contenido - paot.org.mx · los trámites de nacionalidad y naturalización, así como los formatos...

704
Tomo DCCX No. 20 México, D.F., miércoles 28 de noviembre de 2012 CONTENIDO Secretaría de Gobernación Secretaría de Relaciones Exteriores Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Energía Secretaría de Economía Secretaría de Comunicaciones y Transportes Secretaría de Salud Secretaría de la Reforma Agraria Instituto Nacional de las Mujeres Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales Banco de México Instituto Federal Electoral Avisos Indice en página 110 $32.00 EJEMPLAR

Upload: ngonhi

Post on 25-Sep-2018

221 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • Tomo DCCX No. 20 Mxico, D.F., mircoles 28 de noviembre de 2012

    CONTENIDO Secretara de Gobernacin

    Secretara de Relaciones Exteriores Secretara de Hacienda y Crdito Pblico

    Secretara de Desarrollo Social Secretara de Energa

    Secretara de Economa Secretara de Comunicaciones y Transportes

    Secretara de Salud Secretara de la Reforma Agraria Instituto Nacional de las Mujeres

    Consejo Nacional de Normalizacin y Certificacin de Competencias Laborales

    Banco de Mxico Instituto Federal Electoral

    Avisos Indice en pgina 110

    $32.00 EJEMPLAR

  • 2 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 de noviembre de 2012

    PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION

    AVISO por el que se informa al pblico en general el cambio de domicilio del Centro Integral de Servicios de la Direccin General de Asociaciones Religiosas de la Secretara de Gobernacin.

    ELIZABETH BRENDA MANDUJANO ALANUZA, Directora de Normatividad de la Direccin General de

    Asociaciones Religiosas en suplencia del Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretara de

    Gobernacin, con fundamento en los artculos 27 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 3,

    4 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 del Reglamento de la Ley de Asociaciones

    Religiosas y Culto Pblico; 8, 24 y 103 del Reglamento Interior de la Secretara de Gobernacin; he tenido a

    bien expedir el siguiente:

    AVISO

    Por el que se informa al pblico en general que con motivo del inicio de operacin del Centro de Contacto

    Ciudadano de la Secretara de Gobernacin en el domicilio ubicado en Hamburgo 135, Planta Baja, colonia

    Jurez, Delegacin Cuauhtmoc, cdigo postal 06600, Mxico, D.F., el Centro Integral de Servicios de la

    Direccin General de Asociaciones Religiosas se ubicar en ese mismo Centro.

    Lo anterior, a efecto de que la correspondencia, notificaciones y dems trmites vinculados a esta

    Direccin General, se presenten en el domicilio antes sealado.

    TRANSITORIO

    UNICO.- El aviso surtir efectos generales a partir de la fecha de publicacin en el Diario Oficial de la

    Federacin, sin perjuicio de la notificacin que, en su caso, se haya efectuado en los procedimientos

    administrativos correspondientes.

    Dado en el Ciudad de Mxico, a los siete das del mes de noviembre de dos mil doce. La Directora

    de Normatividad de la Direccin General de Asociaciones Religiosas en suplencia del Director General de

    Asociaciones Religiosas de la Secretara de Gobernacin, Elizabeth Brenda Mandujano Alanuza.- Rbrica.

    SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

    ACUERDO por el que se dan a conocer los procedimientos de la Direccin General de Asuntos Jurdicos de la Secretara de Relaciones Exteriores.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretara de Relaciones Exteriores.

    PATRICIA ESPINOSA CANTELLANO, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo

    dispuesto por los artculos 19, 26 y 28 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 4 de la Ley

    Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5, 7, 14 y 32 del Reglamento Interior de la Secretara de

    Relaciones Exteriores, y dems disposiciones aplicables, y

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 3

    CONSIDERANDO

    Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el Eje 1. Estado de Derecho y seguridad, contempla

    como estrategias para lograr el objetivo de generalizar la confianza de los habitantes en las instituciones

    pblicas, las de transparentar los procesos de operacin de los servicios pblicos que reciben los ciudadanos,

    as como reforzar los procesos y mecanismos necesarios para que los servidores pblicos cumplan la ley;

    Que de conformidad con lo dispuesto por el artculo 19 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica

    Federal, corresponde al Titular de cada Secretara, expedir los manuales de organizacin, de procedimientos

    y de servicios al pblico necesarios para su funcionamiento, los que debern contener informacin sobre la

    estructura orgnica de la dependencia y las funciones de sus unidades administrativas, as como sobre los

    sistemas de comunicacin y coordinacin y los principales procedimientos administrativos que se

    establezcan, y

    Que el artculo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dispone que los actos administrativos

    de carcter general, entre otros, los manuales, deben publicarse en el Diario Oficial de la Federacin para que

    produzcan efectos jurdicos, por lo que con la finalidad de que los servidores pblicos de la Secretara de

    Relaciones Exteriores conozcan los procedimientos que en el mbito de sus atribuciones aplican, he tenido a

    bien expedir el siguiente:

    ACUERDO

    UNICO.- Se dan a conocer los siguientes procedimientos de la Direccin General de Asuntos Jurdicos de

    la Secretara de Relaciones Exteriores:

    a) Obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento en Oficinas Centrales

    (PR-DGAJ-15);

    b) Obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento a travs de las

    Representaciones de Mxico en el Exterior, as como de las Delegaciones Forneas de la SRE.

    (PR-DGAJ-16), y

    c) Obtencin de la Carta de Naturalizacin en Delegaciones Forneas (PR-DGAJ-17).

    TRANSITORIO

    UNICO.- El presente Acuerdo entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el Diario Oficial de la

    Federacin.

    Dado en Mxico, Distrito Federal a los veintin das del mes de noviembre de dos mil doce.- La Secretaria

    de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rbrica.

  • 4 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    PROCEDIMIENTO

    OBTENCION DE LA DECLARATORIA DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO EN OFICINAS CENTRALES

    (PR-DGAJ-15)

    DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION, ORGANIZACION Y PRESUPUESTO.

    Emb. Patricia Espinosa Cantellano.

    Secretaria.

    Julio Camarena Villaseor.

    Oficial Mayor.

    Luis Mariano Hermosillo Sosa.

    Director General de Programacin, Organizacin y Presupuesto.

    Lic. Sandra Elisa Hernndez Ortz.

    Directora General de Asuntos Jurdicos.

    Mnica Prez Lpez.

    Directora General Adjunta de Organizacin, Soporte Operativo y Contabilidad - DGPOP.

    Lic. Gerardo Guerrero Gmez.

    Director General Adjunto de Asuntos Jurdicos.

    Irma Garca Meja.

    Directora de Nacionalidad y Naturalizacin - DGAJ.

    Berenice Bonilla Rojas.

    Subdirectora de Organizacin - DGPOP.

    Dictamin:

    Elizabeth Gonzlez Daz.

    Enlace de alta responsabilidad - DGPOP.

    Marzo de 2012.

    PR-DGAJ-15.

    Versin 0.

    Procedimiento PR-DGAJ-15

    Obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento en Oficinas Centrales

    Fecha: 01/03/2012

    Versin: 0

    Pgina: de

    Unidad Administrativa: Direccin General de Asuntos Jurdicos. rea Responsable: Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin.

    1. Propsito del procedimiento

    Contar con un instrumento de apoyo administrativo que permita conocer en forma ordenada y sistemtica las actividades a seguir para expedir la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, de acuerdo a la normatividad aplicable (Ley de Nacionalidad y su Reglamento).

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 5

    2. Alcance

    El presente procedimiento aplica a la Direccin General de Asuntos Jurdicos, a la Direccin General Adjunta de Asuntos Jurdicos, a la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin y a la Subdireccin de Nacionalidad.

    3. Marco Jurdico

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal.

    Ley de Nacionalidad.

    Ley de Migracin.

    Ley Federal de Derechos.

    Ley General de Poblacin.

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental.

    Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    Reglamento de la Ley General de Poblacin.

    Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental.

    Reglamento Interior de la Secretara de Relaciones Exteriores.

    Acuerdo por el que se delegan Facultades en los Servidores Pblicos de la Secretara de Relaciones Exteriores que se indican (D.O.F. 28.IV.2005).

    Acuerdo por el que se dan a conocer las formalidades necesarias para que los particulares efecten los trmites de nacionalidad y naturalizacin, as como los formatos denominados DNN-1, que corresponde a la solicitud de certificado de nacionalidad mexicana; DNN-2, que corresponde a la solicitud de declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento; DNN-3, que corresponde a la solicitud de carta de naturalizacin, y DNN-4, que corresponde a la solicitud de copias certificadas de documentos de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalizacin, as como sus instructivos de llenado (D.O.F. 25.V.2010).

    Directrices de la Direccin General del Acervo Histrico Diplomtico.

    4. Responsabilidades

    La Subdireccin de Nacionalidad es la responsable de la elaboracin, actualizacin y aplicacin del presente procedimiento.

    La Direccin General Adjunta de Asuntos Jurdicos y la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin son las responsables de la supervisin y cumplimiento del presente procedimiento.

    La Direccin General de Asuntos Jurdicos es la responsable de la coordinacin del presente procedimiento.

    5. Definiciones

    Biomtricos: Mtodos para el reconocimiento nico de interesados basados en uno o ms rasgos conductuales o fsicos intrnsecos (Fotografa, firma y huellas digitales).

