amcp revista agosto 2015

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Excelencia Profesional Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. Número 186 Agosto 2015 Tecnología: Declarasat, versión de prueba 2015 Fiscal El ABC de los Impuestos Locales Auditoría Envío de los papeles de Trabajo de Auditoría, a través del SIPRED Cambios en la normatividad del contador público

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Excelencia Profesional Agosto 2015 Enlace: Cambios en la normatividad del contador público.

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ExcelenciaProfesionalAsociación Mexicana de Contadores Públicos,Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.N

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Tecnología: Declarasat, versión de prueba 2015

Fiscal

El ABC de los Impuestos LocalesAuditoría

Envío de los papeles de Trabajo de Auditoría, a través del SIPRED

Cambios en la normatividad del contador público

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DIRECTORIOConsejo Directivo Bienio 2015-2016

C.P. y M.A. Jorge López RíosPresidente

C.P.C. María Isabel Jiménez AlmarazVicepresidente General

C.P.C. Carlos Alejandro González PachecoVicepresidente del Sector Externo

C.P.C. Juvenal Octaviano Villaverde CrisantosVocal del Vicepresidente del Sector Externo

M.A. y L.C.C. Leónides Jerónimo SolanoVicepresidente del Sector Privado

C.P.C. Manuel Ruelas PeñaVocal del Vicepresidente del Sector Privado

C.P.C. Francisco Castro LomelíVicepresidente del Sector Público

C.P.C. Bárbara Regina Moreno NavarreteVocal del Vicepresidente del Sector Público

C.P.C. Francisco Ernesto Guerrero PérezVicepresidente del Sector Docente

C.P.C. José Luis Saldívar JardónVocal del Vicepresidente del Sector Docente

L.C.C. Mirna Reina Meillon ÁlvarezVicepresidente de Finanzas

C.P.C. Alejandro Antonio Campos TenorioVocal del Vicepresidente de Finanzas

C.P.C. María Delia Ávila NavaVicepresidente de Servicios a Asociados

C.P.C. David González Martín del CampoVocal del vicepresidente de Servicios a Asociados

C.P.C. y M.B.A. José Luis Matus UrtechoVicepresidente de Capacitación

C.P.C. Marcelo Yépez SalinasVocal del Vicepresidente de Capacitación

C.P.C. Doroteo Torres HernándezSecretario Propietario

C.P.C. Walter Raúl López RamírezVocal del Secretario Propietario

Excelencia Profesional es un órgano de comuni-cación interna con frecuencia mensual para los miembros de la Asociación Mexicana de Conta-dores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. constituido conforme a la Ley General de Profesiones.

Esperanza No. 765Col. Narvarte, Del. Benito Juárez,C.P. 03020 México, D.F.

www.amcpdf.org.mxcorreo electrónico:[email protected]

Teléfono:5636-2370

Editor Responsable: L.C.C. Luis Fernando Poblano ReyesPresidente de la Comisión Editorial

Comisión EditorialC.P. y M.A. Jorge López RíosC.P.C. Alejandro Antonio Campos TenorioC.P.C. Francisco Castro LomelíC.P.C. L.C. Martín Ernesto Quintero GarcíaC.P.C. y P.C.A.G. Jesús Álvaro de Anda y Zamora C.P.C. Leónides Jerónimo Solano,L.C.C. Mirna Reina Meillón Álvarez L.C. Bernardo Manuel Rodríguez BravoDr. Jorge Eduardo González Guayda

Edición y diseño

Número 186Agosto 2015

Número de certificación de licitud de título: 10091Número de certificación de licitud de contenido: 7170Número de reserva al título en derecho de autor04-2013-080812200200-01

La opinión de los colaboradores es responsabilidad exclusiva de los mismos y no refleja necesariamen-te la posición de la Asociación Mexicana de Con-tadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. sobre los temas que se abordan.

agosto 2015 [ 1 ]

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Normatividad PRINCIPALES CAMBIOS EN LA NORMATIVIDAD MEXICANA PARA EL CONTADOR PÚBLICO EN LA PRÁCTICA INDEPENDIENTE

Laboral y Seguridad Social 1ER. FORO DE PROFESIONISTAS Y ESPECIALISTAS EN SEGURIDAD SOCIAL

Fiscal PRECIOS DE TRANSFERENCIAS

CONTENIDOColumnadel EDITOR

En esta edición del mes de agosto de 2015 de la revista Excelencia Profe-sional, hacemos un cambio en la es-

tructura y contenido, dándole un enfoque por áreas, las cuales son: Fiscal, Audito-ría, Normatividad, Economía y Finanzas, Laboral y Seguridad Social, Tecnología, Jurídico, y Cultural. Cambios pensados en un mayor aporte a los usuarios de esta revista, resultado de los trabajos de la Co-misión Editorial.

En la sección fiscal, presentamos las re-glas aplicables al dictamen del estado de San Luis Potosí, en la sección de auditoría abordamos una de las nuevas obligaciones y que se debe cumplir, que es el envió de papeles de trabajo a través del Sipred.

En la sección normatividad, analizamos los principales cambios en las normas de audi-toría aplicables al contador público, una sec-ción de gran interés es economía y finanzas con el tema de tip´s para ahorradores.

De gran éxito fue el 1er Foro de Profesio-nistas y Especialistas en Seguridad Social, que se llevó a cabo en la AMCPDF, en la sección laboral y seguridad social, presen-tamos los logros obtenidos.

Dentro de las herramientas electrónicas que el SAT está implementando, está la pla-taforma del Declarasat para personas físi-cas, en su modalidad de prueba, incluimos como funciona en la sección de Tecnología.

En la sección jurídico, analizamos la in-constitucionalidad del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

En la parte cultural de gran trascendencia e importancia la exposición que se pre-senta en el palacio de Bellas Artes con la muestra de Miguel Ángel Buonarroti y Leo-nardo da Vinci.

L.C.C. Luis Fernando Poblano ReyesPresidente de la Comisión Editorial

3 I Mensaje DE LA PRESIDENCIA

4 I

6 I Fiscal EL ABC DE LOS IMPUESTOS LOCALES

8 I Auditoría ENVÍO DE LOS PAPELES DE TRABAJO DE AUDITORÍA, A TRAVÉS DEL SIPRED

11 I

20 I

18 I

23 I

27 I

30 I

32 I

Economía y Finanzas TIP´S PARA AHORRADORES

Tecnología DECLARASAT VERSIÓN DE PRUEBA 2015

Jurídico INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL FEDERAL Y EL MEDIO IDÓNEO DE DEFENSA CONTRA SU APLICACIÓN

Cultura• EL ARTE DEL RENACIMIENTO LLEGA A NUESTRO PAÍS• SU MAJESTAD EL DANZÓN

Difusión

EXCELENCIA PROFESIONAL[ 2 ]

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agosto 2015 [ 3 ]

MensajeDE LA PRESIDENCIA

Estimados Asociados:

Es un placer saludarlos en este mes en el cual estare-mos en la etapa de entrega de papeles de trabajo, no olviden que cuentan con 30 días a partir de la presen-tación del SIPRED.

La AMCP tiene muy claro que la educación y la capacitación, son las bases para un desarrollo profe-sional que nos permitirá alcanzar un futuro de oportunidades. Como parte de nuestra actualización académica y mejora continua, los invito a participar en los diplomados que darán inicio el 21 de agos-to: 2° diplomado para la certificación del contador público y el diplomado en derecho tributario.

La Comisión de Instituciones Nacionales e Internacionales, apoyando la formación de los futuros con-tadores de nuestro país, ha invitado a los alumnos de las diferentes universidades a los eventos que la AMCP tiene programados para el segundo semestre del año, destacando la Semana de la Contaduría, las Jornadas del Estudiante y el 4º Encuentro Fiscal Universitario.

En la AMCP con el interés de sumarnos a través de la educación a este presente en donde estamos construyendo las bases de un futuro mejor para todos nosotros, hemos firmado convenios de des-cuento con instituciones educativas a nivel medio superior y superior, con librerías y ópticas, los cuales son extensivos a sus familiares, pueden consultar la información completa en la sección de beneficios en nuestra página web www.amcpdf.org.mx.

En Oaxaca, con su impresionante arquitectura declarada patrimonio de la humanidad, elegimos las bahías de Huatulco como sede para la convención anual 2015, los invito a reservar su lugar y aprove-char los descuentos.

Respetuosamente.

C.P. y M.A. Jorge López RíosPresidente del Consejo DirectivoBienio 2015-2016

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Precios de Transferenciasl precio de transferencia es el precio que pactan dos empresas para transferir, entre ellas, bienes, servicios o derechos. Este precio es relevante, en el ámbito tributario, cuando las entidades que pactan el precio tienen vínculos de propiedad o de administración entre sí, (entidades “relacio-nadas”) lo que podría facilitar que la fijación del precio no se realice en las mismas condiciones que hubiesen sido utilizadas por entidades que no mantengan estos vínculos (“terceros” o “indepen-dientes”). En dicho caso, si la fijación del precio difiere del que se hubiese formado en un mercado abierto, competitivo y sin restricciones, implica que el precio permitiría distribuir beneficios entre empresas relacionadas de una manera que podría ser artificialmente favorable a alguna de las enti-dades. Esto es, una empresa podría vender a otra más caro o más barato, que el precio que debería formarse en un mercado de plena competencia, dependiendo de la locación en la cual un Grupo empresarial tuviese intención estratégica de acu-mular utilidades, lo cual podría afectar los intere-ses de recaudación de una determinada adminis-tración tributaria.

A partir de 1997, México incorporó en su legisla-ción fiscal nuevos lineamientos internacionales sobre Precios de Transferencia con la intención de vigilar que las operaciones efectuadas entre partes relacionadas reflejen las fuerzas del libre mercado y no consistan solamente en especula-ciones o acuerdos internos para lograr beneficios fiscales corporativos.

Para ello, se establece en la Ley del Impuesto Sobre la Renta(LISR) la obligación a las personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, de determinar sus ingresos acumulables y deduc-ciones autorizadas, considerando para esas opera-ciones los precios y montos de contraprestaciones que se hubieran utilizado con o entre partes inde-pendientes en operaciones comparables (principio de Arm’sLength).

