tv pública en españa

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Las radios y las televisiones públicas Dr. Juan Luis Manfredi Sánchez [email protected] ciberdemocracia.blogspot.com/

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Page 1: TV pública en España

Las radios y las televisiones públicas

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Estructura empresarial de la radio y la TV en España

La era de los medios como negocio global

Desde 1985 al presente

La era de la comercialización1970 a 1985

La era del servicio público de televisión y de la radio popular

1957 a 1970

La era de la imprenta y del servicio universal de la radio

Anterior a 1957

Cuatro etapas estructurales

Page 3: TV pública en España

La radio tiene un origen privado y vinculado al ocio

Radio Sevilla y Radio Barcelona son las pioneras: clubes de radioaficionados y revistas radiofónicas

En UK, la BBC nace de las limitaciones financieras de la industria de producción de aparatos radiofónicos

La TV pública es un concepto clave en el panorama audiovisual europeo

Nace dentro del contexto del estado del bienestar (1945)… y de la costilla de la radio

El Estado provee este servicio porque es un bien público definidor de las instituciones nacionales dedicadas a la difusión de la información, la cultura y el ocio

La TV actúa como elemento cohesionador y socializador: pedadgogía del tiempo libre

El Estado asume el triple monopolio sobre la producción, la programación y la difusión de TV

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Page 4: TV pública en España

Tipología de radios y televisiones públicas

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Estructura empresarial de la radio y la TV en España

ExperimentaciónReality show

Vanguardia

EmotividadPersonalidades carismáticas

Carismático

Propio del desarrollo del estadoPersonalización de la voz institucional

Burócrata

Modelo fundadorMentalidad ilustrada aplicada a los medios audiovisuales

Paternalista

Page 5: TV pública en España

El triple monopolio se justifica mediante una concepción amplia de las políticas culturales

Los modelos fundadores encarnan la mentalidad ilustrada y paternalista de la TV

Abarca el sistema financiero, las instituciones de organización y control, el conjunto de contenidos y la conjunción entre el mercado y el interés público

Progresivamente los operadores públicos se desvinculan del Estado

Crece la demanda de contenidos de calidad, la independencia informativa y la financiación del servicio público

Las dictaduras mantienen el sistema… ¿por qué?

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Page 6: TV pública en España

Los modelos de TV y radio públicas dependen de la organización del Estado

Nivel estatal, regional y local

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TVE circuito catalánNula autonomíaFranjas horarias de desenganche

Oligocéntrica

TVE circuito regionalNula autonomíaReducida franja horaria de desenganche

Desconcentrada

FR – 3Limitada autonomíaProgramas en común y diferenciados

Regionalizada

ARD - 3Ente autónomoProducción regional o interregional

Autónoma

ARD o ITVEnte autónomoProducción regional y emisión a escala estatal

Federal

EjemploAutonomíaProducción – EmisiónTipo de emisión

Page 7: TV pública en España

En la década de los ochenta asistimos a los cuatro procesos teóricos

1.- La desregulación2.- La globalización3.- La integración4.- La convergencia

Las radios y las TV públicas son las principales afectadas por la transformación estructural

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1980 1997

TV públicas

TV privadas

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Estructura empresarial de la radio y la TV en España

Italia, Reino Unido, Bélgica, Finlandia Francia, Alemania, Grecia, Italia, Noruega, España, Suecia, Reino Unido + Dinamarca, Islandia, Holanda y Portugal

Italia y Reino Unido + Bélgica, Finlandia Francia, Alemania, Grecia, Noruega, España y Suecia

Italia y Reino UnidoSistema dual

LuxemburgoLuxemburgoLuxemburgoMonopolio privado e ingresos sólo por publicidad

Austria, Irlanda y SuizaAustria, Islandia, Irlanda, Holanda, Portugal y Suiza + Dinamarca

Austria, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Islandia, Irlanda, Holanda, Portugal, Suiza y España

Monopolio público e ingresos mixtos

Bélgica, Dinamarca, Noruega y Suecia

Monopolio público e ingresos sólo por canon

199719901980Tipología

Page 9: TV pública en España

La mercantilización de la TV y la radio

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Cantidad: fidelidadSatisfacción: la audiencia acumulada

Legitimación

ConsumidorCiudadanoDestinatario

Múltiple: propia o ajena; nacional e importada

Propia y nacionalProducción

EntretenimientoInformación, educación y entretenimiento

Objetivos de la programación

Política y economíaPolítica y culturaDinámica dominante

PublicidadCanonFinanciación

Mercado (competencia)Gestión públicaGarantía del pluralismo

Estado-árbitroEstado-gestorPapel del Estado

Televisión y radio comercialTelevisión y radio pública

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Autonomía del ente Políticas públicas audiovisuales a largo plazoResponsabilidad ante el Parlamento y otros cuerpos reguladores

Libertad y responsabilidad

Información veraz y formativaServicios al ciudadanoProgramas culturalesProducción y contenidos nacionales

Programación

CanonPublicidadOtros

Financiación

InformaciónFormaciónOcio

Misión

UniversalidadDiversidadIndependenciaDiferencia respecto a otros servicios audiovisuales

Principios básicos

Cuadro resumen de las TV y las radios públicas

Page 11: TV pública en España

Notas para la historia reciente de RTVE

El régimen franquista controla y centraliza todas las comunicaciones

No existe un desarrollo normal de la actividad audiovisual

1973: RTVE se configura como servicio público centralizado

La Transición, la llegada de la democracia y el europeísmo instan a la normalización y regulación

1976: el Decreto aprueba la creación del Consejo General de RTVE

“El CG asesorará, orientará y determinará los programas y los contenidos audiovisuales”

1977: RTVE se configura como organismo autónomo de carácter comercial adscrito al Ministerio de CulturaAbandona el carácter de servicio público centralizado

Este mismo año, el gobierno Suárez concede 300 licencias de radio para la FM y la Cadena SER emite Hora 25

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1979: El Pleno del Congreso aprueba el Estatuto de Radio y TV (Ley 4/1980)

¿Atenta contra los derechos fundamental? ¿es anticonstitucional?

