sistemas de evaluacion 2015

29
INST. EDUCATIVA LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO Aprobado según Resolución Numero 004413 del 20 de octubre del 2014 Arjona - cesar ACUERDO N° Fecha: POR EL CUAL SE REGLAMENTA Y ADOPTA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO DE ARJONA CESAR. El Consejo Directivo de la Institución Educativa “LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO” del corregimiento de Arjona municipio de Astrea en uso de sus funciones y en especial las conferidas en el decreto 1290 de 2009. A C U E R D A: ARTICULO PRIMERO: Reglaméntese y adóptese el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los estudiantes de la Institucional Educativa Luis Carlos Galán Sarmiento de Arjona Cesar. ARTÍCULO SEGUNDO: El Sistema Institucional de evaluación y promoción de los estudiantes de la Institución Educativa LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO de Arjona Cesar, que se reglamenta y adopta, tendrá la siguiente estructura: Articulo 1. Aplicabilidad. Articulo 2. Criterios de Evaluación y promoción. Articulo 3. Criterios de promoción anticipada. Articulo 4. Criterios de reprobación Articulo 5. Escala de valoración Institucional y su equivalencia con la escala nacional. Articulo 6. Estrategias de valoración integral de los estudiantes.

Upload: sequea

Post on 16-Aug-2015

21 views

Category:

Education


0 download

TRANSCRIPT

INST. EDUCATIVA LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO Aprobado según Resolución Numero 004413 del 20 de octubre del 2014

Arjona - cesar

ACUERDO N° Fecha:

POR EL CUAL SE REGLAMENTA Y ADOPTA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO DE ARJONA CESAR.

El Consejo Directivo de la Institución Educativa “LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO” del corregimiento de Arjona municipio de Astrea en uso de sus funciones y en especial las conferidas en el decreto 1290 de 2009.

A C U E R D A:

ARTICULO PRIMERO: Reglaméntese y adóptese el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los estudiantes de la Institucional Educativa Luis Carlos Galán Sarmiento de Arjona Cesar.

ARTÍCULO SEGUNDO: El Sistema Institucional de evaluación y promoción de los estudiantes de la Institución Educativa LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO de Arjona Cesar, que se reglamenta y adopta, tendrá la siguiente estructura:

Articulo 1. Aplicabilidad.

Articulo 2. Criterios de Evaluación y promoción.

Articulo 3. Criterios de promoción anticipada.

Articulo 4. Criterios de reprobación

Articulo 5. Escala de valoración Institucional y su equivalencia con la escala

nacional.

Articulo 6. Estrategias de valoración integral de los estudiantes.

Articulo 7. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños

de los estudiantes durante el año escolar.

Articulo 8. Proceso de autoevaluación de los estudiantes.

Articulo 9. Estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas

pendiente de los estudiantes.

Articulo 10. Acciones para garantizar que los directivos y docentes de la

institución educativa cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el

Sistema Institucional de Evaluación.

Articulo 11. Comisiones de Evaluación y Promoción.

Articulo 12. Periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.

Articulo 13. Estructura de informe de los estudiantes.

Articulo 14. Modelo del informe descriptivo

Articulo 15. Instancias, procedimiento y mecanismos de atención y resolución

de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre evaluación y

promoción.

Articulo 16. Mecanismos de participación de la Comunidad Educativa en la

construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes.

Articulo 17. Procedimiento para crear el Sistema Institucional de Evaluación de

los estudiantes.

Articulo 18. Registro escolar de los estudiantes.

Articulo 19. Constancia de desempeño de los estudiantes.

Articulo 20. Transferencias.

Articulo 21. Graduación de los estudiantes.

Articulo 22. Vigencia

INST. EDUCATIVA LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO Aprobado según Resolución Numero 004413 del 20 de octubre del 2014

Arjona - cesar

SISTEMAS DE EVALUACION INSTITUCIONAL

Atendiendo los requerimientos establecidos en él artículo 4 del decreto 1290 del 2009, la Institución Educativa Luis Carlos Galán Sarmiento establece el sistema de evaluación institucional cuya estructura a continuación se presenta:

Artículo 1. Aplicabilidad. Lo establecido en el presente acuerdo se aplicará a los estudiantes debidamente matriculados en la institución.

