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La República Corte Superior de Arequipa Viernes, 28 de diciembre del 2018 EDICTOS EDICTO Ante el Noveno Juzgado Especializado Civil de Arequi- pa, Juez José Antonio Meza Miranda, Especialista Carla Villanueva Rosas, Expediente 3034-2018-0-0401-JR-CI-09 sobre nulidad de acto jurídico, demandante Norma Leo- cadia Choquehuayta Cayllahua y Noemi Erlinda Arequipa Choquehuayta en contra de Isaac Donald Arequipa Vilca, Mariela Elsa Delfina Sallica Pérez de Arequipa, Roberto Arequipa Mamani, Donata Leónidas Arequipa de Con- dori y Germanicio Hilario Arequipa Mamani, mediante Resolución N° 5 de 6 de diciembre del 2018 se resolvió “suspender el proceso por el plazo de treinta días a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del que en vida fue el codemandado Germanicio Hilario Arequipa Mamani, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, se dispone se efectúe las notificaciones por edicto”. Arequipa, 2018 diciembre 17. CARLA VILLANUE- VA ROSAS SECRETARIA JUDICIAL. (26-27-28 diciembre) B/E 031-13429. EDICTO Ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha la Juez Dra. She- lah North Galagarza Perez con la especialista Dra. Yuly Elizabeth Márquez Ticona, en el expediente N° 00613-2018-0-0401-JR-CI-01, la Sra. Vivían María Celia Ricketts Escomel de Muncher ha interpuesto demanda de impugnación de herencia en contra de los Sres. Susan Isabel Ricketts Escomel, José Manuel Rafael Guillermo Ricketts Escomel, Jaime Edmundo Ricketts Escomel. En dicho proceso, se ha ordenado la notificación por edictos a los sucesores del codemandado JOSÉ MANUEL RAFAEL GUILLERMO RICKETTS ESCOMEL de la resolución Nro. 08- 2018 recaída en este proceso. En ese sentido, en cumpli- miento del mandato, se procede conforme a lo indicado por el juzgado: Resolución Nro. 08-2018. Arequipa, dos mil dieciocho, noviembre, nueve. - Vistos y considerando: el fallecimiento del codemandado José Manuel Rafael Guillermo Ricketts Escomel. SE RESUELVE: SUSPENDER por TREINTA DÍAS, e! trámite del presente proceso que sobre IGUALACIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS, se- guidos por VIVIAN MARIA CELIA RICKETS ESCOMEL, en contra de JAIME EDMUNDO RICKETTS ESCOMEL, SUSAN ISABEL RICKETTS ESCOMEL y JOSÉ MANUEL RAFAEL GUI- LLERMO RICKETTS ESCOMEL, a fin que los sucesores del codemandado JOSÉ MANUEL RAFAEL GUILLERMO RIC- KETTS ESCOMEL se apersonen al proceso en el plazo se- ñalado, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. TOMESE RAZÓN Y HAGASE SABER. Arequipa, 22 de noviembre de 2018.- YULY E. MARQUEZ TICONA SECRETARIA JUDICIAL . (26-27-28 diciembre) B/E 031- 13429. EDICTO CIVIL Ante el Octavo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha el Dr. Aurelio Ronald Valencia De Romana, Especialista Legal Dra. Isabel Mar- garita Mamani Mamani, se tramita el Expediente Nro. 04071-2017-0-0401 -JR-CI-08, seguido por don Fausto Gregorio PACO MENDOZA y cónyuge doña Cirila Fra- mencia OSCCA VALDEZ en contra de doña NATIVIDAD MAMANI QUISPE, sobre Prescripción Adquisitiva de Do- minio. Habiéndose ordenado la notificación mediante edictos y de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 167 Y 168 del Código Procesal Civil a la demandada doña Natividad MAMANI QUISPE con la RESOLUCION NRO.10- 2017, su fecha 07 de noviembre de 2018, donde se orde- na lo siguiente: “SE RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por FAUSTO GREGORIO PACO MENDOZA Y CIRILA FRA- MENCIA OSCCA VALDEZ en contra de NATIVIDAD MAMA- NI QUISPE, con emplazamiento de los colindantes: Ana Segovia Almonte, Segundino Vera Monterola, Eufrocina Colque Bellido de Vera y Luz Marina Vilca Paredes, en la vía del PROCESO ABREVIADO. SE CONFIERE traslado de la demanda a la parte demandada, por el plazo de DIEZ DÍAS para su contestación; bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía. Debiéndose, para tal efecto notificar a la demandada Natividad Mamani Quispe me- diante edictos, quién deberá apersonarse a la presente causa; a fin de que ejerza su derecho de defensa; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Para tal efecto, CUMPLA la parte demandante con realizar las publicaciones respectivas de la presente resolución, conforme con lo establecido en el artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil. Conforme al numeral 506 del Códi- go Procesal Civil; SE DISPONE: Que el extracto de la pre- sente resolución se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del referido cuerpo legal”.- Arequipa, 06 de diciem- bre de 2018. YSABEL MARGARITA MAMANI MAMANI SECRETARIA JUDICIAL.- (28 diciembre 07-11 enero) B/E 031- 13432. EDICTO En el Exp. N° 00304-2018-0403-JM-FC-01, ante el Juz- gado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se tramita el proceso sobre DIVORCIO POR CAUSAL y en el citado expediente se ha dispuesto mediante resolución UNO de fecha diecisiete de setiembre de dos mil dieciocho: 1) ADMITIR a trámite la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL interpuesta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de JUAN RI- CARDO NEYRA RODRIGUEZ y el MINISTERIO PÚBLICO. 5) Sustánciese el presente proceso en la vía procedimental correspondiente al proceso CONOCIMIENTO. 3) Con- fiérase TRASLADO de la demanda, por edictos, a JUAN RICARDO NEYRA RODRIGUEZ, por el plazo especial de emplazamiento de SESENTA DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. 4) TÉNGASE por ofrecidos los medios probato- rios y a sus antecedentes los anexos adjuntados. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón .- Chala 11/12/2018.- MARCO ANTONIO CASTRO LOBON SECRE- TARIA JUDICIAL.- (14-20-28 diciembre) B/E 031-13416. EDICTO En el Exp. N° 00078-2018-0403-JM-Cl-01, ante el Juzgado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se tramita el proceso sobre NULI- DAD DE ACTO JURÍDICO (ESCRITURA PUBLICA 13507 SUSCRITA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. GORKI OVIEDO ALARCON) y en el citado expediente se ha dispuesto notificar por edictos extracto de la resolución DOS de fecha veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho que: 1) ADMITE a trámite la demanda de NULIDAD DE ACTO JURÍDICO interpuesta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de JUAN RICARDO NEYRA RODRI- GUEZ. 2) Sustánciese el presente proceso en la vía pro- cedimental correspondiente al proceso CONOCIMIENTO. 3) Confiérase TRASLADO de la demanda, por edictos, a JUAN RICARDO NEYRA RODRIGUEZ, por el plazo especial de emplazamiento de SESENTA DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. 4) TÉNGASE por ofrecidos los medios probato- rios y a sus antecedentes los anexos adjuntados. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón. Chala 11/12/2018.- MARCO ANTONIO CASTRO LOBON SECRE- TARIA JUDICIAL.- (14-20-28 diciembre) B/E 031-13416. EDICTO En el Exp. N° 00079-2018-0403-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se tramita el proceso sobre NULI- DAD DE ACTO JURÍDICO (CONTRATO DE LOCACIÓN Y CONDUCCIÓN DE UN PREDIO RÚSTICO UBICADO EN EL ANEXO DE TIRUQUE Y SU ADENDA DE CONTRATO) y en el citado expediente se ha dispuesto notificar por edictos extracto de la resolución DOS de fecha veintisiete de no- viembre de dos mil dieciocho que: 1) ADMITE a trámite la demanda de NULIDAD DE ACTO JURÍDICO interpues- ta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de JUAN RICARDO NEYRA RODRIGUEZ y JORGE ORLANDO CARCAMO SALAZAR. 2) Sustánciese el presente proceso en la vía procedimental correspondiente al proceso CO- NOCIMIENTO. 3) Confiérase TRASLADO de la demanda, por edictos, a JUAN RICARDO NEYRA RODRIGUEZ, por el plazo especial de emplazamiento de SESENTA DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de nombrár- sele curador procesal. 4) TÉNGASE por ofrecidos los me- dios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjun- tados. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón. Chala 11/12/2018.- MARCO ANTONIO CASTRO LOBON SECRETARIA JUDICIAL.- (14-20-28 diciembre) B/E 031-13416. NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO En el Expediente, Nro. 630-2017-0-0407-JM-CI-01 Segui- do por JUAN CARLOS BEGAZO BLANCAS, sobre Pres- cripción Adquisitiva de Dominio, tramitado por ante el Juzgado Mixto de Islay-Mollendo que despacha e! señor Juez Carlos Cary Choque con intervención el Especialista Juan Berly Ruelas Chaucayanqui mediante Resolución 08 de fecha 07/SET/2018 se ha dispuesto se notifique me- diante edictos la indicada resolución cuya parte resoluti- va indica Resolución Nro. 08, SE RESUELVE : 1.-ADMITIR a trámite en vía del proceso ABREVIADO la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por Juan Carlos Begazo Blancas en contra de la sucesión de Manuela B. Calatayud, integrada por José Luis Urbina Calatayud, la sucesión de las Siguientes personas: Oscar Calatayud Polar, Alfredo Calatayud Polar, Enrique Cala- tayud Polar, y Dora Calatayud Polar; en consecuencia. 2.-Correr TRASLADO a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS para su absolución por la demandada, bajo a percibimiento de declararse su rebeldía. 3.-Tener por OFRECIDOS los medio probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados. 4.-DISPONGO: Que se emplace a la demandada en forma especial me- diante publicaciones de un extracto del auto admisorio, en la forma señalada por el artículo 506 Código Procesal Civil. 5. -ORDENO: Se emplace además con la demanda a los colindantes del predio materia de Litis, para lo cual la parte demandante deberá, en el plazo de tres días de notificada, inicial el nombre de estos y su dirección domiciliaria para su debida notificación, ade- más deberá adjuntar tantos juegos de copias de la de- manda, subsanacion y auto admisorio como colindantes hay, bajo responsabilidad por la demora. 6.-DISPONGO: Se notifique a la demandada la sucesión de Manuela B. Calatayud, integrada por la sucesión de las siguientes personas: Oscar Calatayud Polar, Alfredo Calatayud Polar, Enrique Calatayud Polar, Dora Calatayud Polar, median- te edictos con un extracto del auto admisorio, para que conteste la demanda en el plazo de diez días, bajo aper- cibimiento de nombrantes curador procesal . TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- JUAN RUELAS CHAUCAYAN- QUI SECRETARIA JUDICIAL.- (20-28 diciembre 07 enero) B/E 031-13425.- REMATES REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVO- CATORIA En el proceso único de Ejecución de Garantías que se tra- mita con expediente judicial Nº04704-2011-0-0401-JR- CI-01 seguido por ANDRES MARIO ALVAREZ PINEDA en contra de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ, con la intervención de los terceros MARIA LAURA ALAR- CON MEDINA, GABI ADELINA MOSTAJO MOSTAJO DE RIOS y VICTOR MANUEL RIOS SANZ; y terceros acreedores no ejecutantes JAVIER EDUARDO CUTY COAQUIRA, JOSÉ MIGUEL RIVAS GIANNETTI, BRENDA BARREDA NEYRA, CAROL VANESSA GUARDIA RAFAEL, ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, y MILTON MONTIEL MONTIEL; el PRIMER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA que despacha SHELAH NORTH GALAGARZA PEREZ, con la asistencia de la Especialista Legal ARLETY GIULIANA MARQUEZ ROMERO, ha dispuesto sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria la siguiente propiedad: INMUE- BLE URBANO ubicado en la Calle CALLEJÓN CALIENES N° 107 y 109, Zona San Lázaro (Barrio), distrito, provincia y departamento de Arequipa, de propiedad de ROSA VAS- QUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ cuyos linderos, medi- das perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº01160507 del Registro de Pro- piedad Inmueble de la Zona Registral N° XII - Sede Are- quipa y se encuentra valorizado en la cantidad de USD$ 1’452,111.11 (un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento once con 11/100 dólares americanos) y SERÁ RE- MATADO SOBRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecien- tos sesenta y ocho mil setenta y cuatro con 07/100 dóla- res americanos), cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor por el cual fue valorizado. AFECTACIONES DEL BIEN.- Según Certificado de Gravámenes y Cargas de la referida partida registral: 1.- Asiento D00002.- Hipoteca a favor de María Laura Alarcón Medina, hasta por la suma de US$. 40,000.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública (EP) N°2462 del 07.AGO.2009 y EP de aclaración N°2633 del 25.AGO.2009 ambas extendidas ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 2.- Asiento D00003.- Hipoteca a favor de Andrés Mario Alvarez Pine- da, hasta por la suma de US$. 25,000.00 Dólares Ameri- canos, según EP de fecha 26.AGO.2009 extendida ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 3.- Asiento D00004.- Hipoteca a favor de Víctor Manuel Rios Sanz y Gabi Adelina Mostajo Mostajo de Rios, hasta por la suma de US$. 16,000.00 Dólares Americanos, según EP N°3306 de fecha 27/10/2009 extendida ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 4.- Asiento D00005.- Hipoteca a favor Javier Eduardo Cuty Coaquira, hasta por la suma de S/. 160,000.00 Nuevos soles, según EP N°977 de fecha 01/03/2013 y EP de aclaración N°1843 de fecha 25-04-2013 ambas extendidas ante Notario Pú- blico de Arequipa Jose Luis Concha Revilla; 5.- Asiento D00006.- Hipoteca a favor de José Miguel Rivas Gian- netti y Brenda Barreda Neyra, hasta por la suma de S/. 120,000.00 Nuevos soles, según EP de fecha 24.JUN.2013 extendida ante Notario Público de Arequipa César Fer- nández Dávila Barreda. 6.- Asiento D00007.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 45,000.00 Dólares Americanos, según EP N°4449 de fecha 28/08/2015 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda; 7.- Asiento D00008.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Ra- fael, hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Ame- ricanos, según EP de fecha 12.MAY.2016 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda. 8.- Asiento D00009.- Hipoteca a favor de ALFRE- DO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, hasta por la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 29.NOV.2016 y EPs aclaratorias de fechas 06.DIC.2016 y 14.DIC.2016 otorgadas ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda. 9.- Asiento D00010.- Hipoteca a favor de MILTON MONTIEL MONTIEL, hasta por la suma de US$ 70,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 11.MAR.2017 otorgada ante Notario Público de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Pú- blico con Registro Nº 227 (teléfono N°952390320) el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS AM y se llevará a cabo en la SALA DE REMATES DE LA SEDE CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA ubicada en el Palacio de Jus- ticia, Plaza España s/n, Cercado de Arequipa. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rema- tar (USD$ 145,211.11 dólares americanos). Este depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago del arancel judicial por participar en remate judicial de bien inmueble (Códi- go N°07153 por S/ 830 soles y reintegro si corresponde), debiendo consignar en el mismo el número de expe- diente, el acto procesal a realizar (remate judicial de bien inmueble) y a la orden del juzgado respectivo, suscribién- dolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afec- tos al IGV. Arequipa, 14 de diciembre del 2018. ARLETTY MARQUEZ ROMERO ESPECIALISTA LEGAL. JUAN P. K. EYZAGUIRRE MARTILLERO PUBLICO N° 227 ABOGADO.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13424. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N°04267-2011-0-0401-JR-FC-03 en los autos seguidos por RIGABY XIOMARA JARA ZUÑIGA, en contra de la FISCALIA DE FAMILIA, JOSE MARIA GUTIERREZ RO- JAS, sobre Divorcio por causal; la Juez del Tercer Juzgado de Familia, Dra. Julia María Fátima Montesinos y Montesi- nos Hartley, con la Especialista Legal Dra. Angela Briseida Mostacero Rosas, mediante Resolución N° 46 han encar- gado al Martillero Público ANGEL RUBEN ARIAS GALLE- GOS, y dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Calle Teniente Rodríguez N°1025 del Distrito Miraflores, provincia y de- partamento de Arequipa; inscrito en la Ficha Registral N° P06224914 Sede Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: US$ 83,349.79 (Ochenta y Tres Trescien- tos Cuarenta y Nueve con 79/100 dólares americanos). PRECIO DE BASE DE REMATE: US$ 55,566.53 (Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Seis con 53/100 Dólares Americanos) que representa las dos terceras partes del Valor de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: No presenta. La orden del remate Judicial se encuentra con- tenida en la Resolución N° 46-2018. DIA Y HORA DEL RE- MATE: 07 de Enero del 2019 a las 14.00 horas de la tarde. LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates, sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina de la Calle Colón con Siglo XX, distrito, provincia y depar- tamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante deposito en efectivo o cheque de ge- rencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, se- gún corresponda y el arancel judicial respectivo, consig- nando el Juzgado, N° de expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Pre- sentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de re- presentante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario y se cancelaran al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-jus) y están afectos al IGV.- Arequipa, 19 de Noviembre del 2018. ANGEL RUBEN GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO N° 265. DRA. ANGELA B. MOSTA- CERO ROSAS. ESPECIALISTA LEGAL.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13427. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL.- Expediente N° 3028-2016.- Por disposición del Juez del Octavo Juzgado Civil de Arequipa- Corte Super ior de Justicia de Arequipa: Dr. AURELIO RONALD VALENCIA DE ROMAÑA y Especialista Legal: JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS, en los Autos seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK con WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, interviniendo como Terceros: Scotiabank Perú S.A.A., Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y Gamero Gomes Norica Amparo (por ser la actual pro- pietaria), con intervención del Martillero Publico de Re- gistro Nacional Noventa y cinco: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLI- CO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble: Lote 5, de la Manzana 36, de La Zona C, del Pueblo Joven “ALTO DE SELVA ALEGRE”, del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequi- pa, con un Área de 288.40 m2., cuya área, linderos y me- didas perimétricas, se encuentran inscritos en la Partida N° P06015417 (Antecedente Registral: P06012593), Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa- SUNARP.- Con una TASA- CION aprobada de: S/ 452,134.60 (Cuatrocientos cincuen-

