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Página 1 de 69 ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO CELEBRADA EL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DE 2011. ASISTENTES: PRESIDENTE: D. Javier Cascante Roy VOCALES: Dñª Marta Labrador Gutiérrez D. David Mingo Pérez D. Ignacio Galán Gallego Dñª Isabel Mª de la Torre Olvera D. Manuel T. Conde Santiago Dñª Mª Cruz Gacho Conde Dñª Blanca Francisco Valiente D. Francisco Redondo Soriano Dñª Mª José García Fraile D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica D. Jesús Santos Corral D. Miguel Ángel Moreno Valle SECRETARIO D. Gabriel Álvarez Fernández. En el día de la fecha, siendo las 09:00 horas, se reunieron en el Salón de Plenos del Ayuntamiento los señores que al margen se expresan, presididos por el Señor Alcalde - Presidente y asistidos por el Secretario General que elabora este Acta, con objeto de celebrar la correspondiente Sesión Extraordinaria de Pleno, previa convocatoria al efec- to. El Sr. Alcalde Presidente abre la sesión con el recordatorio de los asuntos incluidos en el orden del día. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista excusa la ausencia al Pleno de: D. Florián Alonso Vicente y Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado por estar fuera de Sala- manca. PUNTO ÚNICO: PROPUESTA DE APROBACIÓN PROVISIONAL DEL PLAN GENERAL. Sr. Alcalde En el documento del Plan General que nos aportan los redactores dice: “El Ayuntamien- to de Santa Marta de Tormes ha tramitado el expediente de revisión de sus Normas Sub- sidiarias como Plan General de Ordenación Urbana de acuerdo con la siguiente secuen- cia: - Año 2000: Inicio de los trabajos. - 2002: Aprobación del Avance del Plan General de Ordenación Urbana.

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Page 1: Acta pleno 110909

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO CELEBRADA EL DÍA

09 DE SEPTIEMBRE DE 2011.

ASISTENTES:

PRESIDENTE:

D. Javier Cascante Roy

VOCALES:

Dñª Marta Labrador Gutiérrez

D. David Mingo Pérez

D. Ignacio Galán Gallego

Dñª Isabel Mª de la Torre Olvera

D. Manuel T. Conde Santiago

Dñª Mª Cruz Gacho Conde

Dñª Blanca Francisco Valiente

D. Francisco Redondo Soriano

Dñª Mª José García Fraile

D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz

Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito

Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica

D. Jesús Santos Corral

D. Miguel Ángel Moreno Valle

SECRETARIO

D. Gabriel Álvarez Fernández.

En el día de la fecha, siendo las 09:00 horas, se reunieron en el Salón de Plenos del

Ayuntamiento los señores que al margen se expresan, presididos por el Señor Alcalde -

Presidente y asistidos por el Secretario General que elabora este Acta, con objeto de

celebrar la correspondiente Sesión Extraordinaria de Pleno, previa convocatoria al efec-

to.

El Sr. Alcalde – Presidente abre la sesión con el recordatorio de los asuntos incluidos en

el orden del día. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista excusa la ausencia al Pleno

de: D. Florián Alonso Vicente y Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado por estar fuera de Sala-

manca.

PUNTO ÚNICO: PROPUESTA DE APROBACIÓN PROVISIONAL DEL PLAN

GENERAL.

Sr. Alcalde

En el documento del Plan General que nos aportan los redactores dice: “El Ayuntamien-

to de Santa Marta de Tormes ha tramitado el expediente de revisión de sus Normas Sub-

sidiarias como Plan General de Ordenación Urbana de acuerdo con la siguiente secuen-

cia:

- Año 2000: Inicio de los trabajos.

- 2002: Aprobación del Avance del Plan General de Ordenación Urbana.

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- 28 de julio de 2008: Aprobación inicial.

- 31 de julio de 2009: resolución de Pleno sobre alegaciones del período de infor-

mación pública.

- 23 de febrero de 2010: Aprobación del ISA e información pública junto al Plan

modificado según proceso de participación.

- 15 de julio de 2010: Resolución de Pleno sobre alegaciones. Aprobación del

Proyecto. Borrador de Memoria ambiental.

- 30 de noviembre de 2009: Aprobación de la Memoria Ambiental por la Conse-

jería de Medio Ambiente.

- 10 de febrero de 2011: Aprobación provisional del Plan General.

En la Ley 5/1999 del 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León en su Artículo 54:

“Aprobación del planeamiento general”, en su punto primero (54.1) dice: “A la vista del

resultado de los trámites anteriores, y antes de doce meses desde la publicación del

acuerdo de aprobación inicial, el Ayuntamiento resolverá motivadamente sobre las ale-

gaciones presentadas y acordará la aprobación provisional, señalando los cambios…”

Bien, en este punto y tal como he leído anteriormente, los trámites que se hicieron se

dilató más en el plazo de doce meses la resolución de las alegaciones y que tal como

dice el Secretario General en su informe y leo literalmente: “En cuanto a este incumpli-

miento debe tenerse en cuenta además, que ha habido que incorporar en la tramitación

del instrumento urbanístico el novedoso procedimiento para la evaluación ambiental del

mismo, lo que hizo literalmente imposible cumplir con el plazo de doce meses”.

En el Artículo 159 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León: “Aprobación pro-

visional”, en el punto cuarto (159.4) dice: “En el acuerdo de aprobación provisional, el

Ayuntamiento resolverá motivadamente sobre las alegaciones presentadas y señalará

los cambios que procedan respecto de lo aprobado inicialmente”.

Este punto es el nudo gordiano, pues recordemos nuevamente lo que nos dice el informe

del Secretario General y leo literalmente: “Considero que el Ayuntamiento si ha señala-

do los cambios introducidos aunque no ha reflejado expresa e individualmente en el

acuerdo de aprobación provisional”.

Lo que provoca que en el Pleno del día 20 de abril de 2011 se acuerde subsanar el

acuerdo de aprobación provisional y en el Pleno del día 8 de junio pasado se acuerde

con relación al acuerdo de aprobación provisional añadir la relación pormenorizada de

los cambios introducidos.

No obstante, nuevamente, La Comisión Territorial, por tercera vez, el día 28 de julio

pasado acuerda devolver, sin entrar en el fondo del asunto, la documentación remitida

por el Ayuntamiento ya que se comprueba que no se ha subsanado la deficiencia referi-

da al incumpliendo del Articulo 159.4 del Reglamento.

Nuevamente nuestro Secretario General en su informe, vuelve a reiterar en sus conclu-

siones que, leo literalmente: “Considero innecesaria desde el punto de vista legal la pro-

puesta de aprobación provisional”.

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Ante todos estos hechos y para salir adelante con el Plan General, venimos nuevamente

a Pleno para aprobar, si se considera así, la aprobación provisional en los términos co-

mo considera La Comisión Territorial que es el órgano que debe de aprobar definitiva-

mente nuestro Plan General de Ordenación Urbana.

Sr. Secretario

Buenos días a todas y a todos.

La Comisión Informativa de Fomento en la sesión última que celebró esta misma sema-

na, el pasado martes, adoptó acuerdo de dictaminar favorablemente la propuesta que se

trae hoy a Pleno que elabora por encomienda del Alcalde, el Primer Teniente Alcalde y

Concejal de Urbanismo: David Mingo. Este dictamen favorable se adoptó con ocho

votos a favor, una abstención y uno en contra.

La propuesta que hoy se somete a votación y que como digo ha sido dictaminada favo-

rablemente por la Comisión Informativa, es una propuesta prolija que pido al Alcalde

que me excuse de su lectura literal porque no haríamos otra cosa y todos ustedes la co-

nocen. Señala los antecedentes que sucintamente ha explicado el Alcalde de toda esta

tramitación del Plan General y nos sitúa en qué debe hacer el Ayuntamiento frente a la

última decisión que ha tomado la Comisión Territorial que es la decisión de devolver el

expediente porque considera que no se han subsanado unas deficiencias de tipo proce-

dimental. Frente a esta devolución del expediente y para subsanar estas deficiencias que

entienden que ha habido, de tipo procedimental, el Primer Teniente Alcalde propone un

acuerdo estructurado en tres apartados:

1- En primer lugar: Aprobar provisionalmente la documentación técnica, cosa que

ya habíamos hecho el 20 de abril.

2- En segundo lugar: Hacer constar que las alegaciones presentadas durante los dos

trámites de información pública a que se sometió este Plan General han sido ya

resueltas por el Pleno municipal en dos sesiones determinadas. Se relacionan en

el acuerdo, como habéis podido comprobar, la totalidad de las alegaciones pre-

sentadas y las resoluciones adoptadas sobre cada una de ellas con la motivación,

que se pueden compartir o no, pero está ahí la motivación de cada una de las

alegaciones. Esto mismo ya se había hecho en el Pleno de 20 de abril.

3- En tercer lugar: Hoy también el Pleno municipal conocerá una vez más las reso-

luciones que adoptó sobre las alegaciones presentadas durante los dos períodos

de información pública realizadas.

4- En cuarto lugar: Señalar los cambios introducidos en la documentación técnica

del Plan General desde su aprobación inicial hasta la que tuvo lugar el día 20 de

abril pasado. Esta subsanación ya se había efectuado por el Pleno el día 8 de ju-

nio pasado.

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5- En quinto lugar: El Pleno vuelve a pedir, como procede tras la aprobación provi-

sional, que se efectúe la aprobación definitiva de este Plan General.

6- Por último, y no es baladí, que se notifique el acuerdo a la totalidad de los veci-

nos que han comparecido en el expediente y a las administraciones que también

han presentado informes o sugerencias.

En síntesis, esto es lo que se pretende hoy votar en el Pleno.

El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones donde se producen las si-

guientes:

Sr. Moreno Valle

Buenos días a todos.

En primer lugar quería manifestar la postura de UPyD en este asunto y que ya fue mani-

festada en la Comisión Informativa que se celebró el martes y que está justificada por el

hecho de que este Plan se comenzó en el año 2001, han pasado ya diez años, han pasado

tres Corporaciones, por lo menos, por este Plan y evidentemente UPyD no ha estado en

estas discusiones, no ha vivido el procedimiento, no ha participado en esta discusión

porque, entre otras cosas, no existía.

Desde el año 2008 reconocemos que ha habido un avance considerable con una serie de

aprobaciones, en las cuales nosotros no hemos participado, no hemos estado y esta es la

única razón que nos lleva a manifestar nuestro voto de abstención, porque consideramos

que no tenemos la información suficiente, ni hemos trabajado, ni hemos desarrollado, ni

hemos participado en el desarrollo de este Plan, por tanto nuestro voto será de abste-

nernos en la votación de este Plan al igual que hicimos en la Comisión Informativa co-

rrespondiente.

Si nos gustaría hacer algunas consideraciones pequeñas que en una lectura rápida, de

prácticamente dos meses del Plan General de Ordenación Urbana desde que accedimos

al Ayuntamiento, hemos visto alguna serie de ventajas y alguna serie también de dudas,

no voy a decir problemas porque a lo mejor necesitábamos más explicación o necesitá-

bamos haber participado en las discusiones correspondientes sobre este Plan.

Sobre las ventajas poner de manifiesto el dar las gracias a las Corporaciones que han

participado y en especial, yo creo que a la anterior Corporación en el desarrollo porque

creemos que el Plan supone poner orden en una situación urbanística que era deficitaria

con una norma subsidiaria del año 1987 y que era concretamente necesario abordar la

aprobación de un Plan General de Ordenación Urbana y el posterior desarrollo que se

hará a lo largo de esta Corporación y me imagino que de las siguientes.

También algunas cosas que en su momento algún grupo y que nosotros también com-

partimos, manifestaron, como es la existencia de un Polígono Industrial, creemos que

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debemos de cambiar un poco el modelo de Santa Marta y ofrecer la posibilidad de que

se instalen empresas e industrias en esta ciudad, no sabemos si la situación es la más

adecuada, si el tamaño es el adecuado, si la estructura es la más adecuada porque habría

que entrar mucho en el detalle de todo eso, pero bueno, nos parece que es positivo.

Hay unas mejoras evidentes en el trazamiento urbanístico, en calles en bulevares, etc.,

etc., etc., cosas que no compartimos con otros grupos municipales que lo manifestaba a

través de diferentes medios y en diferentes ocasiones: El traslado de la ubicación del

cementerio o la conservación de determinados espacios naturales.

Pero sí también hay algunas dudas que hemos observado en esta lectura rápida y que a

lo mejor nos equivocamos, creo que el Plan está un poquito obsoleto, es decir, las cosas

han cambiado desde que se inició en el año 2001 en la elaboración, en la cual estaba un

boom inmobiliario, en la cual había un desarrollo enorme y no pensamos que en los

próximos años, sinceramente, tengamos que llegar a una ciudad de 40.000 habitantes,

nos parece bastante, bastante irreal, bastante fuera de la situación y creo que estamos

hipotecando en próximas Corporaciones y próximas decisiones, haciendo esta estructura

tan desarrollista en cuanto al Plan que se plantea.

Echamos de menos algunas cosas como temas de estudios de tráfico y movilidad, si

pensamos en una ciudad de 40.000 habitantes, la verdad es que ya es a veces difícil mo-

verse en Santa Marta como para cuando lleguemos a los 40.000 habitantes y no hace-

mos un estudio serio de esto y planteamos, que creemos, por lo menos en un vistazo

rápido que no está considerado.

Unidades de servicio, por ejemplo, pues hay una indefinición a lo largo del Plan, me

imagino que lo desarrollaremos positivamente y hay algunos casos conflictivos como es

la Urbanización Valdelagua, eso que creo que se pasa un poquito por encima y que creo

que habría que darle una solución más definitiva.

En definitiva, nosotros nos abstendremos, no porque consideremos que el Plan no es ni

bueno ni malo, creemos que hay puntos mejorables, pero si que, de hecho incluso, se

planteó con los compañeros de UPyD la posibilidad de no venir a este Pleno, porque no

lo considerábamos oportuno, pero bueno, creemos que la cortesía y creo que nuestra

obligación es estar en este Pleno y abstenernos en este Pleno.

Muchas gracias.

Sr. Alcalde

Gracias.

Sr. Santos Corral

Buenos días a todas y a todos.

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Se trae hoy aquí para su aprobación un Plan General de Ordenación Urbana, tras largos

años de elaboración, debate y trámites administrativos ineludibles.

Como ya señalábamos en su día, en el Pleno de julio de 2008, lo primero que queremos

destacar es que Santa Marta necesitaba ya un Plan que viniese a paliar la situación ur-

banística actual, caracterizada por un crecimiento anárquico y con despropósitos de

magnitud considerable en dicha área urbanística, así como carencias dotacionales im-

portantes: Suelo industrial, parques, zonas deportivas, centros educativos, sanitarios,

culturales, cívicos, etc. Nos congratulamos pues, de que este municipio cuente con este

mecanismo o instrumento que permita, a priori, un crecimiento más ordenado.

Durante el largo periodo de tiempo en que se ha elaborado y se ha debatido este PGOU,

cada uno, en uso legítimo de su responsabilidad, ha mantenido y defendido las posturas

que ha creído convenientes y así, mientras unos han defendido este Plan, otros hemos

ejercido nuestra tarea de oposición, no sólo oponiéndonos y alegando contra determina-

dos aspectos del mismo, sino presentando nuestras alternativas.

Entendemos y respetamos las razones que asisten a los que han defendido y siguen de-

fendiendo, este Plan, y en la misma medida esperamos que se entiendan y respeten las

razones que han llevado a Izquierda Unida a ejercer su labor de oposición. Y es que no

puede ser de otro modo, pues no existe un único modelo de urbanismo, sino tantos co-

mo ideologías políticas y sociales hay en la sociedad. Nosotros defendemos un modelo

urbanístico que se basa en el concepto de sostenibilidad, de crecimiento sostenible, de

priorizar los intereses de las personas, donde podamos vivir, trabajar y disfrutar, sobre

los de un crecimiento y un desarrollo a toda costa, un modelo, el nuestro, respetuoso

con el medio ambiente, un modelo progresista y de izquierdas, con la misma legitimidad

que reconocemos a quienes defienden otros modelos.

Expondré por tanto algunas de las razones que nos llevan a votar contra este PGOU y

las alternativas que en contraposición hemos venido defendiendo:

1. Izquierda Unida votará “no” a este PGOU porque no se ajusta, ni de lejos, al con-

cepto de sostenibilidad, en lo relativo al crecimiento previsto, más de un 100 %,

cuando lo aconsejable se establece en crecimientos de entre un 30 % o un máximo

de un 40 %. La Ley del Suelo de 2007, promulgada por el gobierno, un gobierno so-

cialista con la ministra Mª Antonia Trujillo, establece crecimientos moderados en

concordancia con el concepto de sostenibilidad.

2. Izquierda Unida votará “no” porque este crecimiento no tiene nada que ver ni con

las necesidades objetivas ni subjetivas de los habitantes de Santa Marta, antes bien,

lo que se demanda es más y mejores servicios en lugar de que se duplique la pobla-

ción.

3. Votaremos “no" porque esta previsión de crecimiento no es realista, al no tener en

cuenta ni las circunstancias económicas bajo las que nos encontramos, y cuya dura-

ción nadie se atreve a vaticinar, ni la tendencia demográfica, fruto, en buena medida

de la coyuntura económica.

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Por una parte la situación de crisis no hace prever un crecimiento en la actividad

económica, sino todo lo contrario, y por otra el crecimiento demográfico que se pro-

dujo entre 1996 y 2006, no se está dando en estos momentos, ni es razonable pensar

que se vuelva a dar en el corto o medio plazo, al haberse cerrado el ciclo de trasvase

de población de la provincia a la capital y a su área metropolitana, y al haberse ce-

rrado o disminuido el trasvase poblacional hacia Santa Marta desde la capital, por el

atractivo de unos precios sensiblemente inferiores en la vivienda. La aparición, por

ejemplo, de un segundo anillo en el área metropolitana viene a tomar el relevo, en

este sentido, a poblaciones como la nuestra del primer añillo, pero por no hablar de

la constante pérdida de población de la provincia de Salamanca.

4. Votaremos “no”, porque aunque en el corto o el medio plazo saliésemos de esta

situación de crisis, no nos parece lógico volver al modelo de un crecimiento sin

límite en el sector de la construcción y volver a caer en otra situación de “burbuja

inmobiliaria” que ha sido una de las causas importantes de la crisis en España. No

parece lógico tropezar dos veces en la misma piedra y a sabiendas.

5. Votaremos que “no”, porque el hecho de que las previsiones de este PGOU impli-

quen ocupar prácticamente todo el suelo disponible en el municipio, salvo los espa-

cios que por Ley hay que proteger, es otra flagrante contradicción con el concepto

de sostenibilidad que nosotros defendemos. La vida cotidiana necesita de más acti-

vidades que la de vivienda y la actividad económica y este Plan nos cierra otras po-

sibilidades, como por ejemplo y numero un ejemplo: La actividad de agricultura

ecológica, que entre otros beneficios, aportaría el de crear empleo verde.

6. Votaremos que “no” porque hipoteca a las futuras generaciones, dándoles un mode-

lo de pueblo sin marcha atrás si en efecto se llevase a cabo el Plan tal y como hoy

está previsto, mientras que un crecimiento moderado dejaría a las futuras generacio-

nes la posibilidad de decidir si querían seguir creciendo o bien si optarían por otros

modelos de ciudad y de convivencia.

7. Votaremos que “no” por el elevado coste medioambiental que supone la urbaniza-

ción masiva en el suelo de nuestro municipio, pues estas son actuaciones con un

carácter irreversible en lo referente al impacto medioambiental. En nuestra propues-

ta de un crecimiento mucho más moderado, va implícita una mayor atención a los

aspectos medioambientales, que redundarían en la calidad de vida de todos, por en-

cima de los intereses económicos de unos pocos.

