alegaciones presupuesto 2014

12
1 Don Miguel Quirós Espinosa, mayor de edad, con DNI xxxxxxxx X, vecino de Estepona, con domicilio a efectos de notificaciones en xxxx de la localidad de Estepona (Málaga), en su condición de representante legal de la Plataforma Vecinal de Estepona, con CIF G 92934579, según sus propios Estatutos, EXPONE, lo siguiente: Que habiéndose aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 28 de Noviembre los Presupuestos Anuales Municipales para el año 2.014 junto con la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de Estepona, y, encontrándose los mismos en exposición pública, de conformidad a lo señalado en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones legales vigentes en materia de Haciendas Locales, mediante Edicto número 15.650/ 2.013, publicado en el BOP de Málaga de fecha 10 de Diciembre de 2.013, y teniendo a nuestra disposición el Informe de Intervención sobre el Presupuesto General para la anualidad 2.014, la Memoria de Alcaldía, el Resumen de Estados de Gastos e Ingresos, el Estado de Ingresos, los Estados de Gastos (tanto en su clasificación Orgánica, de Programa como Económica), el Avance de la liquidación para los Presupuestos Corrientes (ejercicio 2.013),la liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2.012, la Memoria del Capítulo I de Personal, así como Listado de Personal, el Anexo de Inversiones, el Informe Económico- Financiero, las Bases de Ejecución del Presupuesto para la anualidad 2.014 y el Estado de Previsión de Movimientos y situación de la deuda, y considerando los presentes Presupuestos Municipales “MANIFIESTAMENTE ILEGALES”, AJENOS A LA REALIDAD SOCIO ECONÓMICA de nuestro municipio, adquiriendo la categoría de “ confiscatorios”, para algunos colectivos, como son los profesionales de la agricultura afectados por las contribuciones especiales, así como con un NULO CONTENIDO SOCIAL, en particular, en detrimento de ”nuestros mayores” y ”familias esteponeras en riesgo de exclusión social “e incluso con DESPRECIO HACIA LAS POLITICAS SOCIALES, en la medida en que este Ayuntamiento ha dejado de cumplir su función de garante de derechos sociales, para facilitar a determinadas Asociaciones afines, el ejercicio de la caridad, entendida en su más tradicional acepción, formulo las siguientes ALEGACIONES PRIMERA.- Por ILEGALIDAD MANIFIESTA, al contravenir la siguiente normativa. A.- VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 193.1 del Real Decreto Legislativo 2/ 2.004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según el cual: “ En caso de liquidación del Presupuesto con remanente de tesorería negativo, el Pleno de la Corporación o el órgano competente del organismo autónomo, según corresponda, deberán proceder, en la primera sesión que celebren a la reducción de gastos del nuevo Presupuesto por CUANTIA IGUAL AL DEFICIT PRODUCIDO. La expresada reducción sólo podrá revocarse por acuerdo del

Upload: plataforma-vecinal-de-estepona

Post on 11-Jul-2015

172 views

Category:

News & Politics


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Alegaciones presupuesto 2014

1

Don Miguel Quirós Espinosa, mayor de edad, con DNI xxxxxxxx X, vecino de

Estepona, con domicilio a efectos de notificaciones en xxxx de la localidad de

Estepona (Málaga), en su condición de representante legal de la Plataforma Vecinal

de Estepona, con CIF G 92934579, según sus propios Estatutos, EXPONE, lo

siguiente:

Que habiéndose aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 28 de

Noviembre los Presupuestos Anuales Municipales para el año 2.014 junto con la

Plantilla de Personal del Ayuntamiento de Estepona, y, encontrándose los mismos

en exposición pública, de conformidad a lo señalado en el artículo 169.1 del Real

Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de Disposiciones legales vigentes en materia de Haciendas Locales,

mediante Edicto número 15.650/ 2.013, publicado en el BOP de Málaga de fecha 10

de Diciembre de 2.013, y teniendo a nuestra disposición el Informe de Intervención

sobre el Presupuesto General para la anualidad 2.014, la Memoria de Alcaldía, el

Resumen de Estados de Gastos e Ingresos, el Estado de Ingresos, los Estados de

Gastos (tanto en su clasificación Orgánica, de Programa como Económica), el

Avance de la liquidación para los Presupuestos Corrientes (ejercicio 2.013),la

liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2.012, la Memoria del

Capítulo I de Personal, así como Listado de Personal, el Anexo de Inversiones, el

Informe Económico- Financiero, las Bases de Ejecución del Presupuesto para la

anualidad 2.014 y el Estado de Previsión de Movimientos y situación de la deuda, y

considerando los presentes Presupuestos Municipales “MANIFIESTAMENTE

ILEGALES”, AJENOS A LA REALIDAD SOCIO ECONÓMICA de nuestro

municipio, adquiriendo la categoría de “ confiscatorios”, para algunos colectivos,

como son los profesionales de la agricultura afectados por las contribuciones

especiales, así como con un NULO CONTENIDO SOCIAL, en particular, en

detrimento de ”nuestros mayores” y ”familias esteponeras en riesgo de exclusión

social “e incluso con DESPRECIO HACIA LAS POLITICAS SOCIALES, en la

medida en que este Ayuntamiento ha dejado de cumplir su función de garante de

derechos sociales, para facilitar a determinadas Asociaciones afines, el ejercicio de

la caridad, entendida en su más tradicional acepción, formulo las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.- Por ILEGALIDAD MANIFIESTA, al contravenir la siguiente

normativa.