    Copia certificada: Reproduccin fiel y exacta que se realiza por un servidor pblico en el ejercicio de su cargo de los documentos originales.

    Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (DNMN): Instrumento jurdico de recuperacin de la nacionalidad mexicana.

    Formato DNN-2: Solicitud de Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento mediante la cual el interesado solicita se declare la nacionalidad mexicana por nacimiento.

    Libros de registro: Concentrado de documentos, los cuales se clasificarn en: Declaratorias de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, Certificados de Nacionalidad Mexicana y Cartas de Naturalizacin. Su integracin, conservacin y resguardo ser competencia de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin, en coordinacin con el Archivo de la Direccin General de Asuntos Jurdicos.

    DGAJ: Direccin General de Asuntos Jurdicos.

    DDNN: Dictaminador/a de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin.

  • 6 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    DNN: Direccin de Naturalizacin y Normalizacin.

    RLN: Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    SRE: Secretara de Relaciones Exteriores.

    SINNA: Sistema Integral de Nacionalidad y Naturalizacin.

    6. Polticas y lineamientos

    1. La Direccin General de Asuntos Jurdicos, Delegaciones Forneas o Representaciones de Mxico en el Exterior expedirn la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    2. La Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, se expedir slo a los mexicanos(as) por nacimiento interesados(as) en acogerse al beneficio de lo dispuesto por el artculo 37, apartado A) de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos por haber adquirido voluntariamente una nacionalidad extranjera antes del 20 de marzo de 1998.

    3. El solicitante de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento deber requisitar el formato DNN-2 de acuerdo a las Consideraciones Generales para el llenado del formato de Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (DNN-2).

    4. Los requisitos generales para la obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento son los siguientes:

    a. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles.

    b. Presentar original y dos fotocopias de la solicitud DNN-2 debidamente requisitada y firmada.

    c. Exhibir copia certificada y una fotocopia del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

    Cuando el registro del nacimiento del solicitante o de los padres sea extemporneo (despus del primer ao de edad), el interesado deber presentar cualquiera de los siguientes documentos:

    I. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si stos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante.

    II. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano(a) mayor expedida por la oficina del registro civil mexicano, si naci en territorio nacional y fue registrado dentro del primer ao de edad.

    III. Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano expedida por la oficina del registro civil mexicano, registrado durante el primer ao de edad.

    IV. Constancia expedida por la autoridad migratoria, de la fecha de internacin al pas del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurri antes de la fecha de nacimiento del interesado(a).

    V. Cotejo notarial de la partida religiosa, si dicho acto se realiz durante el primer ao de edad y en territorio nacional.

    d. Presentar original y dos fotocopias de una identificacin oficial vigente con fotografa.

    e. Exhibir el original y fotocopia del documento con el que acredite que otro estado lo reconoce como su nacional, expedido antes del 20 de marzo de 1998; dicho documento deber reunir lo establecido en el artculo 7 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    Para el caso de aquellas personas que adquirieron la nacionalidad estadounidense antes del 20 de marzo de 1998, este requisito ser cubierto de cualquiera de las dos formas que a continuacin describen:

    Opcin 1:

    Ante la dificultad que representa a las personas interesadas en solicitar la autorizacin de las instancias federales para reproducir su Certificado de Naturalizacin estadounidense, o bien acudir a un notario pblico en el lugar de domicilio a efecto de notarizar el documento, las personas interesadas de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento podrn ir a la oficina del Departamento de Seguridad Interna ms cercana a su domicilio, a fin de obtener una constancia de las autoridades migratorias en las que se indique que el documento es autntico.

    Posteriormente, las personas interesadas debern apostillar el documento descrito en el prrafo anterior ante el Departamento de Estado del lugar en que este hubiera sido expedido, para su entrega ante la representacin consular.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 7

    De escogerse esta opcin, las personas interesadas debern hacer entrega en la representacin consular del original de la constancia de autenticidad debidamente apostillada y se deber hacer una compulsa del Certificado de Nacionalidad estadounidense de las personas interesadas.

    Opcin 2:

    Para obtener la apostilla en el Certificado de Naturalizacin estadounidense no es necesario enviar el documento original a Washington, D.C.; bastar con el envo de una copia certificada del Certificado de Naturalizacin por parte de la oficina local del servicio de ciudadana e inmigracin (uscis). Dicha informacin se encuentra disponible en el siguiente sitio de Internet:

    http://www.uscis.gov/portal/site/uscis/menuitem.5af9bb9599f35e66f614176543f6d1a/?vgnextoid=85e5e6b0eb13d010VgnVCM10000048F3D6A1RCRD&vgnextchannel=54519c7755cb9010VgnVCM10000045f36a1RCRD

    El proceso a seguir para obtener una copia certificada del certificado de nacionalidad estadounidense es el siguiente:

    1. Los interesados(as) debern solicitar una cita en infopass www.uscis.gov o llamar al centro nacional de servicio al cliente (ncsc) al 1-800-375-5283.

    2. Los interesados(as) debern seleccionar el tipo de cita mediante el cual pueda solucionar su problema (deber marcar el crculo descrito como: usted necesita informacin y otros servicios).

    3. Los interesados(as) debern presentar la siguiente informacin:

    a) La notificacin impresa de su cita;

    b) Una identificacin oficial expedida por el gobierno de los Estados Unidos de Amrica, tal como pasaporte o licencia de conducir, vigentes.

    c) El original del certificado de naturalizacin estadounidense.

    Segn informacin proporcionada por la oficina local del uscis en Sacramento, California, no hay costo o cargo alguno por la obtencin de la copia certificada del Certificado de Naturalizacin de los Estados Unidos de Amrica.

    4. Una vez que se obtenga la copia certificada del Certificado de Naturalizacin Estadounidense, este documento deber ser enviado al Departamento de Estado en Washington, D.C. para que sea apostillado, a la siguiente direccin:

    U. S. Department of State Authentications Office Columbia Plaza Store Front 518 23rd Street NW SA-1 Washington, D. C.

    o la persona interesada puede obtener mayor informacin a travs de su sitio en Internet: http://www.state.gov/m/a/auth/

    5. Entregar dos fotografas iguales recientes a color, tamao pasaporte (4.5 x 3.5 cms.) con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta.

    6. Presentar el comprobante de pago de derechos correspondiente, en original.

    Integracin del expediente.

    1. Se abrir un expediente por cada solicitud una vez que el servidor pblico responsable verific que la solicitud est debidamente requisitada y que se renen los requisitos establecidos para la obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    2. Se debern capturar el mismo da de su recepcin en el Sistema de Nacionalidad y Naturalizacin (SINNA) los datos de la solicitud DNN-2, previamente verificados con los documentos anexos al expediente, as como las imgenes biomtricas del solicitante (fotografa, firma y huellas digitales). Asimismo, se debern digitalizar en su totalidad los documentos soporte del trmite; el SINNA asignar automticamente el nmero de expediente que corresponda en orden progresivo, empezando cada ao con el nmero 00001, iniciando con las siglas establecidas conforme a las directrices que a ese respecto hubiere emitido la Direccin General del Acervo Histrico Diplomtico.

  • 8 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    3. Los expedientes se integrarn con la solicitud y los documentos anexos, as como cualquier constancia que se genere al respecto, los cuales debern foliarse progresivamente; es decir, a la solicitud se le asignar el nmero 1 y as sucesivamente a los dems documentos, los cuales debern asegurarse con un broche a fin de evitar extravos.

    4. Una vez integrado el expediente se turna a la Subdireccin de Nacionalidad, o quien tenga a su cargo la responsabilidad de elaborar, actualizar, ejecutar y controlar los expedientes. La Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento se elaborar por duplicado identificando a stos con un folio Non y un folio Par.

    Entrega de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    1. El tiempo de respuesta para el trmite de expedicin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento ser un da hbil a partir de la recepcin de la solicitud.

    2. La Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin entregar al solicitante nicamente la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento que corresponda al insumo con el folio non ya que la del insumo con el folio par se integrar al expediente correspondiente.

    3. Al recibir la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento el solicitante deber firmar como acuse de recibo una copia de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento impresa en el insumo con el folio non.

    7. Descripcin de actividades

    Paso Responsable Actividad Documento de trabajo

    (Clave) 1. Dictaminador(a) de

    la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin

    Recibe del solicitante el formato DNN-2 requisitada y la documentacin correspondiente para obtener la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y verifica que stos cumplan con los requisitos establecidos en las polticas y lineamientos del presente procedimiento.

    Nota: Las polticas y lineamientos del presente procedimiento corresponden a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    - Formato DNN- 2. - Documentacin.

    2. El formato DNN-2 y los documentos entregados cumplen con los requisitos?

    No: Contina en la actividad nmero 3.

    S: Contina en la actividad nmero 4.

    3. Regresa al solicitante la documentacin entregada para solicitar la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, indicando los motivos por los cuales no es posible realizar el trmite y menciona cuales son los documentos faltantes o los que debe corregir.

    Termina procedimiento.

    - Formato DNN- 2. - Documentacin.

    4. Integra el expediente de acuerdo a las polticas y lineamientos del presente procedimiento.

    - Expediente.