Artículo 2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

Entendiendo que la evaluación es un proceso permanente que busca estimular la formación integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de competencias, del alcance de los objetivos, fines propuestos en el PEI, en el Plan de Estudios y el Manual de Convivencia, en función de la calidad, la excelencia y el proceso evaluativo aplicado en la institución, obedece a los siguientes criterios:

A. CONTINUA: es decir que se realizará en forma permanente haciendo un seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se hará al final de cada tema, unidad, periodo, clase o proceso.

B. INTEGRAL: se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del alumno, como las pruebas escritas para evidenciar el proceso de aprendizajes y organización del conocimiento. Se le aplicarán las que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, y otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen los resultados, de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, cifras, resultado final, sin tener en cuenta el proceso del ejercicio y que no se encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognoscitivos. La observación de comportamientos, actitudes, valores, conocimientos, registrando en detalle los desempeños en los cuales se desarrollan, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante. El diálogo con el alumno, y padre de familia, como elemento de reflexión y análisis, para obtener información que complemente la obtenida en la observación y en las pruebas escritas. Se

permitirá la autoevaluación, la coevaluación y la participación de los padres de familia en la aplicación del proceso.

C. SISTEMÁTICA: se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos guardando relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión del plantel, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los desempeños, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.

D. FLEXIBLE; se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del educando en sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales. Los profesores identificarán las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada, y en especial ofreciéndole oportunidad para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida.

E. INTERPRETATIVA: se permitirá que los alumnos comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal. Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos de interés entre alumnos contra profesores o viceversa.

F. PARTICIPATIVA: En el proceso evaluativo participan los educandos, docente, padre de familia y otras instancias que aporten métodos que contribuyan a la efectividad y eficiencia del proceso.

G. FORMATIVA: nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando el comportamiento de los estudiantes incida negativamente en la sana convivencia en los diferentes espacios donde interactúa y al demostrar dificultades en la obtención de los desempeños planteados.

El proceso evaluativo se desarrolla atendiendo los siguientes mecanismos:

La observación de comportamientos del estudiante. El diálogo con el alumno y/o el padre de familia. La autoevaluación, como mecanismo de reflexión. La coevaluación entre estudiantes. La Heteroevaluación a través de pruebas escritas para evidenciar el

proceso de aprendizaje y la organización de conocimientos.

Pruebas de comprensión, análisis, discusión crítica y en general de confrontación de aprendizajes mediante talleres, actividades de clase y quiz.

Apreciaciones cualitativas hechas como resultado de observación, diálogo, entrevistas, etc.

Las pruebas escritas realizadas durante el período deben ser tipo SABER. Trabajos de consulta e investigación con la respectiva sustentación.

Revisión de cuadernos, como elemento importante dentro del proceso de asimilación y aprendizaje.

Valoración continúa de las actitudes manifestadas por el estudiante durante el proceso de formación.

CRITERIOS PARA EVALUAR A LOS ESTUDIANTES

Los criterios de valoración que se establezcan dentro de una determinada comunidad educativa o en un aula de clase siempre deben ser claros, negociados entre todos, públicos y publicados; lo que dará transparencia e introducen elementos de justicia, ecuanimidad y equidad al proceso y actividad de valoración.

- En los procesos de evaluación de las actividades académicas se tendrán en cuenta las diferentes dimensiones en los procesos formativos de los estudiantes: Cognitiva, actitudinal, aptitudinal, volitiva, y psicomotora.

- La calificación es la valoración cuantitativa y cualitativa (desempeños) del proceso de aprendizaje en la formación integral del estudiante y se hace bajo responsabilidad del profesor.

- Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos evaluativos orientados y concertados con el profesor.

- Las valoraciones se harán sobre estándares, competencias y desempeños alcanzados en los que el estudiante demuestre dificultad.

- Los estándares deben ser evaluados en conjunto con coherencia horizontal y vertical por cuanto el aprendizaje integra contenidos y procesos.

- En cada periodo se valora el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de formación, en aspectos tales como: Alcance de estándares de aprendizaje (compromisos académicos y de convivencia) desarrollo de procesos de aprendizaje, y adquisición de competencias.

- La valoración mínima para aprobar una área es tres (3.0).