Es la norma fundamental que ha regido el sector durante 26 años

1982: el PSOE gana las elecciones

El gobierno mantiene el monopolio y extiende el control a las emisiones de cable y satélite

1983: se aprueba la Ley del Tercer Canal

Rompe el monopolio estatal y autoriza las emisiones regionales… aunque ETB y TV3 ya emitían de hecho

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Page 13: TV pública en España

Notas para el estudio del Estatuto de 1980

La radiodifusión y la TV se configuran como servicio público esencial y estatal

La titularidad corresponde al Estado, que centraliza las tres áreas

Esta situación se mantiene hasta 1995 con la aprobación de la Ley 41/1995, de 22 de diciembre, de TV local por ondas terrestres

El Estatuto es la ley básica y todas las leyes aprobadas con posterioridad han respetado el marco

Problema: la convergencia con Europa

La solución… una mala norma que ha encorsetado el desarrollo del audiovisual

Artículo 1.3.: La radiodifusión consiste en “la producción y difusión de sonidos mediante emisiones radioeléctricas a través de ondas o mediante cables, destinados mediata o inmediatamente al público en general o a un sector del mismo, con fines políticos, religiosos, culturales, educativos, artísticos, informativos, comerciales, de mero recreo, o publicitarios”

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Page 14: TV pública en España

La posición del Tribunal Constitucional

El TC ha validado la reserva estatal de servicio público esencial

No ha profundizado en los contenidos o en las cuestiones tecnológica

Sentencia 12/1982 de 31 de marzo: recurso de amparo del grupo Antena 3 de radio.

• Se ha vulnerado el DDFF a gestionar y explotar la transmisión de AV a través de TV en todo el ámbito nacional.

• La libertad de información exige una pluralidad de oferentes, sobre todo cuando caben en el espacio radioeléctrico

Solución: la atribución a un ente público es constitucional, mientras que la gestión indirecta exige una decisión activa del legislador

La TV privada no está prohibida, pero necesita legalidad

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La posición del Tribunal Constitucional

Voto particular del magistrado Francisco Rubio Llorente

• La CE no admite el monopolio sobre ningún medio de comunicación

• Los particulares pueden crear y operar emisoras de TV

El TC insta a que el legislador regule el derecho al acceso

Sentencia 74/1982, de 7 de diciembre

La emisión mediante ondas radioeléctricas supone el uso del dominio público

Las frecuencias son limitadas

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Page 16: TV pública en España

La posición del Tribunal Constitucional

Sentencia 79/1982, de 20 de diciembre

• Abre las puertas a las TV privadas

• Fundamento 3: “si se admiten las modalidades indirectas de gestión mediante la técnica concesional, no podrá sostenerse, sin hacer quebrar todos los principios sobre los que se asienta esta modalidad de gestión, una pretensión dirigida a obtener la concesión sin sujeción al procedimiento concesional”.

Sentencia 106/1986, de 24 de julio

La TV es un servicio público, pero admite la gestión delegada/indirecta

El gobierno socialista aprueba la Ley de TV privada en 1988

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Page 17: TV pública en España

La posición del Tribunal Constitucional

1994: Recurso desestimado

El PP solicita que la TV deje de ser servicio público esencial de titularidad estatal

El TC desestima el recurso porque considera que la libertad de información y la libertad de empresa son diferentes

“Son conceptualmente distintos los derechos de los ciudadanos a expresarse libremente y recibir información veraz en radiodifusión y los instrumentos técnicos o ámbito de la realidad social en el cual tales derechos a través de la radiodifusión se proyectan y en los cuales dichos derechos se ejercen, que reclaman – por su misma naturaleza – una detallada regulación estatal, entre otras razones, para posibilitar su ejercicio en condiciones de igualdad y no interferir otros usos del dominio público radioeléctrico”.

La declaración de la televisión como servicio público “no es contraria en sí misma y sin necesidad de mayores razonamientos, a la Constitución; ningún precepto constitucional la impide expresa o tácitamente. Es pues, una opción entre otras constitucionalmente posibles, que puede tomar el legislador” por lo que “la asunción por los poderes públicos de la actividad televisiva como servicio público, para abrir posteriormente su gestión a los particulares, en la medida en que resultan afectados derechos fundamentales, no puede tener otra justificación que la de servir a los intereses generales”.

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Page 18: TV pública en España

La posición del Tribunal Constitucional

Sentencia 31/1994 de 31 de enero

Es injustificable la pasividad del legislador en materia de TV privada

Se ve obligado a impulsar la TV local por cable, porque no vulnera el régimen general del servicio público

Consecuencia: la Ley 41/1995 de diciembre, de TV local por ondas terrestres

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Page 19: TV pública en España

Doctrina constitucional

1.- Reconoce la correlación entre el derecho individual a la expresión, la formación de la opinión pública y la libertad de empresa

2.- Confirma la necesidad de la acción positiva del poder político para dar cobertura legal a este derecho.