    5. Coloca en el formato DNN-2 las huellas digitales de los dedos ndice izquierdo y derecho (tres veces) del personal solicitante, su fotografa y su firma en los espacios correspondientes, coteja las copias presentadas con los documentos originales y plasma sello, firma y fecha.

    Nota: En caso de que el personal solicitante carezca de alguno de los dedos sealados en la presente actividad, podr utilizar cualquier otro, lo cual deber sealarse en el espacio respectivo.

    Nota: El solicitante deber firmar el formato DNN-2, en presencia del personal del servicio pblico que reciba el trmite.

    - Expediente.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 9

    Paso Responsable Actividad Documento de trabajo

    (Clave) 6. Indica al solicitante que deber pasar al Mdulo de Captura para

    que le sean tomados los biomtricos. - Expediente.

    7. Dictaminador(a) de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin

    Turna el expediente a la Subdireccin de Nacionalidad para su revisin y autorizacin de la captura de la informacin en el SINNA.

    Nota: En caso de ausencia del Subdirector/a de Nacionalidad, la revisin y autorizacin podr ser solicitada al Director(a) de Nacionalidad y Naturalizacin.

    - Expediente.

    8. Subdireccin de Nacionalidad

    Recibe el expediente y revisa su contenido. - Expediente.

    9. El expediente cuenta con la informacin completa y correcta?

    No: Contina en la actividad nmero 10.

    S: Contina en la actividad nmero 12.

    10. Devuelve el expediente al Dictaminador(a) de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin con la indicacin de que no se autoriza la captura en el SINNA por presentarse informacin faltante o errnea.

    - Expediente.

    11. Dictaminador(a) de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin

    Recibe el expediente, devuelve la documentacin al solicitante, informndole los motivos por los cuales no es posible realizar el trmite y menciona cuales son los documentos faltantes o los que debe corregir.

    Termina procedimiento.

    - Expediente. - Documentacin.

    12. Subdireccin de Nacionalidad

    Firma el Dictamen de Procedencia para autorizar el trmite y devuelve el expediente al Dictaminador(a) de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin.

    - Expediente. - Dictamen de

    procedencia.

    13. Dictaminador(a) de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin

    Recibe el expediente autorizado y lo enva al Mdulo de Captura para ingresar los datos en el SINNA.

    - Expediente.

    14. Mdulo de captura Captura en el SINNA los datos del formato DNN-2 y toma los biomtricos del solicitante (fotografa, firma y huellas digitales).

    Nota: Los biomtricos podrn ser tomados en vivo o, en su caso, escaneados del formato DNN-2, el mismo da de su recepcin en el SINNA.

    - Expediente.

    15. Mdulo de captura Entrega al solicitante fotocopia del formato DNN-2 como acuse de recibo, debidamente sellado con la anotacin de la fecha del da en que lo present y entrega el expediente al Area de Digitalizacin.

    - Expediente. - Copia del formato

    DNN-2.

    16. Area de Digitalizacin

    Recibe el expediente, digitaliza la documentacin contenida en el mismo y lo devuelve al Mdulo de Captura.

    - Expediente.

    17. Mdulo de captura Recibe el expediente y lo turna a la Subdireccin de Nacionalidad para la elaboracin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    - Expediente.

    18. Subdireccin de Nacionalidad

    Recibe el expediente, imprime la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y la turna a la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin para su firma.

    - Expediente. - DNMN.

  • 10 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    Paso Responsable Actividad Documento de trabajo

    (Clave) 19. Direccin de

    Nacionalidad y Naturalizacin

    Recibe el expediente junto con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y revisa que los datos contenidos en la documentacin entregada por el solicitante coincidan con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    - Expediente. - DNMN.

    20. Coinciden los datos de la documentacin y de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento?

    No: Contina en la actividad nmero 21.

    S: Contina en la actividad nmero 22.

    21. Entrega a la Subdireccin de Nacionalidad el expediente junto con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y le indica la discrepancia detectada.

    Regresa a la actividad nmero 18.

    - Expediente. - DNMN.

    22. Entrega a la Subdireccin de Nacionalidad el expediente junto con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento firmada.

    - Expediente. - DNMN.

    23. Subdireccin de Nacionalidad

    Recibe el expediente junto con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento firmada, fotocopia el insumo Non, coloca el sello de acuse de recibo en la copia y turna al Dictaminador(a) de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin para la entrega de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento al interesado.

    - Expediente. - DNMN.

    24. Dictaminador(a) de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin

    Recibe el expediente y solicita al interesado(a) una identificacin oficial con fotografa, verifica que sea la misma persona y procede a entregar la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento mediante acuse de recibo.

    - Expediente. - DNMN. - Acuse de recibo.

    25. Integra al expediente el acuse de recibo de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y el insumo Par de ste, y enva al Area de Digitalizacin.

    - Expediente. - Acuse de recibo. - DNMN (insumo

    par).

    26. Area de Digitalizacin

    Recibe el expediente, lo digitaliza y entrega al Archivo de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin mediante una relacin de expedientes que se bajan al archivo para su guarda y custodia.

    - Expediente. - Relacin de

    expedientes. - DNMN (insumo

    par).

    27. Archivo de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin

    Recibe el expediente junto con la relacin de expedientes y concentra la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento en los libros de registro para su conservacin.

    Nota 1: Los Libros de Registro de documentos de nacionalidad mexicana por nacimiento y por naturalizacin, as como sus respectivos expedientes, son clasificados como confidenciales por contener datos personales, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental, con las excepciones previstas en el citado ordenamiento legal (Art. 24 RLN).

    Nota 2: Los Libros de Registro sern anuales, se integrarn conforme dichos documentos se vayan expidiendo y se foliarn consecutivamente (Art. 25 RLN).

    Fin de procedimiento.

    - Expediente. - Relacin de

    expedientes. - DNMN (insumo

    par).

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 11

    8. Diagrama de flujo

  • 12 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    8. Diagrama de flujo (contina).

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 13

    8. Diagrama de flujo (contina).

  • 14 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    8. Diagrama de flujo (contina).

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 15

    9. Formatos y anexos.

    10. Disposiciones transitorias.

    PRIMERO. El presente documento es la versin nmero 0 del procedimiento denominado Obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento en Oficinas Centrales, mismo que forma parte integral del Manual de Procedimientos de la Direccin General de Asuntos Jurdicos.

    SEGUNDO. El presente procedimiento entrar en vigor a partir del 15 de octubre de 2012 y hasta que sea expedida una nueva versin que lo deje sin efectos.

  • 16 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    PROCEDIMIENTO

    OBTENCION DE LA DECLARATORIA DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO A TRAVES DE LAS REPRESENTACIONES DE MEXICO EN EL EXTERIOR, ASI COMO DE LAS

    DELEGACIONES FORANEAS DE LA SRE

    (PR-DGAJ-16)

    DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION, ORGANIZACION Y PRESUPUESTO.

    Emb. Patricia Espinosa Cantellano.

    Secretaria.

    Julio Camarena Villaseor.

    Oficial Mayor.

    Luis Mariano Hermosillo Sosa.

    Director General de Programacin, Organizacin y Presupuesto.

    Lic. Sandra Elisa Hernndez Ortiz.

    Directora General de Asuntos Jurdicos.

    Mnica Prez Lpez.

    Directora General Adjunta de Organizacin, Soporte Operativo y Contabilidad - DGPOP.

    Lic. Gerardo Guerrero Gmez.

    Director General Adjunto de Asuntos Jurdicos - DGAJ.

    Irma Garca Meja.

    Directora de Nacionalidad y Naturalizacin - DGAJ.

    Berenice Bonilla Rojas.

    Subdirectora de Organizacin - DGPOP.

    Dictamin:

    Elizabeth Gonzlez Daz.

    Enlace de alta responsabilidad - DGPOP.

    Marzo de 2012.

    PR-DGAJ-16.

    Versin 0.

    Procedimiento PR-DGAJ-16

    Obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento a travs de las

    Representaciones de Mxico en el Exterior, as como de las Delegaciones Forneas de la SRE

    Fecha: 01/03/2012

    Versin: 0

    Pgina: de

    Unidad Administrativa: Direccin General de Asuntos Jurdicos. rea Responsable: Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin.

    1. Propsito del procedimiento

    Contar con un instrumento de apoyo administrativo que permita conocer en forma ordenada y sistemtica las actividades necesarias para expedir una Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, de acuerdo a la normatividad (Ley de Nacionalidad y su Reglamento), de la Direccin General de Asuntos Jurdicos, la cual se implementa a travs de las Delegaciones Forneas y Representaciones de Mxico en el Exterior.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 17

    2. Alcance

    El presente procedimiento aplica a la Direccin General de Asuntos Jurdicos, el cual se implementa a travs de las Delegaciones Forneas y Representaciones de Mxico en el Exterior.

    3. Marco Jurdico

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal.

    Ley de Migracin.

    Ley de Nacionalidad.

    Ley Federal de Derechos.

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental.

    Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental.

    Reglamento Interior de la Secretara de Relaciones Exteriores.

    Acuerdo por el que se delegan Facultades en los Servidores Pblicos de la Secretara de Relaciones Exteriores que se indican (D.O.F. 28.IV.2005).