- Cuando son varias las asignaturas de un área deben promediarse sus porcentajes de acuerdo a su intensidad horaria semanal para obtener la valoración del área.

- Las áreas o asignaturas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas semanales deberán tener un mínimo de dos (2) notas y las de más intensidad un mínimo de cuatro (4) notas parciales para ser promediadas por periodo.

- Si en las valoraciones de un área o asignatura, resultan dos cifras decimales, debe eliminarse la segunda sin aproximarla, de tal forma que la nota tenga una sola cifra decimal.

- La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas y asignaturas, será el ponderado de las diversas actividades de aprendizaje, de acuerdo a la intensidad horaria más la nota de autovaloración basada en su actitud, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases.

El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el Artículo 10. Del Decreto 2247 DE1997 sobre educación preescolar (ver Anexo),

Artículo 3°. CRITERIOS DE PROMOCION ANTICIPADA

Según art. 7 del decreto 1290: Durante el primer periodo del año escolar el Consejo académico, previo consentimiento de loa padres de familia, recomendara ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el Marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es posible en el registro escolar.

Cuando un estudiante presente desempeño superior en todas las áreas y solicite ser promovido anticipadamente deberá desarrollar talleres de profundización diseñados y aplicados por los docentes de las diferentes áreas del grado que cursa, de igual forma haber nivelado el primer período del grado al que aspire ser promovido.

El beneficio de promoción anticipada debe ser legalizado por el consejo directivo durante los cinco primeros días hábiles de finalizado el primer período.

Articulo 4. CRITERIOS DE REPROBACION

Los estudiantes que al finalizar el año lectivo hallan reprobado dos o más áreas reprueban el grado automáticamente

Los estudiantes con el 25% de inasistencia injustificada del total de las horas efectivas durante el año reprueban el grado.

Estudiantes con el 25% de inasistencia injustificada durante el periodo reprueba el área.

Artículo 5. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del decreto 1290, la escala de valoración escolar definida por la institución y su equivalencia en la escala nacional, es la que a continuación se ilustra:

ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL

ESCALA DE VALORACION NACIONAL

De 1 a 2,9 Desempeño BAJO Estudiante que alcance muy pocas competencias y desempeños propuestos y que presenta persistencia en sus dificultades mostradas en el proceso educativo.

De 3,0 a 3,9 Desempeño BASICO

Estudiante que alcance algunas competencias y desempeños propuestos en el proceso educativo.

De 4,0 a 4,7 Desempeño ALTO.Estudiante que generalmente alcance las competencias y desempeños propuestos en el proceso educativo.

De 4,8 a 5,0 Desempeño SUPERIOREstudiante que Siempre alcance las competencias y desempeños propuestos en el proceso educativo

Los docentes recibirán constancia de la entrega de las notas definitivas por cada periodo escolar a la coordinación académica ya sea por medio virtual o físico.

Artículo 6. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES

Reconociendo que el proceso evaluativo debe atender los aspectos cognitivos, personales y sociales del estudiante, la institución establece las siguientes estrategias para desarrollar dicho proceso:

“Estrategias académicas- cognitivos. Estas estrategias se refieren a los aspectos que se deben tener en cuenta para valorar (examinar e influir en) los desempeños cognitivos y operativos de los estudiantes en un determinado momento de la formación escolar.

Estas deben ser:

Pruebas orales y/o escritas acumulativas y por comprensión

Tareas, talleres y ejercicios acumulativos y por comprensión

Las tareas que se dejan para realizar en casa están orientadas hacia el desarrollo de una destreza, habilidad o complementación de un aprendizaje significativo de un tema en particular. El Profesor dosificará ese trabajo teniendo en cuenta el tiempo para responder a varias áreas.

Otros que acuerden profesor y estudiantes en cada curso

Estrategias actitudinales. Son normas mediantes las cuales se promueven comportamientos o actuaciones positivas frente al estudio y la vida escolar. Un estudiante con buen desempeño académico, tiene por lo regular, una actitud positiva frente al estudio. En este sentido, es necesario que la evaluación cumpla una finalidad edificadora, antes que sancionatoria. Las estrategias actitudinales son:

La organización y participación en eventos culturales, recreativos, científicos y deportivos de manera voluntaria, responsable, activa, armónica entre otras.

