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Carolina G.R. Curso 2014/2015 CONCEPTOS DE EXAMEN TEMA 10: DERECHOS HUMANOS Y DISCRIMINACIÓN SOCIAL: NIÑOS, MUJERES Y DISCAPACITADOS .) LOS DH Y LA MUJER El derecho a la vida, a la libertad y a la felicidad son considerados DERECHOS NATURALES a partir del siglo XVIII. DURANTE EL SIGLO XIX, A LA MAYORÍA DE LAS MUJERES NO SE LES CONSIDERABA SUJETOS CON ESOS MISMOS DERECHOS NATURALES, tales como el derecho a la vida, a la libertad, a la felicidad. DERECHOS CIVILES, en concreto LA CIUDADANÍA CIVIL, que se consolida en el siglo XVIII, en lo que se refiere a las mujeres, lo obtienen mucho más tarde, a partir del siglo XX, manteniéndose las mujeres, bajo la dependencia del padre o del marido. DERECHOS POLÍTICOS, en los siglos XX y XXI, gran parte de las mujeres de diferentes países aún no los han alcanzado. Con lo ECONÓMICO Y LO SOCIAL, durante el siglo XX, se generan una serie de derechos sociales y económicos vinculados al trabajo asalariado, las mujeres estaban excluidas, asignando a las mujeres el trabajo reproductivo y no remunerado, y a los hombres, el trabajo remunerado. Todo esto supone una discriminación para la mujer, sobre la que la sociedad tiene que reaccionar. ESTA REACCIÓN TOMA UN GRAN AUGE Y FUERZA CON LOS MOVIMIENTOS FEMINISTAS. → PERSPECTIVA HISTÓRICA: 4 ETAPAS 1ª ETAPA Las mujeres han sido sometidas a estructuras patriarcales Desigualdad en todos los ámbitos Opinión de mujeres rechazada por padre o marido Conducta femenina responsabilidad del varón No derecho al voto → No fue hasta que OLYMPE DE GOUGES, en 1791, proclamó la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, cuando las mujeres entraron, por lo menos a través de un documento no oficial, a la historia de los DH 2ª ETAPA 1945: LA PRIMERA MANIFESTACIÓN DE LA IGUALDAD de mujeres y hombres, la encontramos en la CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS del 26 de junio de 1945. Ningún documento jurídico anterior había afirmado con tanta energía la igualdad de todos los SH, ni se había referido al sexo como motivo de discriminación. Es el primer documento donde se manifiesta que la INCLUSIÓN DE LAS MUJERES EN LA CATEGORÍA DE SH. 1946: SE CREA LA COMISIÓN DE DH. Eleanor Roossevelt fue junto con la COMISIÓN SOBRE LA CONDICIÓN SOCIAL Y JURÍDICA DE LA MUJER, centrándose en la figura de la igualdad de la mujer en estos aspectos, y tiene como objetivo revisar los términos lingüísticos del articulado relacionado con los términos excluyentes. 1948: La DUDH: TODAS LAS PERSONAS, TANTO HOMBRES COMO MUJERES, DEBEN DISFRUTAR DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES SIN DISTINCIÓN ninguna de raza, color o sexo. 1952: La Asamblea General de Naciones Unidas aprueba la CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER. Se reconocen: los derechos políticos de la mujer, el derecho al voto libre y sin discriminación alguna y el derecho a ocupar cargos públicos. 1957 : CONVENCIÓN SOBRE LA NACIONALIDAD DE LA MUJER CASADA por la Asamblea General de la ONU..Derecho de la mujer a mantener su nacionalidad independientemente de su estado civil. 1962: La CONVENCIÓN SOBRE EL CONSENTIMIENTO PARA EL

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Carolina G.R. Curso 2014/2015

CONCEPTOS DE EXAMEN TEMA 10: DERECHOS HUMANOS Y DISCRIMINACIÓN SOCIAL:

NIÑOS, MUJERES Y DISCAPACITADOS

10.1) LOS DH Y LA MUJER

El derecho a la vida, a la libertad y a la felicidad son considerados DERECHOS NATURALES a partir del siglo XVIII.