3.- El ejercicio de este derecho está sometido a cuatro límites:

• el respeto de igualdad entre los ciudadanos• el límite tecnológico para la creación de canales, • el espacio electromagnético como bien de dominio público • el cumplimiento de la legislación internacional en materia de televisión ondas terrestres

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Page 20: TV pública en España

La aparición de las TV privadas

Marco legal: Ley 10/1988 de 3 de mayo

La TV es un servicio público esencial cuya titularidad corresponde al Estado

La TV privada responde a un modelo de gestión indirecta

¿Cómo? Mediante la concesión administrativa y concurso público

La concesión es temporal y tiene una vigencia de 10 años

Es intransferible y tiene validez en todo el territorio nacional

Mediante acuerdo del Consejo de Ministros, el 11 de junio de 1999 se produjo la renovación de las concesiones

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Page 21: TV pública en España

La aparición de las TV privadas

Criterios de concesión:

• Fomento del pluralismo en la información y la opinión• La viabilidad técnica y económica• La programación previsible

La redacción del texto dejar la puerta abierta a nuevas concesiones

Canal Plus, Tele 5 y Antena 3 obtienen las licencias

1989: Comienzan las emisiones

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Las primeras emisiones ofrecen un paisaje audiovisual y un lenguaje muy

diferente al actual

Page 23: TV pública en España

La aparición de las TV privadas

La ley es proteccionista y trata de fomentar la industria local

40% de los contenidos tienen que ser nacionales

La emisión de publicidad se limita a 10 minutos por hora

Un accionista sólo puede poseer hasta el 25% del accionariado

La imposición supone una revolución en el ordenamiento europeo

Sucesivamente se modifica de acuerdo con la Directiva 89/559/CEE de TV sin fronteras (e.g. Ley 25/1994 de 12 de julio)

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Page 24: TV pública en España

La aparición de las TV privadas

La creación de las TV privadas transforma el paisaje audiovisual

Primer problema: ¿cómo se financian las TV públicas?

La tarta se reparte entre tres actores más

Los contenidos se reparten y los ingresos comerciales se reducen

Clave: RTVE no tenía la planificación estratégica para la llegada de la competencia

El monopolio había creado una imagen de empresa saneada y rentable

En 1987, se superaron los 160 millones de superávit

En 1990, aparece el déficit…

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Page 25: TV pública en España

La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones crea la empresa pública estatal Red Técnica Española de Televisión (Retevisión)

Retevisión asume la prestación de servicios portadores de ondas de radio y TV…

Se rompe el triple monopolio audiovisual y se resquebraja el sistema español

RTVE pierde un activo fundamental como son las instalaciones de la red de difusión

El valor calculado de la red alcanzaba los 120 millones de euros

1999: el servicio portador se libera totalmente

La empresa de radio y TV puede contratar el transporte de la señal con la empresa que desee

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Page 26: TV pública en España

La financiación

El modelo comercial ha primado durante la historia de RTVE

RNE nunca ha recibido ingresos por publicidad

Es un sistema similar a otros países de Europa, pero una excepción en el paisaje español

RNE se financia mediante una subvención a la explotación a cargo de los presupuestos del Estado

1957: se crea la Administración Radiodifusora Española (ARE) como organismo autónomo

El ARE adquiere las competencias de emisión de TV, la gestión de la publicidad y cualquier otra actividad derivada

1960: El ARE no llega a nacer, por su condición de organismo autónomo, y es absorbido por la Dirección General de Radiodifusión

Las primeras cuñas se habían emitido en 1958: se recaudan 4,5 millones de pesetas

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Page 27: TV pública en España

La financiación

El ritmo de crecimiento es geométrico

1973: se recaudan 7.000 millones de pesetas

Los precios son razonables y accesibles a numerosas empresas

La estrategia no es agresiva, sino que permite la financiación del grupo RTVE

Esta situación se mantiene hasta 1988

Como la publicidad es suficiente se suprime el canon mediante la Ley 103/1965 de 21 de diciembre

En la exposición de motivos recuerda que “produce rendimientos no proporcionados a las molestias que su exacción causa”

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Page 28: TV pública en España

La financiación

Por las mismas molestias, la Ley de Reforma Tributaria (11 de junio de 1964) ya había eliminado la condición de “impuesto de lujo” a la radioaudición

Entre 1976 y 1986, los ingresos procedentes de la publicidad se incrementan en el 1.265%

Los primeros desequilibrios derivados de la mínima competencia que suponen los terceros canales se corrigen mediante la concesión de créditos blandos

La financiación pública se justifica por el artículo 1.2. del Estatuto y por la condición de servicio público esencial

El artículo 32 del Estatuto indica que éstas serán las vías de financiación

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Page 29: TV pública en España

La financiación

1982-1993: El gobierno socialista controla el poder ejecutivo

1983: Miguel Boyer, ministro de Hacienda

Se retiran las subvenciones estatales como vías de financiación

Se quieren europeizar la situación, lo que incluye la retirada de financiación y la ruptura del monopolio

Antecedente y marco de trabajo: la sentencia Sacchi del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

“En ausencia de disposiciones expresas contrarias al Tratado un mensaje televisado se debe considerar, por razón de su naturaleza, como una prestación de servicios”.

El Tribunal acepta la existencia de una TV subvencionada por el Estado porque no es contraria a los Tratados

Es lo mismo que había asegurado el TC en la sentencia 12/1982 de 31 de marzo

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Page 30: TV pública en España

Los ingresos se estabilizan en torno a los 1.200 millones de euros,

Los precios caen en picado:

• En 1989, el coste medio de un minuto de publicidad alcanzaba los 21.600 euros• En 1994, 3.600 euros por minuto.

De este modo se pasa de recaudar 990 millones de euros en 1989 a percibir tan sólo 439 millones en 1995, lo que supone un descenso del 56%.

La DG no prevé la reducción de los ingresos ni se toman medidas de adaptación

La libre competencia conduce al desastre

Se mantiene el bloque de gastos, crece en el ámbito de la producción para competir con las privadas y disminuye el nivel de ingresos.

Con la deuda aparece el gasto financiero derivado de las necesidades de endeudamiento.