A.- VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 193.1 del Real Decreto Legislativo 2/

2.004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, según el cual:

“ En caso de liquidación del Presupuesto con remanente de tesorería

negativo, el Pleno de la Corporación o el órgano competente del organismo

autónomo, según corresponda, deberán proceder, en la primera sesión que celebren

a la reducción de gastos del nuevo Presupuesto por CUANTIA IGUAL AL DEFICIT

PRODUCIDO. La expresada reducción sólo podrá revocarse por acuerdo del

Page 2: Alegaciones presupuesto 2014

2

Pleno, a propuesta del Presidente, y previo Informe del Interventor, cuando el

desarrollo normal del Presupuesto y la situación de la tesorería lo consintiesen”

Tal ilegalidad viene incluso reconocido en el Informe del Interventor

Accidental del Ayuntamiento de fecha 20 de Noviembre de 2.013, en relación al

Presupuesto para la anualidad 2.014, que señala textualmente lo siguiente: “… El

remanente de tesorería para gastos generales de la liquidación de 2.012 resultó

negativo en la cantidad de 22.332.540, 69 euros. El Presupuesto para el ejercicio

2.014 se aprueba con un superávit ascendente a la cantidad de 9.460.977,41 euros,

por tanto, SE ABSORBE SOLO PARCIALMENTE EL IMPORTE DE

TESORERIA NEGATIVO señalado con lo que no se da cumplimiento a lo

establecido en el artículo 193 del TRLRHL, solicitando autorización a la Consejería

de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, para que transitoria y

excepcionalmente se permita dicha excepción al artículo 193 del TRLRHL…”, sin

que conste a fecha de la aprobación inicial autorización alguna por la Consejería de

Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

Dicha ilegalidad viene a ser de nuevo manifestada, con ocasión de la

Liquidación del Presupuesto correspondiente a la anualidad 2.012 (último

Presupuesto Municipal liquidado), en el Informe de 30 de Mayo suscrito por la

Interventora Accidental, donde además se advierte una importante deficiencia, cual

es la constatación de IMPORTANTES DIFERENCIAS ENTRE LOS DERECHOS

PENDIENTES DE COBRO que figuran en la Contabilidad Municipal y los

pendientes de cobro que figuran en la documentación remitida por el Patronato de

Recaudación Provincial. Esta advertencia ha de tenerse muy en cuenta por el

Concejal Delegado del área de Economía y Hacienda, máxime cuando fue el propio

Alcalde el que denuncio unas sustracciones de dinero en el área de Tesorería que

actualmente están siendo enjuiciadas en los Tribunales Penales.

Pero es que además esta forma de proceder supone, una clara

VULNERACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL NÚMERO 4 DEL ARTÍCULO 50

DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO PARA LA

ANUALIDAD 2.014 que textualmente señala: “ si el Remanente de tesorería fuese

negativo, se obrará conforme a lo previsto en el artículo 193 de la Ley Reguladora

de la Hacienda Local”.

En definitiva otro año más, volviendo a incluir dicho precepto, no haciendo

absolutamente nada.

B.- VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 126.1 y 4 del Real Decreto Legislativo

781/ 1.986, de 18 de Abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las

Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, que literalmente

señala:

“Las plantillas, que deberán comprender todos los puestos de trabajo

debidamente clasificados reservados a funcionarios, personal laboral y eventual, se

aprobarán anualmente con ocasión de la aprobación del Presupuesto y habrán de

responder a los principios enunciados en el artículo 90.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de

Page 3: Alegaciones presupuesto 2014

3

Abril. A ellas se unirán los antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que

se ajustan a los mencionados principios.”.

Las RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO, que tendrán en todo caso

el contenido previsto en la legislación básica sobre la función pública, se

confeccionarán con arreglo a las normas previstas en el artículo 90.2 de la Ley

7/1.985, de 2 de Abril

Tal ilegalidad se vuelve de nuevo a cometer otro año más, como pone de

manifiesto el Informe del Interventor Accidental de fecha 20 de Noviembre de

2.013 que textualmente indica: “… Igualmente se reitera la advertencia ya contenida

en anteriores informes de la Intervención a los Presupuestos de que no se cumple el

artículo 126.1 del Real Decreto Legislativo 81/1.986, ya que no contempla los

antecedentes, estudios ni documentos unidos a la Plantilla que acreditan que

responden a los PRINCIPIOS DE RACIONALIDAD, ECONOMIA Y EFICACIA,

ni que los mismos hayan sido establecidos de acuerdo a la organización general de la

economía.

