boletÍn judicial n° 48 de la fecha 10 03 2015

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AÑO CXXI La Uruca, San José, Costa Rica, martes 10 de marzo del 2015 Nº 48 28 Páginas CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN SE HACE SABER: ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Upala de la provincia de Alajuela Que las oficinas judiciales del cantón de Upala de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el diecisiete de marzo de dos mil quince, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico-patronales de dicho cantón. San José, 17 de febrero del dos mil quince. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector Ejecutivo Exonerado.—(IN2015011790). JUZGADO NOTARIAL HACE SABER: Que en el proceso disciplinario notarial N° 05-000872- 0627-NO, de David Rivera Barboza contra Aarón Arias Artavia, cédula de identidad 1-0740-0350, este juzgado mediante sentencia número 949-JR-2010 de las ocho horas veinte minutos del treinta de noviembre de dos mil diez, la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto número 228-2011 de las nueve horas treinta y cinco minutos del veinte de octubre de dos mil once, disponiendo imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial San José, 13 de enero del 2015 MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez Exonerado.—1 vez.—(IN2015011427). Que en el proceso disciplinario notarial N° 07-000360-0627- NO, de Kari Eleonor Meyers Skredsvig contra Reyna María Quirós León, cédula de identidad 1-650-404, este juzgado mediante resolución de las once horas treinta y cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil trece, dispuso levantar a Reyna María Quirós León la corrección disciplinaria un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual permanecería vigente hasta la inscripción final del testimonio de escritura objeto de este proceso, a partir del 25 de junio del 2013. San José, 20 de agosto del 2014. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez Exonerado.—1 vez.—(IN2015011429). Que en proceso disciplinario notarial 08-000260-0627-NO, de Olga Irene Moscoso Benavides contra el notario German Obando Mena, cédula de identidad 01-0863-0193, este juzgado mediante resolución en resolución N° 00175-2014 de las nueve horas del veintiséis de octubre del dos mil catorce, ordenó dejar sin efecto la sanción impuesta al denunciado mediante sentencia N° 58-2012 de las once horas treinta minutos del trece de febrero del dos mil doce, misma que fue anulada en auto mencionado, la cual se publicó en Boletín Judicial N° 131 del 6 de julio del 2012. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. San José, 21 de enero del 2015. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez Exonerado.—1 vez.—(IN2015011432). Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000581-0627-NO, de María del Rosario Leiva Pereira contra Alexander Murillo Rojas, cédula de identidad 2-516-261, este Juzgado mediante resolución N° 430-2012 de las catorce horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil doce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial la cual permanecerá vigente hasta que cumpla con la inscripción. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. San José, 12 de enero del 2015. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez Exonerado.—1 vez.—(IN2015011434). A Edilberto Escobar Cascante, mayor, notario público, cédula de identidad número 5-153-501, de demás calidades ignoradas que en proceso disciplinario notarial número 09-000810-0627- NO establecido en su contra por Gerardo Cheves Gómez, se ha dictado la sentencia número 379-2014 que en lo conducente dice: “Sentencia de primera instancia N° 379-2014. Juzgado Notarial. San José, a las ocho horas del catorce de agosto del dos mil catorce. Proceso disciplinario notarial establecido por el señor Gerardo Cheves Gómez, mayor, divorciado, vecino de Limón, cédula 5-140- 713, contra Edilberto Escobar Cascante, mayor, casado, abogado y notario, vecino de San José, cédula 5-153-501. Resultando: 1.-..., 2..., 3.-..., 4.-..., Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Hechos no probados:..., III.-Sobre el fondo:..., IV.-..., V.-..., Por tanto: se rechaza la excepción de falta de legitimación activa y pasiva y se admite la excepción de falta de derecho. Se declara sin lugar el proceso disciplinario notarial interpuesto por Gerardo Chevez Gómez contra Edilberto Escobar Cascante. Firme esta resolución, archívese el expediente y sáquese del libro de entradas y sistemas informáticos del Despacho. Notifíquese. Licda. Melania Suñol Ocampo. Jueza” y en la providencia dice: “De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario Edilberto Escobar Cascante, la presente resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia número 379-2014, dictada a las ocho horas del catorce de agosto del dos mil catorce, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. San José, 20 de enero del 2015. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez Exonerado.—1 vez.—(IN2015011436).

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Page 1: BOLETÍN JUDICIAL N° 48 de la fecha 10 03 2015

AÑO CXXI La Uruca, San José, Costa Rica, martes 10 de marzo del 2015 Nº 48 — 28 Páginas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIALSEGUNDA PUBLICACIÓN

SE HACE SABER:ASUNTO: Asuetoconcedidoalosservidoresquelaboranenlasoficinas

judiciales del cantón de Upala de la provincia de AlajuelaQuelasoficinasjudicialesdelcantóndeUpaladelaprovincia

de Alajuela, permanecerán cerradas durante el diecisiete de marzo de dos mil quince, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico-patronales de dicho cantón.

San José, 17 de febrero del dos mil quince. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector EjecutivoExonerado.—(IN2015011790).

JUZGADO NOTARIALHACE SABER:

Que en el proceso disciplinario notarial N° 05-000872-0627-NO, de David Rivera Barboza contra Aarón Arias Artavia, cédula de identidad 1-0740-0350, este juzgado mediante sentencia número 949-JR-2010 de las ocho horas veinte minutos del treinta de noviembrededosmildiez,lacualfueconfirmadaporelTribunalNotarial mediante voto número 228-2011 de las nueve horas treinta y cinco minutos del veinte de octubre de dos mil once, disponiendo imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial

San José, 13 de enero del 2015 MSc. Juan Carlos Granados Vargas, JuezExonerado.—1 vez.—(IN2015011427).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 07-000360-0627-NO, de Kari Eleonor Meyers Skredsvig contra Reyna María Quirós León, cédula de identidad 1-650-404, este juzgado mediante resolución de las once horas treinta y cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil trece, dispuso levantar a Reyna María Quirós León la corrección disciplinaria un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, lacualpermaneceríavigentehastalainscripciónfinaldeltestimoniodeescritura objeto de este proceso, a partir del 25 de junio del 2013.

San José, 20 de agosto del 2014. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, JuezExonerado.—1 vez.—(IN2015011429).

Que en proceso disciplinario notarial 08-000260-0627-NO, de Olga Irene Moscoso Benavides contra el notario German Obando Mena, cédula de identidad 01-0863-0193, este juzgado mediante resolución en resolución N° 00175-2014 de las nueve horas del veintiséis de octubre del dos mil catorce, ordenó dejar sin efecto la sanción impuesta al denunciado mediante sentencia N° 58-2012 de las once horas treinta minutos del trece de febrero del dos mil doce,

misma que fue anulada en auto mencionado, la cual se publicó en Boletín Judicial N° 131 del 6 de julio del 2012. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 21 de enero del 2015. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, JuezExonerado.—1 vez.—(IN2015011432).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000581-0627-NO, de María del Rosario Leiva Pereira contra Alexander Murillo Rojas, cédula de identidad 2-516-261, este Juzgado mediante resolución N° 430-2012 de las catorce horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil doce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial la cual permanecerá vigente hasta que cumpla con la inscripción. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 12 de enero del 2015. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, JuezExonerado.—1 vez.—(IN2015011434).

A Edilberto Escobar Cascante, mayor, notario público, cédula de identidad número 5-153-501, de demás calidades ignoradas que en proceso disciplinario notarial número 09-000810-0627-NO establecido en su contra por Gerardo Cheves Gómez, se ha dictado la sentencia número 379-2014 que en lo conducente dice: “Sentencia de primera instancia N° 379-2014. Juzgado Notarial. San José, a las ocho horas del catorce de agosto del dos mil catorce. Proceso disciplinario notarial establecido por el señor Gerardo Cheves Gómez, mayor, divorciado, vecino de Limón, cédula 5-140-713, contra Edilberto Escobar Cascante, mayor, casado, abogado y notario, vecino de San José, cédula 5-153-501. Resultando: 1.-..., 2..., 3.-..., 4.-..., Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Hechos no probados:..., III.-Sobre el fondo:..., IV.-..., V.-..., Por tanto: se rechaza la excepción de falta de legitimación activa y pasiva y se admite la excepción de falta de derecho. Se declara sin lugar el proceso disciplinario notarial interpuesto por Gerardo Chevez Gómez contra Edilberto Escobar Cascante. Firme esta resolución, archívese el expediente y sáquese del libro de entradas y sistemas informáticos del Despacho. Notifíquese. Licda. Melania Suñol Ocampo. Jueza” y en la providencia dice: “De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la LeydeNotificaciones,CitacionesyotrasComunicacionesOficiales,aplicado supletoriamente por disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario Edilberto Escobar Cascante, la presente resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia número 379-2014, dictada a las ocho horas del catorce de agosto del dos mil catorce, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.

San José, 20 de enero del 2015. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, JuezExonerado.—1 vez.—(IN2015011436).

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Martes 10 de marzo del 2015Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 48

Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional,paraquecertifiquesilapartedenunciadatieneapoderadoinscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificadadelpoderenqueasíconste.JuzgadoNotarial.SanJosé,alas diez horas del primero de julio del dos mil trece del dos mil doce. SiendofallidoslosintentospornotificarlealLicenciadoAlexandroVargas Vásquez, la resolución dictada a las catorce horas veinticinco minutos del veintinueve de marzo del dos mil trece en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 27), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 12), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se disponenotificarlealcitadoprofesionalesaresoluciónasícomola presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son supuesta cartulación durante periodo de suspensión. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la JefaturadeDefensoresPúblicos,conelfindequeselenombreun defensor público al denunciado Alexandro Vargas Vásquez, cédula de identidad 1-856-167. Notifíquese. Lic. Doni David Panton Moya, Juez Tramitador. Msc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez1 vez.—Exonerado.—(IN2015012538).

A: Víctor Smith Hare, mayor, notario público, cédula de identidad número 7-0069-0341, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 13-000647-0627-NO establecido en su contra por Xinia Patricia Ávila Calvo, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas diez minutos del trece de setiembre del dos mil trece. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Xinia Patricia Ávila Calvo contra Víctor Smith Hare, a quienseconfieretrasladoporelplazodeochodías,dentrodeeseplazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado,debenindicarmedioenelcualrecibirnotificaciones,yasea:Correo electrónico, fax, casillero o en estrados en el entendido de que mientrasnolohaganosilanotificaciónnosepudiereefectuarporel(los) medio(s) señalado(s) por la parte las resoluciones posteriores quesedictenseletendránautomáticamentenotificadasconelsolotranscurso de veinticuatro horas después de dictadas incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificacionesperodeberáindicarseenformaexpresacuáldeellosse utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax este deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atendernotificacionesdeberánecesariamentedesignarenestradossi no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respectoalanotificaciónautomática.Encasodeseñalarenestrados,se hace saber a la parte que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta en laOficinaCentralizada deNotificaciones delPrimerCircuitoJudicialdeSanJosé(tercerpisodelEdificiodelosTribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el casodequelanotificacióndeestaresolucióndebarealizarseenunlugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al

Que en el proceso disciplinario notarial N° 13-000833-0627-NO, de Dirección de Servicios Registrales contra Miguel Ángel Ortiz Sánchez, cédula de identidad 1-0466-0128, este juzgado mediante resolución N° 0251-2014 de las nueve horas cuarenta minutos del veintinueve de mayo de dos mil catorce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial

San José, 13 de enero de 2015. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, JuezExonerado.—1 vez.—(IN2015011442).

A: Alexandro Vargas Vásquez, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-856-167, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 12-000211-0627-NO establecido en su contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Archivo Notarial contra Alexandro Vargas Vásquez, a quien se confiere traslado por elplazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado deben indicar medioenelcualrecibirnotificaciones,yasea:correoelectrónico,fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los)medio(s) señalado(s) por la parte las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solotranscurso de veinticuatro horas después de dictadas incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificacionesperodeberáindicarseenformaexpresacuáldeellosse utilizará como principal en caso de omisión será esta autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax este deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atendernotificacionesdeberánecesariamentedesignarenestradossi no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respectoalanotificaciónautomática.Encasodeseñalarenestradosse hace saber a la parte que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta en laOficinaCentralizada deNotificaciones delPrimerCircuitoJudicialdeSanJosé(tercerpisodelEdificiodelosTribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y juevesde cada semana.En el casodeque la notificaciónde estaresolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin derealizar la diligencia encomendada en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada deregular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada enLa Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada personalmente o mediante céduladenotificacióny copias de ley, lo cual se harápormediode Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo CircuitoJudicial de San José, quienes podrán notificarle enUrbanizaciónJosé María Zeledón, del Ranchito, 300 metros al este, 50 metros al sur, casa N° 1-13. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N°8687,solicítesealRegistroCivilcopiadebidamentecertificadadel domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Colegio de Abogados.

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Martes 10 de marzo del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 48 — Pág 3

A: Rafael A. López Gutiérrez, mayor, notario público, cédula de identidad número 5-161-340, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 12-000698-0627-NO establecido en su contra por Edgar Hernández González, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las quince horas veinticinco minutos veintitrés de noviembre de dos mil doce. Por no haber cumplido el denunciante a cabalidad con lo prevenido en resolución de las quince horas cuarenta minutos del cuatro de octubre del presente año, se declara la inadmisibilidad de la pretensión civil resarcitoria, para continuarse únicamente con la acción disciplinaria. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Edgar Hernández González contra Rafael A. López Gutiérrez, a quien se confieretrasladoporelplazodeochodíasdentrodeeseplazodebeinformar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado debenindicarmedioenelcualrecibirnotificaciones,yasea:correoelectrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientrasnolohaganosilanotificaciónnosepudiereefectuarporel(los) medio(s) señalado(s) por la parte las resoluciones posteriores quesedictenseletendránautomáticamentenotificadasconelsolotranscurso de veinticuatro horas después de dictadas incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificacionesperodeberáindicarseenformaexpresacuáldeellosse utilizará como principal en caso de omisión será esta autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax este deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atendernotificacionesdeberánecesariamentedesignarenestrados;si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respectoalanotificaciónautomática.Encasodeseñalarenestradosse hace saber a la parte que las listas de los procesos se exhibirán parasuconsulta,en laOficinaCentralizadadeNotificacionesdelPrimerCircuito Judicial de San José, (tercer piso delEdificio delos Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes yjuevesdecadasemana.Enelcasodequelanotificacióndeestaresolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin derealizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válidalanotificaciónpracticadaalapersonaencargadaderegularla entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de NotificacionesJudicialesvigenteN°8687,publicadaenLa Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución alapartedenunciada,personalmenteensuoficinaconlascopiasdeleylocualseharápormediodeOficinaComunicacionesJudicialesdel ICircuito Judicial deSan José, quienes podrán notificarle enla siguiente dirección San José, calle 5, avenidas 5-7, casa 555, apdo.1626-2100,Guadalupe.AsímismosecomisionaalaOficinade Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de SanJosé,paranotificaralaDirecciónNacionaldeNotariadoestaresoluciónenCurridabat,50metrosestedelaPops,EdificioGaleríadel Este, primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N°8687,solicítesealRegistroCivilcopiadebidamentecertificadadel domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase por medio de intranet las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional,paraquecertifiquesilapartedenunciadatieneapoderadoinscrito en ese Registro. En caso de tenerlo remita copia literal certificadadelpoderenqueasíconste.Notifíquese.Lic.DoniDavid

funcionarionotificadorafinderealizarladiligenciaencomendada;encasodeomisiónsetendráporválidalanotificaciónpracticadaalapersona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47,58y59delaLeydeNotificacionesJudicialesvigenteN°8687,publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales delPrimer Circuito Judicial de San José, quienes podrán notificarleen San José, ent. Principal, corte 125 norte, casa 248. Así mismo seordenamediantecomisiónnotificara laDirecciónNacionaldeNotariadoa travésde laOficinadeComunicacionesdelSegundoCircuito de San José, en Curridabat, 50 metros este de la Heladería PopsEdificioGaleríadelEste,primerpiso.Deconformidadconelartículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil informe sobre el domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase por medio de intranet las direcciones reportadas por la parte denunciada en el Colegio de Abogados y la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacionalparaquecertifiquesilapartedenunciadatieneapoderadoinscrito en ese Registro. En caso de tenerlo remita copia literal certificadadelpoderenqueasíconste.Notifíquese.Lic.DoniDavidPanton Moya, Juez. Juzgado Notarial. San José, a las diez horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil catorce. Siendo fallidoslosintentospornotificarlealLicenciadoVíctorSmithHare,la resolución dictada a las diez horas diez minutos del trece de setiembre del dos mil trece en las direcciones por el reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, Registro Civil y el Colegio de Abogados (ver folios 3), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 24), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial,sedisponenotificarlealcitadoprofesionalesaresoluciónasí como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son la falta de sus deberes profesionales al no inscribir el vehículo placas 327165, a nombre de la compradora María Elena Sanabria Chaves. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resoluciónalaJefaturadeDefensoresPúblicos,conelfindequesele nombre un defensor público al denunciado Víctor Smith Hare, cédula de identidad 7-0069-0341. Notifíquese. MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 16 de diciembre del 2014. Msc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez1 vez.—Exonerado.—(IN2015012540).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 99-001033-0627-NO, de Richard Shultz contra Homer Porras Rojas, cédula de identidad 1-0613-0717, este juzgado mediante resolución de las dieciséis horas veinte minutos del veinte de enero de dos mil catorce, dispuso levantar a partir del primero de noviembre de dos mil catorce la sanción disciplinaria impuesta al notario Homer Porras Rojas, mediante resolución número 323 de las diez horas del once de junio de dos mil tres, que salió publicada en el Boletín Judicial N° doscientos siete del veintidós de octubre de dos mil cuatro, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por la Sala Constitucional.