DURANTE EL SIGLO XIX, A LA MAYORÍA DE LAS MUJERES NO SE LES CONSIDERABA SUJETOS CON ESOS MISMOS DERECHOS NATURALES, tales como el derecho a la vida, a la libertad, a la felicidad.

DERECHOS CIVILES, en concreto LA CIUDADANÍA CIVIL, que se consolida en el siglo XVIII, en lo que se refiere a las mujeres, lo obtienen mucho más tarde, a partir del siglo XX, manteniéndose las mujeres, bajo la dependencia del padre o del marido.

DERECHOS POLÍTICOS, en los siglos XX y XXI, gran parte de las mujeres de diferentes países aún no los han alcanzado.

Con lo ECONÓMICO Y LO SOCIAL, durante el siglo XX, se generan una serie de derechos sociales y económicos vinculados al trabajo asalariado, las mujeres estaban excluidas, asignando a las mujeres el trabajo reproductivo y no remunerado, y a los hombres, el trabajo remunerado. Todo esto supone una discriminación para la mujer, sobre la que la sociedad tiene que reaccionar. ESTA REACCIÓN TOMA UN GRAN AUGE Y FUERZA CON LOS MOVIMIENTOS FEMINISTAS.

→ PERSPECTIVA HISTÓRICA: 4 ETAPAS

1ª ETAPA Las mujeres han sido sometidas a estructuras patriarcales Desigualdad en todos los ámbitos Opinión de mujeres rechazada por padre o marido Conducta femenina responsabilidad del varón

No derecho al voto

→ No fue hasta que OLYMPE DE GOUGES, en 1791, proclamó la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, cuando las mujeres entraron, por lo menos a través de un documento no oficial, a la historia de los DH

2ª ETAPA 1945: LA PRIMERA MANIFESTACIÓN DE LA IGUALDAD de mujeres y hombres, la encontramos en la CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS del 26 de junio de 1945. Ningún documento jurídico anterior había afirmado con tanta energía la igualdad de todos los SH, ni se había referido al sexo como motivo de discriminación. Es el primer documento donde se manifiesta que la INCLUSIÓN DE LAS MUJERES EN LA CATEGORÍA DE SH.

1946: SE CREA LA COMISIÓN DE DH. Eleanor Roossevelt fue junto con la COMISIÓN SOBRE LA CONDICIÓN SOCIAL Y JURÍDICA DE LA MUJER, centrándose en la figura de la igualdad de la mujer en estos aspectos, y tiene como objetivo revisar los términos lingüísticos del articulado relacionado con los términos excluyentes.

1948: La DUDH: TODAS LAS PERSONAS, TANTO HOMBRES COMO MUJERES, DEBEN DISFRUTAR DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES SIN DISTINCIÓN ninguna de raza, color o sexo.

1952: La Asamblea General de Naciones Unidas aprueba la CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER. Se reconocen:

los derechos políticos de la mujer, el derecho al voto libre y sin discriminación alguna y el derecho a ocupar cargos públicos.

1957 : CONVENCIÓN SOBRE LA NACIONALIDAD DE LA MUJER CASADA por la Asamblea General de la ONU..Derecho de la mujer a mantener su nacionalidad independientemente de su estado civil.

1962: La CONVENCIÓN SOBRE EL CONSENTIMIENTO PARA EL

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MATRIMONIO. No podrá contraerse matrimonio sin el pleno y libre consentimiento de ambos contrayentes.

3ª ETAPA 1967: la Asamblea General adoptó la DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODA DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES, que constituye el documento de REFERENCIA CLAVE para la defensa de los DH de las mujeres. Aunque no tiene carácter vinculante para los Estados Miembros de Naciones Unidas, insta a los países a transformar sus leyes.

1968:CONFERENCIA DE TEHERÁN SOBRE DERECHOS HUMANOS. En ella se aprueban 29 RESOLUCIONES VINCULANTES y UN PROGRAMA A LARGO PLAZO PARA EL AVANCE DE LAS MUJERES en el contexto del proceso de desarrollo de comunidades, el papel de las mujeres en el crecimiento demográfico, y la situación de éstas EN EL MUNDO RURAL.