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes, 28 de diciembre del 2018

La República

Corte Superior de Arequipa

Viernes, 28 de diciembre del 2018

EDICTOS EDICTO

Ante el Noveno Juzgado Especializado Civil de Arequi-pa, Juez José Antonio Meza Miranda, Especialista Carla Villanueva Rosas, Expediente 3034-2018-0-0401-JR-CI-09 sobre nulidad de acto jurídico, demandante Norma Leo-cadia Choquehuayta Cayllahua y Noemi Erlinda Arequipa Choquehuayta en contra de Isaac Donald Arequipa Vilca, Mariela Elsa Delfi na Sallica Pérez de Arequipa, Roberto Arequipa Mamani, Donata Leónidas Arequipa de Con-dori y Germanicio Hilario Arequipa Mamani, mediante Resolución N° 5 de 6 de diciembre del 2018 se resolvió “suspender el proceso por el plazo de treinta días a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del que en vida fue el codemandado Germanicio Hilario Arequipa Mamani, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, se dispone se efectúe las notifi caciones por edicto”. Arequipa, 2018 diciembre 17. CARLA VILLANUE-VA ROSAS SECRETARIA JUDICIAL. (26-27-28 diciembre) B/E 031-13429.

EDICTO

Ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha la Juez Dra. She-lah North Galagarza Perez con la especialista Dra. Yuly Elizabeth Márquez Ticona, en el expediente N° 00613-2018-0-0401-JR-CI-01, la Sra. Vivían María Celia Ricketts Escomel de Muncher ha interpuesto demanda de impugnación de herencia en contra de los Sres. Susan Isabel Ricketts Escomel, José Manuel Rafael Guillermo Ricketts Escomel, Jaime Edmundo Ricketts Escomel. En dicho proceso, se ha ordenado la notifi cación por edictos a los sucesores del codemandado JOSÉ MANUEL RAFAEL GUILLERMO RICKETTS ESCOMEL de la resolución Nro. 08-2018 recaída en este proceso. En ese sentido, en cumpli-miento del mandato, se procede conforme a lo indicado por el juzgado: Resolución Nro. 08-2018. Arequipa, dos mil dieciocho, noviembre, nueve. - Vistos y considerando: el fallecimiento del codemandado José Manuel Rafael Guillermo Ricketts Escomel. SE RESUELVE: SUSPENDER por TREINTA DÍAS, e! trámite del presente proceso que sobre IGUALACIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS, se-guidos por VIVIAN MARIA CELIA RICKETS ESCOMEL, en contra de JAIME EDMUNDO RICKETTS ESCOMEL, SUSAN ISABEL RICKETTS ESCOMEL y JOSÉ MANUEL RAFAEL GUI-LLERMO RICKETTS ESCOMEL, a fi n que los sucesores del codemandado JOSÉ MANUEL RAFAEL GUILLERMO RIC-KETTS ESCOMEL se apersonen al proceso en el plazo se-ñalado, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. TOMESE RAZÓN Y HAGASE SABER. Arequipa, 22 de noviembre de 2018.- YULY E. MARQUEZ TICONA SECRETARIA JUDICIAL . (26-27-28 diciembre) B/E 031-13429.

EDICTO CIVIL

Ante el Octavo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha el Dr. Aurelio Ronald Valencia De Romana, Especialista Legal Dra. Isabel Mar-garita Mamani Mamani, se tramita el Expediente Nro. 04071-2017-0-0401 -JR-CI-08, seguido por don Fausto Gregorio PACO MENDOZA y cónyuge doña Cirila Fra-mencia OSCCA VALDEZ en contra de doña NATIVIDAD MAMANI QUISPE, sobre Prescripción Adquisitiva de Do-minio. Habiéndose ordenado la notifi cación mediante edictos y de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 167 Y 168 del Código Procesal Civil a la demandada doña Natividad MAMANI QUISPE con la RESOLUCION NRO.10-2017, su fecha 07 de noviembre de 2018, donde se orde-na lo siguiente: “SE RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por FAUSTO GREGORIO PACO MENDOZA Y CIRILA FRA-MENCIA OSCCA VALDEZ en contra de NATIVIDAD MAMA-NI QUISPE, con emplazamiento de los colindantes: Ana Segovia Almonte, Segundino Vera Monterola, Eufrocina Colque Bellido de Vera y Luz Marina Vilca Paredes, en la vía del PROCESO ABREVIADO. SE CONFIERE traslado de la demanda a la parte demandada, por el plazo de DIEZ DÍAS para su contestación; bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía. Debiéndose, para tal efecto

notifi car a la demandada Natividad Mamani Quispe me-diante edictos, quién deberá apersonarse a la presente causa; a fi n de que ejerza su derecho de defensa; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Para tal efecto, CUMPLA la parte demandante con realizar las publicaciones respectivas de la presente resolución, conforme con lo establecido en el artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil. Conforme al numeral 506 del Códi-go Procesal Civil; SE DISPONE: Que el extracto de la pre-sente resolución se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del referido cuerpo legal”.- Arequipa, 06 de diciem-bre de 2018. YSABEL MARGARITA MAMANI MAMANI SECRETARIA JUDICIAL.- (28 diciembre 07-11 enero) B/E 031- 13432.

EDICTO

En el Exp. N° 00304-2018-0403-JM-FC-01, ante el Juz-gado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se tramita el proceso sobre DIVORCIO POR CAUSAL y en el citado expediente se ha dispuesto mediante resolución UNO de fecha diecisiete de setiembre de dos mil dieciocho: 1) ADMITIR a trámite la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL interpuesta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de JUAN RI-CARDO NEYRA RODRIGUEZ y el MINISTERIO PÚBLICO. 5) Sustánciese el presente proceso en la vía procedimental correspondiente al proceso CONOCIMIENTO. 3) Con-fi érase TRASLADO de la demanda, por edictos, a JUAN RICARDO NEYRA RODRIGUEZ, por el plazo especial de emplazamiento de SESENTA DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. 4) TÉNGASE por ofrecidos los medios probato-rios y a sus antecedentes los anexos adjuntados. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón .- Chala 11/12/2018.- MARCO ANTONIO CASTRO LOBON SECRE-TARIA JUDICIAL.- (14-20-28 diciembre) B/E 031-13416.

EDICTO

En el Exp. N° 00078-2018-0403-JM-Cl-01, ante el Juzgado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se tramita el proceso sobre NULI-DAD DE ACTO JURÍDICO (ESCRITURA PUBLICA 13507 SUSCRITA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. GORKI OVIEDO ALARCON) y en el citado expediente se ha dispuesto notifi car por edictos extracto de la resolución DOS de fecha veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho que: 1) ADMITE a trámite la demanda de NULIDAD DE ACTO JURÍDICO interpuesta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de JUAN RICARDO NEYRA RODRI-GUEZ. 2) Sustánciese el presente proceso en la vía pro-cedimental correspondiente al proceso CONOCIMIENTO. 3) Confi érase TRASLADO de la demanda, por edictos, a JUAN RICARDO NEYRA RODRIGUEZ, por el plazo especial de emplazamiento de SESENTA DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. 4) TÉNGASE por ofrecidos los medios probato-rios y a sus antecedentes los anexos adjuntados. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón. Chala 11/12/2018.- MARCO ANTONIO CASTRO LOBON SECRE-TARIA JUDICIAL.- (14-20-28 diciembre) B/E 031-13416.

EDICTO

En el Exp. N° 00079-2018-0403-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se tramita el proceso sobre NULI-DAD DE ACTO JURÍDICO (CONTRATO DE LOCACIÓN Y CONDUCCIÓN DE UN PREDIO RÚSTICO UBICADO EN EL ANEXO DE TIRUQUE Y SU ADENDA DE CONTRATO) y en el citado expediente se ha dispuesto notifi car por edictos extracto de la resolución DOS de fecha veintisiete de no-viembre de dos mil dieciocho que: 1) ADMITE a trámite la demanda de NULIDAD DE ACTO JURÍDICO interpues-ta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de JUAN RICARDO NEYRA RODRIGUEZ y JORGE ORLANDO CARCAMO SALAZAR. 2) Sustánciese el presente proceso en la vía procedimental correspondiente al proceso CO-NOCIMIENTO. 3) Confi érase TRASLADO de la demanda, por edictos, a JUAN RICARDO NEYRA RODRIGUEZ, por el

plazo especial de emplazamiento de SESENTA DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de nombrár-sele curador procesal. 4) TÉNGASE por ofrecidos los me-dios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjun-tados. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón. Chala 11/12/2018.- MARCO ANTONIO CASTRO LOBON SECRETARIA JUDICIAL.- (14-20-28 diciembre) B/E 031-13416.

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO

En el Expediente, Nro. 630-2017-0-0407-JM-CI-01 Segui-do por JUAN CARLOS BEGAZO BLANCAS, sobre Pres-cripción Adquisitiva de Dominio, tramitado por ante el Juzgado Mixto de Islay-Mollendo que despacha e! señor Juez Carlos Cary Choque con intervención el Especialista Juan Berly Ruelas Chaucayanqui mediante Resolución 08 de fecha 07/SET/2018 se ha dispuesto se notifi que me-diante edictos la indicada resolución cuya parte resoluti-va indica Resolución Nro. 08, SE RESUELVE : 1.-ADMITIR a trámite en vía del proceso ABREVIADO la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por Juan Carlos Begazo Blancas en contra de la sucesión de Manuela B. Calatayud, integrada por José Luis Urbina Calatayud, la sucesión de las Siguientes personas: Oscar Calatayud Polar, Alfredo Calatayud Polar, Enrique Cala-tayud Polar, y Dora Calatayud Polar; en consecuencia. 2.-Correr TRASLADO a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS para su absolución por la demandada, bajo a percibimiento de declararse su rebeldía. 3.-Tener por OFRECIDOS los medio probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados. 4.-DISPONGO: Que se emplace a la demandada en forma especial me-diante publicaciones de un extracto del auto admisorio, en la forma señalada por el artículo 506 Código Procesal Civil. 5. -ORDENO: Se emplace además con la demanda a los colindantes del predio materia de Litis, para lo cual la parte demandante deberá, en el plazo de tres días de notifi cada, inicial el nombre de estos y su dirección domiciliaria para su debida notifi cación, ade-más deberá adjuntar tantos juegos de copias de la de-manda, subsanacion y auto admisorio como colindantes hay, bajo responsabilidad por la demora. 6.-DISPONGO: Se notifi que a la demandada la sucesión de Manuela B. Calatayud, integrada por la sucesión de las siguientes personas: Oscar Calatayud Polar, Alfredo Calatayud Polar, Enrique Calatayud Polar, Dora Calatayud Polar, median-te edictos con un extracto del auto admisorio, para que conteste la demanda en el plazo de diez días, bajo aper-cibimiento de nombrantes curador procesal . TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- JUAN RUELAS CHAUCAYAN-QUI SECRETARIA JUDICIAL.- (20-28 diciembre 07 enero) B/E 031-13425.-

REMATESREMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVO-

CATORIA

En el proceso único de Ejecución de Garantías que se tra-mita con expediente judicial Nº04704-2011-0-0401-JR-CI-01 seguido por ANDRES MARIO ALVAREZ PINEDA en contra de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ, con la intervención de los terceros MARIA LAURA ALAR-CON MEDINA, GABI ADELINA MOSTAJO MOSTAJO DE RIOS y VICTOR MANUEL RIOS SANZ; y terceros acreedores no ejecutantes JAVIER EDUARDO CUTY COAQUIRA, JOSÉ MIGUEL RIVAS GIANNETTI, BRENDA BARREDA NEYRA, CAROL VANESSA GUARDIA RAFAEL, ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, y MILTON MONTIEL MONTIEL; el PRIMER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA que despacha SHELAH NORTH GALAGARZA PEREZ, con la asistencia de la Especialista Legal ARLETY GIULIANA MARQUEZ ROMERO, ha dispuesto sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria la siguiente propiedad: INMUE-BLE URBANO ubicado en la Calle CALLEJÓN CALIENES N° 107 y 109, Zona San Lázaro (Barrio), distrito, provincia y departamento de Arequipa, de propiedad de ROSA VAS-

QUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ cuyos linderos, medi-das perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº01160507 del Registro de Pro-piedad Inmueble de la Zona Registral N° XII - Sede Are-quipa y se encuentra valorizado en la cantidad de USD$ 1’452,111.11 (un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento once con 11/100 dólares americanos) y SERÁ RE-MATADO SOBRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecien-tos sesenta y ocho mil setenta y cuatro con 07/100 dóla-res americanos), cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor por el cual fue valorizado. AFECTACIONES DEL BIEN.- Según Certifi cado de Gravámenes y Cargas de la referida partida registral: 1.- Asiento D00002.- Hipoteca a favor de María Laura Alarcón Medina, hasta por la suma de US$. 40,000.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública (EP) N°2462 del 07.AGO.2009 y EP de aclaración N°2633 del 25.AGO.2009 ambas extendidas ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 2.- Asiento D00003.- Hipoteca a favor de Andrés Mario Alvarez Pine-da, hasta por la suma de US$. 25,000.00 Dólares Ameri-canos, según EP de fecha 26.AGO.2009 extendida ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 3.- Asiento D00004.- Hipoteca a favor de Víctor Manuel Rios Sanz y Gabi Adelina Mostajo Mostajo de Rios, hasta por la suma de US$. 16,000.00 Dólares Americanos, según EP N°3306 de fecha 27/10/2009 extendida ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 4.- Asiento D00005.- Hipoteca a favor Javier Eduardo Cuty Coaquira, hasta por la suma de S/. 160,000.00 Nuevos soles, según EP N°977 de fecha 01/03/2013 y EP de aclaración N°1843 de fecha 25-04-2013 ambas extendidas ante Notario Pú-blico de Arequipa Jose Luis Concha Revilla; 5.- Asiento D00006.- Hipoteca a favor de José Miguel Rivas Gian-netti y Brenda Barreda Neyra, hasta por la suma de S/. 120,000.00 Nuevos soles, según EP de fecha 24.JUN.2013 extendida ante Notario Público de Arequipa César Fer-nández Dávila Barreda. 6.- Asiento D00007.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 45,000.00 Dólares Americanos, según EP N°4449 de fecha 28/08/2015 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda; 7.- Asiento D00008.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Ra-fael, hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Ame-ricanos, según EP de fecha 12.MAY.2016 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda. 8.- Asiento D00009.- Hipoteca a favor de ALFRE-DO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, hasta por la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 29.NOV.2016 y EPs aclaratorias de fechas 06.DIC.2016 y 14.DIC.2016 otorgadas ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda. 9.- Asiento D00010.- Hipoteca a favor de MILTON MONTIEL MONTIEL, hasta por la suma de US$ 70,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 11.MAR.2017 otorgada ante Notario Público de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Pú-blico con Registro Nº 227 (teléfono N°952390320) el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS AM y se llevará a cabo en la SALA DE REMATES DE LA SEDE CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA ubicada en el Palacio de Jus-ticia, Plaza España s/n, Cercado de Arequipa. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rema-tar (USD$ 145,211.11 dólares americanos). Este depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no benefi ciados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago del arancel judicial por participar en remate judicial de bien inmueble (Códi-go N°07153 por S/ 830 soles y reintegro si corresponde), debiendo consignar en el mismo el número de expe-diente, el acto procesal a realizar (remate judicial de bien inmueble) y a la orden del juzgado respectivo, suscribién-dolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del

Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afec-tos al IGV. Arequipa, 14 de diciembre del 2018. ARLETTY MARQUEZ ROMERO ESPECIALISTA LEGAL. JUAN P. K. EYZAGUIRRE MARTILLERO PUBLICO N° 227 ABOGADO.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13424.

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente N°04267-2011-0-0401-JR-FC-03 en los autos seguidos por RIGABY XIOMARA JARA ZUÑIGA, en contra de la FISCALIA DE FAMILIA, JOSE MARIA GUTIERREZ RO-JAS, sobre Divorcio por causal; la Juez del Tercer Juzgado de Familia, Dra. Julia María Fátima Montesinos y Montesi-nos Hartley, con la Especialista Legal Dra. Angela Briseida Mostacero Rosas, mediante Resolución N° 46 han encar-gado al Martillero Público ANGEL RUBEN ARIAS GALLE-GOS, y dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Calle Teniente Rodríguez N°1025 del Distrito Mirafl ores, provincia y de-partamento de Arequipa; inscrito en la Ficha Registral N° P06224914 Sede Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: US$ 83,349.79 (Ochenta y Tres Trescien-tos Cuarenta y Nueve con 79/100 dólares americanos). PRECIO DE BASE DE REMATE: US$ 55,566.53 (Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Seis con 53/100 Dólares Americanos) que representa las dos terceras partes del Valor de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: No presenta. La orden del remate Judicial se encuentra con-tenida en la Resolución N° 46-2018. DIA Y HORA DEL RE-MATE: 07 de Enero del 2019 a las 14.00 horas de la tarde. LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates, sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina de la Calle Colón con Siglo XX, distrito, provincia y depar-tamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante deposito en efectivo o cheque de ge-rencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, se-gún corresponda y el arancel judicial respectivo, consig-nando el Juzgado, N° de expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Pre-sentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de re-presentante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario y se cancelaran al fi nalizar la diligencia del remate, al fi rmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-jus) y están afectos al IGV.- Arequipa, 19 de Noviembre del 2018. ANGEL RUBEN GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO N° 265. DRA. ANGELA B. MOSTA-CERO ROSAS. ESPECIALISTA LEGAL.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13427.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

JUDICIAL.-

Expediente N° 3028-2016.- Por disposición del Juez del Octavo Juzgado Civil de Arequipa- Corte Super ior de Justicia de Arequipa: Dr. AURELIO RONALD VALENCIA DE ROMAÑA y Especialista Legal: JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS, en los Autos seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK con WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, interviniendo como Terceros: Scotiabank Perú S.A.A., Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y Gamero Gomes Norica Amparo (por ser la actual pro-pietaria), con intervención del Martillero Publico de Re-gistro Nacional Noventa y cinco: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLI-CO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble: Lote 5, de la Manzana 36, de La Zona C, del Pueblo Joven “ALTO DE SELVA ALEGRE”, del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequi-pa, con un Área de 288.40 m2., cuya área, linderos y me-didas perimétricas, se encuentran inscritos en la Partida N° P06015417 (Antecedente Registral: P06012593), Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa- SUNARP.- Con una TASA-CION aprobada de: S/ 452,134.60 (Cuatrocientos cincuen-

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 …...de Manuela B. Calatayud, integrada por José Luis Urbina Calatayud, la sucesión de las Siguientes personas: Oscar Calatayud Polar,

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 28 de diciembre del 2018

ta y dos mil, ciento treinta y cuatro y 60/100 Soles) y con una BASE DE REMATE (deducida conforme a Ley), de: S/ 301,423.07 (Trescientos un mil, cuatrocientos veintitrés y 07/100 Soles).- AFECTACIONES: 1) EMBARGO.- Medida Cautelar en forma de Inscripción del predio inscrito en esta Partida, de Propiedad de WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, hasta por la suma de S/. 86,000.00, por or-den del Octavo Juzgado Especializado Civil de Arequipa, a favor BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK, del Exp. N° 3028-2016-45-0401-JR-CI-08, sobre Obliga-ción de dar Suma de Dinero (Asiento N° 000020 de la Partida N° P06015417).- DIA y HORA DEL REMATE: El 14 de Enero del 2019, a las 12.30 de la Tarde.- LUGAR DEL REMATE: En la SALA DE REMATES, ubicada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina de la Av. Siglo XX y Plaza España S/N, Distrito Cercado, Provincia y Departamento de Arequi-pa.- POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o cheque de gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respec-tivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC).- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Có-digo Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.- HO-NORARIOS: Del Martillero, por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Art. 17 y 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS- Reglamento de la Ley N° 27728- Ley del Martillero Publico.- Inf. Al # 998084468.- JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS- Martillero Publico- Registro Nacio-nal N° 95.- Jimmy M. LUNA MAZUELOS SECRETARIO JUDICIAL. (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031-

EDICTO DE PRIMER REMATE JUDICIAL

En el expediente Nº 05015-2017-0-0401-JR-CI-06, sobre Ejecución de Garantías seguido por BANCO INTERNA-CIONAL DEL PERU INTERBANK en contra de SARCCO TAPARA, GREGORIA, como TERCERO Edward Jesús Pinto Salas y Karla María Gonzales Villagra, la señora Juez del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención de la Especialista Legal Alicia Dolores Trujillo Pérez, se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO de los inmuebles que a continuación se detalla: PRIMER INMUEBLE: VIVIENDA DUPLEX (DEPARTAMENTO Nº601 Sexto y Séptimo Piso) ubicada en el Conjunto Res. El Mirador de la Alameda II Etapa MZ 1R Bloque 5 Sección 21 Urb. Alameda de Sa-laverry, Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamen-to de Arequipa, inscrito en la Partida Nro. 11302533, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 95.22m2.- TASACIÓN: US$ 62,917.71 (Sesenta y dos mil novecientos diecisiete con 71/100 Dólares americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 41,945.14 (Cuarenta y un mil novecientos cuarenta y cinco con 14/100 Dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasación. - GRA-VÁMENES: Asiento D00002 Hipoteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos (incluyendo otro mueble inscrito en la partida nº11303642), según consta en escritura pública de fecha 21/02/2014 ante Notaria de Arequipa María Emilia Ladrón de Guevara Zuzunaga. SEGUNDO INMUEBLE: ESTACIONAMIENTO (Exterior 35 PRIMER PISO) ubicado en CON.RESID. El Mi-rador de la Alameda III-A ETAPA BLOCK 6 SECCION EE-35 Urb. Alameda de Salaverry, Distrito de Mirafl ores, Provin-cia y Departamento de Arequipa, cuyas áreas y linderos se detallan en la Partida Nro. 11303642, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 12.00m2.- TASACIÓN: US$ 4,968.00 (Cuatro mil novecientos sesenta y ocho con 14/100 Dólares ameri-canos).- PRECIO BASE DE REMATE: US$ 3,312.00 (Tres mil trescientos doce con 00/100 Dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasa-ción. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hipoteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos, según escritura pública de fecha 21/02/2014 ante Notaria de Arequipa María Emilia Ladrón de Guevara Zuzunaga. Asiento D00003 Anticresis a favor de la sociedad con-yugal conformada por EDWARD JESUS PINTO SALAS y KARLA MARIA GONZALES VILLAGRA, por el plazo de un año contado a partir de la inscripción de la anticresis, estableciendo como renta e interés la suma de S/800.00 nuevos soles según escritura pública de fecha 27.12.2016 y fecha 02.02.2017. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Sede Corte ubicada en Calle Siglo XX, esquina con Plaza España, Arequipa, el día MARTES 15 de ENERO del año 2019, Hora de Inicio 14:00 horas y será efectuado por la Martillera Pública Pa-mela Marisol Alva Rivera. LOS POSTORES: los postores deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación por cada inmueble, además se deberá adjuntar la tasa judicial pagada en el BN por cada inmueble por derecho de participación en remate del bien inmueble

consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. En caso el postor ofrezca adquirir los inmuebles conjuntamente se aplicará el Art.736 del C.P.C. LA COMISION de la Martillera Pública será por cuenta del Adjudicatario de acuerdo a los rangos establecidos en el DS N°008-2005-JUS mas el IGV, debiendo ser cancelado al fi nalizar el acto del Remate. Martillera Pública Pamela Alva Rivera cel. 987508700. PODER JUDICIAL- Especialista Legal Alicia Dolores Trujillo Pérez. Arequipa, 14 de Di-ciembre de 2018.- PAMELA ALVA RIVERA MARTILLERA PUBLICA .- (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031-

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

(EXP. Nº 00234-2017-0-0407-JM-CI-01) En el proceso ju-dicial de EJECUCION DE GARANTIAS seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA en contra FORTUNATA NILDA CALATAYUD CACERES DE JI-MENEZ y EDGAR HERMILIO OSBALDO JIMENEZ CAYPA, el JUZGADO MIXTO- Sede Islay, a cargo del Juez Dr. CARLOS ALVARO CARY CHOQUE y el Especialista Legal Dr. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI, ha ordenado sacar a RE-MATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmue-ble denominado como Centro Poblado Las Tres Cruces, Manzana E, Lote 05, ubicado en el Distrito de Mollendo, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida N° P06223440 del registro de propiedad In-mueble de SUNARP, Zona Registral Nro. XII- Sede Arequi-pa. CARGAS Y GRAVAMENES Asiento 00003 Inscripción de Hipoteca: Hipoteca: El Propietario de predio inscrito en esta partida constituyen hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, debidamen-te representado; hasta por la suma de US$ 40 745.00 dólares americanos, para garantizar el crédito asumido por la suma de US$ 27 000.00 a un plazo de 180 meses y las obligaciones asumidas con la caja que obran de la Escritura Pública Nº 476 de fecha 03/08/2012 otorgada por ante Notario Público Dr. Roberto Carlos Delgado Val-divia la ciudad de Mollendo. VALOR DE TASACION : s/. 127 772.04 soles BASE DEL REMATE: s/. 85 181,36 so-les DIA Y HORA DEL REMATE: El día 11 de Enero del 2019 a las 15:45 horas del día LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Espera del local del Juzgado Mixto Sede Islay- Mollendo ubicado en esquina calle Comercio-Plaza Grau s/n- Mo-llendo. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de las tasación que en este caso sería de s/. 12 777.20 soles en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial, consignando número de expe-diente y generales de ley, mostrar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la Vigencia de Poderes correspondiente.(traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes de ser el caso); el adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lu-gar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo a Ley y serán cancelados al concluir el remate. Juez Dr. CARLOS ALVARO CARY CHOQUE y el Especialista Legal Dr. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI, Ives Andrés Navarrete Castro Martillero Público Reg. 290.- (21-26-27-28 diciem-bre 03-04 enero) B/E 031.-

AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE

JUDICIAL

Expediente N: 04450-2017-0-0401-JR-CI-06 en los segui-dos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra HUISA HUISA RUTH, CHUJUTALLI PEREZ, JORGE sobre EJECUCION DE GARANTIAS, por orden del SEXTO JUZGADO ESPECIALI-ZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA a cargo de la Sra. Juez VALDIVIA FRAN-CO PATRICIA RUBY, Especialista Legal: Dra. GUTIERREZ HANCCO VERONICA, ha facultado a la Martillera Pública Dra. Nelly Isabel Gutierrez Quispe, con Registro Nº106 realizar el Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien: Inmueble ubicado en: PUEBLO JOVEN INDEPENDENCIA AV. LOS GUINDOS Nº. 223 Mz. 12 Lote 12 Sección Nº- 3 zona A Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás especifi caciones corren anotados en la Partida Electrónica Nº P06258241, del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALORIZACION: S/ 270,884.22 (DOSCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 22/100 SOLES) BASE DE REMATE: S/ 180,589.48 (CIENTO OCHENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 48/100 SOLES) que son las dos terceras partes de la Ta-sación. AFECTACIONES Y GRAVAMENES: Constitución de Hipoteca sobre el Bien Inmueble inscrito en la partida Nº P06258241, As 00005 hasta por la suma de US$ 46,120.00 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, así consta en la escritura pública Nº. 2045 del 11/06/12 otorgada ante Notario: VICTOR TINAGEROS LOZA de la ciudad de Arequipa. Hipoteca sobre el Bien Inmueble inscrito en la partida Nº P06258241, As 00007 hasta por la suma de S/. 137,581.60 a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A., así consta en la es-critura pública Nº. 1352 del 07/03/2014 otorgada ante

Notario: JAVIER RODRIGUEZ VELARDE de la ciudad de Arequipa INSCRIPCION DE ANTICRESIS, constituyen an-ticresis, inscrito en la partida Nº P06258241, As 00008 a favor de los cónyuges JONATHAN JOEL COAGUILA COAGUILA y JUDITH MILAGROS CHOQUEHUANCA VIL-CA en garantía del Mutuo por S/. 20,000 así consta en la escritura pública Nº. 425 del 06/02/2016 otorgada ante Notario: FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO de la ciu-dad de Arequipa INSCRIPCION DE EMBARGO sobre los DERECHOS DE COPROPIEDAD que sobre el inmueble, inscrito en la partida Nº P06258241, As 00009 hasta por la suma de S/. 20,000.00 le corresponden a JORGE CHU-JUTALLI PEREZ a favor de COMPARTAMOS FINANCIERA S.A.., así consta en el PARTE JUDICIAL Nº. 813-2016 del 08/06/2016 Sec. Judicial MATILDE OLAVE LARICO del OCTAVO JUZGADO DE PAZ LETRADO- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. de la ciudad de Arequipa INS-CRIPCION DE EMBARGO en forma de Inscripción fuera de proceso a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. sobre el inmueble, inscrito en la partida Nº P06258241, As 00010 hasta por la suma de S/. 40,000.00, así consta por haberlo dispuesto el Juez del Sétimo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, Especialista legal Kenia Risco Berrocal, mediante Res. Judicial Nª. 02 del 31/03/2016 Exp. Nº. 00379-2016 del Séptimo Juzgado Civil- Corte Superior De Justicia De Arequipa. de la ciudad de Arequipa DIA Y HORA DE REMATE: EL DIA 14 DE ENE-RO DEL AÑO 2019 A HORAS 03:30 DE LA TARDE LUGAR DEL REMATE: En la sala de remate ubicado en el sótano de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Sito en la Plaza España S/N (Palacio de Justicia, Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y Departamento de Are-quipa). LOS POSTORES: oblarán como garantía en efecti-vo o cheque de gerencia el 10% del Valor de la Tasación, presentaran Arancel Judicial indicando, Juzgado, No. de Expediente y DNI.- Los Honorarios del Martillero Públi-co serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo a Ley.- FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: NELLY ISABEL GUTIERREZ QUISPE –MARTILLERO PUBLICO REG. NAC. Nº 106. Arequipa, 06 de Diciembre de 2018. NELLY I. GUTIERREZ QUISPE MARTILLERO PUBLICO REG. N° 106. VERONICA GUTIERREZ HANCCO ESPECIALISTA LEGAL.- (28-31 diciembre 03-04-07-08 enero) B/E 031-13437.

PRIMER REMATE PÚBLICO

En el Expediente N° 00283-2014-0-0402-JP-CI-01 sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA en con-tra de JASSON ALEXANDER GALDOS RODRÍGUEZ, JUAN EDUARDO CONCHA RODRÍGUEZ, EDGAR GIANCARLO CONCHA RODRÍGUEZ Y VECXY JERICA ANDÍA CARAZAS, la señora Jueza del Juzgado de Paz Letrado de Camaná, Dra. María Luisa Pickmann Adriazola, Especialista Legal Dra. Leslie Eduardo Collanqui, ha dispuesto sacar a REMA-TE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la manzana H’, lote 2, Asentamiento Humano Akto Buenos Aires, distrito de Samuel Pastor, provincia de Camaná y departamento de Arequipa; cuyas áreas, linde-ros y demás características aparecen en la partida elec-trónica 12012833 del registro de propiedad inmueble de la ofi cina registral regional Arequipa, sede Camaná. AFECTACIONES: 1) Asiento D0002 EMBARGO hasta por la suma de S/. 29,000.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica, por disposición del Juez del Juz-gado de Paz Letrado de Camaná, Dr. Rafael Aucahuaqui Porhuaya, especialista Edson Favio Macedo Astigueta, mediante resolución judicial N° 01 del 13.08.14. en el expediente N° 00283-2014-19-0402-JP-CI-01 seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica en contra de Jasson Alexander Galdos Rodríguez sobre obligación de dar suma de dinero. Título inscrito el 24.11.14. VALOR DE TASACIÓN: S/ 18,000.00 (dieciocho mil y 00/100 soles) BASE DEL REMATE: S/ 12,000.00 (doce mil y 00/100 soles) equivalentes a las dos terceras partes del valor de tasa-ción. DÍA Y HORA DEL REMATE: 18 de enero de 2019, a las 10.00 a.m. LUGAR DEL REMATE: Juzgado de Paz Letrado de Camaná ubicado en la Urbanización Villa Salazar, Casa de la Justicia, Camaná, provincia de Camaná y departa-mento de Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre sin el sello de “no negociable” y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y D.N.I.) suscri-biéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Có-digo Procesal Civil y están afectos al I.G.V. Camaná, 22 de noviembre de 2018.- MAURICIO PONCE VALDIVIA MAR-TILLERO PUBLICO REG. N° 236.- LESLIE E. COLLANQUI ESPECIALISTA LEGAL.- (28-31 diciembre 03-04-07-08 enero) B/E 031- 13439.

SEGUNDO REMATE

EN EL PROCESO SOBRE PAGO DE BENEFICIOS ECONO-MICOS, EXPEDIENTE Nº01749-2000-0-0401-JR-LA-01, SEGUIDO POR JUAN LARICO QQUEA, EN CONTRA DE EDITORIAL COROFFSET S.A., EDITORIAL EL PUEBLO S.A., Y COMO TERCEROS: GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN,

MARIA ANA D’ORNELLAS REZOLA DE PARDO, JUANA LE-GUIA GUTIERREZ DE PARDO, PERCY ROLANDO LINAREZ ALVAREZ, JOSE PARDO ESCANDON, JAIME ENRIQUE PAR-DO ESCANDON, Y PASTOR ARCE ROMAN, COMO APODE-RADO SERGIO FERNANDO TEJADA PEREZ; LA SEÑORA JUEZ DEL DECIMO JUZGADO DE TRABAJO DE AREQUIPA, DRA. MIRIAN CATHERINE VARGAS CHAVEZ, ESPECIALISTA LEGAL SILVIA HUACARPUMA GONZALES, QUIEN NOM-BRO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA DILIGENCIA DEL SEGUNDO REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 14 DE ENERO DEL 2019 A LAS 10:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA, EN LAS INSTALACIONES DEL CDM DE LOS JUZGADOS LABORA-LES DE LA CORTE SUPUERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, 2DO. PISO MODULO LABORAL. SOBRE EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: INMUE-BLE UBICADO EN LA CALLE VILLALBA NRO.211, 215, 217, 223 SUB LOTE 1, DISTRITO AREQUIPA, PROVINCIA Y RE-GIÓN DE AREQUIPA. AREA 690.84 M2, CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS, LINDEROS Y DEMAS CARACTERISTICAS SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA N°11003128 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD IN-MUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA SUNARP. TASACION TOTAL:S/1’908,445.50 SOLES; PRE-CIO BASE:S/1’081,452.45 SOLES, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR EN REMATE JUDICIAL. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICA-TARIO DEL ACTO DE REMATE. AFECTACIONES: 1).- TRAS-LADO DE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 SOLES A FAVOR DE GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0002 DE LA PAR-TIDA N°11003128, 2).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBAR-GO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 NUEVOS SOLES A FAVOR DE GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0003 DE LA PARTIDA N°11003128, 3).- VA-RIACION DE MEDIDA CAUTELAR DONDE SE REDUCE EL MONTO DE AFECTACIÒN CONTEIDA EN EL ASIENTO 3 DEL RUBRO D, HASTA POR LA SUMA DE S/60,000.00 SO-LES, POR DISPOSICION DE LA SALA ESPECIALIZADA EN LO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0004 DE LA PARTIDA N°11003128, 4).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/65,00.00 SOLES A FAVOR DE JUAN LARICO QQUEA ORDENADA POR EL JUEZ DEL 4TO. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0005 DE LA PARTIDA N°11003128, 5).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE US$60,000.00 DOLARES AMERICANOS A FAVOR DE JUAN LARICO QQUEA ORDENADA POR EL JUEZ DEL 4TO. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SE-ÑALA EL ASIENTO D0006 DE LA PARTIDA N°11003128, 6).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/55,00.00 SOLES A FAVOR DE PASTOR ARCE ROMAN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO LI-QUIDADOR, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0007 DE LA PARTIDA N°11003128, 7).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 SOLES, ORDENADA POR EL JUEZ DE TRABAJO LIQUIDADOR, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0008 DE LA PARTIDA N°11003128, 8).- RECTI-FICACION DE OFICIO DONDE SE RECTIFICA EL ASIENTO D0008 Y SE SEÑALA QUE EL BENEFICIARIO ES A FAVOR DE JUAN LARICO QQUEA CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0009 DE LA PARTIDA N°11003128, 9).- MEDI-DA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/40,00.00 SOLES A FAVOR DE PERCY ROLANDO LINAREZ ALVAREZ ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO LI-QUIDADOR, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D00010 DE LA PARTIDA N°11003128, SE DESCONOCENB OTRAS AFCETACIONES. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMAN-DO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM: #959648263. AREQUIPA, 2018-12-19.- SILVIA HUACAR-PUMA GONZALES SECRETARIA JUDICIAL.- (26-27-28 diciembre) B/E 031-13426.

EDICTO-TERCER REMATE JUDICIAL.-

Exp. 0037-2015-0-0402-JP-CI-01, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. contra ISAAC JULIAN ANCO GODOY, OLIVER GERONIMO ANCO SILVA Y MARIA MAGDALENA SILVA BOLAÑOS, so-bre OBLIGACION DE DAR SUME DE DINERO. El Juzgado de Paz Letrado de Camana que Despacha la Sra. Jueza Dra. María Luisa Pickmann Adriazola, Especialista Legal Dr. Omar Valentín Villena Carpio; ha dispuesto sacar a remate en TERCERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: ----UBICACION: Pueblo Joven El Carmen, Man-zana E, Lote 8, Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Ca-

mana, Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nº 01095724, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Ofi cina Regis-tral Camana. ----TASACIÓN: En la suma de S/ 218,040.00 (DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL CERO CUARENTA Y 00/100 SOLES). ----PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación menos las deduc-ciones, la misma que asciende a la suma de S/ 105,022.60 (CIENTO CINCO MIL CERO VEINTIDOS Y 60/100 SOLES).-----DIA Y HORA DE REMATE: 08 de enero del 2019 a horas 12:00 del mediodía LUGAR DEL REMATE: Local del Juzga-do de Paz Letrado de Camana, sito en el Jirón Comercio N° 140, Ciudad de Camana. ---CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00008 de la Partida Nº 01095724). Se constituyen Primera y Preferencial hipote-ca, hasta por la suma de US$. 20,000.00 Dólares America-nos. Así consta en Escritura Pública de fecha 17/08/2006, ante Notario Carlos Soto Coaguila.- EMBARGO: (Inscrita en el Asiento D00008 de la Partida Nº 01095724). Por re-solución N° 01, de fecha 16/03/2015, suscrita por el Juez de Paz Letrado de Camana; se traba embargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en la presente partida hasta por la suma de S/. 18,000.00 Nuevos Soles a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. Titulo presentado el 22/04/2015.- ----POSTORES: Presentarán en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Juzgado de Paz Letrado de Camana, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a rea-lizar y copia de D.N.I. y fi rmas. El presente remate estará a cargo del martillero público César Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTI-LLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV. CEL #947400080.- Camana, 04 de diciembre del 2018.- CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PÚBLI-CO REGISTRO N° 241.- OMAR V. VILLENA CARPIO SECRETARIO JUDICIAL. (28-31 diciembre 03 enero) B/E 031- 13438.-

EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN TERCERA CON-

VOCATORIA

Expediente N° 00324-2012-0-0402-JP-CI-01 CAJA MUNI-CIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. contra NEICER LUCILA DONGO HUAMANI, JUANA GABRIEL EGUILUZ AL-VARADO Y NOEL ERICO EGUILUZ EGUILUZ sobre OBLIGA-CION DE DAR SUMA DE DINERO a cargo del Señor Juez Primer Juzgado de Paz Letrado de Camaná Arequipa, a cargo del Señor Juez Dra. Maria Luisa Pickman Adriazola Especialista Legal Dra. Denisse Katherine Nuñez Cervan-tes se ha dispuesto se lleve a efecto el TERCER REMATE JUDICIAL del inmueble Ubicado con Frente a la calle San José del Centro Poblado de Ocoña, Manzana X Lote 16 Distrito de Ocoña, Provincia de Camaná, Departamento Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y además características obran inscritas en la partida re-gistral P06171969 del registro de la propiedad inmueble de la Zona Registral N° XII-Sede Arequipa, Área 212.36 Mt2. TASACION: S/ 53,956.33 Soles (Cincuenta y tres mil, novecientos cincuenta y seis con 33/100 Nuevos Soles). BASE DE REMATE: S/. 25,988.96 Soles (Veinticinco mil, No-vecientos Ochenta y ocho con 96/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación, menos 2/15% por ser en tercera convocatoria. GRAVAMENES: 1.-Inscripcion de embargo se resuelve dictar medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A., la misma que recaerá sobre el derecho de propiedad que tienen los demandados sobre el inmueble inscrito en esta par-tida, hasta por la suma de s/. 16,000.00 nuevos soles, As 00003. DIA Y HORA: Miércoles 16 DE Enero del 2019 a Horas 11:00 a.m.- LUGAR DEL REMATE: pasadizos del Juzgado, sito en Urb. Villa Salazar B-9, Distrito y Provincia Camaná, Departamento de Arequipa.- LOS POSTORES: Entregaran la garantía del 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a título per-sonal, Arancel Judicial N° 07153, consignado el número de expediente, juzgado e identifi cación del postor DNI y copias. LA COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO SE CAN-CELARA CANCLUIDO EL ACTO DE REMATE, PABLO COL-BERT ROJAS TAMAYO MARTILLERO PUBLICO REG: 127 Email: [email protected] cel.: 993766643 / 961654569, Camaná, Noviembre del 2018. PABLO C. RO-JAS TAMAYO MARTILLERO PUBLICO REG. 127. DENISSE K. NUÑEZ CERVANTES SECRETARIO JUDICIAL.- (28-31 diciembre 03 enero) B/E 031-13438.-

RECTIFICACIONES RECTIFICACION DE PARTIDA.