8. Izquierda Unida votará que “no” porque este PGOU enfatiza su actuación sobre lo

nuevo, y apenas si presta atención a lo ya existente. Salvo muy pocas excepciones,

no se presta atención a mejorar lo ya existente en nuestro pueblo y que por su relati-

va antigüedad ya va necesitando de atención urbana. Dicho de otra forma, diríamos

que mientras que se prometen buenas condiciones de vida a los hipotéticos y futuros

habitantes de nuestra localidad, no se prevén medidas para mejorar las condiciones

de vida de los vecinos y vecinas que ya estamos en Santa Marta.

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9. Votaremos “no” porque este PGOU no es respetuoso con una de las zonas urbanísti-

camente más interesantes de nuestro municipio, nos referimos al entorno de la Plaza

y Paseo de Tierno Galván, que además de ser una zona peatonal, tan escasas, por

cierto, en nuestro municipio, es centro de actividad educativa, un Colegio de Infantil

y Primaria y otro de Enseñanza Secundaria, de actividades deportivas como el cam-

po de fútbol, los polideportivos, piscina municipal. Un espacio muy consolidado que

supone además un área de convivencia de vital importancia para gentes de todas las

edades, pues efectivamente olvidaba referirme al parque biosaludable que utilizan

nuestros mayores y que ha de estar en un entorno agradable, libre de los ruidos y

contaminación que supondría el paso del Bulevar Este- Oeste, inconvenientes y pe-

ligros para pequeños y mayores que utilizan a diario este entorno, por no citar su va-

lor como escenario de actividades lúdicas y deportivas que ocasionalmente acoge.

Pese a las múltiples alegaciones contra el mismo, se sigue manteniendo el citado

Bulevar, al que el Plan concede una gran importancia y no se ha tomado el Plan la

molestia de buscar un trazado alternativo que compaginase la creación de un nuevo

eje vertebrador y la conservación de un bien que objetiva y subjetivamente, es de

gran importancia para Santa Marta.

10. Votaremos “no” porque este Plan no va acompañado de un Plan de movilidad, que

aunque no es obligatorio, como el de Impacto Ambiental por ejemplo, si es altamen-

te aconsejable ya que las características de este municipio, y de las necesidades de

movilidad de sus vecinos, aconsejarían tratar este asunto como prioritario, tanto es

así que si se llegase a desarrollar totalmente o en buena medida este Plan, los pro-

blemas de movilidad, ya existentes, aumentarían de una manera exponencial.

11. Votaremos “no” porque este Plan no se fija en las pequeñas cosas, pero que pueden

hacer la vida más agradable a los vecinos en su vida cotidiana. Muchos urbanistas

inciden en la necesidad de cuidar los pequeños detalles a la hora de planear el desa-

rrollo urbano, por ejemplo y es un único ejemplo, la ubicación y el acceso al nuevo

cementerio, ya que al estar tan alejado del casco urbano supone una dificultad con-

siderable para las personas que acostumbrar a acudir a dicho recinto. Puede que para

los redactores del Plan este sea un pequeño detalle, pero no lo es para muchas per-

sonas de nuestro municipio y en especial para los de cierta edad y condiciones per-

sonales.

12. Votaremos que “no” a este Plan porque se ha elaborado sin la más mínima coordi-

nación con los municipios de su entorno, cosa muy aconsejable y que evitaría mu-

chos problemas tales como los derivados de la movilidad, que ya aludí antes y que o

se organiza conjuntamente, o hay que ir parcheando a medida que cada municipio

crece. Nosotros apostamos por modelos que al actuar en colaboración con los muni-

cipios de su entorno, en este caso toda el área metropolitana de Salamanca, evitan si-

tuaciones de duplicidades innecesarias en servicios, innecesarias y caras, por ejem-

plo, todos estamos hartos de ver polígonos industriales en la geografía española que

acaban siendo un mero decorado más que una realidad. Pero si que se podrían cons-

truir polígonos industriales comunes, aparcamientos para camiones, por ejemplo, en

ubicaciones que no molestasen a ninguno de los núcleos de población de los diver-

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sos municipios, por poner solamente algunos ejemplos (creo que algunos se abu-

rren).

Concluiremos diciendo, que hemos citado solamente algunas de las discrepancias con

este Plan, pero que hay muchas más tanto de tipo técnico como de concepto de ciudad.

En nuestra modesta opinión no es este el PGOU que necesita Santa Marta, sus vecinas y

vecinos, este no es un Plan que se ajuste al concepto de sostenibilidad ni de máximo

respeto al medio ambiente, este es un Plan que resuelve algún problema pero que plan-

tea algunos más, este no es un Plan que desde posturas progresista ni de izquierdas pue-

da ser apoyado.

Son en consecuencia estas las razones por las que, creo que ha quedado muy claro el

sentido de nuestro voto.

Gracias y nada más.

Sr. Alcalde

Muy bien, muchas gracias.

Sr. Rodríguez Ruiz

Si, hola, buenos días a todas y a todos.

Si me permiten utilizar un ejemplo, este Pleno para el grupo municipal Socialista, es

algo parecido a lo que un anuncio en Televisión decía que es “la prueba del algodón”.

En el mes de mayo el grupo Socialista denunció que en el programa electoral del Parti-

do Popular se decía que el Plan General de Ordenación Urbana de Santa Marta ya esta-

ba aprobado, no lo decía en un párrafo, ni era un error tipográfico, lo decía en voz y

textualmente, en dos apartados, se decía que el Plan General de Ordenación Urbana ya

estaba aprobado. Claro, que cuando el Partido Socialista lo denunció, se trató de hacer

una explicación que se referían a los trámites municipales, lo cual, evidentemente tam-

poco es verdad porque la prueba es el Pleno que celebramos en estos momentos, pero

claro, si peculiar era la explicación, es todavía desde nuestro punto de vista peor, lo que

ahí se pretendía, es decir, si un Plan General de Ordenación Urbana solamente lo pue-

den aprobar las Comisiones Provinciales de Urbanismo, la aprobación de un Ayunta-

miento no deja de ser un paso previo a esa aprobación definitiva.

Es, poniendo un ejemplo, como si que un ciudadano necesitase una licencia del Ayun-

tamiento de Santa Marta, entendiera que una vez que tiene presentada esa solicitud ya lo

tiene aprobado, como eso evidentemente no es así hasta que el Ayuntamiento no conce-

de la autorización, en ningún caso puede tenerla autorizado la mera presentación ante la

Comisión Provincial de Urbanismo, en ningún caso se podía entender como que el Plan

General de Ordenación Urbana de Santa Marta ya estaba aprobado.

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Centrándonos en el Plan General de Ordenación Urbana que en estos momentos se trae

a este Pleno para su aprobación provisional, nosotros queremos decir que como se trata

de aprobarlo en su totalidad, porque no estamos hablando de fases previas, el grupo

municipal Socialista lo va a votar favorablemente, aunque tengamos algunos puntos

particulares de discrepancias que además los hemos manifestado, las doscientas cin-

cuenta viviendas en la parcela de Valdelagua, los accesos al Polígono Industrial, pero se

trata de aprobar o no aprobar el Plan General de Ordenación Urbana y el grupo munici-

pal Socialista lo va a votar a favor.

Yo creo que hay fundamentalmente tres razones, que el otro día las exponíamos en la

Comisión:

1- El crecimiento en este Plan General de Ordenación Urbana está marcado en

34.000 habitantes para Santa Marta, el desarrollo normal de un PGOU, vienen a

ser entre veinte – veinticinco años, es decir, que en un horizonte de veinte –

veinticinco años pensar que la población de Santa Marta pase a tener 34.000 per-

sonas, no nos parece que sea algo excepcional. Lo que hay que tener en cuenta

que Santa Marta, como cualquier otro municipio, está donde está, con sus pecu-

liaridades físicas, económicas, etc., Santa Marta estamos en el alfoz de la capital

de la provincia, y eso lógicamente mueve a que una serie de población, que se-

guramente querría vivir en la capital de la provincia, pero por no poder se trasla-

da a aquellos sitios más inmediatos que le permiten tener una vivienda digna y

un acceso relativamente rápido a su puesto de trabajo. Y porque además aunque

se marquen 34.000 habitantes en el horizonte del fin del PGOU, eso no significa

en ningún caso que eso se vaya a cumplir, eso sería el límite máximo que esta-

blecería ese PGOU, es decir, nos parece un crecimiento a un marco de veinte –

veinticinco años, razonable.

2- En segundo lugar porque en la tramitación del PGOU hay muchas cosas que

quedan en suspenso y lógicamente Santa Marta necesita tener suelo urbano no

consolidado, suelo urbanizable a disposición de aquellos promotores que preten-

dan construir en nuestro municipio y además en estos momentos con la posibili-

dad que eso tiene de construir Viviendas de Protección Oficial en sus distintas

características, que permitan a personas de menores recursos económicos acce-

der a una vivienda de calidad.

3- Porque hay algo que a nosotros nos parece importante, siendo conscientes de

que no es un tema de mañana, sino que es un tema que se va a resolver a lo largo

del tiempo, la instalación en Santa Marta de Tormes de un Polígono Industrial,

que tengamos un Polígono Industrial no significa que mañana vaya a estar lleno

de fábricas y que mañana se vaya a instalar aquí una gran factoría automovilísti-

ca, somos conscientes de que no, pero también somos conscientes de que sino

tenemos un Polígono Industrial va a ser mucho más difícil que se creen puestos

de trabajo en Santa Marta. Yo creo que en estos momentos un número elevadí-

simo de las personas que vivimos en Santa Marta estudian o trabajan fuera de

Santa Marta y yo creo que debería de ser un anhelo bueno y positivo de que un

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porcentaje de las personas que vivan, que vivamos en Santa Marta puedan, po-

damos trabajar en Santa Marta. Para eso consideramos que un Polígono Indus-

trial es importante. Luego ya veremos qué tipo de industrias se colocan, qué tipo

de industrias consideramos en el Ayuntamiento de Santa Marta que no es bueno

que se ubiquen en nuestro término municipal, pero insisto, para eso tenemos que

tener ese Polígono Industrial.

Por todas estas razones y sin ser un Plan General de Ordenación Urbana que nos satis-

faga al cien por cien, estoy convencido que a ninguno de los diecisiete, todo el mundo

tendría alguna pequeña peculiaridad que poner, nos parece que globalmente es un Plan

que en estos momentos es bueno, útil y necesario para Santa Marta de Tormes.

Nada más y muchas gracias.

Sr. Alcalde

Muy bien, muchas gracias.

Sr. Mingo Pérez

Muy buenos días a todos.

Por aportar algo más de información a lo que se ha manifestado y por aclarar, sí me gus-

taría decir y ya es reiterativo que:

1- El Plan General plantea una población de máxima de 35.000 habitantes, pero

que actualmente Santa Marta cuenta con más de 20.000 habitantes como ya se

ha dicho, pero hay algo que no se refleja y se habla de las normas subsidiarias,

claro, en el año 1987, quién pensaba que hoy Santa Marta iba a tener más de

20.000 habitantes, nadie, claro así pasó, como nadie lo pensó hoy está Santa

Marta como está, evidentemente, con sus deficiencias que son claves y que son

evidentes, porque nadie lo pensó precisamente. Desde el Equipo de Gobierno es-

to nos lo tomamos como un acto de responsabilidad, porque no desarrollamos

más allá de lo que la legislación permite, sino que simplemente rellenamos los

huecos, los huecos que las normas subsidiarias han dejado, eso da una población

tope de 35.000 habitantes, que repito, son aproximadamente diez mil viviendas

más de las existentes sin horizonte temporal, porque no sabemos cuál va a ser la

vigencia del Plan General.

2- En segundo, por aclarar también. Con respecto a Valdelagua, no es que se trate

poco, se trata con mucha fuerza, y se trata poniendo las bases para poder dar los

pasos que permitan a Valdelagua ser recepcionada y se plasma con fuerza como

tiene que plasmar como la Ley marca que se refleje y así se hace en lo mismo,

en un acto de responsabilidad, no hacerlo sería un acto de irresponsabilidad.

3- Con respecto a la aprobación. En fin, yo me reitero a lo que dice la propuesta

que se ha aprobado en la Comisión por mayoría de los grupos y que viene a de-

Page 12: Acta pleno 110909

Página 12 de 69

cir que: “Se reiteran los acuerdos ya adoptados por el Pleno del Ayuntamiento

en las sesiones celebradas los días 8 de febrero, 20 de abril y 8 de junio pasa-

dos”. Hoy no se aporta nada distinto, la relación de cambios ya se aprobó en ju-

nio, la relación de las alegaciones ya se aprobó en abril. Hoy en un principio de

unidad de acto que exige la Comisión Territorial se vuelve a reiterar lo ya apro-

bado, lo que ya se ha tramitado por este Ayuntamiento.

Sr. Alcalde

Muy bien.

Yo creo que todos hemos dicho nuestras posturas ante el Plan General, como sabemos y

hemos visto ya llevamos bastantes años con este tema y nos ha gastado Plenos anterio-

res para conseguir y llegar hasta hoy, que esperemos que efectivamente lo que hoy

aprobamos y lo que el Sr. Secretario certifique sea suficiente y colme ese artículo que

efectivamente parece ser que teníamos, según la Comisión Territorial, una deficiencia.

Por lo tanto, si no hay ningún asunto más, pasamos a la votación.

Sr. Secretario

Recordarles que se necesitan nueve votos favorables para que la propuesta pueda ser

aprobada, se exige mayoría absoluta.

Tras el turno de intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plena-

ria la siguiente propuesta de acuerdo, dictaminada favorablemente por la Comi-

sión Informativa de Fomento en su Sesión del día 6 de septiembre de 2011:

“I/ Antecedentes

1º.- El Pleno del Ayuntamiento en Sesión celebrada el día 10 de febrero de 2011

adoptó el acuerdo de aprobar provisionalmente el Plan General de Ordenación Urbana

para este municipio y solicitar a la Junta de Castilla y León la aprobación definitiva de

dicho instrumento.

2º.- La Comisión Territorial de Urbanismo en Sesión celebrada el día 24 de marzo de

2011 adoptó el acuerdo cuyo texto obra en el expediente administrativo de requerir al

Ayuntamiento para que subsanara en el plazo de tres meses una serie de objeciones.

Entiende la Comisión que las modificaciones solicitadas no tienen la consideración de

“alteraciones sustanciales” del instrumento aprobado provisionalmente por lo que, tras

su inclusión en el documento, no considera preceptiva la realización de un nuevo perio-

do de información pública.

3º.- Para dar cumplimiento a lo requerido por la Comisión Territorial de Urbanismo el

Pleno del Ayuntamiento aprueba modificar parcialmente la documentación técnica del

Plan General e incluye la relación individualizada de las alegaciones formuladas durante

Page 13: Acta pleno 110909

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los trámites de información pública a que se sometió el Plan General con las resolucio-

nes que el Pleno Municipal adoptó con relación a cada una de ellas. El tratamiento de

las alegaciones se efectuó en dos Plenos, el primero de ellos celebrado el día 31 de julio

de 2009, resolvió las presentadas durante el trámite de información pública posterior a

la aprobación inicial y, el segundo, que se celebró el día 15 de julio de 2010 lo hizo so-

bre las presentadas durante la tramitación ambiental del PGOU

La documentación técnica final, aprobada por el Pleno Municipal el día 20 de abril de

2011 es la que hoy se trae nuevamente a la consideración del Pleno.

4º.- En reunión celebrada el día 29 de abril por la Comisión Territorial de Urbanismo

examina la documentación que le remite el Ayuntamiento y adopta el acuerdo que obra

en el expediente administrativo suspendiendo la aprobación definitiva del Plan General

de Ordenación urbana en base a las objeciones pendientes de subsanar y que provienen,

en primer lugar, de unas alegaciones de particulares disconformes con el tratamiento

urbanístico que recibe el suelo de su propiedad y formuladas directamente ante la Comi-

sión Territorial de Urbanismo y, en segundo lugar, las acordadas en la Sesión del día 24

de marzo que no considera salvadas.

5º.- El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 8 de junio de 2011 a requeri-

miento de la Comisión Territorial de Urbanismo adopta el acuerdo de “ añadir al acuer-

do de aprobación provisional del Plan General de Ordenación Urbana la relación de

cambios introducidos en la documentación técnica desde la aprobación inicial clasi-

ficándolos en tres apartados:

A.- Los introducidos desde la Aprobación Inicial (24 de julio de 2008) hasta la

aprobación conjunta con el Informe de Sostenibilidad Ambiental (23 de febrero

de 2010)

B.- Los introducidos desde la aprobación conjunta con el informe de Sostenibili-

dad hasta la aprobación provisional del Plan General (10 de febrero de 2011).

C.- Los introducidos desde la aprobación provisional del Plan General de Orde-

nación Urbana hasta la sesión celebrada el día 20 de abril de 2011.

6º.- En contestación a los requerimientos efectuados por la Comisión Territorial de Ur-

banismo en Sesión celebrada el día 29 de abril de 2011 a los que se ha hecho mención

en el apartado cuarto anterior, el Alcalde con fecha 21 de junio de 2011 remite un in-

forme que también se encuentra en el expediente administrativo como Anexo I solici-

tando la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana.

7º.- La Comisión Territorial de Urbanismo el día 28 de Julio de 2011 adoptó el acuerdo

de: “DEVOLVER, sin entrar en el fondo del asunto, la documentación remitida por el

Ayuntamiento de Santa Marta con fecha 21 de julio (sic) (debe referirse a la presentada

en la Delegación Territorial el 21 de junio) de 2011 ya que se comprueba que no se ha

subsanado la deficiencia referida al incumplimiento del artículo 159.4 del RUCyL rela-

tivo al acuerdo de aprobación provisional.

Page 14: Acta pleno 110909

Página 14 de 69

No obstante, se reitera el acuerdo adoptado por la Comisión en su sesión de 29 de abril

de 2011 y concordantes”.

8º.- En la situación actual el equipo de gobierno considera que lo más aconsejable es

atender el requerimiento de subsanación que efectúa la Comisión Territorial en su últi-

ma sesión referida y, por tanto, volver a aprobar provisionalmente el Plan General de

Ordenación Urbana explicitando, en el mismo acuerdo, la resolución motivada de las

alegaciones presentadas y los cambios introducidos en la documentación técnica respec-

to de lo aprobado inicialmente. Todo ello reiterando los acuerdos ya adoptados por el

Pleno del Ayuntamiento en las sesiones celebradas los días 8 de febrero, 20 de abril y 8

de junio pasados.

II/ Resolución

Por todo ello y con la finalidad de atender lo acordado por la C.T.U en la Sesión del día

28 de julio de 2011 se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente ACUER-

DO:

1).- Aprobar Provisionalmente el Plan General de Ordenación Urbana para este

municipio según la documentación técnica ya aprobada por el Pleno Municipal en

Sesión celebrada el día 20 de abril de 2011.

