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TALLER GERENCIA Y CONTRATACION DE OBRAS

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CONTRATACION SU TIPOLOGIA Y TRAMITES ADJUNTOS

WILMER JAVIER VARGAS

DOCENTELUZ SANTOS

UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADAPROGRAMA DE INGENIERA CIVILFACULTAD DE ESTUDIOS A DISTANCIAAGOSTO DE 2015INTRODUCCION

El decreto 222 de 1983 impona un gran exceso de trmites innecesarios para poder contratar con el estado esto ocasionaba que el tiempo entre la apertura de la licitacin y la iniciacin de las obras fuera demasiado largo dando como consecuencia que los costos fueran elevados para el estado y el particular, el bienestar de la sociedad se viera interrumpido y se vulnerara la constitucin la que goza de carcter superior sobre las dems disposiciones normativas. El legislador en la necesidad de adecuar la regulacin de la contratacin estatal aun estado social de derecho, creo la ley 80 de 1993 la cual funciona dentro de los principios de transparencia, responsabilidad, economa y se sujeta a los fines de la constitucin de 1991.La regulacin de la contratacin estatal en su artculo 1 tiene por objeto actuar bajo los principios y reglas generales que contempla la ley, esta se encuentra orientada a que las conductas de los servidores pblicos y los particulares se debajo los parmetros de eficiencia y agilidad en la celebracin de los contratos estatales esto se logra mediante la seleccin objetiva. En la actualidad para contratar con el estado, se logra mediante cuatro modalidades de seleccin que estn contempladas en la ley 1150 del 2007 la cual dice que la escogencia del contratista se efectuara por licitacin pblica, seleccin abreviada, concurso de mritos y contratacin directa. De acuerdo a lo anterior, el presente proyecto dar a conocer la modalidad de seleccin abreviada que se encuentra regulada por la ley 80 de 1993, la ley 1150del 2007 y el decreto nico de contratacin estatal 734 del 2012.

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERALAnalizar y comprender la contratacin estatal y su evolucin que ha surgido en la modalidad de seleccin, en este caso tema investigativo es la seleccin abreviada que ha pasado en el estado y los particulares hacia el beneficio de la sociedad, con estos conceptos se ilustran a estudiar en la academia jurdica.

OBJETIVOS ESPEFCIFICOS- Conocer la aplicabilidad de la seleccin abreviada dentro de la contratacin estatal- Analizar el concepto normativo de la seleccin abreviada y sus caractersticas de dicho tema- Identificar los parmetros que surgen en la seleccin abreviada para su contratacin