San José, 20 de enero de 2015. Msc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez1 vez.—Exonerado.—(IN2015012542).

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Martes 10 de marzo del 2015Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 48

Panton Moya, Juez Tramitador. Juzgado Notarial. San José, a las diecisiete horas y ocho minutos del tres de febrero de dos mil quince. SiendofallidoslosintentospornotificarlealLicenciadoRafaelA.López Gutiérrez, la resolución dictada a las quince horas veinticinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil doce (folio 17), en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil, (ver folios 37, 54, 13, 41) y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 64), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153delCódigoNotarialsedisponenotificarlealcitadoprofesionalesa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son que el señor Edgar Hernández González el veintisiete de setiembre del dos mil doce, denuncio que: “I. Hace un año, le pague al notario Rafael López Gutiérrez la suma de ciento setenta y siete mil quinientos cuarenta y cinco colones, para que inscribiera a mi nombre una buseta placas SJB-003993. II. A la fecha y luego de haberle insistido cantidad de veces llamándolo por teléfono para que pague los impuestos de aduana que se deben y poder inscribir a mi nombre la buseta, pero no hay forma de que lo haga. Petitoria: solicito que se investiguen los hechos denunciados y que se obligue al notario Rafael A. López Gutiérrez a que inscriba a mi nombre el vehículo placas SJB-003993. De lo contrario que sea suspendido como Notario Público. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público aldenunciado Rafael A. López Gutiérrez, cédula de identidad 5-161-340. Notifíquese. Msc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.

San José, 3 de febrero del 2015. Msc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez1 vez.—Exonerado.—(IN2015012543).

se le tendrán automáticamente notificadas con el solotranscurso de veinticuatro horas después de dictadas incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificacionesperodeberáindicarseenformaexpresacualdeellosse utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax este deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atendernotificacionesdeberánecesariamentedesignarenestrados;si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respectoalanotificaciónautomática.Encasodeseñalarenestradosse hace saber a la parte que las listas de los procesos se exhibirán parasuconsulta,en laOficinaCentralizadadeNotificacionesdelPrimerCircuitoJudicialdeSanJosé(tercerpisodelEdificiodelosTribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y juevesde cada semana.En el casodeque la notificaciónde estaresolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin derealizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válidalanotificaciónpracticadaalapersonaencargadaderegularla entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de NotificacionesJudicialesvigenteN°8687,publicadaenLa Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley lo cual se hará por medio de OficinadeComunicacionesJudicialesdelTercerCircuitoJudicialdeAlajuela, quienes podrán notificarle enAlajuela, San Ramón,costado sur del Banco de Costa Rica. Así mismo se ordena mediante comisiónnotificaralaDirecciónNacionaldeNotariadoatravésde

laOficinadeComunicacionesdelIICircuitoJudicialdeSanJoséen:Curridabat,50metrosestedelaHeladeríaPops,EdificioGaleríadel Este, primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N°8687,solicítesealRegistroCivilcopiadebidamentecertificadadel domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial remítase mandamiento a la Dirección de ServiciosRegistrales delRegistroNacional para que certifique sila parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En casodetenerloremitacopialiteralcertificadadelpoderenqueasíconste. Notifíquese. Licda. Melania Suñol Ocampo, Jueza. Siendo fallidoslosintentospornotificarlealLicenciadoDannyGonzálezChaves la resolución dictada a las quince horas diez minutos del once de octubre del dos mil doce en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 22), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 18), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarlealcitadoprofesionalesaresoluciónasícomolapresentepor medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son supuesta falta de presentación de índices notariales ante el Archivo Notarial y presentación de instrumentos públicos ante el Registro Nacional sin haber presentado esos índices. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público aldenunciado Danny González Chaves, cédula de identidad 2-483-919. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese. Msc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez1 vez.—Exonerado.—(IN2015012547).

A: Xinia María Porras Umaña, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 1-988-005, de demás calidades ignoradas que en proceso disciplinario notarial número 12-000801-0627-NO establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, San José, a las trece horas del seis de noviembre del dos mil doce. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Dirección Nacional de Notariado contra Licda. Xinia MaríaPorrasUmaña,aquienseconfiere trasladoporelplazodeocho días dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cualrecibirnotificaciones,yasea:correoelectrónico,fax,casilleroo en estrados, en el entendido de que mientras no lo hagan o si la notificaciónnosepudiereefectuarporel(los)medio(s)señalado(s)por la parte las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamentenotificadasconelsolotranscursodeveinticuatrohoras después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados podrán señalarse dosmediosdistintosoigualespararecibirnotificacionesperodeberáindicarse en forma expresa cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión será esta autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax este deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados

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de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 10 de febrero del 2015.—Lic. Daniel Hernández Cascante Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011335).

Se hace saber: se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la trabajadora fallecida Rosverly Córdoba Murillo, cédula 1-1417-0856, quien falleció el diecisiete de diciembre del dos mil catorce, quien era mayor, soltera, administradora, vecina de Hatillo, se consideren con derecho en este asunto, se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 2015-300006-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 11 de febrero del 2015.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011419).

Se hace saber: se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Norma Eugenia Velthuyzen Arias, cédula 1-557-583, quien falleció el once de setiembre del dos mil catorce, quien era mayor, soltera, profesora, vecina de Hatillo, se consideren con derecho en este asunto, se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 2015-300007-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 11 de febrero del 2015.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011422).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los causahabientes y demás interesados del trabajador fallecido José Fco. Morales Aguirre, quien fue mayor, costarricense, de 64 años de edad, casado,pensionado,vecinodeHatillo5,edificiomultifamiliarviejode ladrillo grupo de casa 96, casa 63, portador de la cédula 1-0181-0341, quien falleció el dieciséis de setiembre del dos mil catorce, dentro del proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido, expediente N° 14-300076-0239-LA-6, promovidas por Norma Virginia Hernández Vargas, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren los dineros pasarán a quien corresponda conforme a derecho. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Laboral de Menor Cuantía de Hatillo, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011449).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Agner Alberto Castro Ilama, quien fue mayor, casado, chofer, y falleció el 13 de abril del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 15-000034-1127-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000034-1127-LA. Proceso promovido por Nidia Alfaro Mora a favor de Nidia Alfaro Mora.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 10 de febrero del 2015.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012523).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Felipe Fallas Fallas, quien fuera mayor, casado, costarricense, pensionado, vecino de Desamparados, San Juan de Dios, 25 sur y 75 oeste de ferretería San Martín, casa color rosada, cédula de identidad número uno-doscientos treinta y dos-setecientos nueve, quien falleció el veintiséis de noviembre del dosmilcatorce,conelfindequeseapersonenahacervalersusderechos en la presente diligencia de reclamo de la pensión y el

u otro medio autorizado para atender notificaciones deberánecesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificaciónautomática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta en la OficinaCentralizadadeNotificacionesdelPrimerCircuitoJudicialdeSanJosé(tercerpisodelEdificiodelosTribunalesdeJusticiadeeste Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En elcasodequelanotificacióndeestaresolucióndebarealizarseenunlugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionarionotificadorafinderealizarladiligenciaencomendada;encasodeomisiónse tendráporválida lanotificaciónpracticadaa la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36,39,47,58y59delaLeydeNotificacionesJudicialesvigenteN° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada personalmente o en su casa de habitación mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará pormedio deOficina deComunicacionesJudicialesdeCartago,quienespodránnotificarleenOficinaCartago,cantón Oreamuno, distrito San Rafael, de la Iglesia Católica, 100 norte y 150 oeste. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687,solicítesealRegistroCivilcopiadebidamentecertificadadeldomicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de ServiciosRegistralesdelRegistroNacional,paraquecertifiquesila parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo remita copia literal certificada del poder en queasí conste. Notifíquese. Msc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez. Juzgado Notarial. San José, a las quince horas y catorce minutos del veintiuno de mayo de dos mil catorce. Siendo fallidos los intentos por notificarle alLicenciadaXiniaMaríaPorrasUmaña,la resolución dictada a las trece horas del seis de noviembre del dos mil doce en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 129), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 106), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153delCódigoNotarial,sedisponenotificarlealcitadoprofesionalesa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son supuestas anomalías en escrituras públicas detectadasenfiscalizacióndelaDirecciónNacionaldeNotariado.Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución alaJefaturadeDefensoresPúblicos,conelfindequeselenombreun defensor público a la denunciada Xinia María Porras Umaña, cédula de identidad 1-988-005. Notifíquese.

San José, 21 de mayo del 2014. Msc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez1 vez.—Exonerado.—(IN2015012548).

TRIBUNALES DE TRABAJO

CausahabientesSe cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José

Francisco Campos Ugalde, cédula de identidad 0204220132, mayor, casado, vecino de Valle Azul de San Ramón, laboró para el Ministerio de Educación Pública, fallecido el 2 de enero del 2015, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 15-000023-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000023-0692-LA.—Juzgado de Trabajo

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Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de enero del 2015.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012533).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bernardo Arias Rodríguez, quien en vida portó la cédula de identidad número 0202190198, mayor, pensionado, casado, vecino de Alajuela, Barrio San José, calle La Playwood, de la Iglesia Católica, 400 mts., al sur, fallecido el 18 de octubre del 2014, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000082-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000082-1022-LA. Por María del Rosario Soto Campos a favor de Bernardo Arias Rodríguez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de febrero del 2015.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012535).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Andrés Umaña Cabezas, quien en vida portó la cédula de identidad número 0206140864, mayor, operario, soltero, vecino de Alajuela, Turrúcares, de la Pizza La Estación, 200 metros al oeste, Calle Cebadilla, fallecido el 27 de diciembre del 2014, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000089-1022-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de febrero del 2015.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012536).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Flora María Carranza Platero, quien fue mayor, casada, vecino de Heredia, con cédula de identidad número 6-189-279, se les hace saber que Arnoldo Zambrano Madrigal, portador de la cédula identidad número 6-179-066, vecino de Heredia, se apersonó en este despacho encalidaddeviudodel fallecido,afindepromover laspresentesdiligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Flora María Carranza Platero. Expediente N° 15-000107-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de febrero del 2015.—M.Sc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012537).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Jeanina Junco López, quien fue mayor, soltera, vecina de San José, con cédula de identidad número 1-735-800, se les hace saber qué Asociación Vida Abundante, se apersonó en este despacho en calidad de expatronodelfallecido,afindepromoverlaspresentesdiligenciasde Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Jeanina Junco López. Expediente N° 15-000116-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de febrero del 2015.—M.Sc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012539).

aguinaldo de la Pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, expediente N° 14-300362-0237-LA (386-2-14), gestionado por Luzmilda Hilda Prado Salazar contra Caja Costarricense de Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 12 de febrero del 2015.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012527).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Manuel Antonio González Avendaño, quien fuera mayor, casado, costarricense, pensionado, vecino de Desamparados, Porvenir, 250 sur del salón comunal, casa número 22 cédula de identidad número uno-cuatrocientos-mil doscientos doce, quien fallecióeldieciséisdeoctubredeldosmilcatorce,conelfindequese apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo Aguinaldo de la Pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, expediente número 14-300382-0237-LA (407-2-14), gestionado por María Elena Monterrosa Sáenz contra Caja Costarricense de Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso contados los días a partir de la publicación de este edicto los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 12 de febrero del 2015.—MSc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012528).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jonathan Hidalgo Quesada, quien fue mayor, en unión de hecho, peón de carga y descarga, cédula 1-1112-944 y fallecido el 25 de diciembre del 2014, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000046-1022-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000046-1022-LA. Por el fallecimiento de Jonathan Hidalgo Quesada promovidas por Vaxxen Internacional S. A.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de febrero del 2015.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012529).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Herrera Ronvierter c.c. Herrera Ardón, pensionado, cédula de identidad número 6-074-189, fallecido el 21 de octubre del 2014, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000074-1022-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000074-1022-LA. Por el fallecimiento de William Herrera Ronvierter c.c. Herrera Ardón promovidas por Lidieth Molina Bolaños.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de enero del 2015.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012531).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Yansy Fonseca Sánchez, mayor, cédula 2-492-937, divorciada, vecina de Alajuela centro, administradora, laboró para Caja Costarricense de Seguro Social y falleció el 18 de setiembre del 2014, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio bajo el N° 15-000081-1022-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000081-1022-LA. Fallecida Ana Yansy Fonseca Sánchez, gestionante Edgar Elías Soto Arias.—

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Lía y William Alejandro todos Martínez Pacheco; este, Zoila Rosa, Rosa Lía y William Alejandro todos Martínez Pacheco, y oeste, calle pública con un frente a elle de diez metros. Mide: doscientos metros con cero decímetros cuadrados, según plano C-1613599-2012 (Propiedad de Fredy Masis Solano). Segundo remate: De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del veinte de abril del dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (¢4.500.000,00) (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las diez horas del seis de mayo del dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00) (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario N° 14-006123-1164-CJ, de Banco Nacional de Costa Rica contra Fredy Masis Solano.—Juzgado Agrario de Cartago, 26 de enero del 2015.—María Rosa Castro García, Jueza.—Exento.—(IN2015013828).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente con las citas 0352-00017882-01-0001-001, y servidumbre de paso con las citas 428-00019700-01-0002-001; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de marzo del año dos mil quince, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil doscientos ochenta y seis cero cero cero la cual es terreno naturaleza terreno de pasto. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, La Grama de los Mangos S. A.; al sur, La Grama de los Mangos S. A.; al este, Mailid Leiva Alvarado, y al oeste, calle pública con 20 metros 03 centímetros. Mide: dos mil metros cuadrados. Plano: G-0613224-2000. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de abril del año dos mil quince, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de mayo del año dos mil quince, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,encasodepagarconchequecertificado,elmismodeberásergirado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Manuel Vindas Bustos, Julio Cesar Jaén Ríos. Exp. N° 12-001434-1205-CJ Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 5 de febrero del año 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015013834).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada 0324-00015198-01-0955-001; a las quince horas cero minutos del veinticinco de marzo del año dos mil quince (3:00pm), y con la base de once millones novecientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00091527A-003-004 la cual es terreno lote 9 bloque G terreno para construir. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 8; al sur, lote 10; al este, calle, y al oeste, lote 7. Mide: ciento treinta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del dieciséis de abril del año dos mil quince (3:00 pm), con la base de ocho millones novecientos ochenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil quince (3:00 pm) con la base de dos millones novecientos noventa y cinco mil colones exactos (un

