conozca al cliente de su cliente y debida diligencia · 2017. 5. 17. · “conozca a su cliente”...
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Conozca al Cliente de su Cliente
y Debida Diligencia Ileana Marroquín
Banco Azteca de Guatemala
“Conozca a su Cliente”
El conocimiento del cliente como parte de las políticas de una institución no es un concepto nuevo.
En la actualidad la gestión eficaz de los riesgos financieros exigen procedimientos de “Conozca a
su cliente”.
Establecer la identidad del cliente.
Conocer el Origen de los fondos
Evaluar el riesgo del cliente
Hacer un seguimiento de sus actividades Seguros
Amplios
Solido
“Conozca al Cliente de su cliente”
Las expectativas regulatorias siguen
creciendo. Conozca al cliente de su
cliente, “KYCC” es una tendencia
imparable y las Personas Obligadas
necesitan empezar a diseñar una
estrategia eficaz que permita afrontar la nueva realidad.
“Conozca al Cliente de su cliente”
El principio de “Conozca al Cliente de su Cliente”, eleva los requisitos de conocimiento del cliente al
siguiente nivel.
Con quien hacen negocios tus clientes?
Cuales son sus fuentes de Financiamiento?
Son Legitimas?
“CASO DE LOS PAPELES DE
PANAMA”
Once Millones de documentos,
filtrados
Se consignan, Negocios de
políticos, empresarios, futbolistas y
otras personalidades
Intentan evadir impuestos, creando
empresas Offshore y capitalizando
sus montos a través de una
empresa.
Desde entonces la regulación se esta volviendo más exigente y ha ampliado su ámbito de aplicación
concentrándose en investigar quién es el verdadero beneficiario de las operaciones.
“Beneficiario Final” La identificación del Beneficiario Final no siempre es una tarea fácil, por lo general está oculto y su detección nos
puede llevar a diferentes ámbitos.
En Guatemala, en el año 2015, entra en vigencia para las Personas Obligas el obtener información acerca de la
identidad de la o las personas que sean “Beneficiario Final” de clientes constituidos en forma de persona o
estructura jurídica, que ejerzan el control de la persona jurídica, mediante la titularidad de acciones o
participación igual o mayor al 10%. (R.24 y 25 de GAFI)
En Estado Unidos el 18 de mayo de 2018, entrará en vigor el Reglamento definitivo “Debida Diligencia del
cliente” (CDD sus siglas en Ingles). El cual contiene tres requisitos básicos:
1. Identificar y verificar la identidad del Beneficiario real de la empresa que abre la cuenta.
2. Comprender la naturaleza y el propósito de la relación con el cliente, para establecer el perfil de
riesgo del cliente.
3. Mantener actualiza información del cliente, y realizar seguimientos para detectar transacciones sospechosas.
“Debida Diligencia”
Las normas establecidas por el Comité de Basilea relativas al tema de “Conozca a su cliente”, van más
allá de la apertura de una cuenta y el mantenimiento de registros.
La Debida Diligencia ampliada exige cada día mayores esfuerzos a las Instituciones Financieras para la
formulación de una Política de Aceptación del cliente y un programa de identificación y conocimiento
actualizado que incluya un proceso más extenso en el caso de:
cuentas de mayor riesgo,
seguimiento proactivo y permanente de cuentas para detectar actividades sospsechosas,
entre otras.
Consecuencia de la Falta de la Debida
Diligencia / Cliente
Riesgo Reputacional
• La posibilidad de una publicidad negativa, relacionada con las prácticas y relaciones de negocios puede causar una pérdida de confianza en la integridad de la institución, con respecto al público y clientes en general
Riesgo Operacional
•Riesgo de Perdida directa o indirecta de una falla en los procesos, en el personal y/o en los sistemas internos o acontecimientos externos
Riesgo Legal
•Acciones procesales por no respetar las normas obligatorias de Conoce a tu cliente, o por no practicas la Debida diligencia.
Riesgo de Concentración
• Las Instituciones deben conocer quiénes son sus clientes y que relación tiene con los otros clientes para poder medir su riesgo de concentración.
Elementos de la “Debida Diligencia”
Gestión constante de Riesgos
Seguimiento Continuo de cuentas
Identificación de los clientes
Política de Aceptación del Cliente
Las Instituciones Financieras deben considerar que mientras más alto es el riesgo de un cliente, mayor deberá ser la Debida Diligencia con el mismo.
gracias
Gracias por su atención