TALLER 3

La Ley 80 de 1993 Estatuto General de Contratacin de la Administracin Pblica, tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales, la misma fue modificada por la Ley 1150 de 2007. Investigar y explicar brevemente en que consiste dicha modificacin.La Ley 80 de 1993 aborda el tema de los precios indicando que es necesario precisar con anterioridad las condiciones de costos y calidad de los bienes, obras o servicios objeto del contrato y de igual manera establece la obligacin de efectuar el cotejo de las propuestas a travs de la consulta de los precios y condiciones del mercado y de los estudios y deducciones de los organismos consultores o asesores designados para ello.En atencin a dicha situacin y ante los eventuales casos de corrupcin ocurridos con ocasin de sobreprecios, el Congreso de la Repblica por iniciativa de diferentes sectores de la sociedad, expidi la Ley 598 de 2000, mediante la cual se cre el ya mencionado y recientemente derogado, Sistema de Informacin para la Vigilancia de la Contratacin Estatal (SICE). En el ao 2002, se expidi el Decreto 2170 (derogado por la Ley 1150 de 2007) reglamentario de la Ley 80 de 1993, que en su Artculo 6 estableca que el estudio de 55 precios y condiciones del mercado deba hacerse a travs del registro nico de precios de referencia (RUPR SICE). Adems, se otorgaba a la entidad la posibilidad de descalificar la propuesta o declarar desierto el proceso cuando del anlisis de precios se desprenda que no existan razones que justifiquen la diferencia de precios entre los precios de referencia y los pr Seleccin abreviad ala ley 80 de 1993 solo contemplaba dos modalidades de seleccin, la licitacin pblica y la contratacin directa la ley 1150 del 2007 introdujo el concurso demritos y la seleccin abreviada. La Seleccin abreviada corresponde a la modalidad de seleccin objetiva prevista para aquellos casos en que por las caractersticas del objeto a contratar, las circunstancias de la contratacin o la cuanta o destinacin del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestin contractual. La ley 1150 del 2007 enuncia las causales en que se recurrir a la modalidad de seleccin abreviada:1. La adquisicin o suministro de bienes y servicios de caractersticas tcnicas uniformes y de comn utilizacin por parte de las entidades.2. La contratacin de menor cuanta.3. La celebracin de contratos para la prestacin de servicios de salud.4. Cuando se haya declarado desierto un proceso de seleccin pblica.5. La enajenacin de bienes del estado.6. Productos de origen o destinacin agropecuarios que se ofrezcan en las bolsas de productos legalmente constituidas.7. Los actos y los contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales estatales y de las sociedades de economa mixta.8. Los contratos de las entidades, a cuyo cargo se encuentre la ejecucin de los programas de proteccin de personas amenazadas, programas de desmovilizacin, reincorporacin, poblacin desplazada, proteccin de derechos humanos, y la poblacin con alto grado de exclusin.9. La contratacin de bienes y servicios que se requieran para la defensa y seguridad nacional. Diferencia entre seleccin abreviada y concurso de meritos Las dos son modalidades de seleccin implementadas por la ley 1150 del 2007, pero cada una de ellas se diferencia en las causales para identificar frente a cual se est. CONCURSO DE MERITOS: Sirve para la escogencia de consultores o proyectos, criterios de experiencia, capacidad intelectual y la organizacin de los proponentes. Se da a cabo mediante dos sistemas: Concurso con precalificacin. Concurs abierto.SELECCIN ABREVIADA: Procesos simplificados. Se da por las caractersticas del objeto a contratar, circunstancias, cuanta o destinacin del bien, obra o servicio; las causales estn expresamente sealadas en la ley. La adquisicin o suministro de bienes y servicios de caractersticas tcnicas uniformes y de comn utilizacin por parte de las entidades. Se encuentra regulado por el artculo 16 y siguientes del decreto 734 del 2012 el cual establece que son bienes y servicios de comn utilizacin aquellos requeridos por las entidades y ofrecidos en el mercado, en condiciones equivalentes para quien los solicite en trminos de prestaciones mnimas y suficientes para la satisfaccin de sus necesidades los cuales se caracterizan por que poseen las mismas caractersticas descriptivas, comparten patrones de desempeo y calidad. No se consideran de caractersticas tcnicas uniformes y de comn utilizacin los contratos de obras pblicas y los servicios intelectuales. Para la adquisicin de estos se debe hacer mediante el uso de procedimientos de subasta inversa, compra por acuerdo de marco de precios o adquisicin a travs de bolsa de productos.1. Subasta inversa: segn el decreto 734 del 2012 es una puja dinmica efectuada presencial o electrnicamente, mediante la reduccin sucesiva de precios durante un tiempo determinado, las subastas podrn tener lugar por tem o por lotes es decir un conjunto de bienes para ser adquiridos como un todo. Para que una propuesta de subasta inversa pueda llevarse a cabo, deben existir como mnimo dos proponentes, por regla general las subastas se realizaran por medio electrnico excepcin que las entidades comprueben que no tienen los recursos tecnolgicos para su ejecucin de esta forma se utilizara la subasta presencial. Con esta norma se pretenda dar un avance en nuestro ordenamiento jurdico, pues ya no solamente se limitaban las consecuencias de los sobrecostos al campo de la responsabilidad del servidor pblico y del contratista, sino que tambin se atiende a la parte precontractual como tal, pues con anterioridad a esta norma, las dems leyes no haban plasmado aspectos semejantes.