1975: LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS DECLARA A 1975 COMO AÑO INTERNACIONAL DE LA MUJER, y decide la realización de la primera Conferencia Mundial.

1976: SE INICIA EL DECENIO DE NACIONES UNIDAS PARA LA MUJER (1976-1986) (Década de la mujer) convirtiéndose una de las décadas más importantes para la formulación internacional de los DH de las mujeres

1979: La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER (CEDAW), que se convierte en uno de los INSTRUMENTOS JURÍDICOS a nivel internacional más importante en la defensa de los DH de las mujeres. La CEDAW (siglas en inglés de Committee on the Elimination ofDiscrimination against Women) constituye un hito histórico.

1980: Se celebra la CONFERENCIA DE COPENHAGUE y se procede a la evaluación de los compromisos asumidos por los estados miembros en México.

1985: Se celebra en Nairobi, la CONFERENCIA MUNDIAL PARA EL EXAMEN Y LA EVALUACIÓN DE LOS LOGROS DEL DECENIO DE NACIONES UNIDAS PARA LA MUJER: IGUALDAD, DESARROLLO Y PAZ. El movimiento en favor de la igualdad entre los géneros había alcanzado un reconocimiento verdaderamente mundial cuando se convocó en Nairobi esta tercera conferencia mundial. Muchos se refirieron a ella como "EL NACIMIENTO DEL FEMINISMO A ESCALA MUNDIAL".

4ª ETAPA 1993: En la CONFERENCIA MUNDIAL DE DH CELEBRADA EN VIENA, donde se reconoce por primera vez que LOS DERECHOS DE LAS MUJERES SON TAMBIÉN HUMANOS. Durante dicha conferencia se constituye el Tribunal Mundial sobre Violaciones a los DH de las Mujeres.

1994: CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA ENTRA LA MUJER DE BELEM DO PARÁ.

1995: se crea la CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER celebrada en Beijing 4ªConferencia Mundial sobre la Mujer se puede hablar verdaderamente del inicio de un nuevo capítulo en la lucha por la igualdad de géneros. Representó una reafirmación plena de que los derechos de la mujer eran DH y de que la igualdad entre los géneros era una cuestión de interés universal y de beneficio para todos.

2000 (diciembre): PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN de CEDAW. Este protocolo no establece nuevos derechos sino que sirve para interpretar aquellos que están formulados en la CEDAW, y detallar las medidas que deberían ser adoptadas.

10.1.2: LA MUJER ACTUAL Y SUS DERECHOS → El MOVIMIENTO FEMINISTA ha luchado por el reconocimiento de la igualdad de oportunidades y la igualdad de derechos para las mujeres.

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HISTORIA DEL MOVIMIENTO FEMINISTA: REINVINDICANDO SUS DERECHOS:

PRIMERA EPOCA: LA ILUSTRACIÓN, EL PRIMER FEMINISMO

El feminismo apareció ligado a la Ilustración, no obstante, algunos teóricos y estudiosos del tema insisten en que ha existido siempre. En esta primera ola, tenían como objetivo principal lograr la igualdad de derechos para las mujeres, especialmente el derecho de sufragio.

SEGUNDA EPOCA: EL MOVIMIENTO SUFRAGISTA Y EL

RECONOCIMIENTO DE CIUDADANAS

En el siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, los movimientos feministas se organizaron en tomo al derecho de sufragio.

Los movimientos feministas europeos quedaron al margen, lo que hizo que Estados Unidos fuera el país con mayor relevancia dentro de este momento.

Las reivindicaciones de este momento quedaron plasmadas en la DECLARACIÓN DE SENTIMIENTOS DE SENECA FALLS, DE 1848, tras la primera Convención sobre los Derechos de la Mujer.

TERCERA EPOCA: AUTOPERCEPCIÓN Y VALORES SOCIALES

Los movimientos feministas se dividieron en 4 MOVIMIENTOS que trabajaron juntos, pero bajo cuatro prismas diferentes. Estos son:

El feminismo liberal., El feminismo marxista, El feminismo socialista y El feminismo radical.