Precisamente por vulnerar el artículo 126.1 del Real Decreto Legislativo 781/

1.986, SE IMPGUNA LA PLANTILLA MUNICIPAL que se pretende aprobar en

no ya un Catálogo de Puestos de Trabajo, sino en una simple lista de personal.

Así es el propio Concejal Delegado de Economía y Hacienda al elevar a la

aprobación inicial del Pleno los presentes Presupuestos mediante su escrito de fecha

20 de Noviembre de 2.013, quien reconoce que lo que presenta al Pleno no es una

relación de puestos de trabajo, ni un catálogo de puestos de trabajo, sino un

“LISTADO DE PERSONAL”, lo cual pone de manifiesto el desconocimiento que

tiene el Concejal de Hacienda sobre la materia.

De igual forma, recordamos la necesidad de que los puestos de Interventor y

Tesorero del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona hayan de ser cubiertos por

funcionarios pertenecientes el Cuerpo de Habilitados Nacionales, de tal suerte que

no han de ser ocupados por funcionarios que se encuentren en régimen de jerarquía

y obediencia con sus superiores jerárquicos, en particular, el Alcalde y el Concejal

de Hacienda del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona.

C.- VULNERACION DEL PLAN DE AJUSTE, en los términos del Real

Decreto Ley 4/ 2.012, relativo al Plan de Pago a Proveedores.

Así NO ES CIERTO LO MANIFETADO POR EL INTERVENTOR

ACCIDENTAL del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona de fecha 20 de

Noviembre de 2.013, según el cual, se manifiesta lo siguiente: “…. Del informe

económico financiero se deduce que el proyecto de Presupuesto ( para la anualidad

2.014) cumple con los principios de estabilidad y sostenibilidad…...”

Y ello por que según se recoge en el Informe Económico Financiero de fecha

20 de Noviembre de 2.013, suscrito por la Señora Doña María Yesica Romero

Jiménez ( personal laboral y no funcionarial del Ilustrísimo Ayuntamiento de

Estepona. No entendiendo por que dada la importancia de este informe no es

Page 4: Alegaciones presupuesto 2014

4

suscrito por un funcionario de carrera del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona) la

estimación de ingresos por enajenación de bienes no afectos al patrimonio público

del suelo para el ejercicio 2.014 es de 1.065.845,89 euros INSUFICIENTES para

satisfacer los intereses del préstamo de casi 66 millones de euros que se formalizó en

virtud del Real Decreto 4/ 2.012, máxime cuando es a partir del año 2.014, cuando

dicho préstamo comienza a amortizarse, por tanto en el año 2014 NO PODRA

DARSE CUMPLIMIENTO A LAS PREVISIONES DEL PLAN DE AJUSTE en

cuanto a la obtención de ingresos por enajenación de bienes patrimoniales en cuantía

suficiente para satisfacer las anualidades de los préstamos formalizados en 2.012

para el pago de la deuda con los proveedores.

Adviértase, que es más que probable que como consecuencia de la decisión de

adopción del Plan de Ajuste por los miembros del Partido Popular, podemos decir de

manera casi segura que nuestra Corporación Municipal, EN LA PROXIMA

LEGISLATURA SERA INTERVENIDA por cuanto que antes de la suscripción de

dicho préstamo, esto es, en la anualidad 2.011, el porcentaje de préstamos con

respecto a los ingresos corrientes era de apenas el 20 %, sin embargo, como

consecuencia de la suscripción de dicho préstamo, para el ejercicio 2.014, dicho

porcentaje se situará en el 76,48 % de los ingresos corrientes, muy próximo a la

situación de tope legal máximo permitido por el TRLRLHL que es del 110 %.

Precisamente si tenemos en cuenta las previsiones de cuotas de amortización a

pagar en el ejercicio 2.014, desglosada por préstamos, el préstamo domiciliado en la

entidad bancaria BANESTO supone 1.598.783,98 E de pago de intereses, de un total

de 9.324.130,19 E. Esto es, tal y como preveíamos la adopción del Plan de Pago a

Proveedores ha supuesto dejar en manos de los bancos nuestro Ayuntamiento, de tal

suerte que la autonomía política- financiera para las siguientes Corporaciones

Locales será nula e inexistente.

D.- INCUMPLIMIENTO DE ACUERDOS con la Tesorería General de la

Seguridad Social de los acuerdos de fraccionamiento de deuda.

Así con ocasión de la liquidación del Presupuesto del año 2.012, la

Interventora Accidental en su informe señala lo siguiente: “… En el año 2.012 la

Corporación no está atendiendo sus obligaciones corrientes de pago con la

Seguridad Social, lo que ha originado impagos a la Seguridad Social en el año 2.012

por importe de 8.181.732, 36 E..”