2).- Hacer constar que las alegaciones presentadas durante la tramitación munici-

pal del Plan General de Ordenación Urbana son las siguientes:

2.1.- Durante el trámite de información pública que siguió a la aprobación inicial del

Plan General iniciada con la publicación del preceptivo anuncio en el Boletín Oficial

de Castilla y León el 13 de agosto de 2008 y que concluyó el día 24 de noviembre

de 2008, a los tres meses de la publicación del mismo anunció en el Boletín Oficial

de la Provincia que tuvo lugar el día 22 de agosto del mismo año, se presentaron

alegaciones suscritas por los siguientes:

Nº NOMBRE DEL COMPARECIENTE FECHA REG. ENTRADA

1 Carmen Calvo Boyero 08-10-2008

2 Rosa María González Estébanez 15-10-2008

3 Andrés Gutiérrez Sierra 27-10-2008

4 Mª Piedad Fonseca Martín 29-10-2008

5 Felicitas Rivas López 29-10-2008

6 Dolores Rivas López 29-10-2008

7 Joaquín Rivas López 29-10-2008

8 Julio Cesar Prieto Martín 04-11-2008

9 Francisco Vadillo Bajo 05-11-2008

10 Jorge Ruiz Rodríguez 06-11-2008

11 Manuel Verdejo Polo 10-11-2008

12 Santiago Sánchez Romo 12-11-2008

13 Fabián Caballero Mateos 12-11-2008

14 Eulogio Sánchez Hernández 12-11-2008

Page 15: Acta pleno 110909

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15 Mª Luisa 0tuday Olagorta 13-12-2008

16 Antonio Lorenzo Osante 14-11-2008

17 Jesús Heras García 14-11-2008

18 Mª Belén Andrés Galache 17-11-2008

19 Manuel Martín Rodríguez 17-11-2008

20 Mª Carmen Martín Rodríguez 17-11-2008

21 Agustín Rivas Alba 18-11-2008

22 Félix Rodríguez Verdejo 18-11-2008

23 Manuel Jesús Rodríguez Herrero 18/11/2008

24 Felipe Manuel Pereira Días 18-11-2008

25 A.P.A I.E.S “Calisto y Melibea” 18-11-2008

26 A.P.A “Carmen Martin Gaite” 18-11-2008

27 Regino Gonzalez Benayas 18-11-2008

28 Fernando Nieto Arroyo 18-11-2008

29 Teresa Íscar Sánchez 18-11-2008

30 Marcelino Eustaquio Rodriguez 19-11-2008

31 Benito Moralejo Sandal 19-11-2008

32 Agustin Rodriguez Manzano 19-11-2008

33 Luis Eustaquio Rodriguez 19-11-2008

34 A.P.A “Miguel Hernández” 19-11-2008

35 Agustín Acevedo Moreno 19-11-2008

36 Gonzalo García Sánchez 19-11-2008

37 Felicíssimo Calvo Clemente 19-11-2008

38 Felix Rodríguez Verdejo 20-11-2008

39 José Antonio López Hernández 20-11-2008

40 José Mª Requejo Guerreira 20-11-2008

41 José López Arias 20-11-2008

42 Promobras S.l 20-11-2008

43 Fernándo Beteré Rodrigo 20-11-2008

44 Máximo Gómez Hernández 20-11-2008

45 Máximo Gómez Hernández 20-11-2008

46 Francisco Bajo Pardo 20-11-2008

47 Jesús Sánchez García 20-11-2008

48 Rafael Blazquez y otros 20-11-2008

49 Isidro Redondo Viejo 20-11-2008

50 Manuel Sagrado Sánchez 20-11-2008

51 Juan Jose Hidalgo Acera 20-11-2008

52 Jesús de Vega García 20-11-2008

53 Tomas y Begoña Martín Rodrígo 20-11-2008

54 Dominique Alves Dos Santos 20-11-2008

55 Carmen Martín Lucas 20-11-2008

56 Jesús Santos Corral y 529 alegaciones

mas

21-11-2008

57 Javier Hurtado Nieto 21-11-2008

58 Piedad Rodríguez Verdejo 21-11-2008

Page 16: Acta pleno 110909

Página 16 de 69

59 Feliciana Sánchez Hernández 21-11-2008

60 Bienvenido Martín García 21-11-2008

61 Javier Andrés Sánchez López 21-11-2008

62 Feliciano Sánchez Hernández 21-11-2008

63 Ángel Luis García Sánchez 21-11-2008

64 Concepción Sánchez Hernández 21-11-2008

65 Francisco Álvarez Colino 21-11-2008

66 Emilio Sánchez Cifuentes 21-11-2008

67 Manuel Fraile Marcos 21-11-2008

68 José Luis Pariente y otros 21-11-2008

69 Tomás Sánchez Sánchez 21-11-2008

70 Jesús Sánchez García 21-11-2008

71 Asunción Barandiarán Múgica 21-11-2008

72 Esteban Merchán González 21-11-2008

73 Esteban Merchán González 21-11-2008

74 Esteban Merchán González 21-11-2008

75 Esteban Merchán González 21-11-2008

76 Esteban Merchán González 21-11-2008

77 Esteban Merchán González 21-11-2008

78 Esteban Merchán González 21-11-2008

79 Esteban Merchán González 21-11-2008

80 Luis Díaz Camacho 21-11-2008

81 Leopoldo Marcos Sánchez 21-11-2008

82 Carmen Romo Mezquita 21-11-2008

83 Comunidad Signo XXV 21-11-2008

84 Mª Pilar Martín Acicolla 21-11-2008

85 Luis Rodríguez Martín 21-11-2008

86 Agustín González Marcos 24-11-2008

87 Francisco Román de Pablos 24-11-2008

88 Francisco Román de Pablos 24-11-2008

89 Grupo AC Hoteles Europeos 24-11-2008

90 José Hernández Sánchez 24-11-2008

91 Esperanza García López Casero 24-11-2008

92 Oscar Rodríguez Mateos 24-11-2008

93 Luis Eustaquio Rodríguez 24-11-2008

94 Ana Eustaquio Rodríguez 24-11-2008

95 Marcelino Eustaquio Rodríguez 24-11-2008

96 Fernando Martín Domínguez 24-11-2008

97 Fernando Angoso Cuervos 24-11-2008

98 Jesús Aparicio Guisado 24-11-2008

99 Jesús Aparicio Guisado 24-11-2008

100 Jesús Aparicio Guisado 24-11-2008

101 Jesús Aparicio Guisado 24-11-2008

102 Jesús Aparicio Guisado 24-11-2008

103 Jesús Aparicio Guisado 24-11-2008

Page 17: Acta pleno 110909

Página 17 de 69

104 Jesús Aparicio Guisado 24-11-2008

105 Ricardo Prieto Caminos 24-11-2008

106 Miguel Ángel Verdejo Polo 24-11-2008

107 Feliciano Sánchez González 26-11-2008

108 Arturo Serrano Martínez 26-11-2008

109 Fernando Moreno de Vega y Lomo 26/11/2008

110 Juan Heras de la Calle 26-11-2008

111 Agustín Trapero Gómez 26-11-2008

112 Agustín Trapero Gómez 26-11-2008

113 José María Requejo Guerreira 26-11-2008

114 Adela Martín Aresti 26-11-2008

115 Roberto Ruiz Villanova 27-11-2008

116 Luis Nieto Cañamares 27-11-2008

117 Ángeles Nieto Moro 27-11-2008

118 Luis Serrano Acebes 27-11-2008

119 Marcelino Martin “Hotel Regio” 27-11-2008

120 Francisco Rodríguez “Inmobiliaria Sal-

mantina”

27-11-2008

2.2 .- Alegaciones presentadas durante el periodo de información pública conjunta

de I.S.A. y Plan General desde el 10 de marzo de 2010 hasta el 8 de mayo de 2010

Nº NOMBRE DEL COMPARECIENTE FECHA

REG.ENTRADA

01 Metrovialia

Prosa

20/04/10

02 Luis Blanco Berná 06/05/10

03 Luis Blanco Berna 06/05/10

04 Cost. Calzada Urbina 06/05/10

05 Fetecaja SL

Teresa Íscar Sánchez

06/05/10

06 Jesús Santos Corral 07/05/10

07 José Sánchez González

Mataderos del Oeste

07/05/10

08 Agustín Trapero Gómez 07/05/10

09 Tomas Sánchez Sánchez

Andres Cándido Sánchez

07/05/10

10 Regino Gonzalez Benayas 07/05/10

11 Juan José Diego Dominguez 07/05/10

12 Miguel Ángel Verdejo Polo 07/05/10

13 Luis Rodríguez Sánchez 06/05/10

Sub.Gobrn

14 Máximo Gómez Hernández

Mirat Cuatro S.L

07/05/10

Sub.Gobrn

15 Gorka Esparza Barandiarán

Asamblea Ecologista

07/05/10

Sub.Gobrn

Page 18: Acta pleno 110909

Página 18 de 69

También se presento una alegación, la nº 16, por los siguientes: DELMAR ANTO-

NIO FERNANDES FERREIRA, en nombre de IDELFE, SL; JOSÉ MARÍA

SÁNCHEZ CILLERO, representante legal de DESARROLLO URBANO SAL-

MANTINO SL; PROMOBRAS SL; LEOPOLDO MARCOS SÁNCHEZ; y LUIS

RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, que no fue aceptada al haber tenido entrada en el Ayun-

tamiento el día 25 de junio de 2010, fuera de plazo para presentar alegaciones.

3).- Las alegaciones señaladas en el apartado anterior fueron resueltas por el Pleno

Municipal en las sesiones:

3.1.- Pleno del 31 de julio de 2009 que resolvió las alegaciones formuladas duran-

te la información pública que siguió a la aprobación del P.G.O.U

A) Alegaciones desestimadas y su motivación

1

3654

Carmen Calvo Boyero

La propuesta del documento aprobado inicialmen-

te establece el límite del suelo urbanizable en un

viario estructurante que configurará con el desa-

rrollo del Plan General un elemento material de

referencia de suficiente entidad, coherente con el

Art. 35 LUCYL

2

3736 Rosa María González Esté-

banez

El régimen propuesto se considera el más adecua-

do, toda vez que la carretera de Alba no es un

viario urbano que permita deducir la condición de

solar, consideración igualmente aplicable a la vía

pecuaria

3

3888

Andres Gutiérrez Sierra

El régimen propuesto se considera el más adecua-

do, toda vez que la carretera de Alba no es un

viario urbano que permita deducir la condición de

solar, consideración igualmente aplicable a la vía

pecuaria

4

3911

Piedad Fonseca Martín

La propuesta del documento aprobado inicialmen-

te establece el límite del suelo urbanizable en un

viario estructurante que configurará con el desa-

rrollo del Plan General un elemento material de

referencia de suficiente entidad, coherente con el

Art 35 LUCYL

5

3906

Felicitas Rivas López

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y las afecciones de carác-

ter supramunicipal que el Ayuntamiento tiene la

obligación legal de asumir

Page 19: Acta pleno 110909

Página 19 de 69

6

3908 Dolores Rivas López

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y las afecciones de carác-

ter supramunicipal que el Ayuntamiento tiene la

obligación legal de asumir

7

3907

Joaquín Rivas López

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y las afecciones de carác-

ter supramunicipal que el Ayuntamiento tiene la

obligación legal de asumir

9

4014

Francisco Vadillo Bajo

La consideración como suelo urbano consolidado

requiere que la urbanización se haya ejecutado al

servicio de las edificaciones correspondientes,

circunstancia que no se da en este caso. El ámbito

requiere obras de urbanización que llevan a la

categorización.

11

4057

Manuel Verdejo Polo

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y las afecciones de carác-

ter supramunicipal que el Ayuntamiento tiene la

obligación legal de asumir

12

4104

Santiago Sánchez Romo

Los parámetros de ordenación general estableci-

dos se consideran los más adecuados para el

ámbito. El trazado del vial tiene un carácter es-

tructurante para la futura ordenación detallada del

ámbito, tanto para el tráfico rodado como de otros

tipos.

13

4103 Fabián Caballero Mateos

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales.

14

4108

Eulogio Sánchez Hernández

Los parámetros de ordenación general estableci-

dos se consideran los más adecuados para el

ámbito.

18

4152

Belén Andrés Galache

El Plan General se basa en la situación reflejada

en el catastro, sin entrar a concluir sobre litigios

de titularidad.

19

4161 Manuel Martín Rodríguez

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y al modelo territorial y de

crecimiento urbano definido en el Plan General.

20

4160

Mª Carmen Martín Rodrí-

guez

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y al modelo territorial y de

crecimiento urbano definido en el Plan General.

Page 20: Acta pleno 110909

Página 20 de 69

21

4167 Agustín Rivas Alba

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y al modelo territorial y de

crecimiento urbano definido en el Plan General.

22

4168 Félix Rodríguez Verdejo

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y al modelo territorial y de

crecimiento urbano definido en el Plan General.

23

4169

Manuel Jesús Rodríguez

Herrero

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y al modelo territorial y de

crecimiento urbano definido en el Plan General.

36

4180

Gonzalo García Sánchez /

Emilia García Sánchez /

Cándido Rodríguez Veraste-

gui

Los usos e intensidades propuestos, así como la

calificación pormenorizada reflejada en el esque-

ma de ordenación, se consideran coherentes con

las condiciones del entorno en términos de reduc-

ción de la afección visual de medianeras y el enla-

ce con la trama existente. La delimitación del sec-

tor pretende minimizar la afección visual sobre el

río, por lo que se considera adecuada.

38

4209

Félix Rodríguez Verdejo

El sector de suelo industrial propuesto se ubica en

un entorno de fácil accesibilidad desde la autovía,

por lo que se minimizarán las afecciones de tráfi-

co pesado hacia las zonas residenciales, consi-

derándose que el emplazamiento es el adecuado.

Por otra parte el borde de contacto con la urbani-

zación se destina a usos terciarios, de menor im-

pacto.

39

4208

José Antonio López Hernán-

dez

La clasificación establecida para las parcelas obje-

to de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales.

41

4213

José López Arias

La densidad residencial e intensidad edificatoria y

demás parámetros reflejados son coherentes con

el modelo territorial propuesto, correspondiendo

al Plan Parcial su distribución en el ámbito con un

patrón que potencie el bulevar como espacio de

centralidad. Se entiende que los convenios pro-

puestos no son adecuados.

47

4221

Jesús Sánchez García

La densidad residencial e intensidad edificatoria y

demás parámetros reflejados son coherentes con

el modelo territorial propuesto, correspondiendo

al Plan Parcial su distribución en el ámbito con un

patrón que potencie el bulevar como espacio de

centralidad. Se entiende que los convenios pro-

puestos no son adecuados.

Page 21: Acta pleno 110909

Página 21 de 69

50

4225

Manuel Sagrado Sánchez

Se estima que dicha parcela no reune condiciones

para su aprovechamiento como sistema general de

titularidad municipal, sin perjuicio de que en fun-

ción de los proyectos del Ministerio de Fomento

se establezca su inclusión en el ámbito afectado

por la variante viaria, con la consiguiente com-

pensación por la modalidad de gestión que aplique

dicha entidad para la obtención de suelo.

51

4226

Juan José Hidalgo Acera

La densidad residencial e intensidad edificatoria y

demás parámetros reflejados son coherentes con

el modelo territorial propuesto, correspondiendo

al Plan Parcial su distribución en el ámbito con un

patrón que potencie el bulevar como espacio de

centralidad. Se entiende que los convenios pro-

puestos no son adecuados.

52

4227

Jesús de Vega García

La densidad residencial e intensidad edificatoria y

demás parámetros reflejados son coherentes con

el modelo territorial propuesto, correspondiendo

al Plan Parcial su distribución en el ámbito con un

patrón que potencie el bulevar como espacio de

centralidad. Se entiende que los convenios pro-

puestos no son adecuados.

53

4207

Tomás y Begoña Martín Ro-

drigo

La propuesta del documento aprobado inicialmen-

te establece el límite del suelo urbanizable en un

viario estructurante cuyo trazado se considera el

más adecuado para el modelo territorial propuesto

57

4268

Javier Hurtado Nieto

La ordenación prevista por el Plan General para

esta zona de la ciudad, con creación de un gran

parque urbano que afecta a la totalidad del ámbito,

así como la escasa consolidación del mismo, lleva

a la reconsideración de la clasificación previa-

mente existente.

67

4250 Manuel Fraile Marcos

Los parámetros de ordenación general estableci-

dos se consideran los más adecuados para el mo-

delo territorial y de crecimiento del Plan General.

Por otra parte, no se impide desde el Plan General

el desarrollo simultáneo de sectores colindantes.

Page 22: Acta pleno 110909

Página 22 de 69

68

4259

José Luis Pariente y otros

La propuesta del documento aprobado inicialmen-

te establece el límite del suelo urbanizable en un

viario estructurante que configurará con el desa-

rrollo del Plan General un elemento material de

referencia de suficiente entidad, coherente con el

Art. 35 LUCYL. El valor paisajístico de los terre-

nos debe considerarse dentro del conjunto de la

vega del Tormes, por lo que se considera adecua-

da su preservación de la urbanización. Se conside-

ra inadecuado crear un nuevo polígono industrial

en el ámbito.

74

4243

Esteban Merchán González

Las determinaciones propuestas por el alegante se

consideran inadecuadas, sin perjuicio de que se

estudie con mayor detalle la regulación por zonas

de ordenanza.

78

4239

Esteban Merchán González

Se considera que el futuro polígono industrial está

en la zona en la que producirá menos interferen-

cias en materia de movilidad con las áreas resi-

denciales. Por otra parte, no se aprecia que el Plan

deba operar sobre la presunción de que existen

"mejores zonas residenciales", sino sobre la de

que debe garantizarse la mejor calidad urbana

posible a todos los habitantes, situación que no se

cumpliría si se ubicaran al Norte las actividades

industriales, más alejadas de la autovía y por tanto

de las vías específicas para vehículos pesados.

81

4235

Leopoldo Marcos Sánchez

El Plan establece una propuesta de planeamiento

que deberá desarrollarse mediante el mecanismo

de gestión que establezca el correspondiente Pro-

yecto de Actuación. La delimitación del sector

atiende a un criterio de racionalidad en cuanto a la

futura ordenación, evitando de este modo los efec-

tos negativos que ha tenido sobre el municipio

una secuencia histórica de pequeñas actuaciones

inconexas, que ha dado como resultado una total

falta de coherencia en la trama viaria y dotacional.

Ello no es óbice para una gestión por Unidades de

Actuación de tamaño más reducido. En todo caso,

se corregirán los errores detectados.

Page 23: Acta pleno 110909

Página 23 de 69

82

4232

Carmen Romo Mezquita

Se entiende que la solución de ordenación pro-

puesta es la más adaptada al modelo territorial,

con sectores de tamaño suficiente para asegurar

una ordenación urbana de calidad, evitando la

fragmentación del tejido urbano, sin perjuicio de

que el sector se pueda dividir en Unidades de Ac-

tuación más reducidas. Los parámetros de ordena-

ción general se consideran los más adecuados

según el modelo territorial.

86

4314 Agustín González Marcos

La clasificación establecida para la parcela objeto

de alegación se considera la más adecuada a sus

características actuales y al modelo territorial y de

crecimiento urbano definido en el Plan General.

88

4312 Román de Pablos Francisco

Los usos e intensidades propuestos, así como la

calificación pormenorizada reflejada en el esque-

ma de ordenación, se consideran coherentes con el

modelo territorial y de crecimiento propuesto

89

4310

Grupo AC Hoteles Europeos

Se entiende que la ordenanza vigente dicha segre-

gación no es posible. El mantenimiento de la or-

denanza vigente, que se plantea con carácter gene-

ral para el ámbito, hace inviable la satisfacción de

la alegación salvo reconsideración de la misma,

pero no impide la permanencia de las edificacio-

nes legalmente ejecutadas.