SUÁREZ LLANOS establece una CLASIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS FEMINISTAS agrupadas en dos categorías:

→ EL FEMINISMO DOMESTICADO O DE LA IGUALDAD: Reclaman que las mujeres tengan el mismo estatus que los hombres. → EL FEMINISMO INDÓMITO O DE LA DIFERENCIA: considera que hombres y mujeres son distintos, y que las mujeres no quieren ser iguales que los hombres dentro de un mundo patriarcal.

10.1.4: LA MUJER Y SUS DERECHOS A TRAVÉS DE LA RED → DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO: FIGURA DE LA MUJER EN RED

LA FIGURA DE LA MUJER EN INTERNET, y especialmente el derecho de igualdad por lo que tanto ha luchado, se encuentra amenazada por dos sucesos muy relevantes:

-La ciber-pornografía. -Los estereotipos tradicionales. CONFERENCIAS DE MOVILIZACIÓN DE LAS REDES DE MUJERES. Leer → .CIBERFEMINISMO

CIBERFEMINISMO (4) Se basa en una práctica tecnológica descentralizada, múltiple, que se sustenta en la

participación de los grupos sociales a través de los medios de comunicación que abogan por los derechos de la mujer.

Es un movimiento con muchas variantes y estrategias que tiene en común la utilización de las nuevas tecnológicas par la liberación de la mujer.

Según PLANT (1996) Una cooperación entre mujer, máquina y nuevas tecnologías. Importancia del cuerpo y de la imagen, entendido de forma que la mujer es algo más

que un cuerpo, es un todo complejo más trascendente que un físico. El estilo del ciberfemenismo es la ironía, la transgresión y el espíritu contestatario para

promulgar en toda la red los ideales feministas y la lucha por la igualdad de la mujer.

HITOS:

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A principios de 1990 surgió en Australia VNS Matrix que escribieron el primer Manifiesto Ciberfeminista, momento en que fue acuñado el término “ciberfeminismo”.

Surgió Old Boys Network (OBN), LA PRIMERA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL CIBERFEMINISTA.

El ciberfeminismo PRESENTA UNA NUEVA IMAGEN DE LA MUJER, una imagen que se escapa de los estereotipos y busca una nueva construcción de la imagen de la mujer en el ciberespacio postsexual.

HARAWAY en 1991 escribió «Manifiesto Cyborg» donde se propone una nueva relación con el ordenador. Crea la imagen del CYBORG, entendido como un organismo cibernético, un híbrido entre el ordenador y el cuerpo humano.

Según RUBIO LINARES (2003) uno de estos movimientos ciberfeministas son las CYBERGRRLLS que muestran su poder y seguridad a través de las herramientas informáticas. "Ser grrrl significa ser una chica muy «cool» con tenacidad para surfear la red, trabajar en línea con otras jóvenes y expandir las presencia de las chicas en las nuevas tecnologías de la información".

10.2- LOS DERECHOS DEL NIÑO EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN. RIESGOS Y OPORTUNIDADES

DERECHOS DEL NIÑO → EVOLUCIÓN HISTÓRICA

1924 La primera declaración de derechos del niño, de CARÁCTER SISTEMÁTICO, fue la DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO de 1924, conocida como la DECLARACIÓN DE GINEBRA. Fue adoptada por la Asamblea de la Sociedad de Naciones.

1948 la DUDH incluía implícitamente los derechos del niño.

1959 Se aprobó una nueva DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO constaba de 10 principios, al ser una mera declaración no generaba obligaciones precisas por parte de los Estados.

1979 Con ocasión del Año Internacional del Niño, tuvieron que pasar más de diez años para que en 1989 se adoptase y se firmase el texto definitivo de la Convención así como los dos protocolos facultativos que la desarrollan: El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de menores, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (entrada en vigor el 18 de enero de 2002). El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños y niñas en los conflictos armados (entrada en vigor el 12 de febrero de 2002).

1990 Organización de las Naciones Unidas, hasta el punto de entrar en vigor con mucha celeridad el 2 de septiembre de 1990, alcanzando una aceptación prácticamente universal. En 1990 se celebró en la sede de la ONU de Nueva York, la CUMBRE MUNDIAL EN FAVOR DE LA INFANCIA.

