trabajo segundo parcial derecho
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UNIVERSIDAD POLITÉCNICA SALESIANA
DERECHO EMPRESARIAL
EDWIN GALIANO
TRABAJO DE SEGUNDO PARCIAL
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CURSO G651
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1.- INVESTIGAR LOS CONFLICTOS LABORALES MAS FRECUENTES EN
EL ECUADOR.
Indiid!"#$%.- La reclamación proviene de un sujeto de la relación laboral: trabajador y
su empleador, en base a un contrato individual de trabajo y la resolución por parte del
órgano jurisdiccional afecta solamente al sujeto que plantea el reclamo.
C$'(i&%.- La pretensión es de varios trabajadores en base a su contrato colectivo.
La resolución de este reclamo por parte de las autoridades de trabajo afecta a varios
trabajadores de esa empresa, tales como: despidos, incumplimiento de la ley, el
contrato, las actas transaccionales.
Por la pretensión que encierran:
• C!$%(i&n$% d$ d$)$'*& +",#i'"'in & in($),)$("'in d$# d$)$'*&.- Los
conflictos son sobre cuestiones de derecho cuando se plantean por la violación
de una norma legal o cuando se trata de interpretar o aplicar normas del Código
de Trabajo, contrato colectivo o actas transaccionales.
• C!$%(i&n$% $'&n/i'"%.- Los conflictos sobre cuestiones económicas surgen
por la necesidad de los trabajadores de obtener mejores condiciones de vida
salarios, subsidios y otros beneficios económicos!.
• C!$%(i&n$% %indi'"#$%.- Los conflictos sobre cuestiones sindicales tratan, por
lo general, de problemas espec"ficos de la organi#ación sindical: su
funcionamiento, su desarrollo, sus dirigentes, permisos sindicales, etc.
• C!$%(i&n$% d$ &)d$n %&'i"#.- Los conflictos sobre cuestiones de orden social
se refieren a las condiciones de bienestar en el trabajo, tales como: transporte
colectivo, guarder"as infantiles, dispensarios m$dicos, centros recreacionales,
etc.
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0.- EL DERECHO DE AFILIACIN AL SEGURO SOCIAL
%l empleador est& obligado, bajo su responsabilidad y sin necesidad de reconvención,
a inscribir al trabajador o servidor como afiliado del 'eguro (eneral )bligatorio desde
el primer d"a de labor, y a remitir al *%'' el aviso de entrada dentro de los primeros
quince +! d"as, con e-cepción de los empleadores del sector agr"cola que est&n
e-entos de remitir los avisos de entrada y de salida, acredit&ndose el tiempo de servicio
de los trabajadores nicamente con la planilla de remisión de aportes, sin perjuicio de
la obligación que tienen de certificar en el carn$ de afiliación al *%'', con su firma y
sello, la fecha de ingreso y salida del trabajador desde el primer d"a de inicio de la
relación laboral. %l incumplimiento de esta obligación ser& sancionado de conformidad
con el /eglamento (eneral de /esponsabilidad Patronal. %l empleador dar& aviso al
*%'' de la modificación del sueldo o salario, la enfermedad, la separación del
trabajador, u otra novedad relevante para la historia laboral del asegurado, dentro del
t$rmino de tres 0! d"as posteriores a la ocurrencia del hecho.
PRINCIPIOS RECTORES
%l 'eguro (eneral )bligatorio forma parte del sistema nacional de seguridad social y,
como tal, su organi#ación y funcionamiento se fundamentan en los principios de
solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y
suficiencia. Para efectos de la aplicación de esta Ley
'olidaridad es la ayuda entre todas las personas aseguradas, sin distinción de
nacionalidad, etnia, lugar de residencia, edad, se-o, estado de salud, educación,
ocupación o ingresos, con el fin de financiar conjuntamente las prestaciones b&sicas
del 'eguro (eneral )bligatorio.
)bligatoriedad es la prohibición de acordar cualquier afectación, disminución, alteración
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1niversalidad es la garant"a de iguales oportunidades a toda la población asegurable
para acceder a las prestaciones del 'eguro (eneral )bligatorio, sin distinción de
nacionalidad, etnia, lugar de residencia, se-o, educación, ocupación o ingresos.
