitermin.
En cuanto a las comunicaciones, la vía principal es la carretera BI‐623 que una Vitoria con Durango y la BI‐3542 también enlaza el municipio con la vecina Dima.
Cuenta con una población de 1.290 habitantes, que se concentran fundamentalmente en el núcleo de Otxandiano, capital municipal y además existen dos Núcleos Rurales en Suelo No Urbanizable, Mexoleta y Andaparaluzeta. La superficie municipal es de 1.236 Ha de las cuales el 92,09% está clasificado como Suelo No Urbanizable, perteneciendo la mayor parte a la categoría de Especial Protección (516 Ha), seguido de los suelos Agroganaderos y de Campiña (315 Ha) y de los suelos con Protección de Aguas Superficiales por una superficie (127 Ha). Disgregando la clasificación urbana y urbanizable por usos obtenemos que la superficie Residencial total es de 21,05 Ha mientras que la de Actividades Económicas asciende a 18,59 Ha.
Otxandio cuenta con Plan General de Ordenación Urbana aprobado definitivamente en 2009. El PGOU vigente establece 22 Unidades de Ejecución de uso residencial en Suelo Urbano (UER‐1, UER‐2.1, UER‐2.2, UER‐3, UER‐4, UER‐5.1, UER‐6, UER‐7, UER‐8, UER‐9‐1, UER‐9.2, UER‐10, UER‐11.1, UER‐11.2, UER‐13, UER‐14, UER‐15, UER‐16, UER‐17, UER‐18, UER‐19). En Suelo Urbanizable clasifica un sector residencial (S.R. Mainondo). En cuanto a las Actividades Económicas delimita tres Unidades de Ejecución (UEI‐2.3, UEI‐4, UEI‐5, UEI‐5.1) y dos Sectores de Suelo Urbanizable (SAUI‐abc y SUI‐5).
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La capacidad de viviendas del planeamiento es de 101 viviendas en las Unidades de Ejecución en Suelo Urbano No Consolidado y 40 viviendas en Suelo Urbanizable además de 12 viviendas en los Suelos No Urbanizables de Núcleo Rural. En cuanto a las Actividades Económicas el suelo clasificado como Urbano No Consolidado se encuentra vacante en sus 1,57 Ha mientras que en los Suelos Urbanizables quedan por ocupar 6,66 Ha de las 10,42 Ha clasificadas.
En cuanto a su perfil socioeconómico, se trata de un municipio tendente al envejecimiento, con una tasa en torno al 21%, y un 68% de población euskaldun. La economía de Otxandio está equilibrada entre el sector servicios y el de la industria, con un 44% del peso aproximadamente.
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5. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL PLANEAMIENTO
5.1. MODELO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES
Las vigentes Normas Subsidiarias (NNSS) cuentan con aprobación definitiva con fecha 6 de febrero de 1987, publicándose dicha resolución el 6 de junio del mismo año. Posteriormente, el 29 de mayo de 1989, se publica su normativa en el Boletín Oficial de Bizkaia.
En primer lugar, conviene aclarar que prácticamente un tercio del término municipal de Abadiño, su zona más meridional está incluida dentro de la delimitación del Parque Natural de Urkiola, lo que supone a efectos prácticos de ordenación del suelo que su regulación está remitida al Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) correspondiente.
En el resto de suelo los asentamientos se concentran a lo largo del valle del río Ibaizabal junto a los grandes ejes de comunicación. De estos asentamientos, ya descritos en los apartados iniciales, cabe destacar a efectos de su desarrollo a través de las NNSS cuatro zonas principales:
- Traña‐Matiena
- Astola‐Lebario
- Zelaieta
- Muntsaratz.
En grandes líneas el PGOU vigente establece los siguientes aspectos a desarrollar:
• Equilibrio entre la residencia y el empleo, con una remodelación de áreas obsoletas. Variedad tipológica y espacial de la oferta residencial.
• Uso racional del suelo apto para las actividades que configuraban la ciudad y mejora de las condiciones de las áreas de actividades económicas.
• En la red viaria la propuesta de variante de la Gerediaga para evitar el tráfico de transporte pesado por el casco urbano.
• Mejora y suficiencia de los equipamientos o dotaciones propias e implementación de nuevas zonas verdes y áreas peatonales, como la propuesta de recuperación de calles urbanas.
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• Soterramiento de la infraestructura del ferrocarril (al Sur de Matiena).
• Puesta en valor de los elementos de valor del Medio Natural del territorio, recogiendo en las Áreas de Especial Protección, los encinares, robledales, hayedos y bosque mixto de crestón y pie de cantil calizo localizados en las laderas de los montes Urko, Basakatz y Uretamendi).
• Apostar por la movilidad alternativa y tratar de enlazar los núcleos de Matiena con Astola y Zelaieta utilizando como soporte el valle fluvial.
Muchos de esto objetivos se han materializado en el tiempo de vigencia del planeamiento y otros están en proceso.
5.1.1. MODELO RESIDENCIAL
Las previsiones de crecimiento establecidas en el momento de la elaboración de las NNSS se repartían entre varias de las zonas citadas con el objetivo fundamental de conectar los núcleos existentes.
- En el barrio de Matiena se propone un crecimiento limitado orientado a la obtención de equipamientos en un barrio bastante consolidado e intensidad edificatoria notable.
- El resto de zonas de expansión residencial se centran en la zona intermedia entre Zelaieta y Muntsaratz con el ánimo de enlazar los dos núcleos evitando ocupar otras zonas más naturalizadas. En este caso las densidades propuestas varían en función de la proximidad a cada barrio, proponiendo unas densidades más bajas en la zona de Zelaieta, más acorde a su entorno ya construido, y con mayor densidad en el barrio de Gantza – Muntsaratz.
5.1.2. MODELO TERCIARIO‐INDUSTRIAL
Las áreas de desarrollo industrial se complementan con nuevas propuestas de ordenación que refuercen las ya existentes evitando mayores afecciones al medio natural.
Esta situación es clara en el barrio de Matiena ‐ Lebario, donde la existencia de instalaciones industriales sirvió para establecer unos ámbitos industriales para colmatar los espacios intermedios vacíos. A su vez, aprovechaba las cesiones de espacios libres y resto de dotaciones para separar estos usos de los residenciales reforzando los equipamientos de Matiena.
Colindando con la zona industrial de Durango, se propuso la delimitación de polígonos que colmatasen la trama urbana entre Matiena y Durango, casi con un peso similar entre el uso terciario y el industrial. En este sentido, el polígono situado en Astola permitió la ampliación de los suelos dotacionales deportivos.
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Otro de los puntos de expansión industrial se realiza en el otro extremo de la carretera Abadiño – Elorrio, en los suelos próximos al término municipal de Atxondo, junto a la subestación eléctrica. Debido a la lejanía de los núcleos residenciales se orientó la vocación de estos suelos a industrias más pesadas, cuestión que por otro lado no se ha cumplido en estos términos, al acoger industrias en la actualidad de muy diversas tipologías.
5.1.3. LOS EQUIPAMIENTOS
Las NNSS proponen un refuerzo de las dotaciones deportivas – culturales en la zona de Astola, de forma que situándose en el centro de gravedad de los dos núcleos residenciales más poblados, Matiena y Zelaieta, puedan atenderlos con mayor eficacia y que a la vez sirvan como nexo de unión entre ambos.
Esto no es óbice para situar algún equipamiento en los centros de población, principalmente Matiena, que permita obtener espacios cubiertos de cierta amplitud.
Los sistemas generales de espacios libres se sitúan en la zona de Urkiola potenciando el carácter público de un espacio singular.
5.1.4. SUELO NO URBANIZABLE
Las NNSS regulan el suelo rústico asignando una serie de categorías excluyendo los suelos de especial protección correspondientes al Parque Natural de Urkiola. Establecen cuatro grados o categorías de ordenación para el suelo rústico sin que estas tengan un encaje general con las categorías del actual Plan Territorial Parcial Agroforestal, coordinación que habrá que realizar en la presente revisión. En el plano de información I‐01 “Modelo Territorial de las NNSSS vigentes”, se recoge las categorías del Suelo No Urbanizable de las NNSS vigentes.
En líneas generales buscan la regulación y limitación de la proliferación de crecimientos de los núcleos rurales, evitando segregaciones de parcelas y autorizando exclusivamente la construcción de instalaciones agrícolas vinculadas y proporcionales a la explotación rústica de la parcela.
Con carácter general se propone la acometida de medidas especiales en las riberas de los ríos por el problema de inundabilidad existente que afecta a buena parte de los suelos de Matiena, Lebario y Astola, tanto en zonas no urbanizadas como en suelos ya consolidados por la urbanización.
5.2. CLASIFICACIÓN DEL SUELO
A continuación vamos a señalar los aspectos más relevantes que el Plan vigente establecía, tales como la clasificación del suelo. En el siguiente cuadro figuran las superficies de suelo incluidas en cada uno de los suelos, diferenciando los destinados a uso Residencial de los de Actividades Económicas:
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Residencial Actividades Económicas TOTAL
Suelo Urbano 49.74 Ha 102 Ha 152 Ha
Suelo Urbanizable 2.54 Ha 7.25 Ha 10 Ha
Suelo No Urbanizable 3.287 Ha 3.287 Ha
Sistemas Generales 154 Ha 154 Ha
TOTAL MUNICIPIO 3.602 Ha
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5.3. GRADO DE DESARROLLO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS
A los largo de sus años de vigencia, Abadiño ha ido transformándose, consiguiendo un desarrollo notable de las previsiones contempladas en su planeamiento municipal, tanto en aspectos de crecimiento residencial, ya mencionado en los apartados iniciales, como en el resto de aspectos sectoriales como una importante transformación y crecimiento en suelos industriales y terciarios. Todo ello ha ido acompañado de unas operaciones de mejora en infraestructuras y servicios públicos.
En este sentido, cabe destacar por su impacto sobre el territorio las grandes obras de infraestructuras de transporte, las cocheras de Lebario (Euskotren) y el soterramiento parcial de la línea ferroviaria en parte de su trazado por el término municipal, el corredor Gerediaga – Elorrio y la vía del Tren de Alta Velocidad.
En los apartados siguientes se explica con detalle la evolución del municipio en estos últimos 27 años centrándonos en tres capítulos principales que deben tenerse en cuenta de forma especial en estos momentos iniciales de elaboración del nuevo PGOU.
• Suelo Residencial: Concretamente, se analiza el grado de avance en los distintos ámbitos de gestión de suelos residenciales, tanto en suelo urbano como en urbanizable, contrastando su gestión y número de licencias concedidas, con el fin de determinar la verdadera capacidad residencial existente en la actualidad.
• Suelo de Actividades Económicas: La importancia que ha tenido Abadiño como enclave estratégico comarcal asistido por una buena conexión en los grandes ejes de transporte por carretera, se ha visto reflejado en el importante impulso que ha demostrado la consolidación e implantación de un sector industrial fuerte. La continuidad de la trama urbana con Durango también ha servido para la confirmación como suelo de oportunidad desde un punto de vista terciario‐comercial.
• Infraestructuras: Los grandes proyectos de infraestructuras de transporte realizadas o en ejecución supondrán unas interesantes oportunidades para la mejora de la calidad urbana de Abadiño en general y a Matiena en particular.
Señalar únicamente, que durante la vigencia de las NNSS se han tramitado un total de treinta y un (31) modificaciones puntuales de las NNSS, muchas de ellas para modificar la gestión de ámbitos existentes en el planeamiento o bien con el fin de incorporar nuevos suelos residenciales o industriales.
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5.3.1. GRADO DE DESARROLLO SUELO RESIDENCIAL
El suelo residencial del municipio se divide fundamentalmente en cuatro barrios o núcleos principales, Traña‐Matiena, Astola, Zelaieta y Muntsaratz. También existen tres núcleos rurales recogidos legalmente como tales, Mendiola, Sagasti e Irazola, pero existe una dispersión de caseríos por el municipio en las zonas de Gaztelua, Arbaitzak, Gerediaga, etc. Las NNSS vigentes definen así las áreas residenciales:
• Matiena se corresponde con el actual núcleo de Traña‐Matiena.
• Zelaieta se corresponde con el actual núcleo de Zelaieta.
• Gantza se corresponde con el actual núcleo de Muntsaratz
• La zona entre Arrankurri y Gantza que se corresponde con la zona residencial situada al otro lado de la carretera N‐636 que discurre desde Zelaieta hasta Muntsaratz.
Las Normas Subsidiarias del año 1987 contemplaban en lo relativo a los suelos residenciales, tres grandes grupos en función de la clase de suelo de la que se trate:
• Suelos residenciales existentes con anterioridad a las NNSS vigentes y clasificados como suelo urbano. Las NNSS los definían como “ámbitos” de cara a su regulación y en caso de sustitución, pero básicamente contemplaba los parámetros existentes en cada caso (edificabilidad, alturas máximas, etc.) actuando como ordenanza reguladora para esa zona.