1996 I CONGRESO MUNDIAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Y COMERCIAL DE LOS NIÑOS en Estocolmo, patrocinado, entre otros, por el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF).

2002 Conferencia internacional sobre la infancia para evaluar los avances logrados desde la cumbre de 1990 y en la que se adoptó el documento “ Un mundo para los niños”

10.2.2: LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO (1959)

La Organización de las Naciones Unidas adoptó una versión ligeramente enmendada en 1946, y el 20 de noviembre de 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una versión expandida como su propia DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Consta de 10 principios La Declaración de 1959 resalta la importancia de los derechos del niño para que disfrute

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de protección individual y colectiva, y disponga de oportunidades y servicios que le permitan desarrollarse de forma sana e integral. Además esta declaración destaca las condiciones en las que debe el menor desarrollarse plenamente y en condiciones de libertad y dignidad. A su vez en esta declaración SE PROTEGE A LOS MENORES

10.2.3: LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO (1989)

La CDN es un TRATADO INTERNACIONAL Y MULTILATERAL de DH que está destinado a la PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS, definidos como personas menores de 18 años. Fue adoptada el 20 de noviembre de 1989, por la Asamblea de las Naciones Unidas, y entró en vigor el 2 de septiembre de 1990.

La CDN está integrada por un Preámbulo y cincuenta y cuatro artículos divididos en tres partes:

Parte I, parte normativa (arts. 1 a 41), define qué se entiende por niño y cada uno de los derechos que reconoce.

Parte II, parte institucional (arts. 42 a 45), crea un Comité de Derechos del Niño, al que atribuye la competencia para controlar la efectividad de las obligaciones asumidas por los Estados,

Parte III (arts. 46 a 54), contiene disposiciones de carácter general típicas de los tratados internacionales:

Los Estados miembros de lo que sí tienen OBLIGACIÓN ES DE PRESENTAR INFORMES ante un órgano de control internacional que es el COMITÉ DE DERECHOS DEL NIÑO. Este Comité es un Organismo compuesto por expertos independientes elegidos internacionalmente, con sede en Ginebra, desde donde SE VERIFICA LA APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN, exige a los gobiernos que han ratificado el tratado que sometan informes periódicos sobre la situación de los derechos del niño en sus países.

10.2.4.: ORGANIZACIONES EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

UNICEF (The United Nations Children's Fund) Una de las organizaciones más importantes a nivel internacional es UNICEF. Dicha organización tiene la MISIÓN DE PROMOVER LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.

SAVE THE CHILDREN ONG sin ánimo de lucro que funciona desde 1919, plural e independiente desde el punto de vista político o religioso. Su objetivo fundamental es la DEFENSA ACTIVA DE LOS INTERESES DE LOS NIÑOS Y NIÑAS, ESPECIALMENTE DE LOS MÁS DESFAVORECIDOS.

10.2.5: SITUACIONES Y PROBLEMAS QUE ATENTAN CONTRA LOS DERECHOS DEL NIÑO

TRABAJO INFANTIL al trabajo de niños en cualquier sistema de producción económica de un país, una región y en el mantenimiento de un grupo familiar.

trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.

son actividades que impiden el desarrollo armónico del niño entendiendo por esto un desarrollo tanto físico, psicológico, como emocional.

EXPLOTACIÓN INFANTIL

los niños y las niñas menores de 18 años desempeñan cualquier actividad económica de producción que afecte su desarrollo personal o el disfrute de sus derechos;

cuando además de trabajar, les quiten o no les den ingresos o sean insuficientes;

cuando son víctimas de las peores formas de explotación infantil (tráfico de drogas, armas);

cuando sufren esclavitud; cuando son obligados a prostituirse o son reclutados por la fuerza.

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la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de las Naciones Unidas ha basado su acción en la estipulación de la edad mínima de admisión al empleo como criterio para definir y reglamentar el trabajo infantil.

1992, la OIT creó el PROGRAMA INTERNACIONAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL (IPEC), una iniciativa de cooperación técnica dedicada exclusivamente a prevenir y combatir el trabajo de los niños y niñas.