Aplicación del PrincipioArm’sLengthMétodos Tradicionales TransaccionalesPrecio Comparable No controlado(Comparable Uncontrolled Price - CUP)Costo Adicionado(Cost Plus)Precio de Reventa(Resale)Partición de Utilidades(Profit Split)Residual de Partición de Utilidades(Residual Profit Split)Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación(Transactional Net MarginMethod)

OBLIGACIÓN DEL AUDITOR QUE DICTAMINA LOS ESTADOS FINANCIEROSEl Contador Público que dictamina los estados fi-nancieros para efectos fiscales, deberá manifestar la referencia expresa al cumplimiento o incumpli-miento de las obligaciones en materia de Precios de Transferencia en el informe de la situación fiscal que presenta ante el Servicio de Administración Tri-butaria (SAT).

Es importante mencionar, que no es obligación fis-cal que el despacho dictaminador necesariamente deba realizar el estudio de Precios de Transferencia.

DECLARACIÓN INFORMATIVA PRECIOS DE TRANSFERENCIADeclaración Informativa de Operaciones con par-tes relacionadas Residentes en el Extranjero.

Fundamentos Jurídicos de los Precios de Transfe-rencia en México• Tratados para evitar la doble tributación– Artí-

culo 27• Ley de Impuesto Sobre la Renta– Artículo 76

Fracciones IX y XII, Regla ISR -Art 276• Guía s/P de T de la OCDE• Método intercutil-Ley de Impuesto Sobre la

Renta Art.181 y Art.182

E

FISCAL

Por: C.P. Delia ÁvilaIntegrante de la Comisión de Síndicos

EXCELENCIA PROFESIONAL[ 4 ]

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agosto 2015 [ 5 ]

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Como se recordará, el 31 de diciembre de 2013, se publi-có en la Gaceta del Estado, la obligación de dictaminar-se (fracción VII del art 25

de la Ley de Hacienda) y no fue posible realizar dicho dictamen en 2014 para el ejercicio de 2013, primero porque no era clara la redacción del mismo en el sentido de si debiera o no dictaminarse el ejercicio de 2013 en 2014, y segundo porque nunca salieron las reglas para lle-var a cabo el mismo. No fue sino hasta el 8 de junio de 2015 que se emitieron las citadas reglas, sobre las cuales haremos algunos comentarios:

1.- Obligados a DictaminarLos contribuyentes que hayan realiza-do pagos a más de 200 trabajadores en promedio mensual y los que ha-yan erogado más de $10,000,000.00 por concepto de sueldos y salarios o por la prestación de un servicio per-sonal subordinado, así como por los conceptos señalados en el art. 27 de la Ley de Hacienda del Estado. Aque-llos contribuyentes que tengan como actividad principal la contratación de servicios personales subordinados, independientemente de la figura le-gal bajo la cual se haga la contrata-ción o subcontratación, tendrán la

obligación de hacerse dictaminar ya sea que se encuentre o no dentro de los supuestos anteriores. Existe la op-ción de dictaminarse para los contri-buyentes que no se encuentren en los supuestos comentados

2.- Fecha de Presentación del AvisoSe presentará a mas tardar el 8 de ju-nio del año posterior al que se dictami-na (cabe aclarar que, en virtud de que las reglas se publicaron el 8 de junio, este aviso se ha estado presentando con posterioridad y según la autori-dad, será válido para efectos fiscales)

3.- Presentación del DictamenSe presentará a más tardar el 30 de junio del año posterior al que se dictamina.

4.-SancionesEl incumplimiento en los plazos fija-dos, dará lugar a sanciones estableci-das en el C.F.E.S.L.P. o en su caso en el C.F.F. y su reglamento.

5.-Ventaja Quienes se dictaminen, no serán suje-tos del ejercicio de las facultades de comprobación por el ejercicio que se dictamina, con sus excepciones.

6.- Registro como CPRLo podrán obtener las personas que tengan Cédula Profesional de Conta-dor Público expedida por la SEP, que sean miembros de una agrupación y que presenten en original y copia, lo siguiente:

FISCAL

Reglas de carácter general para el cumplimiento del dictamen de las obli-gaciones fiscales establecidas en la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, en materia del impuesto sobre erogaciones por remuneracio-nes al trabajo personal.

El ABC de los Impuestos Locales

Por: Comisión de Impuestos Locales

EXCELENCIA PROFESIONAL[ 6 ]

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• Solicitud (formato SLP/SF/01) en tres tantos con firmas autógrafas.

• Cédula Profesional.• Constancia emitida por una agru-

pación que acredite su calidad de miembro activo por un mínimo de 3 años de manera continua.

• Identificación oficial vigente.• Constancia de Educación Profe-

sional Continua por el año que se dictamina.

• Cédula de Identificación Fiscal.• En caso de tener su domicilio fue-

ra del Estado, deberá proporcio-nar un domicilio para oír y recibir notificaciones que se encuentre dentro del mismo.

7.- Otorgamiento del RegistroEn un plazo no mayor a 15 días, la Se-cretaría otorgará el registro corres-pondiente, debiendo el CPA recoger su constancia en la Dirección de Fis-calización.

8.- Obligación del CPADeberá comprobar dentro de los 3 pri-meros meses de cada ejercicio, que es socio activo de una agrupación, para lo cual, deberá presentar origi-nal de la constancia de cumplimiento de la Norma de Educación Continua expedida por dicha agrupación. Se aclara que en caso de no presentarla, se cancelara su registro

9.- Contenido del DictamenEl dictamen deberá contener los do-cumentos siguientes:

• Carta de presentación del Dicta-men.

• Cuestionario de autoevaluación fiscal.

• Los anexos correspondientes.• El informe de revisión del Dicta-

men. • Balanzas de comprobación men-

sual, donde se puedan observar las cuentas y en su caso, subcuen-tas del estado de resultados que integran la base del impuesto.

10.- Diferencias a CargoEn caso de que en el Dictamen se pre-senten diferencias a cargo, estas debe-rán ser pagadas dentro de los 10 días si-guientes a la presentación del dictamen.

11.- Modificaciones al DictamenSe aclara que no hay dictamen com-

plementario y que en caso de que el CPR requiera modificar algún dato del dictamen, lo haga mediante escrito libre y siempre que no haya habido requerimiento alguno por parte de la autoridad.

12.- Sanciones al CPRSe establece que cuando la autoridad detecte irregularidades en la elabora-ción e integración del dictamen, im-putables al CPR, se le podrá sancionar de acuerdo al C.F.F.

13.- Cumplimiento con las Normas de AuditoríaDe suma importancia es que no per-damos de vista que el CPR se sujetará, para su revisión, a lo dispuesto en el Boletín 7040, ya que el citado Boletín establece el exámen sobre el cumpli-miento de la compañía con disposicio-nes específicas o respecto a la efecti-vidad del sistema de control interno y que para el cumplimiento de dichas disposiciones, dicho CPR deberá:

a) Obtener un entendimiento de las disposiciones específicas a cumplir.

b) Planear el trabajo a realizar

c) Considerar aspectos relevantes del control interno de la compa-ñía, que faciliten el cumplimiento de las disposiciones específicas.

d) Obtener evidencia suficiente, in-cluyendo pruebas del cumplimien-to de las disposiciones específicas.

e) Considerar eventos posteriores.

f) Formarse una opinión acerca del cumplimiento de las disposiciones específicas por parte de la compa-ñía y otras consideraciones.

El informe que se emitirá se integrará en la forma siguiente:

a) Se declarará, bajo protesta de decir verdad, que se emite el in-forme con base en la revisión practicada conforme a las normas de auditoría y a las Reglas, por el período del Ejercicio Fiscal;

b) Se manifestará que, dentro de las pruebas llevadas a cabo en cumplimiento de las normas y

procedimientos de auditoría, se examinó la situación fiscal (lo cual, nos parece peligroso, en virtud de que no estamos revisando la situación fiscal) del contribuyente por el período que comprende el dictamen. En caso de haber ob-servado omisiones respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales (comentario semejante), éstas se mencionarán en forma expresa, indicando en qué con-sisten y su efecto en el Dictamen, emitiendo en consecuencia, una opinión de Dictamen con salveda-des, negativo o con abstención; de lo contrario, se señalará que no se observó omisión alguna.

c) Se hará mención expresa de que se verificó el cálculo y ente-ro de las contribuciones sujetas a dictamen y a cargo o retenidas por el contribuyente.

14.- OtrosEn estas reglas, se tratan otros asun-tos como la forma en que se informe a la Secretaría respecto de la sustitu-ción de CPR, determinación de dife-rencias a cargo, impedimentos para dictaminar y respecto de cómo lle-var a cabo la auditoría del Impuesto sobre erogaciones por remuneracio-nes al trabajo personal. En esta Ga-ceta, se publican con las reglas, los formatos correspondientes, como lo es el Aviso de presentación del dic-tamen, la Carta de presentación, el Informe del C.P.A., el Cuestionario de evaluación fiscal del Impuesto sobre erogaciones por remunera-ción al trabajo personal, Relación de los conceptos de erogaciones, en dinero o en especie para remunera-ciones al trabajo personal, Relación de los conceptos de erogaciones en dinero o especie, por remuneración al trabajo personal determinado por Dictamen, Conciliación de las eroga-ciones en dinero o especie al trabajo personal registradas en la nómina, contra el registrado en contabilidad, Comparativo del impuesto determi-nado por Dictamen, Impuesto paga-do y la relación de pagos, Resumen del Impuesto Sobre Remuneracio-nes retenido y enterado, Resumen de los pagos complementarios por Dictamen, Relación de Impuesto a cargo del Contribuyente .

agosto 2015 [ 7 ]

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Envío de los papeles de Trabajo de Auditoría, a través del SIPRED

na de las tantas novedades en materia fiscal para este 2015, es la de enviar vía electrónica los pape-les de trabajo que sirvieron de base para susten-tar nuestra opinión como auditores, sin embargo en el artículo que nos establece dicha obligación (57 del Reglamento del Código Fiscal de la Fede-ración) no deja claro el mecanismo ni cuales de todos los papeles de trabajo se van a enviar, por lo que habrá que atender las reglas que más adelan-te se comentan.

Antes de entrar a fondo en el tema hagamos unas cuantas reflexiones. Si bien es cierto que las disposiciones fiscales se in-terpretan de manera estricta, también hay que saber cuál es la función y naturaleza de cada una de ellas, y es que algunas deben someterse a un proceso legislativo riguroso y otras no, aquellas que no lo hacen pueden ser emitidas por las Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y tienen por objetivo la mejor in-terpretación de las leyes que si se sometieron a dicho proceso, así como también, facilitar su aplicación a los contribuyentes, a estas últimas se les llama dis-posiciones reglamentarias.