    Acuerdo por el que se dan a conocer las formalidades necesarias para que los particulares efecten los trmites de nacionalidad y naturalizacin, as como los formatos denominados DNN-1, que corresponde a la solicitud de certificado de nacionalidad mexicana; DNN-2, que corresponde a la solicitud de declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento; DNN-3, que corresponde a la solicitud de carta de naturalizacin, y DNN-4, que corresponde a la solicitud de copias certificadas de documentos de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalizacin, as como sus instructivos de llenado (D.O.F. 25.V.2010).

    Directrices de la Direccin General del Acervo Histrico Diplomtico.

    4. Responsabilidades

    La Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin es la responsable de la elaboracin y actualizacin del presente procedimiento.

    Los titulares de las Representaciones de Mxico en el exterior y de las Delegaciones Forneas son los responsables de la supervisin y cumplimiento del presente procedimiento.

    5. Definiciones

    Biomtricos: Mtodos para el reconocimiento nico de interesados basados en uno o ms rasgos conductuales o fsicos intrnsecos (Fotografa, firma y huellas digitales).

    Cnsul: El funcionario del Estado mexicano acreditado ante el gobierno de otro pas que realiza las funciones a que se refiere la fraccin XV del artculo 1-Bis de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

    Copia certificada: Reproduccin fiel y exacta que se realiza por un servidor pblico en el ejercicio de su cargo de los documentos originales.

    Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (DNMN): Instrumento jurdico de recuperacin de la nacionalidad mexicana.

    Formato DNN-2: Solicitud de Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento mediante la cual el interesado solicita se declare la nacionalidad mexicana por nacimiento.

    Libros de registro: Concentrado de documentos, los cuales se clasificarn en: Declaratorias de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, Certificados de Nacionalidad Mexicana y Cartas de Naturalizacin. Su integracin, conservacin y resguardo ser competencia de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin, en coordinacin con el Archivo de la Direccin General de Asuntos Jurdicos.

    DGAJ: Direccin General de Asuntos Jurdicos.

    DDF: Dictaminador de la Delegacin Fornea.

    DRME: Dictaminador(a) de la RME.

    RLN: Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    RME: Representaciones de Mxico en el Exterior.

  • 18 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    SRE: Secretara de Relaciones Exteriores.

    SINNA: Sistema Integral de Nacionalidad y Naturalizacin.

    6. Polticas y lineamientos

    1. La Direccin General de Asuntos Jurdicos, Delegaciones Forneas o Representaciones de Mxico en el Exterior expedirn la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    2. La Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, se expedir slo a los mexicanos por nacimiento interesados(as) en acogerse al beneficio de lo dispuesto por el artculo 37, apartado A) de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos por haber adquirido voluntariamente una nacionalidad extranjera antes del 20 de marzo de 1998.

    3. El solicitante de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento deber requisitar el formato DNN-2 de acuerdo a las Consideraciones Generales para el llenado del formato de Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (DNN-2).

    4. Los requisitos generales para la obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento son los siguientes:

    a. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles.

    b. Presentar original y dos fotocopias de la solicitud debidamente requisitada y firmada.

    c. Exhibir copia certificada y una fotocopia del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

    Cuando el registro del nacimiento del solicitante o de los padres sea extemporneo (despus del primer ao de edad), el interesado(a) deber presentar cualquiera de los siguientes documentos:

    I. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si stos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante.

    II. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano(a) mayor expedida por la oficina del registro civil mexicano, si naci en territorio nacional y fue registrado dentro del primer ao de edad.

    III. Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano expedida por la oficina del registro civil mexicano, registrado durante el primer ao de edad.

    IV. Constancia expedida por la autoridad migratoria, de la fecha de internacin al pas del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurri antes de la fecha de nacimiento del interesado(a).

    V. Cotejo notarial de la partida religiosa, si dicho acto se realiz durante el primer ao de edad y en territorio nacional.

    d. Presentar original y dos fotocopias de una identificacin oficial vigente con fotografa.

    e. Exhibir el original y fotocopia del documento con el que acredite que otro estado lo reconoce como su nacional, expedido antes del 20 de marzo de 1998; dicho documento deber reunir lo establecido en el artculo 7 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    Para el caso de aquellas personas que adquirieron la nacionalidad estadounidense antes del 20 de marzo de 1998, este requisito ser cubierto de cualquiera de las dos formas que a continuacin describen:

    Opcin 1:

    Ante la dificultad que representa a las personas interesadas solicitar la autorizacin de las instancias federales para reproducir su Certificado de Naturalizacin estadounidense, o bien acudir a un notario pblico en el lugar de domicilio a efecto de notarizar el documento, el solicitante de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento podr ir a la oficina del Departamento de Seguridad Interna ms cercana a su domicilio, a fin de obtener una constancia de las autoridades migratorias en las que se indique que el documento es autntico.

    Posteriormente, las personas interesadas debern apostillar el documento descrito en el prrafo anterior ante el Departamento de Estado del lugar en que ste hubiera sido expedido, para su entrega ante la representacin consular.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 19

    De escogerse esta opcin, el interesado deber hacer entrega en la representacin consular del original de la constancia de autenticidad debidamente apostillada y se deber hacer una compulsa del Certificado de Nacionalidad estadounidense del interesado.

    Opcin 2:

    Para obtener la apostilla en el Certificado de Naturalizacin estadounidense no es necesario enviar el documento original a Washington, D.C.; bastar con el envo de una copia certificada del Certificado de Naturalizacin por parte de la oficina local del servicio de ciudadana e inmigracin (uscis). Dicha informacin se encuentra disponible en el siguiente sitio de Internet:

    http://www.uscis.gov/portal/site/uscis/menuitem.5af9bb9599f35e66f614176543f6d1a/?vgnextoid=85e5e6b0eb13d010VgnVCM10000048F3D6A1RCRD&vgnextchannel=54519c7755cb9010VgnVCM10000045f36a1RCRD

    El proceso a seguir para obtener una copia certificada del certificado de nacionalidad estadounidense es el siguiente:

    1. Los interesado(as) debern solicitar una cita en infopass www.uscis.gov o llamar al centro nacional de servicio al cliente (ncsc) al 1-800-375-5283.

    2. Los interesados(as) debern seleccionar el tipo de cita mediante el cual pueda solucionar su problema (deber marcar el crculo descrito como: usted necesita informacin y otros servicios).

    3. Los interesados(as) debern presentar la siguiente informacin:

    a) La notificacin impresa de su cita;

    b) Una identificacin oficial expedida por el gobierno de los Estados Unidos de Amrica, tal como pasaporte o licencia de conducir, vigentes.

    c) El original del certificado de naturalizacin estadounidense.

    Segn informacin proporcionada por la oficina local del uscis en Sacramento, California, no hay costo o cargo alguno por la obtencin de la copia certificada del Certificado de Naturalizacin de los Estados Unidos de Amrica.

    4. Una vez que se obtenga la copia certificada del Certificado de Naturalizacin estadounidense, este documento deber ser enviado al Departamento de Estado en Washington, D.C. para que sea apostillado, a la siguiente direccin:

    U. S. Department of State Authentications Office Columbia Plaza Store Front 518 23rd Street NW SA-1 Washington, D.C.

    o la persona interesada puede obtener mayor informacin a travs de su sitio en Internet: http://www.state.gov/m/a/auth/

    5. Entregar dos fotografas iguales recientes a color, tamao pasaporte (4.5 x 3.5 cms.) con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta.

    6. Presentar el comprobante de pago de derechos correspondiente, en original.

    INTEGRACION DEL EXPEDIENTE.

    1. Se abrir un expediente por cada solicitud una vez que el servidor pblico responsable verific que la solicitud est debidamente requisitada y que se renen los requisitos establecidos para la obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    2. Se debern capturar el mismo da de su recepcin en el Sistema de Nacionalidad y Naturalizacin (SINNA) los datos de la solicitud DNN-2, previamente verificados con los documentos anexos al expediente, as como las imgenes biomtricas del solicitante (fotografa, firma y huellas digitales). Asimismo, se debern digitalizar en su totalidad los documentos soporte del trmite; el SINNA asignar automticamente el nmero de expediente que corresponda en orden progresivo, empezando cada ao con el nmero 00001, iniciando con las siglas establecidas conforme a las directrices que a ese respecto hubiere emitido la Direccin General del Acervo Histrico Diplomtico.

    3. Los expedientes se integrarn con la solicitud y los documentos anexos, as como cualquier constancia que se genere al respecto, los cuales debern foliarse progresivamente; es decir, a la solicitud se le asignar el nmero 1 y as sucesivamente a los dems documentos, los cuales debern asegurarse con un broche a fin de evitar extravos.

  • 20 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    4. Una vez integrado el expediente se turna a la Subdireccin de Nacionalidad, o quien tenga a su cargo la responsabilidad de elaborar, actualizar, ejecutar y controlar los expedientes. La Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento se elaborar por duplicado identificando a estos con un folio Non y un folio Par.

    ENTREGA DE LA DECLARATORIA DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO

    1. El tiempo de respuesta para el trmite de expedicin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento ser un da hbil a partir de la recepcin de la solicitud.

    2. Las Delegaciones Forneas y Representaciones de Mxico en el Exterior, entregarn al solicitante nicamente la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento que corresponda al insumo con el folio non ya que la del insumo con el folio par se integrar al expediente correspondiente.