En 2006: El segundo Informe Mundial sobre Trabajo Infantil de la OIT mostró que se habían realizado progresos en la lucha contra el trabajo infantil.

En 2010 se celebró la CONFERENCIA MUNDIAL DE LA HAYA "Hacia un mundo sin trabajo infantil -Pasos hacia 2016". El trabajo infantil no es un fenómeno que pueda abordarse de forma aislada, es tanto una causa como una consecuencia de la pobreza y de los bajos niveles de bienestar social

→ TRABAJOS CONTRA LA DIGNIDAD HUMANA: EL ABUSO SEXUAL INFANTIL

La definición de «ABUSO SEXUAL A MENORES» puede realizarse desde DOS ÓPTICAS: LA JURÍDICA Y LA PSICOLÓGICA,

10.2.6.: LA DEFENSA DE LOS DH DE LOS NIÑOS EN INTERNET

Existen DOS PROBLEMAS RELACIONADOS CON EL ACCESO A INTERNET → LA DESIGUALDAD Y LA INCLUSIÓN SOCIAL. La brecha digital es una importante cuestión de las desigualdades en cuanto a las capacidades de uso de Internet, alfabetizaciones y competencias comunicativas. → Los RIESGOS DE DAÑOS A LA SEGURIDAD Y AL DESARROLLO SOCIAL DE LOS NIÑOS. UNICEF preocupada por la seguridad de los niños y las niñas en Internet elaboró en 2004 un Decálogo titulado "LOS E-DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS" sobre los derechos humanos de los niños y niñas en cuanto al uso de Internet. El Decálogo presentado se detalla a continuación:

→ DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL MENOR ANTE LOS RIESGOS DE LA RED

Los RIESGOS que actualmente viven los menores por el uso de la tecnología son: el CIBERBULLYING, GROOMING, CIBERACOSO Y SEXTING.

Según QUICIOS el CIBERBULLYING y el CIBERACOSO mantienen una misma definición "hostigar, molestar, intimidar o amenazar a personas o entidades usando medios informáticos".La DIFERENCIA ENTRE AMBOS es que mientras el ciberbullying se produce entre menores, un menor acosa a otro menor en la red, el ciberacoso es producido por un adulto hacia un menor en el mismo canal que el anterior.

QUICIOS también define el GROOMING como "el acoso de los menores en la red". Sin embargo a diferencia del anterior, el grooming es la "extorsión online que realiza un adulto a un niño para que, bajo amenazas o engaños, acceda a sus peticiones de connotación sexual"

La Unión Europea preocupada por esta situación, ha creado el CONSEJO SOBRE LA PROTECCIÓN DE MENORES Y DE LA DIGNIDAD HUMANA (Council's Recommendation on the Protection of Minors and Human Dignity) junto con una serie de recomendaciones.

Por otra parte, la UE ha puesto en marcha el programa SAFER INTERNET PLUS que "se propone promover un uso más seguro de Internet y de las nuevas tecnologías en red, en particular para los niños, y combatir los contenidos ilícitos y contenido no deseado por el usuario final, como parte de un enfoque coherente por parte de la Unión Europea".

2004 fue el año elegido para celebrar por primera vez el DÍA INTERNACIONAL PARA UNA INTERNET SEGURA.

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10.3- LOS DISCAPACITADOS Y EL PLENO DESARROLLO DE SUS DH

10.3.1: CONCEPTO DE DISCAPACIDAD

La DISCAPACIDAD se puede definir desde distintos ENFOQUES O TENDENCIAS, pero hay dos que son los que mejor la sitúan, por un lado es

→ EL ENFOQUE DE LA SALUD → EL SOCIAL.

SEGÚN LA OMS (ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD), DESDE EL ENFOQUE DE LA SALUD, UNA DISCAPACIDAD es toda RESTRICCIÓN O AUSENCIA, DEBIDO A UNA DEFICIENCIA, de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un SH.

DEFICIENCIA Se entiende cualquier PÉRDIDA O ANORMALIDAD PERMANENTE O TRANSITORIA, psicológica, fisiológica o anatómica de una estructura o función.