Estos problemas económicos y financieros, de provisionales, pasan a ser estructurales

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Page 31: TV pública en España

La deuda crece sin parar, a pesar de que en el período transcurrido entre 1994 y 1996, el gobierno asumió 1.390 millones de euros procedentes de dicha deuda

El gobierno asume la deuda, pero no afronta el problema

Abril de 1991: el Director General Jordi García Candau reclama ante la Comisión de Control Parlamentario la necesidad de elaborar y desarrollar un plan de viabilidad

Entre las medidas concretas, encontramos tres ámbitos principales de actuación:

1.- La adecuación de la plantilla a la nueva realidad 2.- La reducción de los gastos de explotación 3.- La mejora de la gestión pública.

Octubre 1991: la plantilla está sobredimensionada y se presenta un expediente de regulación de empleo

El expediente dará la baja a 1.700 empleados

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Page 32: TV pública en España

1993: el Consejo de Administración de RTVE aprueba la reducción del 26,5% de la plantilla (despedidos, jubilaciones y prejubilaciones)

Se cierra la emisora RNE 4 en todo el país, excepto las emisiones para Cataluña

Se cerraron 24 emisoras en poblaciones de menos de 600.000 habitantes.

Esta tendencia se repite en Europa: entre 1988 y 1994 las TV públicas redujeron en el 12% la plantilla (de media)

La mejora de la gestión se centra en dos puntos:

1.- Nuevos productos

2.- La definición de la misión

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Page 33: TV pública en España

Servicio público puro:

1.- TVE Internacional

2.- La Orquesta Sinfónica y el Coro de RTVE

3.- La colaboración con el Ministerio de Asuntos Exteriores

4.- Las obligaciones derivadas de los acuerdos entre la Iglesia y el Estado

5.- El servicio universal

6.- El Instituto Oficial de Radio y Televisión (IORTV)

Estas actividades apenas generaban ingresos, pero costaban en torno a los 360 millones de euros anuales durante el quinquenio 1990-1994.

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Page 34: TV pública en España

El crecimiento de la deuda es imparable (en millones de euros)

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Fuente: elaboración propia

Page 35: TV pública en España

La situación empeora: lo peor no es la deuda, sino el déficit

RTVE se lanza a por la publicidad comercial

El Estado aporta dinero de 1993 a 1997

1997: los Presupuestos Generales del Estado modifican el modelo de financiaciónEl Estado no asumirá la deudaSe multiplican los planes de saneamiento, pero no cuajan

Ejemplos:

1.- Emisión de títulos de renta fija a 20 y 25 años

2.- La asunción diferida de la deuda, el crecimiento de los ingresos por publicidad y la congelación presupuestaria

3.- La financiación pública plurianual

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Page 36: TV pública en España

1999: la deuda se contiene mediante la enajenación de derechos y participaciones del ente RTVE

Destaca

1.- La venta al grupo Telefónica del 17% de Vía Digital: reporta 81 millones de euros

2.- La venta al grupo Telefónica de los derechos de emisión de la Liga de Campeones: 204 millones de euros

3.- La devolución del IVA indebidamente cobrado entre 1996 y 1998: 275 millones de euros

4.- La compensación por la enajenación de Retevisión: 570 millones de euros

5.- La renegociación de la deuda

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Page 37: TV pública en España

Las TV privadas se han quejado durante años de la indefinición del modelo público de radio y TVE(ver lección 3)

En el proceso de europeización, la Comisión Europea se preocupa por la competencia

1992-1994: Tele 5 y Antena 3 se quejan por competencia desleal y doble financiación

La Comisión se resiste y no termina de dar su opinión

1998: el Tribunal de Justicia de Primera Instancia exige a la CE que se pronuncia

1999: Mario Monti (comisario de la Competencia) requiere la información a las partesAmenaza con expedientar a RTVE, si no modifica su actividad

Conclusión: las subvenciones a la explotación responden al servicio público que presta, pero no ha lugar a que el Estado garantice la deuda del ente

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Page 38: TV pública en España

El límite de los avales estatales son los costes netos de la prestación del servicio público, que podrían incrementarse siempre que se liguen a tales servicios.

La argumentación se basa en que como el Estado no quiebra, su garantía permite al ente aumentar la deuda ilimitadamente.

Si el Estado no garantiza el pago, los acreedores pueden exigir mayores reconocimientos de la deuda, porque aumenta la calificación crediticia de las agencias de rating.

Como resultado se podría encarecer su financiación e incrementar el pasivo.

La última emisión de bonos (850 millones de euros) había obtenido el rating “AA+” por parte de Standard&Poor’s, lo que confirma el apoyo estatal al ente.

El lado positivo del pronunciamiento es que el reconocimiento del servicio público prestado puede suponer el incremento de la subvención, lo que reduciría la necesidad de emitir deuda.

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Page 39: TV pública en España

La condición: si quiere seguir este método, el Presupuesto General del Estado debe computar el incremento en las ayudas públicas con el consiguiente impacto en el déficit y la deuda pública

La subvención directa apenas tiene incidencia directa en la financiación del grupo, ya que no supera los 80 millones de euros anuales, en comparación con los 1.500 millones de euros en bonos para financiar la operativa

El mismo expediente exigía a la RAI contabilidad segregada entre la actividad comercial y pública, tras una denuncia del grupo Mediaset ligado a Silvio Berlusconi

También exigía al gobierno portugués la justificación de las desproporcionadas ayudas que otorga a la RTP.

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Page 40: TV pública en España

La adscripción a la SEPI

La SEPI es un holding público que agrupa las participaciones del Estado en las empresas públicas.

Es el acrónimo de Sociedad Española de Participaciones Industriales

2000: Órgano, heredero del Instituto Nacional de Industria, que depende del Ministerio de Hacienda

El Partido Popular plantea un marco de trabajo para esta entidad, dentro del Programa de Modernización del Sector Público.