Los contratos estatales estn compuestos por tres partes: Ttulo, Cuerpo y prembulo y las clusulas. Explicar en qu consiste el Cuerpo y Prembulo de un contrato y que relevancia tiene dentro del mismo.En cualquier escrito contractual son regulares estos elementos formales:1. Ttulo.2. Designacin formal de las partes.3. Motivos del contrato (prembulo).4. Expresin o manifestacin del consentimiento.5. Descripcin del objeto material del contrato.6. Clusulas.7. Justificacin de ttulos.8. Firma, fecha, legalizacin de las firmas o notara.

El significado contractual de estas partes son:

1. El Ttulo. El ttulo nos indica el objeto del contrato u operacin jurdica pactada, por ejemplo una venta, un prstamo, un alquiler, un mandato o poder, etc. El ttulo, que es la denominacin del negocio pactado no siempre expresa la verdadera naturaleza del contrato ya que las partes pueden denominar su negocio con un nombre que difiere de lo que realmente convienen o pactan. Esta es la razn por la que la jurisprudencia decide que el nombre que los contratantes dan al contrato no liga al juez. Este puede atribuirle al contrato su verdadera naturaleza al momento de interpretarlo.2. Designacin formal de las partes. Consiste en designar a los contratantes, operacin que se llevaba a cabo sealando sus nombres y apellidos completos, nacionalidad, nmero de la cdula de identidad, profesin, estado civil, domicilio y residencia, denominacin que tendr en el contrato, etc. 3. Motivos del contrato (prembulo). Es la parte del escrito contractual en la que se expresan las razones, circunstancias y motivaciones que giran en torno al negocio. Expresan las causas del contrato. Su importancia consiste en que el error sobre los motivos o causa del contrato, contrario a lo que sucede con la causa de la obligacin, no es vicio de consentimiento, a menos que ambas partes lo declaren expresamente. Normalmente esto ocurre cuando al final del prembulo se declara que todo cuanto se ha dicho en l, forma parte del acuerdo, esto es, del contrato: cualquier error en que incurra uno cualesquiera de los contratantes en relacin con las razones que lo indujeron a contratar, puede ser alegado como causa de nulidad. Asimismo los jueces pueden examinar la moralidad de los motivos y derivar de ellos, la nulidad o no de la convencin.4. Expresin de la voluntad o manifestaron consentimiento. Este elemento se reconoce con la frmula de estilo: SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:5. Descripcin del objeto material del contrato. Es la parte del escrito en la cual se describe la cosa, derecho o servicio que constituye la materia del contrato, o sea, el negocio jurdico. Ejemplo cede y traspasa...el crdito tal, o inmueble X, el vehculo ...., etc.6. Clusulas. Las clusulas expresan los acuerdos, las condiciones, obligaciones, promesas. 7. Justificacin de ttulos o calidades. Esta parte suele ser una clusula en la cual uno de los contratantes explica en virtud de que ttulo realiza la operacin. Por ejemplo se dice El vendedor justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble vendido mediante el documento x.CONTRATACION ESTATAL: Es cualquier contrato que se celebra con el estado para prestar un servicio o vender un bien sea entre personas jurdicas o naturales. Artculo 32 de la Ley 80 de 1993: actos jurdicos generadores de obligaciones celebrados por las entidades estatales, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales o derivados de la autonoma de la voluntad.