%quidad es la entrega de las prestaciones del 'eguro (eneral )bligatorio en
proporción directa al esfuer#o de los contribuyentes y a la necesidad de amparo de los
beneficiarios, en función del bien comn.
%ficiencia es la mejor utili#ación económica de las contribuciones y dem&s recursos del
'eguro (eneral )bligatorio, para garanti#ar la entrega oportuna de prestaciones
suficientes a sus beneficiarios.
'ubsidiariedad es el au-ilio obligatorio del %stado para robustecer las actividades de
aseguramiento y complementar el financiamiento de las prestaciones que no pueden
costearse totalmente con las aportaciones de los asegurados.
'uficiencia es la entrega oportuna de los servicios, las rentas y los dem&s beneficios
del 'eguro (eneral )bligatorio, segn el grado de deterioro de la capacidad para
trabajar y la p$rdida de ingreso del asegurado.
SUJETOS DE PROTECCION
'on sujetos 2obligados a solicitar la protección2 del 'eguro (eneral )bligatorio, en
calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una
obra o la prestación de un servicio f"sico o intelectual, con relación laboral o sin ella3 en
particular:
". %l trabajador en relación de dependencia3
2. %l trabajador autónomo3
'. %l profesional en libre ejercicio3
d. %l administrador o patrono de un negocio3
$. %l due4o de una empresa unipersonal3
3. %l menor trabajador independiente3
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'on sujetos obligados a solicitar la protección del r$gimen especial del 'eguro 'ocial
Campesino, los trabajadores que se dedican a la pesca artesanal y el habitante rural
que labora 2habitualmente2 en el campo, por cuenta propia o de la comunidad a la que
pertenece, que no recibe remuneraciones de un empleador pblico o privado y
tampoco contrata a personas e-tra4as a la comunidad o a terceros para que realicen
actividades económicas bajo su dependencia.
RIESGOS CUBIERTOS
%l 'eguro (eneral )bligatorio proteger& a sus afiliados obligados contra las
contingencias que afecten su capacidad de trabajo y la obtención de un ingreso acorde
con su actividad habitual, en casos de:
". %nfermedad3
2. 5aternidad3
'. /iesgos del trabajo3
d. 6eje#, muerte, e invalide#, que incluye discapacidad3
$. Cesant"a.
%l 'eguro 'ocial Campesino ofrecer& prestaciones de salud y, que incluye maternidad,
a sus afiliados, y proteger& al 7efe de familia contra las contingencias de veje#, muerte,
e invalide#, que incluye discapacidad. Para los efectos del 'eguro (eneral )bligatorio,
la protección contra la contingencia de discapacidad se cumplir& a trav$s del seguro de
invalide#.
REGLAS DE PROTECCION ECLUSION
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2. %l trabajador autónomo, el profesional en libre ejercicio, el administrador o patrono
de un negocio, el due4o de una empresa unipersonal, el menor independiente, que
voluntariamente se afiliaren al *%'', estar&n protegidos contra todas las contingencias
enunciadas en el art"culo 0 de esta Ley, e-cepto la de cesant"a3
'. Todos los afiliados al 'eguro 'ocial Campesino recibir&n prestaciones de salud,
incluida maternidad. %l jefe de familia estar& protegido contra las contingencias de
veje#, muerte, e invalide# que incluye discapacidad3
d. %l jubilado recibir& prestaciones de salud en las unidades m$dicas del *%'', en las
mismas condiciones que los afiliados activos, con cargo a la contribución financiera
obligatoria del %stado. 'in perjuicio que el %stado entregue la contribución financiera, el
jubilado recibir& la prestación3
$. %l beneficiario de montep"o por orfandad estar& protegido contra el riesgo de
enfermedad hasta los dieciocho +8! a4os de edad, con cargo a los derechos del
causante3
3. %l beneficiario de montep"o por viude# ser& amparado en un seguro colectivo contra
contingencias de enfermedad y maternidad, con cargo a su pensión, en las condiciones
que determinar& el /eglamento (eneral de esta Ley
4. La jefa de hogar estar& protegida contra las contingencias de enfermedad y
maternidad con cargo a la contribución obligatoria del %stado.