• Diecinueve (19) Unidades de Actuación en suelo urbano de tamaño diverso, donde se entremezclan suelos residenciales ya existentes con posibilidad de ser sustituidos o ampliados con suelos disponibles para nuevos suelos residenciales.
• Delimitaciones de sectores de suelo urbanizable residencial con situaciones muy variadas que contrastan entre sí, zonas disponibles sin grandes preexistencias y suelos para consolidar usos dispersos existentes. Las NNSS establecen un total de seis (6) sectores.
Posteriormente y según se han ido desarrollando algunos de estos ámbitos, se han tramitado modificaciones puntuales que han incorporado otro sector de suelo urbanizable residencial (UR‐8) y una nueva Unidad de Actuación (AR‐6) o bien han dividido o modificado varias de las Unidades de Actuación existentes, obteniendo el siguiente desglose:
• Suelos Urbanos residenciales existentes con ordenanza reguladora:
- Traña‐Matiena: Áreas R‐2; R‐3, R‐4, R‐6, R‐7, R‐8, R‐9, R‐10, R‐11, R‐12, R‐13, R‐15, R‐43 y R‐44.
- Zelaieta: Áreas R‐19, R‐20C, R‐24, R‐25C, R‐25D, R‐26A, R‐26B, R‐26C, R‐26D, R‐28, R‐30 y R‐33.
- Muntsaratz: Áreas R‐39 A, R‐39B y R‐45.
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• Unidades de Actuación en Suelo Urbano:
- Traña‐Matiena: Áreas R‐1A; R‐1B, R‐1C, R‐1D, R‐5, R‐14 y AR‐6.
- Zelaieta: Áreas R‐16, R‐17, R‐18, R‐20A, R‐21A, R‐21B, R‐22, R‐25A, R‐25B, R‐26E, R‐27, R‐29, R‐31, R‐32, R‐40, R‐46, R‐47 y R‐48.
- Muntsaratz: ‐Área R‐41.
• Sectores de Suelo Urbanizable residencial:
- Zelaieta: Sectores UR‐1, UR‐2, UR‐5 y UR‐6.
- Muntsaratz: Sectores UR‐4, UR‐7 y UR‐8.
En los 25 años de vigencia de las NNSS, el desarrollo residencial ha sido extraordinario, lo que ha supuesto una verdadera transformación en cuanto a su imagen en el momento de la aprobación de la citada figura de planeamiento. Evidentemente, este crecimiento no se ha dado por igual en todos los barrios del municipio, puesto que, las posibilidades de crecimiento no estaban previstas de forma uniforme en los tres núcleos principales.
Traña‐Matiena contaba con una estructura urbana ya heredada de años anteriores, con unos límites físicos claros; vías de ferrocarril, autopista A‐8, zonas inundables e industrias, que condicionaron sus posibilidades de crecer. Sin embargo, en el caso de Zelaieta y Muntsaratz, la existencia de suelos disponibles propició la reserva de nuevos desarrollos que a lo largo de los años fueron haciéndose realidad, consolidando y reforzando estos barrios hasta el punto en que prácticamente conforman un continuo urbano.
La forma más clara de constatar este crecimiento, es el cómputo de las licencias concedidas durante el periodo de vigencia. Como resultado de éste análisis obtenemos el siguiente cuadro:
Año Licencias Año Licencias Año Licencias 1989 26 1998 102 2007 1990 5 1999 73 2008 179 1991 56 2000 24 2009 1 1992 4 2001 148 2010 205 1993 3 2002 46 2011 2 1994 14 2003 10 2012 22 1995 7 2004 14 2013 26 1996 18 2005 46 2014 87 1997 97 2006 46 2015
Total Licencias 1.261
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Este número de licencias incluye también las concedidas sobre caseríos en suelo no urbanizable, pero que decir tiene que suponen un valor casi despreciable sobre el conjunto de las operaciones realizadas. Por tanto, nos encontramos ante un instrumento de planeamiento que ha completado y cumplido la gran mayoría de sus estrategias y objetivos marcados.
Conviene describir de forma pormenorizada por cada ámbito de gestión su grado de desarrollo para tener una visión más exacta de la verdadera oferta residencial pendiente en municipio, y así, poder determinar las necesidades reales a contemplar en el nuevo plan general. Para ello, se ha realizado un estudio pormenorizado de cada ámbito con el fin de determinar el grado de consolidación del suelo residencial para concluir la verdadera oferta real disponible.
Si analizamos las Unidades de Actuación previstas en suelo urbano así como de los Sectores de suelo urbanizable residencial que se han ejecutado en este tiempo, la situación actual sería la siguiente:
• Unidades de Actuación ejecutadas: Áreas R‐1A; R‐1B, R‐1C, R‐1D, R‐5, R‐14, R‐20A, R‐21A, R‐22, R‐25A, R‐27, R‐29, R‐46 y R‐48.
• Unidades de Actuación en gestión y/o ejecución actualmente: AR‐6 está construcción.
• Unidades de Actuación No ejecutadas: Áreas R‐16, R‐17, R‐18, R‐21.B, R‐25.B, R‐26E, R‐31, R‐32, R‐40, R‐41 y R‐47.
Cabe señalar que todas estas unidades de actuación cuentan en la actualidad con un mayor o menor número de viviendas, y las NNSS vigentes buscaban en algunos casos la colmatación de esos espacios, incrementando ligeramente el número de viviendas y la edificabilidad manteniendo las viviendas existentes; o bien la sustitución de los edificios existentes por otros nuevos con un incremento en el número de viviendas y la edificabilidad. Estas operaciones no han sido viables en el momento en que afectaban a varios propietarios con viviendas en buen estado. Por otro lado, en la unidad R‐21.B se ha realizado una cesión anticipada del vial, aunque no ha iniciado su gestión.
• Sectores de suelo urbanizable residencial ejecutados: UR‐1, UR‐2, UR‐4, UR‐5, UR‐7 y UR‐8. Los sectores UR‐1 y UR‐2 están completamente gestionados, la urbanización recepcionada quedando únicamente solares sueltos por edificar. Los sectores UR‐4, UR‐5 y UR‐7 están ejecutados y colmatados. El sector UR‐8 está urbanizado y recepcionada la urbanización, quedando algunos solares por ejecutar, por lo que pasa a tener consideración de Suelo Urbano.
• Sectores de suelo urbanizable residencial No ejecutados: UR‐6 y UR‐9.
En el siguiente cuadro se puede apreciar un resumen general de los distintos suelos residenciales que quedan pendientes de ejecución:
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ÁMBITOS RESIDENCIALES SIN DESARROLLAR DE LAS NNSS ABADIÑO
Superficie (m2s) Ámbito
BOB Medición
Aprov. (m2c)
Densidad (Viv/Ha)
Núm. Viv. act. VL VPO VT Viv. tot. Incr. num viv Tamaño medio viv Edificab. (m2c/m2s)
Suelo Urbano No consolidado
R‐16 7.500 6.921 1.500 8,00 7 6 0 0 6 ‐1 250 0,20
R‐17 5.465 4.913 1.000 7,32 1 4 0 0 4 3 250 0,18
R‐18 5.794 5.499 1.250 8,63 5 5 0 0 5 0 250 0,22
R‐40 7.770 7.330 1.750 9,01 12 7 0 0 7 ‐5 250 0,23
R‐41 6.770 6.655 1.500 8,86 2 6 0 0 6 4 250 0,22
R‐21 B 2.994 2.913 2.395 66,80 2 20 0 0 20 18 120 0,80
R‐25 B 2.037 2.060 3.012 88,37 7 18 0 0 18 11 167 1,48
R‐26 E 600 608 553 83,33 1 5 0 0 5 4 111 0,92
R‐32 6.515 6.552 4.692 30,70 2 20 0 0 20 18 235 0,72
R‐47 983 959 966 61,05 1 6 0 0 6 5 161 0,98
AR‐6 11.398 11.398 10.856 75,45 0 46 20 20 86 86 126 0,95
R‐46 ‐ 10.962 7.224 62,00 68 6 14 5 93 25 106 0,70
UR‐8 74.680 76.738 47.048 63,00 390 0 84 0 474 84 99 0,63
149 118 25 750 252
Suelo Urbanizable
UR‐6 13.496 24.980 8.342 68 0 23 51 18 92 92 91 0,62
UR‐9 10.550 7.090 75 1 20 43 16 79 78 90 0,67
171 170
Viviendas totales 800 422
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Aspecto de Zelaieta y Muntsaraz tras el desarrollo de las Unidades de Ejecución y Sectores Residenciales de las NNSS.
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Si tenemos en cuenta lo dispuesto en el Decreto 4/2016, de 19 de enero, de modificación del Decreto por el que se aprueban definitivamente las DOT de la CAPV, en lo relativo a la cuantificación residencial, que en el artículo 7 apartado 5 “La cuantificación residencial del planeamiento urbanístico”, establece lo siguiente:
c) No computarán como incremento de la capacidad residencial:
1.– El incremento del número de viviendas o el incremento de la edificabilidad urbanística en actuaciones de dotación, a excepción de aquellas que se produzcan en parcelas libres de edificación o con edificaciones declaradas «fuera de ordenación».
2.– Subdivisión de viviendas enclavadas en suelo no urbanizable.
3.– Las edificaciones previstas y no construidas que ya dispongan de licencia.
4.– Las viviendas que surjan por operaciones de rehabilitación o por el cambio de uso de locales comerciales.
d) Facultativamente, se podrá incorporar en la cuantificación residencial la capacidad de los núcleos rurales.
e) La conversión del número de viviendas en edificabilidad se realizará según se establece en el anexo al presente Decreto.
Por tanto si tenemos en cuenta estas disposiciones y analizamos las Unidades de Actuación No ejecutadas, comprobamos que muchas de ellas no computan a efectos de incremento en el número de viviendas, pese a no haberse ejecutado. En cualquier caso, se detalla a continuación cada uno de estos ámbitos:
• Las Unidades de Actuación No ejecutadas R‐16, R‐17, R‐18, R‐40 y R‐41 se corresponden con un continuo urbano de viviendas existentes situadas entre Zelaieta y Muntsaratz, situadas junto a la carretera N‐636, conformada por caseríos o viviendas unifamiliares/bifamiliares de épocas comprendidas entre 1900‐1950 y bloques de vivienda colectiva de los años 1915‐1920 y de los años 1960‐1970. Las NNSS permiten en algunos casos un ligero incremento en el número de viviendas pero en otros casos, se reduce incluso el número de viviendas. Todos estos ámbitos en cualquier caso, presentan edificabilidades entre 0,18‐0,23 m2 contr./m2 suelo inferiores al mínimo permitido por la Ley 2/2008 de Suelo y Urbanismo.
El cómputo de viviendas de estas unidades, suman un total de 27 viviendas existentes pudiendo realizarse como máximo un total de 28 viviendas y dado el buen estado de conservación de las viviendas en general, así como la imagen urbana que presentan, no se van a tener en consideración, debiendo valorarse en fases posteriores del Plan General la idoneidad de redensificar estos espacios o bien considerarlos como Suelo Urbano Consolidado.
• El ámbito R‐21B se redefinió posteriormente mediante una modificación puntual del planeamiento que afectaba también al ámbito R‐21A y aunque no ha iniciado su gestión, se ha realizado una cesión anticipada del vial al Ayuntamiento, permitiendo la continuidad de la calle Iturritxo hasta su conexión con la calle Alfredo Baeschlin (carretera N‐636 Durango‐Elorrio). Este ámbito cuenta en la actualidad con un caserío bifamiliar sito en la calle Dendarikoa 2 del año 1970 y permite realizar un total de 20 viviendas.
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• El ámbito R‐25B está conformado por una serie de viviendas del año 1900‐1930 que dan frente a la calle Gaztañodi y su trasera da a los antiguos jardines del palacio Zelatabe (Galíndez) ahora transformados en parque público; hasta el edificio de viviendas que da frente a la plaza Txanporta. Esta unidad permite el incremento de 7 a 18 viviendas. Este ámbito se planteó para que en caso de sustitución de las viviendas originales que estuvieran en muy mal estado de conservación, se modificaran las alineaciones al parque y se conformara una manzana continua tapando la medianera existente en el bloque de viviendas que da frente a la calle Aureliano Letona. Sin embargo, las viviendas originales se han rehabilitado y tienen una buena imagen urbana.
• La Unidad de Actuación R‐26E se trata de una vivienda existente, en la que prácticamente manteniendo el volumen edificatorio actual se permite incrementar el número de viviendas pasando de 1 a 5. Se trata de una vivienda de 1890 en situación tolerada en muy buen estado de conservación cuya fachada presenta un problema de alineaciones en la calle Zeletabe. Por este motivo se plantea la Unidad de Actuación que habrá de servir al ajuste en alienaciones en el momento de la sustitución de la edificación.