Explique brevemente cuales son y en que consisten las modalidades de pago a un trabajador de la construccin.Para esta actividad el Contrato generalmente utilizado con los empleados es el Contrato de Obra o labor (Art. 45 del Cdigo Sustantivo de Trabajo)Este tipo de vinculacin es por una labor especfica y termina en el momento que la obra de construccin llega a su fin. Este contrato es igual en trminos de beneficios y descuentos a los contratos indefinidos y definidos, por ser un contrato laboral.Las modalidades de pago para un trabajador de la construccin que se deben concertar desde la firma del contrato son:1. Pago Catorcenal ( cada 14 das)2. Pago quincenal (cada 15 das)3. Pago mensual (cada mes)La remuneracin debe pagarse con la periodicidad y fecha sealada en el contrato la cual, nunca puede ser mayor a un mes.No se cuenta como remuneracin los viticos, las asignaciones de movilizacin, de colocacin, desgaste de herramienta, entre otros.Adicionalmente existe el contrato de trabajo a destajo, cuya remuneracin se pacta con base en una cantidad de unidades, obras o labores producidas por el trabajador en una determinada jornada laboral. Es esta modalidad se pacta pagar un determinado valor por cada unidad producida.En este tipo de contrato el periodo de pago puede ser diario, semanal, quincenal o como un mximo mensual.

Para estos contratos de trabajadores de la construccin el pago de la remuneracin contempla periodos de pagos iguales y vencidos, en moneda legal

Existen dos tipos de licencias ambientales; la nica y la global. Explique en qu consisten y de un ejemplo de cada una.

Licencia Ambiental nica: es la otorgada por la autoridad ambiental competente y que, a solicitud del peticionario, incluye los permisos, autorizaciones o concesiones, necesarios para el desarrollo del proyecto obra o actividad. La vigencia de estos permisos, concesiones y autorizaciones, de acuerdo con su naturaleza, podr ser la misma de la Licencia Ambiental. Para el otorgamiento de la Licencia Ambiental nica se observarn las siguientes reglas:

* La autoridad ambiental competente ante la cual se solicita la Licencia Ambiental nica, asumir la competencia para el otorgamiento de los permisos, autorizaciones y concesiones a que haya lugar; para ello observar las normas que en cada regin sean aplicables. * El otorgamiento de los permisos, autorizaciones y concesiones solicitados se har en el mismo acto de otorgamiento de la Licencia Ambiental nica. * La autoridad ambiental competente solicitar a las entidades cuya competencia asume en virtud de la solicitud de la Licencia Ambiental nica, la informacin tcnica, jurdica y administrativa que sea indispensable para decidir sobre el otorgamiento de los permisos, autorizaciones y concesiones necesarias para el desarrollo del proyecto, obra o actividad. * El otorgamiento de los permisos, autorizaciones y concesiones se comunicar formalmente a la entidad respectiva cuya competencia en cada caso se asume.

Licencia Ambiental Global: La Licencia Ambiental Global puede ser Ordinaria o nica. Es de competencia exclusiva del Ministerio del Medio Ambiente, y en virtud de ella se autorizan todas las obras o actividades relacionadas con la explotacin de campos petroleros y de gas. Cuando la Licencia Ambiental Global sea Ordinaria, el otorgamiento de sta no releva al beneficiario de la obligacin legal o reglamentaria de obtener los permisos, autorizaciones o concesiones que sean necesarios dentro del campo de produccin autorizado, ni del cumplimiento de sus condiciones y obligaciones especficas. Para el desarrollo de cada una de las obras o actividades definidas en la etapa de explotacin ser necesario presentar un plan de manejo ambiental conforme a los trminos, condiciones y obligaciones establecidos en la Licencia Ambiental Global Ordinaria. Este aparte fue derogado por el Artculo 17 del Decreto 883 de 1.997.

Pargrafo 1: La obtencin de la Licencia Ambiental Ordinaria y Global Ordinaria, es requisito previo para el otorgamiento de los permisos, autorizaciones y concesiones que se requieran conforme a la ley o los reglamentos. Pargrafo 2: La obtencin de la Licencia Ambiental es condicin previa para el ejercicio de los derechos que surjan de los permisos, autorizaciones, concesiones y licencias que no sean de competencia de la autoridad ambiental. Pargrafo 3: El trmino de la Licencia Ambiental ser el mismo de la duracin del proyecto, obra o actividad. Sin embargo, la autoridad ambiental, de oficio o a peticin de parte, podr establecer un trmino diferente teniendo en cuenta el estudio de impacto ambiental o la naturaleza del proyecto, obra o actividad.Artculos 132 y 136 del decreto 2150 de 1995Artculo 132[Reglamentado por la [Resolucin 655 de 1996, artculo 1]. De la licencia ambiental y otros permisos. La Licencia Ambiental llevar implcitos todos los permisos autorizaciones y concesiones, de carcter ambiental, necesarios para la construccin, desarrollo y operacin de la obra, industria o actividad. La vigencia de estos permisos ser la misma de la Licencia Ambiental.