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Jorge Enrique Rodríguez Fallas, quien fuera mayor, casado,costarricense,oficialdeseguridad,vecinodeDesamparados,Higuito, Urbanización el Lince, de la iglesia católica 800 noroeste y 100 sur, casa 6-D cédula de identidad número uno-setecientos treinta-setecientos treinta y uno, quien falleció el veintitrés de octubredeldosmilcatorce,conelfindequeseapersonenahacervaler sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral y Extremos Laborales, expediente número 15-300020-0237-LA (21-2-15), gestionado por María del Carmen Víctor Lobo contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco de Costa Rica y CSS-Securitas Internacional de Costa Rica S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 12 de febrero del 2015.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012541).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del año dos mil quince, y con la base de catorce millones quinientos treinta y tres mil quinientos veintidós colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil cuatrocientos noventa cero cero cero la cual es terreno naturaleza agricultura.Situadaeneldistrito01Filadelfia,cantón05Carrillo,de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rodolfo Obando Pizarro; al sur, Sigifredo Obando Pizarro; al este, Arnulfo Gutiérrez Pizarro y Jorge Luis Gutiérrez Hidalgo, y al oeste, Rio Las Palmas. Mide: sesenta y cinco mil ciento sesenta y siete metros con setenta y un decímetros cuadrados. Plano: G-0993038-2005. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de abril del año dos mil quince, con la base de diez millones novecientos mil ciento cuarenta y un colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de mayo del año dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos treinta y tres mil trescientos ochenta colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoafavordeeste despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Luis Gutiérrez Hidalgo, exp. 13-001803-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 5 de febrero del año 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015013826).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de paso bajo las citas: 0428-00016683-01-0001-001; a las diez horas del veinticinco de marzo del dos mil quince, y con la base de seis millones de colones (¢6.000.000,00),rematarélosiguiente,lafincainscritaenelRegistroPúblico, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula doscientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y nueve-cero cero cero (00242269-000) la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 02 Cervantes, cantón 06 Alvarado de la provincia de Cartago. Sus linderos son: norte, Zoila Rosa, Rosa Lía y William Alejandro todos Martínez Pacheco; sur, Zoila Rosa, Rosa

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Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Contemporáneas C.R. Panameñas y calle pública.; al sur, calle pública e Importaciones Dugaste y Álvarez Sociedad Anónima; al este, calle público e Inversiones Contemporáneas C.R. Panameñas, y al oeste, Importaciones Dugaste y Álvarez Sociedad Anónima y calle pública. Mide: dos mil novecientos cuarenta y siete metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil quince, con la base de doscientos diez mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil quince con la base de setenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en casodepagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoa favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marcelo Valansi. contra 3-102-530671 S.R.L. Exp. N° 15-000585-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de enero del año 2015.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2015013841).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado; a las trece horas y treinta minutos del trece de julio del dos mil quince, y con la base de seis millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos uno mil ochocientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 5 San Jerónimo, cantón 6 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Raúl Padilla Salazar; al sur, Lydia Cubero Rodríguez; al este, Raúl Padilla Salazar, y al oeste, calle publica con 10m 33cm. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil quince, con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil quince, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cristian Eugenio Padilla Rodríguez, exp. N° 14-002475-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 10 de febrero del año 2015.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015013852).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo del dos mil quince, y con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y siete mil doscientos dos colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 593130, marca Toyota, estilo Camry, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2004, color Beige, Vin JTDBE38K200277959, cilindrada 2362 cc, combustible gasolina, motor Nº 2AZ1378951. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de junio del dos mil quince, con la base de dos millones quinientos ochenta y cinco mil cuatrocientos dos colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio del dos mil quince, con la base de ochocientos sesenta y un mil ochocientos colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismodeberá sergiradoa favorde estedespacho.La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Christopher

veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en casodepagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoa favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Diego Manuel Muñiz Bermúdez, Gloriana Muñiz Torres, Isabel de la Trinidad Torres Fuentes, exp. N° 14-000496-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de febrero del año 2015.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Juez.—(IN2015013838).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del año dos mil quince, y con la base de treinta y un millones quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos ochenta y seis colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Galo Alvarado Salazar; al sur, calle publica con un frente de 8 m 51 cm; al este, Luisa Adela Alvarado Salazar, y al oeste, Ircarqui S. A. E Ileana Ramírez Cabrera. Mide: doscientos veintiséis metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-1014726-2005. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de abril del año dos mil quince, con la base de veintitrés millones seiscientos setenta y tres mil seiscientos sesenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de mayo del año dos mil quince, con la base de siete millones ochocientos noventa y un mil doscientos veintiún colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoafavorde este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Isabel Pichardo Villegas, exp. N° 09-000475-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 6 de febrero del año 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015013839).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil quince, y con la base de ciento veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 479303-000 la cual es terreno de jardín con una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Niko Calo S. A.; al sur, calle pública; al este, Nico Kalo S. A., y al oeste, William Bennet Coffey. Mide: seiscientos siete metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de abril de dos mil quince, con la base de noventa mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince, con la base de treinta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) y a las diez horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil quince, y con la base de doscientos ochenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 291785-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón

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julio del dos mil quince, con la base de novecientos setenta y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participarenlaalmonedaqueencasodepagarconchequecertificadoel mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Jufeng Zheng. Expediente: 14-007637-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 25 de febrero del 2015.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2015015045).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil quince y con la base de catorce millones de colones exactos, enelmejorpostorrematarélosiguiente:fincainscritaenelRegistroPúblico, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 202613-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 07 la Fortuna, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Celso Castro Miranda; sur, calle pública con 9,72 metros de frente; este, Celso Castro Miranda; y oeste, Cindy Patricia Álvarez Sequeira. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-1165169-2007. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil catorce, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de junio del dos mil quince, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado elmismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Blanu S. A. Expediente: 13-002930-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de febrero del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015015051).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref. 00237523-000, citas 0376-00010954-01-0829-001, a las quince horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil quince y con la base de diez millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos veintinueve colones con seiscéntimos,enelmejorpostorrematarélosiguiente:fincainscritaen el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil cincuenta derechos: cero cero cero, cero cero uno, cero cero dos, para los tres: la cual son terreno lote 16-G, para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Orotina, cantón 09 Orotina de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 15; al sur, lote 17; al este, Calle los Zares y otros, y al oeste, lote 31. Mide: ciento cincuenta y siete metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince, con la base de ocho millones cincuenta y ocho mil novecientos veintiún colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, con la base de dos millones seiscientos ochenta y seis mil trescientos siete colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Asimismo, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref. 00237523-000, citas 0376-00010954-01-0829-001, a las quince horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil quince y con la base de once millones quinientos sesenta y seis mil doscientos noventa y tres colones con siete céntimos, en el mejor postorremataré losiguiente:fincainscritaenelRegistroPúblico,Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de

Alonso Pastrana Mora, exp. N° 14-010989-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de febrero del año 2015.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2015013856).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y quince minutos del veintiuno de abril del dos mil quince, y con la base de diecisiete mil cuatrocientos veinticuatro dólares con treinta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BCQ356, marca Toyota, estilo Corolla GLI, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2012, color blanco, cilindrada 1800 cc., combustible gasolina, motor Nº 2ZR0918452, carrocería Sedan 4 puertas, tracción 4X2, chasís JTDBL42E909166772. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del siete de mayo del dos mil quince, con la base de trece mil sesenta y ocho dólares con veinticuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintidós de mayo del dos mil quince, con la base de cuatro mil trescientos cincuenta y seis dólares con ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoafavordeeste despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A., contra María Gregoria Ramírez Venegas, Rafael Abelardo Solís Álvarez, exp. N° 15-001744-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero del año 2015.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—(IN2015013864).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas quince minutos del veintiuno de abril de dos mil quince y con la base de cincuenta y dos millones seiscientos noventa y seis mil seiscientos sesenta y seis colones exactos,enelmejorpostorrematarélosiguiente:fincainscritaenel Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 263288-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Genaro González; al sur, Mally Chaves Camacho; al este, Alfredo Alfaro; y al oeste, calle pública con 55 m. Mide: nueve mil seiscientos cincuenta y cuatro metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del siete de mayo de dos mil quince, con la base de treinta y nueve millones quinientos veintidós mil cuatrocientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del veintidós de mayo de dos mil quince, con la base de trece millones ciento setenta y cuatro mil ciento sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecucion hipotecaria de Miguel Ángel Salas Araya contra Anay Estelita del Carmen Artavia Cruz en expediente N° 14¬012455-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del 2015.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2015015028).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil quince y con la base de tres mil ochocientos noventa dólares con un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 617554, marca Mazda, categoría automóvil, año 2006, color gris, capacidad 5 personas, tracción 4x2, carrocería sedan 4 puertas, estilo Mazda 6. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil quince, con la base de dos mil novecientos diecisiete dólares con cincuenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del primero de

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segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima de Vehículos Automotores contra Luis Araya Jiménez. Expediente: 12-017719-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de diciembre del 2014.—Licda. Marlen Angulo Arrieta, Juez.—(IN2015015064).

A las ocho horas del siete de abril de dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero, soportando limitaciones de las Leyes 7052 y 7208 del Sistema Financiero de Vivienda, las cuales constan al tomo 426, asiento 11025, consecutivo 01, secuencia 0001 y subsecuencia 001 y con la basedetreintamillonesdecolonesalmejorpostorserematará:fincaPartido de San José, matrícula número cuatrocientos veinticinco mil quinientos veintinueve, derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, situada en el distrito uno Santiago, cantón cuarto Puriscal de la provincia de San José. Colinda al norte, con María Elena Picado; al sur, con María Elena Picado; al este, con calle pública; y al oeste, con María Elena Picado. Mide: trescientos metros cuadrados según plano catastrado SJ-cero doscientos seis mil novecientos sesenta-mil novecientos noventa y cuatro. En caso de no haber postores para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiuno de abril de dos mil quince, con la base de veintisiete millones de colones y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiocho de abril de dos mil quince, con la base de veinticinco millones de colones. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario N° 13-100062-0197-CI de Juan Carlos Jiménez Vargas contra María Estrella Torres Vindas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 16 de febrero de 2015.—Licda. Susana Campos Cabezas, Jueza.—(IN2015015068).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley Caminos, citas: 413-07137-01-0004-001 y reservas Ley Aguas, citas: 413-07137-01-0005-001; a las siete horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil quince y con la base de cuarenta y siete millones trescientos mil colones,enelmejorpostorrematarélosiguiente:fincainscritaenelRegistro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y cinco mil doscientos veinticinco cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 08 Cabo Velas, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 6 metros y Ronald Rodríguez Rodríguez; al sur, Ronald Rodríguez Rodríguez; al este, Ronald Rodríguez Rodríguez; y al oeste, Ronald Rodríguez Rodríguez. Mide: cuatrocientos treinta y cuatro metros cuadrados. Plano:G-1574851-2012. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil quince, con la base de treinta y cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil quince, con la base de once millones ochocientos veinticinco mil colones, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagarconchequecertificadoelmismodeberásergiradoafavordeeste despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco De Costa Rica contra Chesmer Eduvigis Arrieta Barrantes. Expediente: 14-000698-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de febrero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015015074).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0297-00023533-01-0901-001, compromisos ref.: 1747 106003, citas: 0297-00023533-01-0902-001; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de abril del dos mil quince y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

folio real, matrícula número ciento veintiocho mil setecientos diecisiete cero cero cero, la cual es terreno lote seis, sección B: terreno para construir. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oca de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 5-B; al sur, lote 7 B; al este, lote 14 B; y al oeste, calle pública con frente de 10 metros. Mide: doscientos cuarenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince, con la base de ocho millones seiscientos setenta y cuatro mil setecientos diecinueve colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, con la base de dos millones ochocientos noventa y un mil quinientos setenta y tres colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en casodepagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoa favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Melvin Enrique Azofeifa Venegas, Silvia Dixiela de la Trinidad Lizano Villarreal. Expediente: 14-004267-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 15 de enero del 2015.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2015015059).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil quince y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: marca Mitsubishi, estilo: montero, serie: JA4MT31HXYP812661, año: 2000, color: negro, tracción: 4x4, chasis: K960YP812661, Vin: Ja4mt31hxyp812661, N° motor: 6g72ly6060. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de mayo de dos mil quince, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil quince, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagarconchequecertificadoelmismodeberásergiradoafavordeeste despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Danilo Cerdas Brenes contra 3-101-574869 Sociedad Anónima. Expediente: 13-007692-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 2 de febrero del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015015062).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince y con la base de doscientos dieciocho mil setecientos diecisiete colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: MOT-201549, marca: Honda, estilo: CGL 125, capacidad: 2 personas, año: 2008, color: rojo, categoría: motocicleta, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, chasis: LWBPCJ1F471095462, motor: WH156FMI207J71612, cilindrada: 124 cc, combustible: gasolina, cilindros: 01. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil quince, con la base de ciento sesenta y cuatro mil treinta y ocho colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil quince, con la base de cincuenta y cuatro mil seiscientos setenta y nueve colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar conchequecertificadoelmismodeberásergiradoafavordeestedespacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo

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en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismodeberá sergiradoa favorde estedespacho.La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra José Ramón Quirós Campos, William Antonio Quirós Masis. Exp. N° 14-000721-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2015.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2015015090).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y concesiones ref: 00032452 000; a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil quince y con la base de cinco millones seiscientos cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y siete mil setecientos nueve cero cero cero la cual es terreno para agric. lote 1-47. Situada en el distrito 1 Siquirres, cantón 3 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 1-49; al sur, lote 1-49; al este, I.D.A., y al oeste, I.D.A. Mide: Ciento veintiocho mil ochocientos siete metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de mayo de dos mil quince, con la base de cuatro millones doscientos tres mil setecientos cincuenta colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil quince con la base de un millón cuatrocientos uno mil doscientos cincuenta colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Contrataciones Modernas Del Sur Sociedad Anónima contra Avícola La Esmeralda Sociedad Anónima, Juan Luis Umaña Ureña. Exp. N° 14-004454-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 28 de enero del 2015.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015015094).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, servidumbre sirviente y servidumbre de paso; a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de junio del año dos mil quince y con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y un mil seiscientos sesenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito San Isidro, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Rosa Rojas Ballestero; al sur, calle pública; al este, Rodrigo Rojas Bolaños, y al oeste, calle pública y Ronald Bolaños Ballesteros. Mide: Doscientos cincuenta y seis metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de julio del año dos mil quince, con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de julio del año dos mil quince con la base de trescientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Walter Rojas Bolaños. Exp. N° 14-002996-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de febrero del 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015015095).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil quince y con la base de cuatrocientos cincuenta y un mil ciento quince colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas BFZ161, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas, año 2000, color verde, tracción 4x2, chasis KMHCG41FPYU123485,

fincainscritaenelRegistroPúblico,PartidodePuntarenas,Secciónde Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta mil ochocientos veintiocho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito noveno Monte Verde, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 110.80 metros de frente; al sur, Paisajes de Monte Verde y Santa Elena PMSE S. A.; al este, calle pública con 29,59 metros de frente; y al oeste, Paisajes de Monte Verde y Santa Elena PMSE S. A. Mide: cuatro mil veintiocho metros con cero decímetros cuadrados. Plano P-1381505-2009. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de mayo del dos mil quince, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil quince, con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almonedaqueencasodepagarconchequecertificadoelmismodeberáser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra CJE Consultoría y Fiduciaria S. A., Johnny Francisco Guzmán Zamora. Expediente: 14-001071-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 24 de febrero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015015083).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del quince de junio de dos mil quince y con la base de un millón seiscientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diecisiete mil setecientos cincuenta cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote 20 terreno para construir. Situada en el Distrito 2 San Miguel, cantón 6 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, calle pública y lote 19; al este, servidumbre, y al oeste, lote 19. Mide: Doscientos sesenta metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0395267-1997. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil quince, con la base de un millón doscientos treinta mil colones exactos y, para la tercera subastase señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio de dos mil quince con la base de cuatrocientos diez mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela contra Leopoldo Anastacio Cruz García, Teresa del Socorro Vargas Muñoz. Exp. N° 14-004277-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 28 de enero del 2015.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015015088).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones bajo la sumaria N° 11-600012-0500-TC; a las nueve horas y quince minutos del veinticuatro de abril de dos mil quince, y con la base de un millón trescientos noventa y cinco mil seiscientos setenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo automotor portador de la placa TSJ 003959 (únicamente sobre el automotor y no sobre dicha placa), marca Hyundai, categoría automóvil, vin KMHCG41FPXU010331, año 1999, color rojo, cilindrada 1500 cc. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del once de mayo de dos mil quince, con la base de un millón cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y ocho colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiséis de mayo de dos mil quince con la base de trescientos cuarenta y ocho mil novecientos diecinueve colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas

