educación un derecho de todos
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DE LA NACiÓNMESA DE ENTRADA
PROYECTO DE DECLARACIÓN2 4 OCT. 20Y.
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La Honorable Cámara de Diputados de la Nación .
DECLARA:
Declarar de interés de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el libro
"Educación un derecho de todos", escrito por el Dr. Ricardo César Iturrez.
Fundamentos:
Señor presidente:
El Dr. Ricardo César Iturrez, abogado de profesión, recibido en el año 1981 en
la Universidad Nacional de Córdoba, se ha especializado en el derecho civil, comercial
y laboral. Es docente extraordinario de la Universidad Fasta y Profesor de la
Diplomatura a Distancia para Apoderados Legales de entidades educativas dictada por
la misma institución. Es autor de diversas publicaciones sobre cuestiones legales para
colegios de gestión privada. Se dedicó con intensidad al asesoramiento en temas de
gestión educativa, tanto a diversos poderes ejecutivos provinciales como tambiénal
programa PNUD de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Director de
Asuntos Jurídicos de Fasta y asesor de la Presidencia del Consudec.
Según el Dr. Antonio María Hernández -quien prologa el libro- el título
adelanta la importancia, densidad y profundidad de esta importante propuesta, donde su
autor analiza desde lo constitucional esta temática esencial para el país, con el objetivo
de aportar al proceso de cambio de nuestra realidad educativa, tal como lo expresa en la
presentación del trabajo.
El libro se desarrolla en XII Capítulos en donde se despliegan puntos
fundamentales del derecho a la educación, desde una perspectiva jurídica, enriquecida
con una visión interdisciplinaria, que abarca aspectos históricos, políticos y filosóficos.
En el Cap. I se analizan los Derechos Humanos y la Educación, con especial
referencia al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que es la última etapa
del constitucionalismo, al cual se incorporara nuestro país luego de la gran reforma
constitucional de 1994. El autor enfatiza particularmente el sentido humanista de
nuestra Constitución y de estos Tratados, que postulan la libertad de enseñanza.
En el Cap. II se estudia "La educación en la Constitución Nacional. El derecho
de enseñar y aprender", con un exhaustivo examen de las normas supremas, resultados
de la Constitución originaria de 1853 y de las sucesivas reformas constitucionales, con
opiniones de importantes constitucionalistas, entre los que destaca Bidart Campos. Ello
está complementado con un conocimiento preciso de la jurisprudencia respectiva, lo que
revela la utilidad de esta obra, para el ejercicio profesional o para la investigación de tan
especializada temática.
En el Cap. III se expone sobre "Educación y libertad de conciencia-Libertad
religiosa", ya que según el punto de vista de su autor, existe una relación directa entre
ambas, "ya que la finalidad de la educación es perfeccionar a la persona humana como
ser integral, es decir que se debe cultivar no sólo su inteligencia sino también su
espiritualidad". Por ello considera entre otros aspectos, la objeción de conciencia en
temas educativos, con especial mención del caso "Wisconsin vs. Yoder", referido a la
comunidad Amish en los Estados Unidos. También se analiza cuestiones polémicas
como la enseñanza religiosa en las escuelas, sosteniendo con acertado criterio que la
escuela pública de gestión estatal" ... debe respetar las creencias y convicciones de todos
sus alumnos, y sobre todo, educarlos en el respeto mutuo".
El Cap. IV se titula "Facultades del Congreso de la Nación Argentina en
materia educativa. Análisis del arto 75 incs. 18 y 19 de la Constitución Nacional. La
relatividad de los derechos subjetivos. Los límites del poder reglamentario": Aquí se
pasa revista a los orígenes de las normas y a los distintos debates producidos sobre su
significado, con citas precisas de renombrados constitucionalistas y legisladores. Se
sostiene que la materia educativa es concurrente entre los diversos órdenes estatales y
que no obstante la atribución del Congreso para dictar las leyes de organización y base
de lo educativo, debe siempre existir un sistema federal que contemple las
particularidades provinciales y locales. Por eso afirma la especial trascendencia que
debe asignarse a la misión propia del Consejo Federal de Educación, tesis compartida
con el mismo Dr. Antonio María Hernández. Igualmente ponderables son sus
interpretaciones de las bases constitucionales establecidas en la Ley Suprema sobre esta
materia, así como sobre las facultades reglamentarias correspondientes a los distintos
órdenes gubernamentales.