• La Unidad R‐32 situada detrás del actual Ayuntamiento que afecta a tres parcelas, dos de ellas cuentan con una vivienda de gran tamaño del año 1920 y la tercera se correspondía inicialmente con unas huertas propiedad del Obispado. El desarrollo de este ámbito permitía un máximo de 20 viviendas y se contemplaba la cesión de las huertas próximas al río para realizar un parque. Aunque no ha iniciado su gestión, se ha realizado una cesión anticipada de la zona ajardina del Ayuntamiento.
• La Unidad de Actuación R‐47 está constituida por dos parcelas, una de las cuales cuenta con un edificio residencial del año 1950 de cuatro alturas (PB+ 2 platas+ Entre cubierta). Su edificabilidad actual se corresponde prácticamente con la permitida en la unidad de ejecución, y únicamente se posibilita el incremento de 1 a 6 en el número de viviendas.
• La Unidad de Actuación AR‐6 procede de una modificación puntual del Planeamiento que transforma el suelo originalmente industrial de Matiena (I‐1b) en residencial generando este ámbito, que alberga Vivienda Libre, Vivienda de Protección oficial y Vivienda Tasada. Este ámbito está gestionado y actualmente cuenta con licencia para su ejecución. Las viviendas se están ejecutando en la actualidad.
• En cuanto a los sectores de suelo urbanizable, están los sectores UR‐6 y UR‐8. El ámbito UR‐8 se ha gestionado y urbanizado completamente, pasando a suelo urbano consolidado y quedando algunos solares por ejecutar.
El sector UR‐6 sin embargo, no se ha gestionado debido a la gran cantidad de preexistencias existentes dentro del mismo, afectando a un gran número de viviendas unifamiliares pero también a varios bloques de vivienda colectiva (PB+ 3 ó 4 alturas) situados en la calle Torresolo y Solozabal que datados entre los años 1945‐1970. La preexistencia de parcelas edificadas con vivienda colectiva y con una edificabilidad superior a la adjudicada por el planeamiento en caso de sustitución, han derivado en la imposibilidad de gestión del ámbito.
En la actualidad se está tramitando una modificación puntual relativa a ese sector, que busca por un lado consolidar la mayoría de las edificaciones existentes como suelo consolidado conforme a planeamientos anteriores y por otro lado mantener el suelo vacante como suelo urbanizable. Esta
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modificación puntual además, afecta a una zona de suelo no urbanizable situada a ambos lados del arroyo Sagasta, entre la UR‐6, el ámbito R‐45 y el sector UR‐8, generando un nuevo ámbito de suelo urbanizable, denominado sector UR‐9. Pese a que esta modificación puntual aún no está aprobada y por tanto no es vigente, se está teniendo en cuenta de cara a las propuestas de ordenación y alternativas, así como de cara a la cuantificación residencial a efectos del cómputo de vivienda.
Por tanto, como ya hemos detallado, muchos de estos ámbitos no computan a efectos de incremento en el número de viviendas, pese a que no se hayan ejecutado, dado que en muchos de los casos el incremento en el número de viviendas no supone un incremento de la edificabilidad urbanística y se materializa además en parcelas en las que ya existe una edificación en la actualidad y por tanto se trata de una sustitución, bien porque se están construyendo en la actualidad o por contar con licencia.
Se pueden considerar a efectos de cómputo los ámbitos que figuran el siguiente cuadro:
ÁMBITOS DE GESTIÓN DE LAS NNSS QUE SE PUEDEN INCORPORAR EN LA REVISIÓN DEL PGOU A EFECTOS DE CÓMPUTO DE VIVIENDA
Superficie (m2s) Ámbito
BOB Medición
Aprov. (m2c)
Densidad (Viv/Ha)
Núm. Viv. act. VL VPO VT Viv. tot. Incr. num viv Tamaño medio viv Edificab. (m2c/m2s)
Suelo Urbano No consolidado
R‐46 ‐ 10.962 7.224 62,00 68 6 14 5 93 25 106 0,70
UR‐8 74.680 76.738 47.048 63,00 390 0 84 0 474 84 99 0,63
6 98 5 567 109
Suelo Urbanizable
UR‐6 13.496 24.980 8.342 68 0 23 51 18 92 92 91 0,62
UR‐9 10.550 7.090 75 1 20 43 16 79 78 90 0,67
171 170
Viviendas totales 738 279
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5.3.2. GRADO DE DESARROLLO SUELO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (AAEE)
El suelo de actividades económicas se encuentra repartido en el término municipal apoyándose en los cuatro barrios o núcleos principales, Traña‐Matiena‐Lebario, Astola, Zelaieta y Muntsaratz, siendo mayoritario en los dos primeros.
Las diferentes industrias se pueden a su vez diferenciar en tres grandes grupos, en función de la clase de suelo de la que se trate:
• Industrias establecidas con anterioridad a las NNSS y clasificadas como suelo urbano.
• Quince (15) Unidades de Actuación en suelo urbano de tamaño diverso, donde se entremezclan suelos con industrias ya establecidas y con posibilidad de ampliación y por otro lado los suelos disponibles para la implantación de nuevas actividades.
• Delimitaciones de sectores de suelo urbanizable industrial con situaciones muy variadas que contrastan entre sí: zonas disponibles sin grandes preexistencias; suelos para consolidar usos dispersos existentes y áreas que forman parte de un sector que afecta a municipios colindantes. Forman un total de siete (7) sectores.
Con posterioridad y paralelamente al desarrollo de algunos ámbitos, se han tramitado modificaciones puntuales que han incorporado por un lado un nuevo sector de suelo urbanizable industrial (UI‐10) y una nueva Unidad de Actuación (I‐15), y por otro lado algunas de las Unidades de Actuación existentes se han dividido o modificado, obteniendo el siguiente desglose:
• Suelos urbanos industriales existentes con anterioridad a las NNSS vigentes y que no tienen un código u ordenanza reguladora específica, pero que la documentación gráfica define como suelo urbano industrial, se regulan conforme al artículo 20 “Industrias establecidas con anterioridad a las presentes N.S.M.” de la Normativa. Estos ámbitos se encuentran diseminados tanto en Traña‐Matiena‐Lebario, Astola, Zelaieta como en Muntsaratz.
• Unidades de Actuación en suelo urbano:
- Traña‐Matiena: Áreas I‐1A; I‐2, I‐3, I‐4, I‐5, I‐6, I‐7, I‐9 y I‐10.
- Astola‐Zelaieta: Área I‐15
- Muntsaratz: Áreas I‐11, I‐12, I‐13 e I‐14.
• Sectores de suelo urbanizable industrial:
- Traña‐Matiena‐Lebario: Sectores UI‐1, UI‐2, UI‐3 y UI‐5.
- Astola: Sectores UI‐6 y UI‐10.
- Muntsaratz: Sector UI‐8.
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INDUSTRIAS EXISTENTES CON ANTERIORIDAD A LAS NNSS Suelo consolidado
SuperficieSuperficie NNSS
Ocupación Edif. Parcela ocupada
Edificado Vacante % Parcela ocupada
Matiena 1 1.924 1.924 375 1.732 1.924 100% Matiena 2 1.025 1.025 529 923 1.025 100% Matiena 3 6.265 6.265 2.494 5.639 6.265 100% Matiena 4 3.415 3.415 1.071 3.074 3.415 100% Matiena 5 2.045 2.045 954 1.841 2.045 100% Matiena 6 17.973 17.973 8.831 16.176 17.973 100% Astola 1 12.585 12.585 5.221 11.327 12.585 100% Astola 2 15.731 15.731 10.002 14.158 15.731 100% Astola 3 35.797 35.797 11.538 32.217 35.797 100% Zelaieta 1 1.524 1.524 770 1.372 1.524 100% Zelaieta 2 7.360 7.360 666 6.624 7.360 100% Zelaieta 3 5.321 5.321 1.222 4.789 5.321 100% Zelaieta 4 2.775 2.775 712 2.498 2.775 100% Muntzaratz 1 8.756 8.756 4.887 7.880 8.756 100% Total 122.496 122.496 49.272 110.246 122.496
Se ha realizado un estudio pormenorizado de cada ámbito con el fin de determinar el grado de consolidación de la industria o actividad terciaria con el fin de concluir la verdadera oferta real de suelo disponible, y de este modo, analizar el planteamiento a contemplar en el futuro PGOU.
EN el año 1999 se tramitó una modificación puntual que afectaba a la Unidad de Actuación I‐1 de Matiena, dividiendo este ámbito en dos unidades I‐1A y I‐1B de suelo industrial. Mientras que la I‐1A se desarrolló, la unidad I‐1B finalmente en el año 2011 se convirtió en el ámbito residencial AR‐6 Bizkarra mediante otra modificación puntual.
Las unidades de actuación I‐2, I‐3, I‐4, I‐9 e I‐10 de Traña‐Matiena se han ejecutado en este tiempo, así como las unidades I‐5, I‐6 e I‐7 de Lebario que se corresponden con grandes empresas y se pueden entender como suelos ya colmatados.
En el año 2004 se tramitó una modificación puntual que afectaba al sector de suelo urbanizable industrial UI‐7 para subdividirlo en varias unidades de actuación industriales, dando lugar a la I‐11, I‐12, I‐13 e I‐14. A pesar de que estos ámbitos no han finalizado sus procesos de gestionado como tal, si están ocupadas en todos
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los casos por empresas en un grado importante, quedando únicamente espacio en los ámbitos I‐11 e I‐13 para posibles ampliaciones de las industrias ya existentes. El ámbito I‐15 surge de una modificación puntual aprobada recientemente (año 2012) y sigue sin gestionarse.
En cuanto a los suelos urbanizables situados en Traña‐Matiena se han gestionado completamente los sectores UI‐1y UI‐3, quedando únicamente el sector UI‐2 que con una serie de industrias existentes junto a varias edificaciones residenciales, así como los problemas de inundabilidad han complicado su gestión y ordenación.
En Lebario el sector UI‐5 ha sufrido modificaciones puntuales como consecuencia del trazado viario del Corredor Gerediaga‐Elorrio, así como por las obras de las cocheras del ferrocarril de Lebario, que han dificultado la gestión y desarrollo del mismo.
En Astola se encuentran los sectores industriales UI‐6 y UI‐10. El UI‐6 se ha gestionado y tiene un grado de desarrollo importante; sin embargo el sector UI‐10 surge de una modificación puntual aprobada recientemente y forma parte de un ámbito industrial previsto en Durango, en el que el PTP establecía ya una compatibilización entre planeamientos. En este mismo sentido, en colindancia con el término municipal de Atxondo se sitúa el sector UI‐8 situado que se desarrolló conjuntamente con el suelo A‐1 Artiz de las NNSS vigentes de Atxondo.
En los siguientes cuadros se puede apreciar un resumen general de los distintos suelos de actividades económicas.
ÁMBITOS INDUSTRIALES NNSS DE ABADIÑO
Ámbitos Superficie Ocupación Edificab. Parcela ocupada
Edificado Vacante % Parcela ocupada
Suelo Urbano No consolidado
I‐1a 40.396 14.047 28.094 14.047 28.094 ‐ 100% I‐2 27.525 13.952 27.904 13.952 16.206 11.698 100% I‐3 19.945 9.887 19.774 9.887 10.471 9.303 100% I‐4 36.834 17.306 34.612 17.306 18.805 15.807 100% I‐5 90.620 52.241 104.482 52.241 55.313 49.169 100% I‐6 21.450 16.873 33.746 16.873 19.229 14.517 100% I‐7 14.310 5.316 10.632 5.316 7.335 3.297 100% I‐8 23.585 15.392 30.784 15.392 12.072 18.712 100% I‐9 20.330 10.482 20.964 10.482 17.080 3.884 100% I‐10 24.345 12.659 17.528 12.659 14.033 3.495 100% I‐11 20.159 8.467 13.103 5.593 5.407 7.696 66%
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I‐12 40.131 16.855 26.085 13.972 14.814 11.271 83% I‐13 14.496 6.088 9.422 3.767 4.805 4.617 62% I‐14 20.895 8.694 13.582 8.694 10.243 3.339 100% I‐15 19.870 6.090 10.473 1.849 2.548 7.925 30% Total 434.891 214.350 401.186 202.030 236.455 164.731 94%
Suelo Urbanizable
UI‐1 146.305 73.264 44.800 73.264 32.356 12.444 100% UI‐2 54.685 22.968 35.545 17.251 27.200 8.345 75% UI‐3 41.999 17.640 27.299 17.640 22.421 4.878 100% UI‐5 19.821 8.325 12.884 ‐ ‐ 12.884 0% UI‐6 176.740 74.231 114.881 74.231 66.582 48.299 100% UI‐8 6.009 2.830 3.396 2.206 1.374 2.022 78% UI‐10 42.521 14.032 20.835 ‐ ‐ 20.835 0% Total 488.080 213.289 259.641 184.592 149.933 109.708 87%
Total 922.971 427.639 660.827 386.622 386.388 274.439 90%
De todo ello se pueden sacar las siguientes conclusiones:
- La superficie de actividades económicas en Abadiño es muy significativa, sumando más de 1 millón de metros cuadrados de suelo clasificado.