91

4308 Esperanza García López Ca-

sero

La clasificación atribuida a los terrenos se corres-

ponde con su situación actual

93

4306

Luis Eustaquio Rodríguez

La ordenación prevista por el Plan General para

esta zona de la ciudad es la más adecuada al mo-

delo territorial propuesto

94

4305

Ana Eustaquio Rodríguez

La ordenación prevista por el Plan General para

esta zona de la ciudad es la más adecuada al mo-

delo territorial propuesto

95

4304 Marcelino Eustaquio Rodrí-

guez

La ordenación prevista por el Plan General para

esta zona de la ciudad es la más adecuada al mo-

delo territorial propuesto

97

4301

Fernando Angoso Cuervos

Se considera que el futuro polígono industrial está

en la zona en la que producirá menos interferen-

cias en materia de movilidad con las áreas resi-

denciales. Por otra parte, no se aprecia que el Plan

deba operar sobre la presunción de que existen

"mejores zonas residenciales", sino sobre la de

que debe garantizarse la mejor calidad urbana

posible a todos los habitantes, situación que no se

cumpliría si se ubicaran al Norte las actividades

industriales, más alejadas de la autovía y por tanto

de las vías específicas para vehículos pesados.

Page 24: Acta pleno 110909

Página 24 de 69

99

4289

Jesús Aparicio Guisado

Se desestima la subdivisión de los sectores, pero

se considera que la propuesta realizada puede

aportar elementos de valor para la futura división

de los mencionados sectores en Unidades de Ac-

tuación cuando se desarrolle el planeamiento

pormenorizado.

101

4287 Jesús Aparicio Guisado

Los usos e intensidades propuestos, así como la

calificación pormenorizada reflejada en el esque-

ma de ordenación, se consideran coherentes con el

modelo territorial y de crecimiento propuesto

103

4285

Jesús Aparicio Guisado

El cambio brusco que se señala entre la franja de

protección fluvial en el suelo urbano y en suelo

rústico obedece a la situación de hecho del prime-

ro, entendiéndose que la delimitación propuesta es

correcta.

110

4349 Juan Heras de la Calle

El régimen establecido para los terrenos objeto de

la alegación se considera el más adecuado

112

4333 Agustín Trapero Gómez

El régimen establecido para los terrenos objeto de

la alegación se considera el más adecuado

B) Alegaciones estimadas en su totalidad y modificaciones introducidas en la do-

cumentación técnica

10

4027

Jorge Ruiz Rodríguez / Lo-

renzo Nieto Arroyo / Fran-

cisco Ruiz Peña

Se procederá a corregir el error material en cuanto

a la delimitación del sector de suelo urbano no con-

solidado, pasando las parcelas objeto de alegación a

considerarse suelo urbano consolidado. Se estu-

diará una solución viaria alternativa.

17

4133 Jesús Heras García

Se acepta la propuesta de mantener la trama viaria

preexistente.

30

4192 Marcelino Eustaquio Rodrí-

guez

Se considera posible mantener las condiciones de

superficie de parcela y edificabilidad del planea-

miento vigente.

31

4188

Benito Moraleja Sandal

Se considera posible mantener las condiciones de

superficie de parcela y edificabilidad del planea-

miento vigente.

32

4193

Agustín Rodríguez Manzano

Se considera posible mantener las condiciones de

superficie de parcela y edificabilidad del planea-

miento vigente.

33

4194

Luis Eustaquio Rodríguez

Se considera posible mantener las condiciones de

superficie de parcela y edificabilidad del planea-

miento vigente.

55

4203 Carmen Martín Lucas

Se procederá a clarificar las delimitaciones del

ámbito, procurando una mayor racionalidad

76

4242 Esteban Merchán González

Se mantendrá el régimen del suelo del planeamien-

to previamente vigente.

Page 25: Acta pleno 110909

Página 25 de 69

77

4240 Esteban Merchán González

Se mantendrá el régimen del suelo del planeamien-

to previamente vigente.

C) Alegaciones estimadas parcialmente

DESESTIMADO ESTIMADO

8

398

7 Julio Cesar Prieto

Martín / Luis

Blanco Berná

Se considera acep-

table la redelimi-

tación propuesta

del sector, pero

sólo con la condi-

ción de incluir en

su integridad de-

ntro del sector la

conexión viaria

con la calle de la

urbanización Los

Álamos. Se consi-

dera posible man-

tener el régimen

de edificabilidad

Exclusión parcela

49 del sector. Si-

tuación viario al

sur de parcelas 49

y 17.Propuesta de

cambio de orde-

nanza de la 4.1 a la

4.2

Prohibición viv colec-

tiva en UNC - 6

15

413

1

María Luisa Otu-

day Lagarta

Se estudiarán las

condiciones del

ámbito buscando

una solución más

adaptada a modi-

ficaciones recien-

tes.

En parcelaciones

anteriores a la

aprobación del

PGOU han de res-

petarse las condi-

ciones de diámetro

de parcela, no es de

aplicación orde-

nanza 4.1. De no

cambiarse orde-

nanza, no ha de

obligarse a hacer

retranqueos a este

tipo de parcelas

que impedirían

cumplir la orde-

nanza 4.1

Compensación me-

diante terrenos con

aprovechamiento de

valor equivalente

24

417

2 Felipe Manuel

Pereira Días

Se acepta la suge-

rencia en cuanto a

una mayor clari-

dad en el reflejo

de determinacio-

nes sobre usos. Se

precisarán los

usos con mayor

detalle en el caso

Mayor claridad en

el reflejo de deter-

minaciones sobre

usos. Se precisarán

los usos con mayor

detalle.

Incluir determinacio-

nes de ordenación

general en fichas y

sectores y con termi-

nología de castilla y

león

Page 26: Acta pleno 110909

Página 26 de 69

señalado.

25

417

4

A.P.A I.E.S

"Calisto y Meli-

bea"

Se procederá a

definir medidas

que eviten efectos

negativos sobre la

instalación escolar

durante su vida

útil

Ha de reflejarse

que no se materia-

lizará el boulevard

en la zona de cole-

gios en tanto y

cuanto exista vida

útil de la instala-

ción El boulevard

en esas zonas será

ejecutable siempre

y cuando se haya

dado traslado a las

mismas en base a

las necesidades

poblacionales que

tenga Santa Marta.

Corregir trazado bu-

levard a su paso por

el colegio.

26

417

6

A.P.A "Carmen

Martín Gaite"

Se entiende que la

solución de orde-

nación propuesta

permitirá contar

con suelo dotacio-

nal suficiente en

las zonas limítro-

fes para el trasla-

do de las instala-

ciones. En todo

caso, se incluirán

medidas que evi-

ten efectos negati-

vos sobre el fun-

cionamiento de las

instalaciones es-

colares.

Ha de reflejarse

que no se materia-

lizará el boulevard

en la zona de cole-

gios en tanto y

cuanto exista vida

útil de la instala-

ción El boulevard

en esas zonas será

ejecutable siempre

y cuando se haya

dado traslado a las

mismas en base a

las necesidades

poblacionales que

tenga Santa Marta.

Corregir trazado bu-

levard a su paso por

el colegio.

Teresa Iscar

Sánchez

Se corregirán los

errores materiales

detectados en la

transcripción del

planeamiento vi-

gente

Se corregirán los

errores materiales

detectados en la

transcripción del

planeamiento vi-

gente., en relación

al error al incluir

parcela en UNC-1.

El sector que que-

Considerar viv colec-

tiva, edificabilidad

0,5 m x m, 60 viv/ha

y rebajar VPP

Page 27: Acta pleno 110909

Página 27 de 69

29 417

1

daría independiente

quedará con las

mismas determina-

ciones reflejadas en

las nnss.

34

418

5

A.P.A "Miguel

Hernández"

Se procederá a

definir medidas

que eviten efectos

negativos sobre la

instalación escolar

durante su vida

útil

Se procederá a de-

finir medidas que

eviten efectos ne-

gativos sobre la

instalación escolar

durante su vida

útil. El boulevard

en esas zonas será

ejecutable siempre

y cuando se haya

dado traslado a las

mismas en base a

las necesidades

poblacionales que

tenga Santa Marta.

Corregir trazado bou-

levard a su paso por

el colegio.

35

419

5

Agustín Acevedo

Moreno / Eloy

Herrero Fernán-

dez

Se entiende que la

solución de orde-

nación propuesta

permitirá contar

con suelo dotacio-

nal suficiente en

las zonas limítro-

fes para el trasla-

do de las instala-

ciones. En todo

caso, se incluirán

medidas que evi-

ten efectos negati-

vos sobre el fun-

cionamiento de las

instalaciones es-

colares.

Se entiende que la

solución de orde-

nación propuesta

permitirá contar

con suelo dotacio-

nal suficiente en las

zonas limítrofes

para el traslado de

las instalaciones.

En todo caso, se

incluirán medidas

que eviten efectos

negativos sobre el

funcionamiento de

las instalaciones

escolares. Ha de

reflejarse que no se

materializará el

boulevard en la

zona de colegios en

tanto y cuanto exis-

ta vida útil de la

instalación El bou-

levard en esas zo-

nas será ejecutable

siempre y cuando

se haya dado tras-

Variar trazado Boule-

vard y sugiere un P.S.

fluvial

Page 28: Acta pleno 110909

Página 28 de 69

lado a las mismas

en base a las nece-

sidades poblaciona-

les que tenga Santa

Marta.

40

421

2

José Mª Requejo

Guerreira

Se considera posi-

ble el desplaza-

miento hacia el

sur del viario de

borde, condicio-

nado a informe

favorable de la

administración de

carreteras. En to-

do caso dicho via-

rio municipal

tendrá el mismo

carácter que el

resto de su traza-

do, como sistema

local.

Posible el despla-

zamiento hacia el

sur del viario de

borde, condiciona-

do a informe favo-

rable de la adminis-

tración de carrete-

ras. En todo caso

dicho viario muni-

cipal tendrá el

mismo carácter que

el resto de su tra-

zado, como sistema

local.

Considerar como sis-

tema general el viario

de borde. Permitir

vivienda unifamiliar

48

422

2

Rafael Blázquez

y Otros

Se estudiará la

modificación del

trazado de la calle

Este- Oeste

Modificación del

trazado de la calle

Este- Oeste

Eliminar vial AA4

49

422

4

Isidro Redondo

Viejo

Se estudiará la

modificación del

trazado viario

tratando de mini-

mizar afecciones

Se estudiará la mo-

dificación del tra-

zado viario tratan-

do de minimizar

afecciones (se es-

tudia la modifica-

ción, no obligato-

riamente al norte

como alegan los

particulares)

Modificación del tra-

zado de la red inter-

urbana de 2º orden al

norte de la urb. Los

sauces para coincidir

con A-24-II

Page 29: Acta pleno 110909

Página 29 de 69

56

424

6

Jesús Santos Co-

rral y 529 alega-

ciones más

Se entiende que la

solución de orde-

nación propuesta

permitirá contar

con suelo dotacio-

nal suficiente en

las zonas limítro-

fes para el trasla-

do de las instala-

ciones. En todo

caso, se incluirán

medidas que evi-

ten efectos negati-

vos sobre el fun-

cionamiento de las

instalaciones es-

colares y deporti-

vas.

Se entiende que la

solución de orde-

nación propuesta

permitirá contar

con suelo dotacio-

nal suficiente en las

zonas limítrofes

para el traslado de

las instalaciones.

En todo caso, se

incluirán medidas

que eviten efectos

negativos sobre el

funcionamiento de

las instalaciones

escolares. Ha de

reflejarse que no se

materializará el

boulevard en la

zona de colegios en

tanto y cuanto exis-

ta vida útil de la

instalación El bou-

levard en esas zo-

nas será ejecutable

siempre y cuando

se haya dado tras-

lado a las mismas

en base a las nece-

sidades poblaciona-

les que tenga Santa

Marta.

Corregir trazado bou-

levard a su paso por

el colegio.

Asunción Baran-

diaran Múgica

El Plan incluirá

medidas que evi-

ten efectos negati-

vos sobre el fun-

cionamiento de las

instalaciones es-

colares y deporti-

vas afectadas por

el bulevar pro-

puesto. La ubica-

ción de la zona

deportiva hacia el

Este permitirá, por

su gran superficie,

la creación de

Se entiende que la

solución de orde-

nación propuesta

permitirá contar

con suelo dotacio-

nal suficiente en las

zonas limítrofes

para el traslado de

las instalaciones.

En todo caso, se

incluirán medidas

que eviten efectos

negativos sobre el

funcionamiento de

las instalaciones

Ubicación SG3 de-

portivo junto sg2.

Ubicación más cerca-

na al casco urbano del

nuevo cementerio

dentro normariva.

Limitar crecimiento

previsto de viviendas

y población a un 40%

del actual. Elabora-

ción de un Plan de

Movilidad. Dejar el

UZD-8 como rústico

y ubicar sector indus-

trial en otro empla-

Page 30: Acta pleno 110909

Página 30 de 69

71

424

7

instalaciones co-

mo un estadio,

que por su cercan-

ía a la salida de la

autovía permitirá

una adecuada ges-

tión de los flujos

en momentos de

afluencia; en todo

caso, por sección

el bulevar tendrá

capacidad de inte-

grar transporte

público y carriles

ciclables. La ubi-

cación del cemen-

terio responde a la

dificultad de en-

contrar emplaza-

mientos suficien-

temente separados

de zonas urbanas

para cumplir la

legislación. El

modelo de desa-

rrollo propuesto

busca resolver el

problema de dis-

persión actual del

tejido urbano, sin

perjuicio de esta-

blecer una se-

cuencia de creci-

miento. Se entien-

de la movilidad

como una cuestión

de suficiente enti-

dad para un trata-

miento específico,

previendo el Plan

iniciativas sufi-

cientes para crear

una red coherente

de dominio públi-

co viario suscepti-

ble de un uso

flexible en fun-

escolares. Ha de

reflejarse que no se

materializará el

boulevard en la

zona de colegios en

tanto y cuanto exis-

ta vida util de la

instalación El bou-

levard en esas zo-

nas será ejecutable

siempre y cuando

se haya dado tras-

lado a las mismas

en base a las nece-

sidades poblaciona-

les que tenga Santa

Marta.

zamiento.

Page 31: Acta pleno 110909

Página 31 de 69

ción de las deter-

minaciones de un

plan de movilidad.

Se considera que

el suelo industrial

propuesto se en-

cuentra en el em-

plazamiento que

menos afecciones

negativas generar-

ía a la población

residente.

75

424

1

Esteban Merchán

González

Se corregirán los

errores de concor-

dancia detectados.

La reordenación

del sector de suelo

urbano no conso-

lidado responde

no sólo a las afec-

ciones directas a

fincas por parte de

la infraestructura,

sino a la inciden-

cia de la nueva vía

sobre el conjunto

de la zona.

Ampliación de

usos compatibles

incluyendo tercia-

rio, comercial, do-

tacional.

Mantenimiento de

suelo urbano consoli-

dado. Suprimir Calle

de nueva apertura.

80

423

7

Luis Díaz Cama-

cho

Se corregirán los

errores de concor-

dancia detectados.

La reordenación

del sector de suelo

urbano no conso-

lidado responde

no sólo a las afec-

ciones directas a

fincas por parte de

la infraestructura,

sino a la inciden-

cia de la nueva vía

sobre el conjunto

de la zona.

Ampliación de

usos compatibles

incluyendo tercia-

rio, comercial, do-

tacional.

Mantenimiento de

suelo urbano consoli-

dado. Suprimir Calle

de nueva apertura.

Page 32: Acta pleno 110909

Página 32 de 69

10

0

428

8

Jesús Aparicio

Guisado

El Plan General

incorpora los

compromisos

asumidos por el

Ayuntamiento.

Incorporar ordena-

ción propuesta en

PGOU según con-

venio

Alegación contiene

ciertos términos dife-

rentes al convenio

10

4

428

4 Jesús Aparicio

Guisado

Se realizará una

adaptación de las

inclusiones de

sistemas generales

en los sectores

para la corrección

de errores mate-

riales detectados.

No obstante, se

considera más

adecuado el em-

plazamiento de los

sistemas generales

en su posición

actual respecto a

la propuesta de

parque lineal fren-

te al Tormes, de-

ntro de la necesa-

ria economía de

medios que debe

buscar el Plan

General.

No coincidencia de

la superficie de los

SSGG propuestos

con las superficies

asignadas a los

sectores

Reducir en un 30% la

superficie de SG-2,

SG-3, y SG-5 y gene-

rar un nuevo SG junto

ribera del río.

10

5

428

3

Ricardo Prieto

Caminos

Se estudiarán las

condiciones del

ámbito buscando

una solución más

adaptada a modi-

ficaciones recien-

tes.

Se estudiarán las

condiciones del

ámbito buscando

una solución más

adaptada a modifi-

caciones recientes.

Reconsideración de la

variación de paráme-

tros de vivienda uni-

familiar.(se planteaba

en la alegación para

todo el PGOU)

Miguel Ángel

Verdejo Polo

Se toma en consi-

deración la exis-

tencia de la insta-

lación agropecua-

ria señalada. Se

procederá a una

mayor armoniza-

ción en el trata-

miento del borde

de la autovía exis-

Desplazar SG-4

actual, cementerio,

sobre explotación

ganadera.

Clasificar como rústi-

co común del rústico

de entorno urbano

junto a Valdelagua o

bien urbanizable para

viv. unifamiliar.

Igualdad de criterios

con todos los UZD

junto a autovía en

cuanto a SR-IN

Page 33: Acta pleno 110909

Página 33 de 69

10

6

428

2

tente. En el resto

de aspectos objeto

de alegación, se

considera adecua-

da la ordenación

propuesta en el

Plan General.

10

9

433

6

Fernando Moreno

de Vega y Lomo

Se procederá al

reestudio del tra-

zado del vial.

Estudio nuevo tra-

zado para viario,

reestructuración

condiciones de

ordenanza

Supresión viario

AA4. Mantener orde-

nanza vivienda uni-

familiar existente

11

5

436

6

Roberto Ruiz

Villanova

Se replanteará la

solución de ma-

llado viario y se

reestudiarán las

condiciones de

ordenanza tenien-

do en cuenta crite-

rios de globalidad.

Estudio nuevo tra-

zado para viario,

reestructuración

condiciones de

ordenanza

Supresión viario

AA4. Mantener orde-

nanza vivienda uni-

familiar existente

11

6

436

5 Luis Nieto Moro

Se replanteará la

solución de ma-

llado viario y se

reestudiarán las

condiciones de

ordenanza tenien-

do en cuenta crite-

rios de globalidad.

Estudio nuevo tra-

zado para viario,

reestructuración

condiciones de

ordenanza

Supresión viario

AA4. Mantener orde-

nanza vivienda uni-

familiar existente

11

7

436

4

Ángeles Nieto

Moro

Se replanteará la

solución de ma-

llado viario y se

reestudiarán las

condiciones de

ordenanza tenien-

do en cuenta crite-

rios de globalidad.

Estudio nuevo tra-

zado para viario,

reestructuración

condiciones de

ordenanza

Supresión viario

AA4. Mantener orde-

nanza vivienda uni-

familiar existente

Luis Serrano

Acebes

Se replanteará la

solución de ma-

llado viario y se

reestudiarán las

condiciones de

Estudio nuevo tra-

zado para viario,

reestructuración

condiciones de

ordenanza

Supresión viario

AA4. Mantener orde-

nanza vivienda uni-

familiar existente

Page 34: Acta pleno 110909

Página 34 de 69

11

8

436

3

ordenanza tenien-

do en cuenta crite-

rios de globalidad.

C) Restantes alegaciones

.- Alegación nº 16 ( RE 4134).- Presentada por D. Antonio Lorenzo Osante.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se considera la solución más adecuada el mante-

nimiento del ámbito del sector y su división en dos

unidades de actuación que permitan un mejor ajus-

te a las condiciones del ámbito. No se considera

adecuado incrementar la intensidad edificatoria.