Ahora bien, los reglamentos pertenecen a las que nos ayudan a interpretar y facilitar la exacta observancia de las leyes, por lo que dudo que sea el adecuado canal para establecer la obligación de entregar pape-les de trabajo al SAT, sin embargo todos sabemos cómo se manejan la tramitología fiscal en México, si no es la “legislación” de ventanilla, son las ya famosas preguntas frecuentes de la página del SAT, o por medio de resolución miscelánea que se viene legislando, más aún con un Reglamento de Código Fiscal de la Federación, el meollo es la legalidad de la obligación, pero para hacerla valer habría que pelearse con el SAT, lo que no en todos los casos es recomendable.

Sobre el hecho de cumplir o no con la entre-ga de la información, le decisión es muy personal

y cada contador deberá evaluar con su grupo de abogados si lo hará o no.

Ahora sí, con esa inquietud en la cabeza ya po-demos abordar el tema.

Si lo que pretende una auditoría de estados fi-nancieros con alcances fiscales, llámese auditoría con SIPRED, es dar certidumbre tanto a los usua-rios de la información financiera, como a los con-tribuyentes del adecuado cumplimiento de sus obligaciones fiscales, no veo el impedimento para entregarles los papeles solicitados, por otro lado hay que considerar que a falta de cumplimiento, la

autoridad puede ejercer sus fa-cultades y en su caso sancionar al contador que no cumpla con la disposición, aún en el entendido que el contador ganaría con un proceso legal, pero mientras ese proceso concluye, el contador quedaría maniatado para el de-sarrollo de sus actividades, y no creo que un cliente nos contrate para un dictamen fiscal con la in-teligencia de que puede o no ser válido para efectos fiscales.

Si nos decidimos por la en-trega de los papeles de trabajo, que comentábamos inicialmen-te que el 57 del RCFF no deja-ba claro que sí y que no enviar, tendremos que observar la re-

gla 2.19.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, en la que nos aclara que se dará por cum-plida la obligación cuando el CPI envíe los pape-les de trabajo relativos a la revisión de la situación fiscal del contribuyente, aunado a esta aclaración por demás importante, da la opción de entregar cierta documentación que aplique de acuerdo a las circunstancias y características de la empresa en cuestión, es decir nos indica los supuestos en los que puede ubicarse nuestro cliente, de modo que los papeles de trabajo relacionados con ese tema serán los que se tienen que enviar, para más abundamiento veamos los siguientes temas:

I. ISR pagado en el extranjero acreditable en México.

U

AUDITORÍA

Por :C.P.C. Leonardo VelascoIntegrante de la Comisión de Normas de Auditoría

Si lo que pretende una auditoría de

estados financieros con alcances

fiscales, llámese auditoría con

SIPRED, es dar certidumbre tanto a los usuarios de la información

financiera

EXCELENCIA PROFESIONAL[ 8 ]

Page 11: AMCP Revista Agosto 2015

II. CUFIN o cuenta de remesas de capital de establecimientos permanentes, por movi-mientos distintos de su actualización o incre-mento por la utilidad fiscal neta del ejercicio.III. CUCA, por movimientos distintos de su actualización.IV. ISR por la distribución de dividendos o uti-lidades (El nuevo 10% retenido por dividendos).V. Utilidad distribuida gravable por reduc-ción de capital o rembolso de remesas.VI. Acumulación de ingresos por contratos de obra inmueble y otros de similar tratamiento.VII. Ganancias o pérdidas cambiarias devenga-das por la fluctuación de la moneda extranjera.VIII. Ganancia o pérdida por enajenación de acciones.IX. Intereses provenientes de deudas contraí-das con partes relacionadas residentes en el extranjero.X. Deducción estimada en costos de obra tra-tándose de contribuyentes que realicen obras consistentes en desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos de lotes y otros similares.XI. Pérdidas fiscales por movimientos distin-tos de su actualización, o de su incremento por la pérdida del propio ejercicio.XII. Deducción de terrenos por aplicación de estímulo fiscal.XIII. Cuenta de utilidad fiscal gravable para sociedades cooperativas, por movimientos distintos de su actualización o del incremento

por la utilidad fiscal gravable del ejercicio.XIV. Determinación de los pagos provisiona-les y mensuales definitivos.XV. Costo de lo vendido y valuación del inven-tario. Solo cédula sumaria y deberá incluir el objetivo, el procedimiento aplicado y la conclu-sión alcanzada por el contador público inscrito.XVI. Ventas e Ingresos correspondientes al ejer-cicio. Solo cédula sumaria y deberá incluir el ob-jetivo, el procedimiento aplicado y la conclusión alcanzada por el contador público inscrito.XVII. Gastos de operación y resultado integral de financiamiento correspondientes al ejer-cicio. Solo cédula sumaria y deberá incluir el objetivo, el procedimiento aplicado y la conclu-sión alcanzada por el contador público inscrito.XVIII. ISR retenido a residentes en el país y en el extranjero.XIX. De los conceptos que se incluyen en la conciliación entre el resultado contable y fis-cal para los efectos del ISR.

Cada uno de estos papeles deberán ser los que integren el expediente de la auditoría, o sea, no son nuevos, serán los que tradicionalmente hace-mos y deberán mostrar el trabajo realizado, incluir los procedimientos aplicados, las conclusiones alcanzadas, la evidencia de su revisión, así como la evaluación del control interno y la planeación llevada a cabo, por lo que hay que tener sumo cui-dado al definir los papeles a enviar y poner mu-

agosto 2015 [ 9 ]

Page 12: AMCP Revista Agosto 2015

cha atención a la parte técnica-normativa, cruces, marcas, evidencia de revisiones y supervisiones, etc.Una inquietud generalizada era el mecanismo para satisfacer esta obligación, sabiendo de antemano que el programa por excelencia para dar cumpli-miento a las obligaciones en caso de los auditores es el SIPRED. Se hablaba del buzón tributario, de nuevas aplicaciones en la página del SAT, enviar-los a través de mi portal como aclaración y no sé qué tanta cosa más y es que cuando instalamos

el SIPRED 2014, no observamos a detalle los cambios que trajo esta nueva versión, lo que deja-mos de observar es que, dentro de este programa hay un aplica-tivo o subprograma en donde nos permite convertir los pape-les de trabajo en un archivo con terminación .sbpt (sobre de pa-peles de trabajo).El proceso es simple, aunque no completamente amigable, ya que este subprograma solo acepta papeles de trabajo he-chos en Excel, que no incluyan imágenes ni vínculos externos al propio archivo, ahora bien, si tenemos varios ar-chivos de Excel en donde tengamos varias cédu-las fiscales, habrá que enviar cada uno de ellos, por lo que personalmente me voy a dar a la tarea de hacer un solo archivo, donde de manera muy específica y sin tanta formalidad, se den por cum-plidas las normas profesionales y la parte fiscal, es importante destacar que no hay que hacer nue-vos papeles, porque en caso de que la autoridad nos requiera, los enviados son los que deberemos exhibir, así que hay que tener cuidado con hacer unos para el SAT y otros para nuestro expediente.

Por no dejar un cabo suelto, explicare detalla-damente el proceso:Primero tenemos que estar en Excel, una vez allí entremos al módulo SAT, seleccionar la opción de

“papeles de trabajo”, el icono “Abrir” nos habilita el explorador, donde debemos seleccionar el ar-chivo a enviar, ya que lo visualicemos y estemos completamente seguros que es el archivo a en-viar, demos clic al segundo icono “Convertir Ex-cel a P.T.” cuando los vamos a convertir nos pide autenticarnos con nuestra Firma Electrónica, con la finalidad de vincularlo con el dictamen firmado por el auditor, para lo cual debemos seleccionar-lo de la plantilla que nos aparecerá con el nombre de “Consulta de dictámenes aceptados”, y ya sea que lo filtremos por RFC o por folio de acepta-ción, pero hay que relacionarlo con un SIPRED aceptado, hecho esto hay que seleccionar la car-peta donde queremos que se guarde el archivo convertido a .sbpt. Con este archivo generado y guardado, lo podemos enviar igual que un dicta-men mediante el botón de enviar y firmando con nuestros archivos electrónicos, también nos ge-nera un acuse, en este último paso lo más impor-tante es verificar que el archivo a enviar corres-ponda con los datos del contribuyente. Cualquier duda en el proceso verificarlo en el manual de usuario del SIPRED.En muchos casos, el auditor no hace papeles de trabajo de cierre, por ejemplo de deducción de inversiones y ajuste anual, lo que hace, como lo indica el manual es darle validez a los del cliente,

en este caso, lo que yo debe ha-cer es vaciar tal cual, la cédula del cliente en Excel y especifi-car en el propio archivo que las pruebas y evidencia de la revi-sión se encuentran en el papel físicamente. Una recomendación que no está por demás comentar, es incluir en alguna parte de los papeles, una declaratoria de cumplimien-to, así como una relación de qué aplica a la empresa y por ende que estamos enviando, y qué no aplica, para que no se dé por omitido el cumplimiento de al-

gún papel, por ejemplo, el caso de pérdida y ga-nancia cambiaria, si no nos aplica pues no hay que enviarlo, y es mejor decir que no tenemos opera-ciones en monedas extranjeras y que por eso no enviamos el papel, a que la autoridad intuya que se nos olvidó enviarla. Por último está el tema de las fechas, dice el ar-tículo 57 de RCFF que dentro de los treinta días siguientes a la fecha de presentación del dicta-men, no 30 de agosto, por lo que habrá que estar pendiente de las fechas de presentación, ya que al establecer el plazo en días se computan los días hábiles, sin contar sábados ni domingos, enten-diendo que cada dictamen establecerá la fecha de presentación de los papeles. Sin otra cosa que agregar, les deseo buena suerte en esta nueva empresa.

El proceso es simple, aunque no

completamente amigable, ya que

este subprograma solo acepta papeles

de trabajo hechos en Excel

EXCELENCIA PROFESIONAL[ 10 ]

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NORMATIVIDAD

PresentaciónEste artículo ha sido preparado con la finalidad de dar a conocer de manera resumida los principales cambios en la normatividad mexicana para el ejer-cicio del Contador Público en la práctica Indepen-diente para los trabajos de auditoría que iniciaron a partir del 1 de enero de 2012, las cuales deberán ejecutarse con base en las Normas Internacionales de Auditoría y teniendo como eje de actuación un nuevo Código de Ética profesional.

I. IntroducciónEn junio de 2010 el Comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. acordó adoptar en nuestro país las Normas Inter-nacionales de Auditoría para todos los trabajos de auditoría que inicien a partir de enero de 2012. Di-chas normas son emitidas por el Consejo de Nor-mas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (International Auditing and Assurance Standards Board) (“IAASB”) de la Federación Internacional de Contadores Públicos (International Federation of Accountants) (“IFAC”).