Así pues, mientras seguimos incumpliendo acuerdos con la Tesorería General

de la Seguridad Social se consignan gastos en la Delegación de Fiestas para (338) la

anualidad 2.014 en concepto de fiestas populares y festejos un importe de

126.812,50 E, esto es más de VEINTIUN MILLONES DE LAS ANTIGUAS

PESETAS o por ejemplo se destina a Alcaldía para atenciones protocolarias,

150.000,00 euros, esto es más de VEINTICINCO MILLONES DE LAS

ANTIGUAS PESETAS

SEGUNDA.-ERRORES A SUBSANAR por no haber sido advertidos.

Page 5: Alegaciones presupuesto 2014

5

A.- En la Memoria de Alcaldía ( que siendo el documento más importante de

este Presupuesto, sin embargo, no viene firmado por el Alcalde de Estepona, sino

que por delegación lo lleva a cabo la señora Ana María Velasco Garrido), se advierte

el siguiente ERROR: “…. Así el número de empleados municipales continua

descendiendo, a 1 de Enero de 2.013, la plantilla se componía de 778 trabajadores,

hoy es de 854( descontando 53 que han sido contratados por un periodo de 8

semanas con el Plan de Ayuda a la Contratación de 2.013 y 43 Alumnos de la

Escuela Taller), resultando una plantilla a día de hoy de 758 trabajadores…”.

El error es doble, de un lado, 854 es más que 778, por lo que en ese caso la

plantilla no desciende, sino aumenta y, de otro, a día de hoy no se puede tener dos

cifras de empleados distintas, esto es, o se tienen 854 trabajadores o se tienen 758

trabajadores.

Pero es que además advertimos OTRO ERROR, así en el punto IIº relativo Al

Balance de la legislatura, se le ha olvidado el punto 3º, pues, del punto 2º pasa

directamente al punto 4º.

Es por ello, por lo que desde esta Plataforma Vecinal sugerimos al señor

Alcalde que redacte y firme personalmente su propio documento, o bien,

encomiende la gestión de corrección a otra persona más cualificada.

De igual manera, habiendo leído con atención el contenido de las 6 hojas del

documento, nos extraña las siguientes afirmaciones:

a)En relación a los objetivos principales, relativo a la consolidación de

programas de inversiones productivas, en modo alguno, se hace referencia al Centro

de Ocio previsto construir en nuestra localidad, que mitigaría los efectos brutales

que el DESEMPLEO tiene en la POBLACIÓN JUVENIL.

Población juvenil de nuevo olvidada por ese Equipo de Gobierno, pues, no se

prevé un Plan de Empleo Juvenil, a modo similar a cómo el elaborado por la Junta

de Andalucía que reduzca las elevadas tasas de desempleo juvenil.

b)En relación a la PLANTILLA MUNICIPAL advierte usted que los

Esteponeros nos hemos ahorrado un millón de euros, por cuanto que tan sólo el

capítulo I, recoge para el personal laboral y funcionarial un gasto previsto de

34.762.974,37 euros, si bien, desconoce usted, el dato real del coste de la plantilla

del Ayuntamiento de Estepona, que según el Informe del Interventor Accidental del

Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona de fecha 20 de Noviembre de 2.013

literalmente señala “….LAS OBLIGACIONES REALES DEL PERSONAL son de

51.000.000,00” euros, esto es CINCUENTA Y UN MILLONES DE EURO, y ello

por cuanto que el citado Interventor tiene en cuenta ( como debe ser) no sólo el

personal inserto en el Capítulo 1, sino también el previsto en el Capítulo 2, esto es,

el personal laboral del Ayuntamiento que trabaja en las empresas externalizadas, que

según palabras textuales suyas recogidas en la citada Memoria supone lo siguiente:

“LA OPCION POR LA EXTERNALIZACION FUE POSITIVA”. Efectivamente,

fue positiva para las Grandes Corporaciones que en régimen de concesión

Page 6: Alegaciones presupuesto 2014

6

desarrollan servicios tan básicos como limpieza, jardines y mantenimiento, pero, no

para el pueblo de Estepona.

c) De igual manera es FALSA la afirmación de que el presente Presupuesto

supone una BAJADA DE LA CARGA FISCAL y lo afirmamos con tal rotundidad,

por que usted y su partido propusieron una NUEVA PONENCIA DE VALORES y

no lo han hecho. Así por IBI, se propone recaudar 45.634.429,94 E ( partida

presupuestaria 1 11 113 11301), por IVTM se propone recaudar 2.337.000,00 E (

partida presupuestaria 1 11 115 1500), por canon de mejora, a través del recibo de

Aquagest, se propone recaudar 1.077.296,24 E ( 3 30 300 30001), se propone

recaudar por tasas de basuras 6.392.282,52 E ( partida presupuestaria 3 30 302

30200), se propone recaudar por alcantarillado 126.343,91 E ( partida presupuestaria

3 30 31 30100).