Los objetivos de éste eran los siguientes:

1.- El saneamiento financiero de las empresas

2.- La consolidación empresarial; privatizaciones

3.- La creación de un tejido industrial y nuevas inversiones

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Page 41: TV pública en España

La adscripción a la SEPI

Octubre 2000: el gobierno quiere sustituir la gestión del Estado

El gobierno traspasa RTVE a la SEPI mediante la Ley de acompañamientode los Presupuestos Generales del Estado 2001

Junio 2001: se presenta el borrador del Plan de Viabilidad para 2001-2004

Objetivo: garantizar la rentabilidad del ente mediante la reducción del déficit endémico de explotación y una solución a largo plazo de la deuda

¿Cómo? Mediante un sistema de titulización del pasivo a largo plazo y con la garantía del Estado.

Los ingresos de cada año se destinarían a cubrir los intereses y a la amortización del principal.

La garantía del Estado facilitaría el reembolso de las partidas de deudas y la movilidad en el mercado.

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Page 42: TV pública en España

La adscripción a la SEPI

La desaparición de la deuda conllevaría la desaparición de los gastos financieros derivados de la misma, cuya cuantía se cifra en 258M euros.

La Comisión Europea desestimó el Plan

Los sindicatos denuncian la gestión de la SEPI, porque se propone la reevaluación de la plantilla (9.500 trabajadores)

Se evalúan las 166 categorías laborales vigentes para incrementar la productividad y eliminar las no rentables

El ERE afectaría a 2.500 empleados… un tercio

¿Cómo? Mediante las bajas incentivadas y las jubilaciones anticipadas.

Resultado 2001/2002: 300 trabajadores se acogieron a las bajas incentivadas

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Page 43: TV pública en España

La adscripción a la SEPI

El reparto de empleados es el siguiente (2002):

• 1.009 trabajan en el Ente Público• 5.978 trabajan en TVE • 2.069 en RNE

Total: 9.056 empleados

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RNE; 23%

TVE; 66%

Ente 11%

Ente TVE RNE

Page 44: TV pública en España

La adscripción a la SEPI

En 2003, se abre un segundo ERE

La SEPI quiere reducir otro 20%, que según UGT serían 2.800 trabajadores menos

Se reduce hasta 8.206 empleados Se reforma el marco laboral: 46 categorías profesionales

2005: XVII Convenio colectivo (sustituye al marco de 1977)

• Movilidad funcional• Subida salarial del 2%

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Page 45: TV pública en España

La adscripción a la SEPI

El plan de la SEPI para RNE es transformador

• RNE1: radio pública autofinanciada y comercial

• RNE2: música clásica

• RNE3: música pop

• RNE4: emisión en catalán

• RNE5: 24 horas de noticias

• RNE Exterior

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Page 46: TV pública en España

La adscripción a la SEPI supone el incremento de la actividad comercial

TVE lidera el mercado publicitario audiovisual ()

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719.620Total

2.581Onda 6

35.540TVG

36.326ETB

42.885Canal 9

45.180Telemadrid

47.019Canal Sur TV

58.773TV 3

79.697Tele 5

174.555Antena 3

197.064 RTVE

Minutos

Page 47: TV pública en España

Reparto de los ingresos publicitarios (2002)

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Estructura empresarial de la radio y la TV en España

0

100

200

300

400

500

600

700

800

Patrocinio Televenta Publicidad Total

RTVE Antena 3 Tele 5 FORTA

Page 48: TV pública en España

Reparto de los ingresos de RTVE (2002)Total: 3.657 millones de euros

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Producción propia; 2,74

Otros; 242,5

Subvenciones; 718,57

Publicidad; 674,63

Page 49: TV pública en España

En el ejercicio 2003, el mercado publicitario audiovisual español facturó 4.415 millones de euros

Supone un crecimiento del 11,4% respecto de 2002

La TV en abierto acapara el 51% y recupera el terreno después de años de dos años de descenso

TVE mantiene la política comercial agresiva y aumenta el tiempo de emisión de publicidad

Alcanza el 29% del total de la tarta publicitaria

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Page 50: TV pública en España

Reparto de los ingresos de RTVE (2003)Total: 1.525 millones de euros

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Publicidad; 697,15

Subvenciones; 756,96

Producción propia; 2,08

Otros; 70,52

Page 51: TV pública en España

La SEPI considera urgente la ruptura de la tendencia de crecimiento inercial.

Se tomaron las siguientes medidas inmediatas:

1.- Se introdujo una nueva metodología para la elaboración del presupuesto.

2.- Proceso de transformación del presupuesto del grupo con el objeto de consolidar la metodología del tipo base cero.

Contenidos: el presupuesto se realiza de acuerdo con el análisis y la revisión de los contratos, los compromisos futuros y las actividades área por área, en vez de basar el cálculo sobre factores incrementalistas, como el IPC.

3.- En el área de producción, los gastos se estiman en función de la parrilla de emisiones.

4.- Se elabora un nuevo modelo de seguimiento presupuestario: mensual, mejora de la información contable y cambio de la cultura organizacional

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Page 52: TV pública en España

Conclusiones de la adscripción a la SEPI

Se observa un cambio en la distribución de los ingresos

Crece la publicidad y la subvención a la explotación

La TV de pago se mantiene en la tendencia alcista: alcanza los 3,5 millones de abonados

Se rompe la tendencia de crecimiento presupuestario inercial

Se reducen los gastos operativos hasta el nivel de 1998

Es una reducción del 4,17%...

Se pretende eliminar el déficit de explotación para que el presupuesto 2005 fuera cercano al equilibrio

El Estado cumpliría las exigencias de la CE: ajuste e incremento de las subvenciones directas a los costes

La SEPI estimaba que, así, el coste por hogar sería de 40,47 euros (sin canon ni gastos financieros)

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Page 53: TV pública en España

La SEPI: mi opinión

1.- La evaluación de la gestión de la SEPI no es positiva

2.- Ha aplazado el modelo estable de televisión para el país, sin remediar los problemas generales del audiovisual, dentro de las políticas públicas de comunicación.