- De la suma de ámbitos gestión de suelo urbano y urbanizable se puede apreciar que está prácticamente consolidado en su totalidad, restando un 10% de suelo disponible.
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A continuación se señalan los ámbitos pendientes de gestionar:
ÁMBITOS INDUSTRIALES DE LAS NNSS A CONSIDERAR EN EL CÓMPUTO DE SUELO DE AAEE EN EL PGOU
Ámbitos Superficie Ocupación Edificab. Parcela ocupada
Edificado Vacante % Parcela ocupada
I‐13 14.496 6.088 9.422 3.767 4.805 4.617 62% UI‐2 54.685 22.968 35.545 17.251 27.200 8.345 75% UI‐5 19.821 8.325 12.884 ‐ ‐ 12.884 0% UI‐10 42.521 14.032 20.835 ‐ ‐ 20.835 0% Total suelo calificado
131.523 51.413 78.687 21.018
- La Unidad de Actuación I‐13 contempla una posible ampliación de la industria ya existente en el ámbito y que por lo tanto no supone una oferta de mercado abierta de suelo.
- El sector UI‐2 pretende ordenar una superficie en la que se incluyen una serie de industrias existentes junto a varias edificaciones residenciales, con la intención de facilitar la movilidad y accesibilidad a las instalaciones actuales y posibilitando la aparición de nuevas parcelas. La complejidad de gestión se hace patente observando la estructura de la propiedad, junto con las diversas afecciones como la inundabilidad y las carreteras, lo cual hace prácticamente inviable la operatividad de estos terrenos.
- El UI‐5 ha venido sufriendo a lo largo de los últimos años varios ajustes de carácter sectorial (atravesado por el Corredor Gerediaga‐Elorrio) que ha condicionado de tal manera su gestión que obligará a replantearse la delimitación del mismo.
- El sector UI‐10 es realmente una parte de un sector significativamente más grande situado en el término municipal de Durango, por lo que su gestión estará condicionada al dinamismo que muestre la citada mayoría.
Como se explica anteriormente, las diversas problemáticas han condicionado el desarrollo de estas unidades, que no obstante difieren de la realidad de la demanda de estos usos. La fuerza de este sector en la comarca y especialmente en Abadiño invita a pensar en la conveniencia y justificación de nuevas delimitaciones en el futuro PGOU de acuerdo con las previsiones ya contempladas en el Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Durango. Estos ámbitos están reflejados en el plano de información I‐08 “Oferta real de suelo industrial”.
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Aspecto de Matiena Astola y Muntsaratz tras el desarrollo de las Unidades de Ejecución y Sectores Industriales de las NNSS.
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5.4. SUELO NO URBANIZABLE
5.4.1. USOS DEL SUELO
Las NNSS vigentes dividen el Suelo No Urbanizable en tres grandes áreas o categorías, Rústica, Protección y Especial Protección.
• Rústica: Esta categoría está dividida a su vez en otras 5, tres de ellas en función del tamaño mínimo exigido para la no formación de núcleo de población:
- A 10.000 m2
- B 25.000 m2
- C 50.000 m2
- D Núcleos Rurales
- E Viveros
• Protección: Compuesta por las franjas o bordes de los caminos, carreteras, autovías, autopistas, cursos fluviales y ferrocarril. Suponen una limitación en la construcción permitiéndose las únicas imprescindibles y sin que estas supongan un incremento de su valor expropiatorio.
• Especial Protección: Es el espacio delimitado a partir de la cota 450 m de altitud a excepción del barrio de Amaitermin y será remitida su ordenación al Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural de Urkiola.
Estas categorías no se asimilan a las recogidas en las distintas figuras de planeamiento sectorial y especialmente a las DOT y al Plan Territorial Sectorial Agroforestal, instrumento básico para la coordinación entre los distintos usos del suelo entre todos los municipios de la CAPV.
De hecho, el servicio de Gobierno Vasco UDALPLAN, ha realizado un ejercicio de categorización de las mismas homogeneizándolas con el resto de municipios dando unos valores en parte desiguales con respecto al plan sectorial.
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En los siguientes cuadros se pueden apreciar las diferencias entre los distintos tipos de suelo:
Categorías UDALPLAN Superficie m2 Categoría PTS Agroforestal Superficie m2
Especial Protección 10.250.500 Agroganadera: Paisaje Rural de Transición 2.968.835
Mejora Ambiental 0 Agroganadero: Alto valor estratégico 4.929.026
Forestal 7.712.900 Forestal 10.981.708
Agroganadera y campiña 13.610.100 Forestal‐Monte Ralo 75.227
Pasto Montano 0 Mejora Ambiental 261.251
Protección de aguas superficiales 961.100 Pasto Montano‐Roquedos 14.093
Sin vocación de uso definido 0
Actividades extractivas 232.636
Núcleos Rurales 98.600
TOTAL 32.865.800 TOTAL 19.230.140
El futuro PGOU deberá unificar y resolver las divergencias que existen actualmente entre las propias NNSS y el resto de figuras de ordenación territorial. Al mismo tiempo deberá coordinarse con las categorías de los municipios colindantes como fórmula de ordenación territorial integral.
5.4.2. LA VIVIENDA EN EL SUELO NO URBANIZABLE
El gran crecimiento que ha tenido Abadiño a lo largo de los años de vigencia de las NNSS en el entorno del valle del río Ibaizabal ha supuesto algo de presión sobre los suelos no urbanizables próximos a estos cascos urbanos. El resto de suelos más alejados han preservado su carácter rural y vinculado a la explotación agrícola ganadera.
Hay que destacar que uno de los objetivos principales de las NNSS era poner freno a la aparición de caseríos o nuevas construcciones en el medio rural como alternativa a la vivienda de primera residencia. En este sentido, Abadiño que cuenta en la actualidad con numerosas viviendas en suelo no urbanizable, no ha sufrido
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una presión excesiva en este aspecto, siendo más acusada en los núcleos más próximos a barrios urbanos como son Gerediaga y Muntsaratz. Pero puede afirmarse que las NNSS han podido contener la irrupción de nuevas construcciones en este tipo de suelo.
Es relevante la importante existencia de caseríos históricos diseminados en el medio rural, como en Gaztelua y los núcleos rurales de Mendiola, Sagasta e Irazola. Las intervenciones de reforma en los caseríos se combinan con cierto abandono de otros, trasladando una imagen desigual sobre la supervivencia del sector primario en el término municipal.
De acuerdo con el Padrón municipal de viviendas, obtenemos el siguiente cuadro resumen de viviendas por barrio diferenciando entre las ocupadas y las vacías:
BARRIO OCUPADAS VACÍAS TOTAL
Amaitermin 6 4 10
Astola 29 12 41
Gaztelua 38 10 48
Gerediaga 41 15 56
Irazola 3 3 6
Lebario 4 1 5
Mendiola 35 19 54
Muntsaratz 60 18 78
Murueta 10 4 14
Sagasta 10 6 16
Urkiola 8 4 12
TOTAL 244 96 340
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En UDALPLAN constan 353 viviendas en suelo no urbanizable, pero en ese cómputo se incluyen algunos bloques de vivienda colectiva que no han sido considerados en el cuadro anterior.
A pesar del importante número de viviendas vacías en suelo no urbanizable, hay que indicar que parte de ellas responden en estos momentos a segunda residencia.
Por otro lado, de acuerdo con los datos disponibles en el catastro de Bizkaia, de los 197 edificios de los que se dispone de fecha de construcción, 107 son anteriores al año 1950. Es decir estos últimos estarían dentro de las condiciones reguladas en el Decreto 105/2008, de 3 de junio, de medidas urgentes en desarrollo de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, para ser considerados como caseríos a efectos de intervenir en ellos con obras de reconstrucción.
La ausencia de datos, no nos permite saber cuántas construcciones que figuran como posteriores al año 1950, son por ser construidas en este periodo o haber sido reconstruidas. Se puede apreciar que hay numerosos caseríos que figuran en el inventario con fecha posterior al año 1950 que se trata de obras de reforma o reconstrucción de caseríos anteriores a esta fecha.
Es oportuno destacar que el patrimonio arquitectónico residencial en suelo no urbanizable es de un valor enorme al contar con más de ochenta caseríos anteriores al año 1900.
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5.5. INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE
Es oportuno destacar que las grandes infraestructuras de transporte actualmente construidas o en construcción no estaban contempladas inicialmente en las propias NNSS del año 1989, a excepción de la conexión Durango – Elorrio por carretera que se contemplaba en un trazado similar al que desarrolla en la actualidad el TAV, y que posteriormente se trasladó a la zona norte, partiendo de la zona de Gerediaga hasta Atxondo pasando por la zona de Gaztelua.
Por su incidencia e impacto en el territorio describimos las más importantes.
LÍNEA FERROVIARIA DE EUSKOTREN
Las mejoras que a lo largo de los años viene realizando Eusko Trenbide Sarea (ETS) en la citada línea como responsable del desarrollo y gestión de las infraestructuras ferroviarias, tienen un impacto sustancial en la concepción de la trama urbana ferroviaria a su paso por Abadiño.
Independientemente de la construcción de las cocheras de las unidades ferroviarias de Euskotren en Lebario, instalaciones de gran ocupación, el soterramiento de parte de la línea comprendida entre Matiena y Durango supone en la actualidad y con mayor trascendencia en el futuro, la eliminación de una barrera urbanística.
Esta operación llevaba consigo la sustitución de la estación de Matiena, equiparándola al resto de las actuales estaciones de la red y resolviendo problemas de accesibilidad. Por todo ello, es uno de los servicios de transporte mejor valorados por los ciudadanos.
CORREDOR VIARIO GEREDIAGA – ELORRIO
Las NNSS en el momento de su aprobación contemplaban una variante sur a la N‐636 de conexión de Durango ‐ Elorrio desde la carretera BI‐623 en Durango, solución que posteriormente fue descartada por la propuesta actualmente en construcción que une Gerediaga con Elorrio, manteniendo un punto de enlace en Muntsaratz próximo a la subestación eléctrica.
El Corredor tiene un impacto relativo en el territorio al haberse propuesto un trazado prácticamente soterrado entre Gerediaga y Muntsaratz, pero lo realmente importante para el municipio es que se prevé que libere de buena parte de los tráficos de paso por la N‐636, y esto suponga una verdadera oportunidad para recuperar y tratar esta carretera a su paso por Zelaieta como una calle urbana, amable y de menor impacto sobre las viviendas, ruido, atascos, contaminación del aire, etc.
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TREN DE ALTA VELOCIDAD
Esta infraestructura tampoco estaba contemplada en las NNSS al tratarse de una iniciativa plasmada con posterioridad y que a lo largo de 20 años ha ido evolucionando hasta su definición de trazado y fases de construcción. Abadiño es un buen ejemplo de esta situación al contar en la actualidad con parte de su trazado ya construido, estando el resto pendiente del inicio o finalización de las obras. Los condicionantes de trazado para las unidades que circularán por la vía, unidos a la topografía del terreno, suponen un trazado que va alternando entre viaductos, túneles y tramos en superficie con mayor o menor huella.
Al ser un tramo de paso y no discurrir por zonas próximas a áreas urbanas, su impacto es exclusivamente ambiental y paisajístico, que han sido analizados en su propio expediente.
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6. ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO
6.1. ASPECTOS DEMOGRÁFICOS
Para el desarrollo de este capítulo se va a recurrir a los datos recogidos, entre otras fuentes, en el EUSTAT, Agencia Vasca de Estadística.
6.1.1. EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN
El municipio de Abadiño contaba con una población de 1.967 habitantes en el año 1900 y durante la primera mitad del siglo XX su población experimentó un continuo crecimiento hasta alcanzar los 2.450 habitantes el año 1950.
A partir de esta década el incremento de la población se acelera llegando a los 2.783 habitantes en el año 1960, a los 4.097 en el 1970 y sobre todo, alcanzando los 6.609 en el año 1981. A continuación el crecimiento se ralentiza, llegando a los 6.843 habitantes en el año 2001 y a los 7.386 en el 2011. En el último censo disponible, del año 2015 la población de Abadiño alcanzaba los 7.504 habitantes.