Pero es que además si se tiene la desgracia de ser un PROFESIONAL DE LA

AGRICULTURA afectado por las contribuciones especiales de los caminos rurales (

a diferencia de lo que ocurre con los vecinos de las calles del centro premiadas con

vistosas macetas y macetones) previstos llevar a cabo, por empresas próximas, la

situación es de una verdadera CONFISCACION, al tener estos profesionales que

hacer frente en concepto de CONTRIBUCIONES ESPECIALES a la cuantía de

495.360,00 E.

¿ Es este el concepto de bajada de la carga fiscal que tiene nuestro Alcalde, su

Equipo de Gobierno y el Partido Popular en Estepona?. Desde luego, desde esta

Plataforma Vecinal, entendemos que según el Eslogan institucional “ Estepona va

mejor”, efectivamente, para algunos va mejor, pero para la inmensa mayoría de

vecinos contribuyentes, y, en particular, los profesionales del campo, no.

d) De igual manera, según su Memoria, APUESTAN POR POLÍTICAS DE

AUSTERIDAD, sin embargo, no se las aplican ni a los Concejales del Equipo de

Gobierno del Partido Popular ni a sus cargos de confianza, hasta tal punto, que en

una población donde el desempleo llega a 7.615 desempleados a fecha de noviembre

de 2.013, sin embargo los 17 concejales de su Equipo de Gobierno ( tan sólo 17

personas en nuestra localidad), se reparten 665.201,04, esto es más de CIENTO

DIEZ MILLONES DE LAS ANTIGUAS PESETAS y su personal de confianza, se

reparte 585.149,60 euros.

¿ Es que el Equipo de Gobierno del Partido Popular en Estepona y su Personal

de Confianza apuesta también por las políticas de austeridad?.

e) Finalmente, y dentro del punto IIIº relativo a los objetivos principales

apuestan ustedes por un Plan de Ayudas Sociales muy curioso, por cuanto que

destinan al Comedor Social EMAUS ( 66 23236 4800) una aportación de 18.000,00

euros ( esto es, apenas TRES MILLONES DE PESETAS), cuando destinan a

entidades próximas a sus militantes, como es LA FUNDACION 24 HORAS

DEPORTIVAS más de 20.000,00 euros, o por ejemplo, seguimos con “ LA

POLITICA DE MURALES A DIEZ MIL EUROS A COSTA DEL ERARIO

PUBLICOS o por ejemplo entregamos una subvención a una mercantil con ánimo

de lucro, como es la mercantil Autocares Ricardo, S.L. (51.440.47901) la cuantía de

Page 7: Alegaciones presupuesto 2014

7

105.547,92 euros en concepto de ayuda al Transporte Urbano, incrementando esta

cuantía este año con respecto a la subvención del año anterior.

En relación a este último punto, solicitamos que se elimine del artículo 32 de

las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ejercicio 2.014, la última subvención

citada, por cuanto que en el citado artículo tan sólo se recogen entidades benéficas

sin ánimo de lucro, acreedoras de ayudas, no teniendo a nuestro juicio, justificación

alguna que una mercantil reciba tan altas cuantías en concepto de subvención ( LA

MÁS ALTAS DE TODO EL PRESUPUESTO PARA LA ANUALIDAD 2.014),

por cuanto que si el servicio de transporte urbano no le es rentable a esta empresa, lo

que debe hacer es dejarlo y el Ayuntamiento adjudicárselo a la siguiente empresa

que formó parte de la licitación celebrada en su día.

También apuestan por un Plan de Barrios y por un Plan del Extrarradio,

olvidando los caminos rurales, salvo, claro está, para exigir a las familias del campo

su aportación a las contribuciones especiales para el arreglo de sus caminos (

contribuciones especiales no exigidas a los vecinos del centro que disfrutan del Plan

de Mejora) y, olvidando, por primera vez, en muchísimos años, a los

PROFESIONALES DE LA PESCA, pues, es la primera vez, en numerosísimos

años, donde aparte de no existir una Concejalía de Pesca, no se asigna euro alguno a

este colectivo que forma parte de nuestro entramado económico- social.

Y para acabar en este mismo sentido, señalar que para la anualidad 2.014 no

hay un solo euro presupuestado ni para el GABINETE GERIATRICO ni para el

DEPARTAMENTO DE INMIGRACION DE LA CRUZ ROJA.

B.- Del artículo 25 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ejercicio

2.014 debe de desaparecer el apartado relativo a “LAS TRANSFERENCIAS A LAS

SOCIEDADES MUNICIPALES” ( desde el Ayuntamiento), por cuanto que el

Señor Alcalde debe saber que las Sociedades Municipales ya no existen, al haberlas

el mismo liquidado.

Desde este punto de vista, sugerimos al señor Alcalde, proceda leer el

contenido de los Presupuestos de su localidad, pues es, sin duda alguna, el

documento económico- financiero más importante que una localidad tiene para su

sostenimiento.

