juicio oral y audiencia preliminar

Upload: jannesaturno

Post on 28-Feb-2018

229 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/25/2019 Juicio Oral y Audiencia Preliminar.

    1/5

    En Venezuela, con la entrada en vigencia del Cdigo Orgnico ProcesalPenal (Copo), se adopt el sistema penal acusatorio como forma de juzgar a laspersonas que cometen un delito

    En este sentido, el !inisterio P"#lico tiene la o#ligacin de investigar los$ec$os para posteriormente realizar un acto conclusivo que de#er presentarante el tri#unal de control

    En caso de ser este una acusacin, implicar la cele#racin de unaaudiencia preliminar en la que se determinar si e%iste un fundamento serio a &nde llevar a juicio al imputado

    'e ser as, se dicta el auto de apertura a juicio, dndose inicio a la fase queconcreta en su maor esplendor los ms avanzados principios que rigen nuestrosistema penal* la moralidad pu#licidad, entre otros

  • 7/25/2019 Juicio Oral y Audiencia Preliminar.

    2/5

    El juicio es el punto culminante del proceso penal, toda vez que es aqucuando se produce un pronunciamiento de&nitivo que provoca el estado de cosajuzgada determina la culpa#ilidad o inocencia del acusado

    El Copp, en su artculo +, esta#lece que el juicio ser oral p"#lico-lrededor de esta premisa se erige una garanta que persigue lograr el resguardo

    de otros principios procesales contemplados en la le

    .a oralidad se considera como un principio fundamental del proceso sirvede #ase a la inmediacin, la contradiccin la pu#licidad, a trav/s de las cuales eljuez, al presenciar el de#ate pro#atorio, esta#lecer la verdad de los $ec$os

    - &n de cumplir con este o#jetivo, el juzgador reci#ir, perci#ir analizarlos medios pro#atorios propuestos por las partes para o#tener certeza de ellos!ediante la oralidad, la comunidad controlar que la sentencia se ajuste alc"mulo pro#atorio producido en la audiencia, mientras pu#licidad garantizar latransparencia del juicio, permitiendo velar por la pro#idad de los jueces de las

    otras partes

    0e puede a&rmar que, #ajo estos principios, en Venezuela el juzgamientopenal se desarrolla como corresponde a un Estado democrtico socialde 'erec$o de 1usticia

    LA FASE INTERMEDIA (AUDIENCIA PRELIMINAR).

    .a fase intermedia es la etapa procedimental en la que se mani&esta lae%igencia primaria fundamental del principio acusatorio2 la e%istencia de laacusacin, es decir, que $aa un sujeto diferente del rgano judicial que ejercite

    la accin penal Esta etapa u#icada entre la fase preparatoria la de juicio oral,tiene por funcin determinar si $a fundamento serio para llevar a juicio elimputado, con ello se previene la sancin anticipada o llamada por la doctrinaespa3ola 4pena del #anquillo5, la cual se con&gurara si el juez de esta fase selimitare a intervenir de manera meramente formal $omologando lo actuado por el!inisterio P"#lico

    0eg"n las previsiones del COPP durante la fase intermedia, se procuraadems la depuracin del procedimiento, toda vez que pueden las partes oponerlas e%cepciones que no $aan sido planteadas con anterioridad o que se funden

    en $ec$os nuevos, no es posi#le, sin em#argo, que el juez de control ordene laprctica de nuevas prue#as ni pueda complementar la acusacin

    En esta fase destaca como acto fundamental la cele#racin de ladenominada audiencia preliminar, concluida la cual de#e el juez de control admitirla acusacin (total o parcialmente) o so#reseer el proceso, por tanto su &nalidades determinar la via#ilidad de la acusacin de all que algunos la denominen4juicio de acusacin5 o control de la acusacin

  • 7/25/2019 Juicio Oral y Audiencia Preliminar.