Por lo que a partir de dicha fecha se llevó a cabo un proceso de convergencia encabezado por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA).

Así mismo, derivado de este acuerdo se tomó la decisión de elaborar un nuevo Código de Ética para nuestro país, teniendo como base el Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad que fue elaborado por el Consejo de Normas Interna-

cionales de Ética para Contadores (International Ethics Standards Board of Accountants) (“IESBA”), con el objetivo principal de hacerlo más estricto y así fortalecer el ejercicio de la profesión contable en nuestro país.

Mencionado lo anterior, el artículo tiene como fi-nalidad presentar al lector un resumen de los princi-pales cambios en la normatividad mexicana respecto de las Normas Internacionales de Auditoría las cuales tienen una obligatoriedad de cumplimiento para los profesionales contables a partir de los trabajos que iniciaron en enero de 2012, según corresponda.

II. Proceso de convergenciaEl proceso de convergencia en nuestro país fue lle-vado a cabo por la Comisión de Normas de Audito-ría y Aseguramiento (CONAA), durante el proceso de convergencia se revisaron las principales dife-rencias en los siguientes documentos: 1. Marco de referencia (International Framework

for Assurance Engagements (IFAE)). 2. Norma de Control de Calidad (International

Standard Quality Control (ISQC)).3. Boletines de las Normas Internacionales de

Auditoría (International Auditing Standards (NIAS)).

4. A manera de ejemplo a continuación presenta-mos un comparativo entre algunos de los Bole-tines de las Normas Generalmente Aceptadas en México y las Normas Internacionales de Au-ditoría de mayor importancia en este marco de convergencia.

Principales cambios en la normatividad mexicana para el contador público en la práctica independiente

Por: C.P.C. Catalina Mejía Balcázar

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III. Estructura de la normatividad actualComo parte importante del resultado de los esfuer-zos de la CONAA se ha definido una nueva Estruc-tura de la Normatividad para el ejercicio del Con-tador Público en su carácter de independiente, al adoptar las Normas Internacionales en nuestro país generando grandes beneficios para la profesión de manera local generando en el usuario final mayor confianza en el trabajo realizado y el reconoci-miento a nivel internacional.

La Estructura tiene como base el Código de Éti-ca Profesional, seguido de la Norma de Control de Calidad a firmas de contadores públicos, la cual si

bien es cierto ya existía en la normatividad mexica-na ha venido a reforzar la importancia de la planea-ción, ejecución y emisión de los informes resultado del trabajo del auditor. A la presente estructura se integra también un marco de referencia para traba-jos de aseguramiento que servirá de guía y consul-ta durante la ejecución del trabajo.

Se presenta claramente la división de los traba-jos de aseguramiento que son los correspondientes a Auditorías y Revisiones de Información Financiera Histórica de los trabajos de atestiguamiento para los diversos trabajos a los que puede estar sujeto el auditor.

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III. CÓDIGO DE ÉTICAEste Código de Ética para Contadores Públicos está integrado de cinco partes. La parte A establece los principios fundamentales de ética profesional y un marco conceptual para los Contadores Públicos, la parte B nos describe a los Contadores Públicos en la práctica independiente, así mismo la parte C es aplicable a los Contadores Públicos en los sectores

público y privado, la parte D para los Contadores Públicos en el sector de la docencia y por último la parte E correspondiente a las sanciones por in-cumplimiento.

La Sección 100.5 nos precisa los principios fun-damentales que deberá cumplir el Contador Públi-co los cuales presentamos a continuación una bre-ve descripción:

√ IntegridadSer leal, veraz y honrado en todas las relaciones profesionales y de negocios.

√ ObjetividadEvitar prejuicios, conflicto de intereses o influencia indebida de terceros que afecten el juicio profesio-nal o de negocios.

√ Diligencia y competencia profesionalConocimientos y habilidades profesionales para proporcionar servicios profesionales competentes basados en la práctica, legislación, técnicas y nor-mas profesionales aplicables.

√ ConfidencialidadRespetar la información obtenida como resultado de relaciones profesionales o de negocios, no re-velarla a terceros, ni usarla para tener un beneficio personal.

Cumplir con leyes y reglamentos relevantes, y evi-tar cualquier acción que desacredite la profesión.

Estos principios deberán de regir la conducta y actuación profesional y NO deberán aplicar normas menos estrictas que las declaradas en este Código.

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IV. ESTRUCTURA DE LAS NORMAS INTERNA-CIONALES DE AUDITORIALas Normas Internacionales de Auditoría (NIA) fue-ron traducidas por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, revisada y aprobada por el Director General de Traducciones de la Unión Eu-ropea- DGT y por el Comité Revisor integrado por diferentes asociados de contadores públicos de varios países latinoamericanos, incluyendo México, a través de la Comisión de Normas de Auditoría y

Aseguramiento del Instituto Mexicano de Contado-res Públicos, A.C.Las NIA, nos presentan de manera integral un orden lógico para la ejecución de una auditoría de esta-dos financieros, desde la planeación, identificación de riesgos y controles, obtención de evidencia sufi-ciente y adecuada de auditoría hasta la emisión del Informe del Auditor. Las NIA se encuentran dividi-das en seis series como se muestra a continuación:

Las NIA se encuentran estructuradas de manera si-milar integrando en cada una de ellas los siguientes elementos: una Introducción, el alcance, fecha de entrada en vigor, el objetivo de la NIA en particular, algunas definiciones para mejorar el entendimiento, requerimientos y una guía de aplicación y otras ano-taciones explicativas. De igual manera cada una de las NIA deben de interpretarse conjuntamente con la NIA 200 «Objetivos globales del auditor indepen-diente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría», esta NIA nos hace énfasis en el cumplimiento de requeri-mientos de ética relativos a la auditoría de estados fi-nancieros que comentamos en el apartado anterior, nos exhorta a realizar la auditoría con una actitud de escepticismo profesional en todo momento recono-ciendo que pueden existir circunstancias que hagan que la información objeto del trabajo esté presenta-da en forma materialmente incorrecta. También nos recuerda la importancia de obtener la evidencia sufi-ciente y adecuada para soportar íntegramente el In-forme por emitir y por último tener presente que «El Contador Público deberá usar su juicio profesional al aplicar el Código de ética y durante el cumplimiento de las NIA.»

V. Consideraciones finalesLa adopción de las Normas Internacionales de Au-ditoría constituye un avance significativo en el pro-ceso de brindar mayor credibilidad de la profesión al lector de los Estados Financieros, al tener estos una connotación de interés público y no solo un compromiso con quien contrata los servicios.Teniendo como principales beneficios de la adop-ción entre otros:

■ Mayor comparabilidad con el ambiente interna-cional,

■ Mayor confiabilidad en esquema normativo de México y

■ Reconocimiento internacional de las auditorías de Estados Financieros realizadas en México.

Es importante mencionar que el camino para el cumplimiento de la Normatividad no ha sido fácil para la mayoría de las firmas pequeñas de conta-dores públicos en nuestro país, que son la mayo-ría y que requerirá de un esfuerzo adicional en sus primeros años de implementación, pero al final el resultado será de alto impacto y muy benéfico para la profesión y en general para nuestro país.

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Tip´s para ahorradoresuy a menudo se nos recuerda en diferentes me-dios, lo importante que es el conformar un ahorro para ir formando un capital. Sin embargo en pocas ocasiones nos detenemos a analizar sobre ciertos aspectos importantes que son cruciales para que el dinero que vayamos acumulando, verdadera-mente cumpla con su objetivo, que sea el permi-tirnos materializar ciertos planes concretos. El ahorro se debe entender como un mecanismo a través del cual, una persona física o moral va destinando parte de sus excedentes económicos, a un instrumento financiero especialmente dise-ñado para ello, para conformar un capital a una fecha determi-nada y para un propósito espe-cífico. Durante este periodo, es importante ser constantes, dis-ciplinados en los gastos para no mermar nuestra capacidad de ahorro, y sobre todo, darle un seguimiento al monto que se va acumulando, para poder estar seguros de que cumpliremos nuestra meta. A continuación, señalamos algu-nos de los puntos que se deben tomar en cuenta a la hora de ele-gir algún instrumento de ahorro:

1. El rendimiento o interés que nos ofrecen: Aunque pareciera demasiado obvio, la realidad es que muy poca gente tiene en mente que el ahorro sí debe generar una plusvalía; el mito es que el ahorro solo implica acumular dinero, ya sea en la alcancía, en un cajón, en el banco, o ¡hasta en una tanda! Es importante que nos cerciore-mos de cuál es la tasa de interés o rendimien-to que nos ofrece el instrumento en cuestión. Hoy día, dentro del Sistema Financiero Mexi-cano, existen diversas alternativas muy atracti-vas que ofrecen excelentes ganancias a corto, mediano o largo plazo. 2. Establecer una meta concreta: Se refiere a determinar concretamente para qué quere-mos conformar nuestro ahorro. Entre mayor

claridad se tenga de la cantidad de dinero que necesita-remos para dar vida a un proyecto, mayor pro-babilidad tenderemos de conseguirlo. Por ello, es importante que tengamos bien estimado cuánto habre-mos de necesitar no hoy, sino en la fecha en que habremos de invertir ese dinero, el costo que tendremos que erogar.

Por ello es crucial tener un esti-mado muy asertivo de la fecha concreta en que habremos de haber logrado nuestro objetivo de ahorro, pues eso nos ayudará a planear qué cantidades debe-mos ir canalizando al ahorro y con qué periodicidad.3. Nuestra inflación perso-nal: Un gran error que comen-ten algunos ahorradores, es el considerar que la inflación ge-neralizada que nos muestra el INPC (Índice Nacional de Pre-cios al Consumidor) puede ser un referente para determinar la ganancia mínima que debemos generar. La realidad es que éste indicador únicamente nos in-

forma acerca del incremento generalizado de precios en los artículos y servicios que consu-me el mexicano en promedio a lo largo de todo el país, y salvo muchas cuotas y pagos que te-nemos que cubrir sobre todo al Gobierno, muy pocos artículos de consumo cotidiano crecen a este ritmo. Debemos considerar, como co-mentamos en el punto anterior, que el artículo o servicio que tenemos en mente se va incre-mentando gradualmente de precio, por lo que es muy pertinente tener el dato concreto de cuál es el incremento anual que tiene dicho bien. Por ejemplo, en México, las colegiaturas se incrementan entre un 5 y un 15% anual, por lo que si nuestra meta es conformar un ahorro

M

ECONOMÍAY FINANZAS

Por: Mtro. Francisco Javier Cruz Ariza

Es importante que tengamos bien

estimado cuánto habremos de

necesitar no hoy, sino en la fecha

en que habremos de invertir ese

dinero, el costo que tendremos que

erogar.