Ante EL SEXTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ARE-QUIPA, que Despacha la señora Juez CECILBEL CINTH-YA VEGA VALENCIA, , se viene tramitando el proceso sobre rectifi cación de partida , bajo el expediente Nro. 03143-2018-0-401-JP-CI-06, con la intervención de la especialista legal Dra. VANIA MARCELA MEDIANA ARIAS,

Page 3: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 …...de Manuela B. Calatayud, integrada por José Luis Urbina Calatayud, la sucesión de las Siguientes personas: Oscar Calatayud Polar,

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes, 28 de diciembre del 2018

interpuesto por doña NIEVES VIRGINIA SALAS RODRI-GUEZ, quien solicita PETITORIO. - SOLICITA LA RECTIFI-CACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Nro.823, del año 1957 DE LA RECURRENTE, NIEVES VIRGINIA SALAS RODRIGUEZ, expedida por la Municipalidad PROVINCIAL de SAN ROMAN y Departamento de Puno debiendo rec-tifi carse el nombre de la madre de la Recurrente RECTI-FICANDO SU NOMBRE “RUFINA RODRIGUEZ B.” y quedar como es correcto “MARIA BENIGNA RODRIGUEZ MON-TALVO Lo que se comunica, conforme a ley, Arequipa 26 de diciembre del 2018.- Vania Marcela Mediana Arias Secretaria Judicial.- (28 diciembre) B/E 031- 13436.-

PRESCRIPCIONES

EDICTO JUDICIAL.- PRESCRIPCION ADQUISITIVA

DE DOMINIO.-

ANTE EL TERCER JUZGADO CIVIL de Arequipa despacha-do Dr. ZOILO ALCIDES CHAVEZ MAMANI en el expediente 3417-2018 bajo La actuación del secretario judicial Dr. Washington Choque Llave, se ha emitido la resolución N° 02, de fecha 15 de noviembre del 2018 que resuelve admitir la demanda interpuesta por VIRGINIA AZURIN SALDIVAR sobre prescripción adquisitiva de dominio del bien inmueble Complejo Habitacional Francisco Mos-tajo Mz B-3, DTO. 106, B-7, Zona A, distrito provincia y departamento de Arequipa, en contra de ASOCIACION PROVIVIENDA MAGISTERIAL AREQUIPA con citación del colindante HIPOLITO SALGADO BERENGUEL; debiendo de sustanciarse en la via procedimental de proceso Abre-viado y en consecuencia se corra traslado de la demanda por el término de diez días al demandado para su contes-tación; asimismo, dispongo se notifi que con la demanda a los referidos colindantes. Arequipa, 04 de diciembre del 2018. WASHINGTON CHOQUE LLAVE ESPECIALISTA LE-GAL.- (14-20-28 diciembre) B/E 031-13418.

EDICTOS EDICTO

EXPEDIENTE: 04169-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías.- El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a José Sebastián Nieto Be-dregal, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proce-so seguido por José Sebastián Nieto Bedregal por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones, a quien se le deberá notifi car la presente resolución para los efectos correspondientes. Tómese Razón y Hágase Saber.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 04716-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzga-do de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Sonia Quispe Huamán,con las siguientes resoluciones: Resolución N° 02. Parte resolutiva. RESUELVO: ARCHIVAR las actuacio-nes en torno al proceso seguido por Judith Marcelina Collacso Montoya por Faltas contra la Persona en la modalidad de maltrato, a quien se le deberá notifi car la presente resolución para los efectos correspondientes. Tómese Razón y Hágase Saber. - Resolución N° 03. Parte resolutiva. RESUELVO: CORREGIR la resolución número dos de fecha veinte de setiembre de dos mil dieciocho, en el sentido que el nombre correcto de la parte agravia-da es Sonia Quispe Huamán, quedando subsistente en lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 04707-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Elizabeth Olivia Kana Labra y Jeanette Pinto Cusirramos, con la siguiente re-solución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de Elizabeth Olivia Kana Labra ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agra-vio de Jeanette Pinto Cusirramos. 2)DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada Elizabeth Olivia Kana Labra. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 12 DE MARZO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado- Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo.

Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada Eli-zabeth Olivia Kana Labra, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular Jeanette Pinto Cusirramos, deberá concurrir con abogado defen-sor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abo-gados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pu-diendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Eliza-beth Olivia Kana Labra por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligen-cias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conoci-miento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia Familiar remitidos por el Ministerio Publico lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos mas próximos Registrese y comuníquese.- JORGE VILLA-NUEVA RIVEROS JUEZ.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE 04451-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Justina Tonconi Larico, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por Justina Tonconi Larico, en contra de persona sin identifi car por Faltas contra la persona en la modali-dad de lesiones dolosas, dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identifi car al autor. Regístrese y Notifíquese.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06712-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Lourdes Maribel Arra-zola Mamani, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada LOURDES MARIBEL ARRAZOLA MAMANI del presente proceso por Faltas Contra la Persona; en con-secuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06727-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Irma Jarata Mamani, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUEL-VE: Tener por desistida a la parte agraviada IRMA JARATA MAMANI del presente proceso por Faltas Contra la Perso-na; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 05015-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Patricia Mamani Sulca, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JAQUELINE FRANCISCA CHIPANA MAMANI y PATRICIA MAMANI SULCA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARIELA VASQUEZ PATINO y FLORENCIA ALARCON PATIÑO. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada JAQUELINE FRANCISCA CHIPANA MA-MANI y PATRICIA MAMANI SULCA .3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se rea-lizará el juicio oral para el DÍA 17 DE ENERO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo.

Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JAQUELINE FRANCISCA CHIPANA MAMANI y PATRICIA MAMANI SULCA , con su abogado defensor, bajo aper-cibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular FLOREN-CIA ALARCON PATIÑO deberá concurrir con abogado defensor, asimismo la menor MARIELA VASQUEZ PATIÑO deberá concurrir con su representante legal (progenitor o progenitora) y con su abogado defensor, bajo aper-cibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimien-tos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar la postulación pro-batoria que estimen conveniente en dicha única opor-tunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de JAQUELINE FRANCISCA CHIPANA MAMANI y PATRICIA MAMANI SULCA por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligen-cias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho co-nocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 03208-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que al imputado Belen Usca-mayta Perez de Condori, con la siguiente resolución N° 05. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha de AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral, para el DIA 06 DE MARZO DE 2019, A LAS 12:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Are-quipa – Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que de-berá concurrir POR LA FUERZA PUBLICA, conforme esta ordenado en autos, el imputado Belen Uscamayta Perez de Condori con DNI 24707776 con domicilio en Los Bal-cones D - 03, distrito de Jacobo Hunter de la provincia de Arequipa debiendo de asistir con su abogado defensor; si al momento de realización de la audiencia programada el referido imputado no cuenta con abogado de su elec-ción, se le designará un defensor de ofi cio, en previsión de tal hecho se dispone cursar el ofi cio correspondiente al Ministerio de Justicia; asimismo en su condición de agraviada Miriam Paola Córdova de Ticona con su abo-gado defensor, deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 110 del Código Procesal Penal que prescribe el desistimiento tácito en caso de no concurrir a la au-diencia programada. Además se hace saber a las partes que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen convenien-te; DISPONGO: Se curse ofi cio a la Policía Judicial para la conducción y POR LA FUERZA PÚBLICA del inculpado y que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juz-gado y a las diligencias programadas en el libro de au-diencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Mi-nisterio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06103-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Pala-cio Viejo ha dispuesto se notifi que a José Luis Suca Ra-mos, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a las personas de JOSÉ LUIS SUCA RAMOS y MARUJA VALERIANO LIMA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal,

en agravio de JUANA MARÍA VILLA MAYHUIRE. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRIC-CIONES en contra de la parte imputada JOSÉ LUIS SUCA RAMOS y MARUJA VALERIANO LIMA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA ONCE DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS 111:001: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubica-do en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JOSÉ LUIS SUCA RAMOS y MA-RUJA VALERIANO LIMA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular JUANA MARÍA VILLA MAYHUIRE, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimien-to tácito en caso de inconcurrencia. Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de JUAN RAMOS LARICO por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que por Secretaría de Juzga-do se notifi que debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de au-diencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Tómese Razón y Hágase Saber.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 04904-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Julia Teodocia Mamani Suyo, con la siguiente resolución N° 03. Parte resoluti-va. SE RESUELVE: 1)CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a la persona de Julia Teodocia Mamani Suyo; por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de daños, previsto en el artículo cuatrocien-tos cuarenta y cuatro del Código Penal, en agravio de Candelaria Calisaya Tancara. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada Julia Teodocia Mamani Suyo. 3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 20 DE MARZO DE 2019 A LAS 10:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubica-do en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada Julia Teodocia Mamani Suyo con su abogado defensor, balo apercibimiento de dis-ponerse su conducción por la fuerza pública: y la parte agraviada constituida en querellante particular Cande-laria Calisaya Tancara, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplica-bles a las partes procesales. Además, las partes procesa-les, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probato-rios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace sa-ber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este des-pacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiem-pos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE: 05348-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Silvia Turpo Mamani, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: 1)CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la per-sona de Arturo Miguel Paniura Gonzales ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer

párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Có-digo Penal, en agravio de Silvia Turpo Mamani. 2)DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada Arturo Miguel Paniura Gon-zales. 3)FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 14 DE MARZO DE 2019 A LAS 11:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comi-saría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada Arturo Miguel Paniura Gonzales, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en que-rellante particular Silvia Turpo Mamani, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son única-mente aplicables a las partes procesales. Además, las par-tes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los me-dios probatorios que pretendan hacer valer; 4)ARCHIVAR las actuaciones respecto a los daños materiales denun-ciados en agravio de Silvia Turpo Mamani por Faltas con-tra el Patrimonio en la modalidad de daños, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DECLARAR NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la de daños, ello en torno a la denuncia formulada por Silvia Turpo Mamani dejando a salvo su derecho de ha-cerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia se dispone el archivo de las actuaciones en este extremo, conforme a lo indicado en el punto décimo. 6) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifi que de-bidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (28-31- diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06635-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Carmen Huanca Rojas, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada CARMEN HERMELINDA HUANCA ROJAS del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (28-31- di-ciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 05800-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Ceferino Chire Cama, con la siguiente resolución N°02. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada Ceferino Godofredo Chire Cama del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las ac-tuaciones. Tómese razón y hágase saber. (28-31- diciem-bre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06769-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzga-do de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Enrique Ma-nuel Zenteno Zapata , con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por DESISTIDA a la parte agraviada ENRIQUE MANUEL ZENTENO ZAPATA del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio en la modalidad de hurto; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber.- (28-31- diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 07156-2016-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Luis Pedro Martínez

Page 4: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 …...de Manuela B. Calatayud, integrada por José Luis Urbina Calatayud, la sucesión de las Siguientes personas: Oscar Calatayud Polar,

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 28 de diciembre del 2018

Humpire, con la siguiente resolución N° 04. Parte reso-lutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número cuatro y en conse-cuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Luis Pedro Martínez Humpire con DNI 01558032 con domicilio en Pueblo Joven Los Portales de Chiguata, Manzana J, Lote 05, Zona A, distrito de Chiguata de la provincia de Arequipa, a fi n de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 30 DE ENERO DE 2019, A LAS 14:30 HORAS para llevarse a cabo la au-diencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de ofi cio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Olga Ha-ydee Lazaro Delgado, deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en di-cha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzga-do notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme apare-ce de los antecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias pro-gramadas en el libro de audiencias, las que se han incre-mentado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que im-posibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y Comuniquese.- (28-31- diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE: 04651-2018-0-0401-JP-PE-01. ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5oJUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5oJuzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N°112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que al imputado Ruth Liliana Pizarro y Eufemia Gladis Perales Choquehuanca, con la siguiente resolución N°03. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la re-solución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de las imputa-das: 1) Ruth Liliana Pizarro con DNI 80336434 con domici-lio en Avenida Andrés Avelino Cáceres, Centro Comercial Pauca Peralta, Tienda 12, distrito de José Luis Bustamante y Rivero de la provincia de Arequipa, y 2) Eufemia Gladis Perales Choquehuanca con DNI 29569538 con domicilio en Simón Bolívar, Calle Ricardo Pamla 105, distrito de José Luis Bustamante y Rivero de la provincia de Arequi-pa a fi n de que sean puestas a disposición de este Juz-gado el DIA 25 DE ABRIL DE 2019, A LAS 12:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debién-dose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de ofi cio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Estefanía Tito Pequeña, en su ca-lidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de in-asistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzga-do notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme apare-ce de los antecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias pro-gramadas en el libro de audiencias, las que se han incre-mentado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que im-posibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (27-28 diciembre 03 enero)