El Ministerio del Medio Ambiente establecer los requisitos y condiciones para la solicitud y obtencin de la licencia ambiental.Pargrafo: El presente artculo comenzar a regir seis (6) meses despus de la entrada en vigencia del presente Decreto.Artculo 136Licencia ambiental global para la etapa de explotacin minera. Adicionase el [Artculo 52 de la Ley 99 de 1993] con el siguiente pargrafo:"La autoridad ambiental podr otorgar una licencia ambiental global para la etapa de explotacin minera, sin perjuicio de la potestad de esta para adicionar o establecer condiciones ambientales especficas requeridas en cada caso dentro del rea objeto del ttulo minero".Articulo 52 y 59 de la Ley 99 de 1993Artculo 52EL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE otorgar de manera privativa la licencia ambiental en los siguientes casos:

1. Ejecucin de obras y actividades de exploracin, explotacin, transporte, conduccin y depsito de hidrocarburos y construccin de refineras.2. Ejecucin de proyectos de gran minera. 3. Construccin de presas, represas o embalses con capacidad superior a doscientos millones de metros cbicos, y construccin de centrales generadoras de energa elctrica que excedan de l00.000 Kw. de capacidad instalada, as como el tendido de las lneas de transmisin del sistema nacional de interconexin elctrica y proyectos de exploracin y uso de fuentes de energa alternativa virtualmente contaminantes. 4. Construccin o ampliacin de puertos martimos de gran calado. 5. Construccin de aeropuertos internacionales. 6. Ejecucin de obras pblicas de las redes vial, fluvial y ferroviaria nacionales. 7. Construccin de distritos de riego para ms de 20.000 hectreas. 8. Produccin e importacin de pesticidas, y de aquellas sustancias, materiales o productos sujetos a controles por virtud de tratados, convenios y protocolos internacionales.9. Proyectos que afecten el Sistema de Parques Nacionales Naturales. 10. Proyectos que adelanten las Corporaciones Autnomas Regionales a que hace referencia el Numeral 19. del artculo 31 de la presente ley.11. Transvase de una cuenca a otra de corrientes de agua que excedan de dos (2) mt3/segundo durante los perodos de mnimo caudal.12. Introduccin al pas de parentales para la reproduccin de especies forneas de fauna y flora silvestre que puedan afectar la estabilidad de los ecosistemas o de la vida salvaje. 13. Generacin de energa nuclear.

Actualmente para dar inicio a la construccin de un proyecto se requieren diferentes permisos y licencias. Cuales se obtienen a travs de las curaduras, el DAMA y el IDU?

CURADURIAS: La licencia de construccin es la autorizacin expedida por estos entes previa al desarrollo de un proyecto de construccin y teniendo en cuenta los diferentes parmetros que nos da el plan de ordenamiento territorial. Existen las siguientes modalidades de licencias que se pueden solicitar individual o simultneamente:Obra nueva: Autorizacin para adelantar trabajos en terrenos no construidosAmpliacin: Autorizacin para incrementar el rea construida de una edificacinAdecuacin: Autorizacin para cambiar el uso de la edificacin total o parcialmente, sin afectar la permanencia del inmueble originalModificacin: Autorizacin para cambiar el diseo estructural o arquitectnico de un inmueble sin variar el rea construida.Restauracin: Autorizacin para adelantar obras de recuperacin y adaptacin de un bien de inters cultural con el fin de mantener su uso original o permitir el cambio de uso pero conservando en cualquiera de los casos los valores urbanos.Reforzamiento estructural: Autorizacin para intervenir o reforzar la estructura de un inmueble con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismo resistente o leyes aplicables a las construcciones del lugar donde se encuentra.Demolicin: Autorizacin para derribar total o parcialmente una construccin; esta debe concederse simultneamente con una licencia de construccin, salvo cuando se trate de proyectos de renovacin urbana, infraestructura vial o de servicios pblicos y que se encuentren contemplados en el plan de ordenamiento territorial.Cerramiento: Autorizacin para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.