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6.1.2. DISTRIBUCIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR BARRIOS
Si comparamos los datos de la población por barrios de los años 1960, 2004 y 2013:
BARRIO AÑO 2013 AÑO 2004 AÑO 1960
Población % Población % Población %
Traña‐Matiena 4208 56,42 4570 65,11 760 27,31
Muntsaratz 1494 20,03 946 13,45 439 15,77
Zelaieta 1312 17,59 999 14,21 738 25,52
Resto de barrios 444 5,95 516 7,34 846 30,40
Mendiola 150 2,01 163 2,32 319 11,46
Gerediaga 145 1,94 174 2,48 194 6,97
Gaztelua 110 1,47 127 1,81 218 7,83
Urkiola 39 0,52 52 0,74 115 4,13
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TRAÑA‐MATIENA:
Es de destacar el gran incremento de población que experimentó entre los años 1960 y 2004, multiplicando por seis su población y pasando de representar el 27,31 % de la población del municipio a prácticamente los dos tercios de la misma, el 65,11 %. Es preciso subrayar, así mismo, que durante el período de vigencia de las NNSS actuales, este barrio ha visto mermado su peso demográfico bajando al 56,42 % y sufriendo incluso un descenso de su población.
MUNTSARATZ:
Dado que las NNSS en vigor preveían una buena parte de los desarrollos residenciales en Muntsaratz, este barrio ha experimentado un incremento de su población que le ha llevado a colocarse en el segundo lugar del municipio desbancando a Zelaieta. En el año 2013 contaba con el 20,03 % de la población del municipio.
ABADIÑO‐ZELAIETA:
A pesar de ser la capitalidad del municipio, es el tercer barrio en cuanto a población albergando tan sólo al 17,59 % de la misma. Sin embargo, es necesario destacar que entre los años 2001 y 2013 ha visto incrementada su población en más de 300 personas, así como el porcentaje respecto al conjunto del municipio desde el 14,21% hasta el citado 17,59%.
RESTO DE LOS BARRIOS:
Tras analizar el comportamiento demográfico de los tres barrios urbanos del municipio también es necesario hacer una reflexión sobre lo sucedido en las áreas rurales de Abadiño.
En primer lugar es preciso destacar la continua pérdida demográfica sufrida en los mismos, incluso durante los años de gran incremento de la población experimentados en Abadiño. Este es un aspecto de especial relevancia, ya que mientras Traña‐Matiena multiplicaba su población por seis, el cercano barrio de Gaztelua vio reducirse su población prácticamente a la mitad. Todo parece indicar que la industrialización del municipio supuso el abandono de los caseríos en beneficio de las zonas urbanas.
En el año 1960 los barrios rurales contaban con 846 habitantes y el 30,40% de la población superando en población tanto a Traña‐Matiena como a Zelaieta y Muntsaratz. Por el contrario en el año 2004 únicamente contaban con 516 habitantes y el 7,34 %, a pesar de que la población total de Abadiño se había visto incrementada durante el período 1960‐2004 en más de 4.200 personas. Este proceso no se ha detenido durante el período de vigencia de las NNSS vigentes, ya que en el año 2013 la población de los cuatro barrios rurales alcanzaba las 444 personas (el 5,95% del total), experimentándose descensos en los cuatro barrios tal y como puede comprobarse en la tabla anterior.
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6.1.3. MOVIMIENTO DE LA POBLACIÓN, MOVIMIENTOS MIGRATORIOS Y POBLACIÓN POR LUGAR DE NACIMIENTO
El Crecimiento Vegetativo de Abadiño, durante la última década, ha sido todos los años positivo oscilando entre los 25 del año 2007 y los 57 del año 2008, arrojando una media anual de 37 para el conjunto de la década.
En cuanto al Saldo Migratorio Total de la última década se ha movido entre los ‐27 del año 2006 y los +57 del año 2007, con un total de 100, lo que supone un saldo positivo de 10 anual para la década.
En cuanto a la población por el lugar de nacimiento cabe decir que el 73,80 % de la población nació en la Comunidad Autónoma del País Vasco, el 20,78% en el resto del Estado y el 5,42% en el extranjero.
De todos estos datos se deduce que el gran incremento de población experimentado por Abadiño durante las décadas de los 60 y 70 se debió, por una parte a la fuerte inmigración llegada desde el resto del Estado, que se cifra en unas 1.500 personas, pero también a las personas llegadas desde otros municipios del Duranguesado y de comarcas limítrofes como el Bajo Deba, al trasladarse durante esas décadas empresas desde Eibar y alrededores al municipio de Abadiño.
6.1.4. POBLACIÓN DE 10 Y MÁS AÑOS, SEGÚN NIVEL DE INSTRUCCIÓN
En cuanto al nivel de instrucción de los vecinos de Abadiño destacan las personas que cuentan con estudios primarios, 2.636 (el 40,45 %), los que han cursado estudios profesionales, 1.396 (el 21,42 %) y los que disponen de estudios secundarios, 1.157 (el 17,75 %). Las personas que cuentan con estudios superiores alcanzan la cifra de 689 (el 10,57%), en el extremo contrario se encuentran los vecinos analfabetos o sin estudios que suman el total de 158 (el 2,42%).
6.1.5. EUSKARA
De entre las personas de 2 y más años de Abadiño en el año 2011, 3.808 (el 53,53%) eran Euskaldunes. Por el contrario, los Erdaldunes en el citado año eran 1.681 (el 23,63%).
En cuanto a la Lengua Materna, en el caso de 4.035 personas (el 56,72%) era el Castellano, para 2.501 vecinos (el 35,16%) el Euskera y para 531 (el 7,46%) las dos. Destaca además la cifra de 319 personas (el 4,48%) para las que era otra lengua distinta.
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6.2. ASPECTOS ECONÓMICOS
6.2.1. RELACIÓN CON LA ACTIVIDAD
Según datos del 2011, la Población Activa de Abadiño alcanzaba las 3.696 personas, es decir el 50,04 % de la población censada, observándose un ligero descenso con respecto al año 2006 cuando era el 52,03 %
En cuanto al número de parados, en el año 2011 la cifra era de 468, un 12,66% de la población activa. Estas cifras mostraban un gran incremento respecto a las del año 2006 que ascendía a 209 y 5,62 % respectivamente. De lo que se deduce que, al igual que en el resto del estado, la reciente crisis también ha golpeado duramente a Abadiño.
6.2.2. POBLACIÓN OCUPADA SEGÚN RAMAS DE ACTIVIDAD
Las ramas de actividad que en el año 2011 contaban con mayor número de población ocupada eran las siguientes:
RAMA DE ACTIVIDAD POBLACIÓN OCUPADA % SOBRE EL TOTAL
Industria manufacturera 1.195 37,02
Comercio y reparación 420 13,01
Alquiler, inmobiliarias y servicios a empresas 340 10,58
Transporte, almacenamiento y comunicaciones 207 6,41
Educación 201 6,23
De los datos se deduce la gran importancia de la industria en el empleo del municipio.
6.2.3. PARO REGISTRADO
En cuanto al Paro Registrado de la última década se ha movido entre los 170 del año 2006 y los 489 del año 2012, observándose un incremento constante entre estos dos años para producirse un ligero descenso en los años 2013 y 2014, último año del que dispone datos el EUSTAT, hasta arrojar una cifra de 467 personas.
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6.2.4. ESTABLECIMIENTOS REGISTRADOS Y NÚMERO DE EMPLEOS EN EL MUNICIPIO
En cuanto a los establecimientos registrados en el municipio de Abadiño según datos del EUSTAT del año 2015, según la Actividad, en orden de importancia, serían los siguientes:
ACTIVIDAD ESTABLECIMIENTOS % SOBRE EL TOTAL
1.‐ Comercio, transporte y hostelería. 239 38,80
2.‐ Industria, energía y saneamiento 112 18,18
3.‐ Construcción 76 12,34
4.‐ Actividades profesionales y auxiliares 59 9,58
Total 616
En cuanto al Número de Empleos registrados en Abadiño durante la última década se ha movido entre los 5.934 del año 2008 y los 5.314 del año 2015, apreciándose por una parte un incremento entre los años 2006 y 2008, para observarse desde ese año un descenso constante hasta el año 2015, más acusado los primeros años y más ligero el último año.
Es preciso destacar que el número de empleos registrados en el municipio excede de manera muy significativa la cifra de la población activa del mismo.
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7. ANÁLISIS DEL MEDIO URBANO
7.1. ASPECTOS GENERALES
En este apartado se pretende realizar un análisis de aquellos aspectos que pueden considerarse de tipo general o global, que explican o inciden en el conjunto del Medio Urbano, como son la Estructura Urbana, la estructura simbólica de la trama, la estructura funcional, la estructura viaria y ferroviaria, los Espacios Libres, los Equipamientos y los nuevos aspectos a considerar en la revisión del PGOU de Abadiño.
7.1.1. ESTRUCTURA URBANA
Con una superficie de 36 Km² Abadiño se halla enclavado en el extremo oriental del Territorio Histrórico de Bizkaia lindando con Alava, en la Comarca y Área Funcional del Duranguesado. La población asciende a un total de 7.548 habitantes, lo que supone una densidad de población de 209 habitantes por km². El municipio ha tenido un crecimiento demográfico significativo desde el año 1960 pasando de los 2.783 habitantes de entonces hasta los 7.548 actuales.
En las imágenes del primer vuelo americano de 1945 se puede observar que Abadiño se compone de un núcleo definido en el actual barrio de Zelaieta y una dispersión salpicada de grupos de caseríos a lo largo de los viarios originales y que se corresponderían con las actuales Astola, Traña, Muntsaraz, Mendiola, Sagasti y Gerediaga.
A mediados de la década de los 60 del siglo XX comienzan a instalarse en el “barrio” de Traña‐Matiena industrias provenientes de la cercana ciudad de Eibar como proceso descentralizador y descongestivo de los profundos valles guipuzcoanos. Estas zonas más llanas y amplias acogieron las fábricas de “Inyectametal”, “Carbureibar” o la “GAC”, creando un tejido industrial de base que daría pie al crecimiento residencial que ocurrió después hasta transformarse en el núcleo urbano principal del municipio. El crecimiento de Matiena y su desarrollo más ligado a la ciudad vecina de Durango establecen una idiosincrasia propia que contrasta con el resto del municipio que mantiene un carácter tradicional y más rural.
En la década de los años 80 se desarrolla en torno a la torre de Muntsaratz un nuevo asentamiento residencial que posteriormente se tratará de unificar con Zelaieta impulsado por las decisiones municipales. Posteriormente y tras la aprobación de las NNSS en el año 1989 surgen nuevas zonas industriales en el entorno de Astola, entre la N‐636 y la BI‐3323.
Abadiño es tradicionalmente un municipio de barrios y pueblos dispersos. Al clásico crecimiento pausado y en mancha de aceite de los pueblos de montaña se contrapone la espontaneidad y súbito crecimiento de los polígonos o piezas periféricas que absorbieron las nuevas tipologías edificatorias y población claramente
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diferenciada. Así, las variables naturales junto con la aparición de las infraestructuras han creado un territorio segmentado que ha derivado en ese crecimiento y proliferación polinuclear.
A estas barreras creadas por el hombre se superpone la orografía natural que tiene también incidencia a la hora de su configuración, pero a pesar del carácter estructurante de los ríos la calidad del paisaje de ribera no está todo lo cuidado que debiera. Fijándonos en el tratamiento del espacio público o en las tramas urbanas y las fachadas de la edificación encontramos espacios poco significativos o marginalizados en el caso de los tejidos industriales que sin embargo tienen un gran potencial tanto articulador como ambiental y paisajístico.
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ABADIÑO‐ZELAIETA:
El barrio de Zelaieta es el núcleo original de Abadiño y sobre ella recae la capitalidad municipal. Su origen está ligado al camino entre Traña y Apatamonasterio la actual BI‐3323 y la margen izquierda de la N‐636 en la confluencia del arroyo Atxarte con el río Zumelegi. Por su situación en la llanura del valle formado por ambos ríos y su posición central en la zona norte del municipio, se constituye como centro administrativo donde se localizan algunos equipamientos y espacios públicos notables; el Ayuntamiento, el Frontón de San Torcaz y la plaza, el Colegio y la Haur Eskola, la Mediateca, la Casa de la Cultura, el Trinquete y la Plaza del Mercado.
El núcleo tradicional se articula en torno a la plaza Ferialeku y la ermita de San Vicente, y conserva su tipología de edificación unifamiliar o colectiva entre medianeras de parcela estrecha y alargada, alternando en algunos casos bajos comerciales que generan vida urbana. La estructura del espacio público es irregular, donde se generan ensanchamientos de viario o plazas improvisadas que enriquecen la imagen urbana.
En los últimos años Zelaieta ha vivido un proceso de expansión que ha generado un barrio de edificación unifamiliar de tipología aislada al otro lado de la N‐636 además de haber rematado el núcleo original al norte, hasta el actual cruce de la N‐636 con la carretera hacia Traña, con tipologías de bloque colectivo exento y unifamiliares adosadas. Hacia el lado sur también existen
previsiones de crecimiento con el fin de unirse con el vecino barrio de Muntsaratz.