En el Cap. V sobre "El Estado Federal y la educación" se profundiza el estudio
de la distribución de competencias entre los diversos órdenes gubernamentales de
nuestra Federación sobre esta materia educativa, que es concurrente.
Los Caps. VI y VII están destinados a "La educación en las Constituciones
Provinciales", por los cuales efectúa un estudio comparativo del tema en las distintas
Leyes Supremas Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Cap. VIII sobre "El federalismo educativo en Argentina" es un muy
interesante análisis histórico, donde el autor muestra el proceso de centralización que
también se produjo en esta materia, con una evidente violación de los textos
constitucionales. Dicho proceso tuvo según Iturrez, algunas etapas en que se intentó
regresar a un sistema federal educativo, como la del Presidente Frondizi en 1957 que
dispuso por decreto la transferencia de las escuelas primarias nacionales a las
provincias, lo que se concretaría posteriormente en la década de los 70, aunque sin
asignarse los fondos pertinentes. Este proceso de federalización recibió un impulso
decisivo en el Congreso Pedagógico Nacional, convocado por el Presidente Alfonsín, en
cuyas conclusiones aprobadas en 1988, se hizo expresa referencia a los principios
federales en materia educativa. Ello originaría ya en 1991 la sanción de la Ley N°
24.049 de Transferencia de los Servicios educativos, donde las Provincias se hicieron
cargo de las escuelas de nivel medio y terciario que dependían del Ministerio de
Educación de la Nación, aunque lamentablemente, sin los fondos respectivos, lo que
originaría nuevos desequilibrios fiscales en nuestra federación.
El autor también señala como otros hitos en este proceso de descentralización
operativa en la materia: la sanción de la Ley Federal de Educación N° 24.195 por parte
del Congreso Nacional; el Pacto Educativo, celebrado entre la Presidencia y los
Gobernadores en la Provincia de San Juan en 1994 y por último, la reforma
constitucional de 1994. Ya a partir del año 2003, se produjo una nueva vuelta al
"centralismo educativo", como dice Iturrez, mediante la sanción de una serie de normas,
hasta llegar a la vigente Ley Nacional de Educación N° 26.206 de 2006, que derogó la
Ley Federal de Educación y que otorgó importantes atribuciones al Ministerio de
Educación de la Nación.
El Capítulo también contiene un análisis del Consejo Federal de Educación,
organismo de especial trascendencia en un modelo como el nuestro, donde el autor
indica que se debe tender hacia un centralismo normativo y una descentralización
operativa a cargo de provincias y municipios, con especial respeto de los principios
federales de la Constitución Nacional.
En el Cap. IX se expone "El sistema educativo" en base a sus pnncipios
constitucionales, que deben garantizar la unidad nacional, la libertad de enseñanza, el
pluralismo cultural, el federalismo educativo, la libertad de opciones, el pluralismo
escolar y el pluralismo de escuelas y la igualdad de oportunidades, como puntos
principales.
Los Caps. X y XI contienen el "Desarrollo histórico del Sistema Educativo
Nacional". El autor señala las siguientes etapas: a. 1860-1916: sus inicios. Antecedentes
y prefiguración en la Constitución Nacional. Conformación y crecimiento del sistema
educativo nacional. 2a etapa: 1916-1955; 3a. 1955-1983 y 4a. Etapa, desde 1983 hasta el
presente". A su vez, cada etapa está dividida en períodos históricos.
En base a estudios como los de Fernando Martínez Paz, -entre otros
especialistas- , el autor expone su punto de vista sobre la materia, lo que supone un
análisis sobre aspectos complejos y conflictivos de nuestra historia política, que
impactaron de manera decisiva en todos los aspectos de la vida nacional y en especial,
en la educación. Además de señalar la crisis educativa que soporta el país, pone de
relieve como uno de los más graves problemas el de la falta de calidad, según lo
indican las distintas encuestas realizadas, que acreditan la pérdida de posiciones
observada en la comparación internacional. Y ello, no obstante las mayores inversiones
efectuadas como consecuencia de la Ley de Financiamiento Educativo.
El último Capítulo, el XII, se titula "Análisis de la Ley de Educación Nacional
26.206", donde el autor estudia con sentido crítico sus principales disposiciones,
concluyendo en su carácter excesivamente reglamentarista, fuertemente centralista y
con un sesgo ideológico que no respeta la visión antropológica del hombre previsto en
la Constitución y en los Tratados Internacionales.
Por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares, acompañen con su voto el
presente Proyecto de Declaración