    3/5

    .a audiencia preliminar es el acto procesal mas importante de la faseintermedia de los llamados sistemas acusatorios de oralidad plena (como el delCOPP) El contenido de esta audiencia es #sicamente un de#ate so#re los $ec$osdel proceso so#re su cali&cacin so#re la via#ilidad de la acusacin

    .a audiencia preliminar tiene como o#jeto fundamental resolver so#re laadmisi#ilidad o no de la acusacin 0i #ien tal audiencia tiene carctercontradictorio ello no posi#ilita que en la misma puedan plantearse cuestionespropias del juicio oral, vale decir actos que requieran de una actividad pro#atoriaque resulta ajena a ese momento procesal

    Audiencia Preliminar Art. 30 C!PP"Presentada la acusacin el juezconvocara a las partes a una audiencia oral, que de#er realizarse dentro de unplazo no menor de veinte das ni maor de veinte .a vctima podr, dentro del

    plazo de cinco das, contados desde la noti&cacin de la convocatoria, ad$erir a laacusacin del 6iscal o presentar una acusacin particular propia cumpliendo conlos requisitos del artculo 789 .a admisin de la acusacin particular propia de lavctima al t/rmino de la audiencia preliminar, le conferir la cualidad de partequerellante en caso de no ostentarla con anterioridad por no $a#erse querelladopreviamente durante la fase preparatoria 'e $a#erlo $ec$o, no podr interponeracusacin particular propia si la querella $u#iere sido declarada desistida

    Conforme a lo esta#lecido en el -rt 7++ del COPP, $asta cinco das antes

    del vencimiento del plazo &jado para la cele#racin de la audiencia preliminar, el6iscal, la vctima, siempre que se $aa querellado o $aa presentado unaacusacin particular propia, el imputado, pueden realizar por escrito los actossiguientes*

    + Oponer las e%cepciones previstas en este Cdigo, cuando no $aan sidoplanteadas con anterioridad o se funden en $ec$os nuevos

    : Pedir la imposicin o revocacin de una medida cautelar

    7 0olicitar la aplicacin del procedimiento por admisin de los $ec$os

    Proponer acuerdos reparatorios

    ; 0olicitar la suspensin condicional del proceso

  • 7/25/2019 Juicio Oral y Audiencia Preliminar.

    4/5

    Articul# 3$% C!PP& De'arr#ll# de la Audiencia"El da se3alado serealizara la audiencia en la cual las partes e%pondrn #revemente losfundamentos de sus peticiones

    'urante la audiencia el imputado podr solicitar que se le reci#a su declaracin,la cual ser rendida con las formalidades previstas en este Cdigo

    El juez informara a las partes so#re las medidas alternativas a la prosecucin delproceso

    En ning"n caso se permitir que en la audiencia preliminar se planteen cuestionesque son propias del juicio oral P"#lico

    Articul# 3$3 C!PP& Deci'in"6inalizada la audiencia el 1uez resolver, enpresencia de las partes, so#re las cuestiones siguientes, seg"n corresponda*

    + En caso de e%istir un defecto de forma en la acusacin del 6iscal o delquerellante, estos podrn su#sanarlo de inmediato o en la misma audiencia,pudiendo solicitar que esta se suspenda, en caso necesario, para continuarla

    dentro del menor lapso posi#le2

    : -dmitir, total o parcialmente, la acusacin del !inisterio P"#lico o delquerellante ordenar la apertura a juicio, pudiendo el juez atri#uirle a los $ec$osuna cali&cacin jurdica provisional distinta a la de la acusacin 6iscal o de lavctima2

    7 'ictar el so#reseimiento, si considera que concurren alguna de las causalesesta#lecidas en la le2

    >esolver las e%cepciones opuestas2

    ; 'ecidir acerca de medidas cautelares2

  • 7/25/2019 Juicio Oral y Audiencia Preliminar.

    5/5

    concurran ante el juez de juicio