DISCAPACIDAD UNA RESTRICCIÓN O IMPEDIMENTO DEL FUNCIONAMIENTO DE UNA ACTIVIDAD, ocasionado por una deficiencia, en la forma o dentro del ámbito considerado normal para un SH.

MINUSVALIA Es la incapacidad que se traduce en una DESVENTAJA PARA UNA PERSONA, EN CUANTO LIMITA O IMPIDE EL CUMPLIMIENTO DE UNA FUNCIÓN QUE ES CONSIDERADA COMÚN PARA ESA PERSONA SEGÚN LA EDAD, EL SEXO Y LOS FACTORES SOCIALES Y CULTURALES.

Más adelante en el año 1983, El Programa de Acción Mundial para las Personas

Discapacitadas, elaborado por las naciones Unidas, adoptó este PROGRAMA DE ACTUACIÓN (ONU) Mediante prevención, rehabilitación y participación.

→ MODELOS O ENFOQUES DE LA DISCAPACIDAD

PRESCINDENCIA Se considera que las causas que dan origen a la discapacidad tienen un MOTIVO RELIGIOSO.

REHABILITADOR Se considera que las causas que dan origen a la discapacidad son científicas

MEDICO Ve a la discapacidad como una enfermedad. La discapacidad es un problema individual y significa que la persona es minusválida

SOCIAL Apunta a la autonomía de la persona con discapacidad para decidir respecto de su propia vida, y para ello se centra en la eliminación de cualquier tipo de barrera, con el fin de brindar una adecuada equiparación de oportunidades.

→ LOS DH EN EL MODELO SOCIAL

Se basa en los valores que sustentan los DH la dignidad, la libertad, la igualdad. La mayor parte de nuestras sociedades valoran al ser humano en razón de su utilidad y capacidades. Esto es totalmente incompatible con uno de los pilares fundamentales de los DH que es la noción de DIGNIDAD HUMANA.

Todo sujeto moral alcance esa libertad moral. El alcanzar esa libertad moral desde el ámbito de la discapacidad, se enfrenta con dos problemas importante:

- por un lado es que suele asociarse discapacidad

- la sociedad no se toma en serio la autonomía en las personas discapacitadas

OTRO VALOR IMPORTANTE es el de la IGUALDAD. el principio de igualdad es aquella que adopta un criterio inclusivo respecto de las diferencias humanas.

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10.3.2: INSTRUMENTOS INTERNACIONALES SOBRE DH Y DISCAPACIDAD

los PRINCIPIOS DE LOS ENFERMOS MENTALES Y PARA EL MEJORAMIENTO DE LA SALUD MENTAL (diciembre de 1991)

A partir de este documento, aunque quizás, aún de forma insuficiente, se han comenzado a identificar a las personas con discapacidad como un colectivo necesitado de protección, y se ha hecho hincapié, por un lado en la singularidad de sus derechos ante determinadas situaciones, y por otro, y esto resulta fundamental, en la necesidad de que el Estado adopte medidas de protección especiales a los fines de garantizar el ejercicio de derechos individuales por parte de dichas personas → CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (1987)

El texto fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006.

La Convención entraría en vigor cuando fuera ratificada por 20 países y lo hizo el 3 de mayo de2008.

Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI. Uno de los objetivos fundamentales de la Convención ha sido adaptar las normas pertinentes de los Tratados de derechos humanos existentes, al contexto

CINCO ÁMBITOS GENÉRICOS:

1. DERECHOS DE IGUALDAD 2. DERECHOS DE PROTECCIÓN 3. DERECHOS DE LIBERTAD Y AUTONOMÍA PERSONAL 4. DERECHOS DE PARTICIPACIÓN en la vida pública y política. 5. DERECHOS SOCIALES BÁSICOS: 10.3.3: INTERNET. UN ESCENARIO HOSTIL PRA LA DEFENSA DE LOS DH DE LOS DISCAPACITADOS

En el año 2003, momento en que se celebró el Año Europeo de las Personas con Discapacidad, se puso en marcha el I PLAN NACIONAL DE ACCESIBILIDAD (2004-2012)

El PLAN AVANZA, vinculado también a los Ministerios de Administraciones Públicas, de

Trabajo y Asuntos Sociales y de Industria, Turismo y Comercio. Se compone de diversas líneas de actuación bajo un mismo objetivo, insertar a todos los individuos en la sociedad de la información.