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En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las diez horas y cero minutos del veintiséis de marzo de dos mil quince, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 532536- 000 la cual es terreno para construir lote veintidós. Situada en el distrito 05 Zapote, cantón 01, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote veintiuno, Urbanización La Paquita S. A.; al sur, lote veinticuatro y veintitrés, Urb. La Paquita S. A.; al este, calle pública con frente de 9,50 metros lineales, y al oeste, lote veinticinco en parte Urbanización La Paquita y en parte William Carazo Gutiérrez. Mide: Ciento sesenta y tres metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de abril de dos mil quince, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de abril de dos mil quince con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y a las diez horas y cero minutos del veintiséis de marzo de dos mil quince, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 532537-000 la cual es terreno para construir lote veintiuno. Situada en el distrito 05 Zapote, cantón 01, de la provincia de San José. Colinda: al norte, en parte Municipalidad de San José en parte calle pública.; al sur, lote veintidós Urbanización La Paquita S. A.; al este, calle pública con frente de 15,84 metros lineales, y al oeste, en parte William Carazo Gutiérrez y Municipalidad de San José. Mide: Ciento sesenta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de abril de dos mil quince, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de abril de dos mil quince con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Flor María De La Trinidad Gómez Oses, Gonzalo Emilio Fallas Romero contra Q.M. Ocho S. A. Exp. N° 14-015270- 1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de marzo del 2015.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2015015179).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas: 0346-00012591-01-0900-001, citas: 0375-00000454-01-0902-001, citas:0375-00000454-01-0903-001; a las ocho horas y treinta minutos del nueve de abril de dos mil quince, y con la base de siete millones trescientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, Matrícula N° 499370-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 01 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Elimar Chacón Arrieta; al sur, calle pública con un frente de 10.76 metros lineales; al este, José Elimar Chacón Arrieta, y al oeste, José Elimar Chacón Arrieta. Mide: Trescientos once metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil quince, con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de mayo de dos mil quince con la base de un millón ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almonedaque, encasodepagarconchequecertificado, elmismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código

número de motor G4EAY849760, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de junio del dos mil quince, con la base de trescientos treinta y ocho mil trescientos treinta y seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil quince con la base de ciento doce mil setecientos setenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Dilana Hernández Díaz. Exp. N° 14-002417-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 22 de agosto del 2014.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015015096).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 286-08861-01-0901-001; a las trece horas y treinta minutos del ocho de abril de dos mil quince, y con la base de cuarenta y dos mil cuatrocientos dólares , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 23749-000 la cual es terreno naturaleza: Terreno con una casa, situada en el distrito 1 Nicoya cantón 2 Nicoya de la provincia de Guanacaste, linderos: norte, Raquel Picado Enríquez; sur, calle publica con un frente de 12,00 metros; este, Mireya Guevara Guevara, oeste, Alejandro Flores Briceño. Mide: Trescientos cincuenta y un metros con setenta y seis decímetros cuadrados, plano: G-0336050-1979. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de abril de dos mil quince, con la base de treinta y un mil ochocientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de mayo de dos mil quince con la base de diez mil seiscientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismo deberá ser girado a favor deeste despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3101612368 Sociedad Anónima contra Luis Fernando Matarrita Obregón, María Cristina Paniagua Rodríguez. Exp. N° 14-001816-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 13 de febrero del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015015103).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de mayo de dos mil quince, y con la base de cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos treinta y un colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 425734, marca Hyundai, estilo Elantra, año 1992, color azul, vin KMHJF31JPNU370715. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo de dos mil quince, con la base de trescientos cuarenta y siete mil ciento veintitrés colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del once de junio de dos mil quince con la base de ciento quince mil setecientos siete colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,elmismodeberásergiradoafavordeestedespacho.La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Café Britt contra Fernando Vicente Barahona Muñoz. Exp. N° 12-002350-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 2 de febrero del 2015.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2015015137).

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matrícula número cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno para la agricultura. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Normy Salazar Estrada y Luis Salazar; al sur, Rosita Salas Campos y Olester Campos Sánchez; al este, Res Nullius y al oeste, Luis Salazar Serrano. Mide: sesenta y siete mil noventa y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del veintiocho de abril de dos mil quince, con la base de setenta y seis mil ciento setenta y cinco dólares con ochenta y tres centavos, moneda de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del trece de mayo de dos mil quince con la base de veinticinco mil trescientos noventa y un dólares con noventa y cuatro centavos, moneda de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Luis Enrique Camacho Huertas. Exp.: 14-011173-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de febrero del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015015197).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; a las nueve horas y treinta minutos del quince de julio de dos mil quince, y con la base de cinco mil trescientos dieciocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y uno cero cero cero la cual es terreno Bloque E Lote 2 terreno con una casa. Situada en el distrito 1- Cortés, cantón 5- Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, noreste, lote 3; al sur, sureste, lotes 15 y 18; al este, noroeste, lote 3 y Alameda D E y al suroeste, lotes 1 y 18. Mide: ciento setenta y tres metros con veinte decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil quince, con la base de tres mil novecientos ochenta y ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de agosto de dos mil quince con la base de mil trescientos veintinueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Santos Clemente Blanco Mairena contra Ana Victoria Fallas Rivera. Exp.:13-000809-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 10 de diciembre del 2014.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Juez.—(IN2015015202).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil quince y con la base de trescientos ochenta y ocho mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas número 217277, marca Toyota, estilo Tercel, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1988, color blanco, Vin no indicado. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil quince, con la base de doscientos noventa y un mil trescientos setenta y cinco colones exactos y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil quince con la base de noventa y siete mil ciento veinticinco colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de, Luis

de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Mateo Núñez Cruz. Exp. N° 14-007773-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de enero del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015015181).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones Ref. 00237523-000 citas 0376-00010954-01-0829-001, a las quince horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil quince, y con la base de diez millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos veintinueve colones con seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil cincuenta derechos: cero cero cero, cero cero uno, cero cero dos, para los tres: la cual son terreno lote 16=G para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Orotina, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 15; al sur, lote 17; al este, calle Los Zares y otros y al oeste, lote 31. Mide: ciento cincuenta y siete metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince, con la base de ocho millones cincuenta y ocho mil novecientos veintiún colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince con la base de dos millones seiscientos ochenta y seis mil trescientos siete colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Asimismo, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones Ref. 00237523-000 citas 0376-00010954-01-0829-001, a las quince horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil quince, y con la base de once millones quinientos sesenta y seis mil doscientos noventa y tres colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiocho mil setecientos diecisiete cero cero cero, la cual es terreno lote seis Sección B: terreno para construir. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oca, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 5-B; al sur, lote 7 B; al este, lote 14 B y al oeste, calle pública con frente de 10 metros. Mide: doscientos cuarenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince, con la base de ocho millones seiscientos setenta y cuatro mil setecientos diecinueve colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince con la base de dos millones ochocientos noventa y un mil quinientos setenta y tres colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en casodepagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoa favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Melvin Enrique Azofeifa Venegas, Silvia Dixiela de la Trinidad Lizano Villarreal. Exp.: 14-004267-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 15 de enero del 2015.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2015015188).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 378-17142-01-0900-001); a las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del trece de abril de dos mil quince, y con la base de ciento un mil quinientos sesenta y siete dólares con setenta y siete centavos, moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,

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y con la base de cuatro millones ochocientos tres mil novecientos doce colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil setecientos dieciséis cero cero cero la cual es terreno para construir lote 10- D. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Agropecuaria Los Bovinos S. A.; al sur, calle pública con 8 metros de frente; al este, Agropecuaria Los Bovinos S. A. y al oeste, Agropecuaria Los Bovinos S. A. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cincuenta minutos del siete de mayo de dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos dos mil novecientos treinta y cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cincuenta minutos del veintidós de mayo de dos mil quince con la base de un millón doscientos mil novecientos setenta y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismo deberá ser giradoa favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Enrique Vargas Robles contra Nazario Agüero Rojas. Exp.: 13-001958-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 12 de febrero del 2015.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2015015227).

PRIMERA PUBLICACIÓNEn la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes

hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil quince y con la base de veintitrés mil cuatrocientos veinticinco dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor rematarélosiguiente:fincainscritaenelRegistroPúblico,Partidode Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos sesenta y tres mil novecientos siete-cero cero cero, la cual es terreno de forma triangular. Soportando reservas y restricciones bajo las citas 0301-00014085-01-0901-001, 0380-00018586-01-0900-001. Situada en el distrito Pital, cantón San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al sur, Eduardo Barrantes Quesada con servidumbre agrícola en medio; al este, Jacinto Ballestero Chavarría; y al oeste, Webbs S. A. y quebrada el Huevo en medio. Mide: siete mil quinientos cincuenta y un metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de mayo de dos mil quince, con la base de diecisiete mil quinientos sesenta y nueve dólares con catorce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil quince, con la base de cinco mil ochocientos cincuenta y seis dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en casodepagar con cheque certificado elmismodeberá ser giradoa favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Carlos Herrera Venegas, Inversiones Nayudel S. A., Sheyla Mirieth Herrera Campos, Tubérculos la Legua S. A. Expediente: 15-004232-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo Fonseca Alvarado, Juez.—(IN2015015381).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del seis de abril de dos mil quince y con la base de dos millones ochocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y cuatro colones con treinta céntimos,enelmejorpostorrematarélosiguiente:fincainscritaenel Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento quince mil

Ángel Cordero Morales contra María José Ramírez González. Exp.: 12-000043-1117-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 20 de febrero del 2015.—Msc. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015015204).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado con las citas 0576-00008854-01-0002-001, y con Reservas y Restricciones citas: 0379-00006372-01-0901-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil quince, y con la base de dieciocho millones doscientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil doscientos cuarenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con plantas ornamentales, árboles frutales con una casa. Situada en el distrito cuarto Belén, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Tomas Díaz Contreras; al este, Ester Angulo Ondoy y al oeste, Silvia María Ospino Álvarez. Mide: trescientos sesenta y seis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de mayo del año dos mil quince, con la base de trece millones seiscientos noventa y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de mayo del año dos mil quince con la base de cuatro millones quinientos sesenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar enlaalmonedaque,encasodepagarconchequecertificado,elmismodeberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Maycol Novoa Arceyu. Exp.: 11-000513-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 24 de febrero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—(IN2015015216).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del seis de abril de dos mil quince, y con la base de dos millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil ochocientos noventa y cuatro cero cero cero la cual es terreno con un local comercial que se explota con bar y restaurante. Situada en el distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Made Sociedad Anónima; al sur Carretera Nacional; al este, Made Sociedad Anónima y al oeste, Onorio Durán Arce. Mide: trescientos treinta y ocho metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil quince, con la base de dos millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de mayo de dos mil quince con la base de setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almonedaque,encasodepagarconchequecertificado,elmismodeberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Enrique de Jesús Vargas Robles contra Ganadera Araya y Alpízar SRL. Exp.: 14-001303-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 10 de febrero del 2015.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Juez.—(IN2015015225).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y cincuenta minutos del veintidós de abril de dos mil quince,

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treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil quince, con la base de mil cuatrocientos veintidós dólares con ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Edgar Bermúdez Sanabria. Expediente: 14-002803-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 5 de enero del 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015015421).

En la puerta exterior de este despacho; soportando anotación demanda ejecutiva hipotecaria, servidumbre trasladada y de paso; a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil quince y con la base de cincuenta y cinco millones ciento cuarenta y seis mil ciento ochenta y tres colones con cuarenta y siete céntimos, enelmejorpostorrematarélosiguiente:fincainscritaenelRegistroPúblico, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos nueve mil doscientos veintinueve cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Turrialba, cantón 05 Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Asociación Femenina de Líderes en Acción Turrialba; al sur, Campos Fértiles de Turrialba S. A.; al este calle pública con un frente a ella de dieciocho metros cincuenta y seis centímetros de frente; y al oeste, Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Mide: quinientos cincuenta y seis metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de mayo de dos mil quince, con la base de cuarenta y un millones trescientos cincuenta y nueve mil seiscientos treinta y siete colones con sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil quince, con la base de trece millones setecientos ochenta y seis mil quinientos cuarenta y cinco colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado elmismo deberá ser girado a favor de este despacho.La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Agropavones Sociedad Anónima, Liz Patricia de la Trinidad Díaz Segura. Expediente: 14-001875-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 2 de marzo del 2015.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2015015426).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de abril del dos mil quince y con la base de veintidós millones ciento trece mil doscientos cuarenta y cinco colones con noventa y siete céntimos,enelmejorpostorrematarélosiguiente:fincainscritaenel Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintiún mil ciento diez-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Orosi, cantón Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte; al sur; y al oeste, Yolanda Sánchez Mata; al este, calle pública. Mide: doscientos noventa y nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de mayo del dos mil quince, con la base de dieciséis millones quinientos ochenta y cuatro mil novecientos treinta y cuatro colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de mayo del dos mil quince, con la base de cinco millones quinientos veintiocho mil trescientos once colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Beltrán Torres Siles. Expediente: 14-002806-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 16 de diciembre del 2014.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015015428).

cuatrocientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 17. Situada en el distrito Paquera, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: norte calle pública; sur, Humberto Villalobos Castillo; este, lote 18; y oeste, lote 16. Mide: ciento noventa y cuatro metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de abril de dos mil quince, con la base de dos millones ciento cincuenta mil ochocientos cuarenta y cinco colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de mayo de dos mil quince, con la base de setecientos dieciséis mil novecientos cuarenta y ocho colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que encasodepagarconchequecertificadoelmismodeberásergiradoa favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas contra Luis Azofeifa Jiménez. Expediente: 14-002016-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 4 de febrero del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015015408).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril de dos mil quince y con la base de un millón quinientos veintisiete mil quinientos sesenta y cinco colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:fincainscritaenelRegistroPúblico,PartidodeAlajuela,Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos ocho mil trescientos cuarenta y nueve cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Geisel Acuña Rodríguez, Cindi Carina Acuña Rodríguez y Víctor Acuña Cordero; al sur, Margarita Rodríguez Morales y Cristian Corrales Acuña; al este, Víctor Manuel Acuña Rodríguez y servidumbre de paso con un frente a ella de tres metros lineales de ancho; y al oeste, Solón Cordero Acuña. Mide: cuatrocientos veinticuatro metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil quince, con la base de un millón ciento cuarenta y cinco mil seiscientos setenta y tres colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo de dos mil quince, con la base de trescientos ochenta y un mil ochocientos noventa y un colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en laalmonedaqueencasodepagarconchequecertificadoelmismodeberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Luis Eliecer Acuña Arrieta, Víctor Acuña Rodríguez. Expediente: 15-002872-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del 2015.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—(IN2015015414).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de abril del año dos mil quince y con la base de cinco mil seiscientos ochenta y ocho dólares con treinta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 757935, marca Ssang Yong, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color negro, cilindrada 2000 cc, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil quince, con la base de cuatro mil doscientos sesenta y seis dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y