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para la educación superior de nuestros hijos, debemos elegir un instrumento financiero que nos proporcione anualmente, este rit-mo de crecimiento. Aunque suena difícil

de creer, la realidad es que hoy día existen diversos instrumentos que nos pueden pro-

porcionar esta rentabilidad anual en el largo plazo.

4. Evaluar los instrumentos factibles para invertir: Se refiere a que debe-mos hacer una investigación muy seria y a profundidad, acerca de qué alternativas en concreto tene-mos para poder conformar nuestro capital. Algunos puntos importantes

en este apartado, son:a. El capital inicial: Algunas perso-

nas cuentan con una cantidad de dinero más o menos fuerte desde un inicio, ya sea por un bono recibido, una prima vacacional, o el agui-naldo. b. Las aportaciones periódicas que podemos hacer. De acuerdo a nuestro grado de liquidez, se debe hacer un esfuerzo por ir haciendo aportaciones mensuales desde el inicio y has-ta el final del periodo calculado.c. El nivel de riesgo que estamos dispues-tos a asumir. Aunque en México tenemos una anticultura por el riesgo, y más bien siempre pretendemos evitarlo, la verdad es que es muy importante canalizar parte de nuestros recur-sos a alguna alternativa que maneje un cierto grado de volatilidad. El riesgo no es malo, solo es cuestión de entender perfectamente a qué se refiere el término (la variabilidad promedio que llega a tener el precio de una acción con respecto a su precio promedio, por ejemplo), y entender que no necesariamente implica pér-dida de dinero, en tanto tomemos las decisio-nes adecuadas.d. El plazo que tenemos para alcanzar nues-tra meta. Entre más plazo tengamos, será necesario asumir un mayor riesgo, para que nuestro dinero vaya creciendo consistente-mente con respecto al incremento de precios de lo que pensamos adquirir. A mayor plazo, mayo riesgo, pero también menor liquidez para retirar nuestro dinero en caso de alguna emergencia.e. Diversificar nuestras inversiones. El ban-co es una institución financiera que nos sirve como medio de resguardo para el dinero y como medio de pago, pero no como un instru-mento de ahorro, pues el rendimiento prome-dio que nos ofrecen es más bajo que la propia inflación medida por el INPC. Es importante considerar, de acuerdo a los anteriores pun-tos, qué alternativas nos ofrecen instituciones como Afores, Operadoras de Fondos de In-versión y Casas de Bolsa debidamente acre-

ditadas, para tal efecto. De acuerdo a nuestra liquidez, solvencia y plazo, estas instituciones tienen un instrumento atractivo para cada caso, e incluso la posibilidad de constituir una cartera bien diversificada para cada caso en particular. Para esta situación, las diferentes instituciones ponen al servicio de sus clientes a un grupo de expertos en el tema que nos pueden brindar una muy buena asesoría.f. Hacer simulaciones. Una vez elegida nues-tra cartera de instrumentos, podemos solicitar que nos hagan una corrida a futuro que ilustre el comportamiento factible que tendrá nues-tra inversión. Si bien rendimientos pasados no garantizan rendimientos futuros, estas simula-ciones son muy útiles para hacernos una idea de la volatilidad y la fortaleza del instrumento, así como de su capacidad de generación de rendimientos.5. Elegir la unidad monetaria adecuada. Tradicionalmente, la gente considera que el dólar es la mejor alternativa para evitar que

el dinero pierda poder adquisitivo frente a la inflación. Esto es un gran mito, pues históri-camente, la inflación siempre ha sobre pasa-do cualquier devaluación de nuestra moneda, incluso hoy día, con las recientes devaluacio-nes, producto de la fortaleza del dólar o de la crisis griega. Una alternativa muy buena para el ahorro en México son las UDI (Unidades de Inversión), que se pueden adquirir en algu-nos fondos de inversión, e incluso seguros de vida con inversión.

Si tenemos en cuenta los anteriores consejos, se-guramente estaremos en vías de conformar exi-tosamente un capital que nos permita dar vida a algún proyecto que tengamos en mente, o incluso pensar en el siguiente paso, del cual hablaremos en posteriores ediciones, la inversión.

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LABORAL Y SEGURI DAD SOCIAL

l pasado 23 y 24 de junio de 2015 se llevó a cabo el “Evento Magno” 1er Foro de Profesionistas y Espe-cialistas en Seguridad Social, contando con la pre-sencia de las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, e instituciones en-cargadas de la seguridad social del sector privado.

Por parte del IMSS asistió a la apertura de este foro el Lic. Tuffic Miguel Orte-ga, encargado de la Dirección de Incorporación y Recauda-ción del Instituto. El funcio-nario compartió los avances en la materia, así como las in-novaciones y cambios que el instituto realiza para que los contribuyentes cumplan con las obligaciones respectivas al IMSS.

También asistieron los jefes de oficina de: la Unidad de Fis-calización y Cobranza, Unidad de Incorporación al Seguro Social, Coordinación de Clasi-ficación de Empresas y Vigen-cia de Derechos y la Unidad de Servicios Estratégicos. Todos ellos informaron detalladamen-te sobre los alcances que se han logrado en materia de fiscalización, en el cumplimiento de las Cuotas Obrero Patronales (COP), y en los procedimientos que se llevan a cabo para revisar a los contribuyen-tes, y que estén correctamente inscritos en la clasi-ficación de las empresas. Por supuesto del cambio del nuevo Dictamen, en donde la Comisión formó parte de las mesas de trabajo, dando su opinión al

respecto. Dicho cambio de dictamen se efectuará para la revisión del ejercicio 2015 y se presentá en el año 2016 en materia de IMSS.

Se realizaron talleres con los temas: “Criterios para la Incorporación al Régimen Obligatorio al IMSS”, “Aspectos a considerar para realizar la ade-cuada Clasificación de las empresas al IMSS”, “Pro-cedimientos para la presentación del SATIC de la

Construcción y Trámites Digitales”, este último es una novedad que el Instituto ha lanzado para entrar en la era digital, en la que ya estamos inmersos.

Por parte del INFONAVIT asistió a la apertura, el Lic. Fernando Diar-te Martínez, encargado de la Sub-dirección General de Recaudación Fiscal del Instituto, compartiéndo los avances efectuados para que los contribuyentes cumplamos con nuestras obligaciones en beneficio de los trabajadores.

Así mismo, asistieron los encar-gados de los departamentos de Servicio a Empresas Aportantes, de Recaudación y Cobranza Fiscal, de Fiscalización, de lo Consultivo y Contencioso Fiscal y de Adminis-

tración del Patrimonio Social y Servicios, en donde nos mostraron los temas de importancia actual de fiscalización, mediante la cancelación de requeri-mientos no presenciales a través de la página Web del Instituto, así como las diferentes acciones que podemos realizar dentro del “Portal Empresarial”. Se habló de la “portabilidad” de aportaciones entre los institutos del FOVISSTE y el INFONAVIT para la

E

Foro de Profesionistas y Especialistas en Seguridad Social

Por: L.C.P. Martín Ernesto Quintero GarciaPresidente de la Comisión de Seguridad Social e INFONAVIT

1er.Las autoridades han

comentado que la Contabilidad Pública es la profesión mejor organizada y es por

ello que se debe seguir buscando

la excelencia. Sin duda la AMCPDF

trabaja para lograrlo.

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obtención de créditos de vivienda para los traba-jadores, y se informó sobre la entrega de las apor-taciones patronales de los pensionados que nunca ejercieron la obtención de un crédito de vivienda.

En los talleres se realizaron pláticas en materia de Aclaración de Requerimientos, Dictamen INFONAVIT, Retiros del Saldo de la Subcuenta de Vivienda y Sepa-ración de Cuentas y Portabilidad; Herramientas Des-tinadas al Patrón para el cumplimiento de las obliga-ciones mediante su página Web “Portal Empresarial”.

¿Qué se obtuvo?De acuerdo con la Comisión de Seguridad Social e INFONAVIT, se organizó este evento para apoyar a los asociados y empresas que asistieron, lográndo-se en gran medida los objetivos propuestos. Por un lado, se contó con la asistencia en las instalaciones de la AMCPDF de los asociados y empresas inte-resadas, para enterarse por parte de las autorida-des de los sucesos actuales, de los cambios que se están realizando para el cumplimiento de las obligaciones, y por otro que las mismas Institucio-nes muestren como cumplir de manera ágil, clara y oportuna, con las obligaciones, utilizando las plata-formas electrónicas con las que ya se cuenta.

¿Qué sigue? Una vez concluido este evento, la Comisión de Se-guridad Social e INFONAVIT solicitará a las autori-dades que se muestre el uso de las herramientas informáticas para cumplir con las obligaciones de los contribuyentes.

Como resultado de estas gestiones, este 3 de agosto de 2015 se realizará el primer taller práctico para el uso del “Portal Empresarial” del INFONAVIT, en donde se exhibirá como usar los diferentes mó-dulos que tiene el portal. Además no sólo se cono-cerá el portal, se navegará utilizando casos prác-ticos reales de los asistentes, se mostrará como inscribirse en el portal, se enseñarán herramientas para consultar un estado de cuenta, cancelar un requerimiento, visualizar las incidencias de los tra-bajadores, utilizar los medios de pago y como soli-

citar la carta de no adeudos con el Instituto.La comisión solicitará al IMSS una capacitación

para navegar y usar el “Escritorio Virtual”, se con-tinuará con los acercamientos a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que brinden pláticas en materia laboral, se solicitará al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Traba-jadores (INFONACOT), informen cúales son las obli-gaciones que tienen los contribuyentes para con ellos, pero lo más importante será actualizar en el ámbito laboral a los asociados, a sus clientes y co-nocer detalladamente todo lo necesario para tener conocimiento y hacerlo valer ante las Instituciones.

Continuaremos organizando de forma anual el “Foro de Profesionistas y Especialistas en Seguridad Social” con la misma finalidad con la que se inició este proyecto, trabajar para los asociados, invitar a las autoridades para que informen sobre los cambios y los que se tienen programados, solicitarles apoyo para cumplir adecuadamente con las obligaciones respectivas y mostrar las herramientas para ello.