Por ante el Señor Juez del Primer Juzgado de Familia del Modulo de Justicia de Paucarpata, Nolam Talavera Zapana. con la intervención id Especialista Legal Carlos Johnny Bautista Peña, se tramita el Expediente N°: 10738-2( 18-0 -0412-JR-Fd -01, sobre Violencia Familiar, seguido por Sandra Nieves Condori Bellico, en contra de Diego Elvis Vilca Apaza, donde se ha dispuesto notifi car por edictos a ambos sujetos procesales, con el Auto Final-Resolución N°: 01, de fecha 21 de septiembre del 2018. que resuelve: 1) DICTAR medidas de protección en forma inmediata sin convocar a audiencia, debiendo notifi carse a las partes con la presente resolución para su cumpli-miento: en consecuencia ORDENO: a) La prohibición de

todo maltrato fi sico o psicológico o hechos que consti-tuyan violencia familiar de parte del denunciado DIEGO ELVIS VILCA APAZA hacia la denunciante SANDRA NIEVES CONDORI BELLIDO tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública cualquier lugar donde se encuentre, b) El impedimento de todo tipo de acoso por parte del denunciado hacia la denunciante; ello bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad, dejando a salvo el derecho de las parles a efecto de que hagan valer los derechos de su hija en las vías que correspondan: y ante el incumplimiento di: lo or-denado y/o EN CASO DE SUSCITARSE NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA en fl agrancia, se procederá a la detención del denunciado por el término de 24 horas por parte de la Policía Nacional del Perú, quienes deberán aperso-narse de forma inmediata al lugar donde se encuentre la denunciante a su llamado y bajo responsabilidad; c) Se dispone que la denunciante y el denunciado reciban tratamiento psicológico ante el Centro de Salud más cercano a su domicilio, debiendo presentar copias de la presente resolución para su atención. 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspon-diente para que proceda conforme a sus atribuciones de conformidad con lo establecido por el artículo 48 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364, debiendo informar a este Juzgado adjun-tando copia certifi cada de la disposición de archivo de ser el caso conforme a lo dispuesto por el artículo 20-A incorporado por el D.L. N° 1386, debiendo quedar copias certifi cadas de todo lo actuado en el Juzgado a efecto de formar el correspondiente cuaderno Je ejecución de las medidas de protección dictadas a fi n de garantizar su cumplimiento y posterior evaluación conforme a lo dispuesto por el artículo 16-B incorporado por el D.L. N° 1386 3) DISPONGO: Que se REMITAN copias certifi cadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas le pro-tección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364. debiendo elaborar un mapa gráfi co y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en cono-cimiento y asimismo habilitar un canal e comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; debiendo actuar además conforme a lo establecido por el artículo 47 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364, y cumplir con informar a este Despacito sobre la ejecución de las medidas de protección dictadas en el plazo de Ley, bajo apercibi-miento de comunicar a Inspectoría de la Policía Nacional del Peru en caso de incumplimiento, ello conforme a lo dispuesto por el artículo 23-C incorporado por el D.L. N<: 1386; asimismo SE DISPONE que la Policía Nacional del Perú haga rondas permanentes, y que un efectivo poli-cial, por lo menos una vez al mes acuda al domicilio de la denunciante y verifi que que no se hayan producido nue-vos hechos de violencia, en tanto se encuentren vigentes las medidas de protección dictadas, debiendo informar lo conveniente a la A Fiscalía Penal de Paucarpata corres-pondiente. Arequipa, 03 de diciembre del 2018.- (27-28 diciembre 03 enero)

NOTIFICACION POR EDICTO

En el Exp. N° 00033-2018-25-0409-JR-PE, seguido en con-tra de ESTELA PALOMINO MOLINA en agravio de Eduardo Urquía Tuanama y otros, por el delito Homicidio Culposo. Se sigue en el JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATO-RIA DE ACARÍ, JUEZ MILLIAM JAVIER VERA BEDREGAL, se ha dispuesto notifi car por edicto a la sucesión legal de quienes en vida fueron Eduardo Urquía Tuanama, Luis Alberto Huaraca Núñez, Gilber Llantoy Ayala, Alberto Huamán Jiménez, Anthony Becker Lovón Mercado, Hus-sein Yelssen Flores Poico y Eduardo Laura Chiclla con el Acuerdo Provisional de Terminación Anticipada, con la Resolución Nro. 03 de fecha tres de diciembre del dos mil dieciocho que dispone señalar fecha de Audiencia de Terminación Anticipada para el DIEZ DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DIEZ HORAS a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Pre-paratoria de Acarí NOTIFÍQUESE a la sucesión legal de quienes en vida fueron Eduardo Urquía Tuanama, Luis Alberto Huaraca Núñez, Gilber Llantoy Ayala, Alberto Huamán Jiménez, Anthony Becker Lovón Mercado, Hussein Yelssen Flores Palco y Eduardo Laura Chiclla, me-diante edictos judiciales en el diario “La República”, para lo cual debe cursarse los Mamani; distrito de ACARI 03 DE DICIEMBRE DEL 2018.- (21-26-27 diciembre)

EDICTO JUDICIAL

JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE HUANCANÉ En el Expediente N° 83-2018, sobre Violencia Familiar, tramita-do por ante El Juzgado Mixto de La Provincia de Huanca-né, que despacha la Magistrada Sandra Suni Huaracha, con intervención del secretario judicial Jhon Jefersson Ylaquita López, mediante resolución siete, de fecha cinco de diciembre de dos mil dieciocho, se ha dispuesto citar a Oscar Raúl Mamani Quispe, en presentación de la me-nor Daysi Anahi Mamani Mamani (presunta agraviada) y a Remedios Mamani Mamani (presunta agresora), a

la audiencia de medidas de protección que se realizara el día diecisiete de enero de dos mil diecinueve a horas quince, en el salón de audiencias del Juzgado Mixto de Huancané. Huancané, 05 de diciembre del 2018.- (20-21-26 diciembre)

PROCESO N° 2170-2017 EDICTO El señor Magistrado Sus-tanciador de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Arequipa, OMAR DEL CARPIO MEDINA, en el proceso disciplinario N° 2170-2017-Q, ha dispues-to la notifi cación por edictos a don CARLOS BENITES MACHUCA, a efecto de notifi carle LA RESOLUCIÓN N° 11-2018: de fecha 10 de diciembre del 2018, que tiene el siguiente tenor: Al Registro N° 3825-2018: Téngase presente la información dada por la Coordinadora de Servicios Judiciales. Agréguese a sus antecedentes los edictos judiciales. Al Registro N° 3910-2018: Téngase pre-sente el informe proporcionado por el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Acari. DE OFICIO: Para mejor resolver: Cursar Ofi cio al señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Acari, a fi n que en el plazo de 3 días REMITA el reporte de seguimiento del SIJ del proceso N° 123-2017-0-0409-JP-FC-01; asimismo INFORME sobre: & Si se ha recompuesto el proceso N° 123-2017-0-0409-JP-FC-01 sobre Filiación seguido por Libia Iñigo Sánchez en contra de Dionicio Quispe Huallpa; & El Estado actual del proceso, adjuntan-do copias de los actuados correspondientes; bajo aperci-bimiento de remitirse copias a la Jefatura en caso de in-cumplimiento. 3) Notifi quese al investigado por edictos por el plazo de 3 días hábiles, adicionalmente notifíquese la dirección proporcionada por la Ofi cina del área de per-sonal y fi cha reniec,- (20-21-26 diciembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CUSCO � SEDE CHUMBIVILCAS EDICTO JUDICIAL JUZ. DE IN-VES. PREPARATORIA � Sede Chumbivilcas EXPEDIENTE: 00364-2017-0-1008-JR-PE-01 JUEZ: JOSE OBLEA MAMANI ESPECIALISTA: DIAZ ANTEZANA DEVORA SISA-RA Se pone en conocimiento de la señora SAUL VEGA GUERREROS, que la Fiscalía Provincial Penal De Chum-bivilcas. ha requerido PROCESO INMEDIATO contra SAUL VEGA GUERREROS, por el delito contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de las menores de iniciales J.L.V.M. y L.L.V.M., represen-tados por su progenitora ISABEL PRESENTACION MAN-CHEGO PALLO; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha once de septiembre del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el PROCESO INMEDIATO requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Chumbivilcas contra el imputado SAUL VEGA GUERREROS. 2. CITAR a Audiencia Única de INCOACION DE PROCESO INMEDIATO (...), 3. PRECISAR que el imputa-do tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de ofi cio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su do-micilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abo-gado defensor de su libre elección o ratifi car al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defen-sor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público: por ser una audiencia inaplazable a quien deberá nortifi carse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que se ha repro-gramado la audiencia de control de requerimiento de acusación directa mediante resolución N° 05 de fecha 05 de diciembre del 2018, para el ONCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (15:30pm). el mismo que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Prepara-toria de Chumbivilcas - Santo Tomas.- Chumbivilcas, 06 de diciembre del 2018. (20-21-26 diciembre)

Causa N° 2016-114-08-040801-JR-PE-01 EDICTO JUDI-CIAL Expediente: 2016-000114-08-040801-JR-PE-01. El Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de La Unión- Cotahuasi, Jueza Dra. Karina Cjuno Mendo-za, por intermedio del presente se notifi ca al inculpado AGAPITO JACINTO HEREDIA HUAMANI con el Auto de Enjuiciamiento- Resolución número 005-2018 de fecha 18 de octubre del 2018, que tiene el siguiente extracto: “SE RESUELVE: DECLARAR SANEADA la acusación fi scal y la existencia de una relación jurídica procesal válida. DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de AGA-PITO JACINTO HEREDIA HUAMANI, identifi cado con DNI 10332324, nacido el 18 de Agosto de 1966, hijo de Se-rafín y Concepción, natural de Charcana- La Unión - Are-quipa; en calidad de AUTOR, de la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR previsto en el artículo 173°, primer párrafo, inciso I del Código Penal, y por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 2 del Código Penal,ambos en agravio de la menor de inicia-les Y.R.R.CH. representada por su madre Rosalía Chavez Gaspar, EN CONCURSO REAL con el delito de ACTOS

CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 2 del Código Penal, ambos en agravio de la menor de iniciales L.Y.G.G. representada por su madre Dilma Gaspar Huamani; ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 2 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales E.D.G.G. representada por su madre Dilma Gaspar Huamani, ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 1 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales L.M.G.G. representada por su madre Dilma Gas-par Huamani; ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 3 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales A.F.C.C. representada por su madre Agustina Feliciana Cahuana Acapana, y ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 2 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C.B.C.C. representada por su madre Agustina Feliciana Cahuana Acapana; para lo cual el Ministerio Público solicita se im-ponga al acusado la PENA DE CADENA PERPETUA, y para las agraviadas no constituidas en actor civil de iniciales L.Y.G.G., E.D.G.G. Y L.M.G.G. la suma de TRES MIL SOLES para cada una, haciendo un total de nueve mil soles como monto de reparación civil. (...)”. Sec. Jud. Abog. Os-car Alberto Salas Gallegos. Cotahuasi, 05 de noviembre del 2018.- (20-21-26 diciembre)

Causa N° 2015-00128-01-040801-JR-PE-01 EDICTO JUDI-CIAL Expediente: 2015-000128-0-04080 l-JR-PE-01-PE-01 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de La Unión- Cotahuasi, Jueza Dra. Karina Cjuno Mendoza, por intermedio del presente se notifi ca a los inculpados WELLIAN CONDORI SAVINA, SEGUNDINO MENDOZA SA-BINA y ROLANDO MOTTE QUISPE por el delito ABIGEATO AGRAVADO, previsto en el artículo 186- C primer y segun-do párrafo del Código Penal, y a los agraviados: Salvador Girón Asto, Elias Asto Machaca, Leandro Asto Oscata, y Mercedes Machaca Canri de Asto con el extracto del contenido de la Resolución N° 01: “Poner en conocimien-to la acusación fi scal a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efecto de que puedan presentar por escrito los medios de defensa que consideren pertinentes para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación”. NOTIFÍQUESE”. Se-cretario Judicial: Oscar Alberto Salas Gallegos. Cotahuasi, 11 de diciembre del 2018-.- (20-21-26 diciembre)

EXPEDIENTE: N° 6340-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO IUZCADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUE-VA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte agraviada BELSY ROSALINA ALANIA ARRIETA y a la parte imputada ERIBERTO MILTON OBISPO AREZANO con la RESOLUCIÓN NUMERO cuatro de fecha veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho: QUE RESUELVE: DE OFICIO: Estando a la constancia del secretario cursor que antecede y los actuados del presente proceso se DISPO-NE REPROGRAMAR la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 05 DE MAR-ZO DE DOS MIL DIECINUEVE A LAS 08:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - in-terior de la Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: ERIBERTO MILTON OBISPO AREZANO con su respectivo abogado, bajo aper-cibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia. Y la parte agra-viada BELSY ROSALINA ALANIA ARRIETA en calidad de querellante particular deberá concurrir con su respectivo abogado, en este proceso por faltas, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el Archivo Provisio-nal del proceso. Haciendo presente que los apercibimien-tos están dirigidos a las partes procesales más no así a los abogados. Asimismo las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en di-cha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifi que de-bidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Debiendo notifi carse mediante edictos a ambas partes procesales, ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, (20-21-26 diciembre)

Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Cerro

Colorado. Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Cerro Colorado, notifi ca a AMELIA CCOLQUE TTITO, como parte del pre-sente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N° 04, por la que SE RESUELVE: Declarar el DESISTIMIENTO TÁCITO de la parte agraviada AMELIA CCOLQUE TTITO, en el presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas segui-do en contra de RENZO MIGUEL RODRIGUEZ CASTRO Y RAQUEL ACO VILCA; en consecuencia, por concluido el presente proceso. DISPONGO: el archivo defi nitivo del presente expediente. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Arequipa, 06 de diciembre de 2018.- (20-21-26 diciembre)

EXPEDIENTE : 05118-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Richard Hugo Camargo Nuñez, con la siguiente resolución N° 03. Parte resoluti-va. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 05 DE MARZO DE 2019 A LAS 12:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: RICHARD HUGO CAMARGO NUÑEZ, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; Y la parte agraviada: FRIDA NURMI CASTRO DE VILCA, con su respectivo abo-gado, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tá-cito en caso de inconcurrencia; en este proceso por faltas. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Ade-más las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los me-dios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace sa-ber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este des-pacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiem-pos más próximos. Regístrese y comuniqúese.- (20-21-26 diciembre)