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para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de junio del dos mil quince, con la base de un millón trescientos ocho mil setecientos ochenta y siete colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que encasodepagarconchequecertificadoelmismodeberásergiradoa favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cañas contra Ana Margarita Marenco Martínez. Expediente: 13-001916-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 26 de febrero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015015486).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de I grado con las citas: 2010-0184205-01-0002-001; hipoteca de II grado con las citas: 2011-319860-01-0001-001, y servidumbre trasladada bajo las citas: 0327-00014572-01-0901-001, a las quince horas y cero minutos del veintisiete de abril del dos mil quince, y con la base de cuarenta millones quinientos cuarenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y seis mil novecientos trece cero cero cero, la cual es terreno de potrero con una casa. Situada: en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública de 17 metros 50 centímetros; al sur, acequia municipal; al este, Juan Solís, y al oeste, Juan José Viales. Mide: trescientos ochenta y cinco metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano N° G-0482096-1998. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil quince, con la base de treinta millones cuatrocientos diez mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil quince, con la base de diez millones ciento treinta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoafavordeeste Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cañas contra Jorge Esteban Rojas Rodríguez. Expediente N° 14-000492-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 24 de febrero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015015492).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, plazo de convalidación(rectificacióndemedida),alascatorcehorasdelveintede abril del dos mil quince, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento tres mil ochocientos veintidós cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 7-Arenal, cantón 8-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, este y oeste, Gunter Klaus Jochen Bertelmann; al sur, calle pública con frente de 87,67 metros. Mide: cinco mil seiscientos veintidós metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas del seis de mayo del dos mil quince, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas del veintiuno de mayo del dos mil quince, con la base de un millón de colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Gerardo Carvajal González contra Tomas Jaroslav Blazek. Expediente N° 14-003848-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 30 de octubre del 2014.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Decisora.—(IN2015015494).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones, a las catorce horas y cero minutos del veinte de abril de dos mil quince y con la base de cuatro millones diez mil ciento treinta y tres colones con setenta y siete céntimos, en elmejor postor remataré lo siguiente: finca inscritaen el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Gerardo Vega Mora; al sur, calle pública con un frente a ella de veinte metros; al este, Yetty Cruz Solano; y al oeste, Gerardo Vega Mora. Mide: quinientos metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de mayo de dos mil quince, con la base de tres millones siete mil seiscientos colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de mayo de dos mil quince, con la base de un millón dos mil quinientos treinta y tres colones con cuarenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda queencasodepagarconchequecertificadoelmismodeberásergirado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dennis Rodolfo Medina Jiménez, Gabriela Floribeth Rojas Zamora. Expediente: 14-001887-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 3 de marzo del 2015.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2015015430).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil quince y con la base de diez millones seiscientos milcolonesexactos,enelmejorpostorrematarélosiguiente:fincainscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 86429-000 cero cero cero, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito Tejar, cantón El Guarco de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ottoniel Moreto Garro; al sur, Víctor Hugo Monge Poveda y Juan Cordero Abarca; al este, calle pública con frente de 8.88 m; y al oeste, Mario Abarca Arce. Mide: doscientos un metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil quince, con la base de siete millones novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil quince, con la base de dos millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Mario Enrique Quesada Benavides. Expediente: 14-028869-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2015.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez.—(IN2015015431).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil quince y con la base de cinco millones doscientos treinta y cinco mil ciento cuarenta y nueve colones exactos, en el mejor postorremataré losiguiente:fincainscritaenelRegistroPúblico,Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento catorce mil trescientos veintidós cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 2-C; al sur, calle pública; al este, lote 25-C; y al oeste, lote 27-C. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince, con la base de tres millones novecientos veintiséis mil trescientos sesenta y un colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y

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cuarenta y cinco minutos del nueve de abril del dos mil quince, y con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 101059-000, la cual es naturaleza: terreno con una casa. Situada: en el distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Leandro Guevara Fonseca; sur, calle pública con un frente de 23.06 metros; este, Leandro Guevara Fonseca; oeste, calle pública con un frente de 43.36 metros. Mide: quinientos un metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0397771-1997. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril del dos mil quince, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de mayo del dos mil quince, con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en casodepagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoa favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Santos Roger Medina Vásquez. Expediente N° 12-000040-0390-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 18 de febrero del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015015502).

En la puerta exterior de este Despacho, sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea las siguientes fincas: 1) Fincainscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 190.627-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2012-25639-01-0002-001, y servidumbre de paja de agua citas: 2012-25639-01-0003-001, la cual es naturaleza: terreno de pastos. Situada: en el distrito 8-Cabo Velas, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Inversiones Turísticas Punta Diamante S. A.; sur, servidumbre agrícola; este, calle pública; oeste, Inversiones Turísticas Punta Diamante S. A. Mide: ochocientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Plano: G-1509269-2011. Con la base de setenta y ocho mil setecientos cuarenta y dos dólares con cincuenta y seis centavos ($78.742.56) (primer remate), de no haber postores, para el segundo remate con la base de cincuenta y nueve mil cincuenta y seis dólares con noventa y dos centavos ($59.056.92) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate con la base de diecinueve mil seiscientos ochenta y cinco dólares con sesenta y cuatro centavos ($19.685.64) (un 25% de la base original). 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 190.628-000, libre de gravámenes hipotecarios; la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 8-Cabo Velas, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, servidumbre de paso con un frente de 16 metros 90 centímetros; sur, Inversiones Turísticas Punta Diamante S. A.; este, calle pública con un frente de 11 metros 40 centímetros; oeste, Inversiones Turísticas Punta Diamante S. A. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: G-1493230-2011. Con la base de veinticuatro mil seiscientos cincuenta y seis dólares con setenta y seis centavos ($24.656.76) (primer remate), de no haber postores, para el segundo remate con la base de dieciocho mil cuatrocientos noventa y dos dólares con cincuenta y siete centavos ($18.492.57) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate con la base de seis mil ciento sesenta y cuatro dólares con diecinueve centavos ($6.164.19) (un 25% de la base original). Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil quince (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de abril del dos mil quince. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 328-19498-01-0901-001, y reservas y restricciones citas: 353-07091-01-0900-001, a las nueve horas y quince minutos antes meridiano del cuatro de mayo del dos mil quince, y con la base de cuatrocientos nueve mil quinientos dieciocho colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 292021-036-039, la cual es terreno de cafetal con una casa. Situada: en el distrito 1-Aserrí, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Manuel Corrales Cerdas; al sur, río Cañas; al este, río Cañas, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos veintisiete metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos antes meridiano del diecinueve de mayo del dos mil quince, con la base de trescientos siete mil ciento treinta y ocho colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos antes meridiano del tres de junio del dos mil quince, con la base de ciento dos mil trescientos setenta y nueve colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismo deberá ser giradoa favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Suministros Permanentes de Computadoras Súper Comp contra Kattia Rojas Fonseca. Expediente N° 10-005137-0307-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de febrero del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015015498).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado citas: 2011-243628-01-0001-001; hipoteca de segundo grado citas: 2011-249817-01-0001-001; plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2011-179168-01-0009-001, a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil quince, y con la base de cincuenta y cuatro millones doscientos veintidós mil setecientos cincuenta y ocho colones con diez céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta mil novecientos setenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 1-Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 30; al este, lote 32, y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos sesenta y un metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: G-1181130-2007. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil quince, con la base de cuarenta millones seiscientos sesenta y siete mil sesenta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil quince, con la base de trece millones quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos ochenta y nueve colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,elmismodeberásergiradoafavordeesteDespacho.La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cañas contra María Ester de la Trinidad Arguedas Wells. Expediente N° 14-001472-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 19 de febrero del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015015500).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y plazo de convalidación (rectificación de medida), a las quince horas y

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002502-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 26 de febrero del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015015519).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando practicado citas: 2012-68010-001 del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, por administración fraudulenta, y condiciones IDA citas: 395-15202-01-0998-001, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos mil quince, y con la base de quince mil dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 162953-000, la cual es naturaleza: terreno de potrero. Situada: en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública y 3-101-590882; sur, José Ángel Gutiérrez y María Ruiz Gutiérrez; este, José Ángel Gutiérrez y María Ruiz Gutiérrez y 3-101-590882; oeste, Feliciano Cubillo Cubillo. Mide: ocho mil cuatrocientos metros cuadrados. Plano: G-0990030-2005. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de abril del dos mil quince, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de mayo del dos mil quince, con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jie Feng Chen contra Alejandro José Leandro Jiménez, Teodora Chavarría Carranza. Expediente N° 14-001868-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 11 de febrero del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015015523).

EnlapuertaexteriordelaoficinaqueocupaesteJuzgado:a) Libre de gravámenes hipotecarios y con la base dada por el perito sea la suma de trece millones ochocientos treinta y ocho milnoventaysietecolones,sáquesearematelafincadelpartidode Puntarenas, matrícula N° 53605-000, que es terreno de potrero y tacotales.Situada: enel cantóndeGolfito,distrito01Golfito,provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con río Coto Colorado; al sur, con río Coto Colorado y otro; al este, con río Coto Colorado, y al oeste, río Coto Colorado y otro. Mide: diecinueve mil setecientos sesenta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas del siete de abril próximo entrante (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintiuno de abril próximo entrante, con la base de ciento treinta millones trescientos sesenta y nueve mil seiscientos ochenta y nueve colones (rebajadas en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del seis de mayo próximo entrante, con la base de cuarenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos sesenta y tres colones (un 25%). b) Soportando hipoteca de primer grado bajo las citas: 563-14770-01-0001-001, y con la base dada por el perito sea la suma de veinte millones cien mil trescientos setenta y dos colones con cuarenta y dos céntimos, sáquesearematelafincadelpartidodePuntarenas,matrículaN°20644-000, que es terreno de para construir una casa marcada con el número 84. Situada: en el cantón de Golfito, distrito 01Golfito, provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con avenidacentral con 17.76 metros; al sur, con Miguel Torres Carpio; al este, con avenida Francisco Vindas con 11.19 metros de frente, y al oeste, INVU. Mide: trescientos trece metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas del siete de abril próximo entrante (primer remate). De no

horas y cero minutos del ocho de mayo del dos mil quince. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almonedaque,encasodepagarconchequecertificado,elmismodeberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Turísticas Punta Diamante S. A., Ronald Rodríguez Rodríguez. Expediente N° 14-002109-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 24 de febrero del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015015517).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reserva Ley Aguas y reserva Ley Caminos, a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil quince, y con la base de cuatro millones doscientos veintitrés mil seiscientos cinco colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 86509-000, la cual es terreno para construir lote 60 Proyecto Gromaco, Sección B. Situada: en el distrito 03 Potrero Grande, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, parcela 59; al sur, parcela 59; al este, parcela 59, y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos veinticinco metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil quince, con la base de tres millones ciento sesenta y siete mil setecientos cuatro colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil quince, con la base de un millón cincuenta y cinco mil novecientos un colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismo deberá ser girado a favor deeste Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Reinaldo Cerdas Hernández. Expediente N° 13-008659-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de enero del 2015.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2015015518).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, a las diez horas y cero minutos del catorce de abril del dos mil quince, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 74095-000, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 5-Porvenir, cantón 9-Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ofelia Carranza González; sur, Benedicto Zúñiga Zúñiga; este, Benedicto Zúñiga Zuñiga; oeste, calle pública con 21,72. Mide: doscientos cuarenta y nueve metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: G-0877865-1990. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de abril del dos mil quince, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil quince, con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoafavordeeste Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sidney del Socorro Zúñiga García. Expediente N° 14-

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mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca sin inscribir, partido de Puntarenas. Plano: P-uno uno dos nueve dos seis cuatro-dos mil siete, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Teresa Barrantes; al sur, calle pública con un frente de dieciséis metros aproximadamente; al este, Zaida Rosa Vargas Chávez, y al oeste, Leticia Vargas Obando. Mide: cuatrocientos veinte metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de mayo del dos mil quince, con la base de un millón doscientos noventa y seis colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil quince, con la base de cuatrocientos treinta y dos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, encasodepagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoa favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fabián Calderón Bustamante contra Carlos Alberto Gutiérrez Vargas. Expediente N° 14-007802-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 6 de febrero del 2015.—Licda. Eileen Chávez Mora, Jueza Decisora.—(IN2015015553).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 254-2579-01-0002-001, a las nueve horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil quince, y con la base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil treinta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir con un taller. Situada: en el distrito 01 San Vito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 11 metros 58 centímetros; al sur, Luis Berrocal Cascante; al este, Gervasoni S. A., y al oeste, Gervasoni S. A. Mide: trescientos cincuenta y seis metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil quince, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil quince, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, elmismo deberá ser giradoa favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Henry Jiménez Sibaja. Expediente N° 14-007185-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 3 de marzo del 2015.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2015015556).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del seis de mayo del dos mil quince, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 181763-000, la cual es lote quince con una casa. Situada: en el distrito Cot, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Alonso Fernández; al este, lote 14, y al oeste, lote 16. Mide: ciento cincuenta y dos metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil quince, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil quince, con la base de tres

haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintiuno de abril próximo entrante, con la base de ciento treinta millones trescientos sesenta y nueve mil seiscientos ochenta y nueve colones (rebajadas en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del seis de mayo próximo entrante, con la base de cuarenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos sesenta y tres colones (un 25%). c) Soportando reservas y restricciones bajo lascitas:393-19795-01-900-001;arrendamientode lafincabajo las citas: 393-19795-01-902-001; demanda ordinaria bajo las citas: 567-45038-01-0001-001 y medida cautelar de este proceso bajo las citas: 2010-15494-01-0001-001, con la base dada por el perito sea la suma de ciento setenta y tres millones ochocientos veintiséis mil doscientos cincuenta y dos colones; sáquese a rematelafincadelpartidodePuntarenas,matrículaN°76187-000,que es terreno de pastos, charrales 1 casa. Situada: en el cantón de Golfito, distrito 01 Golfito, provincia de Puntarenas. Linda:al norte, con Anita Beita Granados; al sur, con Eliécer Porras Beita; al este, con Anita Beita Granados; Eliécer Porras, y al oeste, calle pública con 607,98 metros de frente. Mide: quinientos setenta y nueve mil cuatrocientos veinte metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas del siete de abril próximo entrante (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintiuno de abril próximo entrante, con la base de ciento treinta millones trescientos sesenta y nueve mil seiscientos ochenta y nueve colones (rebajadas en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del seis de mayo próximo entrante, con la base de cuarenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos sesenta y tres colones (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución laudo arbitral N° 11-000034-0180-CI-1 de Hockman Peter Marck y Óscar Balleza Moreno contra Juan Arturo Rivera Rodríguez. Se hace saber que en el momento de llevar a cabo el remate y querer el rematante en caso de ofrecer su oferta en efectivo, deberá consignar bajo fe de juramento la procedencia de los dineros aportados caso contrario, en caso de haber una negativa en expreso dichas manifestaciones se incorporarán al acta de remate cuya copia se remitirá al Banco de Costa Rica al momento de realizar el deposito respectivo, lo anterior de conformidad con lo estipulado en la Circular N° 27-2014 de la Dirección Ejecutiva que literalmente dice: “A solicitud del Banco de Costa Rica, se hace atenta instancia a los Despachos Judiciales que efectúan remates,queconelfindecontrolarelusodecapitalesdedudosaprocedencia, cuando se adjudique el bien y el pago sea en efectivo, se consigne en el acta del resultado del remate, una manifestación bajo fe de juramento del postor que llegue a adjudicarse éste, sobre la procedencia de los recursos con que cancela el monto del dinero que entrega al Despacho. Cuando se envíe a depositar el dinero a la cuenta del Despacho en el Banco de Costa Rica, se deberá adjuntar copia del acta de remate”, y la Circular N° 34-2014 de la Dirección Ejecutiva que literalmente dice: “En adición al contenido de Circular” la Circular N° 27-2014 de 20 del presente mes, me permito hacer de su conocimiento, que en caso de que el postor no esté anuente a hacer la declaración, así se debe consignar en el acta, de la que se debe enviar copia al Banco, cuando se deposite el dinero en efectivo en la cuenta del Despacho. En caso de que suceda lo anterior, el Banco de Costa Rica se encargará de hacer los trámites que correspondan, en aplicación de la Ley N° 8204. Cabe señalar, que el consignar o no la declaración jurada que se indica, no produce ninguna afectación al proceso judicial, ya que se está aprovechando el acta del remate, para controlar el origen de los dineros que se depositan como consecuencia del remate realizado”.—Juzgado Primero Civil de San José, 6 de febrero del 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—(IN2015015532).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil quince, y con la base de un millón setecientos veintiocho

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vigente que exhibe número uno-cuatro dos siete-uno cuatro cuatro, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante elRegistro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de agricultura. Situada en el distrito:Chires, cantón: Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al norte, con el Río Negro; al sur, con calle pública con 9 metros y 25 centímetros; al este, con calle pública con un frente de 9 metros y 25 centímetros y el Río Negro; al oeste, con calle pública con un frente de 9 metros y 25 centímetros y el Río Negro. Mide: 20481 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1652893-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por… y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,pacífica,ininterrumpida,debuenafeyatítulodedueñopor más de seis años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, linderos, cuido de la zona montañosa, además de árboles maderables y plantas existentes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Rafael Murillo Salazar. Expediente: 10-000086-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de octubre del 2014.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011439).