Conclusión del Presidente de la Comisión de Seguridad Social e INFONAVITConcluyendo con este 1er proyecto magno, la co-misión seguirá realizando su labor para hacer que la Asociación Mexicana de Contadores Públicos en el D.F., cuente con la presencia de las autoridades en materia de Seguridad Social, con el fin de que los aso-ciados de la Institución, tengan la mejor percepción y puedan asesorar adecuadamente a los clientes.

Las autoridades han comentado que la Contabi-lidad Pública es la profesión mejor organizada y es por ello que se debe seguir buscando la excelencia. Sin duda la AMCPDF trabaja para lograrlo.

Este trabajo debe tener eco, no solo dentro de la Institución, si no también en las empresas a las que asesoran y son socios de negocios, inclusive para las Asociaciones Empresariales.

Es por esto que se preparan nuevos temas, pro-yectos y talleres, para ser parte de la preparación para el trabajo diario, invitando a todos a capacitar-se en la Asociación.

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EXCELENCIA PROFESIONAL[ 22 ]

del 19 al 22 de

noviembre

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$9,550 $11,050 $11,300 $11,550 $11,800 $12,050

XIConvención Anual

Huatulco2 0 1 5

25 puntos para N.A.A.

Page 25: AMCP Revista Agosto 2015

El Servicio de Administración Tributaria se encuen-tra en constantes procesos de innovación y desa-rrollo, implementando mejoras tecnológicas en sus sistemas, con vista a simplificar cada vez más

el cumplimiento de las obligaciones por parte de los con-tribuyentes, es por ello que en esta ocasión el SAT invita a los contribuyentes a conocer la nueva plataforma “DE-

CLARASAT VERSIÓN DE PRUEBA 2015” para presentar las declaraciones de personas físicas “asalariados”2015.

Para acceder a la aplicación deberás ingresar a: www.sat.gob.mx

Dar click en Declaraciones y elegir la última opción “DeclaraSAT versión de prueba. Danos tu opinión”

Por: L.C. Bernardo Manuel Rodríguez BravoPresidente de la Comisión Página Web

Declarasat Versión de prueba 2015

TECNOLOGÍA

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Page 26: AMCP Revista Agosto 2015

Podrás accesar con tu contraseña o con tu FIEL

Una vez ingresando a la aplicación se desplegará el siguiente mensaje

Es importante comentar que para realizar las pruebas el sistema utilizará la información real del ejercicio 2014 con la información precargada relativa a los ingresos y reten-

ciones por salarios e intereses declarados por los retene-dores de impuestos e información de los comprobantes fiscales de los gastos del ejercicio.

Seleccionamos el perfil del contribuyente:

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La nueva plataforma cuenta con 3 módulos1. Mis Ingresos2. Mis Gastos 3. Información complementaria

MÓDULO 1. Mis IngresosEl sistema precargará la información de los ingresos con base a la DIM que las empresas tienen obligación de pre-sentar a más tardar el día 15 de Febrero de cada año, adi-cionalmente mostrará la información “facturada” es decir, los CFDI´s que el patrón haya timbrado a favor del trabaja-

dor pudiendo elegir entre los datos de la DIM, o los datos facturados (CFDI´s) para continuar con la declaración. En caso de que la información precargada no corresponda a la que el contribuyente determina se podrán agregar de forma manual los empleadores, ingresos por sueldos y salarios o asimilados, misma situación procederá para el caso de intereses.

Para facilitar el llenado de la declaración es importante leer las INSTRUCCIONES ubicadas en el lado superior iz-

quierdo, las cuales describen de forma detallada los pro-cesos de llenado.

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Page 28: AMCP Revista Agosto 2015

MÓDULO 3. Información Comple-mentariaDicha información es sólo de carácter informativo, y se podrán ingresar los siguientes datos:1. Préstamos recibidos2. Premios obtenidos3. Donativos obtenidos4. Viáticos cobrados (exentos)5. Ingresos exentos por enajenación de casa habita-ción del contribuyente6. Ingresos exentos por herencias y legados.

Al finalizar el llenado de los 3 Módulos se seleccionará el botón continuar y el sistema arrojará un reporte denomi-

nado “Hoja de trabajo para la declaración anual de las per-sonas físicas”, el cual contendrá un resumen con toda la información utilizada por el contribuyente, dicho reporte se podrá guardar o imprimir para su revisión. Por último el sistema desplegará la sección “Presentación de la declaración”, en donde se determinará el cálculo del impuesto. Es importante mencionar que la declaración no permite el envío toda vez que es una prueba, por lo que solo se podrá guardar.Una vez que se guarda la declaración se habilitará el bo-tón “Comentarios” ubicado en el lado superior derecho de la página donde podrás contestar un breve cuestio-nario y emitir las observaciones y/o sugerencias directa-mente al SAT.

La innovación tecnológica es pieza fundamental para po-der simplificar el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes y el SAT abre sus puertas para participar

con ellos en esta simplificación, razón por la cual es im-portante la participación de todos en este proceso.Fuente: SAT www.sat.gob.mx

MÓDULO 2. Mis GastosUna de las novedades en esta plataforma y como ya se preveía es la inclusión de los CFDI´s por los gastos que efectuó el contribuyente, de tal forma que podremos

clasificar los comprobantes de conformidad con las de-ducciones autorizadas en la Ley, que en el caso de la de-claración que nos ocupa corresponderán a los gastos per-sonales.

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JURÍDICO

La reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2014, trajo como consecuencia la adición de figuras fiscalizadoras y de control que el fisco federal puede ejerci-tar en su potestad exactora, disposiciones

tales como el domicilio fiscal declarado ante insti-tuciones financieras, la cancelación de certificados digitales, el buzón tributario, el envío de la contabi-lidad electrónica, el llamado “buro fiscal” en donde se publica una lista de contribuyentes que a juicio de la autoridad se encuentran no localizados, con créditos fiscales firmes, con créditos condonados y con operaciones inexistentes, adicionalmente la declaración general de invalidez de los actos y fac-turas que amparen operaciones inexistentes.

En vista de lo anterior, es de considerarse que aun y cuando las facultades de las autoridades mencionadas ut supra se encuentran en una nor-ma jurídica con rango de ley, también lo es que en estricto apego del artículo 16 y 31 en su fracción IV1 de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos, dicha norma jurídica debe respe-tar los derechos fundamentales y las garantías de los gobernados sujetos a una relación de supra a subordinación2 con la Autoridad Fiscal Federal.

El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federa-ción establece la figura de una declaratoria gene-

ral de invalidez de operaciones inexistentes, pero adicionalmente dichos contribuyentes deben ser publicados en un llamado un “buro fiscal” en el Diario Oficial de la Federación y en la página elec-trónica de la autoridad fiscal.

Los principios constitucionales de las contri-buciones están contenidos en el artículo 31 en su fracción IV de nuestra Norma Fundante, dichos principios son: proporcionalidad y equidad, legali-dad, destino a gasto público, y generalidad.

Resulta conspicuo resaltar que los principios constitucionales de los tributos, tiene relación concordante con los dispositivos 1°, 14, 16, y 22 Constitucionales, por citar algunos y que se con-sideraran como fuente de los conceptos de viola-ción por lo que respecta al artículo 69-B del Códi-go Fiscal Federal.

El artículo 1° establece que los derechos huma-nos deben ser tutelados por todas las autoridades en el ámbito de sus competencias3 ; el numeral 14 establece el principio Seguridad Jurídica; el dis-positivo 16 el principio de Legalidad; y el artículo 22 prohíbe las penas inusitadas y trascendentales.

Ahora bien, los artículos anteriores resultan guiadores sobre la constitucionalidad del artículo 69-B del Código Fiscal Federal puesto que dicho artículo, aun cuando paso el proceso legislativo

Inconstitucionalidad del artículo 69-B del Código Fiscal Federal y el medio idóneo de defensa contra su aplicación

1 Contribuir para los gastos públicos es obligatorio para todos los gobernados, por ministerio de ley del texto constitucional, razón por la cual el límite para imponer contribuciones es sólo la imaginación del legislador, empero dicha imposición de contribuciones no es irrestricta, debe colmar los ex-tremos de los principios constitucionales, respetar los derechos humanos y sus garantías, incluso los derechos humanos que se encuentra en otros instrumentos internacionales de los derechos humanos, lo anterior encuentra sustento en la tesis aislada 1a. CLXXXV/2015 (10a.) emitida por el Poder Judicial de la Federación con número de registro 2009202 consultable en el Semanario Judicial de la Federación.2 Se llaman relaciones de supra a subordinación las relaciones jurídicas que se dan entre los gobernados y las autoridades, a diferencia de las rela-ciones de coordinación que son las que se desarrollan entre personas de derecho privado. Galindo Camacho, Miguel. Derecho Administrativo, Tomo I, 3ª edición, Editorial Porrúa, México, 2000, página 43.3 Adicionalmente el artículo 1° Constitucional reconoce la aplicación de los de instrumentos internacionales de los derechos humanos al ámbito nacional, establece el control difuso Constitucional, el principio pro homine o pro persona, y la interpretación conforme.

Por: Juan Jacobo Meraz SoteloAbogado por la Facultad de Derecho de la UNAM, Licenciado en

Contaduría Pública por el Colegio Español de México, Especialista en Derecho Fiscal con Mención Honorífica por la Unidad de Pos-

grado de la UNAM, estudios de Maestría en el Centro Universitario de Estudios Jurídicos. Socio Director de la Firma 3 Cúbico Aboga-

dos especialistas en Derecho, Contabilidad y Finanzas.

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y es una norma positiva y vigente, no respeta los principios constitucionales de las contribuciones y derechos fundamentales de los contribuyentes.