3.- El gobierno socialista rompió las relaciones con la SEPI: el anteproyecto de Presupuestos del Ente para 2005 recoge la ruptura unilateral del protocolo firmado entre la SEPI, la Dirección General y los sindicatos en 2002.

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Page 54: TV pública en España

La externalización de la producción

TVE ha utilizado la técnica del outsourcing para reducir su plantilla

Esta externalización es positiva, porque colabora con el crecimiento de una actividad económica pujante

El problema nace de la picaresca de los productores y de la ineficiencia de los dirigentes

Nacen las productoras girasol

Los sindicatos mayoritarios señalaron que ciertos programas contratados en el exterior hubieran sido más baratos si se hubieran realizados en la propia casa, ahorrando entre el 40 y el 70%

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69,05%638.688,94298.363,15925.031,85Ésta es mi historia

67,44%350.651,5169.314,12519.965,62Entre Morancos y Omaítas

47,56%794.264,77875.931,471.670.193,94Gran Prix

Porcentaje de ahorro

DiferenciaSi lo realizara TVE...

Contrato con la productora

Programa

Page 55: TV pública en España

Un estudio de caso: Operación Triunfo

Éxito de los formatos de telerrealidad

Ejemplos: Popstars, Academia de actores, Destino Lavapiés

Audiencia arrolladora: tres semanas después del estreno, la parrilla de TVE tuvo que ampliar los contenidos dedicados al concurso, como la reposición de la gala los domingos por la mañana y la participación de los concursantes en otros programas de música como “Música sí”

A pesar de la demanda, TVE no abrió un canal propio en Internet, como sí realizó la productora Gestmusic (grupo Endemol), bajo Portalmix.com

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0

2000

4000

6000

8000

10000

12000

14000

22-o

ct

29-o

ct

05-n

ov

12-n

ov

19-n

ov

26-n

ov

03-d

ic

10-d

ic

17-d

ic

23-d

ic

02-e

ne

07-e

ne

14-e

ne

21-e

ne

28-e

ne

04-fe

b

Gal

a fin

al

Page 56: TV pública en España

El éxito se traslada a todas las ventanas posibles

Durante la campaña de Navidad de 2001, se comercializaron 500.000 ejemplares de la gala correspondiente, cuya venta superó a artistas consagrados como Alejandro Sanz, Shakira o Estopa.

Al final del concurso se habían vendido más de tres millones de discos: 36M de euros en ventas

La gala final alcanzó los 10,6 M de espectadores

Canal Satélite Digital abre un canal 24h

RTVE obtiene sólo 10,2M de euros de beneficio sobre el formato sobre una inversión de 6M

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Page 57: TV pública en España

Los ingresos de OT

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Publicidad convencional;

9107462,87; 89%

Otras formas de publicidad;

810529,79; 8%

Royalties; 286521,21; 3%

Page 58: TV pública en España

Los ingresos de OT

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N/DN/DN/D14,99Camisetas

Movilisto, Vizzavi, operadores de telefonía fija, Telephone, Publishing y TVE

4.950.0005.500.0000,90Mensajes SMS y líneas 906

Ediciones B, TVE, Gestmusic

1.152.000200.0005,761 libro oficial

Manga Films, TVE, Gestmusic

2.995.000500.0005,992 vídeos

Vale Music, TVE, Gestmusic, Disney

7.200.000400.000181 CD Disney

Vale Music, TVE, Gestmusic

23.400.0001,3 millones181 CD doble

Vale Music, TVE, Gestmusic

7.774.000 1,3 millones5,9813 discos gala

Empresas beneficiadas

TotalUnidades vendidasPrecio unitario

Page 59: TV pública en España

Los números son tercos

Se facturaron 50M de euros, antes de las giras de verano, y TVE sólo ingresó 10M

Tampoco los concursantes se hicieron millonarios: cobraron el 8% de la venta de discos, el 70% de los contratos de imagen y 700 euros fijos por cada gala.

Vale Music y Manga Films pagaron los royalties a TVE, que reparte con Gestmusic en la proporción 60/40.

Los beneficios procedentes de la publicidad tanto de los resúmenes como de las galas son exclusivos de TVE

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Page 60: TV pública en España

¿Alguien recuerda el formato?

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Page 61: TV pública en España

¿Alguien recuerda algo más? Audiencias de la gala final de Operación Triunfo

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0

2.000.000

4.000.000

6.000.000

8.000.000

10.000.000

12.000.000

14.000.000

2002 2003 2004

Fuente: elaboración propia

Page 62: TV pública en España

Pero ¿qué pasó con los costes?

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0

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Gastos iniciales Producción Resúmenes

OT 1

OT 2

1,5187061,382327

4,338036

9,047759

0,453884

1,137501

Fuente: elaboración propia

Page 63: TV pública en España

La dimensión digital de la TV pública

El grupo RTVE no se ha adaptado a los nuevos medios y mantiene una estructura y unos contenidos propios del mundo analógico.