Manuel Zamora Anchía, quien es mayor, casado una vez, vecino de Santa Rosa de Guacimal, portador de la cédula de identidad número seis-uno cuatro cuatro-cero dos seis, peón, pretende inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturalezaes terreno para construir. Situada en Sutubal, distrito sétimo, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Reinaldo Mesén Anchía y Eresbide Anchía Castro; al sur, con Jorge Zamora Anchía; al este, con Eresbide Anchía Castro y Harley Méndez Anchií; y al oeste, con calle pública con una medida lineal de seiscientos sesenta y seis metros con sesenta centímetros lineales frente a ella. Mide: treinta y nueve hectáreas noventa y tres mil setecientos ochenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-uno cuatro seis siete cero ocho dos-dos cero uno cero (6-1467082-2010). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de veinte millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Alfredo Zamora Rodríguez y hasta la fecha lo hamantenidoen formaquieta,pública,pacífica, ininterrumpida,de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños.-Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Manuel Zamora Anchía. Expediente: 13-160037-0642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Marco Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011446).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 12-000184-0390-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Walter Francisco Castillo Castillo, quien es mayor, estado civil soltero, en unión libre, vecino

millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagarconchequecertificado,elmismodeberásergiradoafavordeeste Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Sendero del Puma S. A. contra Ofelia Lorena del Rosario Granados Torres. Expediente N° 15-006078-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015015558).

ConvocatoriasSe convoca a todos los interesados en la sucesión de Alfonso

BarbozaMéndez,aunajuntaqueseverificaráenesteJuzgadoalasocho horas y treinta minutos (8:30 a.m.) del siete de abril del dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 14-000594-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de febrero del 2015.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2015012425).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Evelio Granados Sánchez, a una junta que se verificará en estejuzgado a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 03-001919-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de febrero del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2015015388).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Antonio Quesada Porras, a una junta que se verificará en este Juzgado, alas nueve horas cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 12-000504-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de febrero del 2015.—M.Sc. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015015525).

Títulos SupletoriosAbel García Barrantes, mayor, soltero, comerciante, vecino

de Potrero Grande de Buenos Aires, doscientos metros al sur de la Escuela de Potrero Grande, cédula de identidad seis-doscientos cincuenta y uno-noventa y nueve, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el RegistroPúblico de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece yque se describe así: terreno para construir, situado en el distrito tercero Potrero Grande del cantón tercero Buenos Aires de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, con Olman García Barrantes; al sur, con calle pública; al este, con Municipalidad de Buenos Aires; y al oeste, con calle pública. Mide: setecientos cincuenta y seis metros cuadrados, según plano catastrado P-1723004-2014. El terreno antes descrito el solicitante hasidoelposeedorencalidaddedueñodemanerapública,pacíficae ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de cuatro millones de colones, igualmente las presentes diligencias, con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente N° 14-100044-1046-CI-(49-14), establecidas por Abel García Barrantes.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 14 de agosto del 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2015010981).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 10-000086-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rafael Murillo Salazar, quien es mayor, casado, vecino de San José, Puriscal, Santiago, Junquilo Arriba, portador de la cédula de identidad

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identidad número 2-0380-0411, ambos vecinos de La Lagartera de Los Chiles, Alajuela, 3 kilómetros oeste de la Escuela El Jobo, solicitan se inscriba a sus nombre en el Registro Público de la Propiedad,porpartesigualesyencomún,lafincasininscribirqueles pertenece y que se describe así: terreno de pastos y cultivos anuales, sito en El Jobo de Los Chiles, distrito primero de Los Chiles, cantón catorce de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, calle pública con un frente de trescientos cincuenta y nueve metros noventa y dos centímetros; al sur, Ángel Galeano Galeano y Adalberto Cruz Rodríguez; al este, Migdonio Palacios Taleno y Ángel Galeano Galeano; y al oeste, Ganadera Hernández Carranza S. A. Mide de acuerdo al plano catastral aportado número A-1689367-2013,unasuperficiedediecinuevehectáreasmilcientonoventaycuatrometroscuadrados.Elinmuebledescritomanifiestanlos titulantes que lo adquirieron así: el copromovente Isaías Galeano Acosta, por venta que le hizo su hermano Teodoro Galeano Acosta, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 8-042-135, vecino de La Lagartera de Los Chiles, Alajuela, mediante carta venta con fecha 18 de diciembre de 1992 y con fecha cierta puesta el 27 de enero de 1993 y la copromovente Eulogia Palacios Lobo, por donación de un derechodeunmedioenlafinca,quelehizosucompañerodehechoel copromovente Isaías Galeano Acosta, en fecha 11 de octubre del 2011, mediante escritura pública número 121, otorgada ante la Notaria Pública Fressia Guzmán Mena. El fundo fue estimado en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias fueron estimadas en la suma de quinientos mil colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información Posesoria Exp. N° 12-000048-0298 AG, promovida por Isaías Galeano Acosta y otra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de febrero de 2015.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012530).

Ilsias Fernández Loáciga, mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Guapinol, camino al Porvenir, del centro de población , trescientos metros al oeste, cédula de identidad cinco-cero trescientos treinta y cinco-cero ochocientos cuarenta y tres, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: terreno de patos, situado en El Guapinol, La Garita (distrito tercero) de La Cruz (cantón décimo) de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Luis López Mata; sur, calle pública; este, Edgar Fernández Loáciga; y oeste, Santiago Esquivel Espinoza. Según plano catastrado G-un millón trescientos noventa y seis mil seiscientos trece-dos mil diez. Mide de extensión quinientos sesenta y cuatrometros cuadrados.Manifiesta que noestá inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Benito Fernández Berrocal el cuatro de julio del dos mil doce. Estima el inmueble en quinientos mil colones y el proceso en quinientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Expediente N° 12-000207-0387-AG, información posesoria de Ilsias Fernández Loáciga).—Juzgado Agrario de Liberia, 10 de febrero del 2015.—Sugeily Hernández Azofeifa, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012534).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 09-000023-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Víctor Heliodoro Cisnero Leal, quien es mayor, soltero, vecino de Veintisiete de Abril de Santa Cruz, 150 metros hacia el este, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-uno siete cuatro-dos tres siete, constructor,afindeinscribirasunombreyanteelRegistroPúblicodelaPropiedad,elterrenoquesedescribeasí:fincaubicadaenlaprovincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero. Situada en el

de Quiriman de Nicoya, Guanacaste, costado sur de la Plaza de Deportes, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número0502150355,profesióncomerciante,afindeinscribirasunombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describeasí:fincaubicadaenlaprovinciadeGuanacaste,lacualesterreno para construir. Situada en el distrito primero, Cantón Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Juan de Dios Barrantes Hidalgo; al este, calle pública; y al oeste, Inés Barrantes Hidalgo. Mide: mil doscientos trece metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble donación, y hastalafechalohamantenidoenformapública,pacíficayquieta.Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y linderos, chapeas, cuido y limpieza del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Walter Francisco Castillo Castillo. Expediente: 12-000184-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 26 de enero del 2015.—Lic. Luis Carlos Alvarado Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2015011485).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 11-000037-0815-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria para rectificar medidapor parte de Ericka Mayela Hidalgo Vargas, quien es mayor de edad, casada una vez, vecina de Heredia, Flores, Barrantes, San Lorenzo, setenta y cinco metros al norte de Rancho El Potrero, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 04-0161-0476, secretaria, a fin de rectificar la medida de lafincainscritaalPartidodeHeredia,matrículafoliorealnúmerociento diez mil trescientos veintiuno-cero cero uno y cero cero dos.Dichafincasedescribeasí:fincacuyanaturalezaesterrenode café. Situada en el distrito segundo Barrantes, cantón octavo Flores de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rodama de Heredia Sociedad Anónima; al sur, Luis Gerardo Hidalgo Vargas y Servicio de Asepsia Telefónica Sociedad Anónima; al este calle pública con un frente de doce metros y cuarenta y ocho centímetros lineales y Luis Gerardo Hidalgo Vargas; y al oeste, Rodama de Heredia Sociedad Anónima. Plano número H-1435590-10, con una medida de trescientos cincuenta y un metros cuadrados. El referido inmueble, según Registro Público cuenta con una medida de ciento sesenta y cinco metros con cinco decímetros cuadrados, pero de acuerdo al plano antes indicado su medida es de trescientos cincuenta y un metros cuadrados. Indica la promovente que estima el inmueble en la suma de seis millones quinientos diez mil colones y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fey a título de dueña por más de 10 años. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Ericka Mayela Hidalgo Vargas. Expediente: 11-000037-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de enero del 2015.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011521).

Isaías Galeano Acosta, mayor, soltero en unión libre, agricultor, cédula de identidad número 2-0237-0196 y Eulogia Palacios Lobo, mayor, soltera en unión libre, del hogar, cédula de

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fue Alajuelita, se hace saber que Badilla Medina Abraham, cédula de identidad 1-0652-0506, se ha presentado a abrir el proceso sucesorio del señor Medina Medina, en razón de lo que se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-100100-0216-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alajuelita, 23 de enero de 2015.—MSC. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—(IN2015011472).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Ángel Madrigal Gutiérrez, mayor, casado una vez, operario, nacionalidad costarricense, cédula de identidad 0601890637, y vecino de Chacarita, Puntarenas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000078-0432-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 25 de noviembre del 2014.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2015011475).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael Ángel Rojas García, quien fue mayor casado una vez, pensionado, vecino del Roble de Puntarenas, con número de cédula de identidad cinco-cero tres seis-siete dos siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000186-0390-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(IN2015011515).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión Elizabeth Céspedes Rojas, mayor, divorciada una vez, secretaria, vecina de San José, Central, Hatillo tres, veinticinco metros oeste y veinticinco metros sur de la Taquería Costa Rica, casa número ciento catorce, portadora de la cedula de identidad 2-0238-0975; para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000001-16671-NO. Notaría pública de David Roberto Segura Villalobos, San José, Curridabat, de la Heladería Pops, seiscientos metros al sur y cincuenta metros oeste, frente al costado norte de Plaza Cristal,edificioJurex.—SanJosé,27deenerodel2015.—Lic.DavidRoberto Segura Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015012423).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios acreedores e interesados en la sucesión extrajudicial de Fredis Eduardo Hernández Núñez, quien fuera mayor, costarricense, soltero, guarda de Seguridad, portador de la cédula de identidad número dos-cero seis cinco seis-cero dos nueve seis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el Bufete Sánchez, ubicado en Guayabo, Bagaces, Guanacaste, trescientos metros sur y setenta y cinco al este del redondel; en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo aquélla pasará a quien corresponda. Juicio sucesorio extrajudicial. Expediente Nº 0002-2015-Suc. Bagaces.—Bagaces, 23 de febrero del 2015.—Licda. Guiselle Sánchez Solórzano, Notaria.—1 vez.—(IN2015012427).

distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ezequiel Gómez Gómez y Silbio Cisneros Leal; al sur, Lidiette Oviedo Cisneros y Rio Arenal; al este, Venicio Cisneros Leal y Lidiette Oviedo Cisneros; y al oeste, Silbio Cisneros Leal y servidumbre agrícola. Mide: ocho mil setecientos sesenta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta y hastalafechalohamantenidoenformapública,pacíficayquieta.-Que los actos de posesión han consistido en cercado, limpieza y mantenimiento general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Víctor Heliodoro Cisnero Leal. Expediente: 09-000023-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 4 de setiembre del 2009.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012544).

CitacionesSe hace saber que en este despacho se tramita el proceso

sucesorio de quien en vida se llamó Ángel Moreno Biciana, mayor, casado, empresario, vecino de Alajuela, cédula de identidad 8-0001-0659 y María de los Ángeles Pacheco Andreoli, quien fue mayor, casada, empresaria, vecina de Alajuela, cédula de identidad 1-0223-0518. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000456-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de enero del 2015.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2015010974).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mario Antonio Naranjo López, mayor, soltero, abogado y notario, cédula de identidad 0601110373 y vecino de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000306-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1° de setiembre del 2014.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2015010980).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Olman Augusto Mullins Carr, quien fue mayor de edad, casado, vecino de Cairo de Siquirres, cédula de identidad 1-0719-0637, quien falleció el ocho de enero del dos mil trece, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 14-100015-0934-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, cinco de noviembre del dos mil catorce.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011430).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Medina Medina Tranquilino, quien fuera mayor, soltero, cedula de identidad 6-0040-0586 y cuyo último domicilio

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Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Carmen María Gómez Barrantes, a las once horas del veintitrés de febrero del año dos mil quince, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Nelly Barrantes Bolaños, viuda, vecina de Alajuela, Grecia, Bolívar, portadora de la cédula de identidad número dos-ciento diecinueve-doscientos treinta y cinco. Se cita y emplaza a todos interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Roberto José Suarez Castro, Alajuela, Grecia, veinticinco metros norte del banco nacional, teléfono dos-cuatro cuatro cuatro-cinco dos cinco dos.—Lic. Roberto José Suarez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2015012804).

Los señores Geovanny Martín, Victoriano Antonio, y Manuel de la Cruz todos de apellidas Conejo Aguilar, mayores de edad, casados, choferes y abogados, con cédulas respectivamente Tres-doscientos sesenta y tres-ciento ocho, uno-quinientos ochenta y cuatro-doscientos diecinueve, y uno-setecientos setenta y ocho-novecientos noventa y ocho, todos vecinos de Cartago, Barrio El Carmen, del Bar La Fortuna cien metros al oeste, en su condición de hijos, han solicitado ante la Notaría del Licenciado Dagoberto Rivera Betancourt carnet seis mil trescientos treinta, con oficinaabierta en San José, Barrio González Lahmann, sobre avenida diez, entre calles veintiuno y veintitrés bis, la tramitación del Juicio Sucesorio en forma extrajudicial de los señores Manuel Antonio Conejo Fonseca y de María Isabel Aguilar Núñez, ambos fueron casadas entre sí, el primero comerciante y la segunda ama de casa, con cédulas respectivamente tres-ciento dos-ochocientos noventa y siete,ytres-cientocuarentaytres-cientocincuentayseis.Entalfinse emplaza a todos los interesados en la sucesión de quienes en vida fueron, Manuel Antonio Conejo Fonseca y de María Isabel Aguilar Núñez, para que dentro del término de treinta días hábiles a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apersonen a los autos aquellos que crean tener la calidad de herederos; que si no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio de Manuel Antonio Conejo Fonseca y de María Isabel Aguilar Núñez. Expediente Notarial N° 2-N-2015.—San José, veintiuno de febrero del año dos mil quince.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—(IN2015012822).

Ante ésta notaría se tramita el proceso sucesorio de Miguel Ángel Umaña Mora, quien en vida fue mayor, casado una vez, Agricultor, vecino de Pejibaye de Pérez Zeledón, cédula de identidad uno-cuatrocientos cuarenta y dos-ochocientos. Por lo anteriorseconfiereelplazolegaldetreintadíasestablecidoenelartículo 917 del Código Procesal Civil a todos los herederos para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta Notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarraúa, cien metros oeste de la Funeraria Los Santos.—San Marcos de Tarrazú, dos de febrero del dos mil quince.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2015012912).