    3. Al recibir la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento el solicitante deber firmar como acuse de recibo una copia de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento impresa en el insumo con el folio non.

    7. Descripcin de actividades

    Paso Responsable Actividad Documento de trabajo

    (Clave)

    1. Dictaminador(a) de la RME o Dictaminador(a) de la Delegacin Fornea

    Recibe del solicitante el formato DNN-2 requisitado y la documentacin correspondiente para obtener la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y verifica que stos cumplan con los requisitos establecidos en las polticas y lineamientos del presente procedimiento.

    Nota: Las polticas y lineamientos del presente procedimiento corresponden a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    - Formato DNN- 2.

    - Documentacin.

    2. El formato DNN-2 y los documentos entregados cumplen con los requisitos?

    No: Contina en la actividad nmero 3. S: Contina en la actividad nmero 4.

    3. Regresa al solicitante la documentacin entregada para solicitar la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, indicando los motivos por los cuales no es posible realizar el trmite y menciona cules son los documentos faltantes o los que debe corregir.

    Termina procedimiento

    - Formato DNN- 2.

    - Documentacin.

    4. Integra el expediente de acuerdo a las polticas y lineamientos del presente procedimiento.

    - Expediente.

    5. Coloca en el formato DNN-2 las huellas digitales de los dedos ndice izquierdo y derecho (tres veces) del solicitante, su fotografa y su firma en los espacios correspondientes, coteja las copias presentadas con los documentos originales y plasma sello, firma y fecha.

    Nota: En caso de que el solicitante carezca de alguno de los dedos sealados en la presente actividad, podr utilizar cualquier otro, lo cual deber sealarse en el espacio respectivo.

    Nota: El solicitante deber firmar el formato DNN-2, en presencia del personal del servicio pblico que reciba el trmite.

    - Expediente.

    6. Entrega al solicitante el acuse de recibo. - Acuse de recibo.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 21

    7. Dictaminador(a) de la RME o Dictaminador(a) de la Delegacin Fornea

    Turna el expediente al Cnsul o Subdelegado(a) para su revisin y autorizacin de la captura de la informacin en el SINNA.

    Nota: En caso de ausencia del Subdelegado(a), la revisin y autorizacin podr ser solicitada al Delegado(a) o Cnsul Adscrito(a) o Jefe(a) de Cancillera.

    - Expediente.

    8. Cnsul o Subdelegado(a)

    Recibe el expediente y revisa su contenido. - Expediente.

    9. El expediente cuenta con la informacin completa y correcta?

    No: Contina en la actividad nmero 10. S: Contina en la actividad nmero 12.

    10. Devuelve el expediente al Dictaminador(a) de la RME o al Dictaminador(a) de la Delegacin Fornea con la indicacin de que no se autoriza la captura en el SINNA por presentarse informacin faltante o errnea.

    - Expediente.

    11. Dictaminador(a) de la RME o Dictaminador(a) de la Delegacin Fornea

    Recibe el expediente, devuelve la documentacin al solicitante, informndole los motivos por los cuales no es posible realizar el trmite y menciona cules son los documentos faltantes o los que debe corregir.

    Termina procedimiento

    - Expediente.

    - Documentacin.

    12. Cnsul o Subdelegado(a)

    Firma el Dictamen de Procedencia para autorizar el trmite y devuelve el expediente al Dictaminador(a) de la RME o Dictaminador(a) de la Delegacin Fornea.

    - Expediente.

    - Dictamen de procedencia.

    13. Dictaminador(a) de la RME o Dictaminador(a) de la Delegacin Fornea

    Recibe el expediente autorizado y lo enva al Mdulo de Captura para la captura de datos en el SINNA.

    - Expediente.

    14. Mdulo de captura Captura en el SINNA los datos del formato DNN-2 y toma los biomtricos del solicitante (fotografa, firma y huellas digitales).

    Nota: Los biomtricos podrn ser tomados en vivo o, en su caso, escaneados del formato DNN-2, el mismo da de su recepcin en el SINNA.

    - Expediente.

    15. Mdulo de captura Entrega al solicitante fotocopia del formato DNN-2 como acuse de recibo, debidamente sellado con la anotacin de la fecha del da en que lo present y entrega el expediente al Area de Digitalizacin.

    - Expediente.

    - Copia del formato DNN-2.

    16. Area de Digitalizacin

    Recibe el expediente, digitaliza la documentacin contenida en el mismo y lo devuelve al Mdulo de Captura.

    - Expediente.

    17. Mdulo de captura Recibe el expediente y lo turna al Cnsul o Subdelegado(a) para la elaboracin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    - Expediente.

    18. Cnsul o Subdelegado(a)

    Recibe el expediente, imprime la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y la turna al Titular de la RME o Delegado(a) para su firma.

    - Expediente.

    - DNMN.

    19. Titular de la RME o Delegado(a)

    Recibe el expediente junto con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y revisa que los datos contenidos en la documentacin entregada por el solicitante coincidan con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento.

    - Expediente.

    - DNMN.

  • 22 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    20. Coinciden los datos de la documentacin y de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento?

    No: Contina en la actividad nmero 21. S: Contina en la actividad nmero 22.

    21. Entrega al Cnsul o Subdelegado(a) el expediente junto con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y le indica la discrepancia detectada. Regresa a la actividad nmero 18.

    - Expediente. - DNMN.

    22. Entrega al Cnsul o Subdelegado(a) el expediente junto con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento firmada.

    - Expediente. - DNMN.

    23. Cnsul o Subdelegado(a)

    Recibe el expediente junto con la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento firmada, fotocopia el insumo Non, coloca el sello de acuse de recibo en la copia y turna al Dictaminador(a) de la RME o Dictaminador(a) de la Delegacin Fornea para la entrega de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento al interesado(a).

    - Expediente. - DNMN.

    24. Dictaminador(a) de la RME o Dictaminador(a) de la Delegacin Fornea

    Recibe el expediente y solicita al interesado(a) una identificacin oficial con fotografa, verifica que sea el mismo y procede a entregar la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento mediante acuse de recibo.

    - Expediente. - DNMN. - Acuse de recibo.

    25. Integra al expediente el acuse de recibo de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento y el insumo Par de ste, y enva al Area de Digitalizacin.

    - Expediente. - Acuse de recibo. - DNMN (insumo

    par). 26. Area de

    Digitalizacin Recibe el expediente, lo digitaliza y elabora la relacin de expedientes.

    - Expediente. - Relacin de

    expedientes. - DNMN (insumo

    par). 27. Enva para su guarda y custodia el expediente, la Declaratoria

    de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (insumo Par) y la relacin de expedientes por medio de valija diplomtica a la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin de la Direccin General de Asuntos Jurdicos.

    - Expediente. - Relacin de

    expedientes. - DNMN (insumo

    par). 28. Direccin de

    Nacionalidad y Naturalizacin

    Recibe el expediente, la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (insumo Par) y la relacin de expedientes, y turna la documentacin al archivo.

    - Expediente. - Relacin de

    expedientes. - DNMN (insumo

    par). 29. Archivo de la

    Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin

    Recibe el expediente junto con la relacin de expedientes y concentra la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento en los libros de registro para su conservacin. Nota 1: Los Libros de Registro de documentos de nacionalidad mexicana por nacimiento y por naturalizacin, as como sus respectivos expedientes, son clasificados como confidenciales por contener datos personales, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental, con las excepciones previstas en el citado ordenamiento legal. (Art. 24 RLN). Nota 2: Los Libros de Registro sern anuales, se integrarn conforme dichos documentos se vayan expidiendo y se foliaran consecutivamente (Art. 25 RLN). Fin de procedimiento.

    - Expediente. - Relacin de

    expedientes. - DNMN (insumo

    par).

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 23

    8. Diagrama de flujo (contina)

    Expediente.

    Acuse de recibo.

    Expediente.

    Formato DNN-2.

    Documentacin.

    Formato DNN-2.

    Documentacin.

    Nota: En caso de ausenci a delSubdel egado(a), la revisin yautorizacin podr ser solicitada alDelegado(a) o Cnsul Adscrito(a) oJefe (a) de Cancillera.

    Nota: Las polticas y lineamientosdel presente pr ocedimientocorresponden a lo establecido enel Reglamento de la Ley deNacionalidad.

    INICIO

    1

    Recibir del solicitante el formatoDNN-2 requisitado y ladocumentacin correspondientepara obtener la DNMN yverificar que cumplan conlos requisitos establecidos.

    8

    6

    Entregar al solicitante elacuse de recibo.

    7

    Turnar el expediente al Cnsulo Subdelegado(a) para revisary autorizar la captura de lainformacin en el SINNA.

    NO

    S

    23

    Regresar al solicitante ladocumentacin entregada parasolicitar la DNMN, indicar losmotivos de su rechazo ymencionar cuales son los

    documentos faltantes.

    4

    Integrar el expediente deacuerdo a las polticas ylineamientos del presenteprocedimiento.

    5

    Coloca en el formato DNN-2 lashuellas digitales de los dedosndice izquierdo y derecho delsolicitante, fotografiar y firmar,cotejar las copias presentadascon los documentos originales.