TERCERA.- De igual manera, se formulan alegaciones al presente

Presupuesto al adoptar determinadas decisiones que son AJENAS A LA

REALIDAD SOCIO ECONOMIA de nuestro Municipio.

A.- la Memoria de Alcaldía de fecha 19 de Noviembre de 2.012, titulaba los

Presupuestos Municipales para la anualidad 2.013 como “unos PRESUPUESTOS

PARA LA REGENERACION ECONOMIA Y EL EMPLEO, y finalizado el

presente año, claramente podemos afirmar que ha habido más cierres de comercio (

si bien de esta dato no existen datos oficiales) que aperturas, que el único Hotel

abierto al público en nuestro termino municipal, a fecha de hoy, es el Kempinsky

Page 8: Alegaciones presupuesto 2014

8

Resort Hotel y que el empleo es la lacra de nuestra sociedad esteponera, y, muy, en

particular de nuestros jóvenes.

La Memoria de Alcaldía de fecha 20 de noviembre de 2.013, reconocedora del

fracaso social y económico del anterior Presupuesto, ahora denomina los

Presupuestos de 2.014 como “ UNOS PRESUPUESTOS PARA LA

TRANSFORMACION Y PARA LA PROMOCION DE LA CIUDAD”, sin hacer

mención alguna ya a los verdaderos problemas de nuestros vecinos, en primer lugar,

el desempleo y, en segundo lugar, la reactivación económica.

Visto pues, que el Objetivo de los Presupuestos para la anualidad 2.014 ES

MUCHO MENOS AMBICIOSO , entendemos como positiva la apuesta que en

nuestra localidad se pueda hacer en relación al programa de alquileres en los

edificios derruidos o degradados en el centro del municipio, previamente

rehabilitados, a fin de que puedan ser arrendados durante todo el año, a modo de la “

Casa de la Borrega”, sito en el centro de nuestro casco histórico.

B.- De extraordinario DESACIERTO ha sido a nuestro juicio, la

FINANCIACION contemplada a modo de SUPLEMENTO DE CREDITO (

Expediente 1/ 2.013), de una serie de infraestructuras ya existentes y que no

precisaban rehabilitación o de otras que, sin existir no eran prioritarias, como han

sido el PLAN INTEGRAL DE REMODELACIÓN DE LA CIUDAD al que se

destino 11.347.146,32 E ( 60 102 450 84) y 4.995.970,97, o LA CONSTRUCCION

DEL RECINTO FERIAL al que se destinó 2.050.000,00 E (60 102 450 84) o la

CONSTRUCCION DEL PULMON VERDE al que se destino 1.585.841,55 E ( 60

102 450 84), máxime cuando se han financiado a cargo básicamente de la

aniquilación de los dineros existentes en el Depósito de la Tesorería del Ilustrísimo

Ayuntamiento de Estepona procedente de los convenios urbanísticos de

Planeamiento, suscritos en su día entre el Ayuntamiento de Estepona y las

Promotoras interesadas.

No se trata de que consideremos negativas las citadas obras, sino que las

mismas o no eran prioritarias o dada la situación de grave crisis económica, podían

esperar otro momento, sin embargo, si que entendemos que la formula de

financiación no era la correcta y ello, por cuanto que inicialmente en el Presupuesto

del 2.013 no estaban contempladas y, en segundo lugar, la inmediata necesidad de

las mismas, dado el actual marco de crisis económica, no está justificada. De todos

modos y, en la medida en que este expediente está siendo conocido por la Cámara de

Cuentas de la Junta de Andalucía, del Tribunal de Cuentas del Reino, del Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción número 1 de Estepona y del Juzgado de lo

Contencioso- Administrativo número 3 de Málaga, tendremos que esperar las

resoluciones judiciales que sobre el asunto puedan darse en los próximos días.

C.- Ahora bien lo que es intolerable, dadas las actuales circunstancias de crisis,

sino ruina económica, es la política remunerativa puesta en marcha por el señor

García Urbano, para pagar a sus Concejales y Cargos de Confianza. Así si sumamos

las aplicaciones presupuestarias ( antes detalladas) para atender los SUELDOS DE

CONCEJALES Y CARGOS DE CONFIANZA se ponen a disposición de éstos un

Page 9: Alegaciones presupuesto 2014

9

importe total de UN MILLON DOSCIENTAS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS

CINCUENTA CON SESENTA CENTIMOS DE ( 1.250.350,60).- EUROS, para

apenas pagar a 28 personas. Desde nuestro punto de vista, esta partida debe ser

reducida de forma aún más drástica.

