1. sesion 1 derecho del trabajo ya (2)

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El derecho del trabajo(SESIÓN 1)

LA ESTABILIDAD LABORAL ASPECTOS DOCTRINARIOS

DefiniciónEl trabajo es la actividad personal, un esfuerzo del hombre encaminado a la adquisición de los bienes necesarios para su subsistencia y la de su familia.

Son todas aquellas facultades intelectuales y manuales no debe ser mirado como una simple prestación económica, ya que no puede separarse del cuerpo ni del espíritu.

La función social del Derecho del trabajo

Es ya un axioma que la economía debe estar al servicio del hombre, y no el hombre al servicio de la economía.

La dignidad del trabajador es tan importante como la subsistencia de la empresa, la cual tiene su justificación en su eficacia para promover mejores niveles de vida.

El trabajo busca como factor principal y preponderante el bienestar social a través de cada ente trabajador; ya que éste busca la superación económica en mérito al entorno en que se desempeña.

Etimológicamente hablando la palabra trabajo proviene del latín “tripalium” que en los tiempos antiguos era un instrumento de tortura y que textualmente significa “tres palos”.

Su termino equivalente, “labor”, que proviene del griego “labeo”, que significa tambalearse o vacilar bajo un gran peso.

Historicamente el trabajo ha implicado una penalidad, un sufrimiento, aunado a ello la concepción judeocristiana, que en la narración bíblica significa “castigo divino” impuesto a Adán y Eva… comerás el pan con el sudor de tú frente…

El trabajo es la actividad humana conciente, libre y voluntaria que tiene por objetivo la producción de bienes y servicios a cambio de una retribución económica.

La Autonomía del Derecho del Trabajo

• El Derecho del trabajo es considerado como un desprendimiento del Derecho Civil, dado que la Revolución Industrial, la fuerza del trabajo era considerada como mercadería más, sujeta a la Ley de la Oferta y la demanda.

• Con el tiempo se comienza a visualizar que los sujetos en la relación laboral son totalmente desiguales tiendo uno el poder económico y el otro no.

• El propósito del derecho al trabajo es el compensar dicho desequilibrio material en nivel jurídico, es decir protegiendo a la parte débil, naciendo así el Principio Tuitivo o la Función Protectora del Estado.

LA CONSTITUCIÓN Y EL DERECHO AL TRABAJO

LOS DERECHOSECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

• Derecho al Trabajo• Derecho a la Seguridad Social

Artículo 22º

El TRABAJO es:

Un Deber y un Derecho;

Es la Base del Bienestar Social; y

Es un medio para la Realización de la Persona

Artículo 23ºEl TRABAJO, en sus diversas modalidades:

Es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan.

El ESTADO promueve:

Condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo.

Ninguna RELACIÓN LABORAL puede:

Limitar el ejercicio de los Derechos Constitucionales;

Desconocer o Rebajar la Dignidad del Trabajador.

Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento.

Artículo 24º

El Trabajador tiene derecho a una REMUNERACIÓN equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual.

El pago de la REMUNERACIÓN y de los BENEFICIOS SOCIALES del Trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del empleador.

• Las REMUNERACIONES MÍNIMAS son reguladas por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores.

Artículo 25º

La JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO es de:

8 horas diarias o 48 horas semanales, como máximo.

En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el período correspondiente no puede superar dicho máximo.

Los TRABAJADORES tienen derecho a DESCANSO semanal y anual remunerados. Su disfrute y su compensación se regulan por ley o por convenio.

Artículo 26ºEn la RELACIÓN LABORAL se respetan los siguientes principios:

1. Igualdad de oportunidades sin discriminación.

2. Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.

3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.

Artículo 27º

La ley otorga al trabajador adecuada

PROTECCIÓN CONTRA

EL DESPIDO ARBITRARIO.

Artículo 28º

El ESTADO RECONOCE los derechos de:

– Sindicación,

– Negociación Colectiva, y

– Huelga.

El ESTADO:1. Cautela su Ejercicio Democrático (Sindicalización,

Negociación Colectiva y Huelga).

2. Garantiza la libertad sindical.

3. Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales.

4. La convención colectiva tiene fuerza vinculante en el ámbito de lo concertado.

5. Regula el Derecho de Huelga para que se ejerza en armonía con el interés social. Señala sus excepciones y limitaciones.

Artículo 29º

El ESTADO reconoce:

El DERECHO de los TRABAJADORES a PARTICIPAR en las UTILIDADES de la EMPRESA, y promueve otras formas de participación.

FUENTES DEL DERECHO AL TRABAJO

• Fuente desde el punto de vista etimológico proviene de fonstis, que significa causa origen o procedencia.

• El Derecho del trabajo proviene de dos fuentes:

1. Fuentes Generales

La Ley.- la norma escrita por el orden público (La piramide de Hans Kelsen)

La Costumbre.- conjunto de hábitos o prácticas que son mantenidas en el tiempo por la comunidad.

La Jurisprudencia.- Conjunto de Resoluciones o fallos firmes dados por las Autoridades Judiciales.

La Doctrina.- Puntos de vista y opiniones de estudiosos del derecho laboral, obras especializadas en la materia siendo elemento sustancial para la interpretación de la Ley.

Los Principios del Derecho Laboral.- Preceptos normativos que se aplican ante la ausencia o vacios de la Ley Laboral.

2. Fuentes Especiales

El Contrato de Trabajo.- puede ser expreso o tácito y constituye las bases de las obligaciones y derechos.

Contrato Colectivo de Trabajo.- Suscrito por las organizaciones sindicales y sus respectivos empleadores- Pliego de Reclamos.

El Reglamento Interno de Trabajo.- Constituye la norma que regula las relaciones internas en la empresa, el mismo que está autorizado por el MTPE.

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