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ÍNDICE

Unidad 3: Familia Anglosajona o Common Law

1.1 Objetivo 3

1.2 Introducción 3

2.1 Antecedentes históricos en el Reino Unido y EEUU 3

2.2 Organización Administrativa en el Reino Unido y EEUU 6

2.3 Sistema Político en el Reino Unido y EEUU 9

2.4 Sistema Jurídico en el Reino Unido y EEUU 11

3. Bibliografía 13

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1.Unidad3:2.Informaciondelossubtemas

21.AntecedenteshistóricosenelReinoUnidoyEEUU

Con el establecimiento de las colonias inglesas en los territorios de lo que actualmente

es los Estados Unidos de Norteamérica, se introdujo también el sistema jurídico

vigente en Inglaterra.

De conformidad con lo resuelto en el caso Calvin (1608), el common law de Inglaterra

migra con los súbditos ingleses, quienes lo portan con ellos, en especial cuando los

súbditos ingleses se establecen en territorios que no están sometidos a naciones

civilizadas. Por otra parte, el principio del precedente Calvin incluía la restricción de

que el common law de Inglaterra era aplicable “en la medida en que estas reglas

fuesen apropiadas a las condiciones de vida prevaleciente en esas colonias”.

Durante todo el siglo XVII las reglas del sistema del common law de Inglaterra fueron

en efecto poco apropiadas para las condiciones de vida de los colonos. Uno de los

factores que obstaculizó la aplicación completa de las instituciones del common law

era que requería de conocimientos muy técnicos y en las nuevas colonias inglesas en

América no existía prácticamente ningún jurista. Por otro lado, las reglas del common

law fueron elaboradas para hacer aplicadas a una sociedad feudal. Además, las reglas

de common law eran tan antiguas que no se adaptaban a los nuevos problemas que

emergían entre los colonos americanos.

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De hecho en las primeras colonias inglesas se aplicaba en la práctica un derecho

bastante simple, que se fundaba en algunas colonias en el texto bíblico y en donde la

discrecionalidad de los jueces era muy amplia.

Como respuesta en contra de la arbitrariedad de los jueces en algunas colonias se

inició un movimiento de “codificación” del derecho, mediante el cual se elaboraron

códigos sumarios que fueron promulgados, desde 1634 (en Massachussets) hasta 1682

(en Pennsylvania). Según comentan David y Jauffret-Espinosi, estos códigos estaban

inspirados en un ideal diametralmente opuesto al common law de Inglaterra, pues los

colonos americanos en el siglo XVII consideraban favorable a sus intereses la ley

escrita, contrariamente a los ingleses que, en la misma época, veían en la ley un

síntoma de arbitrariedad, y una amenaza para sus libertades.

Durante el siglo XVIII, con la mejoría de las condiciones de vida de los colonos el

common law empezó a ser percibido más favorablemente. Por una parte, podía ser

utilizado para defenderse en contra del absolutismo real, y por otra parte, era

considerado una barrera de protección en contra de las amenazas provenientes de la

Lousiana francesa y del Canadá francés. En consecuencia, se produce un movimiento

que es favorable a una aplicación general del common law; y las cortes americanas

manifiestan su intención de aplicar diversas leyes inglesas, como el Statute of Frauds

de 1677, y los Comentarios sobre el common law de Blackstone son impresos en

Filadelfia durante los años de 1771-1772.

Luego de la independencia norteamericana proclamada en 1776 y consumada

definitivamente en 1783, el postulado de autonomía del derecho americano debía

alinearse con la independencia política recientemente adquirida. Se suscitó una

controversia respecto a que sistema jurídico debía aplicarse. Existían serias dudas en

torno al modelo que debería prevalecer: de los defensores del common law o el de los

defensores de la codificación.

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En este sentido, inicialmente parece que la corriente codificadora adepta a la familia

jurídica romano-germánica iba ganando terreno. Una comisión legislativa solicitó en

1836, en Massachussets, la redacción de un código; la Constitución del Estado de

Nueva York, en 1846, prevé la redacción de un código escrito y sistemático,

comprensivo de la totalidad del derecho del Estado; en 1856 todavía el historiador del

derecho inglés, sir Henry Maine, alcanzó a predecir la vinculación de Estados Unidos de

América al sistema de derecho romano-germánico. Además, algunos Estados, después

de la independencia, prohibieron referirse a las sentencias inglesas pronunciadas

después de 1776; en numerosos territorios que fueron anexados a la Unión americana

se aplicó, al menos en teoría, el derecho francés o el derecho español y en los cuales,

en todo caso, no existía ninguna tradición del common law.

