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Bienvenidos
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
SUPERIORUNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO JURÍDICO NÚCLEO APURE
SAN FERNANDO, JULIO 2015
FacilitadorDr. Jesús Rodríguez
IntegrantesAlfonzo, María
Belisario de R., Yris
Pérez , YelitzaRojas, Víctor
STATUS CIVITATIS
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DEFINICIÓN
Condición del ciudadano romano por nacimiento o reconocimiento legal
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Nacimiento
Ius sanguinis, Los de padres
con derecho de ciudadanía nace
ciudadano,
Iustas nuptias Condición de los
padres en el momento de la
concepción si éstos han
contraído matrimonio legítimo.
Si no eran casados el hijo
sigue la condición de la madre
en el día del parto, si ella es
ciudadana el hijo nace
ciudadano.
Ingenuoel que nace libre y no ha sido nunca esclavo en derecho". La esclavitud hace cesar la ingenuidad El cautivo hecho libre jure postliminii y el que sólo ha sufrido una esclavitud con los piratas o con los bandoleros, queda ingenuo". Pueden ser ciudadanos, latinos o peregrinos. Tiene todos los derechos y prerrogativas de la ciudadanía romana en derecho público y privado. El ingenuo latino y el ingenuo peregrino gozan de todas las ventajas que tolera su condición.
ADQUISICIÓN DE LA CIUDADANÍA SOBRE EL NACIMIENTO Y EL INGENUO
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CAUSAS POSTERIORES AL NACIMIENTO
El esclavo podía hacerse ciudadano
por manumisión regular.
El peregrino la obtenía por
concesión expresa del emperador o
de los comicios.
Entre los latinos, los latino veteres
eran los más favorecidos (latinos
antiguos).
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PÉRDIDA DEL DERECHO A LA CIUDADANÍA
Perdiendo la libertad
Por ciertas condenas
Por dicatione, "cuando abandonaba
por su voluntad la patria para hacerse
ciudadano de otra ciudad extranjera".
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Público
El “jus sufragium”: derecho al voto.
El “jus bonorum”: derecho a nominarse para desempeñar los cargos públicos.
Derecho a servir en las legiones: conlleva a los ascensos internos dentro de la milicia que repercutía en la vida política individual de cada ciudadano.
“Ius nomen”: derecho a tener un nombre romano de acuerdo al derecho civil.
“Ius sacrorum et sacerdotarum”: derecho a cumplir ciertas funciones religiosas desde el sacerdocio hasta el episcopado.
Privado
“Ius connubii”: derecho a contraer “justae nuptiae” y fundar una familia romana. “Ius commercii”: derecho a ser propietario quiritario, poder ser deudor y acreedor y usar las formas establecidas en el Derecho Civil para transmitir y adquirir la propiedad. Derecho a obrar judicialmente por el procedimiento de la “Legis actio“, o acciones de la Ley.
CONDICIÓN DE LOS CIUDADANOS DESDE EL PUNTO DE VISTA PÚBLICO Y PRIVADO
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Latinos
Los latinos "eran peregrinos tratados con más favor, para los cuales se habían acordado ciertas ventajas comprendidas en el derecho de ciudadanía romana. Fueron de tres clases: los latini vetere, los latini coloniarii y los latini juniani".
Peregrinos.No disfrutan del connubium, del commercium ni de los derechos políticos, aunque son susceptibles de adquirirlos, bien sea por la concesión completa del ius civitatis o bien por concesión especial de algunos de sus elementos".
NO CIUDADANOS LATINOS Y PEREGRINOS
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Muchas GraciasMuchas Gracias
“Nadie puede ser libre si no es ciudadano”
Cicerón
“Nadie puede ser libre si no es ciudadano”
Cicerón