Para poder ponderar el artículo 69-B del Códi-go Fiscal de la Federación con los principios cons-titucionales y derechos humanos debemos esta-blecer el mecanismo que dispone dicho artículo, como lo es:

1.- La autoridad fiscal detecta que un contribu-yente ha estado emitiendo comprobantes fis-cales o facturas sin contar con los activos, el personal, infraestructura, o capacidad mate-rial, respeto de sus actividades empresariales, o también que esos contribuyentes que emi-tieron facturas se encuentran no localizados.2.- Después de detectar dichas facturas o de no localizar al contribuyente, presume que las operaciones anteriores son inexistes, por con-secuencia las facturas tienen una presunción de invalidez.3.- La autoridad notifica al contribuyente a través del buzón tributario (cosa que en la ac-tualidad no acontece por no estar en función dicho medio de comunicación), de la página web del Servicio de Administración Tributaria, y en el Diario Oficial de la Federación.4.- El contribuyente cuenta con un plazo de quince días contados a partir de la notificación para hacer valer lo que a su derecho convenga u ofrecer pruebas.5.- La autoridad fiscal tiene un plazo de 5 días, en el cual valora lo argumentado por el con-tribuyente y valorar las pruebas ofrecidas por éste, y emite una resolución solo y únicamente de los contribuyente que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan, dicha notifica-ción es realizada a través del buzón tributario (como el buzón tributario no está en funcio-namiento la notificación debe realizarse como dispone al artículo 134 del Código Fiscal). 6.- Después de 30 días de notificado el contri-buyente que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan, se publicará en la página web del Servicio de Administración Tributaria, y en el Diario Oficial de la Federación que las operaciones amparadas en las facturas son inexistentes.7.- El efecto de la publicación en la página web del Servicio de Administración Tributaria, y en el Diario Oficial de la Federación, es que dichas facturas no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, por lo que se considera una declaratoria general de invalidez con efec-tos generales.8.- Las personas físicas y morales que ampa-ren deducciones con facturas emitidas por contribuyentes que se encuentran publicados en la página web del Servicio de Administra-

ción Tributaria, y en el Diario Oficial de la Fede-ración por considerar sus operaciones inexis-tentes, deben en un plazo de 30 días acreditar que si recibieron los bienes o servicios que ampara dicha factura, o bien en ese mismo plazo corregir su situación fiscal acumulando esos gastos para efectos de ISR y el IVA.9.- Si los contribuyentes que amparen deduc-ciones con facturas emitidas por contribuyen-tes que se encuentran publicados por opera-ciones inexistentes, son sujetos a un acto de molestia de comprobación, y en la revisión fis-cal se comprueba que no acreditó en el plazo de 30 días que recibieron los bienes y servi-cios que amparan las facturas, o no corrigió su situación fiscal se le determinarán los créditos fiscal que correspondan.10.- Las operaciones inexistentes, se conside-ran por la autoridad como actos simulados y esto da origen a que se le incoen tipos pe-nales de defraudación fiscal al contribuyente que emite y quien recibe dichas facturas.

Una vez explicado de manera secuencial el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación podemos entender los matices de inconstitucio-nalidad que este reviste, por las consideraciones siguientes:

A) Todo acto de molestia debe ser por escrito y emitido por autoridad competente, que fun-de y motive la causa legal de procedimiento, según lo preceptúa el artículo 16 de la Consti-tución, cosa que no ocurre la declaración ge-neral de inexistencia de operaciones, esto es así porque la autoridad sin que medie ningún acto de molestia previo “detecta”, sin darnos elementos de tiempo, lugar o modo, o argu-mentos lógico jurídicos, el por qué presupone que se realizan operaciones inexistentes.B) Adicionalmente se violenta el artículo 16 en su segundo párrafo de la Constitución Políti-ca, en lo que respecta a la protección de da-tos personales, ya que se publica en el Diario Oficial de la Federación y en la página web del Servicio de Administración Tributaria, los da-tos del contribuyente incluso antes de que ha-yan aportado pruebas para desvirtuar lo dicho por la autoridad, adicionalmente se violenta el artículo 8 del Pacto de San José4 que se re-fiere a la presunción de inocencia, puesto que al mismo tiempo de la primera notificación se publican los datos del contribuyente, rompien-do con la lógica de la presunción de inocencia que establece que las autoridades no pueden condenar o imputar ningún hecho a una per-sona sin contar con los elementos de prueba que acrediten una conducta infractora.C) Ahora bien, se violenta el artículo 22 de la

4 Se llama Pacto de San José a la convención Americana sobre Derechos Humanos, por haberse signado en San José, Costa Rica.

EXCELENCIA PROFESIONAL[ 28 ]

Page 31: AMCP Revista Agosto 2015

Norma Fundante Mexicana, porque se impone una pena trascendental e inusitada, ya que el contribuyente que deduce la factura que se presume ampara un hecho inexistente, debe acreditar hechos que debería amparar el con-tribuyente que emitió la factura, cuestiones que le son de cierta forma ajenas, ya que él no es el sujeto que está publicado en el Diario Oficial de la Federación y en la página electró-nica del Servicio de Administración Tributaria.

También se rompe con lo establecido en el ar-tículo 14 de la Constitución, porque no se respe-tan las formalidades esenciales del procedimien-to5 , ya que si un contribuyente que deduce la factura y no revisa (siendo que no está obligado por ley a revisar hechos de un tercero) la página electrónica del Servicio de Administración Tribu-taria o el Diario Oficial de la Federación, en una revisión de Autoridad, está ultima le impondrá el crédito fiscal por dichas deducciones amparadas con comprobantes declarados inválidos por ope-raciones inexistes, y más lesivo aún se le consi-

derará que simuló actos y que actualiza el tipo penal especial de defraudación fiscal, sin que se le haya notificado, permitido ofrecer pruebas, y alegar conforme a derecho, adicionalmente tam-bién se violenta el principio de presunción de inocencia del artículo 8 de la Convención Ameri-cana sobre Derechos Humanos.

Como se infiere de lo anterior el artículo 69-B del Código Fiscal Federal es violatorio de dere-chos fundamentales y sus garantías, no solo del propio texto constitucional, sino de los instru-mentos internacionales de derecho humanos, por lo que queda la cuestión ¿cómo se comba-te dicho acto de autoridad inconstitucional? El medio idóneo para hacer valer las violaciones a derechos humanos que resienten los goberna-dos en su esfera jurídica es el juicio de amparo, por lo que se concluye que dicho juicio de am-paro es la vía idónea para combatir este tipo de actos inconstitucionales6, que laceran de forma flagrante los derechos humanos y las garantías de los contribuyentes.

5 Las formalidades esenciales del procedimiento son: 1) derecho a ser notificado; 2) derecho a ofrecer pruebas; 3) derecho a ofrecer alegatos; y 4) la emisión de una resolución conforme a derecho que valer todas las pruebas ofrecidas y considere todos los argumentos hechos valer, conforme a lo establecido en la Jurisprudencia P./J. 47/95, página 133, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de justicia de la nación. 6 El autor no considera propio combatir dicha aplicación del artículo 69-B del Código Fiscal Federal mediante juicio contencioso administrativo fe-deral (a pesar de que el control difuso del artículo 1° Constitucional per-

mite a todas las autoridades jurisdiccionales pronunciarse sobre dere-chos humanos y aplicar la norma que dé una protección más amplia a las personas o desaplicar la norma que más los restringe) porque hablamos de una cuestión de legalidad es decir es un mecanismo que está estable-cido en ley, en particular el Código Fiscal Federal; el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa [cuyo nombre ahora será Tribunal Federal de Justicia Administrativa conforme a la reforma constitucional del 28 de mayo de 2015] atiende a cuestiones de legalidad, es decir determina si el acto jurídico se ajustó al texto de ley, aun y cuando reiteramos que existe un control difuso y el principio pro homine.

agosto 2015 [ 29 ]

Page 32: AMCP Revista Agosto 2015

CULTURA

La sensibilidad, la belleza y el arte del rena-cimiento visitan nuestra ciudad, y que me-jor recinto para ello que el grandioso Pala-cio de las Bellas Artes, inicialmente solo se había anunciado la muestra “Miguel Ángel

Buonarroti: un artista entre dos mundos”, pero a los dos días se informó que se agregaba una del otro genio, “Leonardo da Vinci y la idea de la belleza”, dichosos somos los habitantes de esta urbe, de poder ser testigos de este grandioso encuentro de dos artistas que iniciaron su rivalidad en la época dorada del renacimiento, y ha perdurado a través

El arte del renacimiento llega a nuestro país

Por: C.P.C. David González Martin del Campo “PERRUNO” de los siglos hasta esta fecha, y creo que si un día termina la humanidad, ellos seguirán su valioso y artístico enfrentamiento en la eternidad.

La exposición se inauguró el pasado 25 de junio en el Museo del Palacio de Bellas Artes, y estará hasta el 27 de septiembre de este año. Parece mu-cho tiempo tres meses pero créanme que va a ser corto el plazo, de acuerdo a las dificultades para entrar, en virtud de la gran afluencia que este even-to está convocando. Hay gente que llega desde las siete de la mañana y si bien le va, a eso de las doce o una de la tarde ya está entrando, y luego dicen que nuestro pueblo no se interesa en la cultura, son gran parte de nuestros gobernantes y autoridades los que no saben acercarla a la gente.

Hoy tenemos una oportunidad histórica, apre-ciar una parte aunque mínima, de este par de genios, que como decíamos líneas arriba vivie-ron una rivalidad que parte desde sus conceptos de apreciar el arte y la naturaleza, Miguel Ángel, quien nació el 6 de marzo de 1475 en Caprese Mi-chelangelo, Italia, decía que “el cuerpo humano era la máxima expresión de la belleza y el arte”, mientras que Leonardo, el cual nació el 15 de abril de 1452 en Vinci, Italia, sostenía “que las formas de la naturaleza (incluyendo los animales y los hom-bres por supuesto) contenían la justa proporción de la belleza”. Luego vienen una serie de enfren-tamientos que son en parte por el desempeño de sus virtudes y actividades y claro por la edad. El primero aquí mencionado era pintor, escultor, ar-quitecto, anatomista y por supuesto más joven, el segundo fue poeta, músico, pintor, anatomista, arquitecto, botánico, filósofo, inventor, escultor, escritor, urbanista, etc., además de ser mayor. El hecho más real de su enfrentamiento directo fue en 1503, cuando las autoridades encargadas del Maggiore Consiglio –Gran Consejo- de la ciudad de Florencia, Italia les pidieron, con tan poco tino sendos frescos en paredes opuestas, encargo que terminó dejando inconcluso Leonardo, unos

La piedadMiguel Ángel Buonarroti

EXCELENCIA PROFESIONAL[ 30 ]

Page 33: AMCP Revista Agosto 2015

El vuelo de las aves Leonardo Da Vinci

diciendo que por envidia y otros por sus múltiples actividades.

Ya queda en anécdotas las que dicen, que una vez que unos cientí-ficos preguntaban a Leonardo sobre la interpretación de unos versos de Dante, este viendo que se acercaba el joven Miguel Ángel, dijo que le preguntaran a él, y este contestó que lo hiciera aquel que no había podido acabar con el encargo de una esta-tua ecuestre, quedándose solo en su diseño en arcilla, dejándolo rojo de la ira. O la que dice que una vez Miguel Ángel con su fuerza había hecho una curvatura a una pedazo de metal y pidió a Leonardo que la enderezara, y éste contesto que los viejos no te-nían por qué arreglar lo que los jóve-nes echaban a perder.