La valoración de la autoevaluación durante el proceso de evaluación durante los diferentes periodos académicos.

El estímulo por acciones que evidencien la práctica de valores.

Otros que el profesor proponga a sus estudiantes justificando cada uno o viceversa

Estrategias de valoración axiológicas. Estas promueven la vivencia de ideales básicos para la vida tales como: la solidaridad, la autoestima, la convivencia, la tolerancia. Educar es generar espacios para que los estudiantes se formen como personas, en consecuencia debe influir para que estos alcancen los desempeños cognitivos, tengan actitudes positivas frente al estudio, la vida, y vivencias valores humanizantes. En este sentido, la evaluación es como se ha indicado, un proceso edificador, una estrategia para la formación del sujeto educable como persona. Frente a este aspecto de la formación integral se deben desarrollar las siguientes estrategias:

Trabajo colaborativo, cooperativo (propuesto por el profesor para todos los periodos del año escolar),

Valores institucionales (forjarse un futuro basado en el respeto, la responsabilidad, la libertad y el amor)

El proceso evaluativo institucional debe estar relacionado con las evaluaciones externas por lo cual:

a. En las pruebas escritas se tendrá en cuenta la estructura de las pruebas SABER.

b. Las pruebas que se apliquen deben estar relacionadas con aspectos tales como: comprensión, análisis, discusión crítica y en general, de apropiación de conceptos. El resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento adquirido por el estudiante y de sus competencias para producir formas alternativas de solución de problemas.

c. En las pruebas y actividades se permitirá la consulta de textos, paginas de internet, notas y otros recursos que se consideren necesarios para independizar los resultados de factores relacionados con la memorización.

d. Las pruebas basadas exclusivamente en la reproducción memorística de palabras, nombres, fechas, datos o fórmulas que no vayan ligadas a la constatación de conceptos y de otros factores cognitivos, no deben ser tenidas en cuenta en la evaluación del rendimiento escolar.

e. Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y cooperación.

f. Los docentes deben aplicar diversos instrumentos y técnicas de valoración.

g. Si se asignan trabajos escritos a los estudiantes para ser evaluados posteriormente, el profesor debe dar la bibliografía, o la dirección en la página web.

h. Los trabajos individuales y en grupo deben ser planeados y asignados para ser realizados en clase y con la orientación del profesor.

i. Es necesario que al solicitar materiales de trabajo sean accequibles y económicos.

En toda prueba parcial o final que realice el estudiante, se debe tener en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:

La valoración numérica de cada ítem en la prueba escrita debe aparecer estipulada en la misma.

Se definen las competencias y los desempeños de cada área en el respectivo grado, teniendo en cuenta los fines del Sistema Educativo, Objetivos por niveles y ciclos, Visión y Misión del plantel, Estándares básicos de competencias y lineamientos Curriculares

Se observará el trabajo de los estudiantes al desarrollar las actividades, tareas, ensayos, exámenes, comportamientos, aptitudes, valores, desempeño personal y social, y otros que incidan en su formación integral.

Cada docente emite los juicios valorativos que de acuerdo con la naturaleza de su área, deben demostrar en su desempeño los estudiantes, determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para alcanzarlos.

Finalmente se diseñan actividades académicas que permitan a los estudiantes con dificultad obtener desempeños y competencias, conducentes a la promoción del grado siguiente.

Artículo 7. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

Para mejorar el desempeño de los estudiantes durante el año escolar, se establece las siguientes acciones de seguimiento:

Identificar las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para diseñar los planes de refuerzo necesario en busca de mejorar los desempeños académicos de los educandos.

Realizar reuniones con las Comisiones de evaluación y promoción, especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de aprendizaje en algún grado o área, para que con la participación de alumnos y padres de familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento.

Designar estudiantes monitores que demuestren buen comportamiento y rendimiento académico, para ayudar a superar las dificultades que presenten algunos compañeros de clase.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior se aplicaran los siguientes procedimientos:

1) El docente del área en la que se demuestra dificultad, debe establecer acuerdos con el estudiante para superarla.

2) En caso de incumplimiento de los acuerdos por alguna de las partes implicadas se notificará al director de grupo para que con su intermediación se apliquen los correctivos necesarios.