TRAÑA‐MATIENA:
El actual barrio de Matiena tiene su origen en Traña, una pequeña agrupación de viviendas en torno al cruce de la carretera N‐634 con la BI‐3333 y la línea ferroviaria de Euskotren. Esta situación en la vega situada entre el río Zumelegi y el arroyo Zaldu junto con la cercanía de las infraestructuras citadas propició durante la década de los años 60 el asentamiento de numerosas industrias, lo cual derivó en un crecimiento residencial de tipo barrio obrero.
Este crecimiento urbano se estructura a lo largo de dos ejes y queda confinado por la vía del ferrocarril y los ríos. El eje de la carretera BI‐3333 en el sentido este oeste limita el crecimiento residencial al norte, mientras que en el eje norte sur de la BI‐3323 la vivienda se desarrolla en ambos márgenes. Así, comienza a zonificarse la vega de Traña Matiena, donde el tejido residencial se ve delimitado por las infraestructuras viarias y ferroviarias y confinado por el tejido industrial que abarca prácticamente desde el límite con Durango hasta Lebario y el límite con Berriz.
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En la actualidad Matiena tiene un peso muy importante en la configuración del municipio, concentrando la mayor parte de la población, servicios y actividades, lo cual la convierten en centro de vida e intercambio. Alberga importantes equipamientos como el Instituto y el Colegio y el Centro Sanitario y la Estación de tren de la línea 1 de Euskotren.
El núcleo residencial tiene una estructura en retícula irregular y se articula en torno a la avenida Trañabarren y la calle Zubibitarte, aunque la plaza junto al instituto hace las veces de centro urbano pese a su localización periférica. Tipológicamente el barrio podría diferenciarse en tres zonas. Por un lado la zona central del cruce de los ejes viarios principales citados anteriormente, la zona norte entre el arroyo Zaldu y la N‐634 y la zona sur.
La zona central está compuesta por tipologías “tradicionales” de edificación colectiva entre medianeras alineadas a vial alternada con boques lineales adosados formando manzanas cerradas en algunos casos. La zona norte al otro lado del arroyo Zaldu mantiene la edificación alineada a vial de tipología “tradicional” a lo largo de la calle Laubideta, sin embargo la edificación que mira hacia la N‐634 se compone de bloques abiertos en torre y bloques lineales en zigzag.
Por otro lado, la zona sur se compone de tipologías edificatorias colectivas de bloque abierto tanto en forma de torre como en bloque lineal, formando grandes manzanas que albergan espacios libres de uso público en su interior. Estas manzanas tienen distinta configuración, donde podemos encontrar algunos espacios más abiertos a modo de plazas centrales y otras con recorridos internos lineales.
Estas tipologías albergan bajos comerciales lo cual enriquece el espacio público que de por sí es bastante pobre. Se compone de viarios de preferencia rodada con alineaciones uniformes, donde los itinerarios peatonales y de esparcimiento quedan relegados a los espacios interbloque.
MUNTSARATZ:
Este barrio se sitúa en la vega del río Zumelegi, entre éste y la carretera N‐636 y al sur de Zelaieta. Tiene origen en torno a la década de los años 80, donde se implantaron los primeros desarrollos junto a la torre de Muntsaratz, que se sitúa en el extremo sur del actual barrio.
Su origen está ligado al desarrollismo industrial de la segunda mitad del siglo XX, y junto con Matiena se inicia el proceso polinuclear del municipio, donde comienzan a introducirse las nuevas tipologías de bloques lineales colectivos. Este crecimiento surge como polígono de descongestión de la zona de Matiena que en los años 70 ya tiene un desarrollo notable.
El polígono original de los años 80 continúa su desarrollo configurándose como barrio tras la introducción de tipologías residenciales más acordes con la imagen rural del municipio en torno espacios públicos con usos de jardines y zonas deportivas.
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En la actualidad el barrio de Muntsaratz mantiene una cierta continuidad con Zelaieta apoyada en la calle Solozabal y la N‐636, sin embargo o carece de vida urbana, debido a que la actividad terciaria es absorbida por el bariro de Matiena y en menor medida por Zelaieta. Muntsaratz conseguirá su unión definitiva tras el desarrollo de los suelos urbanizables clasificados entre ambos barrios.
ASTOLA:
El núcleo de Astola tiene su origen en el meandro del río Zumelegi junto al puente que une la carretera N‐636 con BI‐3323. El núcleo original esta compuesto por cuatro edificaciones aisladas en torno a un espacio central a modo de plaza al que se asoman la antigua Cárcel de la Merindad de Astola y la ermita de San Vicente.
Este núcleo a caballo entre Matiena y Zelaieta y próximo al límite municipal de Durango, comienza a recibir las primeras implantaciones industriales en la década de los años 70, configurandose dos focos, el foco norte a lo largo de la BI‐3323 y el foco sur a lo largo de la N‐636. Posteriormente tras la gestión de las NNSS del año 89 se desarrolla un sector industrial que dará continuidad a los tejidos industriales de Durango y conseguirá una zona equipamental deportiva en la zona residencial de Astola.
RESTO DE NÚCLEOS:
Tras un primer análisis de los tres núcleos o barrios principales de Abadiño conviene destacar el resto de núcleos dispersos que configuran las áreas rurales del municipio.
Existen tres Núcleos Rurales en Suelo No Urbanizable reconocidos en el Inventario de Núcleos Rurales de la Diputación Foral de Bizkaia, que corresponden con Mendiola, Sagasta y Muntsaratz.
Además de estos núcleos existen dispersiones de caseríos en la zona de Gerediaga, Gaztelua, Arrankurri, Gantza, Larringan, Iraizola, Urkiola, Mendigan, Amaitermin y la dispersión a lo largo de la carretera de Mendiola.
La importancia de estos núcleos rurales y caseríos dispersos radica en el modo tradicional de vida rural, con dinámicas muy bajas de diseminación de la vivienda. En general presentan características y situaciones similares, donde se mantiene la morfología y tipología tradicional que se integra con el paisaje.
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7.1.2. EQUIPAMIENTOS
Hoy en día, los equipamientos han modificado su rol respecto al que tenían históricamente en las ciudades, donde tenían un papel estructurante y generador de identidad. Se trataba entonces de iglesias, conventos, ayuntamientos, mercados, etc, todos ellos con funciones simbólicas, que resaltaban entre la discreta trama residencial y connotaban aspectos de monumentalidad.
Actualmente, en las ciudades modernas, se ha perdido el concepto simbólico de los equipamientos, el cual ha sido reemplazado por el concepto funcional y de servicio a la comunidad. Las dotaciones se han especializado tanto en sus cometidos como en los contenedores que las albergan. El tamaño de las ciudades actuales hace imprescindible la necesidad de una localización espacial, de acuerdo a las necesidades de sus habitantes, y la previsión por parte de los elementos de planeamiento de garantizar una disponibilidad de suelo suficiente según la propia jerarquía del equipamiento. Por otra parte, respecto a su rol en la configuración urbana, hoy en día, las nuevas edificaciones compiten con el rol monumental de los equipamientos históricos.
Las NNSS vigentes proponían una gran superficie de nuevos equipamientos, entre los cuales estaba el complejo deportivo de Astola, la ampliación del Colegio y el Cementerio de Zelaieta, la reconfiguración de la zona del Trinquete y la ampliación de la zona reservada al equipamiento de infraestructuras y servicios en la zona de Muntsaratz.
En los 28 años de vigencia de las normas podemos ver ejecutadas algunas de las previsiones como es el caso de la Zona Deportiva de Astola caso representativo y primordial para el municipio, puesto que establece el precedente para la futura unión entre Matiena y Zelaieta.
En el interior de la trama urbana podemos encontrar los siguientes equipamientos:
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• Equipamiento Cultural:
- Casa de Cultura Errota
- Casa de Cultura Txanporta
- Mediateca Municipal
- KZ Gunea
• Equipamiento Deportivo:
- Frontón de San Torcaz
- Frontón de Traña
- Probadero
- Pabellón multiusos Traña‐Matiena
- Piscinas y Gimnasio de Astola
- Campos de Fútbol Astola
- Pista de Atletismo
- Trinkete de Tornosolo
- Instalaciones Deportivas Privadas Murgildu
• Equipamiento Educativo:
- Instituto de Abadiño
- Haurreskola de Traña‐Matiena
- Escuela Municipal de Traña Matiena
- Haurreskola de Zelaieta
- Escuala Municipal de Zelaieta
• Equipamiento Sanitario‐Asistencial:
- Centro de Salud de Traña‐Matiena
- Centro de Salud de Zelaieta
- Bienestar Social Traña‐Matiena
- Bienestar Social Zelaieta
- Gorabide‐Residencia Atxarte
- Lantegi Batuak. Centro Txibila
• Equipamiento Administrativo:
- Ayuntamiento
La distribución de estos equipamientos es desigual, concentrándose principalmente los equipamientos tradicionales en Zelaieta (Iglesia, Ayuntamiento, Frontón, Mediateca etc.), mientras que los nuevos equipamientos se han situado en los barrios más periféricos ya que requieren una mayor superficie de suelo, es el caso de los equipamientos deportivos de Astola.
A día de hoy, y en vista del desarrollo de las previsiones del planeamiento vigente, el nivel de equipamientos del municipio es suficiente, siendo más importante orientar la revisión del Plan General hacia la recuperación y mejora de equipamientos existentes, como es el caso de la zona educativa de Traña‐Matiena o la plaza de San Torcaz en Zelaieta.
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7.1.3. ESPACIOS LIBRES
Bajo esta denominación se englobarían aquellos elementos que propician lo que es más propio del carácter urbano: La relación ciudadana. Esta relación se puede desarrollar de varias maneras: por un lado, en espacios peatonales de marcado carácter urbano (plazas y calles) y por otro lado en espacios que conlleven el disfrute de elementos naturales, las zonas verdes y parques urbanos.
Quizá el entorno donde se sitúa Abadiño, rodeado de un alto porcentaje de espacio verde, ha influido de manera significativa en la carencia de este tipo de elementos al interior del núcleo urbano residencial, y en el caso del viario, de su supeditación al tráfico rodado.
Como Sistemas Generales de espacios libres, hay grandes bolsas de suelo propuestas por las NNSS vigentes, formadas por el Parque Fluvial de Uribitarte, junto a la superficie comercial de Eroski , los espacios libres ubicado junto a la zona deportiva de Astola, el parque lineal en torno al arroyo Atxarte entre Zelaieta y Muntsaratz.
Algunos de estos Sistemas Generales se ubican al exterior de los asentamientos residenciales y realizan la función de conexión y contacto con la naturaleza de los núcleos, sin embargo el parque lineal del arroyo Atxarte no ha sido obtenido en la actualidad.
Por otra parte, la ejecución de la variante ferroviaria de Euskotren presenta una oportunidad para generar un espacio libre de conexión entre el centro y el barrio de Matiena con Durango, reutilizando el espacio que quedará libre en las actuales vías.
Al interior del núcleo urbano, los Espacios libres y zonas verdes son de carácter local. Los principales son: La plaza de Matiena, Los espacios interbloque localizados en el mismo barrio, la plaza Ferialeku, la plaza de San Trocaz, el parque Gaztainodi y los espacios libres en torno a la torre de Muntsaratz que configuran dicho barrio.
Además de estos Sistemas Locales de espacios libres y verdes de uso y dominio público que tienen las zonas más urbanas, pueden asociarse también las áreas o ámbitos peatonales de la zona de Txanporta, en Zelaieta o el tramo del colegio de la calle Trañaetxoste, en Matiena.
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Tras el análisis espacial de las dotaciones existentes, se recoge en el siguiente cuadro la superficie de Sistemas Generales existente tanto para los Equipamientos como para los Espacios Libres con el fin de determinar el ratio de dotacion con el que cuenta el municipio.