La cuestión es que tenemos ante nosotros la oportunidad de apreciar antes que nada la escultura del Cris-to Portacroce (Cristo Giustiniani), una obra de mármol de 1516 que no

terminó Miguel Ángel, ya que perfec-cionista como era encontró una veta negra dentro de este mármol, justo a la altura del rostro de la figura y así la dejó, por lo que se encargó de su culminación al escultor Pietro Urbano da Pistora entre 1518 y 1521. También se puede admirar una réplica de “La Piedad del Vaticano”, obra que éste terminó en 1499. Para fortuna de no-sotros también se incluyen óleos, bo-cetos y dibujos del gran artista, obvia-mente también se exhiben obras de artistas cercanos al genio florentino y que principalmente corresponden a la Casa Bounarroti, además de otros museos y galerías.

Del genio Leonardo se pueden apreciar dibujos y bocetos originales y sobre todo se puede apreciar por primera vez en nuestro país un có-dice único, “El vuelo de las aves”, lo que está considerado como el primer antecedente científico de los vuelos en general. Data del año de 1505 y se

pueden apreciar en todo su esplen-dor, el análisis de la mecánica del vuelo de las aves, además en algunas de esas hojas se aprecian anotacio-nes personales y bocetos arquitectó-nicos de este hombre superdotado en inteligencia y manifestación de la expresión artística.

También se pueden admirar gran cantidad de bocetos y ensayos que después quedaron plasmados en sus magistrales obras, ya sean pictóricas o en esculturas.

Vayamos pues a admirar esta grandiosa exposición. La de Leonardo solo estará hasta el 23 de agosto. Y de ahí aprovechar para recorrer nuestro centro histórico, ver el palacio de Co-rreos, tomar parte de algún tour tu-rístico de este céntrico lugar o visitar el Museo de San Carlos, ahí cerca en Puente de Alvarado, mismo que tam-bién tiene una exposición renacen-tista. Así que a alimentar el alma y el espíritu compañeros contadores.

Nuestra ciudad es de contrastes. Viajamos por sus entrañas de lo moderno a lo tradicional. Sólo te-nemos que saber donde encontrar ese punto mágico entre las diferen-tes identidades, que han fascinado a propios y extraños. Un rincón de este encuentro cultural es la Ciuda-dela de la Ciudad de México. Lugar en donde los sábados y domingos se reúne un grupo muy peculiar. Los amantes del Danzón. Este baile que por generaciones a formado parte de nuestro tesoro cultural, está más

vivo que nunca. Con sus notas que invitan a regocijarnos en el baile, y la cadencia de sus ejecutantes, nos muestra no sólo la habilidad de las

parejas interpretando sus mejores pasos, también da testimonio del orgullo de saber bailar respetando los más estrictos cánones. Jura-mento de juventud eterna al ser in-terpretado por personas mayores, con una maestría que envidian las nuevas generaciones. Esto sin ol-vidar la vestimenta, que solo una fiesta de esta naturaleza exige para completar la experiencia. Si uste-des quieren vivir a una experiencia muy diferente, acudan los sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas a la plaza de la Ciudadela a las clases de danzón. Único requisito: tener un espíritu festivo.

Su majestad el Danzón

agosto 2015 [ 31 ]

Page 34: AMCP Revista Agosto 2015

La AMCP preocupada por la capacitación y el crecimiento profesional de sus asociados, ha establecido una serie de convenios con las principales

instituciones educativas, para brindar alternativas de superación a los contadores que forman parte de la Asociación.

A continuación encontrarán las instituciones que participan en estos convenios. Pueden solictar más información en la siguiente página web:

www.amcpdf.org.mx

Continúa con tu desarrollo profesional

EXCELENCIA PROFESIONAL[ 32 ]

Page 35: AMCP Revista Agosto 2015

Asociación Mexicana de Contadores Públicos

Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.

=CURSOS=AGOSTO 2015

DÍA CURSO ASOCIADODESCUENTO

HASTAINVERSIÓN

Para ofrecerle un mejor servicio recuerde que es obligatorio reservar el curso que desea tomar y realizar con anticipación el pago en cualquiera de las siguientes modalidades:*TARJETAS DE DÉBITO Y CRÉDITO VISA O MASTER CARD;* DEPÓSITO O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANAMEX, S.A. (ASOCIADOS: 870-562728 más referencia, CLABE para transferencias 002180087005627280/ NO ASOCIADOS: 236-6979886, CLABE para transferencias 002180023669798865).

*CHEQUE: solo se aceptarán pagos CON TRES DÍAS HÁBILES de anticipación al inicio del curso. En caso de devolución del mismo se aplicará un cargo del 20% + IVA sobre el valor del cheque, con base en el artículo 193 de la “Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito”.

***En caso de depósito o transferencia, favor de enviar copia del comprobante a [email protected] y/o [email protected]***En cancelaciones con menos de 48 horas antes del evento, se aplicará una penalización del 25% sobre la cuota del mismo. La AMCP se reserva el derecho de no iniciar cualquiera de los grupos, modificar fechas y/o expositores por causas ajenas a su voluntad con el fin de asegurar la calidad y el objetivo del programa o en su caso de no reunir un mínimo de 10 personas.

Visite nuestra página: www.amcpdf.org.mxProgramación sujeta a cambios

LA CONTABILIDAD DIGITAL Y REVISIONES ELECTRÓNICAS PARA EMPRESAS

EXPOSITOR: C.P. ALBERTO MONROY SALINAS

PERSONAL DEASOCIADO

NO ASOCIADO

Agosto 03H: 16:00 - 21:00

CONDESCUENTO

$900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

JULIO

30

JULIO

31

AGOSTO

03

5 PUNTOS N.A.A.

8 PUNTOS N.A.A.

SIN DESCUENTO

CONDESCUENTO

$900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113SIN DESCUENTO

CONDESCUENTO

$1,440 $1,069 $1,600

$1,600 $1,189 $1,781SIN DESCUENTO

Agosto 04

H: 09:00 - 14:00H: 16:00 - 19:00

PUNTOS RELEVANTES Y PRESENTACIÓN DE DICTAMEN IMSS(para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2015)

EXPOSITOR: L.C.C. CARLOS GUTIÉRREZ PÉREZ

5 PUNTOS N.A.A.

Agosto 05H: 09:00 - 14:00

Agosto 10H: 16:00 - 21:00

Agosto 11H: 09:00 - 14:00

Agosto 12H: 16:00 - 21:00

Agosto 17H: 16:00 - 21:00

TRATAMIENTO INTEGRAL DE FINIQUITOS Y LIQUIDACIONESEXPOSITOR: L.C.C. LUIS FERNANDO POBLANO REYES

5 PUNTOS N.A.A.

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

AGOSTO

06

AGOSTO

06

AGOSTO

07

AGOSTO

10

PAPELES DE TRABAJO PARA DICTAMEN FISCALEXPOSITOR: M.C. Y E.F. FRANCISCO YÁÑEZ LEDESMA

SIN DESCUENTO

5 PUNTOS N.A.A.

SÁBADO

Agosto 08

H: 09:00 - 14:00

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

EL DELITO DE LAVADO DE DINERO, LAS PERSONAS FÍSICAS QUE GASTAN MÁS DE LO QUE DECLARAN

EXPOSITOR: LIC. ALEJANDRO PONCE RIVERA

SIN DESCUENTO

5 PUNTOS N.A.A.

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

ESTRATEGIAS PARA LA REDACCIÓN EMPRESARIALEXPOSITOR: LIC. SONIA L. BARRAGÁN DE MESA

(Cupo limitado a 25 participantes)

SIN DESCUENTO

5 PUNTOS N.A.A.

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

SOLUCIONES PARA LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICAEXPOSITOR: LIC. ALEJANDRO JUÁREZ BOLAÑOS

(Cupo limitado a 50 participantes - traer laptop preferentemente de reciente adquisición)

SIN DESCUENTO

5 PUNTOS N.A.A.

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

AGOSTO

13

NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Y APLICACIÓN DE SANCIONES, OBLIGACIONES Y RECOMENDACIONES PARA SU CUMPLIMIENTO

EXPOSITOR: LIC. TANIA J. GONZÁLEZ COVARRUBIAS

SIN DESCUENTO

5 PUNTOS N.A.A.

Agosto 18H: 16:00 - 21:00

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

AGOSTO

14

AGOSTO

17

NIF´S SERIE “C”EXPOSITOR: C.P. MAURO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

SIN DESCUENTO

5 PUNTOS N.A.A.

Agosto 19H: 09:00 - 14:00

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

DETERMINACIÓN DE CÉDULAS DE LIQUIDACIÓN MENSUAL, BIMESTRAL Y PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO IMSS, SAR, INFONAVIT

(para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2015)EXPOSITOR: C.P.C. MIGUEL ÁNGEL DÍAZ PÉREZ

SIN DESCUENTO

5 PUNTOS N.A.A.

Agosto 24H: 16:00 - 21:00

Agosto 25H: 16:00 - 21:00

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

AGOSTO

20

ISR PERSONAS FÍSICAS MÓDULO I SUELDOS Y SALARIOSEXPOSITOR: L.C.C. DAVID LOZADA MARTÍNEZ

SIN DESCUENTO

5 PUNTOS N.A.A.

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

AGOSTO

21

CONTROL INTERNO DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTALEXPOSITOR: C.P.C. SALVADOR SÁNCHEZ RUANOVA

SIN DESCUENTO

Agosto 26H: 09:00 - 14:00

5 PUNTOS N.A.A.

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

AGOSTO

24

ISR PERSONAS MORALES RÉGIMEN GRUPOS DE SOCIEDADES DE LOS COORDINADOS

EXPOSITOR: C.P.C. SALVADOR LÓPEZ CAMACHO

SIN DESCUENTO

Agosto 31H: 16:00 - 21:00

5 PUNTOS N.A.A.

CONDESCUENTO $900 $668 $1,000

$1,000 $743 $1,113

AGOSTO

27

JUICIO DE LESIVIDADEXPOSITOR: LIC. RAMIRO HERNÁNDEZ CASTILLO

SIN DESCUENTO

Page 36: AMCP Revista Agosto 2015

Esperanza No. 765, Colonia Narvarte, Del. Benito Juárez, D.F. c.p. 03020, Teléfono: 5636-2370

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