Exclusión del UNC-15. Consideración

como suelo urbano consolidado. Edifica-

bilidad de 0,75 m²/m² ó parte como UNC

y parte SUC. Mantenimiento usos

Propuesta: Estimación parcial.- Se plantea una división de sectores para una posi-

bilidad mayor de desarrollo de ambas parcelas debido a la configuración existente

de las instalaciones.

.- Alegación nº 27 (RE 4178).- Presentada por D. Regina González Benayas.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se considera la solución más adecuada el mante-

nimiento del ámbito del sector y su división en dos

unidades de actuación que permitan un mejor ajus-

te a las condiciones del ámbito. No se considera

adecuado incrementar la intensidad edificatoria.

Único sector SUC y superficie antes ce-

siones calle. Si no, edific.0,75 m²/m² y

usos anteriores; VPP 10%; 50 viv/Ha;

compatibilidad comercio en cat. 2ª,3ªy4ª

Propuesta: Estimación parcial Se plantea una división de sectores para una posibi-

lidad mayor de desarrollo de ambas parcelas debido a la configuración existente de

las instalaciones. Se propone la creación de un vial de borde al limite de las parce-

las que vertebre esta zona con la carretera de Madrid que se propone se integre to-

talmente en este nuevo sector planteado.

.- Alegaciones:

Nº 37( RE 4189).- Presentada por D. Felicísimo Calvo Clemente y Dª

Mª Teresa Gómez Mateos.

Page 35: Acta pleno 110909

Página 35 de 69

MOTIVACION ALEGACIÓN

La ordenanza definida en el Plan General se plan-

tea como criterio para el conjunto de la zona en

que se ubica la edificación, considerándose ade-

cuada en este contexto.

Mantenimiento edificabilidad y demás

parámetros urbanísticos establecidos en

las normas subsidiarias

Propuesta.- Desestimar.- La propuesta del Plan General buscaba reducir la alta

densidad que resultaría de la aplicación de las normas subsidiarias de 1984. Si se

atiende a la petición del alegante de no reducir sus derechos edificatorios, será a

costa de obtener viviendas con unas condiciones higiénicas insatisfactorias, al no

poder contar con ventilación cruzada, aunque se dispongan patios interiores, pues

por las exiguas dimensiones de estos no tendrían un buen funcionamiento.

Aún así entendemos que se produce una grave alteración de las condiciones defi-

nidas por las normas subsidiarias a las que ahora define el pgou. Proponemos la

modificación de la ordenanza aplicable en los que respecta a alturas que se articu-

lan en base a los anchos de las calles. Así proponemos que en ancho ≤ 8 metros =

Pb + 2 (10 metros de altura).

Reducción de la reserva de espacios libres de un 30% a un 20%.

Nº 72 (RE 4245).- Presentada por D. Esteban Merchán González

MOTIVACION ALEGACIÓN

Las determinaciones propuestas por el alegante

para esta parcela se consideran inadecuadas, sin

perjuicio de que se estudie con mayor detalle la

regulación por zonas de ordenanza.

Igualar altura de cornisas con edificios

colindantes o media de la manzana. En

ocupación máxima considerar parcelas

pequeñas. En solares donde no sea posi-

ble garaje en sótano regular cómputo

edificabilidad descontando garaje en

cualquier planta. Permisión en cualquier

zona del ático y planta bajo cubierta

Propuesta.- Desestimar.- La propuesta del Plan General buscaba reducir la alta

densidad que resultaría de la aplicación de las normas subsidiarias de 1984. Si se

atiende a la petición del alegante de no reducir sus derechos edificatorios, será a

costa de obtener viviendas con unas condiciones higiénicas insatisfactorias, al no

poder contar con ventilación cruzada, aunque se dispongan patios interiores, pues

por las exiguas dimensiones de estos no tendrían un buen funcionamiento.

Aún así entendemos que se produce una grave alteración de las condiciones defi-

nidas por las normas subsidiarias a las que ahora define el pgou. Proponemos la

modificación de la ordenanza aplicable en los que respecta a alturas que se articu-

lan en base a los anchos de las calles. Así proponemos que en ancho ≤ 8 metros =

Pb + 2 (10 metros de altura)

Reducción de la reserva de espacios libres de un 30% a un 20%.

Nº 73 (RE 4244).- Presentada por D. Esteban Merchán González

Page 36: Acta pleno 110909

Página 36 de 69

MOTIVACION ALEGACIÓN

Las determinaciones propuestas por el ale-

gante para esta parcela se consideran inade-

cuadas, sin perjuicio de que se estudie con

mayor detalle la regulación por zonas de

ordenanza.

Bajocubierta y ático retranqueado en

todas las zonas de ordenanza.

Propuesta.- Desestimar.- La propuesta del Plan General buscaba reducir la alta

densidad que resultaría de la aplicación de las normas subsidiarias de 1984. Si se

atiende a la petición del alegante de no reducir sus derechos edificatorios, será a

costa de obtener viviendas con unas condiciones higiénicas insatisfactorias, al no

poder contar con ventilación cruzada, aunque se dispongan patios interiores, pues

por las exiguas dimensiones de estos no tendrían un buen funcionamiento.

Aún así entendemos que se produce una grave alteración de las condiciones defi-

nidas por las normas subsidiarias a las que ahora define el pgou. Proponemos la

modificación de la ordenanza aplicable en los que respecta a alturas que se articu-

lan en base a los anchos de las calles. Así proponemos que en ancho ≤ 8 metros =

Pb + 2 (10 metros de altura)

.- Alegación nº 54 ( RE 4204).- Presentada por D. Dominique Alves Dos Santos.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Inclusión como suelo urbano consoli-

dado con el aprovechamiento de la

zona colindante de Carbajosa.

Propuesta: Estimación parcial.- Se entiende que la alegación puede ser estimada

parcialmente, en lo referente a considerar que la parcela delimitada en la imagen

adjunta (con independencia del trazado definitivo del límite municipal) puede ser

considerada, dentro del término municipal de Santa Marta de Tormes, como suelo

urbano consolidado con un uso terciario comercial con una edificabilidad máxima

de 3.000 m2/Ha

.- Alegaciones nº 58,59,60,61,63,64,65:

* Nº 58 (RE 4265) presentada por Dª Piedad Rodríguez Verdejo

* Nº 59 (RE 4264) presentada por Dª Piedad Sánchez Hernández.

* Nº 60 (RE 4263) presentada por D. Bienvenido Martín García.

* Nº 61 (RE 4262) presentada por D. Javier Andrés Sánchez López

MOTIVACION ALEGACIÓN

Page 37: Acta pleno 110909

Página 37 de 69

La parcela objeto de alegación forma parte

de un ámbito de mayor extensión que requie-

re una ordenación conjunta y nuevas obras

de urbanización, razones por las que se esti-

ma adecuada la categorización como suelo

urbano no consolidado.

Reconocimiento de edificabilidad te-

rreno cedido para Camino de Calvarra-

sa según convenio. Considerar parcela

como SUC o al menos parte colindante

al Camino de Calvarrasa. Gestión por

unidad de normalización.

* Nº 63 (RE 4260) presentada por D. Ángel Luis García Sánchez

* Nº 64 (RE 4259) presentada por Dª Concepción Sánchez Hernández.

* Nº 65 (RE 4258) presentada por Dª Francisco Manuel Álvarez Colino

MOTIVACION ALEGACIÓN

La parcela objeto de alegación forma parte

de un ámbito de mayor extensión que requie-

re una ordenación conjunta y nuevas obras

de urbanización, razones por las que se esti-

ma adecuada la categorización como suelo

urbano no consolidado.

Considerar parcela como SUC. Gestión

por unidad de normalización.

Propuesta: Desestimación de las alegaciones nº 58,59,60,61,63,64,65. Se consi-

dera que la clasificación como suelo urbano no consolidado es la correcta para el

conjunto del ámbito de Las Pellejonas, aunque se plantea su división en sectores

(se acompaña a los solos efectos de su discusión en comisión una posible propuesta

preliminar de división en tres sectores), con unas directrices por parte del Plan Ge-

neral en cuanto a la ubicación de las dotaciones. Se entiende que la ordenación

puede tener en cuenta los compromisos asumidos por el municipio.

.- Alegación nº 70 ( RE 4254).- Presentada por D. Jesús Sánchez García.

MOTIVACION ALEGACIÓN

El proceso de revisión del planeamiento ge-

neral lleva aparejada la reconsideración de

los parámetros de aprovechamiento, máxime

cuando se han agotado los plazos para el

ejercicio de derechos. Se ha incluido la par-

cela en un sector de suelo urbanizable bus-

cando una mayor calidad de la ordenación.

Mantenimiento de parcela como suelo

urbano residencial vivienda unifamiliar

.

Propuesta: Desestimación.- Se estima posible resolver el error material de concor-

dancia entre documentos del Plan General, incluyendo la finca en su totalidad en el

sector UZD-5

.- Alegación nº 79 ( RE 4238).- Presentada por D. Esteban Merchán González.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Page 38: Acta pleno 110909

Página 38 de 69

Se mantendrá el régimen del suelo para

aquellos ámbitos que cuenten con licencias

válidas no caducadas.

Recoger en PGOU la ordenación de las

23 viviendas industriales cuya licencia

fue concedida. Considerar licencia de

naves, lofts y oficinas en resto sector

pendiente resolución judicial. Eliminar

SG-2. En caso de perder recurso dar

mismo tratamiento que a parcela mata-

dero.

Propuesta: Estimación parcial.- Se considera posible un rediseño del sector en el

sentido de desplazar la calle prevista hacia el Sur, excluir las viviendas que ya

cuenten con licencia firme por parte del Ayuntamiento, y reducir en consecuencia

el SG-2 a la parte incluida en suelo urbanizable.

.- Alegación nº 83 ( RE 4230).- Presentada por la Comunidad Signo XXV

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se procederá a corregir los errores materiales

Error en parcela EL-UC-14. Parte es

privada. Eliminar calle que atraviesa

esa propiedad privada

Propuesta: Estimación parcial.- Se estima posible suprimir la propuesta de nuevo

viario entre las calles Ministro Fernández Ordóñez y Dolores Ibarruri.

.- Alegación nº 87 ( RE 4313).- Presentada por D. Román Pablos Francisco.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se aplicará el régimen del planeamiento pre-

existente.

Incluir en la ordenanza 9 sus paráme-

tros urbanísticos del Estudio de Detalle

aprobado como resto planeamiento

incorporado

Propuesta: Estimación total- Se reflejarán en el Plan General los parámetros de or-

denación para mayor claridad.

.- Alegación nº 92 ( RE 4307).- Presentada por D. Oscar Rodríguez Mateos.

MOTIVACION ALEGACIÓN

En la parcela de la calle Prado Pocito se co-

rregirá el error material. En la parcela de la

calle Los Faisanes se considera que la intro-

ducción de un uso hotelero puede resultar

Sistema Local Espacios libres privados

dicen que es residencial en vez de S.L.

Espacio libre privado.2.- Calificar co-

mo residencial compatible con uso ter-

Page 39: Acta pleno 110909

Página 39 de 69

incompatible, por las necesidades de movili-

dad inducidas, con la trama viaria existente.

En el caso de la parcela de la calle prado

pocito destinada a equipamiento cultural, se

considera posible la ampliación del uso a

cualquiera de los de equipamiento.

ciario hotelero dado gran tamaño par-

cela y edificación.

3.- Calificación PGOU Sistema Local

de Equipamiento existente, cultural de

carácter privado. Cambio uso a resi-

dencial o permitir otro tipo equipa-

mientos.

Propuesta: Desestimación- En función de los datos obrantes en el servicio de ur-

banismo se entiende que ha lugar a la desestimación total de la alegación, al no

existir error material en la parcela de la calle Prado Pocito.

.- Alegación nº 96 ( RE 4302).- Presentada por D. Fernando Martín Domínguez.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se corregirán los errores materiales

Corrección calificación. Aparece como

Servicios Colectivos Dotacional E-

Escolar y es residencial

Propuesta: Estimación total- De acuerdo con los datos catastrales, una de las par-

celas es ocio- recreativo y la otra vivienda.

.- Alegación nº 102 ( RE 4286).- Presentada por D. Jesús Aparicio Guisado.

MOTIVACION ALEGACIÓN

La casación de las diferentes fuentes docu-

mentales sobre el límite municipal se entien-

de objeto de un expediente separado del Plan

General, por lo que se remite a la conclusión

del mismo la subsanación de este tipo de

situaciones, sin prejuzgar sobre ellas.

Inclusión de la parcela en el término de

Santa Marta y clasificación SR-P-AG

como terrenos colindantes

Propuesta: Desestimación- No corresponde al Plan General concretar la línea de

límite entre términos. En todo caso, se propone como principio general para casos

de esta naturaleza, afectando a suelo rústico, que una variación de límite de menos

de 100 metros de profundidad lleve a clasificar el suelo incorporado al municipio

en la categoría del colindante.

.- Alegación nº 111 ( RE 4334).- Presentada por D. Agustín Trapero Gómez.

MOTIVACION ALEGACIÓN

El régimen establecido para los terrenos ob-

jeto de la alegación se considera el más ade-

Cambio de uso a residencial por el ex-

ceso de suelo terciario

Page 40: Acta pleno 110909

Página 40 de 69

cuado

Propuesta: Desestimación- Se reflejarán de manera más explicita para cada sector

de planeamiento incorporado, en una ficha, los parámetros de aplicación para la co-

rrecta aplicación del instrumento preexistente correspondiente.

.- Alegación nº 119 ( RE 4362).- Presentada por D. Marcelino Martín “Hotel

Regio”

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se replanteará la delimitación del sector,

modificándose en los ámbitos en los que se

aprecien razones suficientes.

Exclusión del sector de las parcelas en

situación perimetral que no pertenecen

al complejo hotelero

Propuesta: Estimación parcial- Se considera viable una modificación del sector

atendiendo a la coherencia con la alegación nº 10 y la situación de los terrenos del

borde oeste de la actual parcela del hotel regio.

.

.- Alegación nº 28 (RE 4179).- Presentada por D. Fernando Nieto Arroyo.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se considera adecuada la solución planteada

en el documento de aprobación inicial. En

todo caso, el agotamiento de la superficie

comercial no impide la construcción de un

edificio de oficinas, igualmente de uso ter-

ciario, con las condiciones de volumen pro-

pias de dicho uso.

Cambio de uso de terciario a residen-

cial. Modificación número de plantas y

mantenimiento de edificabilidad.

Propuesta: Desestimación- Se ha considerado más adecuado que el uso sea tercia-

rio por la posición de la parcela respecto de la autovía, buscando evitar afecciones

sonoras a las viviendas.

.- Alegación nº 42 (RE 4216).- Presentada por Promobas S.L..

MOTIVACION ALEGACIÓN

La delimitación planteada atiende a criterios

de racionalidad en la ordenación.

Cambio a urbano consolidado del área

problema nº 21

Propuesta: Desestimación- La delimitación como suelo urbano no consolidado

atiende a que las NNSS de 1984, considerando que están incluidos en un área pro-

blema y que eliminar esta figura privaría al Ayuntamiento de la correspondiente

Page 41: Acta pleno 110909

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cesión de aprovechamiento. Por otra parte, se considera conveniente crear nuevos

viarios para dar un servicio adecuado al ámbito, que presenta una gran distancia

entre vías existentes o previstas. El ámbito precisa, como se ve en la imagen dere-

cha, al menos de una reorganización de su trama parcelaria, para permitir una or-

denación racional de la edificación en la parcela 05, de muy escaso fondo edifica-

ble. Por esas razones y pasa asegurar una transición adecuada hacia los nuevos te-

jidos en suelo urbanizable se entiende conveniente mantener la ordenación pro-

puesta en la aprobación inicial.

.

.- Alegación nº 85 (RE 4266).- Presentada por D. Luis Rodríguez Martín.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se estima que la ordenación propuesta por el

Plan General es la más favorable a un desa-

rrollo unitario del ámbito.

Totalidad de la red viaria planteada

innecesaria. Terrenos con frente a Cl.

Ricardo Marcos considerarlos SUC con

ordenanza 3 bloque abierto

Propuesta: Desestimación- La delimitación como suelo urbano no consolidado

atiende a que las NNSS de 1984, considerando que están incluidos en un área pro-

blema y que eliminar esta figura privaría al Ayuntamiento de la correspondiente

cesión de aprovechamiento. Por otra parte, se considera conveniente crear nuevos

viarios para dar un servicio adecuado al ámbito, que presenta una gran distancia

entre vías existentes o previstas. El ámbito precisa, como se ve en la imagen dere-

cha, al menos de una reorganización de su trama parcelaria, para permitir una or-

denación racional de la edificación en la parcela 05, de muy escaso fondo edifica-

ble. Por esas razones y pasa asegurar una transición adecuada hacia los nuevos te-

jidos en suelo urbanizable se entiende conveniente mantener la ordenación pro-

puesta en la aprobación inicial.

.- Alegación nº 43 (RE 4217).- Presentada por D. Fernando Beteré Rodrigo.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se estima la alegación en el sentido de en-

tender que ha lugar a una adaptación de la

ordenación a los nuevos parámetros legales,

lo cual puede hacer necesario acometer mo-

dificaciones en la obra de urbanización. Se

remitirá la ordenación detallada a un Estudio

de Detalle que deberá garantizar el cumpli-

miento de todas las determinaciones legales

y del Plan General sobre la totalidad de la

superficie edificada y número de viviendas

resultante, debiendo tenerse en cuenta las

cesiones de aprovechamiento ya realizadas.

Incremento a 30 viv/ha y edificabilidad

0,4 m² y consecuentemente nuevos

parámetros urbanísticos. Sugerencia

inclusión de fichas de SUNC y UZD.

Aclarar que determinaciones de OD del

PG se aplican a los nuevos sectores.

Rebajar el índice del 50% VPP. Incluir

la denominada tabla de conjunto de los

usos.

Page 42: Acta pleno 110909

Página 42 de 69

Propuesta: Estimación parcial- El artículo 86 bis del RUCyL (tras su modificación

en Julio de 2009) establece como límites aplicables a Santa Marta de Tormes los

siguientes, como núcleo de población de menos de 20.000 habitantes: de 20 a 50

viviendas por hectárea y 7.500 m2 edificables por hectárea. Por tanto, la densidad

mínima aplicable en este caso será de 20 viv/ Ha, considerándose aplicable como

máximo, si se opta por este parámetro, una edificabilidad de 3.000 m2/Ha, sin per-

juicio del resto de consideraciones. La estimación de las condiciones de densidad y

edificabilidad de la alegación superaría el mínimo legal cuyo cumplimiento es ex-

puesto como motivación.

.- Alegaciones nº 44 y 45:

* nº 44 (RE 4218).- Presentada por D. Máximo Gómez Hernán-

dez.

MOTIVACION ALEGACIÓN

El Plan General asumirá en su caso las deci-

siones judiciales que se produzcan. En au-

sencia de pronunciamiento judicial sobre el

particular, se entiende que la ordenación

propuesta se adapta a las circunstancias del

ámbito, sin perjuicio de modificaciones que

puedan introducirse con motivo de otras ale-

gaciones o de consideraciones generales.

Que se extraiga del sector su terreno

sobre el que se redactó un Estudio de

detalle de viviendas industriales (su

aprobación se denegó y presentaron

recurso con posterior sentencia)

* nº 45 (RE 4219).- Presentada por D. Máximo Gómez Hernán-

dez.

MOTIVACION ALEGACIÓN

El Plan General asumirá en su caso las deci-

siones judiciales que se produzcan. En au-

sencia de pronunciamiento judicial sobre el

particular, la Corporación Municipal entien-

de que el nuevo puente supone una mejora de

las conexiones con Salamanca que es necesa-

ria.