3) De no presentarse avances en la solución de la dificultad, el caso pasará a conocimiento del coordinador. 4) Si en las instancias anteriores no se encuentra solución, se aplican en su orden las siguientes acciones:

a) Citar por escrito al padre de familia o acudiente del estudiante implicado.

b) En reunión con el padre familia y/o acudiente, el estudiante, el director de grado y los miembros de la comisión de evaluación y promoción se establecerán acciones, para dar solución al asunto en cuestión, las que se registraran en un acta de seguimiento.

Artículo 8. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que le permitan al alumno hacer auto reflexión y evaluaciones de carácter conceptual y formativo, los cuales tiene un valor muy importante en la evaluación de final de período o de año que se haga, siempre y cuando esa autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos y comportamientos.

Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar además coevaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios prácticos en la clase.

Con la asistencia de los directores de grupos, se realizaran orientaciones prácticas que induzcan y aclaren a los alumnos, la importancia de saber emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus destrezas y limitaciones.

La valoración individual de las propias acciones, es un ejercicio fundamental en la formación de la persona y del estudiante en particular, además debe permitir la identificación de los avances y las dificultades.

En la autoevaluación el estudiante por principio de honestidad no podrá pretender una nota superior al promedio obtenido.

El estudiante que demuestre disciplina, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración en las clases podrá obtener una valoración que no exceda el mínimo del rango del desempeño alto.

Artículo 9. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.

La institución establece las siguientes estrategias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes.

De acuerdo con el Código de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006):

La Institución debe facilitar y no restringir la participación de los niños, las niñas y los adolescentes en la gestión académica y las actividades que se realicen en el establecimiento educativo. (Art. 31. Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes. Num. 4º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas).

Organizar programas de nivelación de los niños, niñas y adolescentes que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. (Num. 6º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas).

Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.

Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar las dificultades que presenten algunos estudiantes en la obtención de los logros propuestos.

Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.

Servir de instancia para decidir sobre peticiones presentadas por los estudiantes, padres de familia o profesores, consideradas violatorias de algún derecho en el proceso evaluativo, y recomendar la designación de un revisor de pruebas escritas en casos excepcionales.

LAS ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN: Son acciones o actividades de refuerzo, complementación, investigación, practicas, proyectos, elaboradas y programadas por cada profesor en su área o curso, para ser desarrolladas y demostradas por los estudiantes antes de finalizar cada período escolar.

Para este fin el profesor podrá designar alumnos monitores que ayuden a sus compañeros en la compresión y obtención de los desempeños y competencias en los cuales hayan tenido dificultades, y contará además con la colaboración de los padres de familia, las comisiones de evaluación y promoción, la Orientación escolar, o cualquier otro medio que no implique la suspensión de clases para realizar dichas actividades.

En las horas destinadas a la realización de actividades curriculares complementarias se deben ejecutar actividades de refuerzo y recuperación tendientes a que los estudiantes obtengan las competencias no alcanzadas en el transcurso del periodo, estas serán señaladas por el docente del área y son de obligatorio cumplimiento por parte de los estudiantes o de lo contrario no habrá lugar a reclamaciones

Las actividades de recuperación se basaran en un plan de apoyo que el docente aplicará donde el educando tenga la falencia y se citará al padre de familia para establecer compromisos.

ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN: La nivelación de las áreas reprobadas a fin de año, no se harán solamente imponiendo un trabajo escrito o realizando una prueba escrita de contenidos o ejercicios, sino la demostración personal y directa del alumno ante el docente de que superó tanto la parte cognitiva como formativa en su desarrollo social, personal y académico.

Las nivelaciones de las áreas reprobadas al finalizar el año escolar tendrán como plazo hasta la segunda semana de haber iniciado el nuevo año escolar. - Si un estudiante de grado 11º llevase áreas o asignaturas perdidas, pero en las pruebas SABER muestra un resultado ubicado en el nivel alto hacia adelante en dichas áreas, se le dará como estímulo la aprobación con valoración de acuerdo a su desempeño en orden ascendente. Los rangos de reconocimiento serán fijados por el Consejo Académico.

- La valoración obtenida en nivelaciones, en todos los casos, no excederá el rango mínimo estipulado para el desempeño básico.

- Las convocatorias a nivelaciones que hace la institución son obligatorias para todos los estudiantes a menos que se compruebe enfermedad o calamidad familiar. Artículo 10. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.