Expediente: 2836-2018 Secretaria: ELIANA GUTIERREZ CHACON. Segundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colorado-ubicado en Calle Túpac Amaru 464 La Libertad Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifi que a la agraviada DELIA VICTORIA CCONISLLA MATAQQUE con la resolución No. 04. Parte resolutiva: RESUELVE: 1.- ARCHIVAR PROVISIONALMENTE las actuaciones en torno al proceso seguido, en contra de JUAN NEPTALI FLORES FLORES y en agravio de DELIA VICTORIA CCONISLLA MA-TAQQUE; por faltas contra la persona en la modalidad de maltrato por violencia familiar; dejando a salvo el dere-cho de la parte agraviada de revivir el proceso en caso la parte agraviada lo considere pertinente y necesario (con-forme lo señalado al segundo considerando). 2.- DEJAR VIGENTES LAS MEDIDAS DE PROTECCION emitidas por el Segundo Juzgado de Familia de Cerro Colorado (confor-me lo señalado al tercer considerando). TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Arequipa 26 de noviembre de 2018. (20-21-26 diciembre)

Expediente: 1700-2018 Secretaria: ELIANA GUTIERREZ CHACON. Segundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Co-lorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Se-gundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colorado-ubicado en Calle Túpac Amaru 464 La Libertad Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifi que a la agra-viada LIZ ANGELA ORURO ANCCOTA con la resolución No. 07. Parte resolutiva: RESUELVE: 1.- ARCHIVAR PROVI-SIONALMENTE las actuaciones en torno al proceso segui-do, en contra de ALBERTO MEDINA PAMPA y en agravio de LIZ ANGELA ORURO ANCCOTA; por faltas contra la persona en la modalidad de maltrato por violencia fami-liar; dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de revivir el proceso en caso la parte agraviada lo considere pertinente y necesario (conforme lo señalado al segun-do considerando). 2.- DEJAR VIGENTES LAS MEDIDAS DE PROTECCION emitidas por el Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado (conforme lo señalado al tercer consi-derando). TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Arequipa 26 de noviembre de 2018. (20-21-26 diciembre)

Page 5: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 …...de Manuela B. Calatayud, integrada por José Luis Urbina Calatayud, la sucesión de las Siguientes personas: Oscar Calatayud Polar,

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes, 28 de diciembre del 2018

CRONICAS JUDICIALES

CRONICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA CIVIL

MES DE MAYO

MARTES 08 DE MAYO DEL 2018

AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez401 CR Reg. Nro. 4236-2015 Asociación Asproducto “Lucha contra la Pobreza” con Asociación Casa Granja “Vírgen de Chapi” so-bre interdicto de recobrar. CONFIRMARON la reso-lución que declare improcedente el pedido del de-mandado de abandono del proceso, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Galagarza Pérez – Márquez Ticona.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez402 CR Reg. Nro. 4236-2015 Asociación Asproducto “Lucha contra la Pobreza” con Asociación Casa Granja “Vírgen de Chapi” so-bre interdicto de recobrar. CONFIRMARON la reso-lución que declare improcedente la incorporación como tercero excluyente principal, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Galagarza Pérez – Márquez Ticona.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez403 FDM Reg. Nro. 2573-2012 Movimiento Evangelístico Misionero con Erario Quicaña Cáceres y otro sobre nulidad de acto jurí-dico. CONFIRMARON la resolución que rechaza los medios probatorios de la demandante; y, los devol-vieron. 1JEC – Galagarza Pérez – Márquez Ticona.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez404 CL Reg. Nro. 033-2012 Edgar Huaynapata Condori con Autodema y otro sobre indemnización. CONFIRMARON la resolución que declara fundada la excepción de prescripción extintiva, con lo demás que contiene. 3 JEC – Chávez Mamani – Herrera Miranda.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez405 FDM Reg. Nro. 3784-1999 Ju-lia Condorena Paredes con Asociación Comercial Ovalo Puerta Verde sobre obligación de dar bien mueble. CONFIRMARON la resolución que decla-ra improcedente la inscripción de la sentencia en Sunarp, con todo lo demás que contiene; y, los de-volvieron. 8 JEC – del Carpio Medina – Montañez Ludeña.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez236 CR Reg. Nro. 4236-2015 Asociación Asproducto “Lucha contra la Pobreza” con Asociación Casa Granja “Vírgen de Chapi” so-bre interdicto de recobrar. CONFIRMARON LA SEN-TENCIA que declara infundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Ga-lagarza Pérez – Márquez Ticona.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez237 CL Reg. Nro. 3666-2010 Na-tividad Apaza Quispe y otro con Ana María Calata-yud Huamaní y otro sobre prescripción adquisitiva de dominio. CONFIRMARON LA SENTENCIA que de-clara infundada la demanda; y, los devolvieron. 10 JEC – Valdivia Talavera – Gutiérrez Chalco.

SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez238 FDM Reg. Nro. 277-2013 Me-litón Aviles Calcina y otro con Abdona Coronel Calcina y otro sobre reivindicación. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara infundada la demanda, sin costos ni costas; y, los devolvieron. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Condori – Márquez Galarza.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez239 FDM Reg. Nro. 2573-2012 Mo-vimiento Evangelístico Misionero con Erario Quica-ña Cáceres y otro sobre nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con costas y costos del proceso; y, los devolvieron. 1JEC – Galagarza Pérez – Márquez Ti-cona.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez240 FDM Reg. Nro. 3701-2010 Vilma Alvarez Nuñez y otro con Banco Interbank sobre indemnización de daños y perjuicios. CON-FIRMARON LA SENTENCIA que declara infundada la demanda; y, los devolvieron. 8 JEC – del Carpio Medina – Mamani Mamani.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez241 CL Reg. Nro. 3615-2014 Joel Arias Quito y otra con Adriana Peña Ramírez sobre régimen de visitas. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada en parte la demanda. VARIA-RON el extremo en cuanto al régimen de visitas, con lo demás que contiene, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 2 JEF – Valdivia Talavera – de Amat Catacora.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez045 CL Reg. Nro. 094-2007 To-masa Supo Picha con Apolonia Supo Picha y otros sobre nulidad de acto jurídico. DISPUSIERON la de-volución del expediente al Juzgado de origen para que se cumpla con subsanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la brevedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Ma-gistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en cono-cimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON al Secretario Judicial Fernando Mamani Mamani, tener mayor cuidado en el cum-plimiento de sus obligaciones. JM Caylloma – Salas Valdivia – Mamani Mamani.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez268 FDM Reg. Nro. 7344-2014 Ana Liz Quispe Jara con Rigoberto Rojas Flores y otro sobre prescripción adquisitiva de dominio. ADMI-TIERON el medio probatorio extemporáneo, PRES-CINDIERON de la audiencia de pruebas, TRASLADO por el plazo de tres días. Conforme al estado de la causa SEÑALARON fecha para vista de la causa el 31 de mayo del 2018 a las 9:00 horas. 1 SC – Martínez Vilca.

MIÉRCOLES 09 DE MAYO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez

269 FDM Reg. Nro. 078-2018 Eckerd Perú Sociedad Anónima con Gobierno Regional de Arequipa sobre revisión judicial. DE-CLARARON inadmisible la demanda, DISPUSIERON el plazo de tres días para subsanar, bajo apercibi-miento de rechazar la demanda. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez270 CR Reg. Nro. 719-2013 Financiera Proempresa Sociedad Anónima con Gladys Chullo Noa y otro sobre acción revocatoria. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez271 CL Reg. Nro. 374-2009 Fran-cisco Bernal Zegarra con Lourdes Ojeda Valdivia y otro sobre prescripción adquisitiva de dominio. SUSPENDIERON el presente proceso por el plazo de treinta días, DISPUSIERON notificar a la sucesión, bajo apercibimiento de nombrársele curador pro-cesal y en caso de incumplimiento de impone una multa de ½ URP. 1 Sc – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez272 CR Reg. Nro. 1142-2016 Yolanda Cornejo Beltrán con Javier Vera Córdova y otro sobre divorcio. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respec-tiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez273 FDM Reg. Nro. 1855-2011 José Antonio Giraldo Ibañez con Gonzalo Giraldo Romero y otro sobre división y partición. LEVAN-TARON la suspensión del proceso, DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil Transitoria de la Cor-te Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca. 1 SC – Martínez Vilca.

JUEVES 10 DE MAYO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez274 CL Reg. Nro. 486-2017 Ma-rilú Salas Daza con Empresa Compartamos Finan-ciera sobre proceso de amparo. CONCEDIERON el recurso de agravio constitucional, DISPUSIERON se remitan los autos al Tribunal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez275 CR Reg. Nro. 004-2017 Car-men Rosa Vargas Carreón con Jueces Supremos de la Segunda Sala Constitucional sobre proceso de amparo. CONCEDIERON el recurso de agravio constitucional, DISPUSIERON se remitan los autos al Tribunal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez046 CL Reg. Nro. 062-2018 Ju-venal Valdivia Castillo con Municipalidad Distrital de Cayma sobre revisión judicial. RECHAZARON la

demanda, DISPUSIERON la devolución de anexos. 1 SC- Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez047 CR Reg. Nro. 001-2018 Dis-ponible Sociedad Anónima Cerrada con Municipa-lidad Distrital de Yanahuara sobre revisión judicial. RECHAZARON la demanda, DISPUSIERON la devolu-ción de anexos. 1 SC- Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez048 FDM Reg. Nro. 971-2017 In-versiones América Sociedad Anónima Cerrada con Municipalidad de José Luis Bustamante y Rivero sobre acción contenciosa administrativa. DISPU-SIERON la devolución del expediente al Juzgado de origen para que se cumpla con subsanar los defec-tos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la bre-vedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura para que inicie el proceso inves-tigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en conocimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Coralia Ramos Coaguila, tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. 6 JEC – Valdivia Franco – Ramos Coaguila.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez406 FDM Reg. Nro. 5642-2017 Gabi Quispe Valeriano con Agustina Llasaca de Gama y otro sobre desalojo. CONFIRMARON la re-solución que declara infundada la nulidad; y, los devolvieron. 1 JECMBJ Paucarpata – Zuñiga Porto-carrero – Torreblanca Gómez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez407 FDM Reg. Nro. 5642-2017 Gabi Quispe Valeriano con Agustina Rivero Gama y otro sobre desalojo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la interrupción del pro-ceso; y, los devolvieron. 1 JECMBJ Paucarpata – Zu-ñiga Portocarrero – Torreblanca Gómez.AV JSP En discordia Con los Sres. Rivera Dueñas, Fernández Dávila Mercado, Cervantes López408 CL Reg. Nro. 6340-1981 Ma-ría Vilca Cáceres y otro con Gumercinda Sahuanay Colque y otro sobre nulidad de acto jurídico. REVO-CARON la resolución que declara improcedente la excepción de prescripción extintiva, reformándola, la DECLARARON fundada, DISPUSIERON la conclu-sión y archivo del proceso; CR-VDC: confirme la re-solución; y, los devolvieron. 3 JEC – Chávez Mamani – Herrera Miranda.AV JSP En discordia Con los Sres. Rivera Dueñas, Valencia Dongo Cárdenas, Cer-vantes López409 CL Reg. Nro. 2743-2016 Je-sús Portilla Valdivia con Universidad Nacional de San Agustín sobre acción contenciosa administrati-va. CONFIRMARON la resolución que declara funda-da la excepción de incompetencia y DISPUSIERON se remita los actuados a los Juzgados Especializa-dos de trabajo, sin costas ni costos; y, los devolvie-ron. FDM: Nula e insubsistente la resolución. 7 JEC – Polanco Gutiérrez – Ccallo Cuevas.AV JSP En discordia Con los Sres. Rivera Dueñas, Valencia Dongo Cárdenas, Cer-vantes López410 CL Reg. Nro. 2743-2016 Je-sús Portilla Valdivia con Universidad Nacional de

San Agustín sobre acción contenciosa administrati-va. DECLARARON sin pronunciamiento de la resolu-ción apelada; y, los devolvieron. FDM: Confirme la resolución que declara improcedente la devolución de la cédula.7 JEC – Polanco Gutiérrez – Ccallo Cue-vas.AV JSP En discordia Con los Sres. Rivera Dueñas, Valencia Dongo Cárdenas, Cer-vantes López411 CL Reg. Nro. 2743-2016 Je-sús Portilla Valdivia con Universidad Nacional de San Agustín sobre acción contenciosa administra-tiva. DECLARARON sin pronunciamiento de la reso-lución apelada; y, los devolvieron. FDM: Confirme la resolución que rechaza la oposición en el primer otrosí. 7 JEC – Polanco Gutiérrez – Ccallo Cuevas.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez412 FDM Reg. Nro. 10247-2016-65 Iván Delgado Huayta con Elizabeth Mora Ayerbe y otro sobre divorcio. CONFIRMARON la resolución que rechaza el medio probatorio de la atención psicológica de la demandada. 4 JEF – Chávez Cer-vantes – Luque Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez413 FDM Reg. Nro. 10247-2016-65 Iván Delgado Huayta con Elizabeth Mora Ayerbe y otro sobre divorcio. CONFIRMARON la resolución que rechaza la reconvención de la demandada. 4 JEF – Chávez Cervantes – Luque Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez414 FDM Reg. Nro. 10247-2016-65 Iván Delgado Huayta con Elizabeth Mora Ayerbe y otro sobre divorcio. CONFIRMARON la resolución que rechaza la tacha de la demandada. 4 JEF – Chávez Cervantes – Luque Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez415 FDM Reg. Nro. 187-2017 Se-gundo Huanambal Vásquez con Jueces superiores de la Primera Sala Laboral sobre proceso de am-paro. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez242 FDM Reg. Nro. 5642-2017 Gabi Quispe Valeriano con Agustina Rivero Gama y otro sobre desalojo. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda; y, los devolvie-ron. 1 JECMBJ Paucarpata – Zuñiga Portocarrero – Torreblanca Gómez.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez276 FDM Reg. Nro. 6284-2013 Santa Pérez Condori con Osinergmin y otro sobre acción contenciosa administrativa. DISPUSIERON la interpolación del folio 20-A. 1 SC – Martínez Vilca.