Pero es que además, este año como novedad nos encontramos con que los

miembros del Equipo de Gobierno y Personal Eventual tienen asignada

PRODUCTIVIDADES ( 912 15000 69)por valor de DIECISIETE MIL

QUINIENTOS CUARENTA (17.540,00.-E) EUROS, no entendiendo el por qué de

este concepto, cuando a través del concepto retributivo anterior, no sólo se está

abonando un sueldo millonario sino que además hemos de presuponer su total

disponibilidad. De esta manera pues, reprochamos, la aparición de este nuevo

concepto retributivo a favor de los órganos del equipo de gobierno, que, al igual que

en los casos anteriores, se alejan de la realidad económico- retributiva del resto de

vecinos de Estepona.

D.- De igual manera en modo alguno, estamos conforme con la operación de

Ingresos de Capital del Capítulo VI, recogida en el Anteproyecto de Ingresos para la

anualidd 2.014 (6 61 619 61901), valorada en UN MILLON SESENTA Y CINCO

MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON OCHENTA Y NUEVE

CENTIMOS DE ( 1.065.845,89.- E) EURO, derivado de la ENAJENACION DE

BIENES PATRIMONIALES NO AFECTOS AL PATRIMONIO PUBLICO DEL

SUELO ( locales comerciales, plazas de garaje, parcelas edificables, naves

industriales y resto de viviendas de Santo Tomas de Aquino), máxime cuando con

dicho importe ha de satisfacerse EL PAGO DE LOS INTERESES PARA ESTE

AÑO DERIVADO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CRÉDITO SUSCRITO POR EL

EQUIPO DE GOBIERNO PARA EL PAGO A ACREEDROES.

En primer lugar nos manifestamos contrarios a esta operación de Ingreso de

capital, en primer lugar, por que lo que se está haciendo es MALVENDER EL

PATRIMONIO MUNICIPAL, como por ejemplo fue el caso de la venta de los pisos

del Colegio Santo Tomas de Aquino, y, en segundo lugar, por que a través de esta

técnica de enajenación del patrimonio, se ha detectado adjudicaciones a personas o

entidades muy próximas al Partido Popular, sin que quede garantizada la objetividad

en la adjudicación de los bienes del Patrimonio Municipal, en particular, al no darse

la suficiente publicidad a las licitaciones.

E.- De igual manera, reprochamos y reprobamos las previsiones llevadas a

cabo por el señor García Urbano en relación al Anteproyecto de Presupuestos de

Ingresos para la anualidad en lo relativo a LAS MULTAS POR INFRACCION DE

CIRCULACION (3 39 391 39120), cuya previsión para esta anualidad alcanza al

importe de CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS

DIECISIETE (435.717,00 E) EUROS, todo ello máxime, cuando nuestro regidor no

ha llevado actuación alguna en ninguna parte del término municipal tendente a la

creación de plazas públicas de aparcamiento, más bien, al contrario, pues al

peatonalizar las calles del casco urbano, o al ubicar una gasolinera en la zona de

Huerta Nueva, no ha previsto, a su vez, un plan de creación de plazas de

aparcamiento públicas para los vecinos de esas calles

Page 10: Alegaciones presupuesto 2014

10

F.- De nuevo venimos a reprobar la política recaudatoria de este Equipo de

Gobierno, sino confiscatoria, en temas tales como la TASA DE RECOGIDA DE

BASURAS que, en el Anteproyecto de Presupuestos de Ingresos para la anualidad

2013 ( aplicación presupuestaria 3 30 302 30200) prevé recaudar un importe de

SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS

OCHENTA Y DOS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO

(6.392.282,52), volviendo a utilizar como criterio recaudatorio el aplicar sin más el

criterio de una tercera parte del recibo de IBI e incumpliendo su compromiso

electoral en las pasadas elecciones municipales de eliminar la tasa de basura al

afirmar que “ BASURA Y ALCANTARILLADO YA ESTABAN PAGADOS”.

G.- En el mismo sentido que en el punto anterior se prevé cobrar para la

anualidad 2.014, según el Anteproyecto de Presupuestos de Ingresos, la TASA DE

ALCANTARILLADO ( Aplicación Presupuestaria 3 30 301 30100) por un importe

de CIENTO VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON

NOVENTA Y UN CENTIMOS DE (126.343, 91) EUROS, tasa que como

sostenemos ya estaba incluida en el recibo del IBI.

Además calificamos de MUY REPROCHABLE lo que este Equipo de

Gobierno hizo en la presente anualidad del 2.013, al pasar al cobro la anualidad del

alcantarillado de 2.010.

H.- Por lo que se refiere a las CONTRIBUCIONES ESPECIALES:

CAMINOS RURALES, existe una aplicación presupuestaria, en concreto la 3 35

350 35001, por un importe total de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL

TRESCIENTOS SESENTA (495.360,00.-E) EUROS, prevista para el

mantenimiento de una serie de Caminos Rurales sin identificar y sin que exista un

reparto del importe total, lo cual nos lleva a pensar, que aprovechando la no

asignación inicial de importes, algunos propietarios de verdaderos caminos rurales (

y siendo ellos Agricultores) van a tener que pagar el arreglo de lo que no son más

que accesos a Urbanizaciones y Campos de Golf.

