características del ruc

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UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO

FACULTAD DE CIENCIA E INGENIERÍA EN ALIMENTOS

LEGISLACION Y PRACTICA TRIBUTARIA

PROFESOR: Ing. Alex Valencia

TEMA: Características del RUC

INTEGRANTES:José Ávila

Johana OrtegaAlfonso Bucheli

Fernanda Valencia

INSCRIPCION AL RUC

Una persona o sociedad que va a realizar actividades económicas debe inscribirse por una sola vez y la administración tributaria le asigna un número de RUC que es único, indistintamente de cuántos establecimientos o sucursales posea, o del número de actividades que realice.

INSCRIPCIÓN AL RUC

El plazo para la inscripción es de 30 días laborables a partir del inicio de las actividades económicas, en caso de atraso la administración tributaria podrá fijar una sanción económica que oscila entre $30 y $1500 

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN AL RUC

1. Original y copia de la cédula de identidad o de ciudadanía.

2. Original y copia del pasaporte, con hojas de identificación y tipo de visa vigente

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN AL RUC

3. Presentación del certificado de votación del último proceso electoral

4. Original y copia de planilla de servicio eléctrico, consumo telefónico, o consumo de agua potable a nombre del contribuyente, de uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de realización del trámite.

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN AL RUC

5. Original y Copia de pago del servicio de TV por cable, telefonía celular o estados de cuenta a nombre del contribuyente de uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción.

6. Original y Copia de Comprobante del pago del impuesto predial del año actual o del año inmediatamente anterior.

REQUISITOS DE INSCRIPCION AL RUC

Copia del contrato de arrendamiento legalizado o con el sello del juzgado de

inquilinato vigente a la fecha de inscripción.

ACTUALIZACION DEL RUC

Cuando exista algún cambio que afecte la situación actual del contribuyente; el mismo, en un plazo no mayor a 30 días debe informar a la administración sobre los cambios ocurridos

ENTRE LOS CAMBIOS QUE PUEDEN PRODUCIRSE ESTÁN:

Cambios en la razón social Cambios de la actividad económica Cambio de domicilio Transferencia de bienes o derechos a cualquier título Cese de actividades Aumento o disminución de capitales Establecimiento o  supresión de sucursales, agencias

u otro tipo de negocios Cambio de representante legal Cambio de tipo de empresa Cualquier otra modificación adicional de los datos

consignados al momento de la inscripción

ACTUALIZACIÓN DEL RUC

Se actualizará el RUC de persona natural cuando se modifique la siguiente información:

Identificación, Ubicación Actividad económica Información de cualquier tipo que conste en

el RUC, por ejemplo medios de contactos, nombres comerciales, entre otros

REQUISITOS GENERALES

Presentar original de la cédula de identidad o ciudadanía o pasaporte, de las personas naturales

Presentar original del certificado de votación hasta un año posterior a los comicios electorales,

Presentar original y entregar una copia del documento que respalde el cambio de información que va a realizar el contribuyente, guardando relación con los requisitos de inscripción.

SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL RUC

La suspensión del RUC se utiliza cuando las personas naturales cesan sus actividades, en los siguientes casos:

SUSPENSIÓN DEL RUC

Por terminación de toda actividad económica o por ausencia del país que exceda los 6 meses

Por exclusión del contribuyente debido a que fue declarado derrochador, ebrio frecuente, toxicómano, demente o loco, o condenado a pena sancionada con reclusión declarada en sentencia por un juez

SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL RUC

La cancelación del RUC es utilizada por personas naturales o sociedades cuando ya no desempeñaran ninguna actividad económica en el futuro, en los siguientes casos:

•Por fallecimiento del contribuyente•Por terminación de toda actividad económica de extranjeros no residentes•Por disolución, liquidación, fusión o escisión de la sociedad

SUSPENSIÓN DEL RUC

La suspensión o cancelación del RUC se la debe hace 30 días hábiles luego de cesada la actividad, cabe anotar que para realizar este proceso el contribuyente previamente debe dar de baja los comprobantes de venta y de retención que no han sido utilizados. La suspensión se mantiene hasta que el sujeto pasivo realice la correspondiente actualización de información y desvirtúe la causal de la suspensión.

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