7.- OTROS BENEFICIOS 8UE SE PUEDEN OBTENER CON EL CONTRATO
COLECTIVO DE TRABAJO +CONSEGUIR UN CONTRATO COLECTIVO
FIRMADO ANALI9AR OTROS BENEFICIOS
EL CONTRATO COLECTIVO
%s conocido como un convenio colectivo de trabajo, y constituye un tipo peculiar de
contrato que se celebra entre una asociación de trabajadores, sindicato o grupo de
sindicatos y uno o varios empleadores o asociaciones de estos. 9dicional mente, en
caso que no e-ista un sindicato, puede ser celebrada por representantes de los
trabajadores interesados. ebidamente elegidos y autori#ados por estos ltimos den
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colectivo es el convenio celebrado entre uno o m&s empleados o asociaciones
empleadoras y una o m&s asociaciones de trabajadores legalmente constituida, con el
objeto de establecer las condiciones o bases conforme a las cuales han de celebrarse
en lo sucesivo, entre el mismo empleador y los trabajadores representados por la
asociación contratante, los contratos individuales de trabajo determinados en el pacto.
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BENEFICIOS DEL CONTRATO COLECTIVO
• entro del contrato colectivo establecido por la %%=, reconoce a un comit$ de
empleados quienes velaran por los derechos de los mismos.
• 'e especifica el nmero de personas que integran el contrato colectivo donde
puede no es necesario mantenerlos en los respectivos puestos de trabajo ya que
puedes modificarse de acuerdo a las necesidades.
• 9l cambiar la personer"a jur"dica o venta de la empresa contratante el contrato
pasara a ser parte de la negociación con las mismas condiciones ya establecidas.
• %n caso de accidenta o incapacidad parcial o total del trabajador la empresa
continuara pagando las remuneraciones correspondientes hasta que se logre
comprobar la enfermedad.
• Los obreros que se hagan acreedores a becas para estudios relacionados con el
funcionamiento de la empresa se les conceder& licencia de permisos
remunerados.
• %n caso de despido intempestivo los trabajadores recibir&n remuneraciones e-tras
aparte de las suscritas en el código de trabajo.
• La empresa pagara el +> del '?1 por cada hijo a su cargo menores de +8 a4os y
tambi$n por las personas a su cargo que posean alguna discapacidad que porten
el carnet del C)@9*'.
• Los trabajadores obtendr&n el transporte para trasladarlos a las &reas de trabajo
caso contrario se les pagara en efectivo el valor del transporte, para las personas
que est$n destinadas al &rea urbana y rural la empresa garanti#ara el transporte
de puerta a puerta.
• La empresa se ver& en la obligación de contratar una póli#a de vida y renovarla al
momento de su vencimiento, que cubrir& las ;A horas del d"a y los 0B d"as del
a4o.
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• 'e les proveer& la indumentaria adecuada para cada trabajador, la alimentación
ser& cubierta por la empresa as" tambi$n como la atención m$dica y el servicio de
guarder"a.
•%l trabajador en caso de accidente de tr&nsito o fuera demandado, la empresa
atreves de la procuradur"a asumir& la defensa hasta las instancias finales.
:.- HISTORIA DEL SINDICALISMO EN EL ECUADOR
La historia del trabajo en %cuador est& marcada por una serie de atropellos a los
derechos humanos de las personas. esde la colonia, las encomiendas, mitas y obrajes,
se instauraron como formas de e-plotación humana3 estas enriquecieron a unos pocos y
sumieron en la pobre#a e incluso acabaron con la vida, especialmente de poblaciones
ind"genas y afrodescendientes.
esde el nacimiento de la /epblica en +80< hasta finales del siglo *, las cosas se
mantuvieron relativamente igual. %ntre los primeros registros de organi#ación se pueden
citar la conformación de la 'ociedad de 'astres de Pichincha y la 'ociedad de
Carpinteros instaurada en (uayaquil, en el a4o +8DB, que ped"an reducir a D horas la
jornada laboral.
)tro hito importante fue la huelga organi#ada entre los a4os +D
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organi#ada en Chimbora#o en +D+D3 as" tambi$n el paro general de empleados de
farmacias en +D;
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BIBLIOGRAFÍA
http://www.facsoandes.edu.ec/
LEY DE SEGURIDAD SOCIAL Ley 55
http://www.flacsoandes.edu.ec/http://www.flacsoandes.edu.ec/