SG‐EQ‐Existentes Superficie SG‐EL‐Existentes Superficie
SG‐EQ‐E‐Colegio Matiena 6.517 SG‐EL‐P‐Urkiola 571.564 SG‐EQ‐E‐Instituto Matiena 8.736 SG‐EL‐P‐Rivera Urbitarte 29.747 SG‐EQ‐E‐Colegio Zelaieta 15.120 SG‐EL‐P‐Rivera Zumelegi 6.199 SG‐EQ‐D‐Fronton Matiena 945 SG‐EL‐P‐Rivera Zelaieta 2.302 SG‐EQ‐D‐Fronton Zelaieta 678 SG‐EL‐P‐Rivera Muntsaratz 1.336 SG‐EQ‐D‐Trinquete Tornosolo 906 SG‐EL‐P‐Merendero Astola 8.619 SG‐EQ‐D‐Pistas Astola 24.884 SG‐EL‐P‐Plaza Astola 1.053 SG‐EQ‐D‐Probaleku 828 SG‐EL‐P‐Carcel Merindad 3.627 SG‐EQ‐C‐Ant. Carcel Merindad 314 SG‐EL‐P‐Plaza Ferialeku 2.876 SG‐EQ‐C‐Mediateca 360 SG‐EL‐P‐Plaza San Torcaz 3.715 SG‐EQ‐C‐Casa de la Cultura 442 SG‐EL‐P‐Piscinas Astola 11.551 SG‐EQ‐A‐Ayuntamiento 261 SG‐EL‐P‐Plaza Trinquete 5.977 SG‐EQ‐G‐San Blas 448 SG‐EL‐P‐Plaza Ayuntamiento 2.911 SG‐EQ‐G‐Ferialeku 651 SG‐EL‐P‐Parque Txanporta 3.903 SG‐EQ‐SU‐Cementerio San Torcaz 5.258 SG‐EL‐P‐Plaza Txanporta 2.081 SG‐EQ‐SU‐Zelaieta 62.647 SG‐EQ‐SU‐Estacion Electrica 75.381 SG‐EQ‐SU‐Depósito Gerediaga 6.112 SG‐EQ‐SU‐Depósito Muntsaratz 4.865 SG‐EQ‐SU‐Nuevo Depósito Muntsaratz 19.226 Superficie Total de SG‐EQ 234.579 Superficie Total de SG‐EL 651.477 Ratio SG/habitante (7.548 hab. 2016) 31 m²/hab Ratio SG/habitante (7.548 hab. 2016) 86 m²/hab
La conclusión que se desprende de este análisis es que Abadiño cuenta con un “superhabit” de superficie de Sistemas Generales tanto de Equipamientos como de Espacios Libres exigido por el Decreto 123/2012 de Estándares Urbanísticos, que establece un mínimo de 5m2/hab de Sistemas Generales de Espacios Libres.
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7.1.4. ESTRUCTURAS DE COMUNICACIÓN
La estructura de comunicaciones de Abadiño se clasifica, dentro de la Red Funcional, en los siguientes niveles:
7.1.4.1 Red Viaria
Abadiño cuenta con una importante red de carreteras que comunican el municipio con el resto de Bizkaia y Euskadi. Dentro de la red viaria se puede distinguir la siguiente jerarquía:
• Viario Estructurante de Gran Capacidad:
Abadiño es atravesado por la Autopista AP‐8 en el extremo norte donde se produce el nudo de comunicaciones con la N‐636 o Variante de Gerediaga‐Elorrio, LA N‐634 y la Bi‐633. Esta infraestructura junto con el resto de viarios adyacentes constituye una barrera para la conexión del barrio de Gerediaga con Traña‐Matiena.
• Viario Estructurante de Carreteras:
Además de la Red de Alta Capacidad, el viario estructurante del municipio está compuesto por la “antigua” carretera N‐636, que conecta con la N‐634 en la zona industrial oeste de Abadiño y discurre hacia el sur recorriendo los núcleos de Astola, Zelaieta y Muntraratz hasta Apatamonasterio y Elorrio, donde termina el By‐pass de Gerediaga. Esta carretera estructura la trama urbabna y segmenta el continuo urbano de Zelaieta y Muntsaratz en dos márgenes.
La N‐634 conecta con los municipios de Durango y Ermua y recorre el municipio de este a oeste limitando con el núcleo de Traña‐Matiena al norte, donde se producen dos accesos.
Otros viarios de carácter estructurante son: La BI‐3341, BI‐623, BI‐633, la carretera de Mendiola y la carretera de Gaztelua.
• Red Distribuidora:
La Red Distribuidora es aquella que o bien comunica las de tipo estructurante o bien ofrece el acceso a diferentes áreas urbanas. Dentro de este tipo se podrían incluir la carretera BI‐3323 de unión entre Zelaieta‐Astola‐Matiena, la BI‐3333 o calle Zubibitarte de unión entre Durango y Matiena con la N‐634 y la BI‐3323, la calle Solozabal de unión entre Zelaieta y Muntsaratz, y por último la calle Arrankuri que une la BI‐3323 y la N‐636 por el sur de Zelaieta con la calle de Torreburu y la carretera de Mendiola.
Además de estos viarios de conexión, encontramos también una serie de calles principales que estructuran el núcleo urbano de Matiena como las calles Arzubia, trañaetxoste, Erezena, Trañapadura, o Astolabeitia en el núcleo de Astola.
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• Red Local:
La Red Local queda constituida por el resto de viales municipales que tienen la función de repartir los flujos dentro de los diferentes barrios donde se encuentran y que no constituyen viarios de carácter rural.
• Viario Rural:
La Red de Viarios Rurales tiene su origen en los caminos y sendas tradicionales que conectan los pueblos o núcleos rurales enclavados en el territorio, así como los caseríos dispersos en el mismo.
Red Estructurante de Alta Capacidad Red Estructurante de Carreteras Red Distribuidora Red Local Red de Caminos y Sendas Rurales
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7.1.4.2 Aparcamiento
Los aparcamientos suelen constituirse, generalmente, en uno de los males endémicos de casi todos los municipios. En general el municipio no presenta problemas de aparcamiento ilegal por lo que se detecta que el problema no depende tanto del dimensionamiento sino de la localización o su disposición en relación con el viario o los espacios libres circundantes.
En general, las zonas peor valoradas en cuanto al aparcamiento son Matiena y Zelaieta, debido a su carácter más urbano y fundamentalmente por inexistencia de aparcamientos privados en la mayoría de las edificaciones.
7.1.4.3 Red Peatonal y Ciclista
En los últimos años Abadiño ha desarrollado una labor importante en materia de movilidad alternativa, peatonalizando algunas calles, mejorando la accesibilidad o readecuando la urbanización de algunas zonas céntricas que posibilitan una mayor presencia del peatón.
Así mismo ha instaurado una red de carriles bici que unen en la actualidad el barrio de Muntsaratz con Zelaieta y el que une Astola con Durango y el sur de Matiena.
7.1.4.4 Red Ferroviaria
La Red Ferroviaria en Abadiño se compone por un lado de la infraestructura de Euskotren y por otro lado las infraestructuras de ADIF de la Red de Alta Velocidad Española. Esta Red del AVE atraviesa el municipio entre el límite norte del Parque Natural de Urkiola y el sur de los desarrollos urbanos del municipio. Esta infraestructura unirá Bilbao con San Sebastián y Vitoria a través del nudo de Bergara.
Independientemente de la importancia de la infraestructura del AVE, el municipio no participa de sus beneficios directos al no contar con estaciones o apeaderos cercanos, por lo que en cuanto a infraestructura ferroviaria se refiere, Abadiño depende de la red de ETS. (Eusko Trenbide Sarea/Red de Ferrocarriles Vascos). Red Ferroviaria Red Peatonal y Ciclista
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Esta infraestructura une Bilbao con San Sebastián y atraviesa el municipio de este a oeste en la zona norte, al sur del núcleo urbano de Traña‐Matiena donde se encuentra la estación del mismo nombre.
Este trazado discurría desde Durango hasta Traña‐Matiena al descubierto, conteniendo el crecimiento de este barrio hacia el sur. Recientemente esta línea ha visto modificado su trazado tras su soterramiento, desde la entrada en Durango hasta Matiena, donde emergen las vías, pasada la estación. Desde este punto o en dirección San Sebastian discurre en trinchera y aísla parte del barrio de Traña‐Matiena con la zona de Astola limitando los suelos industriales de Matiena al norte hasta llegar a Lebario donde se sitúan en la actualidad las cocheras de Euskotren.
La ubicación de la estación de Traña‐Matiena se considera un punto estratégico para el municipio puesto lo conecta con el resto del territorio vasco.
Por lo general la situación de la estructura de movilidad del municipio es adecuada, aunque se detectan algunos problemas y oportunidades en las redes de movilidad tanto urbana como inerurbana:
- Tráfico de paso incompatible con el carácter urbano de algunas calles del centro de Matiena, como la calle Zubibitarte o la calle Trañabarren.
- Problemas de conectividad entre barrios, especialmente entre Gerediaga y Matiena, Matiena y Astola o Matiena y Zelaieta.
- Desajuste en el diseño de algunos viarios.
- Ajuste de la estructura viaria en correspondencia con los nuevos desarrollos, en Astola o Muntsaratz.
- Inadecuada proporción entre aceras y calzadas que no se prestan a las necesidades o modos de movilidad alternativos como la peatonal o la ciclista.
- Realizar o en algunos casos completar la peatonalización de los centros urbanos.
- Continuar el desarrollo de la red ciclista existente.
- Implantación y fomento de una Red de Itinerarios Peatonales de ocio a lo largo de los cauces fluviales y la Red de Caminos Rurales.
- Oportunidad de renovación urbana en los suelos liberados por la variante ferroviaria de Euskotren.
- Oportunidad de implantación de infraestructuras de transporte colectivo asociada a las renovaciones o mejoras viarias.
- Reordenación de los aparcamientos públicos, en particular: Aparcamiento del Trinquete, San Torcaz, calle Arzubia, aparcamiento de Matiena en Zubibitarte,
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7.2. INFRAESTRUCTURAS DE SERVICIOS
Son todos los servicios básicos necesarios (agua, saneamiento, electricidad, gas, telecomunicaciones, recogida de basuras, telefonía, etc.) que un tejido urbano requiere para posibilitar un adecuado desarrollo humano, posibilitando una mejora de calidad de vida de sus habitantes.
7.2.1. RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUAS
Abadiño cuenta con un sistema de abastecimiento autónomo compuesto por cinco puntos de captación propios, uno de ellos situado en Abadiño y los restantes cuatro en Garai.
Desde el sistema de captación con toma superficial en la regata de Ataxarte sale una conducción paralela al cauce de la regata, hasta un punto en donde existe una estación de bombeo de donde sale una impulsión hasta los depósitos de Goxenxia y Gantza, y otra impulsión al depósito de Mendiola. El sistema no tiene una ETAP para el tratamiento de aguas suministradas y no existen problemas de suministro. Si fuera necesario, los depósitos de Mendiola y Gantza pueden ser fácilmente conectados al Sistema Mañaria‐Ermua.
El sistema San Salvador es el otro sistema de abastecimiento en el municipio, en concreto para las entidades de población de Zelaieta, Gaztelua, Gerediaga, Traña‐Matiena y Muntsaratz. Consta de dos captaciones con toma superficial en la regata Sarria de la margen derecha del Ibaizabal junto con la toma del manantial de Garai y la captación superficial de la regata de donde drena dicho manantial. Cada uno de los grupos de captaciones indicado tiene su propia conducción hasta la ETAP de San Salvador, donde se trata el agua. De aquí el agua pasa al depósito de San Salvador para su distribución.
Además de este sistema de captación y los depósitos citados más arriba, Abadiño planea la construcción de un tercer depósito en Muntsaratz junto al trazado de la línea ferroviaria de alta velocidad que pretende resolver las demandas futuras del municipio.
7.2.2. RED DE SANEAMIENTO
La red de saneamiento de Abadiño se compone de dos colectores principales a la que vierten las redes menores, por un lado la red unitaria y por otro lado la red separativa.
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Los colectores principales surcan el tramo urbano del municipio de sur a norte siguiendo el trazado de los ríos hasta unirse en la zona de Urbitarte desde la que discurren juntos hasta Durango. El Colector Norte proviene de Berriz atravesando el polígono de Lebario paralelo a la N‐634, continúa paralelo a las vías del ferrocarril y prosigue su camino en paralelo al río, atravesando el polígono de Trañapadura y el borde residencial de Matiena para adentrarse bajo la calle Zubibitarte hasta la confluencia con el Colector Sur. El Colector Sur proviene de Apatamonasterio y recorre de forma paralela al río los Polígonos de Artia y Tuercas pasando por Muntsaratz y Zelaieta hasta Astola, donde cruza el río hacia la zona de Murueta atravesando los viveros hasta el punto de conexión con el Colector Norte en Urbitarte. Desde ahí discurre hasta Durango por la zona del parque de ribera del Polígono de Urbitarte. Estos colectores se encargan de recoger las aguas de las redes menores que sirven a la trama urbana que es separativa en la mayoría de su trazado en todos los barrios, menos en la zona de San Blas y Torresolo que es unitaria.
7.2.3. RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA
En cuanto a la red de electricidad Abadiño alberga la subestación eléctrica (concesión de Iberdrola) desde la que se distribuyen los tendidos eléctricos de Alta Tensión que cruzan el término municipal de forma aérea. Estas líneas crean unos pasillos eléctricos que afectan a buena parte del Suelo No Urbanizable del municipio, pero también a algunos sectores urbanizables y urbanos.
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7.3. PATRIMONIO CULTURAL
7.3.1. PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO
El Patrimonio Cultural deberá cumplir la legislación vigente, esto es las disposiciones de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco (BOPV num.157 6 de agosto de 1990); así como el Decreto 234/1996 por el que se establece el régimen para la determinación de las Zonas de Presunción Arqueológica (BOPV num. 205 de 23‐10‐1996) y el Decreto 342/1999 del Registro de Bienes Culturales Calificados y del Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco (BOPV num. 203 de 22 ‐10 1999).