Pese a la aparente introducción de tradición romano-germánica, en los Estados Unidos

de América terminó por imponerse el common law, a excepción del territorio de

Nueva Orleáns, que se convirtió en 1812 en el Estado de Lousiana. En los otros

territorios que se anexaron a la Unión americana la vigencia de leyes francesas,

españolas o mexicanas era solo teórica, pues en la práctica se adoptó el common law

vigente en Inglaterra. Además, la lengua inglesa y la población originaria inglesa en los

Estados Unidos de América mantuvieron a ese país en la familia del common law.

Según refieren David y Jauffret-Espinosi, las obras de ciertos juristas también

coadyuvaron al triunfo del commn law en los Estados Unidos, entre las cuales se puede

citar a Kent con sus Comentarios (1826-1830).

Sin embargo, el common law de los Estados Unidos tuvo un desarrollo particular, pues

el derecho inglés que se recibió en América es, en la medida que ha sido recibido, el

derecho vigente en Inglaterra hasta antes de la independencia de los Estados Unidos.

Nunca se consideró introducir en el derecho de los Estados Unidos los desarrollos

jurídicos del common law en Inglaterra después de 1776.

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2.2 OrganizaciónAdministrativaenelReinoUnidoy

EEUUDado que el derecho de los Estados Unidos de América pertenece, por su estructura, al

common law, es lógico suponer que guarda profundas coincidencias con el derecho inglés.

Por ello el derecho, para un jurista de los Estados Unidos, al igual que para un jurista en

Inglaterra, es concebido como un derecho jurisprudencial, y las reglas de derecho legislativas

tienen un carácter secundario, y solo adquieren relevancia si han sido interpretadas y

aplicadas por las cortes.

Sin embargo, dado que después de la independencia de los Estados Unidos, las reglas del

common law de Inglaterra ya no fueron tomadas en cuenta, el derecho norteamericano

adquirió características propias.

Siguiendo a David y Jauffret-Espinosi, se puede afirmar que una diferencia fundamental entre

el derecho en los Estados Unidos, y el derecho en Inglaterra, es que en el derecho

norteamericano existe la distinción entre el derecho federal y el derecho de las entidades

federativas, que en el derecho ingles no existe.

En el derecho de los Estados Unidos la definición de que es el derecho federal y el derecho

federativo, depende primordialmente de las autoridades de las que emanan, así como del

alcance de ambos derechos.

La regla general es que corresponde a las entidades federativas (los Estados) la potestad

legislativa, mientras la potestad federal en materia legislativa es la excepción. Esta regla

general encuentra su explicación en el hecho de que antes de la independencia de los Estados

Unidos las trece colonias inglesas vivían casi de forma independiente las unas de las otras.

Inclusive la potestad de los Estados para legislar no se excluye en los ámbitos en los que la

autoridad federal (el Congreso) puede legislar.

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Lo único que les está vedado a las autoridades federativas es invadir aquellas competencias

que son propias del ámbito federal.

Sin embargo, las amplias prerrogativas legislativas de las autoridades federativas tienen

límites. El principal límite es que las autoridades federativas no pueden legislar en contra de la

Constitución y el Comercio Interestatal.

Sin embargo, dado que el derecho de los Estados Unidos es un derecho eminentemente

jurisprudencial, para comprender con nitidez la relación entre el derecho federal y el derecho

federativo o estatal, debe analizarse la relación entre las jurisdicciones federal y estatal, más

que las potestades legislativas.

Siguiendo con el análisis, cabe destacar que en los Estados Unidos existen las jurisdicciones

federales y las jurisdicciones estatales. Las reglas para delimitar las competencias de las

jurisdicciones federales y estatales no se rigen por las mismas reglas para delimitar las

competencias de las autoridades federales (el Congreso) y federativas para dictar leyes.

En virtud de la Judiciary Act de 1789, las cortes federales debían aplicar las leyes (the laws)

de las entidades federativas (los Estados) de donde se origina la controversia. Sin embargo, la

interpretación de lo que debe entenderse por ley generó dudas, sobre todo cuando una

controversia no estaba contemplada por una ley del Estado donde se ventilaba el caso. En este

caso, en el precedente jurisprudencial Swift v. Tyson (1842), se estipuló que las jurisdicciones

federales ante falta de ley Estatal, no estaban sometidas al common law de las Cortes

Estatales, sino que tenían la potestad de crear un general common law.