La Ley de Acompañamieno 2001 define la función de servicio público

Explícitamente menciona la promoción activa del desarrollo de la sociedad de la información

4 líneas de actuación:

1.- La participación activa en el proceso de desarrollo tecnológica 2.- La utilización de todas las vías y medios de distribución y difusión, las nuevas técnicas de producción y difusión de programas y los servicios de comunicación audiovisual 3.- El desarrollo de nuevos servicios, especialmente los digitales y on line 4.- El acercamiento de los servicios y actuaciones de las diferentes administraciones públicas a los ciudadanos

Interesante: el proyecto de digitalización del Archivo Histórico de TVE

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Page 64: TV pública en España

El declive de la credibilidad de RTVE

La segunda legislatura del PP supone la pérdida de credibilidad

Resultado de la pésima gestión de la comunicación política

En 2002/2003, pierde 0,5M de espectadores

¿Qué pasó? La Cumbre de la UE en Barcelona, la huelga general 20-J, el Prestige, la crisis de la Asamblea de Madrid, el accidente del Yakolev 42, la primera comparecencia de Dña. Letizia y D. Felipe, las manifestaciones del 15-F (No a la guerra), la contraprogramación

Estudio de caso: Sentencia de 23 de julio de 2003 de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional sobre el ejercicio del derecho a comunicar información veraz por parte de TVE en relación con la huelga general convocada por los sindicatos mayoritarios el 20 de junio de 2000

Los sindicatos presentan la demanda por falta de veracidad

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Page 65: TV pública en España

El declive de la credibilidad de RTVE

Claves de la sentencia

1.- El tribunal cuestiona la forma en que un medio público ha ejercido el derecho a comunicar información respecto de un tema de especial interés como fue el desarrollo de una jornada de huelga general.

2.- “La forma” es la información relativa a la encuesta publicada por el CIS. TVE la utilizó parcialmente, reseñando lo que era positivo para el gobierno, como que el 54% de la población no pensaba ir a la huelga o que sólo el 43% la secundaría, mientras que omitía sistemáticamente los datos perjudiciales, como que el 54% de la población creía que había muchos o bastantes motivos para convocarla.

3.- La sentencia separaba claramente la libertad de expresión del derecho a comunicar información. La información emitida aquel día fue sesgada, porque utilizó la información pública (los datos del CIS) según la conveniencia, lejos del interés público.

4.- TVE omitió la sentencia de los telediarios

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Page 66: TV pública en España

Contenido de la sentencia

La Sala de Lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado favorablemente la demanda interpuesta por CC.OO. contra el Ente Público RTVE y TVE S.A., por vulneración de los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical como consecuencia del tratamiento informativo ofrecido durante la huelga general del pasado 20 de junio de 2002.

La sentencia, que aún no es firme, obliga a TVE a emitir durante un día una información completa del fallo en todos sus telediarios. RTVE y TVE S.A. han recurrido esta sentencia ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

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Page 67: TV pública en España

Pérdida de audiencia tras la cortinilla

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500000

1000000

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2000000

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4500000

TD1 TD2

Informativos

Tras cortinilla

3.238.000

2.906.000

4.080.000 3.863.000

Fuente: elaboración propia

Page 68: TV pública en España

Rectificación de TVE

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Page 69: TV pública en España

Los atentados del 11M

Por primera vez en la historia, TVE no lidera la información sobre los resultados electorales

El 30 de marzo de 2004, la Comisión de Libertades del Parlamento Europeo aprobó una enmienda a un informe sobre los riesgos para la libertad de expresión e información en la Unión Europea. En él se denuncia que la presión gubernamental sobre la televisión de servicio público TVE favoreció desinformaciones y manipulaciones flagrantes en relación con los abominables actos terroristas del 11-M

“Las presiones gubernativas sobre el servicio público de TVE han dado lugar a distorsiones y ocultaciones patentes de los datos sobre la responsabilidad de los execrables actos terroristas del 11 de marzo pasado”.

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Page 70: TV pública en España

La Ley 53/2002, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social modifica el artículo 19 de la Ley 10/1988 de Televisión Privada.

La modificación suprime el límite establecido del 49% de participación en el capital de una sociedad concesionaria y autorizó que las personas físicas o jurídicas participantes en el capital de un operador de televisión autonómica o local pudieran hacerlo también el capital de otros operadores del mismo territorio.

Se retocaron las medidas sancionadoras sobre las concesiones. La misma norma modificó también la Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones con el objeto de ampliar las competencias sancionadoras de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Se transformó la Ley de Televisión Local por Ondas Terrestres, cuyo objetivo era aclarar el panorama audiovisual local.

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Page 71: TV pública en España

La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social flexibiliza las limitaciones en la participación accionarial.

Los accionistas con más del 5% de una sociedad concesionaria no podrán tener una participación importante en otra empresa con el mismo ámbito de cobertura y territorio.

Tampoco podrán tener una participación en una concesionaria de ámbito autonómico o local, cuando la suma de las poblaciones cubiertas supere el 25% de la población nacional.

Los accionistas de más del 5% de una concesionaria autonómica no podrán participar en una sociedad local del mismo territorio si su población excede el 25% del total de la población.

No se podrá ser titular de una participación relevante en sociedades estatales, autonómicas y locales si la recepción de la emisión coincide simultáneamente.

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Page 72: TV pública en España

En 2003, no se pudo sacar adelante el anteproyecto de Ley General de Radio y Televisión, elaborado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Sí se aprobó la Ley General de Telecomunicaciones (32/2003, de 3 de noviembre), que liberaliza el servicio de difusión de televisión y radio por cable.

La liberalización reconoce que los servicios no son medios de comunicación y tienen que ser incluidos en el ámbito de las telecomunicaciones.

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Page 73: TV pública en España

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La doble financiación: publicidad y subvenciones Comité de expertos para la reforma de los medios públicos Código de RTVE para la protección de los menores en la emisiones de televisión y radio

Apuestas del PSOE para la legislatura 2004-2008

Page 74: TV pública en España

La reorganización del sector público audiovisual

El PSOE ha emprendido un conjunto de reformas estructurales

Objetivo: la independencia de RTVE en el plano político informativo, la gestión y la organización financiera responsable y la generación de contenidos adecuados a la misión de servicio público.

Medidas:

1.- El Real Decreto 1652/2004 por el que se aprueba el Reglamento que regula la inversión obligatoria para la financiación anticipada de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y películas para televisión, europeos y españoles (BOE 174, 20 de julio de 2004). Los operadores privados, solos y reunidos en la Unión de Televisiones Comerciales (UTECA), protestaron por la aprobación.