    TERMINA PROCEDIMIENTO

    Nota: En caso de que el solicitante carezca dealguno de los dedos sealados en la presenteactividad, podr utilizar cualquier otr o, lo cualdeber sealarse en el espacio respectivo.

    Nota: El solicitante deber firmar el formatoDNN-2 en presencia del personal del serviciopblico que reciba el trmite.

    Expediente.

    El formato DNN-2 y los documentos

    entregados cumplen los requisitos?

  • 24 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    8. Diagrama de flujo (contina)

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 25

    8. Diagrama de flujo (contina)

  • 26 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    8. Diagrama de flujo

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 27

    9. Formatos y anexos.

  • 28 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    10. Disposiciones transitorias.

    PRIMERO. El presente documento es la versin nmero 0 del procedimiento denominado Obtencin de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento a travs de las Representaciones de Mxico en el Exterior, as como de las Delegaciones Forneas de la SRE, mismo que forma parte integral del Manual de Procedimientos de la Direccin General de Asuntos Jurdicos.

    SEGUNDO. El presente procedimiento entrar en vigor a partir del 15 de octubre 2012 y hasta que sea expedida una nueva versin que lo deje sin efectos.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 29

    PROCEDIMIENTO

    OBTENCION DE LA CARTA DE NATURALIZACION

    EN DELEGACIONES FORANEAS

    (PR-DGAJ-17)

    DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION, ORGANIZACION Y PRESUPUESTO.

    Emb. Patricia Espinosa Cantellano.

    Secretaria.

    Julio Camarena Villaseor.

    Oficial Mayor.

    Luis Mariano Hermosillo Sosa.

    Director General de Programacin, Organizacin y Presupuesto.

    Lic. Sandra Elisa Hernndez Ortiz.

    Directora General de Asuntos Jurdicos.

    Mnica Prez Lpez.

    Directora General Adjunta de Organizacin, Soporte Operativo y Contabilidad - DGPOP.

    Segundo Secretario Gerardo Guerrero Gmez.

    Director General Adjunto de Asuntos Jurdicos.

    Irma Garca Meja.

    Directora de Nacionalidad y Naturalizacin DGAJ.

    Lic. Christianne Guadalupe Prez Rivera.

    Subdirectora de Naturalizacin DGAJ.

    Dictamin:

    Berenice Bonilla Rojas.

    Subdirectora de Organizacin - DGPOP.

    Elizabeth Gonzlez Daz.

    Enlace de alta responsabilidad - DGPOP.

    Julio de 2012.

    PR-DGAJ-17.

    Versin 0.

    Procedimiento PR-DGAJ-17

    Obtencin de la Carta de Naturalizacin en Delegaciones Forneas

    Fecha: 01/03/2012

    Versin: 0

    Pgina: de

    Unidad Administrativa: Direccin General de Asuntos Jurdicos rea Responsable: Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin.

    1. Propsito

    Contar con un instrumento de apoyo administrativo que permita conocer en forma ordenada y sistemtica las actividades a seguir para la expedicin de las Cartas de Naturalizacin en la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin, cuando las Delegaciones Forneas funjan como oficinas receptoras de los requisitos correspondientes, de acuerdo a la normatividad aplicable (Ley de Nacionalidad y su Reglamento).

  • 30 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    2. Alcance

    El presente procedimiento aplica a la Direccin General de Asuntos Jurdicos, a la Direccin General Adjunta de Asuntos Jurdicos, a la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin, a la Subdireccin de Naturalizacin, al Departamento de Naturalizacin y a las Delegaciones Forneas de la Secretara de Relaciones Exteriores.

    3. Marco jurdico

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal.

    Ley de Nacionalidad y su Reglamento.

    Ley de Migracin.

    Ley Federal de Derechos.

    Ley General de Poblacin y su Reglamento.

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental y su Reglamento.

    Reglamento Interior de la Secretara de Relaciones Exteriores.

    Acuerdo por el que se delegan Facultades en los Servidores Pblicos de la Secretara de Relaciones Exteriores que se indican, en vigor.

    Acuerdo por el que se dan a conocer las formalidades necesarias para que los particulares efecten los trmites de Nacionalidad y Naturalizacin, as como los formatos denominados DNN-1, que corresponde a la solicitud de certificado de nacionalidad mexicana por nacimiento, DNN-2, que corresponde a la solicitud de declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento; DNN-3, que corresponde a la solicitud de carta de naturalizacin, y DNN-4, que corresponde a la solicitud de copias certificadas de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalizacin, as como sus instructivos de llenado (D.O.F. 25.V.2010).

    Directrices de la Direccin General del Acervo Histrico Diplomtico.

    4. Responsabilidades

    La Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin y la Subdireccin de Naturalizacin son las responsables de la elaboracin y actualizacin del presente procedimiento.

    Los titulares de las Delegaciones Forneas son las responsables de la supervisin y cumplimiento del presente procedimiento.

    La Direccin General Adjunta de Asuntos Jurdicos y la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin son las responsables de la supervisin del cumplimiento del presente procedimiento.

    5. Definiciones

    Carta de Naturalizacin (CN): Instrumento jurdico por el cual se acredita el otorgamiento de la nacionalidad mexicana a los extranjeros.

    Certificado de Nacionalidad Mexicana: Instrumento jurdico por el cual se reconoce la nacionalidad mexicana por nacimiento y que no se ha adquirido otra nacionalidad.

    Comisin Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR): Organismo intersecretarial de carcter permanente, creado por Acuerdo Presidencial el 22 de julio de 1980, ante el flujo de refugiados centroamericanos que llegaron a Mxico.

    Coordinacin General de la COMAR: Organo desconcentrado de la Secretara de Gobernacin, encargado de ejecutar programas y acciones de proteccin y asistencia institucional a refugiados, en cumplimiento de las funciones de la COMAR.

    Consuno: Vivir en unin de comn acuerdo.

    Copia certificada: Reproduccin fiel y exacta que se realiza por un servidor pblico en el ejercicio de su cargo de los documentos originales.

    CURP: Clave Unica de Registro de Poblacin.

    Documento migratorio: Documento que expide la Secretara de Gobernacin a travs del Instituto Nacional de Migracin a los extranjeros que residen legalmente en territorio nacional.

    Formato DNN-3: Solicitud para la expedicin de Carta de Naturalizacin.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 31

    Instituto Nacional de Migracin (INM): Organismo tcnico desconcentrado de la Secretara de Gobernacin que emite la opinin a que se refiere el artculo 23 de la Ley de Nacionalidad sobre los extranjeros que solicitan la Carta de Naturalizacin.

    Legalizacin o Apostilla: Requisito de certificacin que deben contener los documentos pblicos que proceden del extranjero para que surtan efectos legales en territorio nacional.

    Libros de registro: Concentrado de documentos, los cuales se clasificaran en: Declaratorias de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento, Certificados de Nacionalidad Mexicana y Cartas de Naturalizacin.

    Patria potestad: Facultad que ejercen los padres, abuelos o adoptantes sobre los menores de edad.

    Refugiado: A todo extranjero que se encuentre en territorio nacional y que sea reconocido como refugiado por parte de las autoridades competentes, conforme a los tratados y convenios internacionales de que es parte el Estado Mexicano y a la legislacin vigente.

    SINNA: Sistema Integral de Nacionalidad y Naturalizacin.

    DDF: Dictaminador de la Delegacin Fornea.

    DDNN: Dictaminador de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin.

    DGAJ: Direccin General de Asuntos Jurdicos.

    DGD: Direccin General de Delegaciones.

    DNN: Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin.

    LGP: Ley General de Poblacin.

    RLN: Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

    RNP: Registro Nacional de Poblacin.

    SDF: Subdelegado de la Delegacin Fornea.

    SEGOB: Secretara de Gobernacin.

    SN: Subdireccin de Naturalizacin.

    SRE: Secretara de Relaciones Exteriores.

    6. Polticas y lineamientos

    La Secretara de Relaciones Exteriores a travs de la Direccin General de Asuntos Jurdicos expedir la Carta de Naturalizacin de acuerdo a las siguientes polticas y lineamientos:

    1. El solicitante de la Carta de Naturalizacin deber requisitar el formato DNN-3 de acuerdo a las Consideraciones Generales para el llenado del formato de Carta de Naturalizacin (DNN-3) y de acuerdo a la modalidad requerida por el mismo.

    2. Los requisitos generales para la obtencin de la Carta de Naturalizacin son los siguientes:

    a) Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles.

    b) Presentar original y dos fotocopias de la solicitud debidamente requisitada y firmada.

    c) Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas (incluidas las pastas) del documento migratorio vigente, con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la SEGOB, con el que el solicitante acredite su legal estancia (Art. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante, uno, dos o cinco aos inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, dependiendo de la modalidad que proceda, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del que se desprenda la CURP.

    d) Entregar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera, expedida por la oficina del registro civil correspondiente, debidamente legalizada o apostillada y traducida al espaol. Se podr exceptuar de este requisito al solicitante que la Secretara de Gobernacin por conducto de la Comisin Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), considere como refugiado.