Sin embargo, este precedente nunca tuvo aceptación general. Al contrario, en la actualidad la

regla general es que no existe un common law general o common law federal, salvo en unas

pocas materias. En este sentido, en el precedente jurisprudencial Erie Railroad Corporation v.

Tompkins (1938), se expuso una solución judicial opuesta a la existencia de un common law

general o common law federal. En este precedente, la Suprema Corte de Justicia de los

Estados Unidos expreso que excepto en aquellas ámbitos regulados por la Constitución

Federal o por la Leyes del Congreso, el derecho que debe ser aplicado a las controversias es el

derecho de cada entidad federativa (de cada Estado particular), siendo irrelevante si el

derecho ha sido desarrollado por la legislatura del Estado mediante una ley escrita o si ha sido

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desarrollado por las Corte Suprema de la entidad federativa.

Sin embargo, en algunas pocas materias que son de competencia exclusiva de las cortes

federales, excluyendo a las cortes supremas de los Estados en particular, si existiría una

especie de common law federal. Estas materias exclusivas están relacionadas a las leyes

federales de patentes, la competencia desleal y el derecho marítimo.

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2.3SistemaPolíticoenelReinoUnidoyEEUU

En este apartado centraremos nuestra atención en aquellas particularidades del

sistema político en el Reino Unidos y en los Estados Unidos, que condicionan el

derecho de ambas naciones.

Mientras el Reino Unido es una monarquía constitucional, en los Estados Unidos rige

un sistema presidencialista. En el Reino Unido la Jefatura de Estado y la Jefatura de

Gobierno se encuentran separadas. Por un lado, la Jefatura de Estado la ejerce el

monarca, teniendo facultad la declarar la guerra y firmar la paz, dirigir la política

internacional, entre otras. Por otro lado, la Jefatura de gobierno la ejerce el Primer

Ministro. Si bien el Primer Ministro lo nombre el monarca, este debe contar con el

apoyo del Parlamento, específicamente, de la Cámara de los Comunes. En los Estados

Unidos, en cambio, la Jefatura de Estado y la Jefatura de Gobierno se funden en la

única autoridad del Presidente, quien no es elegido por directamente por el pueblo

mediante el voto universal, sino que es elegido de forma indirecta a través del voto de

compromisarios.

En el Reino Unido el poder legislativo lo ejerce el Parlamento. Este Parlamento es

bicameral, y se compone de la Cámara de los Comunes y la Cama de los Lores. La

característica esencial de cada Cámara es su origen. La Cámara de los Comunes (House

of Commons) es elegida por el pueblo, mediante el sufragio universal, y se compone en

la actualidad de 650 miembros1. La Cámara de los Lores (House of Lords), en cambio

no son elegidos por el pueblo. Existen lores temporales y lores espirituales. Los lores

temporales son generalmente vitalicios, y son nombrados por el monarca. También

existen lores temporales que tienen un origen vitalicio. Por otro lado, los lores

espirituales son miembros de la alta jerarquía de la iglesia en Inglaterra. Actualmente

esta Cámara está compuesta por 781 miembros. La Cámara de los Comunes cumple

las funciones de una Cámara Baja típica en los regímenes parlamentarios, y se encarga

1 Según el sitio web oficial del Parlamento Británico https://members.parliament.uk/.

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del control del gobierno y de la aprobación de las leyes. La Cámara de los Lores

cumple las funciones de una Cámara Alta, aunque en la actualidad sus atribuciones

políticas se encuentran debilitadas, aún mantiene su rol de órgano asesor en los temas

más complejos. Hasta antes del Acta de Reforma Constitucional del año 2005, la

Cámara de los Lores ostentaba facultades judiciales, que a partir de esta reforma

pasaron al Tribunal Supremo o Corte Suprema del Reino Unido. Es destacar que todos

los jueces de este máximo tribunal de justicia son nombrados por el monarca a

recomendación del Primer Ministro. Por su parte, en los Estados Unidos el poder

legislativo lo ejerce el Congreso. El Congreso de los Estados Unidos es bicameral,

compuesto por la Cámara de Representantes y la Cámara del Senado. Los miembros de

la Cámara de Representantes y los de la Cámara del Senado son elegidos mediante el

voto, por un periodo de 2 años y 6 años, respectivamente. Si bien el Presidente tiene la

potestad de nombrar a los miembros del Gabinete, estos miembros deben ser

aprobados por la Cámara del Senado.