Eliminación viario conexión con nuevo

puente a Salamanca. Clasificar su te-

rreno como sector independiente con

densidades de 50 Viv/ha y Edif. 0,75

Propuesta: Desestimación de ambas alegaciones- Se entiende posible considerar el

ámbito objeto de alegación como un sector de suelo urbano no consolidado. Dicho

sector daría una continuidad al tejido residencial unifamiliar de La Fontana hacia el

Sur, planteándose a estos efectos una edificabilidad de 3.500 m2/Ha y una densi-

dad de 30 viv/Ha, en consonancia con las determinaciones del Plan en otros ámbi-

tos.

.- Alegación nº 46 (RE 4220).- Presentada por D. Francisco Bajo Pardo.

Page 43: Acta pleno 110909

Página 43 de 69

MOTIVACION ALEGACIÓN

Exclusión de las parcelas 3S-1 y 3S-2

del sector UNC - 16. Clasificación de

urbano consolidado con los usos ante-

riores. Si no, mantenimiento edifica-

ciones

Propuesta: Estimación- Se considera excluir del sector las parcelas municipales

destinadas en la actualidad a punto limpia y zonas verdes.

Clasificación de la propiedad como planeamiento asumido.

.- Alegación nº 62 (RE 4261).- Presentada por Dª. Feliciana Sánchez Hernández

MOTIVACION ALEGACIÓN

Respecto a las parcelas ubicadas al Este de la

urbanización Valdelagua, se entiende que su

clasificación es la más adecuada a su estado

actual y al modelo territorial y de crecimien-

to propuesto en el Plan General. La misma

reflexión cabe respecto a la ubicada al Sur de

la carretera de Alba

Inclusión P193 en UZD - 7. Inclusión

parcelas 174 y 176 en sector suelo ur-

banizable colindante con Valdelagua.

Propuesta: Desestimación- Se considera que no es coherente con el modelo adop-

tado estimar la alegación. La motivación de la clasificación como suelo rústico de

protección de entorno urbano se debe a la necesidad de no comprometer su desa-

rrollo futuro (Art. 32-c- RUCyL); este deberá realizarse, al igual que en otras zonas

del municipio, por grandes sectores, y se entiende que la configuración del Plan en

la actualidad responde con creces a las necesidades de crecimiento previsibles du-

rante su vigencia en el municipio, siendo prioritarias para una correcta secuencia

de crecimiento las zonas que se han clasificado como suelo urbanizable.

.- Alegación nº 66 (RE 4258).- Presentada por D. Emilio Sánchez Cifuentes

MOTIVACION ALEGACIÓN

La parcela catastral

8266015TL7386N0001MI cuenta, de acuer-

do con datos catastrales, con una superficie

construida de 1.291 m2 sobre una superficie

total de parcela de 670 m2. El catastro reco-

noce un uso de vivienda a esta edificación,

por lo que es el único suelo que sería suscep-

Considerar una franja paralela a la ca-

rretera de Madrid como SUC como uso

residencial.

Page 44: Acta pleno 110909

Página 44 de 69

tible de considerarse urbano consolidado al

no haber cambio de uso. En tal caso, el in-

cremento de edificabilidad no podría ser ma-

yor de 386 m2, pues en caso contrario (in-

cremento de más del 30%) se estaría en un

supuesto de suelo urbano no consolidado.

Propuesta: Estimación parcial- La parcela catastral 8266015TL7386N0001MI

cuenta, de acuerdo con datos catastrales, con una superficie construida de 1.291 m2

sobre una superficie total de parcela de 670 m2. El catastro reconoce un uso de vi-

vienda a esta edificación, por lo que es el único suelo que sería susceptible de con-

siderarse urbano consolidado al no haber cambio de uso. En tal caso, el incremento

de edificabilidad no podría ser mayor de 386 m2, pues en caso contrario (incre-

mento de más del 30%) se estaría en un supuesto de suelo urbano no consolidado.

La estimación de la alegación queda condicionada a la materialización de convenio

urbanístico.

.- Alegación nº 69 (RE 4255).- Presentada por D. Tomás Sánchez Sánchez.

MOTIVACION ALEGACIÓN

Los sectores de suelo urbanizable del Plan General

son subdivisibles en unidades de actuación, cuya

delimitación se definirá en el curso del proceso de

planeamiento de desarrollo y gestión. Los parámetros

de ordenación general se consideran adecuados al

modelo territorial y de crecimiento del Plan General.

El sistema general se considera adecuado al modelo

territorial.

Dividir el sector en 3. Eliminar

zona verde SG-5 del sector.

Incrementar la densidad de vi-

viendas. Reducir VPP al 30% y

aumentar la edificabilidad pre-

vista de 0,4 m²/m²

Propuesta: Desestimación- Los sectores son subdivisibles en unidades de actua-

ción en el curso del proceso de planeamiento de desarrollo y gestión. La condición

de sistema general que se establece para el SG-5 se considera correcta, la división

en tres no implicaría que su obtención correspondiera íntegramente al propuesto

por los alegantes pues se incluiría en los sectores oportunos. El porcentaje de VPP

es una propuesta de la corporación con carácter uniforme para todos los suelos. Los

parámetros de edificabilidad se consideran adaptados al modelo urbano.

.- Alegación nº 84 (RE 4229).- Presentada por Dª. María Martín Acicolla

MOTIVACION ALEGACIÓN

El propósito del ámbito de Suelo Urbano No

Consolidado es el de lograr la mejor ordena-

ción posible para el ámbito, y no sólo para

Mantenimiento de suelo urbano conso-

lidado. Ampliación usos compatibles

incluyendo terciario, comercial y dota-

Page 45: Acta pleno 110909

Página 45 de 69

las parcelas directamente afectadas por el

nuevo puente. En todo caso, corresponderá al

planeamiento de desarrollo determinar la

nueva ordenación en detalle.

cional. Suprimir calle de nueva apertu-

ra

Propuesta: Desestimación- La respuesta en cuanto a la reconsideración del sector

de suelo urbano no consolidado está vinculada a las alegaciones 44 y 45, con lo

que se responde a esta parte de la propuesta. En cuanto a un régimen de compatibi-

lidad puede ser objeto de una reconsideración, que deberá precisarse en una nueva

redacción. En cuanto al carácter privado del suelo de la calle, su obtención por el

municipio no conlleva su cierre a la circulación, por lo que no compromete la via-

bilidad de los usos existentes. Estimación.- Régimen de compatibilidad de usos.

.- Alegación nº 90 (RE 4309).- Presentada por D. José Hernández Sánchez

MOTIVACION ALEGACIÓN

La apertura de la calle se considera necesaria

para el mallado urbano, conllevando la inclu-

sión de su superficie en el sector de suelo

urbano no consolidado la participación en la

equidistribución.

Que no se reduzca parcela para ampliar

calle

Propuesta: Estimación parcial- Se entiende un nuevo estudio de la alineación del

viario norte- sur para eliminar la afección a que se refiere la alegación. Se entiende

que el vial de referencia se incluya como actuaciones viarias en el sector UNC-3.

Se estudiaran los viales para, en la medida de lo posible, no afectar a edificaciones

colindantes al camino.

.- Alegación nº 98 (RE 4290).- Presentada por D. Jesús Aparicio Guisado.

MOTIVACION ALEGACIÓN

La propuesta planteada supone un esfuerzo

de formalización que se agradece, pero se ve

afectada por los límites del postulado inicial

de aplicar las exigencias legales para el suelo

urbano no consolidado con densidades ma-

yores de las propuestas por el Plan General.

El espacio libre público propuesto tiene una

conexión demasiado escueta con el espacio

público de las calles que rodean al ámbito,

con una configuración más propia de un es-

pacio privativo de las viviendas que lo rode-

an; el espíritu de la Ley en este aspecto es el

de que los espacios libres públicos están al

servicio de los ciudadanos en general, y no

Propuesta de ordenación detallada para

el sector con actuación aislada de nor-

malización como instrumento de ges-

tión. Plantea VPP 10% Edif. 1,16

m²/m² y no habla de la densidad máxi-

ma de viviendas.

Page 46: Acta pleno 110909

Página 46 de 69

sólo de los habitantes de las viviendas a ellos

recayentes. Se considera que los parámetros

establecidos en el Plan General permiten una

ordenación más satisfactoria.

Propuesta: Desestimación- La propuesta no logra aportar un suficiente carácter

público al espacio libre, que debería tener un contacto mucho mayor con el períme-

tro de la manzana, tanto hacia la carretera de Nuevo Naharros como hacia la calle

de Doña Eloya, que cuentan con una densidad importante. Se recuerda que en sue-

lo urbano no consolidado la intensidad máxima posible es de 7.500 m2 edificables

y 50 viviendas por hectárea.H28

.- Alegación nº 107 (RE 4347).- Presentada por Dª Feliciana Sánchez González

MOTIVACION ALEGACIÓN

Se corregirán los errores materiales. Se con-

sidera ampliable el régimen dotacional de la

parcela al conjunto de las categorías de equi-

pamiento. El cambio de uso propuesto signi-

ficaría la consideración como suelo urbano

no consolidado de la mitad Norte, por incre-

mento de la densidad, que no se considera

adecuado

1º Deslindar terrenos destinados a tres

viviendas. Aclarar calificación urbanís-

tica y ordenanzas y permitir al suelo

rotacional más usos de equipamiento.

2º Diferenciar terreno con frente a Cl.

Dña. Eloya, con fondo de 52 m, con

uso residenecial y ordenanza bloque:

ocupación 40%, 3 plantas y edificabili-

dad 1,2 m²/m². 3º De no aceptar punto

2º, delimitar ámbito de reparcelación

junto con antigua Área Problema 15

(ha cambiado de uso)

Propuesta: Estimación parcial- Deslindar terrenos destinados a 3 viviendas. Se

considera aceptable ampliar la compatibilidad entre usos dotacionales dentro de la

parcela sin limitaciones, siempre que se mantenga dicho carácter dotacional.

.- Alegación nº 108 (RE 4348).- Presentada por D. Arturo Serrano Martínez

MOTIVACION ALEGACIÓN

El régimen del suelo propuesto se considera

el más adecuado para los terrenos. En todo

caso, el Ayuntamiento no tiene constancia

oficial de iniciativas por parte de Gesturcal

en la zona.

Clasificación de las parcelas como sue-

lo urbanizable de uso industrial. De no

ser admitido incluir la parcela 1.038 en

el UZD-2

Propuesta: Desestimación- Ubicar un polígono industrial en esta zona del munici-

pio implicará que los tráficos de acceso desde la autovía atraviesen el suelo urbani-

Page 47: Acta pleno 110909

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zable residencial, tanto en Santa Marta como en el municipio vecino, por lo que no

se considera una opción aconsejable.

Se realiza propuesta de nuevo tratamiento de la parcela que se destina a uso indus-

trial en la zona, a efectos de su regularización que no de su ampliación, desde el

Plan general se propone imponer la obligación de solicitar la regularización, con-

templada en el RUCyL como actividad industrial dentro de suelo rustico, bajo dos

condicionantes:

1 Que costee la adecuación del viario a los tráficos que se genere pero sin crear in-

fraestructuras que lo conviertan en suelo urbano.

2. Que no se amplíe la instalación existente ni su superficie edificada existente.

.- Alegaciones Nº 113 y 114:

* Nº 113 (RE 4337) presentada por D. José María Requejo Guerreira

* Nª 114 (RE 4338) presentada por Dª Adela Martín Aresti.

MOTIVACION ALEGACIÓN

El régimen de los terrenos reflejado en el

Plan General se adaptará a las condiciones

del planeamiento preexistente combinados

con los nuevos criterios derivados del mode-

lo territorial propuesto.

1º Indefinición planeamiento (falta

datos en ficha). Discrepancia entre

asunción determinaciones planeamien-

to asumido y las que se proponen. 2º

error en la superficie del sector respec-

to a superficie real (mayor). 3º Despla-

zamiento vial sur hasta límite del sector

y conexión con la glorieta existente.

Determinación urbanística precisa para

que tramo de calle de conexión a Calle

UNICEF por donde deben pasar infra-

estructuras sea definitivamente de pro-

piedad pública. 4º Dada indefinición

sobre densidades considerar las máxi-

mas para edificabilidad y nº de vivien-

das.

Propuesta: Estimación parcial- Dadas las dimensiones del ámbito y las exigencias

dotacionales (espacios libres, equipamientos, espacio de aparcamiento en vía

pública) que requiere el RUCyL, el cambio de papel de esta pieza en el nuevo teji-

do urbano que resulta de la propuesta del Plan General, así como las afecciones

que supone alterar el estudio de detalle preexistente, se considera posible aplicar en

este ámbito una densidad de 45 viviendas por hectárea, con una edificabilidad no

superior a 5.000 m2 por hectárea.

.- Alegación nº 120 (RE 4361).- Presentada por D. Francisco Rodríguez “Inmo-

biliaria Salmantina”

Page 48: Acta pleno 110909

Página 48 de 69

MOTIVACION ALEGACIÓN

La indeterminación geométrica del trazado

de la futura autovía de ronda y el carácter

aislado de la parcela respecto al núcleo urba-

no hacen que el régimen propuesto por el

Plan General sea el adecuado.

Cambio clasificación de suelo SR-IN y

SR-P-AG a urbanizable residencial

0,30 m²/m²y 20 viv/Ha

Propuesta: Desestimación- Se considera posible clasificar los terrenos ubicados al

sur de la carretera de Alba como rústico de entorno urbano. En cuanto a los terre-

nos ubicados al Norte de la nueva variante en paralelo a la carretera de Alba, se en-

tiende que por su dimensión y las afecciones infraestructurales no son susceptibles

de una ordenación satisfactoria.

3.2.- El Pleno del Ayuntamiento el día 15 de julio de 2010 resolvió las alegaciones

presentadas durante el periodo de información pública conjunto del ISA y del Plan

General:

Alegación 1

A).- Alegación que tuvo entrada el 20 de abril de 2010 presentada por D. Luís

Santamaría de la Iglesia, en representación de Metrovialia, SL con domicilio en

C/Azafranal. 19 de Salamanca (CP 37001) y que afecta a la parcela R-CE del

PERI Área problema 19, (incluida en la finca origen: 7375003TL7377N0001BZ

)

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- Se entiende que el PG puede aportar criterios para la interpretación

del planeamiento asumido siempre que, como se solicita, no se supere la edifica-

bilidad atribuida en su día.

2.- Se entiende que las alteraciones implican variaciones en cuanto a la

apariencia física de la edificación, pero no plantean problemas de aplicación re-

señables.

3.- La solución dada por el PERI en su día se motiva por la titularidad es-

tatal del vial en ese momento. Tras la recepción municipal del viario, es potestad

municipal eliminar la afección del viario que se estableció en su día, aunque la

Corporación debe sopesar que alterar el régimen de retranqueos, incluso aunque

sólo sea bajo rasante, condiciona posibles actuaciones municipales futuras, como

cualquier proyecto de desdoblamiento del viario o de creación de carriles reser-

vados a transporte público, un instrumento importante para asegurar un modelo

de movilidad sostenible en el municipio.

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C) Con relación a esta alegación se acuerda

1º Aceptar la permuta de 93,90m2 de suelo municipal en la zona noroeste por

suelo de la parcela de los alegantes en su lindero este.

2º Aceptar que la altura máxima de la edificación sea 10,50 mts. distribuidos en

cuatro alturas: baja+2+ático

3º No permitir la utilización del bajo rasante por fuera de la zona de edificación

4º En todo caso, con carácter previo al desarrollo y construcción en la parcela,

los promotores deberán tener solucionados los accesos a la parcela, especialmen-

te desde la carretera de Madrid. Para ello deberán presentar un Proyecto de Ur-

banización que contemple tales accesos con una solución adecuada que debe ser

aprobada por el Ayuntamiento.

ALEGACIÓN 2

A).- Alegación que tuvo entrada el 6 de mayo de 2010 presentada por D. Luís

Blanco Berná en representación de la Junta de Compensación Sector M.UR Las

Viñas con domicilio en Plaza Mayor, 4 de Santa Marta de Tormes (CP 37900) y

que afecta a las parcelas incluidas en el Sector “Las Viñas” cuyo PERI se aprobó

definitivamente el 20 de diciembre de 2002

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- Este incremento respecto a la densidad originaria implica una alteración de

las condiciones de ordenación general que conlleva la necesidad de una redefini-

ción de las condiciones de aprovechamiento, por lo que la opción más aconseja-

ble en caso de que la Corporación estime oportuno aceptar la alegación es dejar

de considerar el ámbito planeamiento asumido y considerar que debe realizarse

un nuevo planeamiento, toda vez que este suelo requeriría, por el incremento de

la intensidad edificatoria, una reorganización de sus reservas dotacionales.

2.- La propuesta parece coherente, con independencia de la respuesta que se de

al resto de puntos de la alegación.

3.- La densidad residencial es una determinación de ordenación general que no

puede establecer por su cuenta el Estudio de Detalle. Si la decisión de la Corpo-

ración es aceptar el punto A de la alegación, es aconsejable, por analogía, definir

una densidad de 30 viviendas por hectárea.

4.- En función de la respuesta que de la Corporación a los puntos, como se ha

indicado, puede ser necesaria una reconsideración de la condición de planea-

miento parcialmente asumido. En caso de pasar a redactar un nuevo planeamien-

to este deberá tener en cuenta el estado de la urbanización existente y su compa-

tibilidad con los nuevos parámetros (la reserva para dotaciones y para aparca-

miento en vía pública puede ser especialmente condicionante)

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5.- Como se ha indicado respecto del punto anterior, este extremo depende de la

aceptación o no del punto A. En el caso de que la urbanización existente puede

soportar los nuevos parámetros, se entiende que la conservación de la obra exis-

tente contribuye a reducir el impacto ambiental de la actuación y es desde ese

punto de vista positiva, pero toda nueva obra que fuera preciso realizar debería

adaptarse a las condiciones del Plan General.

C).- Esta alegación es reiterativa de la formulada durante el periodo de informa-

ción pública del Plan General que quedó registrada con el numero 43 y que fue

estimada parcialmente.

D).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

1º.- Desestimar sus alegaciones Primera a) y c) (donde solicita una horquilla de

densidad y que en la alegación se denomina b, por error) por las consideraciones

que efectúa el Equipo Redactor y que han sido transcritas.

2º.- Permitir la compatibilidad de uso con la tipología de vivienda colectiva has-

ta un límite máximo del 20%.

3º.- Interpretar que las normas de urbanización establecidas en el Plan General

sólo serán de aplicación para las obras que se realicen a partir de su entrada en

vigor.

ALEGACIÓN 3

A).- Alegación que tuvo entrada el 6 de mayo de 2010 presentada por D. Luís

Blanco Berná con domicilio en Plaza Mayor, 4 de Santa Marta de Tormes (CP

37900) y que afecta a las parcelas: Afecta a dos sectores de suelo urbanizable:

UZ-5 y UZ-6 que en las Normas Subsidiarias está clasificado como Suelo No

Urbanizable con protección agrícola (al Sur de la carretera de Madrid)

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- Se estima coherente permitir un máximo del 60% de vivienda en tipología

colectiva en los sectores de suelo urbanizable residencial.

2.- La configuración de un espacio comercial atractivo no sólo depende de la

existencia de locales, sino también de un diseño urbano favorable a la conforma-

ción de ejes comerciales de carácter local, a través de la configuración de la sec-

ción del viario, la anchura de aceras, el arbolado… por otra parte, el diseño del

plan parcial puede contribuir a su vitalidad con una agrupación de estos locales

en torno a determinadas calles, dando a otras un carácter más residencial. Por

ello, se estima que es mejor para el interés general de los futuros habitantes man-

tener el parámetro relativo al uso comercial definido en las fichas, aun siendo

conscientes de que el desarrollo de estas actividades podrá tardar un cierto tiem-

po tras la instalación de los primeros habitantes; el Plan se diseña pensando en la

estructura futura del núcleo urbano, a largo plazo.

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3.- La propuesta de permitir un porcentaje mínimo de vivienda colectiva en los

desarrollos unifamiliares del 15% es coherente. La decisión de la Corporación

deberá tener en cuenta que en la alegación 2, punto B, se plantea una propuesta

análoga pero con un valor diferente, que puede ser más aconsejable

4.- No se aclara en la alegación cual es el error material al que se hace mención,

lo que imposibilita pronunciarse.

C).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

1º.- En el Sector UZ6 permitir un máximo del 60% de vivienda en tipología co-

lectiva. A propuesta del equipo redactor del PGU este criterio se hará extensible

a todos los sectores de suelo urbanizable con la misma tipología.

2º.- Desestimar la pretensión de disminuir el porcentaje destinado a uso terciario

comercial planta baja.

3º.- Permitir la compatibilidad de uso con tipología de vivienda colectiva hasta

un límite máximo del 20%.

ALEGACIÓN 4

A).- Alegación que tuvo entrada el 6 de mayo de 2010 presentada por D. Javier

Calzada Urbina, en representación de Construcciones Calzada Urbina con domi-

cilio en Plaza Mayor, 19; 3º de Salamanca (CP 37002) y que afecta a la parcela:

9560803TL7396S0001WB

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- El alegante ha interpretado incorrectamente algunos parámetros, como la su-

perficie mínima de parcela, que no es de 1.000 m2 como indica sino de 500 m

(art 255). Igualmente respecto al artículo 119 mencionado como régimen de los

usos, y se mencionan otros artículos incorrectamente, por lo que no es fácil in-

terpretar algunos aspectos (por ejemplo, el uso dotacional se define por agrega-

ción de sus categorías en el artículo 29- relación de usos. En todo caso, las con-

diciones de aplicación son las de la norma zonal 7. Si como parece el objetivo de

la alegación es el de calificar la parcela como terciario hotelero, corresponde a la

Corporación decidir sobre este extremo, teniendo en cuenta que esta parcela,

junto con la colindante al Oeste donde en la actualidad existe un establecimiento

de restauración, es la única en esta zona en la que son posibles usos comerciales

al estar rodeada por desarrollos de vivienda unifamiliar.

C).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

Mantener la propuesta contenida en el Plan General de Ordenación Urbana ex-

puesto al público por las razones que señala el equipo redactor y que han sido

transcritas.

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ALEGACIÓN 5

A).- Alegación que tuvo entrada el 6 de mayo de 2010 presentada por Dª Teresa

Íscar Sánchez, en representación de Fetecaja, SL. Y que afecta a la parcela:

7375005TL7377N0001GZ

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- El ámbito queda comprendido dentro de la zona inundable de 500

años de acuerdo con el Proyecto LINDE de la Confederación hidrográfica del

Duero. Para la transformación de este suelo, debe realizarse un Estudio

Hidrológico que permita motivar su reclasificación ante la Consejería de Medio

Ambiente acreditando que no existe riesgo de inundación

C).- Esta alegación es reiterativa de la formulada durante el periodo de informa-

ción pública del Plan General que quedó registrada con el numero 29.

D).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

1º.- Corregido el error material de incluir una parte de la parcela en el sector co-

lindante, se clasifica la parcela actual íntegramente como “zona de mantenimien-

to de la edificación”, con grado 3 código 2.3

2º.- Desestimar la alegación de referencia ya que el ámbito a que se refiere la

alegación tiene la consideración de zona con riesgo de inundación.

ALEGACIÓN 6

A).- Alegación que tuvo entrada el 7 de mayo de 2010 presentada por D. Jesús

Santos Corral, en representación de Izquierda Unida con domicilio en Ctra. de

Madrid, 79-81 de Santa Marta de Tormes (CP 37900) que afecta a las parcelas:

Afecta a todo el término municipal

B).- B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- El modelo territorial propuesto refleja la voluntad expresada por la

Corporación de dar una estructura urbana ordenada al municipio estableciendo

continuidades entre sus diferentes partes inconexas. La Corporación plantea el

alcance temporal de su estrategia de desarrollo.

C).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

Desestimar la alegación de referencia por considerar que el modelo territorial

propuesto es sostenible desde el punto de vista ambiental y su finalidad no es in-

crementar la superficie urbanizada, sino dar cohesión territorial a la situación ac-

tual del municipio.

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ALEGACIÓN 7

A).- Alegación que tuvo entrada el 7 de mayo de 2010 presentada por D. José

Sánchez González, en representación de Mataderos del Oeste con domicilio en

Ctra. de Madrid, 32 de Santa Marta de Tormes (CP 37900) que afecta a las par-

celas: 8266015TL7386N0001MI 8266014TL7386N0001FI y

8266013TL7386N0001TI

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- El artículo 26 del RUCyL incluye en el suelo urbano no consolidado, de

acuerdo con su punto c), los terrenos donde se prevea un aumento del número de

viviendas o de la superficie o volumen edificables con destino privado, superior

al 30% respecto de la ordenación anteriormente vigente. Se dice “o”, por lo que

puede ser cualquiera de las dos condiciones; dado que se plantea un uso residen-

cial en la franja de borde con la antigua carretera, no pueden contabilizarse las

superficies de otros usos como viviendas; por tanto no es aplicable el argumento

del alegante respecto a la totalidad de la franja de borde de la carretera, aunque si

a la edificación preexistente destinada a viviendas, que ha motivado su clasifica-

ción como suelo urbano consolidado.

C).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

Resulta asumible estudiar un convenio urbanístico que permita cerrar el Matade-

ro y clausurar sus instalaciones en el emplazamiento actual.

ALEGACIÓN 8

A).- Alegaciones que tuvieron entrada el 7 de mayo de 2010 presentadas por D.

Agustín Trapero González, en representación de mercantiles La Serna S.L y Au-

tos Guadiana S.L. con domicilio en C/ Rector Lucena, 11; 3º C, de Salamanca

que afecta a las parcelas:

Parcela 3T-2b: 7767403TL7376N0001WR

Parcela 3T-2a: 7767404TL7376N0001AR

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- No hay obstáculos para la incorporación de un estudio de detalle con tramita-

ción culminada

2.- El régimen de apartamentos tutelados u otros regímenes de residencias no se

corresponden en rigor con usos terciarios comerciales. Corresponde a la Corpo-

ración pronunciarse sobre si se estima oportuno mantener el uso comercial o dar

un carácter más dotacional al ámbito. En todo caso estos tipos de usos tienden a

plantear un carácter más residencial que dotacional o terciario en la zona.

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C).- Estas alegaciones son reiterativas de las formuladas durante el periodo de

información pública del Plan General que quedaron registradas con los números

111 y 112.

D).- Con relación a las alegaciones señaladas en el apartado A) se propone:

1º.- Aceptar que el Plan General recoja las determinaciones contenidas en el de-

nominado Estudio de Detalle aprobado definitivamente en las condiciones que

refleja el artículo 235 del PGOU expuesto al público, según pronunciamiento

plenario al contestar a la alegación 111 referida

2º.- No aceptar las modificaciones solicitadas en cuanto a los usos permitidos

para las parcelas con uso terciario por las razones que señala el equipo redactor y

que han sido transcritas.

ALEGACIÓN 9

A).- Alegación que tuvo entrada el 7 de mayo de 2010 presentada por D. Tomás

Sánchez Sánchez, en representación de D. Andrés Cándido Sánchez Andrés que

afecta a las parcelas:

Parcela incluida en el sector de Suelo urbanizable UZ-2. En las Normas Subsi-

diarias es el Sector de Suelo Urbanizable 10 y Suelo No urbanizable con protec-

ción agrícola (al Norte de la carretera de Madrid)

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- La delimitación de sectores no impide la posterior división en unidades de

actuación, y en todo caso la Corporación puede pronunciarse por pasar a sectores

de un tamaño más reducido, pero ello no garantiza una gestión más ágil por si

sólo. En todo caso, el ámbito del hotel Regio se delimita teniendo en cuenta su

condición de suelo urbano no consolidado, rodeado de suelos de otra clase, por

lo que no es comparable.

2.- La delimitación de un sector de mayor tamaño facilita la obtención de estos

sistemas generales, más adaptados en su configuración física a una visión global

de la trama urbana. Por otra parte, la existencia de una amplia posibilidad de su-

perficies libres privativas no impide la conveniencia de contar con espacios li-

bres públicos de una escala adaptada a la del crecimiento futuro.

3.- Esa proporción responde a un criterio definido por la Corporación con carác-

ter general para los nuevos desarrollos, con el objeto de facilitar la existencia de

viviendas a precios asequibles para la población local.

C).- Esta alegación es reiterativa de la formulada durante el periodo de informa-

ción pública del Plan General que quedó registrada con el número 69.

D).- Con relación a las alegaciones señaladas en el apartado A) se propone:

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Desestimar la alegación por las razones expuestas por el equipo redactor y que

han sido transcritas.

ALEGACIÓN 10

A).- Alegación que tuvo entrada el 7 de mayo de 2010 presentada por D. Regino

González Benayas, con domicilio en C/ Asadería, 13; 3º A de Salamanca que

afecta a la parcela: 6867703TL7366N0001HM

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- De acuerdo con los datos de la Oficina Virtual del Catastro, la superficie

construida en la parcela es de 7.010 m2, sin viviendas. El modelo territorial

planteado buscaba evitar que Santa Marta se convirtiera únicamente en un

núcleo comercial, introduciendo una mayor variedad de usos en esta zona, para

lo que el uso comercial parecía razonable, y en aplicación del artículo 26 del

RUCyL esto llevaba aparejado el paso a urbano no consolidado.

C).- Esta alegación es reiterativa de la formulada durante el periodo de informa-

ción pública del Plan General que quedó registrada con el número 27.

D).- Con relación a las alegaciones señaladas en el apartado A) se propone:

1º.- Permitir que la edificabilidad se calcule sobre la parcela “bruta” antes de la

cesión de 1910 m2

para el vial.

2º.- Desestimar la pretensión de cambios de uso solicitada, manteniendo la pro-

puesta que figura en el Plan General expuesto al público.

ALEGACIÓN 11

A).- Alegación que tuvo entrada el 7 de mayo de 2010 presentada por D. Juan

José Diego Domínguez y diez más con domicilio en C/Las Cruzadas, 29 de San-

ta Marta de Tormes (CP 37900) y que afecta a las parcelas:

8162001TL7386S0001RH y 8163712TL7386S0001JH (EN el P.G.O.U. figura

como UNC-4)

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- La solución propuesta en el Plan General se adapta a los nuevos condicionan-

tes del ámbito.

C).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

1º.- Desestimar la alegación y, en consecuencia, no modificar la edificabilidad y

la densidad que se prevé en la aprobación inicial, manteniendo igualmente el

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viario estructurante previsto en el Plan General para una dimensión de 2 por 2

carriles, todo ello en coherencia con lo acordado anteriormente por la Corpora-

ción tanto al aprobar el Estudio de Detalle como al resolver la alegación presen-

tada por sus promotores.

ALEGACIÓN 12

A).- Alegación que tuvo entrada el 7 de mayo de 2010 presentada por D. Miguel

Ángel Verdejo Polo con domicilio en C/Ricardo Marcos, 11; 1º de Santa Marta

de Tormes (CP 37900) y que afecta a las parcelas de suelo rústico donde se en-

cuentra la explotación del alegante

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- Se considera posible atender a la alegación sin afectar a la funcionalidad del

sistema general de cementerio.

C).- Esta alegación es reiterativa de la formulada durante el periodo de informa-

ción pública del Plan General que quedó registrada con el número 106

D).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

1º.- Mantener los criterios expresados al contestar la alegación formulada por D.

Miguel Ángel Verdejo Polo tras la aprobación inicial del Plan General.

2º.- Aceptar el desplazamiento en la ubicación del futuro cementerio y que la

zona de prohibición de edificaciones y construcciones alrededor sea la banda de

50 metros, que permite la actual normativa (Artículo 36,5 del Reglamento de Po-

licía Sanitaria y Mortuoria de Castilla y León).

ALEGACIÓN 13

A).- Alegación que tuvo entrada el 10 de mayo de 2010 presentada por D. Luís

Rodríguez Sánchez con domicilio en Plaza San Cristóbal, 22; Bajo de Salaman-

ca y que afecta a las parcelas 8765604TL 7386N0001XY

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- El ámbito está dividido en cinco parcelas, y la propuesta de un nuevo viario

implica la necesidad de afectar al menos a tres de esas parcelas, por lo que salvo

que se opte por expropiar los terrenos y que el Ayuntamiento opte por costear las

obras, es precisa una equidistribución, lo cual, de acuerdo con el artículo 26 -1-a

del RUCyL es un supuesto de suelo urbano no consolidado. Atribuir un fondo

edificable uniforme a estas parcelas en una franja de suelo urbano consolidado

desde la calle Ricardo Marcos llevaría a que algunas, como la 05, no podrían

materializar ese fondo (en el punto medio de la parcela el fondo de esta es de

apenas 12 metros, y en su punto más estrecho tiene menos de 7,5 metros, vién-

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dose además penalizadas por la necesidad de contar con retranqueos hacia el

lindero posterior. Con la solución propuesta la parcela 08 sería suelo urbano

consolidado hacia la calle Ricardo Marcos pero sin frente de fachada, lo cual es

contrario a la buena práctica urbanística. Las parcelas 08 y 07 se ven además

afectadas por el diseño de un nuevo viario que prolongará la calle UNICEF.

La propuesta definida en el Plan General busca establecer una ordenación más

adecuada para un entorno con problemas de calidad de la configuración urbana;

Si se opta por considerar estos suelos consolidados, no se resolverán dichos pro-

blemas, se incrementará la carga de estacionamiento en un ámbito con calles de

poca dimensión y no podrán ampliarse las superficies de espacios libres.

2.- El criterio sobre uniformidad en las densidades en suelo urbano no consoli-

dado fue acordado por la Corporación, teniendo en cuenta criterios de calidad

urbana que faciliten la existencia de una trama viaria y de espacios públicos ge-

nerosa.

C).- Esta alegación es reiterativa de la formulada durante el periodo de informa-

ción pública del Plan General que quedó registrada con el número 85.

D).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

1º.- Desestimar nuevamente las pretensiones del alegante al no considerar que la

situación de hecho en que se encuentran los terrenos permita su clasificación

como suelo urbano consolidado ni como solar.

2º.- Mantener la propuesta de división del sector porque permite una mejor equi-

distribución para logar llevar a cabo una transición adecuada hacia los nuevos te-

jidos en suelo urbanizable.

ALEGACIÓN 14

A).- Alegación que tuvo entrada el 11 de mayo de 2010 presentada por D.

Máximo Gómez Hernández en representación de la Mercantil Mirat Cuatro, SL

con domicilio en Paseo de Gran Capitán, 8; Local 3 de Salamanca y que afecta a

las parcelas: 7071001TL7377S0001YY y 7072301TL7377S0001MY

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- El trazado del puente responde a la voluntad de concertación con el munici-

pio de Salamanca expresada por la Corporación.

2.- Se entiende que es posible atribuir los parámetros de densidad teniendo en

cuenta la superficie destinada a la ejecución de los accesos al nuevo puente. Al

ser el único sector de suelo urbano no consolidado que debe aportar suelo para

sistemas generales, se entiende posible que se produzca una alteración del crite-

rio de uniformidad.

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3.- En el caso de que dichos suelos no hayan participado del proceso de equidis-

tribución del sector mencionado (extremo que el Ayuntamiento deberá asegurar)

no se ve inconveniente para la propuesta.

C).- Esta alegación es reiterativa de las formuladas durante el periodo de infor-

mación pública del Plan General que quedaron registradas con los números 44 y

45.

D).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

1º.- Mantener los criterios expuestos por la Corporación al desestimar las ante-

riores alegaciones formuladas por la Empresa Mirat Cuatro, SL, y en consecuen-

cia no alterar la ubicación y los accesos del futuro puente sobre el río Tormes en

esa zona.

2º.- Aceptar que el cálculo de la edificabilidad se efectúe sobre la totalidad de la

parcela antes de las cesiones para el sistema general, aplicándose luego sobre la

superficie neta.

3º.- La parcela con referencia catastral 7072301TL7377S0001MY si está inclui-

da en el Proyecto de Compensación del Plan Parcial Sector 1 “La Serna” como

parcela nº 30 por lo que no es posible incluirla en el nuevo sector UNC-1-B

ALEGACIÓN 15

A).- Alegación que tuvo entrada el 11 de mayo de 2010 presentada por D. Gorka

Esparza Barandiarán en representación de la Asamblea Ecologista de Santa Mar-

tacon domicilio en Paseo de Canalejas, 37; 6º B de Salamanca y que afecta a las

parcelas: Todo el término municipal

B).- Según Informe del Equipo Redactor:

1.- El modelo territorial propuesto refleja la voluntad expresada por la Corpora-

ción de dar una estructura urbana ordenada al municipio estableciendo continui-

dades entre sus diferentes partes inconexas. La Corporación plantea el alcance

temporal de su estrategia de desarrollo.

2.- Las determinaciones de las fichas de los diferentes sectores, con exigencia de

comercio de proximidad en las plantas bajas de los edificios de vivienda colecti-

va, el diseño de una red viaria que permite plantear en caso necesario carriles re-

servados para transporte público de acuerdo con una malla que además incluye

bulevares peatonales y ciclables, y la separación únicamente de los usos de

carácter industrial por su mayor impacto sobre las áreas residenciales son pro-

puestas del Plan contrarias a lo que apunta el alegante. Respecto a la no conside-

ración de observaciones por parte de los usuarios de la bicicleta, no se ha recibi-

do ninguna alegación de dicho colectivo, pero es probablemente posible incorpo-

Page 59: Acta pleno 110909

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rarlas si se plantean al haber diseñado una red viaria con dimensiones suficientes

para acoger reservas de esta naturaleza.

C).- Esta alegación es reiterativa de la formulada durante el periodo de informa-

ción pública del Plan General que quedó registrada con el número 71.

D).- Con relación a la alegación señalada en el apartado A) se propone:

1º.- Desestimar la alegación presentada toda vez que el proyecto del Plan Gene-

ral no apuesta por un crecimiento de la superficie urbanizada sino que pretende

estructurar el tejido urbano existente.

2º.- La protección de los alrededores del río Tormes está garantizada al seguir

estrictamente las sugerencias efectuadas en esa zona por la Confederación

Hidrográfica del Duero.

3º.- El sistema de movilidad que se deriva del modelo territorial incluido en el

Plan General es sostenible y permite una mejor comunicación entre los núcleos

urbanos existentes y del municipio con la capital. En todo caso, el Plan General

no sólo no es obstáculo sino que favorecerá la implantación de vías para uso es-

pecífico con bicicletas.

4).- Los cambios introducidos en la documentación técnica durante la tramitación

municipal del Plan General según acuerdo adoptado por el Pleno el día 8 de junio

de 2011 son los siguientes:

A).- Cambios introducidos en la documentación del Plan General desde su Aproba-

ción inicial hasta su aprobación conjunta con el Informe de Sostenibilidad el día 23

de febrero de 2010:

1) Corrección en la delimitación del ámbito UNC-A1, excluyendo parte no co-

rrespondiente a la actuación integrada desarrollada.