  • 32 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    Los documentos de procedencia extranjera que se presenten dentro de los procedimientos y trmites contemplados por la Ley y su Reglamento, debern estar debidamente legalizados por el representante diplomtico o consular mexicano del lugar de su expedicin o, en su caso, apostillados por la autoridad competente del pas emisor, as como traducidos al espaol por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. (Art. 7 RLN).

    e) Presentar original y dos fotocopias de todas las pginas del pasaporte extranjero (incluidas las pastas) o, en su caso del documento de identidad y viaje, vigentes.

    f) Presentar el original y dos fotocopias de un escrito bajo protesta de decir verdad en el que el solicitante seale con claridad el nmero de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el pas en el trmino de uno, dos o cinco aos, segn corresponda, para el cmputo de ausencias, a que se refiere el art. 21 de la Ley de Nacionalidad.

    g) Entregar original y dos fotocopias de la constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local, dependiendo del lugar de su residencia.

    h) Acreditar que sabe hablar espaol, que conoce la historia del pas y que est integrado a la cultura nacional, para lo cual deber presentar y aprobar el examen de acuerdo a los contenidos aprobados por el Instituto Matas Romero de la Secretara de Relaciones Exteriores. En el caso del extranjero al que la Secretara de Gobernacin considere refugiado, as como cuando se trate de menores de edad y personas mayores de sesenta aos, ser suficiente que acrediten saber hablar espaol.

    i) Entregar dos fotografas iguales recientes a color, tamao pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta.

    j) Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original y fotocopia.

    3. La residencia en territorio nacional se acreditar con el documento migratorio del inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con excepcin de los solicitantes a los que la Secretara de Gobernacin (COMAR) considere refugiados (Art. 14 RLN).

    4. Adems de los requisitos anteriores, el interesado en obtener la nacionalidad mexicana por naturalizacin deber cumplir con los requisitos que a continuacin se indican, atendiendo a la modalidad que el solicitante seleccione:

    A) Por residencia

    Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas del documento migratorio vigente (incluidas las pastas), con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante cinco aos inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del documento migratorio deber desprenderse la CURP.

    B) Por ser descendiente de un mexicano en lnea recta

    Para demostrar la filiacin deber presentar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana, del ascendiente mexicano.

    Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas del documento migratorio vigente (incluidas las pastas), con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante dos aos inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del documento migratorio deber desprenderse la CURP.

    C) Por tener hijos mexicanos por nacimiento

    Para demostrar la filiacin deber presentar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento de los hijos expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 33

    Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas del documento migratorio vigente (incluidas las pastas), con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante dos aos inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del documento migratorio deber desprenderse la CURP.

    D) Por ser originario de un pas latinoamericano o de la Pennsula Ibrica

    Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas del documento migratorio vigente (incluidas las pastas), con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante dos aos inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del documento migratorio deber desprenderse la CURP.

    E) Por haber prestado servicios o realizado obras destacadas en materia cultural, social, cientfica, tcnica, artstica, deportiva o empresarial que beneficien a la Nacin

    Presentar los documentos necesarios y/o cualquier otro elemento que demuestren que se han prestado los servicios o realizado las obras destacadas en beneficio de la nacin.

    Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas del documento migratorio vigente (incluidas las pastas), con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con el que el interesado acredite su legal estancia (ART. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante dos aos inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del documento migratorio deber desprenderse la CURP.

    F) Por haber contrado matrimonio con varn o mujer mexicanos

    Presentar copia certificada y dos fotocopias del acta de matrimonio o de la insercin del acta de matrimonio celebrado en el extranjero, expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano. En ambos casos, la fecha de celebracin del matrimonio debe ser por lo menos de dos aos anteriores a la presentacin de la solicitud;

    Para probar la nacionalidad del cnyuge mexicano deber presentar, alguno de los siguientes documentos:

    a) Copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana.

    b) Original y dos fotocopias del Certificado de Nacionalidad Mexicana; o de la Carta de Naturalizacin, o

    c) A falta de los documentos probatorios mencionados anteriormente, se podr acreditar la nacionalidad mediante cualquier elemento que, de conformidad con la Ley de Nacionalidad y su Reglamento lleve a la Secretara a la conviccin de que se cumplieron los supuestos de atribucin de la nacionalidad mexicana.

    Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas del documento migratorio vigente (incluidas las pastas), con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante dos aos inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del documento migratorio deber desprenderse la CURP.

    Declaracin bajo protesta de decir verdad, suscrita y presentada personalmente por el cnyuge mexicano ante la Secretara, de que viven de consuno y que han establecido su domicilio conyugal en territorio nacional, por lo menos durante dos aos inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud.

    No ser necesario que el cnyuge mexicano declare que ha establecido su domicilio conyugal en territorio nacional, cuando ste radique en el extranjero por encargo o comisin del gobierno mexicano, tambin se exceptuar que su cnyuge presente la constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local, toda vez que su domicilio no se encuentra fsicamente establecido dentro del territorio nacional.

  • 34 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    Original y dos fotocopias de una identificacin oficial vigente con fotografa y firma del cnyuge mexicano, entre otras el pasaporte mexicano, la credencial de elector, la cdula profesional, la cartilla del Servicio Militar Nacional, el certificado de matrcula consular y la cdula de identidad ciudadana.

    G) Por estar sujeto a la patria potestad o ser hijo adoptivo de mexicanos

    Adems de cumplir con los requisitos generales, a excepcin de:

    Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles.

    Entregar original y fotocopia de la constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local, dependiendo del lugar de su residencia.

    El adoptante o adoptantes, o bien, los que ejerzan la patria potestad sobre el menor, debern presentar:

    Original y dos fotocopias de la solicitud debidamente requisitada y firmada. La solicitud deber ser suscrita por el adoptante o adoptantes o, bien, por quien ejerza la patria potestad; en el caso de que uno de ellos resida en el extranjero la autorizacin deber otorgarse mediante poder especial, ante la oficina consular mexicana ms cercana a su domicilio, y en caso de que se expida ante notario pblico extranjero deber estar protocolizado ante notario pblico mexicano.

    Para probar la nacionalidad del adoptante o de los que ejerzan la patria potestad, debern presentar alguno de los siguientes documentos:

    a) Copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana;

    b) Original y dos fotocopias del Certificado de Nacionalidad Mexicana; o de la Carta de Naturalizacin, o

    c) A falta de los documentos probatorios mencionados anteriormente, se podr acreditar la nacionalidad mediante cualquier elemento que, de conformidad con la Ley de Nacionalidad y su Reglamento lleve a la Secretara a la conviccin de que se cumplieron los supuestos de atribucin de la nacionalidad mexicana.

    Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas del documento migratorio vigente (incluidas las pastas), con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante un ao continuo inmediato e ininterrumpido, anterior a la fecha de la solicitud, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del documento migratorio deber desprenderse la CURP.

    Presentar original y dos fotocopias de una identificacin oficial vigente con fotografa del adoptante o de la persona que ejerce la patria potestad, entre otras el pasaporte mexicano, la credencial de elector, la cdula profesional, la cartilla del Servicio Militar Nacional, el certificado de matrcula consular o la cdula de identidad ciudadana, y

    En su caso, presentar copia certificada por la autoridad correspondiente y dos fotocopias de la sentencia que haya causado ejecutoria que acredite legalmente el ejercicio de la patria potestad o la adopcin.

    H) Por haber estado sujeto a patria potestad o ser hijo adoptivo de mexicanos

    Quienes en su minora de edad fueron extranjeros adoptados o descendientes hasta el segundo grado, sujetos a la patria potestad de mexicanos que no fueron naturalizados mexicanos en trminos de lo dispuesto por el artculo 20, fraccin III, segundo prrafo de la Ley de Nacionalidad, podrn hacerlo dentro del ao siguiente contado a partir de su mayora de edad, conforme a la legislacin mexicana. Para tal efecto, adems de cumplir con los requisitos generales, debern presentar:

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 35

    Exhibir original y dos fotocopias de todas las pginas del documento migratorio vigente (incluidas las pastas), con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretara de Gobernacin, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN) y, en consecuencia, la residencia en el pas durante un ao continuo inmediato e ininterrumpido, anterior a la fecha de la solicitud, el cual deber tener una vigencia mnima de seis meses, posteriores a la presentacin de la solicitud y del documento migratorio deber desprenderse la CURP.

    En su caso, presentar copia certificada por la autoridad correspondiente y dos fotocopias de la sentencia que haya causado ejecutoria que acredite legalmente que el interesado estuvo sujeto a la patria potestad de mexicanos, o bien, que fue adoptado por mexicanos.

    Para probar la nacionalidad del adoptante, o de quienes ejercieron la patria potestad, el interesado deber presentar alguno de los siguientes documentos:

    a) Copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana;

    b) Original y dos fotocopias del Certificado de Nacionalidad Mexicana; o de la Carta de Naturalizacin, o

    c) A falta de los documentos probatorios mencionados anteriormente, se podr acreditar la nacionalidad mediante cualquier elemento que, de conformidad con la Ley de Nacionalidad y su Reglamento lleve a la Secretara a la conviccin de que se cumplieron los supuestos de atribucin de la nacionalidad mexicana.

    5. En caso de que la documentacin entregada para obtener la carta de naturalizacin, presente deficiencias o est incompleta, la Secretara, notificar al interesado dicha situacin, en un trmino de veinte das hbiles contados a partir de la recepcin de la solicitud, a efecto de que en un plazo de cuatro meses, contados a partir del da siguiente al que surta efectos la notificacin, subsane las deficiencias. Una vez transcurrido el plazo sin que se hayan subsanado, se tendr por desistido de dicho trmite, procedindose a archivar el asunto como totalmente concluido (Art. 5 del RLN).