Para garantizar el cumplimiento del proceso evaluativo estipulado en el sistema de evaluación institucional, se establecen las siguientes acciones:

Socialización del sistema de evaluación escolar a los miembros de la comunidad Educativa.

Al comenzar el año lectivo el profesor de la asignatura presentará a los estudiantes los estándares y competencias a alcanzar y el plan de valoraciones parciales de su área para el año.

El docente presentará ante la respectiva coordinación las acciones de refuerzo y profundización cuando lo considere necesario; no excediendo el límite de tiempo correspondiente al período respectivo.

Los coordinadores deben velar por que las planillas que se pasen a secretaría estén debidamente diligenciadas.

Las actividades académicas o pedagógicas extra clase deben desarrollarse en los sitios establecidos por la Institución, con previa autorización de los padres de familia y contar con el visto bueno de la coordinación respectiva.

Artículo 11: COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION

Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo Académico propuso ante el Consejo Directivo la creación de Comisiones de Evaluación y Promoción: por áreas del conocimiento. Un docente puede hacer parte de dos o tres áreas.

Cada sede o subsede de la Institución Educativa, tendrá sus propias comisiones de evaluación y promoción integradas de manera similar a las de la sede central del plantel.

Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción

Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.

Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar las dificultades que presenten algunos estudiantes en la obtención de los logros propuestos.

Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.

Analizar y recomendar situaciones de promoción anticipada, para estudiantes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de alumnos con discapacidades notorias.

Servir de instancia para decidir sobre peticiones presentadas por los estudiantes, padres de familia o profesores, consideradas violatorias de algún derecho en el proceso evaluativo, y recomendar la designación de un revisor de pruebas escritas en casos excepcionales.

Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el sistema de evaluación institucional.

Realizar reuniones periódicas para establecer compromisos con padres de familia, estudiantes y docentes que beneficien el desempeño académico de los estudiantes.

Reunirse cinco días después de finalizado cada período académico para definir la situación académica de estudiantes con dificultades.

Otras que determina la institución a través del PEI.

Darse su propio reglamento.

Artículo 12. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA.

Durante el año lectivo se entregarán a los estudiantes y padres de familia, cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes a cada periodo del año escolar.

Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica y otra con la escala Nacional.

Al finalizar el año lectivo, se entrega el quinto (5º) informe donde se registra la nota obtenida de cada periodo y el promedio final de cada una las áreas, el cual incluye la evaluación integral del alumno en su desempeño académico, personal y social.

Las evaluaciones de las clases, unidades, trabajos, tareas, se entregan a los estudiantes en la semana siguiente a la realización de las mismas, y conocerán previamente a la entrega de los informes , el resultado final del periodo, para las respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en el plantel, antes de ser pasadas a los boletines informativos.

- La evaluación se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar, al término de cada periodo y en un tiempo máximo de 15 días calendario el padre de familia recibirá el informe sobre el desempeño de su hijo. - Al terminar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final el cual contiene los datos y formalidades de un certificado de estudio.

- Las reuniones con padres o acudientes programadas por periodo, en el cronograma general de actividades del plantel para entregar el informe sobre rendimiento académico y de comportamiento del estudiante, son de obligatorio cumplimiento por parte de éstos.

.

Artículo 13. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN.

El informe que se entrega a los padres de familia o acudientes será de forma escrita en el que se dará cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas y a nivel de convivencia. Constará de la valoración numérica de acuerdo a los rangos registrados en la escala y su equivalente cualitativo. Señalando las dificultades presentadas durante el periodo y las recomendaciones para mejorar.

El informe final incluirá la valoración general del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en períodos anteriores y la valoración general de la disciplina.

Los informes que se entregan a los estudiantes cada bimestre y el informe final, tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las áreas cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada una y total del grado.

En dos columnas se escribe, en una la evaluación numérica de cero (0) a cinco (5).En la siguiente columna, va la evaluación de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de acuerdo con las equivalencias numéricas nacionales y a continuación una descripción objetiva, explicativa, sobre las fortalezas y debilidades demostradas en el período o año cursado, referida a los indicadores, logros y competencias alcanzados. Al finalizar el informe, se ubican unos renglones con el término “OBSERVACIONES”, en el cual se describe el comportamiento general demostrado por el estudiante en su proceso formativo y ético durante el período o año descrito, con sus aspectos sobresalientes o deficientes y las recomendaciones para su mejoramiento.