VIERNES 11 DE MAYO DEL 2018

SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes Ló-pez243 CR Reg. Nro. 2556-2016 Asunción Torres Mamani y otro con Margot Torres Mamani y otro sobre nulidad de acto jurídico. RE-VOCARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, reformándola DECLARARON Infundada la demanda e improcedente la pretensión subor-

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 28 de diciembre del 2018

dinada de mejor derecho de propiedad, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 1 JECMBJ Paucarpata – Zuñiga Portocarrero – Torreblanca Gómez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez244 FDM Reg. Nro. 4235-2011 Salomón Ponce Bermejo con Municipalidad Provin-cial de Arequipa sobre acción contenciosa adminis-trativa. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara improcedente la demanda, con lo demás que con-tiene; y, los devolvieron. 4 JEC – Quispe Apaza – Curo Umeres.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez049 CL Reg. Nro. 8794-2014-47 Regina Phacsi Cuti con Germán Mendoza Layme sobre desalojo. DISPUSIERON se remita la presente causa a la Segunda Sala Civil a la brevedad posible a efecto de que se avoque a su conocimiento. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez277 CL Reg. Nro. 3140-2017-88 Braulio Mamani Borda con Empresa Constructora RJ sobre obligación de dar suma de dinero. CON-CEDIERON al apelante el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de ape-lación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez278 FDM Reg. Nro. 1577-2013 Celia Aliaga Quiroga y otro con Rina Valle Torres y otro sobre nulidad de acto jurídico. TENER por no presentado el escrito de fojas 503. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervan-tes López416 FDM Reg. Nro. 5418-2015-6 Banco de Crédito del Perú con Lizbeth Mamani Re-tamozo y otro sobre ejecución de garantías. CON-FIRMARON la resolución que declara improcedente la nulidad de actuados. 2 JECMBJ Paucarpata – Co-rrales Cuba – Yanahuaya Rosales.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez417 FDM Reg. Nro. 4235-2011 Sa-lomón Ponce Bermejo con Municipalidad Provincial de Arequipa sobre acción contenciosa administra-tiva. CONFIRMARON la resolución que declara in-fundada la conclusión del proceso por sustracción de la materia y conforme al estado reingresen los autos para sentenciar en el turno que corresponda; y, los devolvieron. 4 JEC – Quispe Apaza – Quispe Flores.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez418 CL Reg. Nro. 2713-2018 Edinsson Torres Agostinelli con Malena Calderón Rodríguez y otro sobre divorcio. DIRIMIERON la competencia a favor del Cuarto Juzgado de Fami-lia, en consecuencia, DISPUSIERON que el Juez con-tinúe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colo-rado. 1 JEFMBJ Cerro Colorado – Peralta Leonardo.

LUNES 14 DE MAYO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López279 CL Reg. Nro. 921-2013 Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa con Brau-lio Orosco Agramayo y otro sobre ejecución de ga-rantías. DECLARARON fundada la abstención efec-tuada por el señor Juez Superior Francisco Carreón Romero; DISPUSIERON que se conforme Sala con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martí-nez Vilca.AT JSP Con los Sres. Rivera Due-ñas, Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas280 FDM Reg. Nro. 271-2016 Ofi-cina de Normalización Previsional con Juez del Dé-cimo Juzgado Civil y otro sobre proceso de amparo. CONCEDIERON el recurso de agravio constitucio-nal, DISPUSIERON se remitan los autos al Tribunal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Fernández

Dávila Mercado, Cervantes López282 CL Reg. Nro. 285-2017 Ban-co de Crédito del Perú con Moira Pango Rondón sobre obligación de dar suma de dinero. DECLARA-RON fundada la abstención efectuada por el señor Juez Superior Francisco Carreón Romero; DISPUSIE-RON que se conforme Sala con el señor Juez Supe-rior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervan-tes López283 CL Reg. Nro. 285-2017 Ban-co de Crédito del Perú con Moira Pango Rondón sobre obligación de dar suma de dinero. CONCE-DIERON al apelante el plazo de tres días para sub-sanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apela-ción así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Paredes Bedregal, Rivera Dueñas, Yucra Quispe284 RD Reg. Nro. 394-2017 Ofi-cina de Normalización Previsional con Jueza del Décimo Juzgado Civil y otro sobre proceso de am-paro. CONCEDIERON el recurso de agravio constitu-cional, DISPUSIERON se remitan los autos al Tribu-nal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez049 CL Reg. Nro. 8794-2014-47 Regina Phacsi Cuti con Germán Mendoza Layme sobre desalojo. DISPUSIERON se remita la presente causa a la Segunda Sala Civil. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez285 FDM Reg. Nro. 5620-2013 Hil-da Vera Vásquez con Yolanda Cera Vásquez y otro sobre administración judicial de bienes. DISPUSIE-RON se eleven los autos a la Sala de Derecho Cons-titucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez419 CR Reg. Nro. 6578-2017 Rohel Sánchez Sánchez con Vista Previa sobre res-ponsabilidad civil extracontractual. DECLARARON NULA la resolución que declara improcedente la demanda, ORDENARON nueva calificación de la demanda; y, los devolvieron. 8 JEC – del Carpio Me-dina – Mamani Mamani.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez420 CR Reg. Nro. 8174-2004-99 Raúl Llerena Cervantes y otro con Jorge Sánchez Charcas sobre cumplimiento de contrato. CONFIR-MARON la resolución que nombra los peritos y rea-licen la pericia y establezcan si hay acceso a la otra calle y debiendo señalar cuál es la dirección exacta y adjuntar el plano de ubicación. 4 JEC – Quispe Apaza – Curo Umeres.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez421 CR Reg. Nro. 617-2016 Mau-ro Huarza Minauro con UGEL La Joya y otro sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez422 CR Reg. Nro. 629-2017 Leoncio Valdivia Torres con Universidad Nacional de San Agustín sobre proceso de amparo. DECLA-RARON NULA la resolución que rechaza la deman-da, ORDENARON emitir nueva resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortiz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez423 CR Reg. Nro. 2936-2013-98 César Pérez Aruhuanca con Alicia Coila Condori y otro sobre divorcio. CONFIRMARON la resolución que rechaza la devolución de notificación. JEFMBJ Hunter – Soncco Valencia – Quispe Flores.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez424 CR Reg. Nro. 2936-2013-98

César Pérez Aruhuanca con Alicia Coila Condori y otro sobre divorcio. CONFIRMARON la resolución que declara consentida la sentencia. JEFMBJ Hun-ter – Soncco Valencia – Quispe Flores.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez425 CR Reg. Nro. 4193-2017 Compartamos Financiera Sociedad Anónima con Consuelo Pari López sobre obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución que re-chaza la contradicción; y, los devolvieron. 3 JEC – Chávez Mamani – Herrera Miranda.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez426 CR Reg. Nro. 4193-2017 Compartamos Financiera Sociedad Anónima con Consuelo Pari López sobre obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución que da ini-cio a la ejecución forzada; y, los devolvieron. 3 JEC – Chávez Mamani – Herrera Miranda.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez427 CR Reg. Nro. 1515-2014-33 Bernardo Santos Cárdenas con Lourdes Villanueva Cárdenas de Mendoza sobre nulidad de acto jurí-dico. CONFIRMARON la resolución que declara in-fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar activa. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Con-dori – Gonzales Aroquipa.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez428 CR Reg. Nro. 1515-2014-33 Bernardo Santos Cárdenas con Lourdes Villanue-va Cárdenas de Mendoza sobre nulidad de acto jurídico. REVOCARON la resolución que requiere al demandante para que cumpla con precisar la dirección de Luis Santos, reformándola, DECLARA-RON improcedente la intervención de litis consorte necesario pasivo. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Condori – Gonzales Aroquipa.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez429 CR Reg. Nro. 11763-2017-35 Jessica Pilco Quispe con Alfredo Pumarimay Alejo sobre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que dicta las medidas de protección. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hartley – Zambrano Acuña.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez430 CR Reg. Nro. 554-2017 Me-lecio Álvarez Calcina con Contraloría General de la República sobre proceso de amparo. CONFIR-MARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez431 CR Reg. Nro. 118-2018 Javier Antonio Uberto Alvarez Nuñez y otro con Banco Interbank sobre proceso de amparo. CON-FIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez432 CR Reg. Nro. 896-2008-4 Epifanio Chara Soncco con Oficina de Normaliza-ción Previsional sobre acción contenciosa admi-nistrativa. DECLARARON NULA la resolución que declara infundada la observación del demandante y fundada la del demandado, se desaprueba el in-forme pericial, ORDENARON que se expida nueva resolución. 4 JEC – Quispe Apaza – Mendoza Marín.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez433 CR Reg. Nro. 069-2017 Car-los Solis Gonzales con Ministerio del Interior sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez434 CR Reg. Nro. 5776-2017 Elizabeth Larrea Carnero con Banco Continental sobre extinción de garantía. DECLARARON NULA la resolución que declara improcedente la demanda,

DISPUSIERON se vuelva a calificar la demanda; y, los devolvieron. 2 JEC – Dueñas Triviños – Zapata Coaguila.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez245 CR Reg. Nro. 7719-2014 Asveda con Asvrama sobre acción contenciosa administrativa. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara improcedente la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 4 JEC – Quispe Apaza – Mendoza Marín.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez246 CR Reg. Nro. 3728-2013 Luz Rivera Rivera con Maritza Calderón de Lima sobre reivindicación y otro. CONFIRMARON LA SENTEN-CIA que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 3 JEC – Chávez Mamani – Ylla Velásquez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez247 CR Reg. Nro. 167-2016 Rosa Guillén Aguirre con Sucesión de Víctor Aguirre Vélez sobre prescripción adquisitiva de dominio. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que de-clara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. JM Islay – Cary Choque – Ruelas Chaucayanqui.

MARTES 15 DE MAYO DEL 2018

SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez248 FDM Reg. Nro. 223-2017 Ar-cadio Cornejo Lea con Oficina de Normalización Previsional sobre proceso de amparo. CONFIRMA-RON LA SENTENCIA que declara fundada la deman-da, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez286 CR Reg. Nro. 4713-2013-81 Juan Flores Herrera con Katy Zegarra Manrique y otro sobre divorcio. CONCEDIERON al apelante el plazo de tres días para subsanar el defecto adverti-do, bajo apercibimiento de declararse la inadmisi-bilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado287 FDM Reg. Nro. 2677-2017 Gloria Macedo Aguirre con Juez del Sexto Juzgado Civil y otro sobre nulidad de cosa juzgada fraudu-lenta. ACEPTARON la abstención efectuada por el señor Juez Superior René Cervantes López; DISPU-SIERON que el Colegiado se integre con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vil-ca.AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López288 CL Reg. Nro. 4336-2009 Luis Riega Cruz con Carmen Banda Cáceres y otro sobre nulidad de cosa juzgada fraudulenta. DECLARA-RON fundada la abstención efectuada por el señor Juez Superior Francisco Carreón Romero; DISPUSIE-RON que se conforme Sala con el señor Juez Supe-rior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez289 Reg. Nro. 4336-2009 Luis Riega Cruz con Carmen Banda Cáceres y otro sobre nulidad de cosa juzgada fraudulenta. ACEPTARON la abstención efectuada por la señora Jueza Supe-rior Rita Valencia Dongo Cárdenas; DISPUSIERON que el Colegiado se integre con el señor Juez Su-perior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Rivera Due-ñas, Valencia Dongo Cárdenas290 VDC Reg. Nro. 652-2017 Mar-co Pérez Pleticocich con Abdías Medina Minaya y otro sobre proceso de amparo. ACEPTARON la abs-tención efectuada por el señor Juez Superior Fran-cisco Carreón Romero; DISPUSIERON que el Cole-giado se integre con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Rivera Due-ñas, Valencia Dongo Cárdenas291 VDC Reg. Nro. 652-2017 Mar-co Pérez Pleticocich con Abdías Medina Minaya y otro sobre proceso de amparo. ACEPTARON la abs-tención efectuada por el señor Juez Superior Javier

Fernández Dávila Mercado; DISPUSIERON que el Colegiado se integre con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Rivera Due-ñas, Valencia Dongo Cárdenas292 VDC Reg. Nro. 652-2017 Mar-co Pérez Pleticocich con Abdías Medina Minaya y otro sobre proceso de amparo. ACEPTARON la abs-tención efectuada por el señor Juez Superior René Cervantes López; DISPUSIERON que el Colegiado se integre con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca. AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez436 CL Reg. Nro. 3148-20147-92 Danitza Vargas Mantilla con Diego Cuevas Mamani sobre violencia de género. NULA la resolución que hace efectivo el apercibimiento, la CONFIRMARON en cuanto confirma las medidas de protección dic-tadas en el expediente. 2 JEFMBM Melgar – Pinto Flores – Mujica Hualla.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez437 CL Reg. Nro. 3624-2017-44 Gloria Simón Guillén con Nelson Lagos Choccata y otro sobre violencia de género y familiar. REVOCA-RON la resolución que dicta las medidas de protec-ción, reformándola, se dicta solo las indicadas en la resolución. 2 JEFMBJ Cerro Colorado – Torreblanca Gonzales – Cayllahua Quiróz.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez438 CL Reg. Nro. 4469-2015 Crediscotia Financiera Sociedad Anónima con Ja-cinta Valdivia Esquicha sobre incautación de ga-rantía mobiliaria. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente el abandono del proceso; y, los devolvieron. 3 JEC – Chávez Mamani – Herrera Miranda.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez439 CL Reg. Nro. 4364-2015-88 Ministerio Público con Magda Chuctaya Mamani y otro sobre violencia familiar. DECLARARON NULA la resolución que declara improcedente la demanda, ORDENARON nueva calificación de la demanda; y, los devolvieron. 4 JEF – Pacheco Cuellar – Luque Flores.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez440 CL Reg. Nro. 2058-2015 Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa con Roberto Quiroga Cáceres sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que adjudi-ca y transfiere el bien inmueble, con lo demás que contiene. 4 JEC – Quispe Apaza – Curo Umeres.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez441 CL Reg. Nro. 2058-2015 Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa con Roberto Quiroga Cáceres sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la nulidad; y, los devolvieron. 4 JEC – Quispe Apaza – Curo Umeres.

MIERCOLES 16 DE MAYO DEL 2018

SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez249 CL Reg. Nro. 556-2016 Ja-vier Fernández López con Scotiabank Perú Socie-dad Anónima Abierta sobre habeas data. REVOCA-RON LA SENTENCIA que declara improcedente la demanda, reformándola, DECLARARON fundada la demanda, con lo demás que contiene, con costas y costos; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez442 CL Reg. Nro. 556-2016 Javier Fernández López con Scotiabank Perú So-ciedad Anónima Abierta sobre habeas data. CON-FIRMARON la resolución que declara infundada la excepción de legitimidad para obrar del deman-dante. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez

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