    Recepcin de la solicitud y entrega de la Carta de Naturalizacin

    I. Actas de nacimiento extemporneas, expedidas por las Oficinas del Registro Civil de la Repblica Mexicana.

    De conformidad con el artculo 4o. de la Ley de Nacionalidad se podr exigir al solicitante las pruebas adicionales necesarias para comprobar su nacionalidad mexicana, cuando encuentre irregularidades en la documentacin presentada. Tambin podr hacerlo cuando se requiera verificar la autenticidad de la documentacin que la acredite. Uno de estos supuestos es la presentacin de actas de nacimiento extemporneas.

    Las actas de nacimiento expedidas por la oficina del Registro Civil Mexicano se consideran extemporneas cuando el registro del nacimiento se haya efectuado despus del primer ao de edad. En este caso, el titular del acta de nacimiento extempornea deber presentar cualquiera de los siguientes documentos, a fin de subsanar tal circunstancia:

    a) Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano, si estos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante;

    b) Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano, si naci en territorio nacional y fue registrado durante el primer ao de edad;

    c) Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano expedida por la oficina del Registro Civil Mexicano, registrado durante el primer ao de edad;

    d) Constancia expedida por la autoridad migratoria, de la fecha de internacin al pas del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurri antes de la fecha de nacimiento del solicitante;

    e) Cotejo notarial de la partida religiosa, si dicho acto se realiz durante el primer ao de edad y si ocurri en territorio nacional;

    II. Llenado de la solicitud

    Deber elaborarse a mquina o con letra de molde legible, debidamente firmada por el solicitante y sta debe coincidir plenamente con la firma plasmada en el documento migratorio, pasaporte y dems documentos que acreditan su identidad.

  • 36 (Primera Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 28 noviembre de 2012

    Se verificar que los datos personales del solicitante coincidan con los asentados en todos sus documentos (documento migratorio, pasaporte o documento de identidad, acta de nacimiento de los solicitantes, del cnyuge mexicano, de los hijos y acta de matrimonio, segn sea el caso); as como la anotacin del nombre completo de los padres.

    Las huellas de los dedos ndices derecho e izquierdo debern ser plasmadas correctamente en los recuadros correspondientes con los cojines de tinta especial enviados para tal efecto. En caso de que el solicitante careciera de alguno de los dedos sealados, podr utilizar cualquier otro, lo cual deber sealarse en el espacio respectivo.

    Deber verificarse que la firma del solicitante quede dentro del recuadro respectivo sin que se salga del mismo y deber concordar con la asentada en el documento migratorio y en el pasaporte. Cuando el solicitante no sepa leer ni escribir, imprimir el pulgar de la mano derecha y solicitar que un tercero firme en su representacin, cuya identidad deber quedar debidamente acreditada ante el servidor pblico de la Delegacin Fornea de la Secretara de Relaciones Exteriores.

    Los recuadros no debern cancelarse con los sellos de la Delegacin Fornea de la Secretara de Relaciones Exteriores o con la firma del responsable de la recepcin de las solicitudes.

    Ser necesario que una vez que la solicitud haya sido requisitada y firmada por el solicitante, sta se selle de recibido, debiendo tambin utilizar el sello correspondiente para marcar la fecha de recepcin.

    III. Aplicacin del examen de historia y cultura de Mxico

    El examen se realizar con base a la gua de estudio publicada en la pgina de Internet de la SRE, la cual est integrada por los contenidos aprobados por el Instituto Matas Romero de la Secretara de Relaciones Exteriores, de acuerdo a lo establecido en el Artculo 15 del RLN, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 17 de junio de 2009, as como de conformidad con el oficio IMR-00114/09.

    Deber elaborarse nica y exclusivamente sobre la gua de estudio, no debiendo incorporar ningn otro tipo de preguntas, debiendo constar de cinco preguntas y para obtener una calificacin aprobatoria deber obtener un mnimo de cuatro aciertos. El interesado contar con un mximo de quince minutos para contestar el mismo.

    Deber ser calificado por el servidor pblico de la Delegacin Fornea, a efecto de estar en posibilidad de dar a conocer al interesado su calificacin y de ser el caso, indicarle la necesidad de volverlo a presentar.

    En la presentacin de la solicitud para obtener la nacionalidad mexicana por naturalizacin, el interesado podr hacer el examen cuantas veces sean necesarias, con una periodicidad de diez das entre cada examen.

    En el examen deber asentarse el nombre y firma del interesado, as como el nombre y firma del funcionario que aplica el examen y la fecha en que este se realiza.

    En el momento de presentar el examen, el interesado no podr estar acompaado de su abogado, gestor ni cualquier otra persona.

    Cuando el solicitante no sepa leer ni escribir, el titular de la Delegacin deber formular oralmente las preguntas al interesado y asentar en el examen las respuestas que le indique, haciendo constar en el propio examen esta circunstancia. Una vez concluido, el interesado estampar su huella del pulgar de la mano derecha y solicitar que un tercero firme a su ruego, cuya identidad deber quedar debidamente acreditada ante el servidor pblico de la Delegacin Fornea de la Secretara de Relaciones Exteriores.

    IV. Integracin del expediente

    Se abrir un expediente por cada solicitud una vez que el servidor pblico de la Delegacin Fornea verific que la solicitud est debidamente requisitada y que se renen los requisitos establecidos por la modalidad que haya elegido el solicitante que pretende naturalizarse, para tal efecto deber llenar el formato de Dictamen de Procedencia el cual deber autorizar el Delegado y anexarlo al expediente.

    El servidor pblico de la Delegacin Fornea de la Secretara de Relaciones Exteriores, al momento de recibir la solicitud y la documentacin que integrar el expediente, deber indicar al interesado la necesidad de que el documento migratorio deber ser renovado hasta que se concluya el trmite de Naturalizacin con la entrega de la carta.

  • Mircoles 28 noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Seccin) 37

    Se debern capturar el mismo da de su recepcin en el Sistema Integral de Nacionalidad y Naturalizacin (SINNA) los datos de la solicitud DNN-3, previamente verificados con los documentos anexos al expediente, as como las imgenes biomtricas del solicitante (fotografa, firma y huellas digitales) as mismo, se debern digitalizar en su totalidad los documentos de soporte del trmite, el SINNA asignar automticamente el nmero de expediente que corresponda en orden progresivo, empezando cada ao con el nmero 00001, iniciando con las siglas establecidas conforme a las directrices que a ese respecto hubiere emitido la Direccin General del Acervo Histrico Diplomtico.

    Deber imprimirse y entregarse al solicitante el nmero de usuario y contrasea que gener el SINNA para que en su oportunidad pueda consultar el estado que guarda su solicitud en la direccin del sitio Web https://siac.sre.gob.mx/sinna/ConsultaEstado.aspx.

    Los expedientes se integrarn con la solicitud y los documentos anexos, as como cualquier constancia que se genere al respecto, los cuales debern foliarse progresivamente; es decir, a la solicitud se le asignar el nmero 1 y as sucesivamente a los dems documentos, los cuales debern asegurarse con un broche a fin de evitar extravos, para ser enviados a la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin a la brevedad.

    La Direccin General de Asuntos Jurdicos a travs de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin solicitar de conformidad con lo dispuesto por el artculo 23 de la Ley de Nacionalidad en un trmino de 15 das hbiles, la opinin de la Secretara de Gobernacin (SEGOB) por conducto del Instituto Nacional de Migracin (INM) respecto de la solicitud de naturalizacin.

    La Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin solicitar a la Direccin General de Delegaciones de esta Secretara, verificar en sus archivos si el solicitante cuenta con antecedentes de obtencin de pasaporte mexicano previamente a la obtencin de la nacionalidad mexicana.

    En caso de que la Direccin General de Delegaciones de esta Secretara informe sobre la existencia de antecedentes de obtencin de pasaporte mexicano previamente a la obtencin de la nacionalidad mexicana, la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin elaborar la resolucin correspondiente y el servidor pblico de la Delegacin Fornea la notificar personalmente al solicitante.

    El solicitante podr ser representado en los procedimientos a que se refiere la Ley de Nacionalidad mediante poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante el servidor pblico de la Delegacin Fornea de la Secretara de Relaciones Exteriores. Aun en este caso el interesado deber comparecer personalmente a presentar la solicitud y recoger la Carta de Naturalizacin.

    La informacin sobre el estado que guarda el trmite, slo se proporcionar personalmente al solicitante o a su representante legal, quienes debern identificarse plenamente ante los servidores pblicos de la Delegacin Fornea de la Secretara de Relaciones Exteriores correspondiente.

    Nota: Es necesario que las bases de datos se mantengan permanentemente actualizadas, con objeto de que la informacin sea coincidente con la que obra en las bases de datos de la Direccin de Nacionalidad y Naturalizacin.

    V. Entrega de la Carta de Naturalizacin.

    El tiempo de respuesta para el trmite de expedicin de la Carta de Naturalizacin se realizar en un trmino de 90 das naturales a partir de la recepcin de la opinin por parte de la Secretara de Gobernacin.

    Para entregar la Carta de Naturalizacin al solicitante, ste debe