En este sentido, en Abadiño se encuentran Bienes Culturales inmuebles calificados con la categoría de Monumento con declaración previa a la aprobación de la Ley 7/1990:
• Torre Muntxaraz (Abadiño) Calificado BOPV 04‐08‐1984
• Cementerio Municipal de Abadiño Calificado incoado BOE 31‐10‐1980.
La Torre de Muntsaratz en Abadiño cuenta con la declaración expresa de Monumento, Decreto 265/1984 de 17 de julio, pero su protección no se encuentra adaptada a las disposiciones sobre delimitación y régimen de la protección de la Ley 7/1990, siendo las intervención posible en el mismo las correspondientes al tipo de restauración científica y restauración conservadora, al igual que el cementerio municipal de Abadiño o San Trokaz, monumento según BOE de 31‐10‐1980.
A continuación vamos a recoger un listado detallado de los Monumentos y Lugares de Interés de Abadiño distribuidos por barrios:
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ABADIÑO‐ZELAIETA:
Se trata del barrio que recoge el mayor número de elementos de interés.
1.‐ Iglesia de San Trokaz (Torcuato).
2.‐ Cementerio.
3.‐ Casa‐Torre Abadiño.
4.‐ Casa‐Palacio Zelatabe o Galíndez.
5.‐ Palacio Uribarrena.
6.‐ Casa Palacio Igarita‐Bigeras.
7.‐ Palacio Campos
8.‐ Ermita del Santo Angel.
9.‐ Ayuntamiento.
TRAÑA‐MATIENA (INCLUYE ASTOLA, LEBARIO Y MURUETA):
1.‐ Cárcel y Auditorio de Astola.
2.‐ Palacio Traña‐Jauregi.
3.‐ Hórreo y Ferrería de Lebario.
4.‐ Palacio de Oteiza‐Murueta.
5.‐ Parroquia de San Prudencio.
6.‐ Caserio Landa.
7.‐ Ermita de San Vicente de Astola.
MUNTSARATZ (INCLUYE IRAZOLA):
1.‐ Torre de Muntsaratz.
2.‐ Ermita de San Vicente.
3.‐ Ermita de AndraMari.
4.‐ Casa Palacio Pacto de Bergara.
5.‐ Ermita de San Antolín.
6.‐ Ermita de Santa Eufemia (Irazola)
MENDIOLA ( INCLUYE SAGASTA):
1.‐ Molino de Larrigan.
2.‐ Ermita de San Cristóbal.
3.‐ Cuevas de Bolinkoba.
4.‐ Ermita de Cristo Atxarte.
5.‐ Ermita de Santa Lucia (Sagasta).
GEREDIAGA:
1.‐ Conjunto Juradero
2.‐ Ermita de San salvador y San Clemente.
3.‐ Caserío Esterripa.
URKIOLA:
1.‐ Santuario de los Santos Antonios de Urkiola.
2.‐ Ermita de la Veracruz.
3.‐ Ermita de Santa Apolonia.
GAZTELUA:
1.‐ Ermita de San Martín
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• TORRE DE MUNTSARATZ
Fue en su origen una torre fuerte, de sólidos y herméticos muros que aún puede reconocerse en los cuerpos bajos. En el siglo XVI los propietarios decidieron reformar la parte alta reconvirtiendo el conjunto en palacio y casa de labranza.
Desde el exterior se pueden apreciar tres niveles diferentes. En el inferior solo se abren unos respiraderos para las caballerizas y el acceso al edificio. El cual cuenta con un arco de medio punto definido por dovelas radiales de bastante salida. Por encima de la clave se observa un escudo de armas con una inscripción en caracteres góticos. El segundo nivel, el intermedio, cuenta con “loggias” de seis y siete tramos de arcos de medio punto sobre columnas toscanas con fuste liso en las dos fachadas nobles del edificio. Por último, el tercer nivel, cuenta con un entramado de madera y ladrillo en base a estructura de pies derechos de madera con antepecho que se interrumpe a media altura, por encima de la cual es abierta.
Desde el interior se aprecian cuatro niveles. El bajo, destinado a caballerizas nos muestra el sistema constructivo soportante, consistente en pilares de madera de roble. Por encima de esta altura, se desarrollan en las dos orientaciones nobles, sendas galerías de arcos de medio punto sobre columnas toscanas. Los corredores no tienen contacto con el gran salón, el cual define todo el monumento. El cuerpo último se reserva al área económica, para el almacenamiento de los productos del campo.
• IGLESIA DE SAN TROKAZ
Es de tipología Renacentista con una nave de capillas altas y con un recubrimiento de estrellados a base de nervios al estilo gótico.
La iglesia actual ocupa el mismo paraje de un pequeño templo del que apenas quedan testimonios. En 1732, un cantero de Durango, Juan de Herdoiza, trazó junto al viejo edificio la torre actual.
Entre los años 1762 y 1783, se llevó a cabo la reconstrucción completa del templo respetando la torre. Los planos de la obra fueron encargados a Ignacio Ibero, maestro de Loyola que hizo de San Trokaz un proyecto que destaca por su monumentalidad y calidad constructiva, sobre todo en la sillería.
La iglesia cuenta con una amplia nave con crucero alineado, rematada por una cabecera poligonal compleja y flanqueada por tres capillas sucesivas a cada lado, que se desarrollan cara al interior en vez de hacia fuera. De este modo, desde el exterior, el edificio se muestra como un gran elemento compacto, de paredes de mampuesto lisas.
• CEMENTERIO DE ABADIÑO
Se encuentra asociado a la Iglesia de San Trokaz. Cuenta con un recinto rectangular definido por pórticos de columnas de orden toscano y en caliza que sostienen entablamentos de piedra. En el suelo se encajonan las tumbas, sepulturas de inhumación, todas iguales.
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Las cuatro crujías están planteadas de acuerdo a un criterio igualitario que no reserva ningún espacio de preferencia para sepulturas. La capilla se retranquea respecto de la galería y supera en altura al resto del cementerio.
La necrópolis de Abadiño es de una versión muy avanzada y madura del estilo neoclásico pudiendo ser considerada romántica.
• SANTUARIO DE URKIOLA
Urkiola es un conjunto de edificaciones de diferentes épocas levantadas en torno a la iglesia de los Santos Antonios, (San Antonio Abad y San Antonio de Padua). Destacan la casa rectoral, el antiguo hospital y la hospedería. También se incluyen un Cementerio, un Vía Crucis y Calvario, dos ermitas ( Santa Apolonia y Santo Cristo ) y varias fuentes.
Aunque el origen del culto es medieval, hay constancia de que en la primera mitad del siglo XVII existía un templo con pórtico y hospital anejo que se conservó hasta 1870. Año en que Pedro José de Astarbe, maestro de obras de Durango, erigió la torre campanario.
A finales del XIX, siguiendo el mismo criterio que en la catedral nueva de Vitoria se eligió estilo neomedieval y, desde 1888‐89, se empezó a trabajar sobre planos de Jose Maria Basterra. En 1928 se pararía la obra, consagrándose en 1933.
El resultado es una gran iglesia neomedieval inconclusa con una torre neoclásica. Una restauración moderna ha dulcificado algo la adustez de la pantalla de cerramiento que ofrecía unos estribos y mechinales muy ásperos.
• AUDITORIO Y CÁRCEL DE ASTOLA
El Auditorio constituía uno de los centros político‐administrativos de la Merindad de Durango. En ella residía el Teniente de la Merindad que presidía las juntas ordinarias. En el año 1576 se instaló en la casa de Astola el Auditorio y la cárcel.
El edificio actual es el resultado de una amplia reforma llevada a cabo en el año 1784 según las directrices del maestro de obras Tomás de Barrenechea, que consistió en la reconstrucción de las dos fachadas principales desde los cimientos.
Se trata de un amplio volumen compacto de planta cuadrangular, de tres alturas, con muros de mampostería. La sillería se emplea en parte del muro de la planta baja para dignificar los accesos. De sillar es también la escalera que lleva al acceso principal abierto en la planta noble.
Además de estos cinco edificios principales, también es preciso mencionar otros elementos que cuentan con un indudable interés, entre los que destacan:
• Conjunto Juradero de Gerediaga: Es el lugar donde se celebraban las Juntas de la Merindad de Durango. Cuenta con la ermita de San Salvador y San Clemente de origen barroco del siglo XVII; el crucero, también del siglo XVII y el roble.
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Delante de la ermita se ubicaban 28 mojones, dos por anteiglesia para servir de asiento a los representantes de las 14 anteiglesias que componían las Juntas de la Merindad.
• Casa‐Torre de Abadiño: Construida en 1591 bajo diseño de Pedro de Abendaño. Alberga viviendas tras el incendio sufrido en el siglo XIX. Es de planta cuadrada y tejado a cuatro aguas y cuenta con una excelente portada.
• Palacio de Traña: De estilo barroco del siglo XVIII, se trata de un edificio de planta cuadrada, con cubierta a cuatro aguas. Aparejo de mampostería, con sillería en esquinas, impostas y marcos de vanos y en toda la planta baja de la fachada principal. Cuenta con tres plantas, baja, primera y desván.
En la fachada principal cuenta con cuatro arcos escarzanos tras los que se encuentra un gran zaguán.
• Palacio Oteiza‐Murueta: Palacio barroco de los siglos XVI‐XVIII que presenta características típicas de los caseríos.
De mampostería, con sillería en ángulos y en los marcos de los vanos. Cuenta con planta baja, dos plantas más y desván. La segunda planta y el desván son de estructura de madera rellenada con ladrillo macizo. La cubierta es a dos aguas.
7.3.2. PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO
Dentro del Patrimonio Arqueológico, con la categoría de Conjuntos Monumentales está la Estación Megalítica de Urkiola (Decreto 25/2009, de 3 de Febrero). En el decreto se califican 2 monumentos megalíticos, de los cuales sólo uno se encuentra en Abadiño: Dolmen de Saiputzueta.
Por otro lado, las Zonas arqueológicas declaradas de Presunción Arqueológica en Abadiño declaradas mediante Resolución de 5 de Mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (B.O.P.V. 27 de mayo de 1997):
- 1. Cueva de Albiztei (C)
- 2. Ermita de San Antón de Urkiola (A)
- 3. Ferrería Olaetxe (hoy caserío) (D)
- 4. Caserío Zelaikoa (A)
- 5. Caserío Bengoa (A)
- 6. Caserío Ormaetxe (A)
- 7. Ermita de San Lorenzo (sin estructuras visibles)
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- 8. Ermita de Santa Águeda (sin estructuras visibles) (E)
- 9. Templo y necrópolis de San Vicente (B)
- 10. Caserío Betosolo (A)
- 11. Caserío Arbetxe (A)
- 12. Templo y necrópolis de Santa Eufemia de Irazola (B)
- 13. Templo y necrópolis de San Miguel de Irure (sin estructuras visibles) (D)
- 14. Casa‐torre de Muntsaratz (D)
- 15. Ferrería Olakua (A)
- 16. Iglesia de San Torcaz (B)
- 17. Torre de Abadiano (A)
- 18. Templo y necrópolis de San Martín de Gaztelua (B)
- 19. Ferrería de Lebario (D)
- 20. Ferrería Esterripaola (D)
- 21. Ermita de San Salvador de Gerediaga (B)
- 22. Ferrería Murueta (sin estructuras visibles) (E)
Tipologías de áreas de protección.
Clave A: Área intramuros del edificio.
Clave B: Área intramuros del edificio + 15 metros alrededor del mismo, a partir de sus bordes más exteriores.
Clave C: Área que ocupa el elemento + 5 metros alrededor del mismo, a partir de sus bordes más exteriores.
Clave D: Área que ocupan el edificio y las instalaciones anexas al mismo.
Clave E: Área que se especifica en Plano.
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8. LISTADO DE PLANOS
Planos de Información:
- PI‐01 Modelo Territorial de las NNSS vigentes Escala: 1/10.000
- PI‐02 Clasificación del suelo de las NNSS vigentes Escala: 1/10.000
- PI‐03 Sistemas Generales de las NNSS vigentes Escala: 1/10.000
- PI‐04 Ámbitos de ordenanza de las NNSS vigentes Escala: 1/4.000
- PI‐05 Grado de desarrollo del Modelo Territorial de las NNSS Escala: 1/4.000
- PI‐06 Ámbitos no gestionados o ejecutados completamente Escala: 1/4.000
- PI‐07 Oferta real de suelo residencial Escala: 1/2.000
- PI‐08 Oferta real de suelo industrial Escala: 1/4.000
- PI‐09 Modelo PTP Durango Escala: 1/4.000
- PI‐10 Patrimonio de las NNSS vigentes Escala: 1/10.000
- PI‐11 Áreas inundables Escala: 1/4.000
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