2.- El Acuerdo para el fomento de la autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia. El objetivo del texto era el autocontrol de las cadenas públicas y privadas generalistas y a escala nacional para suprimir contenidos para mayores de 18 años en el horario infantil protegido de entre las 6am a las 22pm, así como la creación de una comisión mixta de seguimiento del cumplimiento del mismo.

3.- El “Código de RTVE para la protección de los menores en la emisiones de televisión y radio”. Como novedad, el código instaba a la creación de la figura del Defensor del Radioyente y el Telespectador de RTVE.

4.- El Real Decreto 744/2004, de 23 de abril, del Consejo para la reforma de los medios de comunicación de titularidad del Estado

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Page 75: TV pública en España

El nuevo marco legal de RTVE

La aprobación de la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal es un hito en la historia audiovisual española. Supone la derogación de la Ley/1980, de 10 de enero, que es el Estatuto de la Radio y la Televisión, salvo en los casos específicos y necesarios para el funcionamiento de las leyes del Tercer Canal y de Televisiones Privadas.

La exposición de motivos se centra en el desarrollo del artículo 20 de la Constitución Española y recuerda la necesidad de revisar la legislación audiovisual en el contexto actual de transformación tecnológica y cultural del sector.

Asegura que recoge las principales propuestas del informe del Consejo que resume en los siguientes puntos:

9. El mantenimiento de la titularidad pública de la radio y la televisión estatales10. El refuerzo y la garantía de la independencia mediante un estatuto y unos órganos adecuados11. La confirmación del carácter de servicio público que concilie la rentabilidad social con la atención a las

minorías12. El establecimiento de un sistema de gestión económica ordenada y viable, basada en la financiación

mixta según los criterios generales de la Unión Europea

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Page 76: TV pública en España

La función pública se recoge en los artículos 2 y 3:

• Es un servicio esencial para la comunidad • Cohesiona la sociedad democrática mediante la producción, edición y difusión de contenidos

para todos los gustos, satisfaciendo las necesidades de información, cultura, educación y entretenimiento, difundiendo la identidad y la diversidad cultural

• Impulsa la sociedad de la información, promoviendo el pluralismo, la participación y los valores constitucionales, así como garantizando el acceso de los grupos sociales y políticos representativos

En el ejercicio de las funciones, la ley copia casi literalmente la propuesta del Consejo y señala diecinueve aspectos a considerar.

El artículo 4 establece que serán las Cortes Generales quienes aprueben un mandato marco para concretar la manera de cumplir los objetivos para un periodo de nueve años, si bien se revisarán y adecuarán cada tres años mediante contratos programa acordados con el gobierno.

El contrato programa determinará las aportaciones anuales con cargo a los PGE

Medidas de control

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Page 77: TV pública en España

La ley crea la Corporación de Radio y Televisión Española, una sociedad mercantil estatal con especial autonomía con capital íntegramente público.

Se divide en la sociedad TVE y en la sociedad RNE

Autoriza la participación y la creación de nuevas sociedades o fundaciones que contribuyan al desarrollo del objeto social

La gestión corresponde al Consejo de Administración que está formado por doce miembros tras su designación parlamentaria.

El Senado nombrará a cuatro, el Congreso a ocho, de los cuales dos serán propuestos por las centrales sindicales.

El mandato establecido es de seis años, salvo en su primera formación, con renovaciones parciales cada tres años por mitades.

Se introduce la posibilidad de cese, cuando se concurra en una gestión económica perjudicial para la Corporación.

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Page 78: TV pública en España

El Congreso designará al Presidente de la Corporación y del Consejo de Administración, quien tendrá funciones ejecutivas.

Otros órganos son la creación del Consejo Asesor y los Consejos de Informativos

En el ámbito de la producción y la programación, los contenidos deberán respetar el derecho al acceso de los grupos representativos

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Page 79: TV pública en España

El 12 de julio de 2006 se firman los acuerdos para la constitución de la Corporación RTVE.

Se garantiza la existencia de una estructura territorial y funcional de la radio y la televisión. En él se detalla el procedimiento acordado para cumplir la legislación vigente

Sobredimensión de la plantilla.

Se acuerda que el número de contratados de forma temporal no superará el 10% del total.

El excedente de plantilla se calcula en torno a 4.150 personas.

La desvinculación forzosa de los empleados mayores de 52 años y un sistema negociado de desvinculación para los menores de esa edad.

Se aprueba una readecuación de la plantilla: movilidad funcional.

En 2007 se han convocado 758 plazas, 202 de ellas para periodistas e informadores.

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Page 80: TV pública en España

La reducción de plantilla

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9366

8504

6638 6500 6400

0

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6000

7000

8000

9000

10000

31-jul-06 (actual) 31-dic-06 01-ene-08 01-jul-08 Final

Page 81: TV pública en España

Luis Fernández & CIA

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Page 82: TV pública en España

La producción propia de TVE1, TVE2 y Teledeporte se establece en 8.200 horas anuales.

El 23% de las mismas se realizará en el centro territorial Sant Cugat, que contará con capacidad de decisión, organización y control sobre la producción de programas infantiles y del canal Teledeporte.

El centro territorial canario producirá contenidos específicos y vinculados a la condición de región ultraperiférica e insular.

El centro territorial de Valencia mantendrá la producción del canal DocuTV.

La externalización se contempla como una vía para alcanzar los compromisos de servicio público.

Se mantiene la titularidad del fondo documental, así como la gestión.

La Orquesta y Coro de RTVE se mantiene dentro de la Corporación.

Se constituye el área de multimedia e interactividad, de acuerdo con los criterios del informe y la ley.

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