El Reino Unido tiene en el Tribunal Supremo o Corte Suprema al más alto tribunal civil,

y constituye el máximo tribunal de apelación. Este Tribunal tiene origen en el Acta de

Reforma Constitucional del año 2005, que recién se hizo efectiva el 1 de octubre del

2009. Este Tribunal tiene competencia en todos los territorios del Reino Unido, y actúa

sobre los tres sistemas legales existentes: el sistema de Inglaterra y Gales, el sistema

de Escocia y el sistema de Irlanda del Norte. Por su parte, en los Estados Unidos, el

Tribunal de mayor rango es la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, y

constituye la cabeza del poder judicial en este país. Entre las prerrogativas de la

Suprema Corte se destacan las facultades de revisión judicial y de declarar

inconstitucionales las leyes federales o estatales, así como de los actos el poder

público federal o estatal. Las decisiones de este alto tribunal no son susceptibles de ser

apelados. Los jueces de la Suprema Corte son nombrados por el Presidente, pero con

la aprobación de la Camara del Senado.

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2.4SistemaJurídicoenelReinoUnidoyEEUU

Una descripción panorámica de los sistemas jurídicos del Reino Unido y de los Estados

Unidos de Norteamérica nos lleva a tener presente sus coincidencias y sus diferencias.

Entre las coincidencias entre estos sistemas jurídicos, siguiendo a González (2010), se

pueden citar las siguientes características: a) la plasticidad de sus fuentes; b) el

carácter realista y práctico de sus métodos jurídicos; c) una concepción empírica del

mundo frente a la concepción racionalista europea continental; d) un pensamiento

concreto, distanciado de las ideas generales; e) el carácter eminentemente judicial del

sistema jurídico; f) un Derecho construido por los jueces; g) Identidad en la división

del derecho; h) Identidad en la concepción de la norma jurídica; Identidad conceptual,

aunque en los Estados Unidos se introducen conceptos nuevos; i) Idéntico manejo del

Common Law y la Equity; j) Derecho jurisprudencial; k) Una reglas legislativas con un

valor jurídico dependiente de la aplicación e interpretación de los Tribunales; l) No

hay una referencia directa a las normas sino a las decisiones judiciales que la han

aplicado.

Siguiendo a la misma autora González (2010), si bien los sistemas jurídicos del Reino

Unido y de los Estados Unidos pertenecen a la misma familia jurídica del common law,

existen algunas diferencias, entre las cuales se pueden destacar: a) Inglaterra tiene una

Constitución no escrita, flexible; mientras los Estados Unidos tiene una Constitución

escrita federal; b) Inglaterra tiene una Monarquía Parlamentaria; mientras que los

Estados Unidos tiene una República Federal; c) los Estados Unidos no solo recibió la

influencia inglesa, sino que recibió la influencia de otros pueblos (Noruegos —

Delaware—, Suecos —Hudson—, etcétera); d) los colonizadores de los territorios de

los Estados Unidos desconocían el Common Law y aplicaron sus costumbres locales, un

derecho arcaico inspirado incluso en la Biblia; e) los Estados Unidos en sus orígenes

nombraron jueces legos con una gran discrecionalidad; f) Inglaterra desarrolló un

derecho eminentemente procedimental; g) en los Estados Unidos la fuerza de un

precedente jurisprudencial es más suave y la ley escrita cobra importancia —comienzo

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codificación—; h) en los Estados Unidos para la enseñanza del derecho se usa el

método socrático y grandes avances en la clase magistral.

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3.Bibliografía

» René David y Camille Jauffret-Espinosi. “Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos”. Décimo primera edición. Instituto de Investigaciones Jurídicas. Universidad Nacional Autónoma de México. Centro mexicano de Derecho Uniforme. Facultad Libre de Derecho de Monterrey. México, 2010.

» Nuria González Martín. “Sistemas jurídicos contemporáneos”. Universidad Nacional Autónoma de México, 2010.

» Enlaces web referidos:

» Sitio web oficial del Parlamento Británico https://members.parliament.uk/.

Consultado por última vez el 11 de enero del 2019.