campaña y las medidas zoosanitarias que deberán...
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“Acuerdo por el que se da a conocer la campaña y las medidas zoosanitarias que deberán aplicarse para el diagnóstico, prevención, control y erradicación de la influenza aviar notificable.”Espacio para foto o imagen influenza aviar notificable.”
México, D.F. a 7de julio de 2011
Antecedentes
�LFSA: Disposiciones de sanidad animal y de reducción de riesgos de Contaminación (Acuerdos, normas oficiales mexicanas, normas mexicanas, circulares, reglas, lineamientos o manuales en materia de sanidad animal)
�Estrategia del Gobierno Federal para la mejora regulatoria que coadyuve en la productividad y competitividad y facilitar el flujo de mercancías.mercancías.
�Elaboración del Análisis de Riesgo SENASICA y ANECA (Abril, 2008)Huevo para platoCarne fresca o congeladaVísceras comerciales (molleja, corazón e hígado).
Antecedentes
Desregulación en materia sanitaria: aves
Norma Oficial Mexicana
� NOM-044-ZOO-1995
� NOM-005-ZOO-1993
Reforma Regulatoria
� Acuerdo para la prevención, control y erradicación de la influenza aviar
� Acuerdo para la vigilancia epidemiológica de salmonelosis
� NOM-013-ZOO-1994
� NOM-046-ZOO-1995
epidemiológica de salmonelosis aviar
� Acuerdo para la vigilancia epidemiológica de la enfermedad de Newcastle
� Acuerdo sobre la vigilancia epidemiológica, regionalización, compartimentación y análisis de riesgo
Cuadro ComparativoNOM-044-ZOO-1995 ACUERDO PARA INFLUENZA AVIAR NOTIFICABLE
Objetivo: Prevención, control y erradicación de todos
los subtipos de Influenza aviar de alta y baja
patogenicidad.
Objetivo: Cualquier virus de la influenza “A”, cuyo índice de
patogenicidad intravenosa (IPIV) sea igual o superior a 1.2 en
pollitos de 6 semanas de edad, o cualquier infección provocada
por virus del subtipo H5 o H7 de la influenza “A” o cuya
secuenciación de nucleótidos haya demostrado la presencia de
múltiples aminoácidos básicos en el punto de corte de la
hemaglutinina.
Fases de Campaña:
Control
Erradicación
Libre.
Estatus zoosanitario:
Zona de escasa prevalencia
Zona en erradicación
Zona libreLibre. Zona libre
Compartimento libre
En la Fase de erradicación está permitida la vacunación,
existe circulación viral.
En la zona en erradicación no está permitida la vacunación,
funcionará como un preámbulo para ingreso a zona libre por
12 meses y es acorde a lo establecido en la LFSA.
No considera requisitos de Buenas prácticas de
producción pecuaria.
Se consideran buenas prácticas de producción pecuaria como
parte de las medidas de Bioseguridad.
Constatación de parvadas y granjas libres. Reconocimiento de Unidades de producción como
“Compartimentos libres” aún en zonas de escasa prevalencia,
esto permitirá la movilización y en su caso realizar gestiones
para la exportación de aves y productos.
Las pruebas diagnósticas de laboratorio oficiales no son
equivalentes en su mayoría a pruebas Internacionales.
Las pruebas diagnósticas de laboratorio están homologadas a
criterios internacionales que permiten el reconocimiento por
otros países.
Cuadro Comparativo
NOM-044-ZOO-1995 ACUERDO PARA INFLUENZA AVIAR NOTIFICABLE
Movilización:
a) El certificado Zoosanitario de Movilización es
obligatorio para la movilización de aves, productos,
subproductos e implementos avícolas.
b) Las parvadas y granjas de zonas libres, se movilizan
con la Constancia de Libres y deben presentarlos en los
PVI.
c) Se prohíbe la movilización de huevo para consumo
humano, carne fresca o congelada y vísceras comerciales
de granjas donde se vacuna (erradicación y control)
hacia zonas libres.
Movilización:
a) El Certificado Zoosanitario de Movilización se sustituye por el
“Aviso de Movilización” para Zonas Libres y Compartimentos
libres.
b) Las Unidades de Producción originarias zonas libres, no
requieren presentar constancias en los PVI, solamente aviso de
movilización.
c) Se permite la movilización de huevo para consumo humano,
carne fresca o congelada y vísceras comerciales desde zonas
donde se vacuna (escasa prevalencia) hacia zonas en
erradicación y libres, bajo medidas de mitigación como provenirhacia zonas libres.
d) Regulación en la movilización de productos enlatados.
e) Regulación de la movilización de productos cárnicos
cocidos, precocidos y embutidos, así como el huevo
industrializado.
erradicación y libres, bajo medidas de mitigación como provenir
de un rastro TIF y contenido en un empaque que garantice su
trazabilidad. Para el huevo se permite si procede de centro de
acopio, empacado e identificado.
d) Desaparece la regulación para la movilización de productos
enlatados.
e) Los productos cárnicos cocidos, precocidos y embutidos así
como el huevo industrializado, solo requiere el aviso de
movilización y se hace la recomendación de observar los
tiempos y temperaturas recomendados por la OIE.
Los trámites excesivos en cada movilización representan
un aumento en los costos.
La desregulación y la apertura en la movilización de productos
avícolas (carne y huevo), representa una reducción de costos y
trámites para el usuario.
No se apega en su totalidad a la LFSA. Procedimientos apegados completamente a la LFSA y en
concordancia con normas internacionales (OIE).
Movilización
AVISO DE MOVILIZACIÓN (Art. 68)•Zonas Libres•Zonas en Erradicación•Huevo procesado, carne cocida, precocida y embutidos de cualquier zona. (Art. 71)
AVISO DE MOVILIZACIÓN + RECONOCIMIENTO•Compartimentos libres
LibreErradicaciónEscasa prevalencia
Movilización
CERTIFICADO ZOOSANITARIO DE MOVILIZACIÓN (Art. 69)•Zonas en escasa prevalencia, cuando aplique la movilización.
LibreErradicaciónEscasa prevalencia