DAMA: Departamento administrativo del medio ambiente.El DAMA debe generar la licencia ambiental para poder realizar la construccin de un proyecto de acuerdo a unos parmetros que deben prevenir, mitigar, controlar y compensar el impacto que genera la realizacin del proyecto en el ambiente que lo rodea.Para la construccin de un proyecto se realizan los siguientes estudios:Exploracin y estudio de suelos, Diseos estructurales, arquitectnicos, hidrosanitarios, elctricos, entre otros. Para todos estos estudios se debe tener en cuenta la normatividad ambiental vigente y aplicable segn el tipo de proyecto y las afectaciones que pueda generar a los recursos naturales y a la comunidad.

Adems de la licencia de construccin, se debe contemplar la solicitud permisos si as lo requiere de:Permiso de ocupacin de caucesConcesin de aguas superficiales o subterrneasAprovechamiento forestalTratamientos silviculturales (permisos de tala, poda, trasplante, reubicacin de arbolado urbano)Permisos de emisiones atmosfricas para fuentes fijas o mvilesPermiso de vertimientosPermisos de operacin de equipos de construccinRegistro de elementos de publicidad visualRegistro para la generacin, almacenamiento y transporte de aceites usados

IDU: Instituto de Desarrollo urbano.En este ente gubernamental se expiden todos los permisos que ayuden a administrar la informacin tcnica de los proyectos de manera que sean sostenibles, que pretendan conservar las obras de infraestructura de los sistemas de movilidad y espacio publicoAdicionalmente, expide las siguientes licencias:Licencia o permiso de excavacinLicencia o permiso de uso temporal de antejardinesLicencia o permiso de uso temporal de espacio publicoSolicitud de campamentos de obra sobre espacio publico

CONCLUSIONES

La celebracin de los contratos con el estado se debe realizar bajo los principios constitucionales contemplados en el artculo 209 y legales sealados en la ley 80de 1993, con el fin de garantizar un adecuado funcionamiento desde el momento en que se abren las convocatorias, adjudicacin y su respectiva ejecucin, de tal forma que acten de forma gil, eficiente y que brinden seguridad a las partes contratantes y la sociedad como principal beneficiada. La ley 1150 del 2007 y el decreto 734 del 2012 modificaron normatividad de la ley de contratacin estatal, para el tema de inters, aumento las modalidades de seleccin de los contratistas, de seleccin abreviada, concurso de mritos y de menor cuanta. La seleccin abreviada es una modalidad de seleccin que adelanta procesos deforma simplificada puesto que esta facilita su realizacin dependiendo el objeto, las circunstancias y la cuanta que este trate , pero esta modalidad de seleccin solo se podr hacer cuando exista algunas de las causales contempladas en la ley justificando de esta forma su eleccin. Esta manera de seleccin del contratista no se dar por la simple voluntad de la entidad interesada, sino que debe estar en conformidad con la norma que regulara contratacin estatal cuando incurra en alguna de las causales.

BILBIOGRAFIA

-WWW.WIKIPEDIACONTRATACION ESTATAL.COM.CO-WWW.CONTRATACIONENCOLOMBIA.COM.CO-WWW.MINISTERIODELTRABAJO.COM.CO-WWW.PREAMBULODECONTRATO.COM.CO-WWW.IDU.GOV.CO