Los informes periódicos y finales de evaluación se entregan en papel membreteado de la institución con el Término de “CERTIFICADO” y son firmados solamente por el Rector del Establecimiento o a quien delegue.

Las Secretarias ya no firman Certificados de acuerdo con el Decreto 2150 de 1995.

Articulo 14. MODELO DEL INFORME DESCRIPTIVOS

Se empleara un informe con las siguientes características: 1 columna para: la intensidad de horas semanales, Asignaturas, Numero de fallas, escala institucional, escala nacional y la descripción.

AREA Y/O ASIGNAT.

I.H.S No DE FALLAS

ESC. INSTITUC.

ESC. NAL

DESCRIPCION

Matem. 5 10 3.3 Des. Básico

Descripción de logros

Articulo 15. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

Los estudiantes y padres de familia que consideren se haya cometido alguna injusticia o violación al debido proceso en lo relacionado con la evaluación y promoción, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:

El docente del área. El director de grupo. La Comisión de evaluación y promoción El coordinador

Consejo académico El Consejo Directivo

Los estudiantes afectados podrán presentar por escrito y fundamentadas las reclamaciones necesarias una vez detectada, o máximo antes de finalizar el período lectivo correspondiente al año escolar en curso. A su vez, la instancia correspondiente tendrá un máximo de cinco días hábiles para resolver y comunicar por escrito su decisión a la persona interesada.

Artículo 16. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

El Sistema Institucional de evaluación, es producto de la concertación de maestros, padres de familia y estudiantes, de acuerdo con lo estipulado en el decreto 1290 del 2009; para lo cual fue necesario:

Convocar a asamblea general a los docentes de la institución para analizar los alcances del decreto 1290 y elaborar propuestas del sistema evaluativo institucional.

Socializar a padres y estudiantes las propuestas sobre evaluación y promoción elaboradas por los docentes y atender sugerencias y opiniones para establecer acuerdos.

Análisis por el consejo académico de la propuesta estructurada por padres docentes y estudiantes.

Plenaria con participación de los miembros del consejo directivo, académico, delegados de los profesores, de los padres de familia, de estudiantes, ex estudiantes y representantes de los gremios económicos; para aprobar el sistema evaluativo institucional que tendrá vigencia que tendrá vigencia a partir del año 2010.

Socialización a la comunidad Educativa en general del Sistema Evaluativo Institucional.

ARTICULO 17. REGISTRO ESCOLAR DE LOS ESTUDIANTES

Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan.

Cuanto tiempo se deben archivar documentos en la hoja de vida de estudiantes retirados o egresados de una institución educativa y que normas están actualmente vigentes en esta materia”. El decreto 1860 de 1994 dispone que el Sistema Nacional de Información tiene como objetivo, además de lo previsto en las leyes y reglamentos específicos ,el de servir de registro público de los documentos académicos relativos entre otros a los educandos de la educación formal y no formal ;ordena que en este sistema se deben inscribir los registros que resulten ser de interés para terceros, en relación con la prestación del servicio público de la educación; determina que en general se deben incluir las siguientes materias, los registros académicos de los establecimientos que dejan de prestar el servicio público educativo; prescribe que voluntariamente las instituciones educativas podrán registrar otros elementos adicionales a los aquí señalados y que el sistema de información funcionará en forma descentralizada.(decreto 1860 de 1994 articulo 62) El decreto 1290 de 2009 establece que en todas las instituciones educativas se mantendrá actualizado un registro escolar que contenga para cada alumno, además de los datos de identificación personal, el informe final de evaluación de cada grado que haya cursado en la institución. (Decreto 230 de 2002 articulo 7) La ley 57 de 1985 regula la consulta de documentos que reposan en oficinas públicas ;prevee la reserva legal sobre cualquier documento por treinta años, cumplido este término el documento adquiere el carácter de histórico y puede ser consultado por cualquier ciudadano y la autoridad que este en su posesión adquiere la obligación de expedir a quien lo demande copias o fotocopias del mismo; dispone que sus normas serán aplicables a las solicitudes que formulen los particulares para que se les expidan certificaciones sobre documentos que reposen en las oficinas públicas o sobre hechos de estas mismas tengan conocimiento.( ley 57 de 1985 artículos 12 a 25) El Acuerdo 07 de 1994 expedido por la Junta Directiva del Archivo General de la Nación contiene las normas sobre conservación de documentos considerados como patrimonio documental. De conformidad con las disposiciones citadas, los establecimientos educativos por ser la educación un servicio público, deben adoptar las medidas en su proyecto educativo institucional, que permitan la conservación del registro escolar por alumno, trátese de alumnos vinculados, retirados o egresados, durante todo el tiempo que el plantel preste sus servicios, los que deben ser entregados en caso de que la institución cese en sus actividades a la Secretaria de Educación de la respectiva entidad territorial, dado el carácter de patrimonio documental que tienen dichos registros académicos