→ LAS HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS COMO MEDIOS PARA EL DESARROLLO DE LOS DERECHOS DE LOS DISCAPACITADOS

o Las herramientas tecnológicas son instrumentos muy eficaces que representan un potencial para favorecer la integración de este colectivo en la sociedad y fomentar su participación

o Así las POSIBILIDADES QUE OFRECEN LAS TECNOLOGÍAS a las personas con discapacidad son:

Nuevas formas de comunicación e información. Desarrollo integral de la persona hacia una vida más autónoma. La posibilidad de apertura y flexibilidad en el ocio y la educación que supere las limitaciones

10.3.4: E- ACCESIBILIDAD

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LA ACCESIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN consiste “en que la información transmitida resulte accesible, es decir, que llegue a todas las personas”.

La ACCESIBILIDAD A LA INFORMACIÓN se refiere al propio individuo, es la propia persona la que tiene una incapacidad para acceder “tanto al medio de comunicación como al mensaje que se intenta transmitir”.

En definitiva ambos términos interactúan, y son lo que producen la INFOEXCLUSIÓN, brecha digital o innacesibilidad. Por falta de accesibilidad de la información y a la accesibilidad de la información. La Unión Europea desde el año 2003 está promocionando el término e-accesibilidad.

La Unión Europea desde el año 2003 está promocionando el término e-accesibilidad y la mayoría de los países integrantes han creado una legislación para asegurarla en la Administración Publica.

E-ACCESIBILIDAD como "una característica necesaria de los productos, los entornos y los servicios que permite que cualquier persona pueda participar, acceder y usar los servicios y el contenido Web, acorde a sus necesidades y siendo indiferente para ello las limitaciones propias del individuo".

→ CASOS DE ÉXITO: DESARROLLO DE LOS DH DE LOS DISCAPACITADOS A TRAVÉS DE LAS TECNOLOGÍAS

a) PÁGINAS DE SERVICIOS: • Servicios jurídicos: La Fundación Aequitas • Servicios de información: DIARIO online europeo SOLIDARIDAD DIGITAL. Integrado en el portal Dialnet, que da acceso directo al Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI) • Servicio de información de avances: Con la intención de integrar a los ciegos y deficientes visuales en la sociedad de la información. • Servicios de formación: PLANETAVISUAL.COM dirigido a personas sordas y sordociegas, basa su espacio en signos visuales para presentar su información y resolver los problemas de interpretación y dificultades de comprensión. • SERVICIOS DE EMPLEO: MERCADIS, proyecto que promueve el empleo de personas con discapacidad y están implicados los posibles demandantes y empresas y asociacionesempresariales. • Servicios de accesibilidad: LA CÁTEDRA MICROSOFT DE ACCESIBILIDAD A LA EDUCACIÓN (CMAE), espacio de investigación y docencia sobre la accesibilidad a las Tecnologías de la Información y de la Comunicación de las personas con discapacidad. • Servicios de accesibilidad de la información y la comunicación: CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE ADAPTACIONES TIFLOTÉCNICAS (CIDAT), trabaja para promulgar la interactividad en la TV Digital, DVD y programas informáticos. • SERVICIOS EN GENERAL: Portal DISCAPNET, portal global de referencia de ámbito nacional en materia de discapacidad, portal sobre la integración social y laboral de los discapacitados y minusválidos en España b) EMPLEO: A finales de 2000 se creó el proyecto FLASIONG (Factores Lógicos Aplicados a Sistemas Innovadores Orientados a Nuevas Generaciones)y, oportunidad para que las personas discapacitadas trabajen desde sus casas o residencias. c) HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS: La Fundación Telefónica ha creado una Red Territorial de ordenadores adaptados a personas con discapacidad: proyecto RETADIS, tiene como objetivo acercar la Sociedad de la Información a las personas discapacitadas instalando ordenadores adaptados a los cuatro tipos de discapacidad más frecuentes: