accion constitucional del acceso a la informacion

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Marco constitucional y legal ecuatoriano del acceso a la información pública

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  • Marco Constitucional y Legaldel Acceso a la Informacin Pblica

  • Derecho InternacionalArt. 19.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinin y de expresin; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitacin de fronteras, por cualquier medio de expresin.13.1.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresin. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda ndole, sin consideracin de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artstica, o por cualquier otro procedimiento de su eleccin.

  • Qu dice la Constitucin sobre el Derecho de Acceso a la Informacin Pblica?

  • El 4 de mayo de 2004 se aprob la Ley Orgnica de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica, publicada en el R.O. Sup. 337 del 18 de mayo del ao en referencia. (23 artculos)Ley Orgnica de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica (LOTAIP)

  • Art. 11 () Corresponde a la Defensora del Pueblo la promocin, vigilancia y garantas establecidas en esta Ley. Se establecen siete atribuciones: Vigilar el cumplimiento de esta Ley por parte de las instituciones pblicas, personas jurdicas de derecho pblico o privado y dems entes sealados en el artculo 1 de la presente Ley. Ley Orgnica de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica (LOTAIP)

  • Segn el artculo 12 toda entidad sujeta a la LOTAIP debe presentar a la DPE hasta el ltimo da laborable de marzo un informe anual que contendr lo siguiente:Informacin del perodo anterior sobre el cumplimiento de las obligaciones que le asigna la ley;Detalle de las solicitudes de acceso a la informacin y el trmite dado a cada una de ellas; y,Informe semestral actualizado sobre el listado ndice de informacin reservada.

    Informes anuales de las entidades sujetas a la LOTAIP

  • El artculo 7 de la LOTAIP establece con claridad quince obligaciones generales y cinco especficas en las que se determina cual es la informacin mnima actualizada que con carcter obligatorio deben difundir todas las entidades que se encuentran sujetas a dicha Ley a travs de pginas web y otros medios de informacin.Qu informacin se debe difundir obligatoriamente?

  • Dificultades en la implementacin (I)La DPE tena un insuficiente equipo de trabajo y no realizaba adecuadamente acciones de monitoreo, de promocin y difusinNo se contaba con un catastro de las instituciones pblicas y privadas obligadas a cumplir con la LOTAIPNo existan formatos para la presentacin y estandarizacin de la informacinLa informacin no era procesada ni consolidada

  • Dificultades en la Implementacin (II)La DPE no haba elaborado informes anuales sobre el cumplimiento de la Ley, tampoco elabor el listado ndice de Informacin ReservadaExista desconocimiento de las obligaciones de las Instituciones frente a la LeyLa ciudadana desconoce sobre su derecho a acceder a informacin y como exigirlo

  • Gracias por su atencin

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