2) Modificación del diseño de la vía de borde de los nuevos crecimientos para-

lela por el norte a la autovía Madrid- Salamanca existente, con modificación

en la delimitación de los ámbitos de suelo urbano no consolidado ubicados al

Oeste del camino de Calvarasa. Consideración del UNC-A3 de la aprobación

inicial como UNC-4 en la aprobación provisional a la luz de las modifica-

ciones propuestas en sus determinaciones para compensar los perjuicios cau-

sados por la modificación de un ámbito que contaba con planeamiento de de-

sarrollo recientemente aprobado y en plazo para el ejercicio de los derechos.

3) Consideración del nuevo Ayuntamiento como suelo urbano consolidado a la

luz de la consideración de circunstancias de hecho en la parcela de ubica-

ción, y supresión del UNC-4 (nomenclatura de aprobación inicial)

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4) Modificación de determinaciones en el ámbito del sector UNC1 (nuevo

puente propuesto hacia Salamanca) con el objeto de adaptar la ordenación a

las alegaciones recibidas. División en ámbitos con uso característico residen-

cial y con uso característico industrial

5) Modificación de delimitación del sector UNC-2 teniendo en cuenta alegación

recibida

6) Atendiendo a la clasificación original (suelo urbanizable) en las Normas

Subsidiarias de la mayor parte del ámbito definido como UNC3 en la apro-

bación inicial, se procede a la consideración de un sector de suelo urbaniza-

ble UZ-9 que recupera dicha consideración como suelo urbanizable, al no

haberse producido el desarrollo de las previsiones del planeamiento pese a

haber transcurrido más de 8 años.

7) Modificación del ámbito de suelo urbano no consolidado UNC-6 teniendo en

cuenta la evolución del ámbito.

8) Modificación del ámbito UNC-9 a los efectos de exclusión de parcela unifa-

miliar por estimación de alegación

9) Modificación del ámbito UNC-11 a los efectos de la exclusión de viario ya

ejecutado en el extremo norte

10) Definición de propuesta de unidades de actuación en el ámbito UNC-13 a los

efectos de favorecer una más fácil gestión de un ámbito complejo.

11) Consideración del UNC-16 (nomenclatura aprobación inicial) Anaya como

ámbito con planeamiento asumido

12) División en dos sectores del UNC-15 (nomenclatura aprobación inicial),

atendiendo a alegación

13) Introducción de instrucciones en la ficha del sector UZ 8 para la conserva-

ción de un hábitat prioritario de “zonas subestépicas de gramíneas y anuales

de Thero-Brachypodieta” (6220) en los espacios libres públicos.

14) Reducción de la superficie del sistema general propuesto SG-1 (Servicios

urbanos) tras nuevo estudio de las necesidades funcionales

15) Modificación de régimen del suelo ubicado al Norte de la vía de borde del

suelo urbanizable con la vega del Tormes trasladando a este emplazamiento

el sistema general del parque deportivo (SG-3), añadiendo un ámbito desti-

nado a SG de espacios libres

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16) Nueva solución geométrica del SG-6 (acceso al polígono industrial) y conse-

cuente modificación de la ordenación propuesta para el límite con Pelabravo

en este ámbito, vinculada también al cambio de posición del SG.3

17) Introducción de propuestas de conexiones viarias con los municipios vecinos

18) Delimitación del ámbito SR- P-IRR para el tratamiento de un asentamiento

industrial irregular adyacente al nuevo SG-3

19) Consideración de la propuesta de nuevo puente a Salamanca como sistema

general SG-7, a obtener mediante inclusión en sectores de suelo urbano no

consolidado (zona sur) y mediante expropiación para las zonas que no están

integradas en la actualidad en suelo dotacional público para el resto de los te-

rrenos necesarios. El entronque con la vía de borde fluvial de La Fontana se

resuelve mediante la previsión de la Actuación Aislada AA-8

20) Modificación del ámbito de la AA-1 como consecuencia de las modificacio-

nes en el sector del Matadero.

21) Rediseño de la actuación aislada AA-2, garantizando la apertura de la Plaza

Mayor hacia el Río Tormes, como resultado de convenio suscrito por la pro-

piedad con el Ayuntamiento.

22) Introducción de nuevas actuaciones aisladas destinadas a asegurar la gestión

de las determinaciones establecidas por el Plan para sus ámbitos

23) Introducción de precisiones en la ficha de condiciones comunes a los secto-

res de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable con precisiones adi-

cionales en cuanto a la ordenación plasmada en las fichas correspondientes a

cada ámbito, correspondientes a planeamiento asumido, índices de variedad

urbana, cálculo de la superficie bruta y consideración de los equipamientos

grafiados como locales en futuros sectores.

24) Introducción en la normativa de nuevas determinaciones relativas a:

a) Precisiones en el tratamiento de la edificación preexistente en diferentes

zonas

b) Definición de una nueva zona LM en suelo urbano consolidado para

atender a las circunstancias de parcelas que adquieren la condición de so-

lar a través de su porción incluida en un término municipal limítrofe.

25) Nuevos planos de:

a) Servidumbres aeronáuticas

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b) Servidumbres de carreteras

Inclusión de las modificaciones derivadas de la consideración de los procesos de

participación pública no mencionadas en los puntos anteriores.

B).- Cambios introducidos en la documentación del Plan General desde su Aproba-

ción Conjunta con el Informe de Sostenibilidad hasta la Aprobación Provisional:

1) Introducción de precisiones adicionales en cuanto a las determinaciones vigentes

en los ámbitos de planeamiento asumido

2) Revisión de las mediciones de superficie de los distintos ámbitos en función de

comprobaciones de su delimitación real y del estudio de soluciones viarias.

3) Adaptación de la delimitación del UNC1 para tener en cuenta la configuración

real de los terrenos

4) Introducción de modificaciones de delimitación, clasificación y parámetros de

aprovechamiento (a los efectos de propiciar el cambio de uso cubriendo los cos-

tes de traslado de la actividad a otro emplazamiento) en el ámbito del Sector

UNC3 del documento de aprobación inicial como consecuencia del Convenio

para la transformación urbanística del Matadero.

5) Introducción de criterios para el tratamiento de los espacios de borde fluvial en

la ficha del sector UZ-1

6) Desplazamiento del sistema general SG-4 (nuevo cementerio) para resolver ale-

gación relativa a colindancia con explotación agropecuaria

7) Asignación a las propuestas de conexiones viarias con los municipios vecinos de

carácter de determinación de ordenación orientativa a los efectos de la Ley de

Ordenación del Territorio.

8) Introducción de nuevas actuaciones aisladas destinadas a asegurar la gestión de

las determinaciones establecidas por el Plan para sus ámbitos

9) Ampliación de la ficha de condiciones comunes a los sectores de suelo urbano

no consolidado y suelo urbanizable con precisiones adicionales en cuanto a la

ordenación plasmada en las fichas correspondientes a cada ámbito, relativas a la

densidad mínima residencial, la compatibilidad de usos en los edificios, la movi-

lidad sostenible y las cesiones de viario por convenio

10) Introducción en la normativa de nuevas determinaciones relativas a:

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a) Recuperación para la zona 1 de suelo urbano consolidado de las condiciones

establecidas en las normas subsidiarias

b) Planeamiento incorporado (zona 9 de suelo urbano consolidado) a los efec-

tos de facilitar el manejo documental.

c) Precisiones en el tratamiento de la edificación preexistente en diferentes zo-

nas

d) Definición de una nueva zona LM en suelo urbano consolidado para atender

a las circunstancias de parcelas que adquieren la condición de solar a través

de su porción incluida en un término municipal limítrofe.

e) Zonificación acústica

11) Nuevos planos de:

a) Zonificación acústica

12) Tramitación del informe de sostenibilidad ambiental y la memoria ambiental,

con introducción de las modificaciones subsiguientes

13) Introducción de precisiones respecto a infraestructuras básicas

14) Integración de determinaciones relativas a vías pecuarias

15) Introducción de un anexo H a la Memoria Vinculante, relativo al cumplimiento

del artículo 14 de la Ley 9/2006, sobre integración en el Plan de los aspectos

ambientales.

16) Inclusión de las modificaciones derivadas de la consideración de los procesos de

participación pública no mencionadas en los puntos anteriores.

C).- Cambios introducidos en sesión plenaria celebrada el día 20 de abril de 2011 con

posterioridad a lo aprobado provisionalmente y atendiendo a lo acordado por la CTU en

su sesión del día 24 de marzo de 2011 son los siguientes:

1) Modificaciones resultantes de escritos de alegaciones remitidos a la CTU

a) Alegaciones de Luis Rodríguez Sánchez y otros

i) Recurso de reposición relativo al Convenio del Matadero: se ha resuelto

el recurso, con entrega de documentación a la CTU

ii) Ordenación de los planeamientos de desarrollo previos: inclusión de tabla

descriptiva en anexo (punto 9) de la Memoria Vinculante

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iii) Criterio de distribución de sistemas generales entre sectores a los efectos

de su obtención: se ha procedido a la corrección de errores numéricos en

fichas y a una distribución de los sistemas generales incluidos en suelos

urbanizables aplicando una misma proporción entre superficie edificable

del sector y superficie bruta del mismo (0,326 m2 construidos por m2 de

suelo bruto).

iv) Reducción del SG-3 hasta una dimensión que permite el cumplimiento de

las reservas de sistemas generales para la población en el escenario de

ejecución completa del PGOU

v) Sobre la previsión de un sistema general viario sobre sistemas locales del

Plan Parcial de La Fontana: se ha mantenido el carácter de sistema local

de los espacios libres del arroyo (alterando la consideración como siste-

ma general que se daba en el documento anterior), y se considera que no

existe vulneración de las previsiones del RUCyL al no prohibir el Plan

Parcial correspondiente la existencia de viarios públicos en suelo de es-

pacios libres (situación que en todo caso, en la nueva ordenación, afecta

a una proporción muy reducida de dichos espacios libres).

vi) Definición de un acceso desde el casco urbano al nuevo cementerio, con

previsión de obtención de suelo para la ampliación del camino existente.

vii) Corrección de la delimitación entre Salamanca y Santa Marta de Tormes

en la zona del UNC 15 y UNC 16, teniendo en cuenta los límites refleja-

dos en la cartografía de la Junta de Castilla y León

b) Alegaciones de Antonio Sanchez y otros

i) Clasificación del conjunto del sector UZ-9 como suelo urbano no conso-

lidado: se realiza una propuesta alternativa atendiendo a las indicaciones

de la Comisión en el sentido de definir un nuevo sector de suelo urbano

no consolidado UNC-17 con un fondo de 50 metros desde las calles pe-

rimetrales, interrumpido por la previsión de cuatro conexiones viarias del

sector de suelo urbanizable interior para asegurar su autonomía técnica.

No se ha considerado oportuna la clasificación del conjunto del sector

como suelo urbano no consolidado dado que el suelo situado a menos de

50 metros de los viales perimetrales es apenas el 26% del conjunto del

ámbito, por lo que no alcanza ni es siquiera la mayoría del mismo. No

obstante, tratándose de una discusión en la que el criterio de oportunidad

(municipal) se ve cuestionado desde la interpretación de la legalidad (cu-

yo control corresponde a la Comisión), el Ayuntamiento adoptará la so-

lución que esta determine.

Page 65: Acta pleno 110909

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ii) Alegación de Julio Cesar Prieto Martín relativa al régimen de suelo con

licencia para 23 viviendas industriales:

iii) La sentencia ha sido objeto de recurso, por lo que debe considerarse en

suspenso. Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que el Plan General

define un estado futuro para estos suelos basado en un modelo territorial

en el que el uso industrial no se considera deseable en este emplazamien-

to, fijando unas condiciones de ordenación que son independientes de

cualquier proceso de disciplina al que hubiera lugar con respecto a actua-

ciones previas

2) Modificaciones derivadas de las objeciones formuladas por la propia Comisión

Territorial

i) Cumplimiento del artículo 159-4. En el acuerdo plenario del pasado día

20 de abril se ha subsanado el acuerdo anterior de aprobación provisional

incluyendo la relación de alegaciones presentadas durante los trámites de

información pública y las resoluciones que sobre las mismas ya había

adoptado el pleno del ayuntamiento y que fueron notificadas a los intere-

sados

ii) Documentos de información, análisis y diagnóstico: se han incluido pla-

nos de información relativos a las redes de agua, saneamiento y energía

eléctrica

iii) Memoria vinculante:

(1) Cuadro resumen y categorías de suelo: Se han corregido los errores

numéricos en las páginas 13 y 19 de la Memoria Vinculante y en los

de concordancia de nomenclatura con la página 149 de las Normas.

Se han sustituido las menciones a la protección especial por mencio-

nes a la protección natural

(2) Inclusión de datos sobre número de viviendas previstas en los secto-

res de suelo urbano no consolidado asumidos

(3) Reordenación de contenidos relativos a sistemas generales en las

páginas 41, 44 y 45 de la memoria vinculante, con consideración de

la distinción en los existentes y de nueva creación entre equipamien-

tos, vías públicas y servicios urbanos. Exclusión del nuevo Ayunta-

miento de la consideración como sistema general a desarrollar sobre

suelo obtenido por inclusión en sectores de suelo urbanizable. La ex-

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clusión del SG-1 (servicios urbanos) del cómputo de los sistemas ge-

nerales de equipamiento y la exclusión de los sistemas generales de

espacios libres de los obtenidos en su día a través del Plan Parcial de

La Fontana hacen que las previsiones del SG-3 (modificado en ex-

tensión) sean imprescindibles para alcanzar las reservas mínimas

exigidas por el RUCyL.

(4) Inclusión en la memoria vinculante de contenidos relativos a energía

y residuos urbanos

(5) Justificación de parámetros de edificabilidad y densidad del UNC4

en la página 17 de la memoria vinculante, teniendo en cuenta la alte-

ración de condiciones para un sector con planeamiento de desarrollo

de reciente aprobación, en plazo para el ejercicio de los derechos co-

rrespondientes.

(6) Justificación de los parámetros del UNC-3 (Matadero) en la página

17 de la Memoria Vinculante.

(7) Reducción del sistema general 3 en superficie a la parte comprendida

al Este del desvío propuesto para la carretera de Nuevo Naharros y

justificación de la proporción de inclusión de sistemas generales en

los diferentes sectores.

(8) Inclusión de acceso público al cementerio como nuevo sistema gene-

ral (independiente en cuanto a nomenclatura del sistema general 4,

pero vinculado por su objeto)

(9) Definición en la ficha del Sector UZ-8 de condiciones que aseguren

evitar conflictos de uso entre el polígono industrial y las zonas resi-

denciales próximas.

(10) Remisión a las fichas para conocer la definición de usos propuesta

en los sectores de suelo urbano no consolidado para evitar problemas

de interpretación.

(11) Revisión de errores numéricos de concordancia entre fichas

(12) Inclusión en las fichas de SUNC y SUR de referencia a la ficha de

condiciones comunes

(13) Aclaración de las condiciones del nuevo Ayuntamiento. En la

nueva versión del Plan el SG-8 es el acceso al nuevo cementerio.

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(14) Reformulación del cuadro de adscripción de sistemas generales

para facilitar su lectura

(15) Se han corregido los errores de concordancia entre los planos y la

documentación literal y los aspectos señalados por la comisión res-

pecto a los planos de ordenación (DN-PO).

(16) Sector UNC-12- Las Golondrinas:

(a) Entrega de documentación relativa al cumplimiento del auto n1

107/04, de 14/07/2004, de la sala de lo Contencioso- Administra-

tivo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

(b) Inclusión en la memoria vinculante de justificación del cambio de

uso dotacional a residencial, en el sentido de que el uso previo no

podría considerarse dotacional público al ser, de acuerdo con au-

tos judiciales, la cesión del 10% del aprovechamiento medio del

Plan Parcial de Valdelagua, y corresponder a terrenos destinados

a usos lucrativos de carácter comercial. (anexo en punto 12 a la

Memoria Vinculante).

(c) Al definir el PG un nuevo sector de SUNC y no establecer condi-

ciones específicas a las reservas dotacionales en este sector, en él

se aplicaran la determinaciones del RUCyL considerando el

100% de la edificabilidad asignada en el Plan y no sólo la parte

correspondiente al incremento de edificabilidad respecto a la sig-

nada anteriormente, con lo cual se garantiza que no hay reducción

de estándares dotacionales para la urbanización de Valdelagua

(17) Sector UNC 13- Las Pellejonas

(a) Se adjunta planos del sector Atyka y de las Normas Subsidiarias,

demostrativos de que las parcelas señaladas en el escrito de la

Comisión no estaban clasificadas como suelo urbanizable.

(b) Las reservas fijadas en las distintas unidades de actuación se en-

tienden proporcionales dentro de los límites de variación (15%)

previstos en el RUCyL. Sin perjuicio del carácter no vinculante

de la ordenación planteada, debe tenerse en cuenta que la propor-

cionalidad sólo podrá comprobarse con la ordenación detallada,

que establecerá la calificación individualizada de las parcelas, es-

pecialmente en lo concerniente a la localización de la vivienda

colectiva (que puede ser hasta un 40% del total de la superficie

edificable del sector), y que definirá, en su caso, que parte de la

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superficie de suelo de equipamientos debe considerarse uso lucra-

tivo y no reserva para dotaciones públicas, teniendo en cuenta lo

establecido en la ficha de Condiciones Comunes a los Sectores de

Suelo Urbano No Consolidado y Urbanizable.

(c) En todo caso, Con la ordenación reflejada en la ficha y planos, la

situación es la reflejada a continuación, por lo que el reparto de

reservas dotacionales está sensiblemente equilibrado con las su-

perficies de suelo de las unidades de actuación propuestas:

(i) UA 1: 55.981 m2 de suelo. La suma de los equipamientos y

espacios libres reflejados es de 6.692 m2, con lo que hay un

11,9% de suelo destinado a nuevos equipamientos locales

(ii) UA 2: 65.780 m2 de suelo. La suma de los equipamientos y

espacios libres reflejados es de 7.474 m2, descontando la su-

perficie ocupada por una parcela dotacional preexistente

equipamiento existente (11,3% de suelo para nuevos equipa-

mientos locales)

(iii)UA 3: 48.343 m2 de suelo. La suma de los equipamientos y

espacios libre reflejados es de 5.508 m2, descontando la su-

perficie ocupada por una parcela dotacional preexistente

equipamiento existente (11,3% de suelo para nuevos equipa-

mientos locales)

5).- Solicitar a la Comisión Territorial de Urbanismo de Salamanca que apruebe

definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana conforme a la documen-

tación técnica aprobada el día 20 de abril de 2011 y ya remitida por triplicado

ejemplar.

6).- Que por la Secretaría General del Ayuntamiento se notifique este acuerdo a

los interesados en el mismo, particulares y administraciones, que hayan compare-

cido ante el Ayuntamiento durante la tramitación municipal del expediente.”

Esta propuesta es aprobada por mayoría, con doce votos a favor, dos en contra y

una abstención, de los diecisiete miembros que de derecho componen la Corpora-

ción, habiendo asistido a esta Sesión quince.

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Votan a favor: D. Javier Cascante Roy, D. David Mingo Pérez, Dª Marta Labrador Gu-

tiérrez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel

Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, D. Francisco Redondo Soriano,

Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile, D. Francisco Javier Rodrí-

guez Ruiz, Dª María del Carmen Cabrera Benito.

Votan en contra: D. Jesús Santos Corral y Dª María Asunción Barandiarán Múgica

Abstenciones: D. Miguel Ángel Moreno Valle

Y no teniendo más asuntos a tratar, el Sr. Alcalde – Presidente, levanta la Sesión a las

nueve horas y cuarenta minutos del día nueve de septiembre de dos mil once. Doy Fe.