Ante ésta notaría se tramita el proceso sucesorio de Luis Antonio Hernández Bonilla, quien en vida fue mayor, casado una vez, Médico, vecino de Moravia, cédula de identidad cuatro-cero ochenta y ocho-novecientos setenta y tres. Por lo anterior se confiere el plazo legal de treinta días establecido en el artículo917 del Código Procesal Civil a todos los herederos para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta Notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú, cien metros oeste de la Funeraria Los Santos.—San Marcos de Tarrazú, veintiocho de diciembre del dos mil catorce.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2015012918).

Ante mi notaría, compareció el señor Víctor Raúl Brizuela Rojas, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número uno-novecientostreintaysiete-doscientosnoventaytresafindeprocedera la apertura del proceso sucesorio testamentario de quien fuera su padre, Víctor Manuel Brizuela Angulo, mayor, casado una vez, vecino de Mata de Plátano de Goicoechea, de la chicharronera el Jardín, trescientos metros al sur, doscientos oeste, cédula de identidad número uno-doscientos veintidós- ciento veinticuatro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que se apersonen a hacer valer sus derechos en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, trece de febrero del año dos mil quince.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2015012522).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Elizabeth Mena Faith, mayor, soltera, ama de casa, costarricense, con documento de identidad número 1-408-035 y vecina de San José, Los Cuadros de Goicoechea. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000078-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de febrero del 2015.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012532).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Mireya Salazar Villalobos, a las 9:00 horas del 10 de febrero del 2015 y comprobado el fallecimiento, esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Miguel Ángel González Salazar, mayor, soltero, vecino de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Barrio San Roque, del restaurante Mac Donals 100 metros este y 50 metros norte, portador de la cédula de identidad número 2-0534-0255. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Lucía Yalile Barrantes Meléndez, 50 metros sur de los Tribunales de Justiciado San Carlos.—Mireya Salazar Villalobos.—Licda. Lucía Yalile Barrantes Meléndez, Notaria.—1 vez.—(IN2015012693).

Ante esta Notaría se tramita el proceso sucesorio notarial, de quién en vida se llamó Ángela Rosa del Carmen Araya Gamboa, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de San Vito de Coto Brus, cédula de identidad número seis-cero cero noventa y dos-cero seiscientos trece. Habiéndose comprobado la respectiva defunción de la causante, a solicitud de Jorge Humberto Gamboa Zúñiga se declara abierto el proceso sucesorio notarial y, por el plazo de treinta días a partir de la publicación de este Edicto se cita a quienes se consideren herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el presente sucesorio para que comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que si no se presentan en el plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Esta Notaría se encuentra ubicada en Heredia, San Antonio de Belén, Altura de Cariari, casa 16B.—San José, veinticuatro de noviembre del dos mil catorce.—Licda. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2015012754).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial, de Benedicto Jiménez González, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de 175 metros norte de la antigua Fogata, Buenos Aires, Palmares de Alajuela, con cédula dos-cero doce-doscientos noventa y tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos a esta Notaría, en Palmares, costado norte de pasta Viena; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2015. Notaría del bufete de la Licda. Miriam Rodríguez Hernández, Notaría Pública.—Licda. Miriam Rodríguez Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015012766).

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Conforme a los numerales ciento veintinueve siguientes y concordantes del Código Notarial se cita y emplaza a los interesados en el sucesorio en sede notarial, de quien en vida se llamó Randal Roberto Duval Bolaños, quien en vida fue, mayor, soltero, vecino de San Pablo de Heredia, casa cuatro D, abogado, cédula de identidad uno-cero siete tres cinco-cero nueve quince, para que dentro de los treinta días siguientes, contados a partir de lafechadepublicacióndeesteedicto,seapersonenalaoficinadelNotario Licenciado Juan Carlos Campos Salas, situada en Santo Domingo de Heredia, ciento veinticinco metros Norte de la Basílica a mano izquierda, a hacer valer sus derechos, lo anterior, bajo el apercibimiento de que si no hubiere objeciones o interesados, la herencia pasará a quien por ley corresponda.—Santo Domingo de Heredia, veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario.—1 vez.—(IN2015013283).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por el Lic. Herminio Alfonso Mora Barboza, a las once horas y treinta minutos del veinte de febrero del dos mil quince, horas y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María del Rosario Abarca Aguilar, viuda una vez, vecina la provincia de San José, del cantón de Moravia, del distrito San Rafael, portadora de la cédula de identidad número uno-cero dos cero dos-cero cero cero ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la única publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Herminio Alfonso Mora Barboza, de la provincia de Alajuela, cantón de Zarcero, trescientos metros sur de la esquina sureste del Parque de Zarcero, Teléfono 8889-1027, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente número cero cero uno-dos mil quince. Lic. Rodney Corrales Albarca, Albacea Propietario.—Lic. Hermino Alfonso Mora Barboza, Notario.—1 vez.—(IN2015013295).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial Ab intesto de Emilia Martínez Martínez, mayor, viuda de su primera nupcia, ama de casa, con cédula de identidad número siete-cero cincuenta-ciento treinta y seis, barrio Santa Eduviges frente a la Iglesia Católica, provincia de Limón; para que dentro del plazo de treinta días contados desde la publicación de éste edicto, se apersonen en ésta Notaría situada en Limón centro, diagonal a la corte, altos de tienda Kapricho, en el cantón y distrito primeros de la provincia de Limón, en defensa de sus derechos, ó envíen sus documentos y apersonamientos al fax número dos siete nueve cinco uno seis ocho dos, a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2015.—Licda. Ofelia Rebeca Miller Bryan, Notaria.—1 vez.—(IN2015013296).

Se cita a los interesados en la sucesión ab-intestada de Flor María Marín Cordero, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa cédula 3-262-415, vecina de Birrisito, Paraíso, Cartago, quien falleció el 30 de junio del 2012, para en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante mi Notaría en Cartago, calle 8, avenidas 2 y 4, a reclamar sus derechos. Se apercibe que si nadie se presenta dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, 23 de febrero del 2015.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—(IN2015013305).

Se convoca a los interesados en el sucesorio de Leda Iris Salvatierra Cubillo, quien fue mayor, separada de hecho de sus segundas nupcias, Abogada, vecina de San José, San Antonio de Desamparados 250 metros al sur de la Plazoleta, cédula 1-0292-0916, quien falleció el 26 de febrero del 2013, para que en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente a la publicación de este aviso, comparezcan a esta Notaría a hacer

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados en sucesión del señor Mario Amado Arrieta Vallejos, quien en vida fuera mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Garita Nueva de Santa Cruz, Guanacaste, cien metros al este de la nueva Plaza de Deportes, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y nueve-cero cincuenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa de derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número 0001-2014. Notaría de la Licenciada Gloriana Carmona Castañeda, Santa Cruz, Guanacaste, veinticinco metros al sur del Liceo Santa Cruz.—Licda. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1 vez.—(IN2015012988).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Juan Bautista Jiménez Mora, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San José, San Rafael de Coronado, portador de la cédula de identidad número: uno-cero trescientos cincuenta y siete-cero cuatrocientos treinta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la Notaría del notario público Jorge Fredy Chacón Villalobos, enoficinasBLC&CENAbogadosyContadores,ubicadasenSanJosé, Goicoechea, de la esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha oficina con el LicenciadoMamfled JohelUreñaMorales se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento sucesorio extrajudicial de Juan Bautista Jiménez Mora. Expediente número: 0001-2015. Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario Tramitador.—San José, a las once horas del día treinta de enero del año dos mil quince.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015013055).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Miguel Santiago Zúñiga Elizondo, quien fue mayor de edad, casado una vez, contador privado, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio Loma Verde, ochenta metros al sur de la Iglesia Católica, titular de la cédula de identidad número uno-cero cinco uno seis-cero dos tres nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan a hacer valer sus derechos dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2014-003-6177-SuAbl. Notaría del Lic. Diego Arturo Oviedo Alpízar, sita en San José, Moravia, Residencial San Rafael casa número ocho.—Lic. Diego Arturo Oviedo Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2015013082).

Se tiene por establecido el presente proceso sucesorio del señor José Amado Solano Acuña, se emplaza a todos los interesados por el plazo de treinta días para que se apersonen al proceso, mismo que se tramita en actividad judicial no contenciosa ante la Notaría delLic.ChristianChinchillaMonge,conoficinaenCartago.Citadela esquina sur oeste de los Tribunales de Justicia cien metros al oeste y ciento setenta y cinco al sur. Oficina Primera.—Lic. ChristianChinchilla Monge, Notario.—1 vez.—(IN2015013114).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señoraFlordeMaríaGaritaCoto,quienfuemayor,soltera,oficinista,vecina de Lourdes de Cartago, cédula tres-ciento setenta y ocho-ochocientos noventa y seis, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2015. Notaría del Notario Público Carlos Eduardo Mata Ortega, ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica, teléfono 2551-0404, fax 2591-4789.—Cartago, 19 de febrero del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2015013227).

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valer sus derechos, apercibidos de que en caso de no hacerlo en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda según el testamento que obra en los autos. Esta Notaría para todos los efectos se ubica en San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica 150metros al oeste EdificioVMA, fax 2234-8716, correo electrónico [email protected]. Asimismo deberán señalar lugar donde atender notificaciones conforme ala Ley.—San José, 21 de octubre del 2013.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2015013312).

En mi Notaría, sita en Grecia, Alajuela, 75 metros sur de la Casa Parroquial, bajo el expediente Nº 0002-2013, se encuentra abierto y en trámite el proceso sucesorio extrajudicial, como actividad judicial no contenciosa de Rafael María Ramírez Gómez, cédula de identidad N° 9-0054-0194, quien murió en el Hospital México, San José, el día 15 de enero de 1994. Se cita y emplaza a herederos e interesados en dicho sucesorio, para que dentro del término de 30 días, contados a partir de la primera publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen, la herencia pasará a nombre de quienes legalmente corresponda. Notaria del licenciado Sergio Antonio Alfaro Benavides.—Grecia, Alajuela, 28 de enero del 2015.—Lic. Sergio Antonio Alfaro Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2015013425).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Alberto Rodríguez Serrano, quien en vida fue mayor, soltero, agricultor, vecino de El Refugio, Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, quinientos metros al norte del Cementerio, con cédula de identidad número dos-ciento cincuenta y ocho- setecientos cuatro; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 2015-0001-AJNC. Notaría de la Licenciada Evelyn Loaiza Blanco. Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Baltazar Quesada, veinticinco metros al norte, cien metros al oeste y veinticinco metros al norte del Abastecedor El Vicero.—Licda. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2015013485).

Por el termino de treinta días se cita y emplaza a los interesados, herederos, legatarios y acreedores, para que dentro de dicho plazo se apersonen ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, en la sucesión ad-intestato de quien en vida fuera Rose Mary Guier Sauma, cédula de identidad número 4-0395-1209, quien falleciera en fecha del 11 de diciembre del 2013. Apertura del proceso en fecha del 9 de diciembre del 2014. Expediente N° 001-2014. Queda el expediente adisposiciónenlaoficinadelNotarioMauricioQuirósGonzález,sito en San José, Los Yoses, Avenida 10, calle 37, bufete Central Law Quirós Abogados.—San José, 9 de diciembre del 2014.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—(IN2015013562).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó José Joaquín Vallejos Cortés, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cuyo último vecindario fue Pavones de Nandayure, Guanacaste, de la escuela doscientos metros al oeste y doscientos metros al norte, para que dentro de un plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil quince, Notaría del Bufete de la Licenciada Alejandra Milady Carrillo Salazar, ubicada en Carmona de Nandayure, Guanacaste, veinticinco metros al oeste del Banco Nacional.—Nandayure, veintisiete de noviembre del año dos mil catorce.—Licda. Alejandra Milady Carrillo Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2015013569).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Daisy Granados Salazar, casada una vez, del hogar, con cédula número: Tres-cero doscientos trece-cero quinientos noventa

y seis, vecina del mismo domicilio anterior, quien falleció el día nueve de enero del año dos mil trece, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Apercibo a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Apertura solicitada por: Carlos Alberto Marín Córdoba, viudo, maestro de obras, con cédula número: Uno-cero quinientos veintiuno-cero quinientos ochenta y tres, con domicilio en San Miguel de Desamparados, de la Iglesia Católica quinientos metros al sur. Exp. N° SUC-NOT-2015-01 Oposiciones al email: [email protected], o al fax: 2224-8957, o al Bufete sita enZapote,SanJosé,Yosessur,edificioDonErasmo,200sury50este de Torres de Radio Columbia.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2015013604).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Clarisa del Carmen Arias Ballestero, mayor, viuda una vez, vecina de Cartago, Centro, cien metros al sur de las Ruinas, de Cartago, cédula de identidad 3-0096-0119, se cita a los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 2015-2, Lic. Luis Ricardo MonteroLópez,notariopúblico,conoficinaabiertaenCartago,de la Iglesia María Auxiliadora, cincuenta metros este y setenta y cinco metros norte.—Lic. Luis Ricardo Montero López, Notario.—1 vez.—(IN2015013705).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Georgina Rojas D’Avanzo, a las nueve horas del veinticuatro de febrero del año dos mil quince, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Marco Antonio Calvo Jiménez, quien fuera casado una vez, ebanista, cédula de identidad número 9-012-898, vecino de Guadalupe de Cartago, cien metros este del Bar Nueva York. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Georgina Rojas D’Avanzo, Cartago, Oriental, San Rafael, Urbanización Don casa 16, Teléfono 2553-0908. El original fue retirado por Elvia Hidalgo Valverde, a las ocho horas del veintiséis de febrero del 2015.—Licda. Georgina Rojas D’Avanzo, Notaria.—1 vez.—(IN2015013706).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión del señor Felipe Goñi Núñez, quien en vida fue mayor, casado una vez, vecino de Goicoechea, Mozotal cien metros al este, doscientos Sureste y ciento setenta y cinco al sur de la Clínica Jerusalem, cédula de identidad número uno-trescientos noventa y cuatro-cuatrocientos treinta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este Edicto se apersonen ante esta Notaría, situada en San José, Barrio Escalante, del Centro Cultural Costarricense Norteamericano, veinticinco metros al norte y cientocincuentametrosaloeste,BufeteBlanco,Mora,Solano&Asociados, Calle treinta y tres y treinta y cinco, Avenida siete, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento de que si no lo hace, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, veintitrés de febrero del dos mil quince.—Licda. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2015013707).

El suscrito notario público, Carlos Alberto Guardia, hace saber que ha autorizado a las diez horas del veintitrés de diciembre del dos mil diez, la apertura del proceso de sucesión testamentaria, de Jorge Francisco Ross González, casado dos veces, empresario, vecino Pavas, del Palí cien metros al norte y setenta y cinco al este, cédula número uno-doscientos veinticuatro-cero ochenta y tres, que fuera hijo de Walter Ross Coronado y Ofelia González

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Murillo, quien falleciera el nueve de octubre de dos mil trece. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el presente proceso, para hacer valer sus derechos, apersonamiento que deben realizar dentro de los 30 días posteriores a la publicación del Edicto de Ley. Las gestiones las debenrealizaranteestaNotaría,cuyaoficinaabiertaseencuentraen la ciudad de San José, en Barrio Los Yoses en San José, 300 al este y 300 al norte de la Universidad Veritas. Se advierte a los interesados que consideren tener mejor derecho, que si no se presentaren dentro de ese plazo, sus gestiones no serán escuchadas y por lo tanto la herencia pasará a quién corresponda. Promueven: su esposa María Cecilia Salazar Azofeifa, y sus hijos José Pablo Ross Araya, Jorge Ross Araya, Lucrecia María Ross Araya, Erick Alexander Ross Salazar, y Cecil Anthony Ross Salazar, no hay menores interesados. Expediente N° 001-2015 de esta Notaría.—San José, 6 de febrero del año 2015.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015013737).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Marco Aurelio Ruiz Segura, a las ocho horas del veintiséis de febrero del año dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quienes en vida fueran Antonio Ruiz Rodríguez, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Ramón de Alajuela, costado oeste del Registro Civil, cédula de identidad: dos-ciento veinte-trescientos sesenta y tres fallecido el día trece de setiembre del dos mil nueve y Josefina Segura Solano, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula: dos-uno dos uno-cuatro seis ocho, misma dirección que el señor Ruiz Rodríguez, fallecida el día quince de noviembre de dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Álvaro Jiménez Mora, costado norte de los Tribunales de Justicia, San Ramón, Alajuela. Teléfono: 24459297.—Lic. Álvaro Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2015013799).

Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó María Cecilia Peralta Pol, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Alajuela, Urbanización Tropicana Norte, de la Estación de Servicio La Tropicana, cincuenta metros al sur y doscientos metros al este; quien portaba la cédula de identidad número nueve-cero cero cero nueve- cero cuatro dos seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la Publicación de este Edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Alajuela, avenidas central ysegunda,calleprimera,contiguoaEdificioSaborío.Expedientecero dos-dos mil catorce.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015013808).

AvisosSe hace saber que en este Juzgado se tramita proceso de

diligencias de reposición de título promovidas por Cooperativa Nacional de Educadores R.L., que corresponde a un pagaré número 2006841265, correspondiente a la operación de crédito número 1309339, de fecha 20 de enero de 2006, por un valor de ochocientos dieciséis mil colones exactos, emitido por el Cooperativa Nacional de Educadores R.L., sucursal de San José, a nombre del incidentado Ramiro Calero Guadamuz. Se cita a los interesados para que se presenten a alegar sus derechos dentro del término de quince días, a partir de la última publicación, bajo la advertencia de que si pasado ese término no se ha presentado tercero con mejor derecho se procederá conforme lo dispone el artículo 709 del Código de Comercio. Lo anterior por haberse ordena así dentro del expediente número 14-000228-182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 4 de noviembre de dos mil catorce.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2015010459). 3 v. 3

Licda. Sandra Saborío Artavia Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada; hace saber a Cristian Rafael Vargas Portuguez, mayor, cédula de identidad 2-0478-0199, divorciado, de domicilio desconocido, que en proceso ejecución sentencia promovido por Rosaura Jiménez Gómez contra Cristian Rafael Vargas Portuguez, expediente N° 09-400330-0924-FA se dictó la resolución que en lo que interesa dice: “Sentencia N° 759-2014 del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las catorce horas treinta y seis minutos del tres de octubre del dos mil catorce. Por tanto: Con base en lo expuesto y citas de ley, se declaran con lugar las presentes diligencias de Ejecución de sentencia incoadas por Rosaura Jiménez Gómez contra Cristian Rafael Vargas Portuguez, por lo cual se establece que no existen bienes gananciales que repartir, por lo cual deben excluirse de la ganancialidad los bienes inscritos en el Registro Público, el primero a nombre de la señora Rosaura Jiménez Gómez, partido de Alajuela, matrícula 302877-000, por haber sido adquirida por la señora durante la separación de hecho del matrimonio se excluye como bien ganancial; que el segundo inmueble inscrito a nombre del señor Cristian Vargas Portuguez, partido de Alajuela, matrícula 302878-000, no es bien ganancial por haber sido heredado éste a la señora Rosaura Jiménez por su abuela aunque fuera inscrito a nombre del demandado en sumomento.UnavezfirmeestasentenciadeberáelRegistrodela Propiedad inscribir el inmueble 2-302878-000 a nombre de la señora Rosaura Jiménez Gómez en la sección respectiva del Registro Público.- Se condena al señor Vargas Portuguez al pago de ambas costas procesales. Notifíquese. Licda. Sandra Saborío Artavia. Jueza.” Se ordena así en proceso ejecución sentencia de Rosaura Jiménez Gómez contra Cristian Rafael Vargas Portuguez. Expediente Nº 09-400330-0924-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 6 de enero del 2015.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—Contado.—(IN2015001820).

Se avisa que en esta Notaría, bajo el expediente número 0002-2015 la señora María Barrientos Brenes, conocida como María Mercedes Barrientos Brenes, mayor, costarricense, casada una vez, comerciante, vecina de Los Guido de Desamparados, sector cinco, calle uno, casa N uno, portadora de la cédula de identidad número: uno-cero cuatrocientos cuarenta y seis-cero quinientos sesenta y seis; solicita se apruebe la adopción individual de Maynor Calixto Morales Guevara, mayor, de nacionalidad nicaragüense, soltero, estudiante, vecino de Los Guido de Desamparados, sector cinco, calle uno, casa N uno, portador del pasaporte de su país número: C cero uno uno cero cuatro ocho dos cero. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrá los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Publíquese una sola vez.—San José, diecisiete de febrero del dos mil quince.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015013053).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela conforme con el artículo 236 del Código de Familia para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Emilce Molina Chinchilla. Expediente N° 15-000042-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 28 de enero del 2015.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011385).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Estela Álvarez Rojas. Expediente N° 15-000047-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 28 de enero del 2015.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2015011387).

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Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Orlando Gerardo González Rodríguez conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Miriam Rodríguez Barrantes. Expediente N° 15-000054-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 30 de enero del 2015.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011391).

Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez de Familia de Puntarenas, hace saber que en expediente: 15-000059-1146-FA, correspondiente a un proceso abreviado de divorcio, incoado por Leda Fonseca Calero contra Charles Branning Hudaburg, se dictó la resolución que dice así: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las ocho horas cinco minutos del cinco de febrero de dos mil quince. Se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal ad-litem de parte de la licenciada Norma Sotela Leiva. Asimismo se tiene por establecido el presente proceso declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción, planteado porel Patronato Nacional de la Infancia contra Sandra Torres Rodas, a quien mediante la curadora procesal nombrada, se le concedeaudienciapor elplazodecincodías conelfindequese pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la demandada que si no contesta dentro del plazo el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Igualmente de conformidad con los numerales 10 y 34 enrelaciónconel36todosdelaLeydeNotificacionesnúmero8687,deberáseñalarmedioparaatenderfuturasnotificaciones,sea éste: correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificaciónpor el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia las resoluciones posteriores lequedaránotificadasconeltranscursodeveinticuatrohorasdedictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Asimismo se ordena el depósito judicial provisional de Samuel Torres Rodas bajo la responsabilidad de Laura Castillo Vásquez. Por tratarse de persona ausente, se ordena la comunicación de la presente demanda por medio de un edicto que será publicado una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011393).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Rosa Leitón Víquez, quién es mayor, viuda, ama de casa número de cédula 3-103-400, vecina de Hatillo, Expediente número 2015-400034-0216-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, Hatillo, 9 de febrero del 2015.—MSC. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011424).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Otilia Ofelia Brenes López, quién es mayor, viuda, número de cédula 3-0092-1001, vecina de Hatillo, Expediente N° 2015-400038-0216-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, Hatillo, 9 de febrero del 2015.—MSC. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011425).

Edictos MatrimonialesHan comparecido a este despacho solicitando contraer

matrimonio civil los señores: Jeison Andrés Rueda Martínez, mayor, soltero, dependiente, cédula de identidad número 0207610231, vecino de Liberia, hijo de María del Rosario Rueda Martínez y Digsiana de los Ángeles Rodríguez Rostran, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad número 0504090826, vecino de Liberia, hija de Auxiliadora Rostran Novoa y Fidel Rodríguez Urbina. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 15-000096-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de febrero del 2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011396).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes José Luis Arguedas Valdivia, mayordeedad,divorciado,oficialdeseguridad,céduladeidentidadnúmero 0502480602, vecino de Cartago, Birrisito de Paraíso de la Escuela de Birrisito, 800 metros sur y 900 metros este a un costado de Hogares Crea, portones azules, hijo de María Irena Valdivia Alvarado y Santiago Arguedas Chaverri, nacido en Guanacaste el 20/09/1968, con 46 años de edad y Juana Lorena Ruiz Gutiérrez, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0502770251, vecina de Cartago, Birrisito de Paraíso de la Escuela de Birrisito, 800 metros sur y 900 metros este a un costado de Hogares Crea, portones azules, hija de Blasa Gutiérrez Baltodano y Carmen Ruiz Gutiérrez, nacida en Guanacaste, el 27/10/1972, actualmente con 42 años de edad. Tenemos dos hijas en común las cuales son mayores de edad a la fecha. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 15-000318-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 9 de febrero del 2015.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011398).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Marco Abraham Pérez Calvo, mayor de edad, soltero, asistente contable, cédula de identidad número 0304420342, vecino de Cartago, Cocorí de Aguacaliente, del Ebais, 50 metros al oeste y 25 metros al sur, casa de color gris en cerámica, hijo de Marta Eugenia Calvo Vega y Rafael Adolfo Pérez Montoya, nacido en Cartago, el 02/12/1989, con 25 años de edad y Wendy Rodríguez Góngora, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304160907, vecina de Cartago, Cocorí de Aguacaliente, del Ebais 50 metros, al oeste y 25 metros al sur, casa de color gris en cerámica, hija de Ermicenda Góngora Moraga y Francisco Rodríguez Arias, nacida en Cartago, el 22/12/1986, actualmente con 28 años de edad. Tenemos una hija en común de nombre Abigail Pérez Rodríguez de cuatro años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 15-000322-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 9 de febrero del 2015.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011399).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Juan de la Cruz Torres Zúñiga, mayor de edad, soltero, peón agrícola, cédula de identidad número 0303630354, vecino de Cot de Oreamuno, Ciudadela San Francisco, casa número 44, hijo de Cristina Zúñiga Calvo y Álvaro Torres Hernández, nacido en Cartago, el 17/12/1979, con 35 años de edad, y Teresa Quesada Pérez, mayor de edad, Soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0303930925, vecina de Cot de

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Oreamuno, Ciudadela San Antonio tercer casa color celeste con verjas negras, hija de María Luisa Pérez Mejía y Alcides Quesada Serrano, nacida en Cartago, el 05/04/1984, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 15-000328-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 9 de febrero del 2015.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011413).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes José Francisco Víquez Ulate, mayor de edad, soltero, inspector de accidentes, cédula de identidad número 0205920007, vecino de Cartago, Oriental, avenida O, calle 7, edificio Oriente, apartamentonúmero 1, hijo de Ana Isabel Ulate Herrera y José Rafael Víquez Quesada, nacido en Alajuela, el 14/01/1984, con 31 años de edad y Jacqueline Andrea Molina Alcázar, mayor de edad, soltera, ingeniera forestal, cédula de identidad número 0701680716, vecina de Cartago, Oriental, Avenida O, calle 7, edificio Oriente, apartamento número 1, hija de Marta IreneAlcázar Herrera y Walter Molina Campos, nacida en Limón, el 09/12/1985, actualmente con 29 años de edad. Tenemos una hija en común de nombre Abigail Víquez Molina de dos años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 15-000335-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 10 de febrero del 2015.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011415).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores: Jorge Arturo Rojas Delgado, cédula de identidad número 07-0158-0110, mayor, soltero, costarricense, de treinta años, mensajero, nacido en la provincia de Limón, cantón Pococí, distrito La Rita, el día diecisiete de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, vecino de Guápiles, Pococí, ochocientos metros nortedeantiguafincaLaSonia,casadecementocolorgrisyunacerca de cemento y Helen Betzabel Castro Díaz, cédula de identidad 07-0148-0693, costarricense, soltera, de treinta y dos años, ama de casa, nacida en la provincia de Limón, cantón central, en el distrito primero el veintiséis de setiembre de mil novecientos ochenta y dos, vecina de Limón Centro, del antiguo Bar la Colina, cien metros sur, veinticinco metros oeste, casa de cemento color beige. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 15-000001-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 27 de enero del 2015.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015011451).

Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio civil los señores Olivier Alvarado Mora, costarricense, pensionado, divorciado, con setenta y cuatro años de edad, nativo de Delicias Turrubares, San José, el treinta de octubre de mil novecientos cuarenta, hijo de Benigno Alvarado Román y Dulcelina Mora Azofeifa, portador de cédula de identidad N° 1-0286-0094, vigentes, que exhibe, se ha tenido a la vista y se le devuelve en el acto, vecino del Coto de Jicaral y María Elizabeth Obando Montes, costarricense, de treinta y seis años de edad, Ama de casa, nativa de Centro Nicoya, Guanacaste el veinticinco de agosto de mil novecientos setenta y ocho, hija de Dimas Obando Obando y Cira Estebana Montes Montes, vecina del Coto de Jicaral, con cédula de identidad N° 5-0305-0880. La persona que tenga conocimiento de algún impedimento para la celebración de este matrimonio deberá comunicarlo a este juzgado dentro de los ocho días siguientes a la

publicación de este edicto de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-100001-0435-CI. Olivier Alvarado Mora y María Elizabeth Obando Montes.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral, 12 de febrero del 2015.—Licda. Esther Orias Obando Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012524).

Han comparecido ante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés solicitando contraer matrimonio civil: Lauren Susana Hernández Blanco, femenina, mayor de 29 años, soltera, ama de casa, no tiene ninguna discapacidad, hija de Miguel Hernández Porras y Milagro Blanco Mora, nacida el 19-06-1985 en Oriental Central Cartago, ama de casa, cédula número 3-404-184 y Ever Gamboa Méndez, masculino, mayor de 31 años, soltero, supervisor de producción en Coopetarrazú, no presenta ninguna discapacidad pero es operado de la columna, hijo de Gerardo Gamboa Monge y María Isabel Méndez Arias, nacido el 01-01-1984 en Oriental Central Cartago, cédula número 3-418-473, ambos vecinos de Guadalupe de Tarrazú un kilómetro al suroeste de la Cancha de Fútbol calle Vieja, casa a mano izquierda color amarillo. Si alguna persona conoce de impedimento legal alguno para que este matrimonio se celebre debe indicarlo dentro de los siguientes ocho días hábiles en este juzgado. Expediente N° 20151000110243CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos, 9 de febrero del 2015.—Lic. Garnier A. Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012525).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Joseph André Oviedo Salazar, mayor, soltero, mecánico, cédula de identidad número 0115380121, vecino de San Luis de Grecia, un kilómetro al sur y 300 metros al oeste sobre Calle Murillo, casa color verde, hijo de Yanory Salazar Acosta y Eugenio Oviedo Arias, nacido en San José, el 03/06/1993, con 21 años de edad y Liseth María Alfaro Alfaro, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0207460863, vecina de San Juan de Grecia, 350 metros al sur del Salón Comunal, casa color beige, hija de Yesenia Alfaro Gómez y Miguel Alfaro Vega, nacida en Grecia de Alajuela el 10/11/1995, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 15-000105-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 16 de febrero del 2015.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015012526).

Ante esta Notaría se presentaron hoy para contraer matrimonio: José María Barrantes Oporta, mayor de edad, soltero, operador de maquinaria, cédula cinco-tres nueve siete-tres cuatro dos y vecino de San Cristóbal de Pital de San Carlos, primera entrada, cuarta casa, hijo de Felicidad Barrantes Oporta. nacionalidad costarricense; y Ana Cecilia Díaz Amador, mayor de edad, soltera, empleada doméstica, Pasaporte c cero uno ocho dos uno dos siete cuatro y vecina de Pital de San Carlos, Alajuela, detrás de la Estación Gasolinera, nacida en Juigalpa, Chontales, Nicaragua, hija de Francisca Amador Jirón, y Francisco Díaz Hurtado quienes son de nacionalidad nicaragüense, quienesmanifiestansu interésencontraermatrimoniodeacuerdocon las leyes de Costa Rica, los mismos no han procreado hijos y manifiestanqueposeencapacidadlegalyvolitivaparadichoacto.La presente se publica para que terceros interesados en término de ley opongan cualquier objeción. Pital de San Carlos, veinticinco de Febrero del dos mil quince. Notario Público Licenciado Edwin Mauricio Rojas Quirós.—Lic. Edwin Mauricio Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2015013556).