Artículo 18. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES

El establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia, debe emitir constancias de desempeño de cada grado cursado, en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos. Cuando la constancia de desempeño reporte que el estudiante ha sido promovido al siguiente grado y se traslade de un establecimiento educativo a otro, será matriculado en el grado al que fue promovido según el reporte. Si el establecimiento educativo receptor, a través de una evaluación diagnóstica, considera que el estudiante necesita procesos de apoyo para estar acorde con las exigencias académicas del nuevo curso, debe implementarlos.

CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA

Los alumnos que culminen el grado 9º cumpliendo todos los requisitos, recibirán un certificado que conste la culminación de este Nivel de Educación Básica.

Al culminar el nivel de la educación básica, no hay ceremonia de graduación, sino de clausura.

Artículo 19. TRANSFERENCIAS

Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos la escala institucional tendrá sus equivalentes en la escala de valoración nacional, los cuales darán la ubicación del estudiante de acuerdo a un resultado general resultante de promediar las notas obtenidas en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales contempladas en el plan de estudios para el correspondiente grado.

Artículo 20. GRADUACION DE LOS ESTUDIANTES

Los estudiantes que culminen la educación media académica obtendrán el título de bachiller académico, cuando haya cumplido con todos los requisitos de promoción establecido en este acuerdo, el proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias.

Al culminar el nivel de la educación básica y preescolar, no hay ceremonia de graduación, sino de clausura.

REQUISITOS PARA EL GRADO

Se obtiene el derecho al grado al cumplir con los siguientes requisitos:

Cumplir con los logros propuestos de acuerdo a la Ley 115 de 1994 y al plan de estudios.

1. Tener el certificado de cumplimiento de las 80 horas del servicio social.

2. Aparecer registrado(a) en el listado de graduandos de la Institución.

Tener los certificados de aprobación de los años cursados en esta o cualquier otra institución educativa aprobada por secretaria de educación.

PERDIDA DEL DERECHO A LA PROCLAMACIÓN COMO BACHILLER

La ceremonia de proclamación de bachilleres es un acto público, al cual se hacen merecedores los estudiantes que cumplan los requisitos para graduarse y que demuestren haber interiorizado los valores institucionales. El colegio se reserva el derecho a invitar a dicha ceremonia a los estudiantes que:

1. Reciban dos o más suspensiones por faltas graves o gravísimas durante el año lectivo.

2. Participar en actos que atenten contra la integridad y la buena imagen de la comunidad educativa y/o del colegio.

3. tengan áreas no aprobadas al finalizar el año escolar.

4. Además de los anteriores requisitos se deberá diligenciar el paz y salvo correspondiente y presentarlo a la Secretaría del colegio.

PARÁGRAFO 1:Los estudiantes que finalicen al grado once con áreas pendientes de aprobación tendrán máximo hasta la finalización del mes de enero para la recuperación de las mismas, en caso de no hacerlo su informe definitivo saldrá con valoración insuficiente y pierde el derecho a una segunda recuperación.

PARÁGRAFO 2:En el caso anterior si el estudiante decide esperar el mes de enero para presentar los refuerzos en las áreas pendientes, una vez superados éstos se gradúa y recibe su diploma en acto privado en secretaría.

Artículo 22. Vigencia.

El presente Manual de Convivencia tiene vigencia a partir de la fecha de su expedición y adopción por parte del Consejo Directivo.