I.- Para ir finalizando y dada la real y dramática situación de crisis sino ruina

económica que impera en nuestro pueblo, no podemos entender como el Equipo de

Gobierno, puede disponer de una aplicación presupuestaria por un importe total de

OCHOMIL (8.000,00.-E) para atender GASTOS PROTOCOLARIOS Y

REPRESENTATIVOS ( 912 2601 50), cuando en todas y cada una de las

Delegaciones se advierte un Concepto muy similar, como es el caso de los

programas ESTEPONA VIVE SUS CALLES: OTROS GASTOS DIVERSOS, por

valor de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS (19.400,00.-) EUROS (33 001

22699) o ESTEPONA SALE A LA CALLE por valor de TRECE MIL

SETECIENTOS (13.700,00.-) EUROS.

En este mismo sentido tampoco compartimos como diferentes Delegaciones

del Ayuntamiento como Cultura y Fiestas tengan a su disposición partidas

presupuestarias para FESTEJOS POPULARES y ATENCIONES

Page 11: Alegaciones presupuesto 2014

11

PROTOCOLARIAS (338) por un importe total de CIENTO VEINTISEIS MIL

OCHOCIENTOS DOCE CON CINCUENTA CENTIMOS DE (126.812,50.-E)

EUROS, cuando la realidad económica de nuestro municipio es similar a la de una

ruina o catástrofe económica.

TERCERA.- Los presentes Presupuestos Municipales tienen un NULO

CONTENIDO SOCIAL e incluso con DESPRECIO HACIA LAS POLITICAS

SOCIALES

A.- Un ejemplo de ello supone lo dispuesto en la aplicación presupuestaria

23213 48000 que incardinada en Bienestar Social y bajo la rúbrica

PRESTACIONES COMP. AYUDAS EMERGENCIA: TRANSFERENCIAS

CORRIENTES A PARTICULAR por un importe total de CIEN MIL (100.000,00

E) EUROS, dadas las actuales circunstancias económicas no solamente es un

desprecio a los vecinos Esteponeros, sino incluso ralla en la humillación.

Esta aplicación presupuestaria, tradicionalmente, se destina a atender las

necesidades básicas de quienes son pobres de solemnidad en Estepona, así por

ejemplo, se pagan recibos de luz, para evitar cortes de luz en casa de los Esteponeros

menos afortunados, pago de billetes de autobús, para que jóvenes con problemas de

drogas puedan ir a los centros de desintoxicación, para el pago a hospitales de

personas mayores que no tienen medios de transportes, etc….

Pues bien, si comparamos la cifra total destinada a estos fines, con lo que

ganan nuestros Concejales y Personal de Confianza, resulta que este Ayuntamiento

DESTINA 12 VECES MÁS A PAGAR CONCEJALES Y PERSONAL DE

CONFIANZA, que lo que destina al sostenimiento no ya de las familias en riesgo de

exclusión social, sino a los “ pobres de solemnidad”, lo cual no nos parece ni justo,

ni ejemplarizante de lo que debe ser una gestión sería y social de un Ayuntamiento

como el nuestro.

B.- Es además OBJETO DE DENUNCIA PUBLICA el maltrato que con este

Presupuesto Municipal se perpetra con nuestros mayores, por cuanto que aparte de

quedar el GERIATRICO MUNICIPAL sin asignación presupuestaria alguna, y,

presumiblemente sin personal, resulta que tan sólo se destina para TODOS

NUESTROS ANCIANOS la exigua cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MIL

(54.000,00.-E) EUROS a los trabajados de teleasistencia para tercera edad ( 232

22799 66). Ciertamente lamentable y denunciable.

C.- Finalmente, existen otros colectivos a los que prácticamente se les ignora,

como es el caso de la BANDA DE MUSICA DE ESTEPONA, a cuyos miembros

se les asigna tan sólo para este año en concepto de suministro ( 232 22799 66), tan

sólo MIL (1.000,00.-E) EUROS, importe muy similar a lo que el año pasado se les

prometió para vestuario e indumentaria de una Banda de Música más que centenaria

en nuestro municipio.

Page 12: Alegaciones presupuesto 2014

12

Por todo ello, es por lo que

SUPLICO se tenga por presentada las presentes alegaciones, por evacuado el

trámite conferido de exposición pública, y, en su consecuencia, se proceda a la

subsanación de las ilegalidades y errores advertidos, so pena de acudir a los

Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de Málaga, así como incorporar todas

las medidas propuestas por este Colectivo Local, detalladas en el cuerpo del presente

escrito.

En Estepona a 23 de Diciembre de 2.013.

Miguel Quirós Espinosa, Representante de la

PLATAFORMA VECINAL DE ESTEPONA.

Sr. Alcalde- Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de Estepona.

AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA

Instalaciones Municipales en Puerto Sol

Puerto Deportivo de Estepona.

29.680.- Estepona